Manual de Productos 2016

Manual de Productos 2016 Índice interactivo: Haga click en la ficha que desea visualizar. Seguros Corporativos Riesgos del Trabajo (ART) Responsabili...
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Manual de Productos 2016 Índice interactivo: Haga click en la ficha que desea visualizar.

Seguros Corporativos Riesgos del Trabajo (ART) Responsabilidad Civil Patronal Accidentes Personales Empresas Seguros de Vida Colectivo Peón Rural Todo Riesgo Construcción y Montaje Equipos y Maquinarias Todo Riesgo Operativo Responsabilidad Civil General D&O Directores y Gerentes Pymes D&O Cooperativas D&O Consejo de Propietarios E&O Administrador + protegido RC Seguros para contratistas (OCIP) Seguros Comerciales Cauciones Comercio Consorcio Transportes de Cereales Acopiadores + protegidos Seguros Personales Automotores Hogar Embarcaciones de Placer Seguros de Personas Aurum Previum

www.berkley.com.ar

ART

Riesgos del Trabajo

Servicios desarrollados en nuestro sitio

Cobertura: Accidentes de trabajo: Cualquier acontecimiento súbito y violento que ocurra por el hecho o en ocasión del trabajo con el fin de reparar los daños ocasionados a las personas por accidentes y/o enfermedades profesionales.



Visualización online de información de contratos (alícuota vigente, domicilio, etc.)



Impresión o generación de archivo de informes de deuda, estados de cuenta y detalles de las últimas declaraciones juradas presentadas en la AFIP.



Impresión o generación en forma automática de formularios de pago AFIP.



Impresión de certificados de cobertura, cláusulas de no repetición, nóminas de afiliados y frentes de póliza.



Alta o baja en tiempo real de un empleado e impresión de nómina modificada.



Consulta de la Red de Prestadores Médicos.



Consulta de los siniestros denunciados.



Realización de pedidos y reclamos.



Obtención de formularios útiles como: denuncia de accidente, reintegro de ILT, chequeras de atención médica, entre otros.

Accidente in itinere Cobertura de cualquier acontecimiento súbito y violento que implique un daño físico para la persona ocurrido en el trayecto entre el lugar de trabajo y domicilio del trabajador. Enfermedades profesionales Toda enfermedad que esté incluida en la Ley de Riesgos del Trabajo Nro. 24.557, Decreto 658/96 y modificatorias.

Servicios de Berkley International ART

FA2602016

Exclusiva Sucursal Virtual www.artonline.berkley.com.ar destinada a: •

Productores Asesores de Seguros



Clientes



Administradores de Consorcios



Contadores Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

www.berkley.com.ar

SEGUROS CORPORATIVOS - Responsabilidad Civil Patronal

Berkley Empleador + Protegido En Berkley International ponemos al alcance de nuestros Productores las mejores soluciones para la protección de las personas que trabajan en las empresas de sus clientes. Nuestro nuevo producto de RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL está orientado a proteger al empleador frente a la eliminación de la “doble vía” (Ley 26.773). En caso que el accidentado opte por no aceptar la indemnización de la ART podrá reclamar directamente al empleador por una suma mayor. De esta manera el empleador queda expuesto a un riesgo no cubierto por el contrato de ART, ya que ésta no podrá ser citada en garantía, quedando exceptuada de realizar cualquier aporte adicional al que establece la ley.

Límites de la Cobertura

FA2602016

RC Patronal - Límites de Sumas Aseguradas Rango Cápitas

Trabajador

Evento

Anual

de 1 a 5

$ 750.000

$ 1.500.000

$ 2.250.000

de 6 a 25

$ 750.000

$ 2.000.000

$ 3.000.000

de 26 a 50

$ 750.000

$ 2.500.000

$ 3.750.000

de 51 a 100

$ 750.000

$ 3.000.000

$ 4.500.000

> 100

$ 750.000

$ 3.500.000

$ 5.250.000

Para mayor información: contactarse con su Unidad Regional o a Romina Gudavicius: [email protected] Giselle Wuille - Bille: [email protected]

SEGUROS CORPORATIVOS - Responsabilidad Civil Patronal

1. SUMA MÁXIMA POR TRABAJADOR:



ALTAS Y BAJAS

La indemnización por trabajador quedará estipulada en

Las altas y bajas de personal se regirán por los si-

las Condiciones Particulares de póliza, independiente-

guientes procedimientos:

mente de la cantidad de derechohabientes o legitimados

ALTAS: el asegurado deberá agregar en la nómina a

que pudieran existir para el cobro previsto en la Ley Nº

todo personal que incorpore bajo su dependencia con

26.773 por fallecimiento.

