El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina Ranking provincial y competencia desleal

Marzo de 2013 El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina Ranking provincial y competencia desleal Departamento de Economía Gabriel Mo...
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Marzo de 2013

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina Ranking provincial y competencia desleal

Departamento de Economía

Gabriel Molteni Gonzalo de León Cecilia Santos Alejo Krasnopol

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

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El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

PPRÓLOGO RÓLOGO

La Camara Argentina de Comercio (CAC), entidad confederada representante del sector Comercio y Servicios, fundada en 1924 y líder a nivel nacional, ha estado históricamente comprometida con el progreso económico del país. El sector Comercio es un destacado contribuyente de los principales impuestos nacionales, provinciales y municipales. Es significativa su participación en la recaudación de diversos tributos –Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto al Cheque, Impuesto a los Ingresos Brutos, entre otros–, como así también es importante su contribución a los ingresos del sistema previsional. En concreto, los datos de AFIP para el segundo trimestre de 2012 señalan que Comercio y Servicios generan el 51,4% de la recaudación de IVA Bruto y son responsables del 47,5% de los ingresos en concepto de Impuesto a las Ganancias de Sociedades. Asimismo, Comercio y Servicios fue uno de los sectores que más impulso dio al crecimiento de la recaudación en el segundo trimestre de 2012 con respecto al segundo trimestre de 2011. En concreto, fue responsable del 60,3% del crecimiento de la recaudación de IVA Bruto y del 52,5% del crecimiento de la recaudación del Impuesto a las Ganancias de Sociedades. Todo esto es posible gracias al trabajo y el esfuerzo del Comercio legalmente establecido, que sistemáticamente cumple con sus obligaciones tributarias y previsionales. Pero debe señalarse que paralelamente a él se desarrolla el comercio ilegal en múltiples modalidades, que no solo evade sus obligaciones impositivas y previsionales –generando un perjuicio directo al Estado–, sino que muchas veces invade el espacio público o se desarrolla en predios precarios, poniendo en riesgo a los consumidores y perjudicando al conjunto de la ciudadanía. Adicionalmente, y como consecuencia de su desarrollo al margen de la ley, suele ofrecer sus productos a menores

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precios que el comerciante legal, constituyendo una flagrante forma de competencia desleal. Por estos motivos, la CAC ha llevado a cabo este estudio con el fin de estimar la carga tributaria que recae sobre el sector a nivel provincial, incluyendo impuestos nacionales, provinciales y municipales. La misma se analiza en relación a la facturación neta, margen bruto y facturación efectiva. Se analizan tres casos, que contemplan la realidad de una empresa pequeña, mediana y grande del comercio minorista. Asimismo, y con el fin de medir el impacto que tiene la venta ilegal en el sector formal y en las arcas del Estado, este estudio estima un indicador de competencia desleal a nivel provincial que destaca las dificultades para poder competir que enfrentan los empresarios que cumplen con todas las obligaciones impositivas. Consciente de estos perjuicios, la Cámara Argentina de Comercio desarrolla desde hace años un conjunto de acciones tendientes a combatir esa actividad –mediante la elaboración de informes, la organización de encuentros empresarios, y la realización de gestiones ante los poderes públicos, entre otras–. Esta información y el análisis que de ella se deriva deben constituirse en un argumento más para que, de manera urgente, se adopten las medidas necesarias para la erradicación de la venta ilegal en sus diversas formas, redundando esto en un beneficio para la sociedad en su conjunto.

Carlos R. de la Vega Presidente

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INTRODUCCIÓN El objetivo del presente trabajo consiste en estimar el costo impositivo y previsional que enfrenta una empresa comercial formal, medido como porcentaje sobre las ventas. Se entiende por formal a aquel comercio que cumple acabadamente con todas sus obligaciones tributarias. El análisis tiene en cuenta a la empresa pequeña, mediana y grande dentro del sector comercial, y la correspondiente carga tributaria en función de los impuestos nacionales, provinciales y municipales. Esto permite construir un ranking provincial de carga tributaria, al mismo tiempo que analizar la evolución de la misma en el tiempo –dado que este estudio se realiza desde el año 2011. Por último, se construye un indicador de competencia desleal, a nivel provincial, teniendo en cuenta que cuanto mayor sea el componente impositivo mayor será la competencia desleal a la que estará sometido el sector comercial formal.

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METODOLOGÍA Para éste cálculo se considera un comercio minorista, de acuerdo a los siguientes supuestos: a) Margen de marcación (mark up) del 50%. b) Gastos operativos equivalentes al 2,5% de las ventas. c) Se analizan 3 (tres) casos diferentes de comercio según sus ventas netas anuales: i.

$ 600.000 y sin empleados

ii.

$ 1.250.000 con un empleado, encuadrado dentro de la categoría vendedor “b” del convenio de empleados de comercio con 7 años de antigüedad (a 01/2012: $5349,42).

iii.

$41.000.000 con treinta empleados, encuadrados dentro la categoría vendedor “b” del convenio de empleados de comercio con 7 años de antigüedad (a 01/2012:$5349,42).

d) Se analizan 2 (dos) situaciones para cada caso, salvo el de $41.000.000 (el cual se analiza solo en la situación ii): i.

persona física

ii.

persona jurídica (SRL o SA).

