EL MERCADO COSTARRICENSE PARA MEDICAMENTOS DE CONSUMO HUMANO

EL MERCADO COSTARRICENSE PARA MEDICAMENTOS DE CONSUMO HUMANO Noviembre, 2002 CONTENIDO DEL ESTUDIO I. DATOS MACROECONOMICOS DE COSTA II. ANALI...
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EL MERCADO COSTARRICENSE PARA

MEDICAMENTOS DE CONSUMO HUMANO

Noviembre, 2002

CONTENIDO DEL ESTUDIO

I.

DATOS MACROECONOMICOS DE COSTA

II.

ANALISIS DEL SECTOR a. Antecedentes Generales del Sector b. Características del Mercado c. Indicadores demográficos

III.

PRODUCTOS PRIORITARIOS –medicamentos para uso humano-

IV.

ANALISIS DEL PRODUCTO 1. 2. 3. 4. 5. 6.

V.

Analisis de la competitividad Análisis del Entorno –F.O.D.A. Régimen Legal Algunas Empresas Importadoras Actuales y Potenciales Metas del Sector Estrategia a Desarrollar por Sector

CONDICIONES DE ACCESO AL MERCADO 1. 2. 3. 4.

V.

PODER REGISTRAL REGISTRO DE MARCAS DE FABRICA Y COMERCIO REGISTRO SANITARIO ETIQUETADO OBLIGATORIO

SERVICIO DE TRANSPORTE MARITIMO DE CARGA –CHILE-COSTA RICA ANEXOS:

#1 LISTA OFICIAL DE MEDICAMENTOS DE LA CCSS 2002 #2 REGLAMENTO PARA COMPRA DE MEDICAMENTOS #3 PROGRAMA DE COMPRAS DE LA CCSS 2001 #4 SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES DE LA CCSS #5 INDICADORES DEMOGRÁFICOS #6 PLAN DE COMPRAS 2002

ESTUDIO DE MERCADO PAIS: COSTA RICA Medicamentos para uso humano I.

Datos Macroeconómicos de Costa Rica Cuadro No 1

Población (miles) Tasa de crecimiento de población Fuerza laboral Tasa de desempleo PIB (Millones US$) Tasa Crecimiento PIB PIB per cápita (US$) Inflación (%) Tipo de Cambio de moneda local (Promedio anual 1 US$) Tipo de Cambio de moneda local (1 US$ al 31/12)

Participación de actividades económicas en PIB (% del total, año 2001)

2001 3,920 2,9% 1,653 6,1% 16,145 1,3% 4,119 11%

2002* 4,033 2,9% 1,720 5,7% 16,444 1,8% 4,077 10%

329,1

360,2

341,94

380,10

Manufacturas Comercio Agropecuario Servicios Construcción Otros

22% 18% 10% 39% 4% 7%

* Proyectado

II.

ANALISIS DEL SECTOR a. Antecedentes generales del sector

El sistema de salud en Costa Rica está compuesto por dos instituciones: El Ministerio de Salud (MSP) y la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS). El MSP ejecuta sus programas, a través de sus distintas unidades de atención médica en todo el país. Entre los más importantes están los programas de salud rural y salud comunitaria. La CCSS, que es una Institución Autónoma, es la administradora de los seguros sociales obligatorios, promulgados por ley desde 1941. Presta sus servicios por medio del Seguro de Enfermedad y Maternidad. Su presupuesto se basa en las

contribuciones obligatorias que todo patrono y empleado deben hacer, además de un porcentaje mínimo que paga el Estado. En cuanto al mercado de medicamentos en Costa Rica se divide en dos: sector institucional (CCSS), la cual tiene una lista de los medicamentos técnicamente escogidos para ser utilizada como guía terapéutica por los médicos de la institución. tiene 400 medicamentos en 502 presentaciones. El comité de terapéutica, adscrito al Departamento de Farmacología, es el encargado de su permanente actualización decidiendo las inclusiones y exclusiones que se hace conveniente ejecutar. (Se adjunta en el anexo No.1 la lista Oficial de medicamentos que la CCSS va a adquirir en el 2002) El mercado de Costa Rica para los productos farmacéuticos no presenta problemas o trabas importantes al comercio y el nivel arancelario es relativamente bajo. Otro aspecto relevante es el hecho que aproximadamente el 20% de los productos que conforman la gama general de la ofertaa la CCSS, son suplidos por empresas nacionales, por lo que el 80% restante proviene de importaciones. Esta alta dependencia se evidencia también a través de la adquisición de insumos y otras materias primas necesarias para la producción nacional. La obtención del registro sanitario en el Ministerio de Salud se demora entre 4 a 6 meses si es consecuente con el análisis de laboratorio y muestras. Tiene un costo de US$400 y tiene vigencia por 5 años. El presupuesto aprobado en la Institución para el aprovisionamiento ordinario de medicamentos en 1999, ascendió a 15 mil millones de colones, el costo de los medicamentos adquiridos fuera del formulario ascendió a 400 millones de colones. Para el año 2000 el monto total destinado para la compra de medicamentos ascendió a la suma de 21.220.190.819.14 de colones. El sistema actual de compras de la institución está regulado por la ley 6914, aprobada en 1983, como un sistema especial que expedita el trámite regular de compra. este sistema especial se estableció como un mecanismo para acelerar el aprovisionamiento y demostró ser de gran utilidad desde su introducción, ya que el número de medicamentos faltantes se redujo a un mínimo que no provocaba mayor trastorno. Además existe el reglamento para compras de medicamentos, materias primas, envases y reactivos en lo referente al Registro de Oferentes y procedimientos de compras, el cual se adjunta copia en el anexo No.2. La adquisición de un medicamento debe llenar cuatro condiciones básicas antes de que el paciente lo tenga a su disposición: a) garantía de calidad; h) cantidad suficiente para abastecer la demanda; c) compra, almacenamiento y distribución oportuna y adecuada; d) seguridad en su manejo hasta que llega al paciente.

La garantía de la calidad la Institución la obtiene por un doble mecanismo: la que provee el laboratorio fabricante y el vendedor como representante nacional y mediante su propio sistema de control de calidad. La CCSS instaló desde hace más de veinte años su propio Laboratorio de control de calidad, especializado en esa área, que incluso tiene el carácter de Laboratorio Oficial debido a que el Ministerio de Salud carece de tal. Este Laboratorio realiza el análisis de las muestras presentadas en el momento de adjudicación de la compra y en el momento de entrega de cada lote que en lo sucesivo reciba el Almacén Central, puesto que la Caja realiza las compras para períodos suficientemente largos, con entregas periódicas debidamente calculadas. Con el empleo de los medicamentos genéricos en lugar de los medicamentos de marca patentados por las Casas Farmacéuticas, le permitió extender rápidamente los servicios, con el costo más bajo en la prestación farmacéutica. esta política ha tenido siempre el respaldo de los cuadros técnicos profesionales de la Institución y de los Colegios Profesionales correspondientes. de ahí la conveniencia de reforzar el control de calidad de las adquisiciones. Por otro lado, el consumo de medicamentos aumentó más rápidamente que la población cubierta, lo que significa un mayor empleo de los mismos. Existe una evasión hacia un mercado negro y otros destinos. Para el año 1997 se gastó en compra de medicamentos 10.977 millones de colones, para el año 1998, 14.501 millones de colones, lo que representa un aumentó con respecto al año anterior de 32%. Para el año 1999, cuando se presentaron problemas de desabastecimiento, se gastaron 13.585 millones de colones, lo que representa un 7.5% menos que el año anterior. Para el año 2000, se presupuestaron 16.163 millones de colones, pero finalmente se ejecutaron 21.220 millones de colones, lo que significa un incremento del 56.2% con relación al año 99. En el mes de junio del 2000 se compraron medicamentos en el mercado interno, a precios más altos que las compras internacionales, por la suma de 3.290 millones de colones, 6 veces más que el promedio de compra regulares en plaza para ese mismo mes en años anteriores. A manera de ilustración se adjunta como anexo No. 3 el programa de compras de la CCSS del año 2001 , en el cual se detalla la cantidad que se compró, el precio pagado y el Laboratorio oferente b. Características del mercado Si bien, Costa Rica es un mercado de precios, en materia de medicamentos se privilegia la calidad, la presentación y la posición del producto y laboratorio en el mercado nacional.

El margen de utilidad del Laboratorio que desarrolló el producto es de un 30% sobre el precio de fabricación, el porcentaje de utilidad para las distribuidoras es de un 23% y para la Farmacia detallista oscila entre un 15% al 30%. Se da la liberación de precios y la ampliación en el número de productos de venta libre. El crédito es de 60 a 90 días de acuerdo, a la conveniencia mutua entre fabricante y distribuidor. Costa Rica está creciendo más rápido que el resto de los países Centroamericanos, sin embargo debe considerarse que grandes sectores no tienen acceso a medicamentos genéricos con marca. En el año 2001 operaron 200 Laboratorios en Costa Rica y más de 6.000 médicos, de los cuales 1.500 de estos son considerados buenos para incluirlos en las visitas médicas. Los precios de los medicamentos están estandarizados a nivel de Centroamérica y la posición correcta para comercializar los productos son las farmacias. Por último, es importante mencionar que en Centroamérica el mercado privado se comporta de la siguiente manera: El Salvador 26% pero está cayendo, Guatemala 23% ,Costa Rica 16%, y el resto lo comparten en orden de importancia Honduras, Panamá y Nicaragua. c. Indicadores demográficos Ver anexo # 5

III. PRODUCTOS PRIORITARIOS Los productos que se han seleccionado en este estudio son todos los medicamentos que se encuentran comprendidos en las partidas 3003: medicamentos para uso humano sin dosificar ni para la venta al pormenor y la 3004 que corresponde a los medicamentos para uso humano dosificados y para la venta al pormeno

IV.

ANALISIS DEL PRODUCTO 1- ANÁLISIS DE COMPETITIVIDAD Producción nacional

En el tema de las inversiones en el sector salud se ha dado un fuerte dinamismo en los últimos cinco años, sobre todo en el área de equipos médicos y medicamentos. Alrededor de 40 empresas dedicadas a esta industria mantienen operaciones crecientes en producción y exportación, pues generaron en el 2000 unos US$ 329 millones y en lo que va del 2001 más de US$ 175 millones según datos suministrados por la Promotora de Comercio Exterior (Procomer). Estas exportaciones incluyen medicamentos, aparatos de cirugía, medicina, odontología, para masajes, sicotecnia, respiratorios de ortopedia. También de rayos X y de radiación. En la mayoría de los casos, son filiales de firmas transnacionales que optaron por asentarse en Costa Rica válidas de las condiciones favorables del país en materia de estabilidad política y económica, alto nivel educativo, y atractivos paquetes de incentivos En el menor de los casos, se trata de empresas locales como Laboratorios Stein, Zepol, Productos Gutis, Lisan y Cía Odontológica. Entre los laboratorios costarricenses fabricantes de productos genéricos se encuentran: Laboratorios Stein, Raven, Guttis y Ancla. En relación a la participación de los Laboratorios en el mercado costarricense en el primer trimestre del 2001 Stein ocupó la posición # 13, Gutis la # 20, Raven #21, Sukia #37 y Alcames #55.

Exportaciones costarricenses según destino Los principales mercados de las exportaciones totales de medicamentos costarricenses en el año 2000 son en millones de US$ dólares FOB Guatemala ( 22,9), Panamá (20,7), Honduras (15,5), El Salvador (15,5), Venezuela ( 12,9), Nicaragua (9,6) y otros (47,7).

En relación a la evolución en el monto exportado se da que en 1996 Costa Rica exportó 65,2 millones de US$ a 39 destinos y con la participación de 31 empresas y en el año 2000 exportó un monto de US$ 143,4 millones de dólares a 34 destinos y con la participación de 45 empresas costarricenses. Es importante mencionar que muchas empresas son trasnacionales y se encuentran en el régimen de zona franca. Importaciones según origen En el cuadro No.2 se detalla los montos totales importados en los años 1999 al 2001 de los productos en estudio. Tal y como se aprecia el año 2001 presenta un decreciemiento con relación a los años 2000 y 1999. Por su parte el año 2000 representa los mayores montos importados. Cabe destacar que los principales países proveedores en los últimos son: Suiza, Brasil, Reino Unido, México, Estados Unidos deNorteamérica, Alemania, Canadá, Colombia, Francia, y España. Cuadro No. 2 : Importaciones totales1999-2001 por Costa Rica Partidas 3003 – 3004 ( en millones de US$)

2001 PARTIDAS

KILOS

2000 US$

3003 220,146 22,132,777 3004 230,812 51,174,941 TOTAL 450,958 73,307,718 Fuente: Banco Central de Costa Rica

1999

KILOS

US$

KILOS

US$

330,792 5,894,891 336,686

24,692,837 204,265,072 228,957,9

159,225 3,222,027 162,447,02

18,178,151 117,846,204 136,024,35

Canales de Distribución El principal comprador es el Estado a través de la CCSS compra el 70 % de los medicamentos, materias primas y equipos médicos. el 30% restante lo adquiere el privado. Dentro del sector privado existen 50 empresas distribuidoras, de las cuales 4 manejan el 60% del mercado: Corporación CEFA, Corporación Fischel, Farmanova y farmex.

En la comercialización al detalle existen aproximadamente 4000 farmacias en todo el país, de las cuales el 75% se encuentran en Alajuela, Heredia, Cartago y San José, el resto es del área rural. Finalmente, cada mencionar que en medicamentos naturales hay dos tendencias: las propias tiendas y la farmacia con un sector Potencial Competencia (actual y futura) En primer término se debe mencionar que en el primer trimestre del 2001 participaron en total 200 laboratorios, los siguientes 15 representaron el 50.25 % del mercado costarricense. en orden de importancia estos son: Glaxosmithkline, Novartis Frma, Pfizer, Merck Sharp Dohme, Roche, Aventis Pharma, Wyeth Ayerst Inter., Abbot, Boehringer Ing, Schering A.G. Merck, Janssen- Cilag, Stein, Briston Myers, Pharmacia Up John. Cabe resaltar que de todos los Laboratorios mencionados el único de capital costarricense es Stein y los demás son trasnacionales. En relación a los Laboratorios más importantes de origen costarricense que participaron en el mercado durante el año 2000 son los siguientes: Stein (2.37%), Gutis (1.69), Raven (1.67%), Sukia (0.83%), Aclames (0.37%). Precios de mercado Como referencia de precios, (referencia año 2001) una tableta para fiebre y dolor acetaminofén tiene un precio para el consumidor de US$ 0.024, tableta para dolor muscular y huesos Diciofenaco se vende al consumidor final a un precio de US$ 0.26, gotas para congestión nasal tiene un precio de US$ 2.35, gotas para refrescar ojos tiene un precio de US$1.66, las cápsulas se venden a US$ 0.90, jarable para el asma de 120 ml tiene un precio para el consumidor de US$1.98. Estrategia de la competencia La competencia realiza congresos y seminarios para promocionar sus productos y alianzas estratégicas con empresas locales Además introduce productos médicos genéricos en góndolas de los supermercados y realiza una capacitación especial a los vendedores y distribuidores Otorgan un buen soporte promocional y estímulos de bonificación a farmacias y dependientes, premios y concursos de ventas se da la compra por impulso y recomendación boca a boca Por lo tanto se recomienda realizar un esfuerzo en el punto de venta Lo que tiene más posibilidades es el mercado de marcas y de productos novedosos

Por último, es importante mencionar que en Costa Rica la industria chilena no tiene buena representación y hay dos factores uno es de tipo cultural y l el otro que los medicamentos genéricos son más baratos y tienen calidad. Por lo tanto, esta OFICOM considera que hay espacios para laboratorios que hagan bien las cosas y como estrategia se recomienda realizar una alianza con el mejor distribuidor 2. ANALISIS DEL ENTORNO –FODA2.1.

Fortalezas

La fuerza de ventas en Costa Rica tiene una estructura organizada y estable (institucional / forma privada, cuerpo medico muy calificado, y existe una percepción positiva de los productos chilenos, así como su reconocida calidad de los productos chilenos en el mercado costarricense. Además, existe un alto grado de dependencia de la importaciones y escasa producción local Existe la libre importación siempre que cumplan con lo establecido en la ley Costa Rica y Panamá tienen la tendencia de consumir más y más caro Guatemala y El Salvador tienen el 50% del mercado Centroamericano , Costa Rica y Honduras un 16% cada uno, Nicaragua un 7% y Panamá un 11% ( sector privado) Los medicamentos éticos no pagan impuestos La mano de obra es fácil de capacitar, la cercanía con Estados Unidos, puertos en ambos océanos y vuelos frecuentes a principales mercados. Otra fortaleza es la situación arancelaria ya que los impuestos para los medicamentos fluctúan entre el 0 al 19,78%, los impuestos para las materias primas son de un 1% y los impuestos para los equipos médicos son de un 14.13%. Con el TLC todos los medicamentos tienen un ad-valorem del 0%, lo que implica que los productos que pagaban un 19,78% pagan un 14,13%, los que pagaban un 6% pagan un 1% y los que pagaban un 14,13% pagan un 6%. Los productos farmacéuticos terminados y las materias primas para su manufactura están exonerados de impuesto de ventas y selectivo de consumo.

2.2.

Oportunidades

La innovación tecnológica y la buena visita medica Las compras del estado se realizan durante todo el año y el mercado de Costa Rica para los productos farmacéuticos no presenta problemas o trabas importantes al comercio El nivel arancelario es relativamente bajo y actualmente la medicina natural es un boon 2.3.

Debilidades

El transporte aéreo es muy caro y se da la existencia de pedidos consolidados A nivel estatal se participa a través de licitaciones y se requiere un representante de casas extranjeras para participar en ellas. 2..4

Amenazas

La competencia es muy agresiva y se da mucha inversión de dinero en el sector privado (promocional e introducción de productos) No hay protección de patentes La obtención del registro sanitario se demora entre 4 a 6 meses y tiene una duración de 5 años. El buen posicionamiento que tienen otros países proveedores La estrategia de mercadeo y promoción que utilizan las compañías, repercute definitivamente en sus ventas. 3. REGIMEN LEGAL Arancel aduanero vigente e impuestos y gravámenes internos En las glosas de los productos seleccionados 3003 y 3004 se dan las siguientes tres posibilidades. Dada la cantidad de productos que compopnen estas dos partidas no se puede detallar una a una, pero en términos generales se presentan las siguientes tres situaciones:

GLOSA

DAI (1)

SC (2)

LEY 6946 (3)

IVA (4)

TOTAL (5)

TLC (6)

3003 / 3004) 3003 / 3004) Otros NT 57

0%

0%

1%

13%

14.130%

0%

0%

0%

1%

0%

1%

0%

0%

0%

0%

0%

0%

0%

(1) DAI (Derecho Aduanero de Importación) (2) Impuesto Selectivo al Consumo (3) Impuesto que se aplica a casi todo el universo de las partidas arancelarias (4) Impuesto sobre las Ventas (5) Sumatoria es tipo cascada (6) Impuesto que pagarán los productos chilenos a partir del momento de entrada en vigencia del TLC Chile-Costa Rica

4. ALGUNAS EMPRESAS IMPORTADORAS ACTUALES Y POTENCIALES Entre las princiaples empresas importadoras se destacan Farmanova, Cefa Comercial, Stein, Medipharma, Pharmaceútica Centroamérica. Existe n otros tales como Laboratorios Zeledón, Alcames y Gutis, entre otros.