cuarenta y ocho (48) horas de anticipación al inicio

En caso que un evento cubierto afecte a más de un tra-

del contrato de trabajo, con certificado de aptitud

bajador incluido dentro de la nómina de personal asegu-

psico-física.

rado, la suma asegurada a indemnizar nunca podrá

BAJAS: el asegurado deberá comunicar fehaciente-

superar el límite máximo previsto en dichas condiciones

mente al asegurador, dentro de los quince (15) días

particulares de póliza.

posteriores al mes respectivo, el detalle de las bajas producidas, indicando en cada caso la fecha y motivo

2. CONTINGENCIAS LABORALES ALCANZADAS POR LA COBERTURA

del distracto que le diera origen. La nómina de personal y sus actualizaciones deberán

El objeto de la cobertura queda sujeto exclusivamente a

tener respaldo documental en el libro requerido por el ar-

la Responsabilidad Civil que se derive de las contingen-

tículo 52 de la Ley Nº 20744.

cias previstas en el artículo 4 de la Ley 26.773 el cual determina que de modo excluyente los damnificados

Sólo quedará cubierta la responsabilidad del asegurado

podrán optar entre las indemnizaciones previstas en el

por las contingencias previstas que afecten a sus traba-

régimen de riesgos del trabajo, o aquellas que pudieran

jadores en relación de dependencia declarados en

corresponderle con fundamento a otros sistemas de res-

tiempo y forma ante el Registro de Altas y Bajas en Ma-

ponsabilidad.

teria de la Seguridad Social y el Sistema de Cálculo de las Obligaciones de la Seguridad Social (SICOSS), según

No será reconocida con carácter de enfermedad profe-

corresponda.

sional a la que sea consecuencia inmediata, o mediata previsible, de factores ajenos al trabajo o atribuibles al

El asegurado deberá comprometerse a facilitar a los ins-

trabajador, tales como la predisposición a contraer de-

pectores o liquidadores de Berkley International, el ac-

terminada dolencia.

ceso a dicha documentación y demás registros contables, con el objeto de verificar la inclusión de per-

3. TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA ALCANZADOS POR LA COBERTURA. NÓMINA DEL PERSONAL

sonal a todos los efectos establecidos en la póliza.

Exclusiones de la Cobertura

Se cubre la responsabilidad del asegurado por las contingencias laborales previstas, solo en el caso de aquellos trabajadores en relación de dependencia que hayan sido declarados por el asegurado en la nómina que se detalla en las condiciones particulares de la póliza o aquellos que

NO SE ENCUENTRA CUBIERTA LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL ASEGURADO DERIVADA DE: -

consten en los endosos que se emitan con posteridad.

Para mayor información: contactarse con su Unidad Regional o a Romina Gudavicius: [email protected] Giselle Wuille - Bille: [email protected]

Contingencias no previstas de acuerdo a los términos y alcances detallados en el punto 2 del presente descriptivo de cobertura.

SEGUROS CORPORATIVOS - Responsabilidad Civil Patronal

-

Daños sufridos por trabajadores que, al momento del hecho generador, no se encontraren nominados en la póliza, de acuerdo a los alcances detallados en el punto 2 del presente descriptivo de cobertura.

-

Contingencias sufridas por personal que trabaje por cuenta de contratistas del asegurado, salvo que en las Condiciones Particulares de póliza se deje constancia de su inclusión.

-

Por hechos de lock-out cuando el asegurado sea partícipe deliberado en ellos.

FRANQUICIA MÍNIMA Y MÓVIL El asegurado participará en cada siniestro con una franquicia o descubierto a su cargo que nunca será inferior al cinco por ciento (5%) de la indemnización a cargo de

Los eventos sufridos por personal de empresas de servicios eventuales que se desempeñen en el establecimiento del asegurado.

Berkley International de acuerdo a los términos que se

Las enfermedades que, aún cuando se manifiesten o exterioricen durante la vigencia del contrato de seguro, hayan tenido su origen en fecha anterior a su inicio de vigencia, salvo que al momento de la contratación se comuniquen a Berkley International y se deje constancia de las secuelas incapacitantes en las Condiciones Particulares de la póliza.

un mínimo del uno por ciento (1%) y un máximo del

El suministro de productos o alimentos ajenos al establecimiento.

dente o enfermedad profesional se hubiere producido

-

Animales ajenos al establecimiento.

asegurado de la normativa de Higiene y Seguridad en el

-

Hechos de huelga o tumulto popular, cuando el trabajador sea partícipe deliberado en ellos.