Los impuestos considerados para el siguiente análisis son: 1) Costo Laboral: se incluyen dentro del mismo las contribuciones patronales con destino al régimen jubilatorio, sistema de obras sociales y seguro de accidentes. 2) Autónomos: Para el caso de persona física se considera la categoría con ingresos superiores a $20.000 y para el caso de persona jurídica se supone un solo director-gerente con ingresos anuales inferiores a $15.000. 3) Impuesto sobre los Ingresos Brutos: Se consideran las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos que pagan determinados comercios con ventas netas anuales por $600.000 y $1.250.000 para CABA y las 23 provincias.

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Alícuota de Ingresos Brutos Tierra del fuego Misiones Mendoza Chaco Santa Fe Entre Ríos Santa Cruz Jujuy Santiago del Estero San Juan Salta Rio Negro Formosa Catamarca CABA Buenos Aires (*) Chubut Córdoba Tucumán La Rioja La Pampa Corrientes Neuquén San Luis

4,00% 3,00% 3,90% 3,40% 3,50% 3,50% 3,00% 3,50% 3,50% 3,00% 3,00% 3,00% 2,50% 3,00% 3,00% 3,00% 2013 3,00% 2012 3,00% 3,00% 3,00% 3,00% 3,00% 2,80% 2,50% 2,50% 2,50% 2,50% 2,00% 2,00%

*La alícuota para Buenos Aires en el caso de una facturación anual de $1.250.000 es 3,5 por ciento

Algunas provincias presentan variaciones en las alícuotas para entes que obtengan ingresos superiores a determinados valores. En el caso de un comercio con ventas por $41.000.000 se observan diferencias en las provincias de Mendoza, Chaco, Santa Fe, Jujuy, Río Negro, Buenos Aires, Córdoba, Neuquén, San Luis y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Alícuota de Ingresos Brutos (Grandes Contribuyentes) CABA Buenos Aires Córdoba Chaco Mendoza Santa Fe San Luis Tierra del fuego Misiones Jujuy Rio Negro Entre Ríos Neuquén Chubut Santa Cruz Santiago del Estero San Juan Salta Formosa Catamarca Tucumán La Rioja La Pampa Corrientes

5,00% 5,00% 4,50% 4,75% 4,00% 4,50% 3,00% 3,50% 4,25% 4,20% 3,80% 4,20% 3,50% 4,00% 3,00% 3,90% 3,40% 3,50% 2,50% 2013 3,50% 3,00% 2012 3,50% 3,00% 3,00% 3,00% 3,75%

3,00% 3,00% 3,00% 3,00% 3,00% 3,00% 2,50% 2,50% 2,50% 2,50%

4) Comercio e Industria Municipal: Se utilizan las alícuotas de los tributos que abonan determinados comercios por su actividad en los principales municipios1. Corresponden a la Tasa de seguridad e higiene, a la Contribución de Inspección del Comercio, al Tributo Económico Municipal y a la Tasa por Registro, Inspección y Servicios de Contralor, según la ciudad. Se toman en cuenta las alícuotas para comercios con ventas por $600.000 y $1.250.000. Como consecuencia de que algunos municipios utilizan montos fijos para grabar el comercio, el impuesto resulta significativamente menor si se toma el monto a pagar como porcentaje de la facturación o el margen para los casos analizados, a diferencia de los que graban la actividad con alícuotas.

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En base a las ordenanzas tarifarias de Concordia, San Miguel de Tucumán, Posadas, La

Plata, Ciudad de Salta, Santa Fe de la Vera Cruz, Ciudad de Córdoba, Ciudad de Santiago del Estero, Rawson, San Fernando del Valle de Catamarca, San Salvador de Jujuy, Resistencia, Puerto Madryn, Ciudad de Corrientes, Caleta Olivia, Villa Mercedes, Viedma, Ciudad de Mendoza, Ciudad de Neuquén, Ciudad de La Rioja, Clorinda, Santa Rosa, y Ushuaia.

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Alícuota Municipal Promedio para el Comercio (Principales Ciudades) Entre Ríos Tucumán Buenos Aires Misiones Córdoba Salta Santa Fe Santiago del Estero San Juan Catamarca San Luis La Rioja Mendoza Jujuy Formosa Chubut Chaco Neuquén Corrientes Santa Cruz Rio Negro La Pampa Tierra del fuego CABA

1,30%

0,20% 0,10% 0,17% 0,06%

0,13%

0,80% 0,80% 0,65% 0,60% 0,60% 0,60% 0,50% 0,50% 0,50% 0,50% 0,40% 0,40%

1,10% 1,00%

2013 2012

0,40% 0,38% 0,37% 0,30% 0,35% 0,30%

0,30% 0,25% 0,20% 0,18% 0,10% 0,05% 0,06% 0,00% 0,00%

En el caso de determinados comercios con ingresos anuales por $41.000.000, las tasas municipales presentan variaciones. Alícuota Municipal Promedio para el Comercio (Grandes Contribuyentes - Principales Ciudades) Entre Ríos Tucumán Misiones Buenos Aires Chubut San Juan Córdoba Neuquén Rio Negro Salta Santa Fe Santiago del Estero Chaco Catamarca La Rioja Corrientes Santa Cruz Tierra del fuego Jujuy San Luis Mendoza Formosa La Pampa CABA

1,80%

1,10% 0,80% 1,00% 0,80% 1,00%

0,18% 0,15%

0,01%

0,65% 0,65% 0,60% 0,63% 0,52%

0,60% 0,60% 0,50% 0,35% 0,50% 0,50% 0,40% 0,30%

1,40%

1,60%

1,00%

2013 2012

0,25% 0,10% 0,40% 0,04% 0,20% 0,03% 0,008% 0,02% 0,002% 0,01% 0,004% 0,00%

5) Impuesto al Cheque: Dado que los responsables inscriptos, para poder computar crédito fiscal por sus compras y gastos, deben abonar con medios de pago autorizados todas las operaciones superiores a $ 1.000, se considera el supuesto de bancarización total de los mismos. Es decir, el costo derivado de 8