5. Metas para el Sector En general, los grandes desafíos que se vislumbran, a través de las actuales negociaciones bilaterales de la región con otros países vecinos, hacen que tanto e l exportador chileno como la oficina comercial deban profundizar en la estrategia para hacerle frente a los retos que impone la competitividad. Por lo tanto, el exportador chileno y la oficina comercial, deben formar un binomio para alcanzar las metas que se desean alcanzar. 1. Incorporación de 2 productos nuevos dentro del flujo tradicional de exportación 2. Dar a conocer entre las empresas seleccionadas, el programa de compras para el año 2001 /2002

6.

Estrategia a Desarrollar por Sector

1. Realizar en el primer semestre, un Perfil de Mercado para cada uno de los productos de los segmentos seleccionados, a objeto de distribuirlos entre los exportadores chilenos y determinar aquellos que se interesen por la oportunidad comercial.

2. Lograr con los exportadores identificados, un compromiso ¨por escrito¨ sobre su interés en que se le promocione su oferta 3. Seleccionar a través de contactos personales, las empresas costarricenses, que estén registradas como proveedoras del Estado, así como las que comercialicen en el sector privado y que ofrezcan mayor potencial, a fin de asesorar a los empresarios chilenos en la búsqueda de las contrapartes locales 4. Mantener informados a los empresarios seleccionados sobre las oportunidades de compra que se den no solamente en el país, sino en la región.

V.

CONDICIONES DE ACCESO AL MERCADO (NORMAS O REQUISITOS)

1.

PODER REGISTRAL ESPECIAL

Para la debida representación de los intereses de la casa fabricante o propietaria de la marca, laboratorio y productos cuyo registro se solicita, es indispensable el otorgamiento de un documento Poder Especial Registral por parte del representante legal de la empresa titular. Este documento se otorga una sola vez y se utiliza ilimitadamente para una o varias inscripciones marcarias, registro de productos, laboratorios y las respectivas renovaciones. Se otorga ante un Notario Público y legaliza en el Consulado de Costa Rica. 2.

REGISTRO DE MARCAS DE FABRICA Y COMERCIO

Para el registro de marcas de fábrica y comercio, así como nombres comerciales y señales de propaganda, Costa Rica se rige por la normativa legal contenida en el Convenio Centroamericano de Protección de la Propiedad Industrial. Una vez inscrita, la marca tiene protección por diez años y los nombres comerciales y señales de propaganda, una protección indefinida. El registro es esencialmente un procedimiento administrativo que otorga plazos amplios para cumplir determinadas etapas procesales. Por esta razón, una vez iniciados los trámites registrales, la conclusión del proceso podría durar aproximadamente ocho meses. Sin embargo, desde el momento de la presentación de la solicitud de registro, es lícito y factible el uso de la marca en el mercado nacional. La Oficina o Departamento de Comercio encargado en el país de origen del registro de la propiedad marcaria, debe emitir una certificación de que la marca se encuentra inscrita y es propiedad de la empresa gestionante.

COSTO. Los honorarios profesionales que deberán cubrirse son de aproximadamente US$400 por cada marca o distintivo. Con respecto a los gastos, existen dos elementos: a) Derechos fiscales de inscripción a razón de US$55 cada registro y b) Publicación de avisos en el Diario Oficial a razón de US$30 cada uno. La cancelación es siempre por adelantado al momento de solicitarse el servicio profesional 3. REGISTRO SANITARIO De acuerdo con la normativa existente, toda persona física o jurídica que se ocupe de la elaboración, importación y comercio de productos farmacéuticos, debe solicitar previamente, el permiso del Ministerio de Salud y la inclusión del producto en el correspondiente registro, sujetándose a las disposiciones reglamentarias vigentes, cancelando los aranceles que en su caso correspondan y cumplimiento a su vez, los requisitos que se establezcan en relación a los envases, empaques, muestras y contenido obligatorio de la rotulación que los acompaña La obtención del registro sanitario en el Ministerio de Salud se demora entre 2 semanas si es consecuente con el análisis de laboratorio y muestras. Tiene un costo de US$400 y tiene vigencia por 5 años. La presentación de la solicitud de la inscripción del medicamento debe ser dirigido a la Dirección de Registros y Controles, en papel oficio o corriente con los timbre fiscales correspondiente, firmado por el representante legal y por el regente farmacéutico, la declaración debe tener la siguiente información: -Nombre del producto a registrar. -Nombre del laboratorio fabricante y las siglas de inscripción del mismo. -Forma farmacéutica del medicamento. -Fecha de vencimiento, desde su fabricación hasta su expiración. -Indicar si el producto es oficial en alguna farmacopea. -Indicar la presentación del medicamento y el tamaño de la muestra. -Estudio de estabilidad. Este estudio debe ser presentado únicamente en los casos en que la Dirección lo establezca -Certificado de libre venta o el certificado de producto (emitido por la Organización Mundial de la Salud) donde expresa que el producto es de libre venta, uso y consumo, debe estar vigente, autentificado, consularizado y ratificado por la embajada de C.R del país de procedencia.

-Original de la declaración de la formula cualitativa y cuantitativa. Esta declaración debe ser firmada por el responsable de la fabricación; debe incluir los principios activos, vehículo, colorantes (FD&C o Color Index) edulcorantes y otros aditivos. Este requisito no se exigirá cuando la formula se encuentre detallada en el Certificado de Libre Venta o en el Certificado de Producto Farmacéutico -Original del control de calidad. Este documento debe ser firmado por el profesional responsable y extendido por el laboratorio fabricante. Se deben incluir la totalidad de las pruebas analíticas requeridas para el tipo de producto y el número de lote analizado. -Etiquetas de envases, empaques o embalajes y el inserto que acompaña el medicamento y las muestras medicas a utilizar. Requisitos Para Los Envases y Empaques -Presentación de un ejemplar original del producto, que permanecerá en custodia junto a la solicitud. -Descripción e interpretación del lote suscrito (emitido por laboratorio fabricante). Dosis, indicaciones, contraindicaciones, advertencias, precauciones y categorías farmacologicas (monografía). -Certificado de control de calidad del laboratorio oficial o acreditado, ratificando los resultados reportados por el laboratorio fabricante. -Original y copia del método de análisis correspondiente al producto terminado que se pretende inscribir. -Certificado de registro de marcas de fabrica o comercio. Todos los certificados presentados deben estar vigentes. No se admitirán certificados emitidos con un plazo de antelación superior a 2 años A partir de la presentación de todos los documentos necesarios, el Ministerio de Salud otorgará el respectivo código de registro sanitario, el cual podrá obtenerse dentro de los quince días siguientes a la presentación de la solicitud. Dicho registro tendrá una vigencia de cinco años. COSTO. Los honorarios profesionales por el registro de cada producto y la obtención del código sanitario correspondiente, son de US$100 para los productos de bajo riesgo y de US$130 para los de alto riesgo. Adicionalmente, se facturarán otros gastos relativos a especies fiscales y a la eventual importación y desalmacenaje de muestras de productos.

4.

ETIQUETADO OBLIGATORIO DE PRODUCTOS

De acuerdo con la Ley General de Salud de Costa Rica y en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 26012 MEIC del 14 de mayo de 1997 sobre el etiquetado de alimentos preenvasados, es obligatorio para importadores y distribuidores de productos de consumo humano, proceder al cumplimiento de estas normas mediante la utilización de etiquetas en sus productos, cuyo contenido y características están definidos por la FAO a través de su Código Alimentario, así como también en las disposiciones reglamentarias promulgadas por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio de Costa Rica. En las etiquetas deberá aparecer (excepto cuando otra cosa así lo indique, basado en una norma específica o individual), información tal como: Nombre del medicamento, lista de ingredientes; contenido neto o peso (puede declararse en múltiplos: ej. 100g, 250g.); nombre y dirección del fabricante, envasador, distribuidor o importador; país de origen; identificación del lote; marcado de la fecha (fabricación-vencimiento); instrucciones para el uso; espacio para indicar el No. de Registro Sanitario. NOTA: El registro previo de las etiquetas no es requisito para la comercialización de los productos, sin embargo, es obligación del fabricante o importador, cumplir la normativa vigente. La omisión detectada por las autoridades del MEIC, involucra la denuncia del producto y los responsables de su comercialización ante la Comisión Nacional del Consumidor, entidad que podrá imponer diversas sanciones, tanto comerciales como económicas. COSTO. Los honorarios profesionales por el proceso de revisión de la etiqueta para analizar el cumplimiento de las normas de etiquetado y la elaboración de un reporte con las correspondientes recomendaciones son de US $40. El trámite demora cinco días hábiles. El costo del registro de cada etiqueta es de US $200 más US $15 por cada registro. Para aquellas empresas que su nicho de mercado es la CCSS deben inscribirse a través de un representante en el registro de oferentes de medicamentos y los requisitos son: El primer paso es llenar el formulario de inscripción en el registro de oferentes de medicamentos ( una para cada medicamento) Se Adjunta en el anexo No. 4 una copia del formulario en mención. El Registro de oferentes es un sistema de establecido por la CCSS que incluye los proveedores de los medicamentos de la lista Oficial de Medicamentos. ( se adjunta en anexos copia de la lista oficial medicamentos de la CCSS 2002) Los requisitos para inscribirse en el Registro de proveedores de medicamentos y materias primas son:

-El primer paso es obtener el certificado de registro, documento que extiende el Ministerio de salud de Costa Rica, Dirección de Registros y Controles, en el que se establecen los términos en que fue autorizado y registrado el medicamento para su comercialización y uso. -C umplir

con los requisitos técnicos de cada medicamento

-Oferente en plaza debe presentar: Fotocopia de la cédula jurídica de la empresa y cédula física del apoderado (certificada. Personería jurídica de la empresa (en original y vigente) Fotocopia del acta constitutiva de la empresa (certificada) -Oferente del exterior debe presentar: -Original o fotocopia autentificada del poder especial, general o generalísimo otorgado al representante en Costa Rica -El Representante debe presentar: Fotocopia de la cédula jurídica de la empresa y cédula física del apoderado (certificada) Personería jurídica de la empresa (en original y vigente) Fotocopia del acta constitutiva de la empresa (certificada) El departamento de Farmacoterapia aprueba que la ficha técnica presentada por el oferente se ajuste a lo que la CCSS necesita y si la solicitud de inscripción cumple con los requisitos administrativos, legales y técnicos se le asigna al oferente un número de registro del medicamento y queda inscrito para participar en licitaciones.

III. •

VI. SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO Y MARITIMO DE CARGA CHILECOSTA RICA AÉREO v AEROLINEAS GRUPO TACA: Vuelos diarios por Lacsa, directos. Reservaciones de Espacio con anterioridad por medio de Guía de Carga o agencia Aduanal v COPA : Vuelos diarios vía Panamá v LAN CHILE : Vuelos diarios vía Miami v AMERICAN AIRLINES : Vuelos diarios vía Miami



MARÍTIMO:

AGENCIA Multimar Maerks Sealand Marinsa

LINEA

TMM Maerks Maruba Agencias Dacotrans ** Unidas Cía Chilena de Aimar Navegación CCNI Trabajan con todas las C.H.S.S.A navieras, Serv Carga o Consolidado Agencia Marítima Seaboard de Istmo Marine. LTDA

FRECUENCIA

PUERTO

TRANSITO

10 días Semanal 2 semanas

Caldera Limón Caldera

10 Días 20 Días 15 Días

2 Semanas

Caldera

9-10 Días

Semanal, 10 y Limón 15 Días

Quincenal

Limón Caldera

Semanal

Limón

(**) Sólo sistema de consolidación de carga

30 Días

y

8 Días

14 y 16 Días

Anexos

ANEXO No. 1 LISTA OFICIAL DE MEDICAMENTOS DE LA CCSS 2002 (Disponible en el Servicio de Información Comercial de ProChile, Santiago)

ANEXO NO.2 REGLAMENTO PARA COMPRA DE MEDICAMENTOS La Junta Directiva de la Caja, en el artículo 2° de la sesión número 7586, celebrada el 4 de octubre del año 2001 aprobó el siguiente Reglamento para compra de medicamentos, materias primas, envases y reactivos: REGLAMENTO PARA COMPRA DE MEDICAMENTOS, MATERIAS PRIMAS, ENVASES Y REACTIVOS CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1º—Se emite este reglamento a efecto de normar lo establecido en los artículos 71 y 72 de la Ley Constitutiva de la Caja, según reforma introducida por Ley Nº 6914 del 28 de noviembre de 1983, en lo referente al Registro de Oferentes y Procedimientos de Compras de los siguientes productos: medicamentos incluidos en la Lista Oficial de Medicamentos de la Caja, reactivos químicos y biológicos, así como materias primas y materiales de acondicionamiento y empaque y envases, requeridos en la elaboración de aquellos. Artículo 2.—Para efectos del presente reglamento se entenderá por: La Caja: Caja Costarricense de Seguro Social Registro de oferentes: Archivo de la Caja donde constan los nombres y otros datos, de las personas físicas o jurídicas aceptadas por la Caja como proveedores de los productos enunciados en el artículo primero. L.N.C.M: Laboratorio de Normas y calidad de Medicamentos de la Caja. Ficha técnica: Documentos en el que se incluyen las especificaciones técnicas y analíticas de los productos del Catálogo General de Suministros de la Caja. Envases o empaques primarios: Se refiere al que está en contacto directo con el producto. Empaque secundario: Aquel que contiene uno o más empaques primarios. Empaque terciario: Aquel que contiene uno o más empaques secundarios. CAPÍTULO II Del Registro de Oferentes Artículo 3º—El Departamento de Adquisiciones constituirá y mantendrá permanentemente actualizado un registro de oferentes para los productos señalados en el artículo 1. Una copia de las inscripciones al registro se remitirá a la Contraloría General de la República y a la Auditoria de la Caja. Artículo 4º —Las personas físicas o jurídicas interesadas en inscribirse, deben llenar los formularios correspondientes y presentar los Estos deben ser presentados en idioma

español, con dos copias y acompañados de los documentos correspondientes conforme a lo establecido en el presente reglamento. Artículo 5º —La Caja se reserva el derecho de solicitar cualquier aclaración o adición que juzgue conveniente. Artículo 6º —El Departamento de Adquisiciones recibirá solicitudes de inscripción durante todos los días hábiles del año, dentro de la jornada ordinaria de trabajo. CAPÍTULO III De la inscripción y reinscripción en el Registro de Oferentes Artículo 7º—La solicitud para el registro de medicamentos y las materias primas para su elaboración debe incluir la siguiente información, si corresponde: Certificación de la inscripción, en el Ministerio de Salud de Costa Rica, del producto, con la indicación de su vigencia, extendida por el Ministerio de Salud, original y copia certificada más una copia. Nombre del representante de casas extranjeras, apoderado o distribuidor autorizado, número de cédula de identidad o jurídica y sus citas de inscripción en el Registro Público para el caso de personas jurídicas, como número de teléfono, fax, telex, correo electrónico, apartado postal dirección exacta del solicitante y su representante en el país y cualquier otro dato o medio de comunicación que facilite el envío de solicitudes de cotización y correspondencia. Todos estos documentos deben estar firmados por quien tenga la representación legal en el país o por la persona autorizada legalmente para hacerlo. Estas mismas regulaciones se aplicarán para las compras de materias primas. Compromiso expreso del proveedor, de reponer en un máximo de 90 días naturales a partir de su notificación, los productos que hubieren sufrido deterioro dentro del plazo máximo de conservación o que fueren rechazados por el LNCM. El compromiso incluirá en el caso de que no se efectuare la reposición, la obligación de reintegrar a la Caja, en el mismo plazo indicado, el precio pagado más los daños y perjuicios causados a la Institución. De la inscripción y reinscripción reactivos químicos y biológicos y sus materias primas Artículo 8º —Las solicitudes de inscripción de reactivos químicos y biológicos y sus materias primas, incluirán información científica y aceptación expresa de que las etiquetas estarán bien definidas y/o sus instructivos en idioma español contendrán incorporados, los siguientes datos: Denominación genérica del producto, así como marca registrada. Se entiende por denominación genérica la aceptada internacionalmente, con la indicación del número de catálogo. Nombre y domicilio del fabricante o del poseedor de la licencia y del exportador, que permita a la Caja efectuar indagaciones directas. Número de lote y origen del producto. Período de estabilidad, condiciones necesarias de almacenamiento y método de control de calidad. Si la fecha de caducidad y las condiciones de almacenamiento son diferentes después de la reconstitución, debe señalarse claramente esa circunstancia. Indicación a cerca de sí el producto puede o no ser utilizado con otros lotes del mismo o de otros juegos de reactivos. Advertencia.