-

Daños producidos por dolo del trabajador o fuerza mayor extraña al trabajo.

-

-

-

-

-

-

establecerán en póliza, que se acuerde o se determine en instancia judicial o administrativa correspondiente, con cinco por ciento (5%) de la suma asegurada conforme lo estipulado en las Condiciones Particulares del contrato. Dicha franquicia se incrementará al doble de lo acordado en las Condiciones Particulares en caso de que el accicomo consecuencia de incumplimientos por parte del trabajo. En ningún caso podrá ser cubierto por una póliza complementaria.

COSTAS, GASTOS E INTERESES

Dolo o culpa grave del asegurado y/o sus funcionarios o directivos cuando aquél fuera una persona jurídica.

Berkley International podrá tomar a su cargo como único

Caso fortuito o fuerza mayor no imputable al asegurado.

costas judiciales en causa civil y de los gastos extrajudi-

Accidentes ocurridos por infracción a las leyes y reglamentos sobre el régimen de trabajo de mujeres y menores.

cero (artículo 110 de la Ley de Seguros), dejándose

Daños sufridos por el cónyuge, o conviviente en aparente matrimonio, del asegurado. Tampoco se encuentran cubiertos los siniestros sufridos por los parientes del asegurado hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad.

perar la menor de las sumas siguientes:

Por hechos de guerra civil o internacional, guerrilla, rebelión, vandalismo, sedición o motín y terrorismo.

El excedente quedará a cargo del asegurado.

accesorio de su obligación contractual el pago de las ciales en que se incurra para resistir la pretensión del terestablecidos que, en ningún caso, cualquiera fuera el resultado del litigio, el monto de dicho accesorio podrá su-

a) treinta por ciento (30%) de la indemnización a cargo de esta póliza. b) treinta por ciento (30%) de la suma asegurada.

Para mayor información: contactarse con su Unidad Regional o a Romina Gudavicius: [email protected] Giselle Wuille - Bille: [email protected]

SEGUROS PERSONALES

Seguro de Accidentes Personales Empresas

El aumento de trabajadores independientes no amparados por la ley de ART, genera oportunidades concretas de coberturas a ofrecerles por parte del Productor

Datos para cotizar: •

Actividad de la persona o del empleador (según la alternativa a que se refiera).



Cantidad de personas a incorporar a la cobertura.



Cobertura y suma asegurada por cada una de ellas.



Datos del tomador del seguro (Razón Social, Dirección, Condiciones Fiscales, etc.).



Vigencia del riesgo.

Asesor y/o Broker. Además, existen requerimientos de las empresas para que los contratistas tengan seguros en caso de accidentes y algo similar ocurre con los asociados a cooperativas, que tampoco se encuentran cubiertos por la ley de ART, lo que provoca la necesidad de coberturas asociadas a Accidentes Personales. Por otra parte, las coberturas de AP Colectivo son un complemento ideal para ampliar la protección del patrimonio de las empresas en caso de accidentes de empleados en relación de dependencia.

En Berkley International seguros sabemos que el activo más importante con que cuentan los profesiona-

Este tipo de seguros apunta a los riesgos por accidente

les es su trabajo.

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que una persona pudiera sufrir con la posibilidad de incluir otros adicionales:

Potenciales Asegurados, Actividades



Muerte por accidente.

o Profesiones



Invalidez total y/o parcial permanente por accidente.



Asistencia médico farmacéutica.



Renta diaria por internación.

Abogados I Psicólogos I Contadores I Arquitectos Ingenieros I Bioquímicos I Diseñadores

Para mayor información contactarse con: - Buenos Aires: Bernardo Salduna: [email protected] / Tel: 4378-7976 - Resto del país: con el responsable de su Unidad Regional

Otras Profesiones

SEGUROS CORPORATIVOS

Seguro de Vida Colectivo

La gran mayoría de las empresas poseen contratado únicamente el seguro de Vida Obligatorio dispuesto por el decreto 1567/74. Dicha cobertura ampara al empleado por el riesgo de muerte únicamente y por un capital de $20.000 (pesos nueve mil). Por desconocimiento o falta

Beneficios de la comercialización de Seguros de Vida Colectivo •

sobre la vigencia de la póliza.

de asesoramiento, esas mismas empresas no cubren las indemnizaciones determinadas en la Ley de Contrato de



Trabajo y Convenios Colectivos de Trabajo. En Berkley International Seguros ponemos a disposición de nuestros productores y brokers una gran variedad de coberturas de seguros de Vida Colectivo diseñadas a la medida de las necesidades de las empre-

Genera una comisión comisión mensual mensualpermanente permanente

Permite un ingreso ingreso adicional adicionalaalalaorganización organización para absorber gastos fijos.



fácil administración. Es de fácil administración.