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este impuesto es el 1% del total de las ventas brutas (el restante 0,2% no se considera costo porque puede ser tomado a cuenta de otros impuestos). 6) Impuesto a las Ganancias: Para el caso de persona física se efectúa el cálculo considerando un contribuyente casado, con dos hijos y aplicando las alícuotas progresivas correspondientes. Para persona jurídica se aplica la tasa vigente del 35%, suponiendo como deducción un monto de $12.500 relacionados a honorarios de un administrador para el caso B y de $37500 para el caso C –de tres administradores–. IMPUESTOS FEDERALES

Impuesto al Cheque IVA

Autónomos

1,00% 21%

Aporte Mensual

Categoría I

401,61

Categoría II

562,27

Categoría III

803,24

Categoría IV

1285,42

Categoría V

1767,14

Impuesto a las Ganancias Personas Jurídicas

35%

El Cuadro 1 muestra los resultados obtenidos. Se calcula el impacto que tiene el costo impositivo sobre la facturación neta, el margen bruto y la facturación efectiva. Asimismo, se calcula el indicador de competencia desleal.

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CUADRO N1

Provincia

Buenos Aires Córdoba Entre Ríos San Luis Santa Fe Misiones CABA Catamarca Chaco Formosa Mendoza Rio Negro Salta San Juan Santiago del Estero Tierra del fuego Corrientes Jujuy La Pampa La Rioja Santa Cruz Tucumán Chubut Neuquén PROMEDIO

Alicuota General de Ingresos Brutos 3,00% 2,80% 3,50% 2,00% 3,50% 3,90% 3,00% 3,00% 3,50% 3,00% 3,50% 3,00% 3,00% 3,00% 3,00% 4,00% 2,50% 3,00% 2,50% 2,50% 3,00% 2,50% 3,00% 2,00% 2,99%

Alicuota Carga Carga General de Tributaria Tributaria Ingresos Municipal Municipal Brutos promedio promedio (Comercios (Comercios grandes) grandes) 1,00% 0,65% 1,30% 0,50% 0,60% 0,80% 0,00% 0,50% 0,35% 0,38% 0,40% 0,20% 0,60% 0,50% 0,50% 0,06% 0,30% 0,40% 0,10% 0,40% 0,25% 1,10% 0,37% 0,30% 0,50%

5,00% 4,75% 3,50% 4,20% 4,20% 3,90% 5,00% 3,00% 4,50% 3,00% 4,25% 3,50% 3,00% 3,00% 3,00% 4,00% 2,50% 3,50% 2,50% 2,50% 3,00% 2,50% 3,00% 3,00% 3,51%

Costo Impositivo (IVA excluido) Carga Efectiva sobre Facturación Neta Caso A

Caso B

Caso C

Costo Impositivo (IVA excluido) Carga Efectiva sobre Margen Bruto Caso A

Caso B

Caso C

Costo Impositivo (IVA incluido) Carga Efectiva sobre Facturación Efectiva Caso A

Pers. Fís. Pers. Jur. Pers. Fís. Pers. Jur. Pers. Jur. Pers. Fís. Pers. Jur. Pers. Fís. Pers. Jur. Pers. Jur. Pers. Fís. Pers. Jur. 1,00% 9,65% 14,49% 12,68% 15,10% 16,18% 28,96% 43,48% 38,05% 45,29% 48,55% 13,76% 17,76% 0,65% 9,27% 14,14% 12,33% 14,74% 15,79% 27,82% 42,41% 36,98% 44,22% 47,38% 13,45% 17,47% 1,80% 10,20% 15,01% 13,20% 15,62% 15,73% 30,61% 45,04% 39,61% 46,85% 47,18% 14,22% 18,19% 0,04% 8,62% 13,52% 11,71% 14,12% 15,04% 25,85% 40,55% 35,13% 42,37% 45,11% 12,91% 16,96% 0,60% 9,72% 14,56% 12,75% 15,16% 15,40% 29,16% 43,67% 38,25% 45,49% 46,21% 13,82% 17,82% 1,00% 10,13% 14,95% 13,14% 15,55% 15,47% 30,40% 44,84% 39,42% 46,66% 46,40% 14,16% 18,14% 0,00% 8,96% 13,84% 12,03% 14,45% 15,53% 26,89% 41,53% 36,10% 43,34% 46,60% 13,19% 17,23% 0,50% 9,31% 14,17% 12,36% 14,77% 14,56% 27,92% 42,50% 37,08% 44,32% 43,67% 13,48% 17,49% 0,50% 9,55% 14,40% 12,59% 15,00% 15,53% 28,65% 43,19% 37,76% 45,00% 46,60% 13,68% 17,68% 0,02% 9,22% 14,09% 12,28% 14,69% 14,24% 27,67% 42,27% 36,84% 44,08% 42,73% 13,41% 17,43% 0,03% 9,58% 14,43% 12,62% 15,03% 15,06% 28,75% 43,28% 37,86% 45,10% 45,19% 13,70% 17,71% 0,18% 9,10% 13,97% 12,16% 14,58% 14,67% 27,30% 41,92% 36,49% 43,73% 44,02% 13,31% 17,33% 0,60% 9,38% 14,23% 12,42% 14,84% 14,62% 28,13% 42,70% 37,27% 44,51% 43,87% 13,53% 17,55% 0,65% 9,31% 14,17% 12,36% 14,77% 14,65% 27,92% 42,50% 37,08% 44,32% 43,96% 13,48% 17,49% 0,50% 9,31% 14,17% 12,36% 14,77% 14,56% 27,92% 42,50% 37,08% 44,32% 43,67% 13,48% 17,49% 0,10% 9,69% 14,53% 12,72% 15,14% 14,95% 29,08% 43,60% 38,17% 45,41% 44,84% 13,80% 17,80% 0,30% 8,82% 13,71% 11,90% 14,32% 14,10% 26,47% 41,14% 35,71% 42,95% 42,31% 13,08% 17,12% 0,40% 9,24% 14,10% 12,29% 14,71% 14,82% 27,71% 42,31% 36,88% 44,12% 44,45% 13,42% 17,44% 0,01% 8,69% 13,58% 11,77% 14,19% 13,91% 26,06% 40,75% 35,32% 42,56% 41,73% 12,96% 17,01% 0,40% 8,89% 13,78% 11,97% 14,38% 14,17% 26,68% 41,33% 35,91% 43,15% 42,50% 13,13% 17,17% 0,25% 9,13% 14,01% 12,20% 14,61% 14,39% 27,40% 42,02% 36,59% 43,83% 43,18% 13,33% 17,36% 1,10% 9,38% 14,23% 12,42% 14,84% 14,62% 28,13% 42,70% 37,27% 44,51% 43,87% 13,53% 17,55% 1,60% 9,22% 14,08% 12,28% 14,69% 15,27% 27,65% 42,25% 36,83% 44,06% 45,82% 13,40% 17,42% 0,63% 8,48% 13,39% 11,58% 13,99% 14,64% 25,44% 40,16% 34,74% 41,98% 43,92% 12,79% 16,85% 0,56% 9,29% 14,15% 12,34% 14,75% 14,91% 27,86% 42,44% 37,02% 44,26% 44,74% 13,46% 17,48%