Si alguno de los componentes puede confundirse con un producto administrado a seres humanos, debe incluirse la respectiva advertencia, que deje indicado con absoluta claridad que el producto es para uso restrictivo del laboratorio. Si el producto ofrece algún peligro, deben ponerse palabras que lo indiquen como “Precaución” o “Reactivo”, junto con el símbolo correspondiente, internacionalmente adoptado. Además, la indicación de un componente que sea antisuero, debe incluir la especie animal de la cual se obtuvo, o si se produjo “in vitro”, en líneas celulares normales, trasformadas o cancerosas. Todo producto de origen humano debe ser tamizado por virus de la hepatitis B y C, VIH, así como aquellos que oficialmente incorpore el Ministerio de Salud. Debe indicar volumen de cada envase o el número de pruebas del juego, si fuere del caso. La finalidad a la que se destine el producto. Como por ejemplo: Juego para calcular la tiroxina libre en suero-plasma sanguíneo. Sus componentes, especificando el número de envases en cada uno. Cada juego debe contener un prospecto o folleto que lo describa plenamente así como las instrucciones precisas sobre su uso. La información debe repetir los datos indicados en el rótulo del envase y además, debe indicar al menos los datos siguientes: El principio de la prueba. Explicación concisa del tipo (v.g., valoración radioinmunológica) y principio en que se funda la prueba, junto con referencias a publicaciones. Precauciones. Debe presentarse una descripción de los peligros conocidos y de las precauciones necesarias. Idoneidad para utilizarlo. Si es pertinente, debe hacerse una explicación a cerca de las condiciones físicas, biológicas o químicas idóneas. Donde convenga aplicarlas, deben incluirse descripciones de las pruebas que el usuario puede aplicar para obtener resultados satisfactorios. Reactivos. Deben exponerse las denominaciones y contenido de los reactivos del juego cuando sea necesario, para la adecuada ejecución del procedimiento, lo mismo que la cantidad, proporción o concentración de cada ingrediente, el origen u orígenes, la actividad, la especificidad, la avidez, la sensibilidad u otras especificaciones que sean apropiadas. Para un producto derivado de material biológico, debe darse el origen genérico o, si corresponde, el grupo microbiano, el tipo y la cepa. Otras sustancias. Debe especificarse la naturaleza y las características de otras sustancias. Las características de sustancias tales como un amortiguador, un agente conservador o un estabilizador si afectan el funcionamiento adecuado de la prueba por influir sobre los resultados. Lista de sustancias suministradas por el fabricante. Debe indicarse en particular, si algunos componentes son intercambiables con otros juegos, en ese caso, en qué circunstancias. Lista de sustancias necesarias pero no suministradas por el fabricante. Debe darse una lista de sustancias no suministradas por el fabricante, que son necesarias para ejecutar la prueba. Además, indicaciones sobre la pureza (v.g., grado analítico) de las sustancias, procedimiento para diluir o mezclar y además información pertinente que permita evaluar el funcionamiento adecuado. Equipo

Debe darse las especificaciones de todo el equipo especial que se necesite, v.g., tipo de rotor o aceleración de la gravedad (g) necesaria para la centrifugación. Materiales o ejemplares para la prueba. Cuando corresponda, debe hacerse mención de: Precauciones especiales sobre toma de muestras, señalando necesidades especiales sobre la preparación del paciente v.g. para estimulaciones de renina, la hora del día y posición del enfermo. Aditivos v.g. agentes conservadores necesarios para mantener la integridad de la muestra. Sustancias modificadoras v.g. anticoagulantes. Instrucciones sobre almacenamiento y manipulación o expedición que se recomiendan para proteger y conservar la estabilidad del material. Además, periodo de caducidad cuando corresponda. Instrucciones para su uso: Cada detalle de las operaciones necesarias para obtener resultados correctos debe exponerse claramente y en orden. Es útil tener instrucciones prácticas presentadas en forma durable y adecuada para uso continuo en el laboratorio. Debe indicarse pautas sobre: Condiciones experimentales precisas que deben reunirse, v.g. pH, temperatura, tiempos de incubación. El cálculo de los resultados, en particular una explicación de cada factor y paso en el cálculo (si corresponde, debe darse una muestra ilustrativa del cálculo incluyendo una curva típica de respuesta). Procedimientos técnicos que puedan ayudar al usuario a practicar más eficazmente la prueba, v.g. comprobación entre la pureza del agua, calibrada de pipetas, comparación entre el sobrenadante vaciado del precipitado con el obtenido por aspiración, y orden adecuado de adición de reactivos. Procedimientos de calibrado Deben describirse los procedimientos de calibrado, en particular la preparación del material así como la construcción de una curva de respuesta. Precauciones durante la ejecución de la prueba Deben señalarse todas las precauciones que deben adoptarse durante la práctica de la prueba, además de las aplicaciones a los componentes. Se indicarán las relacionadas con radiaciones, contaminación con sustancias microbiológicas, eliminación de residuos, toxicidad química, etc. Idoneidad de la prueba Deben incluirse los datos siguientes: Ventajas, limitaciones, precisión, sesgo, etc. del método. Para aplicación clínica, los resultados previstos y detalles a cerca de cómo se obtuvieron los datos, identificación de las poblaciones utilizadas, tanto para estados normales como patológicos. Una descripción completa de uso de las sustancias de referencia y de los calibradores o estándares. Los resultados deben expresarse en unidades de uso común, o en su defecto indicar el factor de conversión cuando corresponda, y deben especificarse los límites de confianza correspondiente a cualquier resultado (s) y el método de cálculo empleado. Cada envase de reactivo químico y biológico debe venir con el sello de seguridad correspondiente.

ENVASES Y EMPAQUES Artículo 9º —La solicitud de inscripción para envases y empaques debe incluir la siguiente información: Nombre del artículo. Especificaciones técnicas del producto en concordancia con la ficha técnica de la Caja. Lo indicado en los incisos a, b y c del artículo 7°. Artículo 10.—Los medicamentos, las materias primas, los envases y empaques, deben cumplir, con las especificaciones de calidad de las farmacopeas oficiales en Costa Rica, según Decretos No. 17968-S del 04 de febrero de 1988, y 18206-S del 23 de junio de 1988, y Fichas Técnicas, todas últimas ediciones y suplementos. Cuando un medicamento, materia prima, envase o empaque, no sea oficial en algunos de estos textos, el adjudicatario deberá presentar método de análisis validado por el fabricante y fórmula cuali-cuantitativa al LNCM. El método y fórmula se entregarán en el LNCM, éste extenderá un recibo y el adjudicatario lo presentará en el Departamento de Adquisiciones, al momento de depositar la garantía de cumplimiento, previo a retirar la orden de compra y contrato. Los reactivos químicos DAB DAC Francesa y otros inorgánicos para ser inscritos deben ser calidad reactivo o reactivo grado analítico (AR), grado químicamente puro (CP), grado United States Pharmacopea (USP o NF), grado práctico purificado, técnico o grado comercial, de acuerdo a los requerimientos o calidades necesarias. Los patrones primarios deben ser de alta pureza en términos de porcentaje y deben contener un análisis de elementos contaminantes en cada lote. Los patrones de referencia y patrones certificados deben cumplir las especificaciones de National Bureau of Standards y el College of American Pathologist, o cualquier otro instituto de reconocido prestigio. Artículo 11.— Derogado (artículo 35° de la sesión número 7468 del 10 de agosto del año 2000). Artículo 12.— Derogado (artículo 35° de la sesión número 7468 del 10 de agosto del año 2000). Artículo 13.—El costo del análisis de control de calidad para los productos que ingresen al Departamento de Almacenamiento y Distribución, efectuado por el LNCM, será por cuenta de la Caja. Los costos de análisis adicionales que sea necesario para aceptar reemplazos o reclamos serán pagados por el interesado. El cobro de los análisis se hará con base a la tarifa que establezca la Caja, cuyo monto se publicará en el documento denominado “Modelo Tarifario” que emite la Sección de Contabilidad de Costos Industriales de la Dirección Financiero Contable. Artículo 14.— Derogado como consecuencia de la derogatoria del artículo 12. Artículo 15.—El Departamento de Adquisiciones comunicará al interesado el resultado de su solicitud de inscripción en el Registro de Oferentes, en un plazo máximo de sesenta días naturales a partir de la fecha en que fue recibida. Artículo 16.—Si la inscripción presentada por el oferente para sus productos, es aceptada por la Caja, tendrá una vigencia igual a la que le otorga el certificado del registro sanitario del producto emitido por el Ministerio de Salud de Costa Rica, salvo que deje de ajustarse a las condiciones exigidas por el Ente Rector y que el mismo lo haya reportado a la Caja, o que surja causa de sanción, conforme a lo que se dispone en el capítulo VIII de este Reglamento. Artículo 17.— Derogado (artículo 35 de la sesión número 7468 del 10 de agosto del año 2000)

Artículo 18.—Por el simple hecho de presentar su solicitud de inscripción al registro de oferentes, el interesado se entiende sometido a las disposiciones del presente Reglamento. CAPÍTULO IV De la contratación INVITACIÓN Artículo 19.—El Departamento de Adquisiciones invitará a participar a los oferentes que se encuentren debidamente inscritos al momento de cursar la invitación al concurso, por telex, facsímil o cualquier otro medio disponible, dejando constancia escrita de la invitación. OFERTAS Artículo 20.—Las ofertas deberán ser dirigidas a la Caja-Departamento de Adquisiciones, formularse en original y dos copias. Se recibirán en el Departamento de Adquisiciones de la Caja, a más tardar, a la hora y fecha establecida en el respectivo cartel. la administración no asumirá ninguna responsabilidad en el caso de ser inducida a error por las indicaciones anotadas en los sobres que contienen las ofertas. Artículo 21.—La vigencia de la oferta debe ser de un mínimo de 60 días naturales, para la compra de medicamentos y materias primas para su fabricación. Estos plazos se contarán a partir de la fecha de apertura. Artículo 22.—La administración procederá a adjudicar o declarar desierto el concurso dentro de los treinta días hábiles a partir del acto de apertura para la compra de medicamentos y las materias primas. En los demás casos se regirá según se establezca en cada cartel. Artículo 23.—Toda gestión debe presentarse ante el Departamento de Adquisiciones, con mención clara del número del concurso, orden de compra o contrato a que se refiere. Artículo 24.—Salvo disposición en contrario del cartel específico, los suministros o bienes que se entreguen a la Caja deben ser totalmente nuevos. Artículo 25. Procedimiento para situaciones de procesos productivos o empaques: Cuando los proveedores tengan variantes de producción, por razones del proceso productivo o empaque, podrán ofrecerlos a la Institución y ésta aceptarlos en los siguientes términos: Diferencias hasta de un 5%, menos o más de la cantidad contratada, se aceptan de oficio. Diferencias mayores al 5% y hasta un máximo del 10%, menos o más de la cantidad contratada, el interesado deberá plantear la solicitud de autorización y la Administración, mediante un acto razonado, podrá aceptarlo o rechazarlo. En ambos casos, las cantidades adicionales que se acepten como parte de la ejecución de este artículo, serán recibidas por parte del Departamento de Almacenamiento y Distribución con la última entrega que haga el proveedor al amparo de la orden de compra o contrato. Las mismas deberán facturarse en forma separada de la última entrega de la orden de compra o contrato y su precio no podrá ser mayor al precio de contratación. Artículo 26.—Para efectos de estudio y análisis comparativo de ofertas presentadas en diferentes monedas, se utilizará el tipo de cambio oficial de venta que rija el día de apertura de las ofertas. Artículo 27.—Se acepta únicamente cotizar el 100% de la cantidad requerida para cada ítem del concurso que se tramite, salvo que el cartel específico permita otra cosa.

CONDICIONES PARA OFERTAS DE IMPORTACIÓN Artículo 28.—La oferta debe presentarse en original, debidamente firmada. Cuando sea sometido por personas jurídicas en su condición de apoderados, representantes de casas extranjeras, distribuidores exclusivos y otros, adjuntar copia de la cédula jurídica vigente, e indicar las citas de inscripción de la personería de quien la suscribe, según corresponda. Artículo 29.—Cotizar DDU (Delivered Duty Unpaid), según se señale en el respectivo cartel, individualmente para cada ítem. Artículo 30.—Las cotizaciones de mercancías extranjeras que arriben independientemente del modo de transporte (aéreo, marítimo o terrestre) deben efectuarse en términos DDU (Delivered Duty Unpaid) (entregado con impuestos sin pagar). Destino final el especificado en el cartel. Se entiende que el vendedor termina su obligación de entrega, cuando las mercancías hayan sido puestas a disposición de la Caja en el depósito aduanero o en el destino final especificado en la orden de compra o contrato, asumiendo todos los gastos, riesgos y trámites hasta el lugar indicado. Artículo 31.—Especificar el nombre del fabricante y país de origen de cada uno de los ítems ofertados, así como el nombre y dirección del exportador. Artículo 32.—Plazo de entrega: toda oferta debe indicar con exactitud el plazo de entrega, en caso de omisión se interpreta que acepta lo solicitado en el cartel. MEDIOS DE PAGO Artículo 33.—Se aceptarán los siguientes, salvo que el cartel específico señale otra cosa: Giro a la vista, carta de crédito y pago anticipado, con ajuste a los requisitos que para cada uno de ellos se indican a continuación: 33.1.—Giro a la vista: En sus modalidades de cobranza directa o indirecta. Es obligado para todos los pagos por sumas inferiores a $ 20.000,00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América). Todas las comisiones y cualquier gasto adicional que genere esta forma de pago correrán por cuenta del vendedor. 33.2.—Carta de crédito Operará únicamente en pagos de sumas iguales o superiores a $20.000.00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América). Señalar la dirección exacta, número de teléfono y de fax del exportador o beneficiario. Las comisiones del exterior corren por cuenta del vendedor y las nacionales por cuenta de la Caja. En caso de adjudicaciones parciales o totales el proveedor que haya condicionado su venta a la apertura de una carta de crédito o giro a la vista con documentos consignados al Banco; debe considerar las siguientes políticas de pago. Si el proveedor condiciona el pago a la apertura de una carta de crédito, cualquiera que sea el monto de ésta, o giro a la vista con documentos consignados al Banco el proveedor debe depositar una garantía colateral e incondicional endosada a la Caja, independientemente de la garantía de cumplimiento, por el monto total adelantado por la administración. De no depositarse la garantía colateral, se declarará insubsistente la adjudicación y la Administración procederá a readjudicar según lo previsto en el artículo 71 de este Reglamento. Esta garantía debe constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 71 de este Reglamento y será depositada simultáneamente con la garantía de cumplimiento.

Su vigencia debe comprender todo el plazo de entrega más ciento veinte días naturales. La liberación de la garantía colateral se realizará proporcionalmente al valor de cada una de las entregas, aprobadas por el LNCM. En caso de que el producto no se ajuste a los requerimientos del cartel o sea rechazado por el LNCM, el proveedor deberá reintegrar a la Caja, en un plazo máximo de 90 días naturales el importe del pago anticipado recibido más los intereses de ley. En caso contrario la Administración ejecutará y hará efectiva el monto de la garantía colateral, independientemente de los daños y perjuicios causados a la Institución. 33.3.—Pago anticipado Únicamente para casos excepcionales, siempre y cuando sea de interés institucional. Artículo 34.—De los documentos de pago, para nacionalización y aviso oportuno sobre su arribo. Cuando la mercancía ha sido pagada, será obligación del vendedor consignar ésta y los respectivos documentos a la Caja: facturas, lista de empaque, conocimiento de embarque (guía B.L. ó carta de porte), certificado de origen, certificado de control de calidad con una antigüedad no mayor de 3 meses, entre otros, lo cual debe hacerse en idioma español, en un plazo mínimo de 8 días hábiles antes del arribo y comunicar por escrito la fecha y lugar de arribo. En los demás casos el vendedor por medio de su representante de casas extranjeras, el distribuidor o apoderado, deberán proveer todos los documentos antes citados, en español, oportunamente y consignados únicamente a la Caja o al Banco respectivo. Además comunicarán por escrito la fecha y lugar de arribo. Todos los documentos: facturas, guías, conocimientos de embarque, lista de empaque y demás correspondencia, deberán especificar el número de la respectiva orden de compra o contrato de la Caja, para la adecuada y ágil tramitación. Cuando se trate de reposición por reclamos, faltantes u otros motivos, hacer clara referencia a ello. Originales o copias de todos los documentos deben remitirse con ocho días hábiles de anticipación al Departamento de Adquisiciones para los trámites pertinentes. 34.4.—Todo error u omisión en el despacho de las mercancías, o de los documentos a ellos inherentes, que dificulten, impidan y obstaculicen el trámite de nacionalización, serán responsabilidad del vendedor, y por ello estará sujeto a la correspondiente sanción administrativa. El cobro de los bodegajes que ocasione el incumplimiento, multas consignadas en la Ley General de Aduanas Nº 7557 del 20-10-95, publicada en La Gaceta Nº 212 del 8-11-95 y falta de comunicación sobre el lugar y fecha de arribo, entre otros.” Artículo 35.—De los empaques, embalajes y su identificación Los empaques y embalajes deben ser apropiados al tipo de mercancía, suficientes y utilizar cintas plásticas o metálicas, éstas deben ser resistentes y seguras, preferiblemente impresas por el vendedor. Todos los bultos interiores y exteriores (cajas, paletas, etc.), deben tener impresa o en etiqueta la siguiente información: EMPAQUE EXTERIOR Número de orden de compra o contrato de la Caja y país de origen. Identificación de riesgos, utilizar simbología apropiada, posición, refrigeración, estibamiento, otras indicaciones especiales que los productos requieran para su recibo, almacenamiento y distribución. Marcas: Seguro Social, Costa Rica C.A.

EMPAQUE INTERIOR Nombre del artículo, producto y fabricante Número de lote, fecha de fabricación y expiración Cantidad Instrucciones de manejo y almacenamiento Los empaques primarios y secundarios deberán indicar el contenido y ser estrictamente fieles a lo contratado. 35.4.—La identificación de todo producto se definirá de acuerdo a las condiciones requeridas para cada caso, según se establezca en la ficha técnica. 35.5.—Todos los envases y empaques de los medicamentos, deben ser fácilmente diferenciables, a simple vista, mediante las normas que al efecto establezca la Caja. 35.6.—Cuando se trate de las reposiciones por reclamos, faltantes y otros motivos, debe indicarse claramente esa condición en los documentos correspondientes y de ser posible en los empaques exteriores. Artículo 36.—El vendedor por medio de su representante de casas extranjeras, distribuidor o apoderado, deberá en cualquier momento de la ejecución del contrato atender, en los plazos que se señalen, las solicitudes que la Administración les formule, referentes a documentos necesarios para trámites de pagos, desalmacenajes, permisos entre otros , así como los reclamos que se originen por faltantes, omisiones o deficiencias en el cumplimiento de los términos del contrato. Artículo 37.—Toda suma que por concepto de multa, bodegaje, u otro, que deba pagar la Caja debido a falta o defecto de documentos, tales como facturas, guías aéreas, conocimiento de embarque, u otro, que no estén ajustadas al marco legal y disposiciones aduaneras, porque la mercancía se extravíe a falta de identificación o marcas, o bien porque se reexporte de oficio, serán cobradas al vendedor por medio de su representante, distribuidor o apoderado, quien sometió la oferta a consideración de la Caja, cuyo reintegro deberá efectuarse en el plazo que en cada caso concreto la Caja señale. Artículo 38.—El vendedor queda comprometido a facilitar a la Caja cuando ésta lo requiera, la obtención de muestras de las mercancías mientras éstas se encuentren en aduanas, a efecto de proceder a los análisis previos que estime necesarios. Artículo 39.—Al momento de los reclamos que se formulen al vendedor por desajuste entre lo contratado y lo entregado, se incluirá además del principal, todo gasto en que incurra la Caja (desalmacenaje, acarreos, bodegajes, destrucción u otros), por concepto de nacionalización de mercancías, más los intereses de ley (artículo 1163, Código Civil) hasta su efectivo pago, desde el momento que se efectuó la erogación hasta el reintegro. Artículo 40.—Todos los gastos aduaneros, de desalmacenaje, bodegajes y otros, que se originen por mercancía que viene como reposición por reclamos faltantes, u otras situaciones y que sea la Caja quién haya corrido con el pago, deberán ser cancelados por el vendedor, por medio de su representante, distribuidor o apoderado, en el plazo que se señale, y a ello se sumará los intereses de ley (artículo 1163, Código Civil) hasta su efectivo pago, desde el momento que se hace la erogación hasta el reintegro. Artículo 41.—Los gastos por bodegajes y otras multas que deba cancelar la Caja, originados en mercancías que fueron entregadas en Almacenes Fiscales distintos a los que la Institución tiene contratados o en operación, serán cobrados al vendedor por medio de su representante, distribuidor o apoderado, salvo que éste demuestre haber comunicado oportunamente y por escrito al Departamento de Adquisiciones-Sección Desalmacenajes, el lugar de entrega y fecha de arribo. A ello se sumarán los intereses de ley según los términos del artículo anterior.

DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO Artículo 42.—El contratista queda obligado a ejecutar el contrato administrativo de conformidad con el cartel, la oferta y sus complementos el acto de adjudicación, la orden de compra o contrato de la Caja. Artículo 43.—Se autorizarán prórrogas para la ejecución del contrato por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas por el contratista o por demoras ocasionadas por la administración. En uno u otro caso, el contratista solicitará dicha prórroga a más tardar dentro de los ocho días siguientes al conocimiento del hecho que demorará la ejecución. No se considerarán prórrogas vencidos los términos de ejecución previstos, sin perjuicio del derecho de justificar el incumplimiento por los medios legales establecidos. Artículo 44.—Cuando la Caja incurra en gastos adicionales por faltas o incumplimientos del proveedor, o habiendo cancelado las mercancías contratadas, deba proceder a plantear reclamo por esas sumas, ésta cobrará además del monto en que se viera afectada por costos de nacionalización por entregas adicionales no programadas, los intereses de ley sobre dichos montos, los que deberán reintegrarse dentro de los plazos que al efecto se establezcan. CONDICIONES PARA OFERTAS NACIONALES Artículo 45.—El oferente, persona física o jurídica, deberá anexar a su oferta copia de la cédula correspondiente. Artículo 46.—Lugar de entrega de la mercancía: salvo que el cartel indique lugar diferente, toda mercancía deberá entregarse en las bodegas designadas por el Departamento de Almacenamiento y Distribución. Artículo 47.—Plazo de entrega: toda oferta debe indicar con exactitud el plazo de entrega, en caso de omisión se interpreta que acepta lo solicitado en el cartel. Artículo 48.—Forma de pago: todo pago se hará por medio de cheque contra factura especial de cobros de la Caja. A dicha factura debe adicionarse la factura comercial respectiva, original o copia de la orden de compra o contrato de la Caja, certificado de control de calidad con una antigüedad no mayor de tres meses, y cualquier documento comprobatorio de la entrega o recepción del suministro de que se trate. Para el caso de ofertas en moneda extranjera, el pago se efectuará en colones costarricenses, al tipo de cambio oficial de venta que rija en la fecha de emisión del cheque. Artículo 49.—En toda oferta por mercancías debe indicarse claramente el nombre del fabricante, marca y cualquier información adicional que facilite la determinación de lo ofrecido. Artículo 50.—La Caja está exenta del pago de todo impuesto, según la Ley Nº 7293 del 31 de marzo de 1992, por lo tanto la oferta no debe incluir ningún impuesto. Artículo 51.—El oferente queda comprometido a atender dentro del plazo que se señale, todo requerimiento de información, documentos u otros que respecto de su oferta o la ejecución del contrato le sean formulados. Artículo 52.—De los empaques, embalajes y su identificación. Rige lo estipulado en artículo 35 de este Reglamento. Artículo 53.—Todo oferente nacional, sea persona jurídica o física, para participar y al eventual adjudicatario se le solicitará adjuntar certificación original de que se encuentra al día en el pago de las cuotas obrero-patronales de la Caja, o que exista en su caso, el correspondiente arreglo de pago debidamente aceptado y además indicar expresamente el o los números patronales que mantiene activos con la Institución.

Quien resulte adjudicado deberá presentar certificación original en que demuestra estar al día en el pago de las cuotas obrero-patronales, extendida por el Departamento de Gestión de Cobros Administrativos de la Caja o por la respectiva sucursal, debidamente autorizada de previo a firmar la respectiva orden de compra o contrato y entregar la garantía de cumplimiento según sea el caso. Artículo 54.—Deben incluir declaración jurada de encontrarse al día en las obligaciones relativas al régimen de impuestos directos a que se refiere el artículo 6º de la Ley Nº 3173 del 12 de agosto de 1963, en concordancia con el artículo 56 del reglamento de Contratación Administrativa. OTRAS CONDICIONES GENERALES PARA OFERTAS DE IMPORTACIÓN Y NACIONALES Artículo 55.—Para cada concurso debe aportarse copia certificada del registro sanitario del producto en que conste que se encuentra inscrito y vigente en el Ministerio de Salud. Artículo 56.—Debe indicarse la estabilidad de los productos a partir a su ingreso al Departamento de Almacenamiento y Distribución de la Caja, según lo indique el cartel respectivo. Artículo 57.—De conformidad con lo establecido por las leyes 5292 del 9 de agosto de 1973 y 4124 del 16 de setiembre de 1974, el Sistema Internacional de Unidades de Medida es de uso obligatorio en las solicitudes de cotización como en las propias ofertas. Artículo 58.—La Caja aceptará una única reposición por cada partida que llegare a rechazar su Laboratorio de Normas y Calidad de Medicamentos y ello deberá cumplirse dentro del plazo que la Caja, en cada caso indique. Artículo 59.—La Caja NO asumirá gasto alguno originado en la reposición de productos rechazados y aquellos en que se llegare a incurrir los cobrará al co-contratante particular. Todo sin perjuicio de la ejecución de la respectiva garantía de cumplimiento así como de la aplicación de las sanciones administrativas o acciones judiciales que pudieren proceder. CAPÍTULO V De la recomendación y adjudicación Artículo 60.—El estudio de las ofertas y la recomendación técnica para adjudicar los diferentes concursos, será responsabilidad de los funcionarios o comisiones de funcionarios que designe la Caja, según el área de competencia. Artículo 61.—La recomendación técnica, previa a la adjudicación, será emitida por la Comisión asignada, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de recibo de la solicitud. De acuerdo con los topes que establezca la Junta Directiva de la Caja, la instancia correspondiente adjudicará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la recomendación; salvo que se requieran nuevos estudios o criterios, considerando siempre los plazos de vigencia de las ofertas. La adjudicación se comunicará a los participantes en el concurso, dentro de los 2 días hábiles siguientes al acto, en concordancia con las disposiciones vigentes, dejándose constancia de la notificación. Artículo 62.—El precio será factor importante para la adjudicación de los diferentes concursos. Sin embargo, por sí sólo no será determinante, sino que se tomarán en consideración: plazo entrega, factor que podría ser preponderante (cuando así se indique en el cartel) si con base en las circunstancias imperantes fuera necesario adelantar la entrega.

Para la adjudicación se tomarán en cuenta además, antecedentes respecto del cumplimiento operado en contratos anteriores relacionados con el producto objeto del concurso y la calidad de ese producto entregado o adquirido por la Institución en otras ocasiones. Ante ofertas en igualdad de condiciones, se dará prioridad a la que ofrece ventajas adicionales debidamente justificadas por la comisión respectiva sobre el artículo que se adquiera. Artículo 63.—La Caja se reserva la facultad de rechazar todas las ofertas si así conviniere a sus intereses. Se aceptarán cotizaciones parciales, excepcionalmente, cuando se enfrenten situaciones de urgencia apremiante y así se indique en el cartel del concurso. La Caja se reserva el derecho de realizar las adjudicaciones parciales para solventar dicha situación. En caso de productos nuevos que la Institución no tiene ninguna experiencia en su uso, se permitirá hacer adjudicaciones parciales por ítem según los intereses de la Institución. Artículo 64.—Para todo efecto se tomarán como oficiales los pronunciamientos técnicos emitidos por el LNCM de la Caja. Artículo 65. Se deroga. Artículo 66. Se deroga. Artículo 67.—La declaratoria de desierta, será emitida de conformidad con lo establecido por el artículo 29 de la Ley y Reglamento General de la Contratación Administrativa. Artículo 68.—Todo adjudicatario, por medio de su representante, apoderado o distribuidor, queda obligado a: Ejecutar en forma debida y satisfactoria el objeto convenido. Respetar y cumplir las especificaciones y condiciones relativas a la ejecución. Poner corrección y diligencia en el ejercicio de su cometido. Acatar las instrucciones impartidas por la Caja, antes, durante y después de la ejecución, para casos de documentos, muestras, rotulación, separación de unidades defectuosas o lotes rechazados, cambios de empaque, retiro de mercancías o reexportaciones, entre otros. Todo lo anterior dentro de los plazos prudenciales que la Caja indique. CAPÍTULO VI De la forma de trámite para autorización de la Contraloría General de la República Artículo 69.—Para efectos de la autorización por parte de la Contraloría General de la República, la Caja presentará respecto de cada contratación, una solicitud que se acompañará del original del expediente del concurso. Este expediente se compondrá de los siguientes elementos: Peticiones de cotización. Ofertas recibidas. Acta de apertura de las ofertas. Calificación de las ofertas y Cuadro de precios. Acta de recomendación firmada por miembros de la Comisión. Certificación de presupuesto. Acta de adjudicación. Visto bueno de la Dirección Jurídica. Cualquier otro documento adicional. Artículo 70.—La Contraloría General de la República resolverá sobre la autorización de la contratación, dentro de los 5 días hábiles posteriores al recibo de la solicitud respectiva y

expediente completo del concurso. En casos especiales, la Auditoria de la Caja, podrá aprobar la adjudicación. Si así fuera, se informará de ello en las 24 horas siguientes a la Contraloría General de la República, de acuerdo con lo señalado en la Ley número 6914 del 21 de diciembre de 1983, artículo 72, incisos a), b), c) y ch). CAPÍTULO VII De la garantía de cumplimiento Artículo 71.—Toda garantía deberá constituirse por cualquiera de los medios que establece el artículo 37 del Reglamento de la Contratación Administrativa, y salvo indicación expresa del cartel específico de cada concurso, rige lo siguiente en cuanto a montos y vigencias: El monto de la garantía de cumplimiento será del 10 % del monto adjudicado. Esta garantía se solicitará mediante télex, facsímil o cualquier otro medio disponible, dejando constancia de la solicitud del recibo por parte del proveedor. Si el adjudicatario no deposita la garantía de cumplimiento a entera satisfacción o prevenido para ello no comparezca a la formalización del contrato, (dentro de los cinco días hábiles posteriores a la prevención), se tendrá por insubsistente la adjudicación y la Administración dispondrá de un plazo de ocho días hábiles para readjudicar a la segunda oferta mejor posicionada, si esta resultare conveniente a sus intereses. Vigencia: la garantía de cumplimiento tendrá una vigencia que cubra todo el plazo de entrega pactado, más ciento veinte días naturales. En el caso que la garantía se constituyere mediante documento, deberá aportarse original y copia de éste. Cuando se entreguen certificados de depósito en colones o dólares o valores similares en calidad de garantía, además de una copia, deberá expresarse claramente al dorso y firmarse por el titular del depósito, la siguiente razón de endoso: “Páguese a la Caja Costarricense del Seguro Social para garantizar el cumplimiento de concurso”. Artículo 72.—El incumplimiento a cualquiera de los términos del contrato: características y especificaciones del suministro, calidad, forma de empaque, marcas, rotulación entre otras, dará lugar a la ejecución de la garantía, previo debido proceso. Ello independientemente de aclaraciones o documentos que se estime necesario solicitar, a fin de respaldar en mejor forma el estudio; o bien que el vendedor por su cuenta haga llegar oportunamente al Departamento de Adquisiciones. Artículo 73.—Cuando la Garantía de cumplimiento fuere ejecutada antes del vencimiento del contrato por incumplimiento del co-contratante particular: excepto en caso de resolución, éste quedará obligado a rendir una nueva garantía de manera que el contrato quede debidamente garantizado hasta la ejecución total. Artículo 74.—La devolución de la garantía se efectuará dentro de los 60 días naturales, siguientes a que la fecha en que la Caja tenga por cumplido el contrato a su entera satisfacción. Artículo 75.—Todo atraso (incumplimiento en el plazo de cualquiera de las entregas pactadas), será sancionado acorde con los términos de la cláusula penal siguiente: Para productos críticos A que requieren los pacientes en forma inmediata y cuyas existencias no permiten desabastecimiento: un porcentaje sobre el valor de cada entrega contratada, de acuerdo con la tabla. Este grupo refiere a productos indispensables o esenciales para el manejo farmacológico de la enfermedad o conservación de la salud. No son sustituibles por otra alternativa farmacológica y su falta pone en peligro la vida del paciente. Una interrupción del fármaco podría favorecer el agravamiento, la progresión o

condiciones irreversibles de la patología, y no es clínicamente aceptable la suspensión brusca o súbita del tratamiento farmacológico. Para productos críticos B que requieren los pacientes en forma inmediata y cuyas existencias no permiten desabastecimiento: Un porcentaje sobre el valor de cada entrega contratada, de acuerdo con la tabla. Este grupo refiere a productos indispensables o esenciales para manejo farmacológico de la enfermedad o conservación de la salud. Podrían ser sustituibles por otra alternativa terapéutica y su falta pone en peligro la vida del paciente. Una interrupción del fármaco podría favorecer el agravamiento, la progresión o condiciones irreversibles de la patología. Para productos no críticos-C, que los pacientes no requieren en forma inmediata: un porcentaje sobre el valor de cada entrega contratada, de acuerdo con la tabla. Este grupo refiere a productos que siendo esenciales para el manejo farmacológico de la enfermedad o conservación de la salud, no son indispensables en forma vital. Son sustituibles por otra alternativa terapéutica que este incluida dentro de los medicamentos, su falta no pone en peligro la vida del paciente. La interrupción del fármaco no conlleva el agravamiento, la progresión o condiciones irreversibles de la patología y sería clínicamente aceptable la suspensión por un periodo corto o el cambio por otras alternativas. La cláusula penal se aplicará sobre el valor o costo de cada entrega pactada, independientemente de la demostración del daño o perjuicio, siempre y cuando no existan razones de fuerza mayor o caso fortuito, que impidieron la ejecución normal del contrato. La Administración, previo a la aplicación de la cláusula penal, concederá al contratista al menos tres días hábiles, para que exprese por escrito y demuestre las razones del incumplimiento. Para mayor claridad y aplicación de la cláusula véase la tabla siguiente: TABLA DE PORCENTAJES DE APLICACIÓN CLÁUSULA PENAL SEGÚN DÍAS DE ATRASO Categoría del 1 a 10 Días De 11 a 20 Días De 21 Días aDe 31 Días naturales Medicamento Naturales de Naturales de 30 Días Naturales de Atraso en Atraso Atraso de Atraso Adelante CRITICO A 3% 6% 9% 25% CRITICO B 2% 4% 6% 20% NO CRITICO C 1% 2% 3% 15% Notas: En el anexo (Lista Oficial de Medicamentos. Listado por Riesgo de Medicamentos de la LOM) aprobado por la Junta Directiva, en el artículo 20° de la sesión número 7522, celebrada el 8 de febrero del año 2001, publicado en La Gaceta número 67 de 4 de abril del año 2001, que se mantiene vigente, se detallan los productos según categorías A, B, C. Según los días de atraso y categorías se aplica el porcentaje estipulado en la casilla. El % que se aplicará es sobre la cantidad y costo que se debía entregar, según Orden de Compra o Contrato. Independientemente de la aplicación de las cláusulas penales, el proveedor se hará acreedor a las sanciones establecidas en el Capítulo VIII de este Reglamento. Para efectos de la aplicación de la cláusula penal, el atraso con respecto al plazo se contará a partir del día natural siguiente a la fecha de entrega prevista en la orden de compra o contrato de la Caja. Con respecto a los adelantos de entrega rige lo siguiente:

Compras de Importación: Se acepta máximo 30 días naturales de adelanto. Si el adelanto supera los 30 días el proveedor correrá con todos los gastos y costos de almacenamiento, más los gastos por administración que rigen en ese momento. Compras en Plaza: Se acepta máximo ocho días naturales de adelanto. Artículo 76.— Derogado (artículo 21° de la sesión número 7203, celebrada el 24 de febrero de 1998) CAPÍTULO VIII De las sanciones Artículo 77.—Sin perjuicio de otras acciones administrativas o judiciales que pudieren proceder, se aplicará sanción de apercibimiento a los proveedores que incurran en las causales establecidas por el artículo 99 de la Ley de la Contratación Administrativa. Se aplicará sanción de inhabilitación a los proveedores que incurran en las causales establecidas por el artículo 100 de la misma Ley. Artículo 78.—Procederá la exclusión del oferente en el producto, hasta por dos años, en los siguientes casos: El producto entregado que por segunda vez incumpla con las especificaciones técnicas y fuere objetado o rechazado total o parcialmente por el LNCM dentro de un plazo de 2 años. Aquel producto en que por segunda vez incumpla en contratos diferentes con la fecha establecida de entrega, salvo que lo hayan justificado previamente a la Caja y ésta haya aceptado la prórroga. Lo anterior dentro de un plazo de 2 años. Aquel producto que se haya entregado en calidad de reposición en forma correcta y sufra deterioro de estabilidad, en condiciones apropiadas de almacenamiento. El plazo de exclusión correrá a partir del momento en que el Departamento de Adquisiciones, con base en los certificados técnicos que se le aporten, lo comunique al interesado. Artículo 79.—Los apercibimientos, inhabilitaciones y exclusiones a que se refieren los artículos anteriores, serán notificadas al interesado posterior a haber conferido la respectiva audiencia. Si se confirmare la procedencia de dicha sanción, esta resolución se comunicará al interesado, a la Contraloría General de la República y la Auditoría de la Caja y se publicará en el diario oficial La Gaceta. Todo ello conforme a los lineamientos de los artículos 106.4 y 106.5 del Reglamento General de Contratación Administrativa. Artículo 80.—En lo no previsto se aplicarán supletoriamente las disposiciones y principios contenidos en las leyes y reglamentos que rijan la Contratación Administrativa. Artículo 81.—Este Reglamento deroga el aprobado por la Junta Directiva en los artículos 14, 1 y 6 de las sesiones números 5836, 5837 y 5853, celebradas, en su orden, el 12 y 19 de julio, y el 6 de septiembre de 1984 y por la Contraloría General de la República en el oficio 7880 del 28 de agosto de 1984, y sus reformas, salvo en lo que concierne al anexo del artículo 75 (Lista Oficial de Medicamentos. Listado por Riesgo de Medicamentos de la LOM) aprobado por la Junta Directiva, en el artículo 20° de la sesión número 7522, celebrada el 8 de febrero del año 2001, publicado en La Gaceta número 67 de 4 de abril del año 2001, que se mantiene vigente”. San José, 11 de diciembre del 2001.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—C-160180.—(92428).

ANEXO NO.3 PROGRAMA DE COMPRAS DE LA CCSS 2001

Producto

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Representante

Fabricant e

Pais.

6 460.00 223 200.00

Precio U. (US$) 1.7 27.9

Cloroquina 150 Mg Hidroxicloroquina 300 Mg Levamizole 50 Mg Mebendazol 100 Mg Tbs

3 800.00 8 000.00

cn cn

Cefa DMI S.A.

Sanofi

Colombia Costa Rica

550.00 14 660.00

cn cn

4 389.00 87 227.00

7.98 5.95

Stein Medipharma

Metronidazol 500 Mg

26 800.00

cn

26 210.40

0.978

Medhen

Pharm Inter

India

Pirimetamina 25 Mg Meglumina Antimoniato

600.00 60 000.00

cn am

17 160.00 89 940.00

28.6 1.499

Gutis Farmanova

Gutis Aventis Pharma

Costa Rica Francia

Benzoato De Bencilo Benzoato De Bencilo Metronidazol 125 MgCta

98 000.00 141 000.00 184 000.00

fc fc fc

47 040.00 54 990.00 60 352.00

0.48 0.39 0.328

Raven Ancla Lacofa

Raven Ancla Lacofa

Costa Rica Costa Rica Costa Rica

Tiabendazol 1 G. Tiabendazol 1 G. Amoxicilina Caps 500 Mg Ciprofloxacina 500 Mg Dapsona 100 Mg Dapsona 100 Mg Eritromicina 500 Mg Espiramicina 500 Mg Tbs

3 500.00 3 700.00 11 700.00

fcs fa cn

4 340.00 3 885.00 30 069.00

1.24 1.05 2.57

Stein Stein Raven

13 200.00

cn

52 509.60

3.978

Calox

Calox

Costa Rica

500.00 800.00 15 500.00 2 300.00

cn cn cn cn

7 600.00 10 320.00 138 725.00 65 780.00

15.2 12.9 8.95 28.6

Gutis Gutis Apotex Stein

Gutis Gutis Apotex Stein

Costa Rica Costa Rica Costa Rica Costa Rica

Neomicina 250 Mg Penicilina Oral Tabletas Sulfadiazina 500 Mg Sulfazalacina 500 Mg Tetraciclina 500 Mg Caps

2 300.00 10 400.00

cn cn

57 500.00 54 756.00

25 5.265

Gutis Raven

1 000.00 16 000.00 17 100.00

cn cn cn

24 000.00 204 800.00 30 609.00

24 12.8 1.79

Lacofa Gutis Medchem

Lacofa Gutis Pharma Inter

Costa Rica Costa Rica India

Trimetroprim Sulfa 40080 Tbs

115 500.00

cn

218 295.00

1.89

Stein

Stein

Costa Rica

Pisa S.A Fabricant e

México Pais

Amikacina 100mg Producto

37 000.00 Cantidad

cn 9 620.00 Unidad Pagado (US $)

0.26 Farmanova Precio Representante U. (US$)

Stein Costa Rica Mediphar Costa Rica ma

Stein Costa Rica Stein Costa Rica Biochemie Austria

Gutis Costa Rica Biochemie Austria

Amikacina 500 mg

75 800.00

fa

29 562.00

0.39

Corporación Astra de CR

Represent aciones e Investigaci ones médicas S.A. De CV Biochemie

México

Ampicilina base 500 mg Cefalotina 1 G

537 000.00

fa

99 613.50

0.1855

Raven

919 000.00

fa

572 950.55

0.62345

Medirep

Panpharm a

Francia

Ceftazidima 1 G Ceftazidima 1 G Cefotaxima 1 G. Cefotaxima 1 G.