Son coberturas de primas primasaccesibles accesiblespara para todos los niveles socioeconómicos.

sas, con todo el respaldo y asesoramiento de nuestros especialistas.

Potenciales mercados de destino Grandes Empresas I Pymes I Compañías Financieras y Bancos I Asociaciones de Profesionales

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Sindicatos I Entidades Gubernamentales I Empresas de Medicina Prepaga I Otros Rubros

Para mayor información contactarse con: - Buenos Aires: Bernardo Salduna: [email protected] / Tel: 4378-7976 - Resto del país: con el responsable de su Unidad Regional

SEGUROS CORPORATIVOS

Tipo de Seguro

Objeto del Seguro

Contratante

Cobertura

Capital Asegurado

Seguro Obligatorio Decreto 1568/74

Obligación de contratación establecida por Decreto 1568/74 para cubrir la muerte del trabajador las 24 hs.

Muerte por cualquier causa

$ 20.000.-

Convenio Mercantil CCT N° 130/75

Obligación de Contratación establecida por Convenios Colectivos de Trabajo

Muerte e Incapacidad Total y Permanente por enfermedad o accidente

$ 157.069.-

Convenio rural

Obligación de Contratación establecida por Convenios Colectivos de Trabajo

Muerte e Incapacidad Total y Permanente por enfermedad o accidente

$ 9.000.-

Ley de Contrato de Trabajo (Nro. 21.297)

Responsabilidad del empleador de abonar la indemnización prevista en la Ley de Contrato de Trabajo.

Muerte e Incapacidad Total y Permanente por enfermedad y/o accidente

Muerte: Medio sueldo por año de antigüedad. Incapacidad: 1 sueldo por año de antigüedad.

Seguro Optativo

Brinda la posibilidad a empleados de la empresa a contratar coberturas más completas y económicas.

Cobertura a medida de las necesidades del Asegurado.

Capital Uniforme, Múltiplo de Sueldos y Capital Variable.

Empleador

Empleados / Empleador

Coberturas adicionales al seguro de vida colectivo •

Invalidez total por enfermedad y/o accidente.



Indemnización adicional por muerte accidental.



Pérdidas físicas parciales por accidente.



Enfermedades graves.



Enfermedades Terminales.



Hijo Póstumo.

Requisitos de Asegurabilidad: •

Servicio Activo.



Enfermedades preexistentes por 12 meses.



Declaración de salud.



Exámen médico.

Para mayor información contactarse con: - Buenos Aires: Bernardo Salduna: [email protected] / Tel: 4378-7976 - Resto del país: con el responsable de su Unidad Regional

SEGUROS CORPORATIVOS

Datos necesarios para cotizar:

SEGUROS DE ACCIDENTES



Fechas de nacimiento.



Fechas de ingreso al empleo y sueldo (en caso de Ley de contrato de trabajo).



Sueldo (en caso que la suma asegurada se determine en base a un múltiplo de sueldos).



Capitales (en caso que los mismos sean uniformes).

PERSONALES

SEGURO DE VIDA

Este tipo de coberturas apunta al riesgo de muerte únicamente por accidente que una persona pudiera sufrir con la posibilidad de incluir otros adicionales como ser: •

Invalidez total y/o parcial por accidente



Asistencia Médico Farmacéutica



Renta diaria por internación

El aumento de trabajadores independientes no ampara-

POR SALDO DEUDOR

dos por la ley de ART, más los requerimientos de las em-

Este seguro permite a la ENTIDAD FINANCIERA evitar el perjuicio que puede producir la falta de pago de una deuda como consecuencia del fallecimiento del cliente a la vez que le brinda cierta tranquilidad a su familia al saber que no deberán hacerse cargo de dicho compro-

presas para que sus contratistas tengan coberturas en caso de accidentes, los asociados a cooperativas, en cuyo caso tampoco se encuentran cubiertos por la ley de ART, generan oportunidades concretas de negocios para el Productor Asesor y Broker.

miso. Los datos para cotizar son los siguientes:

SEGURO DE VIDA OPTATIVO Mediante la contratación de un seguro de vida colectivo, la empresa o institución puede ofrecer a todo su perso-



Cantidad de asegurados



Suma Asegurada y coberturas



Actividad

nal, afiliados, clientes, etc, un beneficio adicional, eligiendo el método de selección para los montos y las cobert uras de acuerdo a sus necesidades.