(*) Porcentaje de reducción en los precios que puede implementar un comerciante informal para obtener la misma ganancia que un comerciante formal.

Caso B

Caso C

Pers. Fís. Pers. Jur. Pers. Jur. 16,27% 18,26% 19,16% 15,89% 17,89% 18,76% 16,53% 18,52% 18,63% 15,25% 17,24% 18,02% 16,00% 17,99% 18,22% 16,23% 18,23% 18,19% 15,73% 17,72% 18,62% 15,68% 17,67% 17,52% 15,78% 17,77% 18,24% 15,48% 17,47% 17,14% 16,04% 18,04% 18,08% 15,62% 17,62% 17,72% 15,64% 17,64% 17,49% 15,79% 17,78% 17,70% 15,54% 17,54% 17,40% 15,93% 17,93% 17,80% 15,21% 17,21% 17,06% 15,53% 17,53% 17,65% 15,35% 17,34% 17,13% 15,35% 17,35% 17,20% 15,50% 17,49% 17,35% 15,69% 17,68% 17,53% 15,61% 17,60% 18,11% 15,27% 17,27% 17,81% 15,70% 17,70% 17,86%

Indicador de competencia desleal ( * ) 30,04% 29,68% 30,56% 29,06% 30,10% 30,49% 29,39% 29,71% 29,94% 29,64% 29,97% 29,52% 29,78% 29,71% 29,71% 30,08% 29,26% 29,65% 29,13% 29,32% 29,55% 29,78% 29,63% 28,93% 29,69%

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

COSTO IMPOSITIVO SOBRE FACTURACIÓN NETA

Para el caso de un comerciante contribuyente unipersonal inscripto en IVA, el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales y previsionales implica destinar en promedio un 9,29% o un 12,34% de las ventas netas según su facturación sea de 600.000 (Caso A) o de 1.250.000 (Caso B) pesos anuales, respectivamente. Analizando los 24 gobiernos subnacionales, el rango del costo impositivo sobre facturación neta va desde el 8,48% en la provincia de Neuquén al 10,2% en la provincia de Entre Ríos para el Caso A y desde el 11,58% al 13,2% para el Caso B en las mismas provincias. Para el caso de un comerciante organizado como SRL o SA, debido al impacto del impuesto a las ganancias con tasa del 35%, el costo impositivo sobre ventas netas se incrementa con respecto a la persona física. Por ello, el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales y previsionales implica destinar en promedio un 14,15%, un 14,75% o un 14,91% de las ventas netas según sea el caso A, B o C respectivamente. Analizando los 24 gobiernos subnacionales, el rango del costo impositivo sobre facturación neta va desde el 13,39% en la provincia de Neuquén al 15,01% en la provincia de Entre Ríos para el Caso A, desde el 13,99% al 15,62% para el Caso B en las mismas provincias y desde 13,91% de la provincia de La Pampa al 16,18% de la provincia de Buenos Aires para el caso C.

