San José Obrero Asociación Cooperativa de Responsabilidad Limitada Registrada en SUNACOOP – Economía Comunal N°. ACSM-118 Integrada a la Central Cooperativa Falcón – CECOFAL RIF.J-08501656-2 __________________________________________________________________

“REGLAMENTO DE COMISIONES”

Mayo 2011 _____________________________________________________________________________________ Sede Institucional: Calle Zamora N°. 15-110 – Edificio San José Obrero Teléfonos – Fax: (0269) 2453023 – 2470046 – 2451743 Punto Fijo – Estado Falcón, E mail: [email protected] www.sanjoséobrero.coop.

San José Obrero Asociación Cooperativa de Responsabilidad Limitada Registrada en SUNACOOP – Economía Comunal N°. ACSM-118 Integrada a la Central Cooperativa Falcón – CECOFAL RIF.J-08501656-2 __________________________________________________________________

COOPERATIVA SAN JOSÉ OBRERO REGLAMENTO DE COMISIONES CAPITULO 1 GENERALIDADES Artículo 1. El presente reglamento tiene como propósito establecer las bases para la organización, planificación, consolidación y evaluación de las comisiones de trabajo asociado cooperativo. Artículo 2. Las comisiones son equipos de trabajo asociado, conformados por los asociados y asociadas para diagnosticar, estudiar, analizar, evaluar y dar seguimiento de los procesos de la operatividad de la cooperativa, Artículo 3. Las propuestas que las comisiones presenten deberán sujetarse a las disposiciones de la instancia que solicita la creación de la(s) comisiones y su soporte es el basamento legal como es la Ley Especial de Asociaciones Cooperativa, los Estatutos y Reglamentos internos de la cooperativa San José Obrero. CAPITULO 2 De la Naturaleza de las Comisiones Artículo 4. De conformidad la(s) comisione(s) podrán ser permanentes o temporales. Artículo 5. De las comisiones permanentes serán aquellas cuyo trabajo asociado se refiere al quehacer operativo y continuo de la cooperativa. Será integrada por los asociados y asociadas de la(s) instancia(s) y esta(s) finalizara cuando culmine su gestión. Artículo 6. De las comisiones temporales son aquellas cuya funciones estén prevista para la consecución de un proyecto determinado, un evento definido o cuando así lo determine la(s) instancia(s) o la junta de Instancias, las cuales podrán participar todos los asociados. Artículo 7. Para que la comisiones sean productivas es necesario establecer fechas precisas para el inicio, el desarrollo y el cierre de la comisión del trabajo asociado encomendado, si se hace necesario extender la duración del tiempo de la comisión, se llevará al seno de la(s) instancias) para el análisis respectivo.

_____________________________________________________________________________________ Sede Institucional: Calle Zamora N°. 15-110 – Edificio San José Obrero Teléfonos – Fax: (0269) 2453023 – 2470046 – 2451743 Punto Fijo – Estado Falcón, E mail: [email protected] www.sanjoséobrero.coop.

San José Obrero Asociación Cooperativa de Responsabilidad Limitada Registrada en SUNACOOP – Economía Comunal N°. ACSM-118 Integrada a la Central Cooperativa Falcón – CECOFAL RIF.J-08501656-2 __________________________________________________________________

CAPITULO 3 Creación de las Comisiones Artículo 8. Para la creación de una(s) comisión (es), se hará de acuerdo al quehacer de la cooperativa, las asambleas, las instancias y sectores cooperativos serán los encargados de presentar y aprobar la creación de las comisiones Artículo 9. Las comisiones se crearan de acuerdo a las limitaciones establecidas en el artículo 41 del estatuto y además según la complejidad del tema a tratar. Se deberán inhibir de participar aquellos asociados y asociadas que tengan lazos de afinidad, consanguinidad, afectivos o de intereses. APITULO 4 De la Organización Artículo 10. Podrán formar parte de las comisiones todos(as) los(as) asociados(as) de la cooperativa para que la democracia y la participación sean acorde a los valores y principios cooperativos. Además debe cumplir con recibir una constante formación cooperativa acorde a los artículos 21 de la ley especial de cooperativa y el artículo 5 del estatuto. Artículo 11. Las comisiones podrán solicitar asesorías internas o externas siempre y cuando den aportes y propuestas para el mejor funcionamiento de la misma. Artículo 12. Toda comisión podrá estar integrada por un mínimo de tres (3) y un máximo de 7 asociados. Parágrafo Único: en casos excepcionales las comisiones se podrán conformar por más asociados participantes de acuerdo a l naturaleza de la misma. . Artículo 13. Los integrantes de las comisiones solo podrán pertenecer hasta dos (2) comisiones. Artículo 14. Los integrantes de las comisiones conformadas tendrán derecho a voz y voto y los invitados o colaboradores sólo tendrán derecho a voz. Artículo 15. Los integrantes de la(s) comisión(es) deberán participar activamente en las sesiones, con el fin de aportar ideas, experiencias y conocimientos para la toma de decisiones, y en caso de no estar presente podrán realizar de forma escrita su aporte. _____________________________________________________________________________________ Sede Institucional: Calle Zamora N°. 15-110 – Edificio San José Obrero Teléfonos – Fax: (0269) 2453023 – 2470046 – 2451743 Punto Fijo – Estado Falcón, E mail: [email protected] www.sanjoséobrero.coop.