Potenciales Asegurados - Actividades o Profesiones Abogados I Psicólogos I Contadores I Arquitectos I Ingenieros I Bioquímicos I Diseñadores Otras Profesiones

Para mayor información contactarse con: - Buenos Aires: Bernardo Salduna: [email protected] / Tel: 4378-7976 - Resto del país: con el responsable de su Unidad Regional

SEGUROS CORPORATIVOS

Seguro de Vida para Peón Rural En Berkley International Seguros ponemos a disposición de nuestros productores un nuevo producto: Seguros de Vida para Peón Rural, de contratación obligatoria por parte del empleador, para la cobertura de empleados rurales permanentes y jubilados, de acuerdo a lo establecido en la ley 16.600. Con esta cobertura usted podrá complementar aquellos contratos que tiene actualmente vigentes en ART o utilizarla como herramienta adicional para la comercialización de contratos nuevos y generar de esta manera excelentes ingresos adicionales en su cartera.

Alcances •

Tomador: Empleador



Asegurado: Empleados rurales permanentes y jubilados de acuerdo a lo establecido en ley 16.600



Requisito de asegurabilidad: ser trabajador rural de acuerdo a lo establecido en la ley 16.600



Capitales complementarios: establecidos por Berkley International Argentina.

Coberturas Muerte e Incapacidad Total y Permanente. La cobertura de Incapacidad es sustitutiva de la de muerte.

Capital Asegurado El capital asegurado es de $9.000.-, modificado por la autoridad de aplicación. El tomador podrá optar por cu-

Beneficios de la comercialización de Seguros de Vida para Peón Rural •

Genera una comisión mensual permanente sobre la vigencia de la póliza.



Permite un ingreso adicional a la organización para absorber gastos fijos.



Es de fácil administración.



Coberturas de costos accesibles.



Emisión de Pólizas en tiempo real através de nuestro sistema BiNet.



Generación y posibilidad de impresión de certificados de cobertura, copias de póliza y cupones de pago en tiempo real a través de nuestro sistema BiNet.

brir un capital adicional.

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Vigencia anual Para mayor información contactarse con: Buenos Aires: Bernardo Salduna: [email protected] / Tel: 4378-7976 Resto del País: Consulte con las oficinas de nuestras Unidades Regionales.

SEGUROS CORPORATIVOS

Prima Establecida por la Compañía. Sólo puede ser modificada

Incorporaciones posteriores Primer día del mes siguiente al inicio de actividades.

a la renovación y con un aviso de 30 días de anticipación. Obligación de pago de prima: La prima correspondiente

Cláusula de Invalidez

al capital obligatorio queda a cargo del empleador mientras que la del capital adicional quedará a cargo del tra-

La de la compañía.

bajador.

Jubilados Beneficiarios De libre designación.

Opción de continuidad en la misma póliza con posibilidad de reducir capital. Sólo para cobertura de muerte.

Datos para cotizar:

Exclusiones No existen exclusiones para el capital obligatorio, y serán



Cantidad de personas a incorporar a la cobertura.

de 1 año por suicidio para el capital optativo.



Cobertura y suma asegurada adicionales en caso de de optar por capitales complementarios.

Carencia



(Razón Social, Dirección, Condiciones Fiscales, etc.).

Hacia el inicio de actividades el empleador tiene 30 días para contratar el seguro debiendo coincidir el inicio de vi-

Datos del tomador del seguro



Vigencia del riesgo.

gencia con el de actividades. Si contratara después de los 30 días, el inicio de cobertura es el trigésimo día posterior al inicio de vigencia.inicio de actividades.

Para mayor información contactarse con: Buenos Aires: Bernardo Salduna: [email protected] / Tel: 4378-7976 Resto del País: Consulte con las oficinas de nuestras Unidades Regionales.