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

Carga Efectiva Sobre Facturación Neta (Caso A Persona Física)

Carga Efectiva Sobre Facturación Neta (Caso A Persona Jurídica)

Entre Ríos

10,20%

Misiones

10,13%

Santa Fe

9,72%

Tierra del fuego

9,69%

Buenos Aires

9,65%

Mendoza

9,58%

Chaco

9,55%

Tucumán

9,38%

Salta

9,38%

Santiago del Estero

9,31%

San Juan

9,31%

Catamarca

9,31%

Córdoba

9,27%

Jujuy

9,24%

Formosa

9,22%

Chubut

9,22%

Santa Cruz

9,13%

Rio Negro

9,10%

CABA

8,96%

La Rioja

8,89%

Corrientes

8,82%

La Pampa

8,69%

San Luis

8,62%

Neuquén

8,48%

Carga Efectiva Sobre Facturación Neta (Caso B Persona Física) 13,20%

Misiones

13,14%

Santa Fe

12,75% 12,72%

Buenos Aires

12,68%

Mendoza

12,62%

Chaco

12,59%

Tucumán

12,42%

Salta

12,42%

Santiago del Estero

12,36%

San Juan

12,36%

Catamarca

12,36%

Córdoba

12,33%

Jujuy

12,29%

Formosa

12,28%

Chubut

12,28%

Santa Cruz

12,20%

Rio Negro

12,16%

CABA

12,03%

La Rioja Corrientes

La Pampa San Luis

Neuquén

11,97% 11,90% 11,77% 11,71% 11,58%

15,01% 14,95% 14,56% 14,53% 14,49% 14,43% 14,40% 14,23% 14,23% 14,17% 14,17% 14,17% 14,14% 14,10% 14,09% 14,08% 14,01% 13,97% 13,84% 13,78% 13,71% 13,58% 13,52% 13,39%

Carga Efectiva Sobre Facturación Neta (Caso B Persona Jurídica)

Entre Ríos

Tierra del fuego

Entre Ríos Misiones Santa Fe Tierra del fuego Buenos Aires Mendoza Chaco Tucumán Salta Santiago del Estero San Juan Catamarca Córdoba Jujuy Formosa Chubut Santa Cruz Rio Negro CABA La Rioja Corrientes La Pampa San Luis Neuquén

Entre Ríos Misiones Santa Fe Tierra del fuego Buenos Aires Mendoza Chaco Tucumán Salta Santiago del Estero San Juan Catamarca Córdoba Jujuy Formosa Chubut Santa Cruz Rio Negro CABA La Rioja Corrientes La Pampa San Luis Neuquén

15,62% 15,55%

15,16% 15,14% 15,10% 15,03% 15,00% 14,84% 14,84% 14,77% 14,77% 14,77% 14,74% 14,71% 14,69% 14,69% 14,61% 14,58% 14,45% 14,38% 14,32% 14,19% 14,12% 13,99%

12

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

Carga Efectiva Sobre Facturación Neta (Caso C Persona Jurídica) Buenos Aires

16,18%

Córdoba

15,79%

Entre Ríos

15,73%

Chaco

15,53%

CABA

15,53%

Misiones

15,47%

Santa Fe

15,40%

Chubut

15,27%

Mendoza

15,06%

San Luis

15,04%

Tierra del fuego

14,95%

Jujuy

14,82%

Rio Negro

14,67%

San Juan

14,65%

Neuquén

14,64%

Tucumán

14,62%

Salta

14,62%

Santiago del Estero

14,56%

Catamarca

14,56%

Santa Cruz

Formosa La Rioja Corrientes La Pampa

14,39% 14,24%

14,17% 14,10% 13,91%

13

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

COSTO IMPOSITIVO SOBRE MARGEN BRUTO Si el análisis de la carga tributaria se realiza con respecto al margen bruto de marcación, es decir a la diferencia entre las ventas y el costo, el asunto adquiere mayor dimensión. Para el promedio del país, la carga efectiva sobre el margen bruto asciende al 27,86% o al 37,02% para una persona física, y al 42,44%, 44,26% o 44,74% para una persona jurídica, según sea caso A, B o C respectivamente. Analizando los 24 gobiernos subnacionales, el rango del costo impositivo sobre el margen bruto de persona física va desde el 25,44% en la provincia de Neuquén al 30,61% en la provincia de Entre Ríos para el Caso A y desde el 34,74% al 39,61% para el Caso B en las mismas provincias. Asimismo, el rango del costo impositivo sobre el margen bruto de persona jurídica va desde el 40,16% en la provincia de Neuquén al 45,04% en la provincia de Entre Ríos para el Caso A, desde el 41,98% al 46,85% para el Caso B en las mismas provincias y desde el 41,73% en la provincia de La Pampa al 48,55% en la provincia de Buenos Aires para el caso C.

Carga Efectiva Sobre Margen Bruto (Caso A Persona Física)

Carga Efectiva Sobre Margen Bruto (Caso A Persona Jurídica)

Entre Ríos

30,61%

Entre Ríos

Misiones

30,40%

Misiones

Santa Fe

45,04% 44,84%

29,16%

Santa Fe

43,67%

Tierra del fuego

29,08%

Tierra del fuego

43,60%

Buenos Aires

28,96%

Buenos Aires

Mendoza

28,75%

Mendoza

Chaco

28,65%

Chaco

43,48% 43,28% 43,19%

Tucumán

28,13%

Tucumán

Salta

28,13%

Salta

Santiago del Estero

27,92%

Santiago del Estero

San Juan

27,92%

San Juan

Catamarca

27,92%

Catamarca

Córdoba

27,82%

Córdoba

Jujuy

27,71%

Jujuy

Formosa

27,67%

Formosa

42,27%

Chubut

27,65%

Chubut

42,25%

Santa Cruz

27,40%

Santa Cruz

42,02%

Rio Negro

27,30%

Rio Negro

41,92%

CABA

26,89%

CABA

La Rioja

26,68%

La Rioja

26,47%

Corrientes

Corrientes La Pampa San Luis

Neuquén

26,06% 25,85%

25,44%

La Pampa San Luis Neuquén

42,70% 42,70% 42,50% 42,50% 42,50% 42,41% 42,31%

41,53% 41,33% 41,14% 40,75% 40,55% 40,16%

14

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

Carga Efectiva Sobre Margen Bruto (Caso B Persona Física)