San José Obrero Asociación Cooperativa de Responsabilidad Limitada Registrada en SUNACOOP – Economía Comunal N°. ACSM-118 Integrada a la Central Cooperativa Falcón – CECOFAL RIF.J-08501656-2 __________________________________________________________________

Artículo 16. Las comisiones estarán organizadas para su dirección de reuniones por un coordinador (a) y un relator (a) asociado, los cuales serán elegidos democráticamente en su seno. Artículo 17. El Coordinador (a) tendrá como función principal dirigir el trabajo asociado de la comisión y presentará las propuestas o conclusiones del estudio, análisis de la situación ante la instancia respectiva. Artículo 18. El relator(a) apoyará directamente al coordinador (a), llevando la asistencia, elaborando minutas de cada sesión de trabajo asociado, así como la redacción de los acuerdos y el informe final con las firmas de los integrantes, siendo presentado en la instancia respectiva. Artículo 19. Los acuerdos internos de las comisiones se tomará por consenso, si no hay consenso se analizaran de nuevo los casos. Hasta que haya una respuesta clara, objetiva y colectiva.

CAPITULO 5 De la Sesiones del Trabajo Asociado de las Comisiones Artículo 20. Para que la comisión sesione, tiene que asistir la mitad más uno de sus integrantes. Artículo 21. Las comisiones sesionaran una vez por semana o cuando lo requieran las mismas. Artículo 22. Los lugares, fechas y horarios de sesionen de las comisiones, así como otro mecanismo alterno para el trabajo asociado, se decidirá en común acuerdo entre sus integrantes y los medios a su alcance. De igual forma se pondrán de acuerdo para la convocatoria, además de llevar un control de asistencia y minuta de cada reunión CAPITULO 6 De la Presentación del Resultado del Trabajo Asociado de las Comisiones. Artículo 23. La instancia respectiva aprobará o no, el trabajo presentado por la comisión, asimismo, determinará el cese de sus funciones. Parágrafo Único: las comisiones que tienen competencia para toma de decisiones, son aquellas cuyo trabajo se fundamentan en reglamentos internos previamente aprobados.. _____________________________________________________________________________________ Sede Institucional: Calle Zamora N°. 15-110 – Edificio San José Obrero Teléfonos – Fax: (0269) 2453023 – 2470046 – 2451743 Punto Fijo – Estado Falcón, E mail: [email protected] www.sanjoséobrero.coop.

San José Obrero Asociación Cooperativa de Responsabilidad Limitada Registrada en SUNACOOP – Economía Comunal N°. ACSM-118 Integrada a la Central Cooperativa Falcón – CECOFAL RIF.J-08501656-2 __________________________________________________________________

Disposiciones Finales Lo no previsto en este reglamento, será presentado en Junta de Instancia para su respectiva deliberación y aprobación .

Este reglamento fue aprobado en Junta de Instancia en fecha 11 de Mayo de 2011, entrará en vigencia el 01 de Junio de 2011.

_____________________________________________________________________________________ Sede Institucional: Calle Zamora N°. 15-110 – Edificio San José Obrero Teléfonos – Fax: (0269) 2453023 – 2470046 – 2451743 Punto Fijo – Estado Falcón, E mail: [email protected] www.sanjoséobrero.coop.