SEGUROS CORPORATIVOS

Todo Riesgo Construcción y Montaje

Estructura de Cobertura Destinadas a amparar los riesgos de daños o pérdidas imprevisibles o accidentales, derivados de trabajos de cons-

-

-

trucción e ingeniería civil, nuestras pólizas de Todo Riesgo Construcción y Montaje solucionan las necesidades de

Impericia, descuido o actos malintencionados de obreros y/o empleados del propietario, socio comitente, contratistas, responsables y sub-contratistas. Robo. Daños materiales que sufran los bienes asegurados causados por cualquier causa no específicamente excluida en póliza.

cobertura de los distintos intereses de las partes intervinientes en una obra y/o montaje: Propietarios y socios co-

Todo Riesgo de Montaje

mitentes, contratistas, responsables y sub-contratistas. EAR (Engineering All Risk) - Cobertura Básica:

Todo Riesgo Construcción CAR (Construction All Risk) - Cobertura Básica: -

-

Incendio, rayo, explosión. Ciclón, huracán, tempestad, vientos, inundación, desbordamiento y alza del nivel de aguas, enfangamiento, hundimiento de tierra y desprendimiento de tierra o de rocas. Impacto de vehículos y/o aeronaves. Terremoto, temblor, maremoto y erupción volcánica. Errores de construcción. Otros accidentes imprevistos.

Se adicionan las siguientes coberturas a las mencionadas para Todo Riesgo de Construcción: -

Errores en el montaje. Cortocircuitos, arco voltaico. Caída de partes del objeto montado.

Coberturas adicionales (suscripción condicionada): - Responsabilidad civil por daños a bienes. - Responsabilidad civil por daños a personas (lesiones y/o muerte). - Equipos y maquinarias del contratista. - Obradores. - Propiedad preexistente y/o adyacente.

Algunas de nuestras posibilidades de cobertura. Consulte por otras opciones. Construcciones de Edificios, Viviendas • Construcción / Montaje de Plantas Industriales • Silos • Montaje de Centrales Eléctricas • Montaje de Tendidos de Líneas de Alta Tensión • Construcciones / Repavimentaciones

FA2602016

Viales • Construcciones en Ampliación de Subterráneos • Construcciones / Tendidos Cloacales, Agua, Gas, Eléctricos

Para mayor información contactarse con: - Buenos Aires: Máximo García Conde: [email protected] / Tel.: 011-4378-8112 Diego Comolli: [email protected] / Tel. : 011 4378 8114 - Resto del país: con el responsable de su Unidad Regional

SEGUROS CORPORATIVOS

Equipos y Maquinarias de Contratistas

Estructura de Cobertura:

a) Básica -

Coberturas destinadas a amparar los equipos y maquinaria electromecánica, hidráulica y/o móvil, de acciona-

dente. b) Todo Riesgo

miento motriz o de instalación provisoria de utilización

-

típica por parte de contratistas de obra. Se amparan las pérdidas o daños accidentales producto de causas accidentales e imprevistas mientras los equipos asegurados se encuentran en actividad o en depósito

Daños totales producto de incendio, robo y/o acci-

Daños Totales y Parciales, Incendio, Robo y Transporte.

Cobertura Opcional : -

Responsabilidad Civil por daños o lesiones a terceros

o en oportunidad de su traslado vía transporte terrestre

como consecuencia de las actividades específicas de

en un vehículo propiedad del asegurado.

los equipos asegurados.

Equipos Electrónicos Estructura de Cobertura: Coberturas destinadas a amparar equipos electrónicos en general correspondientes a líneas de producción de diversos sectores y actividades. Cobertura básica: Daños accidentales por causas externas, incluyendo pérdidas por robo más daños materiales como consecuencia de fallas en el suministro eléctrico. Coberturas Opcionales de suscripción condicionada: Equipos de acondicionamiento de aire asociados a ins-

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talaciones de procesamiento de datos.

Para mayor información contactarse con: - Buenos Aires: Máximo García Conde: [email protected] / Tel.: 011-4378-8112 Diego Comolli: [email protected] / Tel. : 011 4378 8114 - Resto del país: con el responsable de su Unidad Regional

SEGUROS CORPORATIVOS

Todo Riesgo Operativo

Estructura de Cobertura: Se amparan los daños, pérdidas o destrucciones, impre-

-

Falta de Frío (por Incendio)

-

Terremoto

-

Responsabilidad Civil hacia Linderos

vistos repentinos y accidentales sobre los bienes detallados en la póliza durante su período de vigencia, siempre y cuando no se encuentren expresamente excluidos.

Pérdida de Beneficios: Esta cobertura opera siempre de manera complementaria al seguro de todo riesgo operativo. Cubre la pérdida efectiva del beneficio bruto o de los gastos fijos o permanentes, (según la modalidad pactada), debido a la disminución del volumen de negocio y/o el aumento en

-

Seguro técnico- Rotura de maquinarias

-

Gastos extraordinarios

-

Remoción de escombros

-

Daños por agua e inundación

-

Falta de frío

-

Robo de contenido general

-

Robo de valores en caja fuerte

-

Robo de valores en tránsito

temporal, total o parcial de la actividad de la empresa

-

Robo de objetos de empleados Seguro técnico

asegurada, como consecuencia de un siniestro de daños

-

Equipos electrónicos

materiales ocurrido en los locales designados y dentro de

-

Honorarios de profesionales

los límites cubiertos bajo la póliza.