107 000.00 110 000.00 217 000.00 267 000.00

fa fa fa fa

254 660.00 207 900.00 186 620.00 140 976.00

2.38 1.89 0.86 0.528

Medirep Farmanova Medirep Qualifar del Istmo, S.A.

Medirep Costa Rica Pisa S.A México Medirep Korea Qualifarm Gautemal a

Ceftriaxona 250 Mg Clindamicina 600 Mg

3 200.00 378 000.00

fc fc

17 088.00 226 422.00

5.34 0.599

Cefa Qualifarm

Oxacilina 1 G. Gentamicina 20 Mg Gentamicina 20 Mg Gentamicina 80 Mg

358 000.00 21 200.00 24 000.00 665 000.00

fa fa fa fa

142 842.00 8 246.80 9 552.00 36 508.50

0.399 0.389 0.398 0.0549

Chemo Farmanova Farmanova Medchen. S.A.

Roche Suiza Qualifarm Guatemal a Torlan SA España Pisa S.A México Pisa S.A México Pharm China Inter .

Imipenem

23 500.00

fc

320 775.00

13.65

Merck Sharp & Dohne

Merck Costa Rica Sharp & Dohne

Imipenem

20 000.00

fc

273 000.00

13.65

Merck Sharp & Dohne

Merck Costa Rica Sharp & Dohne

Metronidazol 50 Mg Inyec.

156 000.00

ud

140 400.00

0.9

Farmanova

Pisa S.A

México

Penicilina Benzatinica 390 000.00 1,2 M

fa

72 930.00

0.187

Raven

Biochemie

Austria

Austria

Penicilina Sodica 1 Millon

297 000.00

fa

50 193.00

0.169

Raven

Biochemie

Austria

Penicilina Sodica 1 Millon

422 000.00

fa

100 225.00

0.2375

Raven

Biochemie

Austria

Penicilina Sódica 5 Millones B5

174 000.00

fa

88 392.00

0.508

Raven

Biochemie

Austria

Vancomicina 500 Mg

97 700.00

fa

122 125.00

1.25

Abbott

Abbott

Eritromicina Susp. Trimetropin Sulfa Susp.

141 000.00 207 000.00

fc fc

148 050.00 51 543.00

1.05 0.249

Raven Stein

Raven Stein

Estados Unidos Costa Rica Costa Rica

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Representante

Fabricant e

Pais.

360.00

cn

19 386.00

Precio U. (US$) 53.85

OPS

OPS

USA

Producto Cislosferina 250 mg

Ethambutol 400 Mg Tbs

3 000.00

cn

63 000.00

21

Medirep

Etionamida 250 mg

360.00

cn

5 886.00

16.35

OPS

Isoniacida 300 Mg Pirazinamida 500 Mg Rifampicina 300 Mg

2 700.00 3 400.00 4 900.00

cn cn cn

3 969.00 21 080.00 23 760.10

1.47 6.2 4.849

Estreptomicina 1 G Rifampicina Suspensión Aciclovir 400 Mg Tab. Didanosina 100 mg. Tab.

8 200.00 5 300.00

fa fc

4 920.00 21 730.00

0.6 4.1

Stein Gutis Com. Farmac. Interam. Farmanova Gutis

2 600.00 1 800.00

cn cn

12 703.60 162 000.00

4.886 90

Stein Stein

Stein Stein

Costa Rica Costa Rica

Didanosina 100 mg. Tab.

2 200.00

cn

224 400.00

102

Apotex

Protein SA

México

Efavirenz 200 Mg

1 700.00

cn

149 164.80

87.744

Merck Sharp & Dohne

Du Pont Pharmace utical

USA

Estavudina 40 Mg Tabletas

150.00

cn

18 000.00

120

Stein

Stein

Costa Rica

Estavudina 40 Mg Tabletas

2 000.00

cn

240 000.00

120

Gutis

Gutis

Costa Rica

Estavudina 40 Mg Tabletas

2 000.00

cn

76 000.00

38

Stein

Stein

Costa Rica

Fluconazol 200 Mg Indinavir 400 mg. Cápsulas

700.00 5 000.00

cn cn

28 700.00 1 000 000.00

41 200

Stein M.S.D.

Stein M.S.D.

Costa Rica México

Indinavir 400 mg. Cápsulas

8 699.40

cn

426 853.46

49.067

Merck Sharp & Dohne

Merck & Co.

Lamivudina 150mg Lamivudina 150mg

4 000.00 5 600.00

cn cn

116 200.00 814 632.00

29.05 145.47

Stein Jovel López

Nelfinavir

5 702.40

cn

760 320.00

Cefa

Nelfinavir

13 702.50

cn

Zidovudina 100 Mg

17 000.00

cn

1 827 000.00 297 330.00

133.333 33 133.333 33 17.49

Qualifarm

Aciclovir 250 Mg Inyectable Aciclovir 250 Mg Inyectable Amfotericina B 50 Mg Producto

12 300.00

fa

61 500.00

5

Medirep

13 200.00

fa

60 720.00

4.6

Medirep

Libra

Uruguay

9 400.00 Cantidad

fa Unidad

62 980.00 Pagado (US $)

Medirep Representante

Medirep Fabricant e

Brasil Pais.

Griseofulvina 125 MgCta

6 500.00

fc

8 450.00

6.7 Precio U. (US$) 1.3

Gutis

Gutis

Costa Rica

Cefa

Costa Rica Tailandia Medirep , Inc U.S.A. OPS

Estados Unidos Stein Costa Rica Gutis Costa Rica Bonima El Salvador Lab. Pisa México Gutis Costa Rica

Stein Costa Rica GlaxoWell Panamá come Roche Puerto Rico Roche Puerto Rico Qualifarm Guatemal a Libra Uruguay

Griseofulvina 125 MgCta

6 500.00

fc

5 655.00

0.87

Lisan

Lisan

Costa Rica

Nistatina Suspención

88 600.00

fc

75 310.00

0.85

Chemo

Chemo Cent.

Costa Rica

Fenazopiridina 100 40 000.00 Mg Nitrofurantoina 50 Mg 32 000.00 Nitrofurantoina Susp. 9 000.00 Pseudoefedrina 60 Mg 61 700.00 Dobutamina 4 200.00 Dopamina 86 400.00 Epinefrina 1 Ml 249 000.00 Metaraminol 10 Mg 1 120.00

cn

278 737.60

Pfizer S.A.

Costa Rica

fc fc cn an an an fa

440 000.00 46 800.00 79 469.60 15 330.00 34 560.00 87 150.00 11 995.20

6.96844 00 13.75 5.2 1.288 3.65 0.4 0.35 10.71

Stein Stein Stein Medirep Farmanova Farmanova MSD

Stein Costa Rica Stein Costa Rica Stein Costa Rica Libra Uruguay Pisa S.A México Pisa S.A México Merck & U.S.A. Co.

Amiodarona 200 Mg Tbs Amiodarona 200 Mg Tbs Digoxina 0.25 Mg Tb. Digoxina 0.25 mg. Tabts. Enalapril 5 Mg

9 500.00

cn

38 000.00

4

Gutis

Gutis

Costa Rica

11 800.00

cn

47 200.00

4

Gutis

Gutis

Costa Rica

28 900.00 30 800.00

cn cn

69 360.00 58 212.00

2.4 1.89

Stein Medirep

Stein Biolab

Costa Rica Tailandia

25 000.00

cn

22 000.00

0.88

José Murillo Campos

Intas Pharmace uticals

India

Enalapril 5 Mg Enalapril 5 Mg

145 600.00 165 300.00

cn cn

224 806.40 106 949.10

1.544 0.647

Medchen José Murillo Campos

Intemed Intas Pharmace uticals

Quinidina Sulfato 500 Mg Verapamilo 80 Mg Amiodarona 150mg/3cc Digoxina 0.25 Mg Amp. Propanolol 1 Mg/Ml Iny. Verapamilo 5 Mg Atenolol 100 Mg Enalaprila 20 Mg

2 000.00

cn

41 000.00

20.5

Stein

Stein

Costa Rica

42 700.00 19 800.00

cn an

132 370.00 11 880.00

3.1 0.6

Gutis Gutis

Gutis Gutis

Costa Rica Costa Rica

16 000.00

an

20 480.00

1.28

Gutis

Gutis

Costa Rica

7 500.00

an

16 500.00

2.2

Gutis

Gutis

Costa Rica

3 700.00 281 000.00 427 000.00

an cn cn

3 330.00 176 187.00 635 803.00

0.9 0.627 1.489

Gutis Raven Medchen

Gutis Raven Pharm Inter S.P.R.L.

Costa Rica Costa Rica India

Hidralazina 50 Mg Tbs 13 000.00 Hidroclorotiazida 170 000.00 25mg Producto Cantidad

cn cn

57 200.00 68 000.00

4.4 0.4

Stein Calox

Stein Calox

Costa Rica Costa Rica

Unidad

Pagado (US $)

Precio U. (US$)

Representante

Fabricant e

Pais.

cn

154 240.00

3.2

Merck Sharp & Dohne

Metildopa 250 Mg Tbs

48 200.00

India

Merck Costa Rica Sharp & Dohne

Metildopa 500 Mg

15 000.00

cn

79 500.00

5.3

Merck Sharp & Dohne

Merck Costa Rica Sharp & Dohne

Propanolol 40 Mg Hidralazina 20 Mg Hidralazina 20 Mg

54 000.00 14 300.00 16 700.00

cn am am

49 680.00 8 580.00 26 720.00

0.92 0.6 1.6

Gutis Medirep S.A. Medipharma

Gutis Costa Rica Cristalia Brasil Mediphar Costa Rica ma

Espironolactona 100 Mg

12 800.00

cn

184 320.00

14.4

Gutis

Furosemida 40 Mg Furosemida 20 Mg Iny.

109 000.00 537 000.00

cn am

80 660.00 42 423.00

0.74 0.079

Stein Lab. Químicos de Centro.

Manitol Fco 250 Ml 23 100.00 Glicerito Trinitrato 0.5 26 800.00 Mg Glicerito Trinitrato 0.5 28 200.00 Mg Isosorbide Dinitrato 83 000.00 20 Mg Amlodipino 183 000.00

fa cn

42 042.00 101 840.00

1.82 3.8

Farmanova Stein

Pisa S.A Stein

México Costa Rica

cn

90 240.00

3.2

Stein

Stein

Costa Rica

cn

273 070.00

3.29

Gutis

Gutis

Costa Rica

cn

104 310.00

0.57

José Murillo Campos

Intas Pharmace uticals

India

P.L. Rivero Bayer

Argentina Costa Rica

Gutis

Costa Rica

Stein Costa Rica Lab. Costa Rica Químicos de Centro.

Nitroglicerina 50mg

7 000.00

fa

20 300.00

2.9

Medirep

Acido Acetilsalicilico 100 Mg Warfarina 1 Mg Warfarina 5 Mg Estreptoquinasa 1.500.000 UI.

505 000.00

cn

212 100.00

0.42

Bayer

918.00 11 500.00 870.00

cn cn fa

13 311.00 33 062.50 68 730.00

14.5 2.875 79

Gutis Medipharma

Gutis Orion Braun

Costa Rica Finlandia Alemania

Estreptoquinasa 1.500.000 UI.

2 200.00

fa

150 590.00

68.45

Pharmaceutica Centramericana

Mediphar ma

Korea

Heparina 1000 Uds 10 Ml

18 300.00

fa

13 084.50

0.715

Farmanova

Pisa S.A

México

Heparina 5000 Uds 5 Ml

126 000.00

fa

80 010.00

0.635

Farmacéutica Centramericana

Heparinas de Bajo peso Molecular 40 mg

8 000.00

ud

56 000.00

7

Cefa

Aventis

Guatemal a

Tirofiban 0.25 mg/ml

800.00

fa

151 064.00

188.83

Merck Sharp & Dohne

Ben Venue

USA

Acido Aminocaproico 10 Ml

6 600.00

fa

20 460.00

3.1

Compañía Farmacéutica

Laboratori Portugal os Bial

Factor IX Producto

6 000.00 Cantidad

fa Unidad

876 000.00 Pagado (US $)

Lab. Zeledón Representante

Baxter Fabricant e

USA Pais.

Fitomenadiona 1 Mg/Ml Fitomenadiona 10 Mg Fitomenadiona 10 Mg

68 300.00

am

12 294.00

146 Precio U. (US$) 0.18

Gutis

Gutis

Costa Rica

37 500.00 37 500.00

am am

5 250.00 5 250.00

0.14 0.14

Alcames Gutis

Alcames Gutis

Costa Rica Costa Rica

Rotexmedi Alemania ca

Factor VIII 500 U.I Protamina Sulfonato Iny10mg/Cc Sobres Gelfoam

5 600.00 5 400.00

fa fa

641 200.00 10 098.00

114.5 1.87

Bayer Medipharma

Costa Rica Costa Rica

Raven Stein Stein

Bayer Mediphar ma Pharmaci ay Upjohn Raven Stein Stein

13 500.00

so

117 450.00

8.7

Cefa

Acido Fólico 1 Mg Genfibrocilo 600 Hierro Fumarato 200 Mg

178 000.00 107 000.00 138 000.00

cn cn cn

53 044.00 568 170.00 198 720.00

0.298 5.31 1.44

Lovastatina 20mg Eritropoyetina 4000 Hierro Inyectable Vitamina B12 Colestiramina resina 4g Hierro Oral(Hidrox Ferrico Polimalt

72 000.00 19 200.00 55 700.00 116 500.00 259 000.00

cn fc fc fc so

178 200.00 150 528.00 33 420.00 46 600.00 59 570.00

2.475 7.84 0.6 0.4 0.23

Raven Medirep Infarma Alcames Stein

Raven Medirep Infarma Alcames Stein

Costa Rica Korea Costa Rica Costa Rica Costa Rica

262 000.00

fc

262 000.00

1

Infarma

Infarma

Costa Rica

Acido Etidrónico Ibuprofeno 400 Mg

1 600.00 117 000.00

cn cn

115 200.00 80 730.00

72 0.69

Stein José Murillo Campos

Stein Costa Rica Intas India Pharmace uticals

Indometacina 25 Mg

188 000.00

cn

77 080.00

0.41

Vitapure

Leflutamida 20 mg

950.00

cn

205 865.00

216.7

Erick Murillo Campos Cefa

Penicilamina 250 mg. Sulinadco 200 Mg

2 000.00 210 000.00

cn fa

24.65 5.305

Raven Chemo

Tenoxicam 20 Mg Indometacina 100 Mg Supos. Diclofenaco 75 Mg/3 Ml Aurotiomalato Sódico 10 mg/ml Inyectable

6 700.00 73 000.00

cn cn

49 300.00 1 114 050.00 27 202.00 290 540.00

4.06 3.98

Stein Gutis

Stein Gutis

Costa Rica Costa Rica

33 100.00

fa

52 132.50

1.575

Medirep

Lab. Rubio

España

Alopurinol 300 Mg 20 000.00 Alopurinol 300 Mg 24 000.00 Colchicina 0.5 Mg 73 000.00 Acetaminofeno 500 Mg 754 000.00

cn cn cn cn

78 000.00 78 480.00 467 200.00 395 096.00

3.9 3.27 6.4 0.524

Stein Gutis Gutis Compañía Farmacéutica

Stein Gutis Gutis Bonima

Costa Rica Costa Rica Costa Rica El Salvador USA

Costa Rica Costa Rica Costa Rica

India

Aventis

Guatemal a Biochemie Austria Lacofa Costa Rica

Aspirina 500 Mg

14 800.00

cn

63 714.00

4.305

Farmacéutica Centramericana

Mediphar ma

Naloxona 0.4 Mg

11 900.00

am

7 556.50

0.635

Medipharma

Producto

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Representante

Tramadol 100 Mg

1 000 000.00

am

175 000.00

Precio U. (US$) 0.175

Rotexmedi ca Fabricante

Tramadol 100 Mg

1 800 000.00

am

306 000.00

0.17

Gutis

Medipharma

USA

Pais.

Mediphar Costa Rica ma Gutis

Costa Rica

Droperidol 2.5 Mg /Ml Enfluorano 125 Ml

40 000.00 9 300.00

ud fc

11 600.00 216 225.00

0.29 23.25

Ketamina 1% 20 Ml

20 000.00

fc

55 000.00

2.75

Propofol

8 000.00

fa

88 000.00

11

Sevoflurano sol. 250 ml Tiopental 500 Mg

1 750.00

fc

346 500.00

198

137 000.00

fa

58 499.00

0.427

Lidocaina Jalea Bupivacaina 0.5%

16 300.00 15 400.00

tu fa

23 635.00 15 708.00

1.45 1.02

Mepivacaina Carpules Con Vas.

17 400.00

fc

88 740.00

am

Mepivacaina Carpules 588 000.00 Con Vas.

Gutis Elena Fallas Vega Medipharma

Gutis Abbott

Costa Rica México

5.1

Gutis

Gutis

Costa Rica

107 721.60

0.1832

George Weds

Aleaciones Dentales Zeyco S.A. De C.V.

México

Mediphar ma

Korea

Mediphar Costa Rica ma Dra. Elena Fallas Abbott USA Vega Dra. Elena Fallas Abbott Colombia Vega Farmacéutica Rotexmedi Alemania Centramericana ca Gutis Gutis Costa Rica Farmanova Laboratori México os Pisa

Lidocaina Carpules Sin Vasoc.

82 000.00

am

22 878.00

0.279

Farmacéutica Centramericana

Lidocaina 2% Con Epinefrina

14 000.00

cn

24 500.00

1.75

Medipharma

Lidocaina 2% Sin Preserv.

115 000.00

am

103 500.00

0.9

Alcames

Alcames

Costa Rica

Lidocaina 2% Con Preserv.

177 000.00

fc

56 640.00

0.32

Alcames

Alcames

Costa Rica

Lidocaina Con Dextrosa Lidocaina Con Dextrosa Lidocaina 10% Aerosol Lidocaina 10% Aerosol

5 400.00

am

1 350.00

0.25

Gutis

Gutis

Costa Rica

20 600.00

am

4 120.00

0.2

Farmanova

17 400.00

fc

88 740.00

5.1

Gutis

24 000.00

fc

138 000.00

5.75

Medirep S.A.