Carga Efectiva Sobre Margen Bruto (Caso B Persona Jurídica)

Entre Ríos

39,61%

Misiones

39,42%

Santa Fe

38,25%

Tierra del fuego

38,17%

Buenos Aires

38,05%

Mendoza

37,86%

Chaco

37,76%

Tucumán

37,27%

Salta

37,27%

Santiago del Estero

37,08%

San Juan

37,08%

Catamarca

37,08%

Córdoba

36,98%

Jujuy

36,88%

Formosa

36,84%

Chubut

36,83%

Santa Cruz

36,59%

Rio Negro

36,49%

CABA

36,10%

La Rioja

35,91%

Corrientes

La Pampa San Luis

Neuquén

35,71%

35,32% 35,13%

34,74%

Entre Ríos Misiones Santa Fe Tierra del fuego Buenos Aires Mendoza Chaco Tucumán Salta Santiago del Estero San Juan Catamarca Córdoba Jujuy Formosa Chubut Santa Cruz Rio Negro CABA La Rioja Corrientes La Pampa San Luis Neuquén

46,85% 46,66%

45,49% 45,41% 45,29% 45,10% 45,00% 44,51% 44,51% 44,32% 44,32% 44,32% 44,22% 44,12% 44,08% 44,06% 43,83% 43,73% 43,34% 43,15% 42,95% 42,56% 42,37% 41,98%

Carga Efectiva Sobre Margen Bruto (Caso C Persona Jurídica) Buenos Aires

48,55%

Córdoba

47,38%

Entre Ríos

47,18%

Chaco

46,60%

CABA

46,60%

Misiones

46,40%

Santa Fe

46,21%

Chubut

45,82%

Mendoza

45,19%

San Luis

45,11%

Tierra del fuego

44,84%

Jujuy

44,45%

Rio Negro

44,02%

San Juan

43,96%

Neuquén

43,92%

Tucumán

43,87%

Salta

43,87%

Santiago del Estero

43,67%

Catamarca

43,67%

Santa Cruz Formosa

La Rioja Corrientes

La Pampa

43,18% 42,73%

42,50% 42,31%

41,73%

15

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

COSTO IMPOSITIVO SOBRE FACTURACIÓN IVA INCLUIDO En el análisis previo se excluyó el impuesto al valor agregado (IVA) ya que técnicamente es un impuesto trasladable que termina siendo soportado por el consumidor final. El comerciante simplemente debe depositar a la AFIP la diferencia entre el IVA cobrado a sus clientes (ventas) y el pagado a sus proveedores (compras). A continuación se incorpora al análisis, estimando el porcentaje de los ingresos totales por ventas que se debe destinar a cumplir con la legislación impositiva. Esta estimación, si bien no es técnicamente carga tributaria efectiva, permite calcular la importancia de las erogaciones financieras que el comerciante debe realizar para cumplimentar sus obligaciones. Se tiene en cuenta el decreto 814/01 que permite computar, como crédito fiscal del impuesto al valor agregado, el monto que resulta de aplicar a la misma base imponible sobre la que se calcularon las contribuciones patronales, determinados puntos porcentuales según la jurisdicción2.

2

Se tomaron las jurisdicciones de Ciudad de Formosa, Ciudad de Santiago del Estero y la

Banda, Posadas, Ciudad de Jujuy, Gran Salta, Gran Resistencia, Ciudad de Corrientes, Ushuaia, Caleta Olivia, Gran Tucumán, Gran Catamarca, Ciudad de la Rioja, Rawson Trelew, Gran San Juan, Resto de Río Negro, Resto de La Pampa, Resto de Entre Ríos, Gran Mendoza, Ciudad Neuquén / Plotier, Resto de San Luis, Santa Fe - Vera, Gran Córdoba, Gran Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

16

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

Puntos Porcentuales de Reconocimiento de IVA (Principales Jurisdicciones) Formosa Santiago del Estero Misiones Jujuy Salta Chaco Corrientes Tierra del Fuego Santa Cruz Tucumán Catamarca La Rioja Chubut Santa Fe San Juan Río Negro San Luis La Pampa Entre Ríos Mendoza Neuquén Córdoba Buenos Aires CABA

10,75% 10,75% 9,70% 9,70% 9,70% 9,70% 9,70% 8,65% 8,65% 7,60% 7,60% 7,60% 7,60% 7,60% 5,05% 5,05% 5,05% 4,00% 4,00% 4,00% 4,00%

1,90% 0,00% 0,00%

Para el promedio del país, un comerciante debe destinar desde un 13,46% de lo percibido por ventas, para una persona física, hasta un 17,86%, para el caso de persona jurídica, para cumplir con obligaciones impositivas y previsionales. Tomando nuevamente las provincias con menor y mayor carga tributaria, un comerciante debe destinar entre el 12,79% y el 17,81% en la provincia de Neuquén, y entre el 13,76% y el 19,16% en la provincia de Buenos Aires.