-

Gastos de extinción de incendios

-

Obras en curso de elaboración

los costos de explotación, causados por una interrupción

Principales coberturas adicionales / complementarias:

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Otras coberturas adicionales de suscripción condicionada:

-

Huracán, Vendaval, Ciclón o Tornado

-

Gastos de Limpieza y Remoción de Escombros

Consulte por otros rubros. Bodegas • Hoteles • Restaurantes • Laboratorios Oficinas • Metalúrgicas • Alimenticios • Comercios

Para mayor información contactarse con: - Buenos Aires: Máximo García Conde: [email protected] / Tel.: 011-4378-8112 Diego Comolli: [email protected] / Tel. : 011 4378 8114 - Resto del país: con el responsable de su Unidad Regional

SEGUROS CORPORATIVOS

RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL ¿Qué significa la RC para Berkley? La operativa del día a día de nuestros asegurados es cada vez más compleja y por ello estamos a la vanguardia en las soluciones que requieren este tipo de exposiciones. Para ello hemos diseñado nuestros productos a fin de brindar tranquilidad a nuestros asegurados en todos los aspectos de su actividad; contando así con coberturas a medida para la RC Operaciones y Producto, RC Profesional (E&O) así como en la RC de Directores y Gerentes (D&O); siendo nuestro diferencial de mercado la calidad de suscripción y manejo de reclamos. La cobertura de RC para Berkley, es una solución sofisticada para nuestros Asegurados, diseñada para cubrir aquellos reclamos que puedan surgir de terceros a raíz de su actividad comercial o profesional. Con este fin brindamos todo lo referente a la Defensa en cada uno de los casos, recurriendo siempre a la experiencia de nuestro equipo especializado en el manejo de reclamos, así como la posible Indemnización al tercero.

Responsabilidad Civil Operaciones

-

Calderas.

-

Vendedores y/o funcionarios en mundo entero.

-

Guarda de vehículos.

-

Suministro de alimentos.

-

Carga y descarga de bienes.

-

Uso de armas de fuego.

-

Transporte de bienes.

-

Contratistas y/o subcontratistas.

-

Polución y/o contaminación ambiental súbita y/o accidental

-

Entre otras.

Esta cobertura se orienta a cubrir la Responsabilidad Civil por daños físicos / materiales a terceros, como consecuencia del ejercicio de las actividades propias del Asegurado. Se pueden incluir una serie de coberturas adicionales como solución a los riesgos derivados de la actividad desarrollada. Entre ellos:

Responsabilidad Civil Productos Esta cobertura se orienta a cubrir el riesgo emergente de los daños a las personas o a los bienes de terceros ocasionados por los servicios, mercaderías o productos manufacturados por el asegurado, pudiendo extender la cobertura a exportaciones al mundo entero.

-

Incendio o explosión, escapes de gas, descargas

-

Efectos de temperatura.

-

Carteles y/o letreros.

Maricel Gonzalez Simunovich:

-

Ascensores y /o montacargas.

[email protected]

-

Grúas, guinches y/o autoelevadores.

-

Rotura de cañerías.

Contacto

FA2602016

eléctricas.

www.berkley.com.ar

SEGUROS CORPORATIVOS

Responsabilidad Civil para Directores, Administradores, Síndicos y Gerentes de Countries, Clubes de Campo, Barrios Cerrados y Urbanizaciones Especiales. La operatoria de nuestros asegurados se está volviendo cada vez más compleja y es por ello que estamos a la vanguardia en las soluciones que requieren este tipo de exposiciones. Para ello hemos diseñado nuestros productos a fin de brindar tranquilidad en todos los aspectos de su actividad; contando así con coberturas a medida; siendo nuestro diferencial de mercado la calidad de suscripción y manejo de reclamos. Los Directores, Administradores, Síndicos y Gerentes de Countries, Clubes de Campo, Barrios Cerrados y Urbanizaciones Especiales están tomando decisiones constantemente. Tienen sobre sus hombros la responsabilidad de estar definiendo el rumbo de los lugares donde trabajan, siendo responsables entre otras cosas de: •

Ser voceros y representantes de la institución ante otras entidades, ya sean colegas, gubernamentales, provinciales, municipales, entes de control, sindicatos, medios de prensa, etc.