Medirep Inc.

USA

Atracurio Besilato 10 Mg/Ml

204 000.00

am

314 160.00

1.54

Medirep S.A.

F.M. Faulding

Australia

Pancuronio Succinilcolina 500 Mg

41 000.00 29 500.00

am fa

13 120.00 55 312.50

0.32 1.875

Gutis Medipharma

Succinilcolina 500 Mg

32 000.00

fa

71 040.00

2.22

Medipharma

Producto

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Precio U. (US$)

Representante

Hioscina 10 Mg Tabletas

316 000.00

cn

473 052.00

1.497

Cefa

Mediphar Costa Rica ma

Laboratori México os Pisa Gutis Costa Rica

Gutis Costa Rica Farm.Cent Korea roam. Farm.Cent Korea roam. Fabricant Pais. e Merck Guatemal Centramer a icana

Hioscina Ampollas

551 000.00

am

57 304.00

0.104

farmaceúrica Centroam.

Mediphar Alemania ma

Hioscina Ampollas 578 000.00 Betanecol 10 Mg 11 000.00 Neostigmina 15 Mg 4 500.00 Neostigmina Inyección 264 000.00 0.5 mg/ml

am cn cn am

66 412.20 64 900.00 44 100.00 28 723.20

0.1149 5.9 9.8 0.1088

Astra Stein Gutis Farmacéutica Centramericana

Reinsa México Stein Costa Rica Gutis Costa Rica Mediphar Alemania ma

Salbutamol 4 Mg Teofilina AP 250 Mg Aminofilina Ampollas

62 500.00 33 300.00 233 000.00

cn cn am

38 875.00 76 923.00 37 163.50

0.622 2.31 0.1595

Raven Stein Farmanova

Raven Costa Rica Stein Costa Rica Laboratori México os Pisa

Beclometasona Aerosol Beclometasona Aerosol

293 000.00

fc

331 090.00

1.13

Medirep

Cipla

India

368 500.00

fc

460 625.00

1.25

CH Lizano

Laboratori os Aldo Union

España

Cromoglicato Aerosol Salbutamol Aerosol

85 800.00 747 000.00

fc fc

377 520.00 694 710.00

4.4 0.93

Medirep Medirep, S.A.

Cipla Costa Rica Medirep, Inc

India India

Salbutamol 0.5% Solución

60 300.00

fc

24 723.00

0.41

Raven

Raven

Costa Rica

Dextrometorfano 15 10 000.00 Mg Dextrometorfano 15 45 200.00 Mg Difenhidramina 50 Mg 77 800.00 Hidroxicina 25 Mg 102 000.00 Dimenhidrinato 25 Mg 2 800.00 Supos.

cn

28 000.00

2.8

Raven

Raven

Costa Rica

cn

81 134.00

1.795

Medipharma

Costa Rica

cn cn cn

73 132.00 163 200.00 42 000.00

0.94 1.6 15

Stein Stein Gutis

Mediphar ma Stein Stein Gutis

Costa Rica Costa Rica Costa Rica

Dimenhidrinato 100 mg. Sups.

1 900.00

cn

38 950.00

20.5

Gutis

Gutis

Costa Rica

Clorfeniramina 10 Mg Dimenhidrinato 5% 5 Ml Tropisetron Ampollas Tropisetron Ampollas Prometazina 50 Mg Descongetionante respiratorio

327 000.00 148 500.00

am fa

50 358.00 37 125.00

0.154 0.25

Gutis Alcames

Gutis Alcames

Costa Rica Costa Rica

8 700.00 18 200.00 58 000.00 48 000.00

amp amp am fc

62 205.00 125 398.00 44 080.00 25 920.00

7.15 6.89 0.76 0.54

Farmanova Farmanova Medipharma Gutis

Novartis Novartis Sabex Gutis

Suiza Suiza Canada Costa Rica

Hidroxicina Jbe 10mg/5 Ml Producto

54 000.00

fc

96 660.00

1.79

Gutis

Gutis

Costa Rica

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Precio U. (US$)

Representante

Fabricant e

Pais.

Hidroxicina Jbe 10mg/5 Ml

59 000.00

fc

88 500.00

1.5

Compañía Farmacéutica

Compañía Costa Rica Farmacéut ica

Biperideno 2 Mg Tbs

48 000.00

cn

78 720.00

1.64

Gutis

Gutis

Costa Rica

Levodopa Con Carbidopa

25 600.00

cn

228 352.00

8.92

Stein

Stein

Costa Rica

Ergotamina Tartrato 2 Mg

13 400.00

cn

103 180.00

7.7

Gutis

Gutis

Costa Rica

Valproato De Sodio 250 Mg Tab.

65 700.00

cn

430 700.00

6.55555 55

Medirep. S. A

Costa Rica Medirep, Inc

Korea

Valproato De Sodio 250 Mg Tab.

73 500.30

cn

604 334.17

8.2222

Medirep

Medirep

Korea

Carbamazepina 200 Mg Clonazepam 2 Mg Clonazepam 2 Mg Difenilhidantoína 100 Mg Fenobarbital 100 Mg Tbs Lamotrigina 100 Mg

106 000.00

cn

153 594.00

1.449

Lab. Lisan

Lisan

Costa Rica

18 800.00 19 200.00 77 000.00

cn cn cn

71 064.00 131 328.00 401 523.91

Stein Gutis Pfizer

Stein Gutis

Costa Rica Costa Rica

29 000.00

cn

23 780.00

3.78 6.84 5.21459 62 0.82

Gutis

Gutis

Costa Rica

5 000.00

cn

392 650.00

78.53

Glaxo

Inglaterra

Fenitoina Iny. Clonazepan Gotas Clonazepan Gotas Difenilhidantoina 125mg/Cta Primidona Suspension

41 000.00 13 000.00 14 500.00 21 000.00

am fc cn fc

48 380.00 29 900.00 29 000.00 46 200.00

1.18 2.3 2 2.2

Dr. Jovel López Arrieta Gutis Gutis Gutis Stein

Gutis Gutis Gutis Stein

Costa Rica Costa Rica Costa Rica Costa Rica

3 800.00

fc

12 920.00

3.4

Chemo Cent.

Costa Rica

Primidona Suspension Valproato De Sodio 200 Mg/Ml

4 700.00 42 600.00

fc fa

26 790.00 166 140.00

5.7 3.9

Gutis Raven

Chemo Cent. Gutis Raven

Amitriptilina 10 Mg

113 000.00

cn

65 540.00

0.58

Medchem SA

PharmInter S,P.R.I

India

Fluoxetina 20 Mg Fluoxetina 20 Mg Fluoxetina 20 Mg Imipramina 25 mg. Clorpromazina 100 Mg Clorpromazina 100 Mg Levomepromazina 25 Mg Tbs Producto

9 800.00 25 500.00 38 000.00 165 200.00 14 000.00

cn cn cn cn cn

16 464.00 36 082.50 48 260.00 219 716.00 53 200.00

1.68 1.415 1.27 1.33 3.8

Calox Calox Raven Gutis Gutis

Raven Calox Raven Gutis Gutis

Costa Rica Costa Rica Costa Rica Costa Rica Costa Rica

14 900.00

cn

67 050.00

4.5

Stein

Stein

Costa Rica

13 900.00

cn

48 372.00

3.48

Stein

Stein

Costa Rica

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Representante

Fabricant e

Pais.

Carbonato De Litio 300 Mg Perfenazina 4 Mg Perfenazina 4 Mg Tioridazina 10 Mg

4 300.00

cn

12 040.00

Precio U. (US$) 2.8

Gutis

Gutis

Costa Rica

24 500.00 25 300.00 25 500.00

cn cn cn

88 200.00 96 646.00 117 045.00

3.6 3.82 4.59

Stein Stein Gutis

Stein Stein Gutis

Costa Rica Costa Rica Costa Rica

Costa Rica Costa Rica

Tiotixeno 10 Mg 2 500.00 Trifluoperazina 5 Mg 15 300.00 Clorpromazina 25 Mg 12 600.00 Clorpromazina 25 mg. 12 700.00 Decanoato De 52 000.00 Flufenazina 25 Mg Haloperidol 5 Mg 87 600.00 Ampollas Haloperidol Gotas 68 000.00 Diazepam 5 Mg Tbs 69 600.00 Lorazepam 2 Mg 90 400.00 Diazepam 10 Mg 203 000.00 Midazolam 15 Mg 91 200.00 Hidroxido Al Sin 3 700.00 Magnesio Tabs Hidroxido Al Sin Magnesio Tabs

4 700.00

Famotidina 40 Mg Tbs 423 000.00 Hidroxido Aluminio Y 366 000.00 Magnesio Omeprazol 20 mg 4 000.00 cápsulas Pancreatina Capsulas 6 000.00

cn cn am amp fa

23 650.00 45 900.00 13 860.00 10 795.00 31 200.00

9.46 3 1.1 0.85 0.6

Stein Stein Gutis Gutis Gutis

Stein Stein Gutis Gutis Gutis

Costa Rica Costa Rica Costa Rica Costa Rica Costa Rica

am

12 702.00

0.145

Gutis

Gutis

Costa Rica

fc cn cn am am cn

28 560.00 32 016.00 49 720.00 38 570.00 127 680.00 7 770.00

0.42 0.46 0.55 0.19 1.4 2.1

Gutis Gutis Gutis Gutis Gutis Medipharma

Gutis Gutis Gutis Gutis Gutis Mediphar ma

Costa Rica Costa Rica Costa Rica Costa Rica Costa Rica Costa Rica

cn

10 340.00

2.2

Gutis

Gutis

cn cn

220 806.00 398 940.00

0.522 1.09

Raven Medipharma

cn

56 000.00

14

Stein

cn

119 700.00

19.95

Farmanova

Raven Mediphar Costa Rica ma Stein Costa Rica Ethnor del USA Istmo. S.A Gutis Costa Rica Wuxi N°7 China Farmaceut ical

Cimetidina Ampollas Metoclopramida 10 Mg Amp

488 000.00 257 000.00

am am

278 160.00 21 125.40

0.57 0.0822

Gutis Medchem SA

Aluminio Hidrox. Sin Mg Bisacodilo 10 Mg Supositorio Glicerina Supositorio Niños Glicerina Supositorios Adultos Aceite De Ricino 60 Ml Hidroxido De Magnesio Susp. Producto

30 000.00

fc

63 000.00

2.1

Stein

Stein

Costa Rica

2 500.00

cn

13 250.00

5.3

Stein

Stein

Costa Rica

2 100.00

cn

12 138.00

5.78

Lacofa

Lacofa

Costa Rica

6 600.00

cn

36 630.00

5.55

Lacofa

Lacofa

Costa Rica

22 400.00

fc

37 408.00

1.67

Lacofa

Lacofa

Costa Rica

182 000.00

fc

100 100.00

0.55

Lacofa

Lacofa

Costa Rica

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Precio U. (US$)

Representante

Fabricant e

Pais.

112 000.00

tu

178 080.00

1.59

Cefa

Pharmaci a Centroam ericana SA

Microenema

Mucilago Psilium

373 000.00

fc

623 656.00

1.672

Chemo Cent.

Chemo Cent.

Costa Rica

Mucilago Psilium Dexametasona 0.5 Mg Hidrocotisona 20mg Tabletas

438 000.00 5 000.00 5 400.00

fc cn cn

411 720.00 5 500.00 23 220.00

0.94 1.1 4.3

Apotex Calox Gutis

Prednisolona 1 Mg Prednisolona 5 Mg Prednisolona 25 Mg Dexametasona O.4% Iny.

33 000.00 56 000.00 8 800.00 250 000.00

cn cn cn am

135 630.00 33 880.00 38 280.00 11 950.00

4.11 0.605 4.35 0.0478

Raven Raven Raven Medchem SA

Hidrocortisona 100 Mg

185 000.00

fa

71 687.50

0.3875

Farmacéutica Cent.

Rotexmedi Alemania ca

Metilprednisolona 500 Mg

58 000.00

am

416 440.00

7.18

Farmacéutica Cent.

Mediphar Alemania ma

Triamcinolona Acetonido

32 000.00

fc

46 080.00

1.44

Medirep

Danazol 200 Mg Oximetolona 50 Mg Testosterona 150 Mg Asociación EstrogGestageno

2 700.00 650.00 12 300.00 80 000.00

cn cn am cj

94 365.00 40 300.00 14 268.00 285 600.00

34.95 62 1.16 3.57

Chemo Cent. Stein Gutis Farmanova

Estrógenos Conjugados

72 100.00

cn

376 722.50

5.225

Central Farmacéutica S.A.

Wyeth Medica

Medroxiprogesterona 5mg Tbs

42 700.00

cn

132 370.00

3.1

Stein

Stein

Costa Rica

Anticonceptivo Microdosis

1 000 000.00

cj

170 000.00

0.17

Productos Gutis

Gutis

Costa Rica

Contraceptico Oral Regular

393 000.00

90 390.00

0.23

Productos Gutis

Gutis

Costa Rica

Estradiol Valerianato 10 Mg

18 000.00

am

32 400.00

1.8

Productos Gutis

Gutis

Costa Rica

Medroxiprogesterona 150 Mg

214 000.00

fa

186 180.00

0.87

Medirep S.A.

Medirep S.A.

Tailandia

Progesterona 100 Mg Producto

18 000.00 Cantidad

am Unidad

32 400.00 Pagado (US $)

1.8 Precio U. (US$)

Productos Gutis Representante

Gutis Costa Rica Fabricant Pais. e

Dispositivo Intrauterino

17 200.00

ud

29 240.00

1.7

Godden Represenaciones

Pregna Internatio nal

Metilergometrina 0.2 Mg

39 300.00

am

15 248.40

0.388

farmaceúrica Centroam.

Rotexmedi Alemania ca

Oxitocina

366 000.00

am

76 860.00

0.21

Medipharma

Mediphar ma

Salbutamol 1mg/Ml Bromocriptina 2.5 Mg

44 500.00 5 000.00

am cn

40 050.00 24 450.00

0.9 4.89

Productos Gutis Productos Gutis

Gutis Gutis

Protein SA Costa Rica Calox Costa Rica Gutis Costa Rica Raven Raven Raven PharmImper S.P.R.L

Medirep Inc.

Costa Rica Costa Rica Costa Rica Belgica

Tailandia

Stein Costa Rica Gutis Costa Rica Shering Colombia Las Américas

India

Clomifeno Citrato 50 Mg

2 200.00

cn

41 800.00

19

Stein

Stein

Gonadotrofina Corionica

3 100.00

fc

77 345.00

24.95

Medipharma

Mediphar ma

Gonadot. Post Menop.B18

12 000.00

fa

70 800.00

5.9

Medirep S.A.

Costa Rica Argentina Medirep Inc.

Hormona De Crecimiento 16.Uds.

8 750.00

fa

348 407.00

39.8179 43

Cefa

Pharmaci a & UP John

Suecia

Desmopresina Acetato 0.01% DDAVP

8 500.00

fc

527 000.00

62

Medirep S.A.

Medirep S.A.

Suecia

Diazoxido 50 Mg Glibenclamida 5 Mg Metformina 850 Mg Insulina NPH 100 UI

220.00 334 000.00 104 000.00 816 000.00

cn cn cn fc

38 698.00 112 892.00 399 360.00 2 839 680.00

175.9 0.338 3.84 3.48

Gutis Gutis Stein Representaciones y Servicios Comerciales S.A

Novo Nordisk A/S

Dinamarc a

Insulina Cristalina

87 000.00

fc

302 760.00

3.48

Representaciones y Servicios Comerciales S.A

Novo Nordisk A/S

Dinamarc a

Levotiroxina 0.10 Mg Solucion Yodo Fuerte Acido Micofenólico 250 mg cápsulas

183 000.00 3 600.00 1 800.00

cn fc cn

263 520.00 5 040.00 288 000.00

1.44 1.4 160

Stein Stein Cefa

Roche

Puerto Rico

Metrotexato 2.5 Mg Tbs Azatioprina 50 Mg Busulfano 2 Mg

7 300.00

cn

24 820.00

3.4

Gutis

6 500.00 320.00

cn cn

22 100.00 6 240.00

3.4 19.5

Stein Jovel López Arrieta

Ciclofosfamida 50 Mg Tbs

1 000.00

cn

15 250.00

15.25

Farmacéutica Cent.

Choongwa e Pharma

Korea

Ciclosporina A 100 mg Capsulas Producto

3 000.00

cn

420

Ileana Mirand

Novartis

Suiza

Cantidad

Unidad

1 260 000.00 Pagado (US $)

Precio U. (US$)

Representante

Fabricant e

Pais.

Cloranbucilo 2 Mg

630.00

cn

15 120.00

24

Jovel López Arrieta

Flutamida 250 Mg Hidroxiurea 500 Mg

5 700.00 630.00

cn cn

54 150.00 28 224.00

9.5 44.8

Gutis Lab. Stein

Glaxo Inglaterra Wellcome Centroam ericana S.A.

Glaxo Inglaterra Wellcome Centroam ericana S.A. Lab. Stein Costa Rica

Hidroxiurea 500 Mg

1 300.00

cn

45 721.00

35.17

Discomedica

Bristol Myers

USA

Melfalano 2 Mg

150.00

cn

5 010.00

33.4

Glaxo Wellcome

Mercaptopurina 50 Mg Metrotexato Ampollas Bleomicina 15 Mg Ciclofosfamida 500 Mg

1 700.00

cn

44 880.00

26.4

Stein

18 600.00 2 900.00 9 200.00

fa fa fa

64 542.00 145 000.00 38 640.00

3.47 50 4.2

Medipharma Discomedica Cefa

Cisplatino 10 Mg

26 000.00

fa

42 250.00

1.625

Cisplatino 10 Mg

44 300.00

fa

83 062.50

1.875

farmaceúrica Centroam. Medipharma

Dacarbazino 200 Mg

3 200.00

fa

78 720.00

24.6

Medirep S.A.

Dacarbazino 200 Mg Dactinomicina

4 000.00 576.00

fa fa

79 200.00 6 739.20

19.8 11.7

Medirep S.A. Merck Sharp & Dohne

Etoposido 20 Mg/Ml

7 800.00

am

46 020.00

5.9

Medirep S.A.

Costa Rica Medirep Inc.

India

Factor Estimulante de Colonias

4 000.00

fa

250 120.00

62.53

Farmanova

Novartis Pharma Logistics

Suiza

Fluoruracilo 500 Mg

10 000.00

am

19 800.00

1.98

Desarrollos Internacionales de Salud S.A.

Idarrubicina 5 Mg

1 100.00

fa

173 800.00

158

Cefa

Pharmaci a & UP John

India

Producto

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Precio U. (US$)

Representante

Fabricant e

Pais.

Ifosfamida 2 G.

2 000.00

fa

49 000.00

24.5

Cefa

Asta Alemania Médica Centroam ericana

Mesna 100 Mg/Ml

14 500.00

am

15 370.00

1.06

Cefa

Asta Alemania Médica Centroam ericana

Glaxo Costa Rica Wellcome Centroam ericana S.A.