Carga Efectiva Sobre Facturación Efectiva (Caso A Persona Física) Entre Ríos

14,22%

Misiones

14,16%

Santa Fe

13,82%

Tierra del fuego

13,80%

Buenos Aires

13,76%

Mendoza

13,70%

Chaco

13,68%

Tucumán

13,53%

Salta

13,53%

Santiago del Estero

13,48%

San Juan

13,48%

Catamarca

13,48%

Córdoba

13,45%

Jujuy

13,42%

Formosa

13,41%

Chubut

13,40%

Santa Cruz

13,33%

Rio Negro

13,31%

CABA

13,19%

La Rioja

Corrientes La Pampa San Luis

Neuquén

Carga Efectiva Sobre Facturación Efectiva (Caso A Persona Jurídica)

13,13%

13,08% 12,96% 12,91%

12,79%

Entre Ríos Misiones Santa Fe Tierra del fuego Buenos Aires Mendoza Chaco Tucumán Salta Santiago del Estero San Juan Catamarca Córdoba Jujuy Formosa Chubut Santa Cruz Rio Negro CABA La Rioja Corrientes La Pampa San Luis Neuquén

18,19% 18,14% 17,82% 17,80% 17,76% 17,71% 17,68% 17,55% 17,55% 17,49% 17,49% 17,49% 17,47% 17,44% 17,43% 17,42% 17,36% 17,33% 17,23% 17,17% 17,12% 17,01% 16,96% 16,85%

17

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

Carga Efectiva Sobre Facturación Efectiva (Caso B Persona Física) Entre Ríos

16,53%

Buenos Aires

16,27%

Misiones

16,23%

Mendoza

16,04%

Santa Fe

16,00%

Tierra del fuego

15,93%

Córdoba

15,89%

San Juan

15,79%

Chaco

15,78%

CABA

15,73%

Tucumán

15,69%

Catamarca

15,68%

Salta

15,64%

Rio Negro

15,62%

Chubut

15,61%

Santiago del Estero

15,54%

Jujuy Santa Cruz

Formosa La Rioja La Pampa

Neuquén San Luis

Corrientes

Carga Efectiva Sobre Facturación Efectiva (Caso B Persona Jurídica)

15,53% 15,50%

15,48% 15,35%

15,35% 15,27% 15,25%

15,21%

Entre Ríos Buenos Aires Misiones Mendoza Santa Fe Tierra del fuego Córdoba San Juan Chaco CABA Tucumán Catamarca Salta Rio Negro Chubut Santiago del Estero Jujuy Santa Cruz Formosa La Rioja La Pampa Neuquén San Luis Corrientes

18,52% 18,26% 18,23% 18,04% 17,99% 17,93% 17,89% 17,78% 17,77% 17,72% 17,68% 17,67% 17,64% 17,62% 17,60% 17,54% 17,53% 17,49% 17,47% 17,35% 17,34% 17,27% 17,24% 17,21%

Carga Efectiva Sobre Facturación Efectiva (Caso C Persona Jurídica) Buenos Aires Córdoba Entre Ríos CABA Chaco Santa Fe Misiones Chubut Mendoza San Luis Neuquén Tierra del fuego Rio Negro San Juan Jujuy Tucumán Catamarca Salta Santiago del Estero Santa Cruz La Rioja Formosa La Pampa Corrientes

19,16% 18,76% 18,63% 18,62% 18,24% 18,22% 18,19% 18,11% 18,08% 18,02% 17,81% 17,80% 17,72% 17,70% 17,65% 17,53% 17,52% 17,49% 17,40% 17,35% 17,20% 17,14% 17,13% 17,06%

18

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

IMPACTO DE LA COMPETENCIA DESLEAL Un comerciante que opera en la informalidad y no afronta dentro de sus costos el componente impositivo detallado anteriormente, cuenta con la posibilidad de vender al público a menores precios –para un mismo nivel de ganancias e igual costo de compra–. Por eso, cuanto mayor sea el componente impositivo mayor será la competencia desleal a la que estarán sometidos los comerciantes formales. El siguiente análisis estima cuánto menor es el precio de venta al público que un comerciante informal puede ofrecer para obtener la misma ganancia que obtiene un comerciante cumplidor, con la estructura de costos supuesta anteriormente. Se utiliza para el cálculo el caso B, contribuyente persona física. Para el promedio del país, un comerciante totalmente informal puede vender a precios 29,69% inferiores para obtener la misma rentabilidad que el comerciante formal –suponiendo igual costo de compra. Este porcentaje, que puede ser utilizado como un adecuado estimador de la competencia desleal que afronta el comerciante formal, es menor para la provincia de Neuquén (28,93%) y máximo para la de Entre Ríos (30,56%). Si además, se considera que el comercio ilegal, al hacerlo en negro, compra como mínimo a un precio 21% menor por la no inclusión del IVA, esto significa que podría vender como mínimo un 50% más barato que un comerciante legal –a igual nivel de ganancia.

19

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

Indicador de Competencia Desleal Entre Ríos

Misiones Santa Fe Tierra del fuego Rio Negro Buenos Aires

Mendoza

26,03%

Tucumán

26,02%

Santiago del Estero San Juan Catamarca

2012 2011

30,07% 28,42% 25,99% 30,04% 28,82% 27,96% 29,97% 28,91% 26,06%

Chaco Salta

2013

30,56% 29,15% 28,13% 30,49% 29,08% 26,87% 30,10% 29,02% 26,99% 30,08% 28,28% 25,96%

Córdoba Formosa

Santa Cruz

29,68% 29,34% 27,49% 29,64% 28,35% 25,92% 29,55% 28,46% 25,43% 25,70%

CABA

25,71%

Chubut

Corrientes La Pampa San Luis Neuquén

29,78% 28,69%

29,78% 28,69% 26,47% 29,71% 28,70% 26,41% 29,71% 28,63% 26,02% 29,71% 28,63% 26,43%