Nippen Japon Asta Alemania Médica Centroam ericana Mediphar ma Choongwa e Pharma F.H. Faulding Eurofarma Merck Co. Inc

Korea Korea USA Brasil Estados Unidos

Mitomicina 5 Mg

4 000.00

fa

71 920.00

17.98

Discomedica

Bristol Carribean

Paclitaxel

3 325.00

fa

163 423.75

49.15

Medipharma

United Pharma

Korea

Paclitaxel

9 000.00

fa

483 750.00

53.75

Medipharma

United Pharma

Korea

Paclitaxel

12 000.00

fa

345 000.00

28.75

Medirep S.A.

Costa Rica Medirep Inc.

Brasil

Vinblastina 10 Mg

12 000.00

fa

164 020.00

First Step

Lemery

México

Vincristina 1 Mg Epirrubicina 50 Mg Ciclosporina 100 mg. emulsión Vitamina C 500 Mg Vitamina D3 0.25 Perlas

4 800.00 8 200.00 2 000.00

fa fc fc

18 960.00 462 480.00 449 000.00

13.6683 33 3.95 56.4 224.5

First Step Medirep Ileana Mirand

Lemery Medirep Novartis

México Argentina Suiza

192 000.00 11 500.00

cn cn

295 680.00 124 200.00

1.54 10.8

Stein Medirep S.A.

Costa Rica Medirep Inc.

India

Vitamina D3 1 Mcg

6 500.00

cn

104 780.00

16.12

Droguería Intermed

Vitamina D3 1 Mcg Vitamina B6 50 Mg Vitamina B1 100 Mg Vitamina A Pérlas

8 300.00 35 300.00 131 000.00 22 300.00

cn cn cn cn

191 937.50 164 145.00 123 140.00 75 820.00

23.125 4.65 0.94 3.4

Medirep S.A. Raven Stein Medirep S.A.

Vitamina B6 50 Mg /Ml

12 500.00

am

5 250.00

0.42

Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Vitamina B6 50 Mg /Ml Producto

13 000.00

am

4 550.00

0.35

Gutis

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Precio U. (US$)

Vitamina B1 1 G

35 400.00

fa

53 100.00

Vitamina B1 1 G

39 400.00

fc

M.V.I. Fórmula

11 500.00

am

Leo Dinamarc Pharmace a utical Cipla Raven

India Costa Rica

Costa Rica Tailandia Medirep Inc. Alcames

Costa Rica

Representante

Fabricant e

Pais.

1.5

Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Alcames

Costa Rica

53 978.00

1.37

Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Alcames

Costa Rica

24 725.00

2.15

Alfa Pharmaceutical

Grosman

México

Vitamina C Gotas Vitamina C Gotas Vitamina C Gotas Vitamina D3 Gotas Vitamina D3 Gotas Vitamina A Gotas Calcio Tabletas 600 Mg Agua Esteril 10 Ml Agua Esteril 10 Ml

112 500.00 112 500.00 258 000.00 6 000.00 7 000.00 24 000.00 29 000.00

fc fcs fc fc fc fc cn

40 500.00 40 500.00 82 560.00 5 040.00 6 813.10 19 920.00 135 865.00

0.36 0.36 0.32 0.84 0.9733 0.83 4.685

Raven Infarma Raven Stein Infarma Stein Stein

Raven Infarma

Costa Rica Costa Rica

Infarma

Costa Rica

912 000.00 1 100 000.00 13 000.00

amp am

68 400.00 76 450.00

0.075 0.0695

Farmanova Farmanova

Lab.Pisa Lab. Pisa

México México

fc

67 470.00

5.19

Nutricare

Mogan Export U.S.A.

Estados Unidos

Gluconato De Calcio Amp.

90 000.00

am

15 660.00

0.174

Farmanova

Lab. Pisa

México

Detrosa 5% 100ml Dextrosa 5% 250 Ml Dextrosa 5% 500 Ml Dextrosa 5% 500 Ml Dextrosa 5% 1000 Ml Dextrosa 5% 1000 Ml Dextrosa 5% Y NACL 0.9% 500

780 000.00 390 000.00 186 000.00 780 000.00 102 000.00 390 000.00 84 000.00

ud ud ud ud ud ud ud

230 100.00 117 000.00 102 300.00 263 640.00 76 500.00 178 620.00 46 200.00

0.295 0.3 0.55 0.338 0.75 0.458 0.55

Baxter Baxter Baxter Baxter Baxter Baxter Baxter

Baxter Baxter Baxter Baxter Baxter Baxter Baxter

México México México México México México México

Dextrosa 5% Y NACL 0.9% 500

200 000.00

ud

68 960.00

0.3448

Laboratorios Zeledón

Baxter Export Corp.

México

Dextrosa 5% Y NACL 09% 1000

100 000.00

ud

48 070.00

0.4807

Laboratorios Zeledón

Baxter Export Corp.

México

Dextrosa 5% Y NACL 09% 1000

186 000.00

ud

139 500.00

0.75

Baxter

Baxter

México

Lipidos

4 600.00

fc

34 210.20

7.437

Inversiones Y Desarrollo Morro. S.A.

B. Braun Alemania Melsungen AG

Producto

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Precio U. (US$)

Representante

Fabricant e

Lipidos

21 000.00

fc

136 500.00

6.5

Inversiones Y Desarrollo Morro. S.A.

B. Braun Alemania Melsungen AG

Fosfatos De Potasio Sulfato De Magnesio 20%

7 000.00 124 000.00

am am

8 253.00 111 600.00

1.179 0.9

Medipharma Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Oligoelementos Adultos

1 300.00

fa

9 750.00

7.5

Medipharma

Aminoacidos

Alcames

Pais.

Costa Rica

Cloruro De Potasio

510 000.00

fc

132 600.00

0.26

Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Alcames

Costa Rica

Bicarbonato De Sodio 1 Molar

152 800.00

am

125 907.20

0.824

Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Alcames

Costa Rica

Suero Salino 0.9% 500 350 000.00 Ml

ud

118 230.00

0.3378

Laboratorios Zeledón

Baxter Export Corp.

México

Suero Salino 0.9% 500 360 000.00 Ml

ud

198 000.00

0.55

Baxter

Baxter

México

Suero Salino 0.9% 1000 Ml

240 000.00

ud

180 000.00

0.75

Baxter

Baxter

México

Suero Salino 0.9% 1000 Ml

250 000.00

uds

114 000.00

0.456

Laboratorios Zeledón

Baxter Export Corp.

México

Cloruro De Sodio 4 Molar

2 400.00

fc

6 696.00

2.79

Medipharma

Cloruro De Sodio 4 Molar

15 800.00

fc

44 082.00

2.79

Medipharma

Americans Pharmace uticals

Sol Electrolitos Con Dextrosa 1.5

12 000.00

ud

33 000.00

2.75

Baxter

Baxter

México

Sol Electrolitos Con Dextrosa 1.5

20 000.00

ud

82 000.00

4.1

Laboratorios Zeledón

Sol Electrolitos Con Dextrosa 4.5

15 000.00

ud

41 250.00

2.75

Baxter

Baxter

México

Sol Electrolitos Con Dextrosa 4.5

20 000.00

ud

82 000.00

4.1

Laboratorios Zeledón

Electrolitos Orales

3 000 000.00 13 600.00

so

416 700.00

0.1389

Lacofa

Lacofa

Costa Rica

fc

38 760.00

2.85

Raven

Raven

Albumina Humana 20% Producto

11 000.00

fa

255 200.00

23.2

Bayer, S.A.

Bayer

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Precio U. (US$)

Representante

Fabricant e

Pais.

Globulina Anti Rho

4 000.00

fa

238 000.00

59.5

Farmanova

Instituto Suizo de Suerotera pia y Vacunació nn Berna

Suiza

Globulina Antitetanica

625.00

fa

18 750.00

30

Bayer, S.A.

Bayer

Potasio Gluconato Elixir

Globulina Antitetanica

4 200.00

fa

115 500.00

27.5

Farmanova

Instituto Suizo de Suerotera pia y Vacunació nn Berna

Suiza

Inmunoglobulina 2.5g

12 166.00

fa

981 796.20

80.7

Farmanova

Novartis Pharma Logistic.

Suiza

Inmunoglobulina 2.5g

26 300.00

fa

1 315 000.00

50

La Garita

Grilfols America, Inc

España

Suero Anticoral

1 800.00

fc

19 834.71

11.0192 83

Instituto Clodomiro Picado

Suero Polivalente

12 700.00

fc

125 046.15

9.84615 38

Universidad de Costa Rica

Acetazolamida 250 Mg Acetazolamida 250 Mg Dexametasona Fosfato Ung.

4 900.00 5 400.00 8 200.00

cn cn tb

12 740.00 18 900.00 7 380.00

2.6 3.5 0.9

Lisan Productos Gutis Gutis

Lisan

Costa Rica

Gutis

Costa Rica

Aciclovir Ungüento Oft. Aciclovir Ungüento Oft. Acetil Colina/Manitol Colirio

4 000.00

12 800.00

3.2

Gutis

12 000.00

tb

43 200.00

3.6

Gutis

2 275.00

fc

34 079.50

14.98

Nirvana de Moravia S.A.

Acetil Colina/Manitol Colirio

6 200.00

fc

86 800.00

14

Distribuidora Optica

Atropina Sulfato 1% Colirio

7 000.00

fc

5 950.00

0.85

Gutis

fc

56 430.00

0.19

Gutis

Dexametasona/Neomic 297 000.00 ina Co. Epinefrina Colirio Epinefrina Colirio Producto

3 800.00 4 200.00 Cantidad

fc fcs Unidad

11 020.00 10 080.00 Pagado (US $)

2.9 2.4 Precio U. (US$)

Gutis Gutis Representante

Dexametasona Colirio

14 000.00

fc

35 000.00

2.5

Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Gentamicina 3 Mg/Ml Oft.

65 600.00

fc

106 928.00

1.63

Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Metilcelulosa 0.5%

142 000.00

fc

71 000.00

0.5

Raven

Gutis Costa Rica Fabricant Pais. e

Laboratori os Sophia S.A. De C.V.

México

Pilocarpina 2%

10 700.00

fc

29 746.00

2.78

Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Pilocarpina 4% Tetracaina 0.05%

2 500.00 8 800.00

fc fc

10 500.00 13 992.00

4.2 1.59

Gutis Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Tetrahidrazolina 0.05% Colirio

195 000.00

fc

57 525.00

0.295

Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Timolol 0.5% Trioxisaleno 5 Mg Alquitran De Hulla Betametasona 0.1% Ungto Betametasona 0.1% Ungto Hidrocortisona 0.25% Hidrocortisona 0.25% Hidrocortisona Base 1% Crema

108 000.00 900.00 5 000.00 112 000.00

fc cn tb tb

38 880.00 16 560.00 20 000.00 49 280.00

0.36 18.4 4 0.44

Gutis Stein Stein Raven

127 000.00

tb

67 310.00

0.53

Raven

45 600.00 176 000.00 545 000.00

tb tb

8 253.60 31 680.00 117 175.00

0.181 0.18 0.215

Raven Raven Alcames

Hidrocortisona Base 1% Crema

600 000.00

tb

137 400.00

0.229

Calox

Neomicina/Bacitracina 512 000.00 Ungto

tb

112 640.00

0.22

Alcames Laboratorios Químicos de C.A. ; S. A.

Peroxido De Benzoilo 5% Gel

32 000.00

tb

62 080.00

1.94

Lacofa

Peroxido De Benzoilo 5% Gel Producto

33 800.00

tb

70 304.00

2.08

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Sulfadiazina Plata 1% 40g.

18 000.00

tb

Sulfadiazina De Plata 40 G

141 000.00

Miconazol Crema Aceite Mineral 500 Ml Aceite Mineral 500 Ml Acido Salicilico Colodion Aluminio Acetato 2.2 Sobres Brea Concentrada Clorhexidina 4%

Raven

Costa Rica

Alcames

Costa Rica

Lacofa

Lacofa

Costa Rica

Representante

Fabricant e

Pais.

50 760.00

Precio U. (US$) 2.82

tb

104 340.00

0.74

Stein

2 000 000.00 56 000.00 64 000.00 22 300.00

tb

640 000.00

0.32

Raven

fc fc fc

53 088.00 53 440.00 20 962.00

0.948 0.835 0.94

Stein Medipharma Stein

718 000.00

so

42 362.00

0.059

Stein

161 000.00 98 600.00

fc fc

123 970.00 192 270.00

0.77 1.95

Stein Lisan

Lisan

Costa Rica

Lacofa

Clorhexidina 4%

118 400.00

fc

556 480.00

4.7

Farmanova

Zeneca Inglaterra Pharmace uticals Internatio nal

Crotamin 60 Ml Jabon Neutro

130 000.00 44 000.00

fc ud

107 900.00 58 080.00

0.83 1.32

Raven Punto Rojo S.A.

Hidrocortisona Locion Peroxido De Hidrogeno 10 Vol.

71 600.00 23 500.00

fc lt

87 352.00 39 950.00

1.22 1.7

Stein Lab. Ancla

Raven Costa Rica Punto Costa Rica Rojo S.A. Stein Costa Rica

Podofilina 25% Podofilina 25% Potasio Yoduro 1g/Ml Potasio Yoduro 1g/Ml

4 200.00 4 300.00 3 200.00 27 200.00

fc fc fc lt

16 800.00 17 200.00 8 960.00 63 920.00

4 4 2.8 2.35

Gutis Gutis Stein Laboratorios Compañía Farmacéutica S.A.

Gutis Gutis

Costa Rica Costa Rica

Sulibenzona Al 10% Policresuleno Gel Vaginal

61 800.00 9 700.00

fc tb

72 924.00 32 980.00

1.18 3.4

Stein Stein

Stein Stein

Costa Rica Costa Rica

Acido Metac.B120 Sulf. Ovulos

2 600.00

cn

37 700.00

14.5

Stein

Stein

Costa Rica

Miconazol Ovulos Obidoxima Cloruro 250mg Antihemorroidal Supositorios Antihemorraoidal Ungto Folinato Sal Calcica 15mg Tab

15 800.00 2 100.00

cn am

363 400.00 15 750.00

23 7.5

Gutis Medipharma

Gutis

Costa Rica

22 000.00

cn

215 600.00

9.8

Stein

Stein

Costa Rica

139 000.00

tb

170 970.00

1.23

Stein

Stein

Costa Rica

200.00

cn

39 000.00

195

Chemo Centroamericana

Riluzol 50mg

300.00

cn

342 858.00

1142.86

Aventis

Irlanda

Producto

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Fabricant e

Pais.

Jalea Lubricante Folinato De Calcio Ampollas

63 000.00 12 500.00

tb fa

34 650.00 180 000.00

Precio U. (US$) 0.55 14.4

Droguería Intermed Representante

Tetradecilsulfato Sodico Solución De Evans

2 300.00

am

52 325.00

22.75

Medipharma

6 500.00

fa

9 360.00

1.44

Laboratorios Químicos de C.A., S.A.

Factor Surfactante

1 500.00

fc

157 024.95

104.683 3

Elena Fallas Vega

Glicina

12 000.00

ud

39 000.00

3.25

Baxter

Calox Medirep

Calox Costa Rica Costa Rica Brasil Medirep, Inc

Abbott Estados Laboratori Unidos de os S.A. America Baxter

México

Beclometasona Nasal

63 000.00

fc

85 050.00

1.35

Ch. Lizano R & Co.

Laboratori o Aldo Union

España

Beclometasona Nasal

145 000.00

fc

156 600.00

1.08

Medirep

Costa Rica Medirep, Inc

India

Formula Enteral Sin Lactosa

50 200.00

la

100 400.00

2

Elena Fallas Vega

Polistireno Polvo Polistireno Polvo Sacarina Gotas

2 000.00 2 800.00 452 000.00

fc fc fr

50 000.00 96 600.00 89 948.00

25 34.5 0.199

Sanofi Synhelabo Sanofi Synhelabo Calox de Costa de Rica

Soya Con Carbohidratos

175 000.00

lt

295 750.00

1.69

Elena Fallas

Abbott Holanda Laboratori es, S.A.

Soya Con Carbohidratos

180 000.00

lt

340 200.00

1.89

Elena Fallas

Abbott Holanda Laboratori es, S.A.

Acetato Aluminio Otico Gotas Cerumen Oximetazolina 0.025% Nasal

25 000.00

fc

20 000.00

0.8

Gutis

73 000.00 44 800.00

fc fc

6 132.00 14 694.40

0.084 0.328

Gutis Lacofa

Oximetazolina 0.025% Nasal

47 300.00

fc

13 102.10

0.277

Compañía Farmacéutica

Compañía Farmacéut ica

Oximetazolina 0.5% Tintura de Benjui

134 000.00 15 400.00

fc fc

40 200.00 21 714.00

0.3 1.41

Gutis Laboratorios Compañía Farmacéutica S.A.

Gutis

Costa Rica

Producto

Cantidad

Unidad

Pagado (US $)

Precio U. (US$)

Representante

Fabricant e

Pais.

Diatrizoato Meglum.60%

16 300.00

fa

63 570.00

3.9

Laboratorios Internacionales S.A.

Justesa Imagen S.A.

España

Iodotalamato De Meg. 30%

13 800.00

fc

338 100.00

24.5

Medco Productos Mallinckr Diagnosticos S.A. octt Medical

Iodotalamato De Meg. 17%

4 800.00

fc

132 144.00

27.53

Medco Productos Mallinckr Diagnosticos S.A. octt Medical

Sulfato De Bario Kg

27 300.00

kg

165 984.00

6.08

Medco Productos Diagnosticos S.A.

Granulos Efervescentes

62 000.00

am

142 600.00

2.3

Medco Productos Diagnosticos S.A.

Abbott Holanda Laboratori es, S.A. Bayer Bayer

Lacofa

Panamá USA

Costa Rica

México

Azul Metileno

2 600.00

fa

17 940.00

6.9

Medipharma

Taylor Pharmace uticals

Factor Lib. Gon. LhrhLh Fluoresceina Colirio

400.00

am

10 600.00

26.5

Medirep

Ferring

900.00

fc

13 950.00

15.5

Fluoresceina Colirio

1 500.00

fc

22 875.00

15.25

First Step

Carbon Activado

500.00

kg

18 090.00

36.18

Cefa

Bernard Wolff V. First Step Worldwide , Inc Lab. Lansier

Alemania Perú

Perú

Merck Alemania Centroam ericana

ANEXO NO.4 SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES DE LA CCSS

ANEXO NO.5 INDICADORES DEMOGRÁFICOS En:

www.estadonacion.or.cr

ANEXO 6 PLAN DE COMPRAS 2002 Producto

Cantidad

Cloroquina 150 Mg Hidroxicloroquina 300 5 500.00 Mg Levamizole 50 Mg Mebendazol 100 Mg Tbs Metronidazol 500 Mg Pirimetamina 25 Mg Primaquina 5 Mg Primaquina 15 Mg Tbs Meglumina Antimoniato Benzoato De Bencilo Metronidazol 125 MgCta Tiabendazol 1 G. Tiabendazol 1 G. Amoxicilina Caps 500 Mg Cefalexina 500 Mg Caps. Ciprofloxacina 500 Mg Cloranfenicol 500 Mg Dapsona 100 Mg Eritromicina 500 Mg Espiramicina 500 Mg 2 100.00 Tbs Neomicina 250 Mg Penicilina Oral Tabletas Sulfadiazina 500 Mg Sulfazalacina 500 Mg Tetraciclina 500 Mg Caps Trimetroprim Sulfa 40080 Tbs Amikacina 100mg Amikacina 500 mg Ampicilina base 500 mg Cefalotina 1 G Ceftazidima 1 G Cefotaxima 1 G. Ceftriaxona 250 Mg Clindamicina 600 Mg Oxacilina 1 G. Gentamicina 20 Mg Gentamicina 80 Mg Imipenem Metronidazol 50 Mg Inyec.

Unidad Precio U.

cn

25.00

Pagado 0.00 0.00 137 500.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Representante

Fabricante

Cefa

Sanofi Synthelabo

Stein

Stein

0.00

cn

33.80

0.00 0.00 0.00 0.00 70 980.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Producto Penicilina Benzatinica 1,2 M Penicilina Sodica 1 Millon Penicilina Sódica 5 Millones B5 Vancomicina 500 Mg Amoxicilina Suspension Cefalexina Suspensión

Cantidad

Unidad Precio U.

Pagado

Representante

Fabricante

0.00 0.00 0.00

438 000.00

fc

Cloranfenicol Suspensión 60 Ml Eritromicina Susp. Trimetropin Sulfa Susp. Cislosferina 250 mg Ethambutol 400 Mg Tbs Etionamida 250 mg Isoniacida 300 Mg Pirazinamida 500 Mg Rifampicina 300 Mg Estreptomicina 1 G Rifampicina Suspensión Aciclovir 400 Mg Tab. Didanosina 100 mg. Tab. Efavirenz 200 Mg Estavudina 40 Mg Tabletas Estavudina 40 Mg Tabletas Estavudina 40 Mg Tabletas Fluconazol 200 Mg Griseofulvina 250 Mg 13 500.00 cn Tbs Indinavir 400 mg. Cápsulas Ketoconazol 200 Mg Lamivudina 150mg Nelfinavir 250 mg 13 600.00 cn tabletas Zidovudina 100 Mg Aciclovir 250 Mg Inyectable

0.48

0.00 0.00 209 364.00 0.00

Labinsa

Ranbaxy

Lab. Lisan

Lab. Lisan

Stein

Stein

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

2.70

0.00 36 450.00 0.00

82.00

0.00 0.00 1 115 200.00 0.00 0.00

Producto

Cantidad Unidad Precio U.

Griseofulvina 125 MgCta Nistatina Suspención Fenazopiridina 100 Mg Nitrofurantoina 50 Mg Nitrofurantoina Susp. Pseudoefedrina 60 Mg Dobutamina Dopamina Epinefrina 1 Ml Metaraminol 10 Mg Acido Acetilsalicilico 100 Mg Amiodarona 200 Mg Tbs Digoxina 0.25 Mg Tb. Enalapril 5 Mg Enalapril 5 Mg Propranolol 10mg Quinidina Sulfato 500 Mg Verapamilo 80 Mg Amiodarona 150mg/3cc Digoxina 0.25 Mg Amp. Propanolol 1 Mg/Ml Iny. Verapamilo 5 Mg Digoxina 0.005% Elixir Digoxina Gotas 0.75 Mg/Ml Atenolol 100 Mg Enalaprila 20 Mg Hidralazina 50 Mg Tbs Hidroclorotiazida 25mg Metildopa 250 Mg Tbs Metildopa 500 Mg Propanolol 40 Mg Hidralazina 20 Mg Espironolactona 100 10 Mg 000.00 Furosemida 40 Mg Furosemida 20 Mg Iny. Manitol Fco 250 Ml Nitroprusiato De Sodio

Pagado

Representante

Fabricante

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

cn

14.82

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 148 200.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Stein

Stein

Producto

Cantidad

Unidad Precio U.

Isosorbide Dinitrato 20 Mg Amlodipino Nitroglicerina 50mg Acido Acetilsalicilico 100 Mg Warfarina 1 Mg Warfarina 5 Mg Estreptoquinasa 1.500.000 UI. Heparina 1000 Uds 10 Ml Heparina 5000 Uds 5 Ml Heparinas de Bajo peso Molecular 40 mg Tirofiban 0.25 mg/ml Acido Aminocaproico 10 Ml Factor IX Fitomenadiona 1 Mg/Ml Fitomenadiona 10 Mg Factor VIII De 250 Ui Factor VIII 500 U.I 10 000.00 fa

109.20

Protamina Sulfonato Iny10mg/Cc Sobres Gelfoam Acido Fólico 1 Mg

cn

0.27

cn

4.89

921 500.00 109 000.00

Gemfibrocilo 600mg tab. Recubiertas Hierro Fumarato 200 Mg Leucoverina Cálcica 50 Mg Eritropoyetina 4000 Hierro Inyectable Vitamina B12 Colestiramina resina 4g Hierro Oral(Hidrox Ferrico Polimalt Acido Acetilsalisilico 500 Mg Acido Etidrónico Ibuprofeno 400 Mg Indometacina 25 Mg 182 000.00 Leflutamida 20 mg

cn

Pagado

Representante

Fabricante

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

0.39

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1 092 000.00 0.00 0.00 248 805.00 533 010.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Bayer de Costa Rica

Bayer

Calox

Calox

Stein

Stein

0.00 0.00 0.00 70 798.00 Erick Murillo 0.00

Vitapure Organics

Producto

Cantidad Unidad Precio U.

Pagado

Penicilamina 250 mg.

0.00

Sulinadco 200 Mg Tenoxicam 20 Mg Indometacina 100 Mg Supos. Diclofenaco 75 Mg/3 Ml Aurotiomalato 10 Mg Pamidronato Alopurinol 300 Mg Colchicina 0.5 Mg Acetaminofeno 500 Mg Acido Acetilsalicilico 100 Mg Aspirina 500 Mg Naloxona 0.4 Mg Tramadol 100 Mg Droperidol 2.5 Mg /Ml Enfluorano 125 Ml Ketamina 1% 20 Ml Propofol Sevoflurano sol. 250 ml Tiopental 500 Mg Halotano 250 Ml Lidocaina Jalea Bupivacaina 0.5% Mepivacaina Carpules Con Vas. Lidocaina Carpules Sin Vasoc. Lidocaina 2% Con Epinefrina Lidocaina 2% Sin Preserv. Lidocaina 2% Con Preserv. Lidocaina Con Dextrosa Lidocaina 10% Aerosol Atracurio Besilato 10 Mg/Ml Pancuronio Succinilcolina 500 Mg Hioscina 10 Mg Tabletas Atropina 0.5 Mg Hioscina Ampollas Betanecol 10 Mg

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Representante

Fabricante

Producto

Cantidad

Unidad Precio U.

Pagado

Neostigmina 15 Mg Neostigmina Inyección 0.5 mg/ml

0.00 0.00

Salbutamol 4 Mg Teofilina AP 250 Mg Aminofilina Ampollas Beclometasona Aerosol Cromoglicato Aerosol Bromuro de Ipratropio 72 000.00 fc Monohidrato Bromuro de Ipatropio Anhidro Salbutamol Aerosol Salbutamol 0.5% Solución Dextrometorfano 15 Mg Descong. Tabletas Difenhidramina 50 Mg 93 500.00 cn Hidroxicina 25 Mg Astemizol 10 Mg Dimenhidrinato 25 Mg Supos. Dimenhidrinato 100 mg. Sups. Clorfeniramina 10 Mg Dimenhidrinato 5% 5 Ml 110 fc 000.00 Tropisetron Ampollas Prometazina 50 Mg Difenhidramina Jbe Descongetionante respiratorio Hidroxicina Jbe 10mg/5 Ml Biperideno 2 Mg Tbs Levodopa Con Carbidopa Biperideno 5 Mg/Ml Ergotamina Tartrato 2 Mg Valproato De Sodio 250 Mg Tab. Carbamazepina 200 Mg Clonazepam 2 Mg Difenilhidantoína 100 Mg Fenobarbital 25 Mg

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 432 000.00 0.00

6.00

1.04

Representante

Cefa

0.00 0.00 0.00 0.00 96 772.50 Stein 0.00 0.00 0.00

Fabricante

Boehringer

Stein

0.00

0.26

0.00 28 600.00 Alcames 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Alcames

Producto

Cantidad Unidad Precio U.

Pagado

Fenobarbital 100 Mg Tbs Lamotrigina 100 Mg Primidona 250 Mg Vigabatrina 500 Mg

0.00 0.00 0.00 0.00

Fenitoina Iny. Fenobarbital 50 Mg Clonazepan Gotas Difenilhidantoina 125mg/Cta Primidona Suspension Primidona Suspension Valproato De Sodio 200 Mg/Ml Amitriptilina 10 Mg Fluoxetina 20 Mg Imipramina 10 Mg Imipramina 25 mg. Carbonato De Litio 300 Mg Clorpromazina 100 Mg Clozapina 100 mg Haloperidol 5 Mg Tbs Carbonato De Litio 300 Mg Levomepromazina 25 Mg Tbs Carbonato De Litio 300 Mg Perfenazina 4 Mg Tioridazina 10 Mg Tioridazina 100 Mg Tiotixeno 10 Mg Trifluoperazina 5 Mg Clorpromazina 25 Mg Decanoato De Flufenazina 25 Mg Haloperidol 5 Mg Ampollas Levomepromazina Ampollas Haloperidol Gotas Diazepam 5 Mg Tbs Hidroxicina 25 Mg Lorazepam 2 Mg Diazepam 10 Mg Midazolam 15 Mg Hidroxicina Jbe 0.2%

0.00 0.00 0.00 0.00

32 200.00

fc

3.40

650.00

cn

81.64

2 600.00

cn

11.20

Representante

0.00 0.00 109 Cefa 480.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 53 066.00 Farmanova 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 29 120.00 Gutis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Fabricante

Sanofi Synthelard

Novartis

Gutis

Producto Hidroxido Al Sin Magnesio Tabs Famotidina 40 Mg Tbs Hidroxido Aluminio Y Magnesio Famotidina 40 Mg Tbs Metoclopramida 10 Mg

Cantidad Unidad Precio Pagado U. 0.00

Fabricante

0.00 0.00 0.00 0.00

Omeprazol 20 mg cápsulas Pancreatina Capsulas Cimetidina Ampollas Metoclopramida 10 Mg Amp Aluminio Hidrox. Sin Mg Loperamida 2 Mg Bisacodilo 10 Mg Supositorio Glicerina Supositorio Niños Glicerina Supositorios Adultos Aceite De Ricino 60 Ml Hidroxido De Magnesio Susp. Microenema Mucilago Psilium Dexametasona 0.5 Mg Hidrocotisona 20mg Tabletas Prednisolona 1 Mg Prednisolona 5 Mg Prednisolona 25 Mg Dexametasona O.4% Iny. Hidrocortisona 100 Mg Metilprednisolona 500 Mg 51 000.00 fa Triamcinolona Acetonido Danazol 200 Mg Oximetolona 50 Mg 1 000.00 Medroxiprogesterona 150 Mg Testosterona 150 Mg Asociación EstrogGestageno Estrógenos Conjugados Medroxiprogesterona 5mg Tbs Anticonceptivo Microdosis 1 100 000.00 Contraceptico Oral Regular Estradiol Valerianato 10 Mg Medroxiprogesterona 150 208 Mg 000.00 Progesterona 100 Mg Dispositivo Intrauterino Metilergometrina 0.2 Mg

Representa nte

cn

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

4.55

64.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 232 050.00 0.00 0.00 64 000.00 0.00

Cefa

Pharmacia & Upjohn

Lab. Lisan

Lab. Lisan

0.00 0.00 0.00 0.00 cj

fa

0.16

176 000.00

Gutis

Gutis

0.90

0.00 0.00 187 200.00

Medirep

Lab. LBS

0.00 0.00 0.00

Oxitocina Salbutamol 1mg/ Ml Bromocriptina 2.5 Mg Clomifeno Citrato 50 Mg Gonadotrofina Corionica Gonadot. Post Menop.B18 Hormona De Crecimiento 16.Uds. Leuprolerina 3.75 Mg Desmopresina Acetato 0.01% DDAVP Diazoxido 50 Mg Glibenclamida 5 Mg Metformina 850 Mg Insulina NPH 100 UI Insulina Cristalina Levotiroxina 0.10 Mg Propiltiuracilo 50 Mg Solucion Yodo Fuerte Acido Micofenólico 250 mg cápsulas Metrotexato 2.5 Mg Tbs Azatioprina 50 mg tab. Ranuradas Busulfano 2 Mg Ciclofosfamida 50 Mg Tbs Cloranbucilo 2 Mg Flutamida 250 Mg Hidroxiurea 500 Mg Melfalano 2 Mg Mercaptopurina 50 Mg Tamoxifeno 20 Mg Idarrubicina 5 Mg Metrotexato Ampollas Bleomicina 15 Mg Ciclofosfamida 500 Mg Cisplatino 10 Mg Citarabina 100 Mg Dacarbazino 200 Mg Dactinomicina Etoposido 20 Mg/Ml Factor Estimulante de Colonias Fluoruracilo 500 Mg Idarrubicina 5 Mg Ifosfamida 2 G. LAsparaginasa Mesna 100 Mg/Ml Mitomicina 5 Mg Paclitaxel Vinblastina 10 Mg Vincristina 1 Mg

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

56 600.00 fa

3.88

24 000.00 cn

1.76

6 000.00

3.06

cn

0.00 0.00 0.00 0.00 219 608.00 0.00 42 240.00 0.00 0.00 0.00 18 360.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Servicios Comerciales

Novo Nordisk

Stein

Stein

Stein

Stein

Epirrubicina 50 Mg Ciclosporina 100 mg. emulsión Vitamina C 500 Mg Vitamina D3 0.25 Perlas Vitamina D3 1 Mcg Vitamina B6 50 Mg Vitamina B1 100 Mg Vitamina A Pérlas Vitamina B6 50 Mg /Ml Vitamina B1 1 G M.V.I. Fórmula Vitamina C Gotas Vitamina D3 Gotas Vitamina A Gotas Calcio Tabletas 600 Mg Agua Esteril 10 Ml Aminoacidos al 10% 500 ml Gluconato De Calcio Amp. Dextrosa 5% 50 Ml

2 000.00

fc

0.00 210.00 420 000.00

11 200.00 fa

5.42

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 60 704.00

780 000.00

0.32

0.00 249 600.00

ud

Detrosa 5% 100ml Dextrosa 5% 250 Ml Dextrosa 5% 500 Ml Dextrosa 5% 1000 Ml Dextrosa 5% Y NACL 0.9% 500 Dextrosa 5% Y NACL 09% 1000 Lipidos Lipidos Fosfatos De Potasio Sulfato De Magnesio 20% Oligoelementos Adultos

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Oligoelementos Niños Cloruro De Potasio Bicarbonato De Sodio 1 Molar Cloruro De Sodio .9% 250 Ml Suero Salino 0.9% 500 Ml Suero Salino 0.9% 1000 Ml Cloruro De Sodio 4 Molar Sol Electrolitos Con Dextrosa 1.5 Sol Electrolitos Con Dextrosa 1.5 Sol Electrolitos Con Dextrosa 4.5 Electrolitos Orales Potasio Gluconato Elixir Albumina Humana 20% Globulina Anti Rho 300 mcg

0.00 0.00 0.00

Farmanova

Novartis

Nutricare

B. Braun Medical

Baxter Export Corporation

Baxter S.A

La Garita Bayer de Costa

Grifols Bayer

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

8 000.00 3 400.00

fc fa

17.00 72.50

0.00 0.00 136 000.00 246 500.00

Rica Globulina Antitetanica Inmunoglobulina 2.5g Suero Anticoral Suero Polivalente Vacuna Haemophilus Influenzae Vacuna Polio Oral Vacuna BCG Vacuna SRP Vacuna Hepatitis B 20 Mcg Acetazolamida 250 Mg Acetazolamida 250 Mg Dexametasona Fosfato Ung. Tetraciclina Oftalm. Aciclovir Ungüento Oft. Aciclovir Ungüento Oft. Hialorunidasa Acetil Colina/Manitol Colirio Atropina Sulfato 1% Colirio Ciclopentolato

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Dexametasona/Neomicina Co. Epinefrina Colirio Dexametasona Colirio Gentamicina 3 Mg/Ml Oft. Metilcelulosa 0.5%

0.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

198 000.00

fc

Pilocarpina 2% Pilocarpina 4% Solución Salina Balanceada Tetracaina 0.05% Tetrahidrazolina 0.05% Colirio Timolol 0.5% Trioxisaleno 5 Mg Alquitran De Hulla Hidroxido De Aluminio Pasta Betametasona 1% Crema 1 531 tu 000.00 Betametasona 0.1% Ungto Hidrocortisona 0.25% Hidrocortisona Base 1% Crema Neomicina/Bacitracina Ungto Peroxido De Benzoilo 5% Gel Sulfadiazina Plata 1% 40g. Sulfadiazina De Plata 40 G Miconazol Crema 8Metoxipsoraleno 10 Mg Aceite Mineral 500 Ml Acido Salicilico Colodion 20 600.00 fc

0.45

0.00 0.00 0.00 89 100.00

Medirep

Medirep

Calox

Calox

Stein

Stein

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

0.22

0.00 0.00 0.00 0.00 329 165.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

0.96

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 19 776.00

Aluminio Acetato 2.2 Sobres Hidroxido De Aluminio Pasta Peroxido De Benzoilo 5% Brea Concentrada Clorhexidina 4% Crotamin al 10% (100 126 mg/ml) 60 ml 000.00 Jabon Neutro Hidrocortisona Locion Peroxido De Hidrogeno 10 Vol. Podofilina 25% Potasio Yoduro 1g/Ml Povidone Yoduro Litro Sulibenzona Al 10% 60 ml Policresuleno Gel Vaginal Acido Metac.B120 Sulf. Ovulos Estrógenos Crema

fc

0.92

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 115 920.00

Stein

Stein

Stein

Stein

Stein

Stein

Elena Fallas

Abbot

Elena Fallas

Abbot

0.00 0.00 0.00

65 500.00 fc

1.60

103 000.00

2.40

Miconazol Ovulos Obidoxima Cloruro 250mg Antihemorroidal Supositorios Antihemorraoidal Ungto Folinato Sal Calcica 15mg Tab Ciclosporina A 100 Mg Etidronato 200 Mg Genfibrozil 600 Mg Lovastatina 20mg Riluzol 50mg Sacarina Solución Jalea Lubricante Folinato De Calcio Ampollas Tetradecilsulfato Sodico Solución De Evans Solución De Evans Factor Surfactante 1 400.00 Glicina Beclometasona Nasal Ciclosporina 100 Mg/Ml Gotas Colestiramina 4 G Formula Enteral Sin Lactosa Gelatina Absorbible Polistireno Polvo Sacarina Gotas Soya Con Carbohidratos 218 000.00 Acetato Aluminio Otico Gotas Cerumen Oximetazolina 0.025% Nasal

tu

0.00 0.00 0.00 104 800.00 0.00 0.00 247 200.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

fa

la

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 110.00 154 000.00 0.00 0.00 0.00

1.99

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 433 820.00 0.00 0.00 0.00

Oximetazolina 0.5% Tintura de Benjui Diatrizoato Meglum.60% Iohexol Iodotalamato De Meg. 30% Ioxitalmato Meglum. 17 % Poliv. Iodotalamato De Meg. 17% Sulfato De Bario Kg Granulos Efervescentes Azul Metileno Factor Lib. Gon. LhrhLh Proterilina 200 Mcg. Fluoresceina Colirio Carbon Activado

6 000.00

fc

12.70

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 76 200.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Altrebo Ltda.

Guerbert