Jujuy La Rioja

29,94% 28,53%

29,43% 28,24% 29,39% 28,29%

29,32% 28,04% 25,74% 29,26% 28,50% 25,40% 29,26% 28,17% 25,68% 29,13% 28,01% 25,65% 29,06% 27,26% 26,53% 28,93% 27,74% 24,92%

20

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

EVOLUCIÓN 2011-2013

En el 2013 se ha registrado un aumento generalizado en el costo impositivo que deben soportar los comercios legalmente establecidos del país respecto al año previo. Este hecho resulta trascendental si se toma en cuenta que, como ya se ha dicho, a mayor costo impositivo, mayor será la competencia desleal a la que potencialmente estarán sometidos por parte del comercio ilegal –ya que este último, gracias a la evasión, podrá ofrecer precios de venta al público menores y alcanzar idénticos niveles de ganancia–. Comparando los promedios obtenidos los dos años, se observa que para todas las situaciones y niveles de ventas considerados, el sector comercio deberá destinar una proporción superior a la de 2012 para cumplir con sus obligaciones tributarias y previsionales. En concreto, el indicador de competencia desleal creció 1,19 puntos porcentuales respecto al estimado un año atrás, mientras que si se lo compara con 2011, la diferencia alcanza 3,46 puntos. Para el caso de un comerciante contribuyente unipersonal inscripto en IVA, el costo impositivo en relación a la facturación neta se incrementó 1,22 puntos porcentuales respecto a 2012 y 1,96 puntos a 2011 en el caso A (facturación de $ 600.000), en tanto que para el caso B (facturación de $ 1.250.000) el aumento fue de 1,2 y 3,47 puntos porcentuales. Tomando como parámetro el margen bruto, la carga efectiva sufrió un alza de 3,66 y 5,86 puntos en el caso A, comparado a uno y dos años atrás, respectivamente, mientras que en el B alcanzó, entre los mismos períodos, subas de 3,6 y 10,4 puntos. Por último, incorporando el IVA a la facturación, el avance respecto a 2012 fue de 1,01 y 0,94 puntos porcentuales, según sea caso A o B, respectivamente, en tanto que tomando 2011 los aumentos llegan a 1,61 y 2,58 puntos porcentuales. Para un comerciante organizado como SRL o SA, la carga respecto a la facturación neta trepó 0,3 y 0,94 puntos porcentuales en relación a 2012 y 2011 en el caso A, mientras que en la situacion B se detectó un avance de 0,29 y de 0,43 puntos 21

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

porcentuales, comparado a los mismos años. En el caso C (facturación de $41.000.000) el aumento respecto al año previo fue de 0,4 puntos porcentuales.

Realizando el mismo análisis pero con relación al margen bruto, este año los comercios deberán destinar 0,9, 0,88 y 1,22 puntos porcentuales más que en 2012, según sea caso A, B o C, respectivamente. Observando las diferencias con 2011, se tiene que, en el caso A, el aumento se extiende hasta 2,82 puntos, mientras que para el caso B lo hace en 1,29 puntos porcentuales. Por otra parte, si se incorpora el IVA, el porcentaje de facturación efectiva que se tendrá que emplear para el cumplimiento de la legislación impositiva será 0,25 puntos porcentuales mayor a 2012 para el caso A, mientras que en las situaciones B y C el crecimiento alcanza 0,2 y 0,3 puntos. Respecto a 2011, se detectaron ascensos de 0,78 puntos en el caso A y de 0,08 puntos en el B.

22

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

Promedio - Carga Efectiva sobre Facturación Neta (IVA excluido) (Porcentaje)

Promedio (Porcentaje) 29,69

35 30 25 20 15 10 5 0

28,50 26,23

13,21

14 12 10

2,99

0,50

2,91

3,12

0,43

Alicuota de Ingresos Brutos

Carga Tributaria Municipal promedio

3,51 0,52

Alicuota de Ingresos Brutos (Comercios grandes)

2011

Indicador de competencia desleal

2 0 Pers. Fís. (A) Pers. Jur. (A) Pers. Fís. (B) Pers. Jur. (B) Pers. Jur. (C) 2011

44,74 43,52

39,62 37,02 33,42

17,48 17,23

20 18 16 14

26,62

24,20 22

2012

2013

Promedio - Carga Efectiva sobre Facturación Efectiva (Porcentaje)

44,26 43,38 42,97

27,86

11,14 8,87

8,07 7,33

2013

42,44 41,54

9,29

12,34

4

Promedio - Carga Efectiva sobre Margen Bruto (Porcentaje)

50 45 40 35 30 25 20 15 10 5 0

13,85

14,91 14,51

6

Carga Tributaria Municipal promedio (Comercios grandes)

2012

8

0,56

14,75 14,46 14,32

14,15

16

17,62 15,70

16,7 13,46 12,45 11,85

17,70 17,50

17,86 17,56

14,76 13,12

12 10 8 6 4 2

Pers. Fís. (A)

Pers. Jur. (A) 2011

Pers. Fís. (B) 2012

Pers. Jur. (B) 2013

Pers. Jur. (C)

0 Pers. Fís. (A) Pers. Jur. (A) Pers. Fís. (B) Pers. Jur. (B) Pers. Jur. (C) 2011

2012

2013

23

El Costo Impositivo para el Sector Comercio en Argentina

Economista Jefe Gabriel Molteni [email protected] +5411-5300-9028

Analistas Gonzalo de León [email protected] +5411-5300-9077 Alejo Krasnopol [email protected] +5411-5300-9000 Cecilia Santos [email protected] +5411-5300-9079

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