Verificar el cumplimiento de las normas de seguridad, convivencia, de construcción, disciplina de los socios, etc.



Controlar el desempeño del personal propio y tercerizado. Definir las políticas de compensaciones y gastos relacionados al personal.



FA2602016



Los directivos toman decisiones y dirigen el rumbo de las instituciones / organizaciones hacia sus objetivos. Para

Definir, administrar y controlar el flujo de ingresos y egresos, control de gastos, definir y observar el cumplimiento de las políticas presupuestarias, asignación de partidas para la realización de obras, etc.

ello, efectúan análisis de las situaciones, evaluando y sope-

Cumplir con todas las normativas legales, contables y estatutarias de la sociedad en todo lo relacionado a plazos, asambleas ordinarias y extraordinarias, etc.

financieramente por esta toma de decisiones, quienes pue-

sando las acciones a adoptar, eligiendo las más convenientes (a su criterio), y ello en condiciones de incertidumbre. Siempre puede haber terceros que se sientan perjudicados den reclamar contra su patrimonio, siendo incluso los gastos de defensa muy costosos.

Para mayor información: Daniel Iperione: [email protected] Sebastián Pappalardo: [email protected]

www.berkley.com.ar

SEGUROS CORPORATIVOS

Cobertura La cobertura de Responsabilidad Civil para Directores, Administradores, Síndicos y Gerentes de Countries, Clubes de Campo, Barrios Cerrados y Urbanizaciones Especiales apunta a mantener indemne su Patrimonio ante cualquier reclamo que pueda venir de un Tercero por la toma de decisiones en su actividad.

Contacto

Si le preocupan los Impuestos, los Sindicatos, Defensa del Consumidor, Normativas Legales, Accionistas Minoritarios, Proveedores, los Medios y la Prensa, la Imagen Corporativa, el Patrimonio de sus Herederos, entre otros temas, su solución es una póliza de Responsabilidad Civil para Directores, Administradores, Síndicos y Gerentes de Countries, Clubes de Campo, Barrios Cerrados y Urbanizaciones Especiales de Berkley.

Sebastián Pappalardo: [email protected] Daniel Iperione: [email protected]

Para mayor información: Daniel Iperione: [email protected] Sebastián Pappalardo: [email protected]

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SEGUROS CORPORATIVOS

RESPONSABILIDAD CIVIL PARA CONSEJEROS DE COOPERATIVAS La operatoria de nuestros asegurados se está volviendo cada vez más compleja y es por ello que estamos a la vanguardia en las soluciones que requieren este tipo de exposiciones. Para ello hemos diseñado nuestros productos a fin de brindar tranquilidad en todos los aspectos de su actividad; contando así con coberturas a medida; siendo nuestro diferencial de mercado la calidad de suscripción y manejo de reclamos. Los Consejeros de Cooperativas están tomando decisiones constantemente. Tienen sobre sus hombros

la

responsabilidad

de

estar

definiendo

constantemente el rumbo de los lugares donde trabajan, siendo responsables entre otras cosas de: •

Ser los voceros y representantes de la organización ante otras entidades ya sean gubernamentales, autoridades locales, internacionales, prensa y medios de comunicaciones.



Controlar el desempeño de las personas, verificar los logros de la organización, evaluar la producción y la productividad, medir las ventas, la rentabilidad y las utilidades alcanzadas y establecer las medidas correctivas en caso de que no se estén alcanzando dichas metas.



Definir continuamente políticas de personal, de promoción, de compensaciones,



Realizar el diseño de la estructura organizacional tomando en cuenta los objetivos de corto, mediano y largo plazo que se desea alcanzar.



Definir política de precios, acuerdos comerciales, estrategias de ventas, políticas de financiamiento de la empresa, tomando en cuenta sus metas establecidas.

FA2602016



Hacer cumplir todos los estatutos de la compañía y de todas las leyes del país.



Realizar las negociaciones representando los intereses de a la organización ante clientes, proveedores, ente regulador, acreedores, empleados, sindicatos, organismos gubernamentales y no gubernamentales.



Crear climas organizacionales adecuados que permitan el desarrollo de la creatividad, la motivación y el desarrollo de las personas en la organización.



Lidiar con el mercado local e internacional de manera que no afecten en forma negativa el cumplimiento de las metas de la organización.

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Los Consejeros de Cooperativas toman decisiones y dirigen el rumbo de las instituciones / organizaciones hacia sus objetivos, para lo cual efectúan análisis de las situaciones evaluando y sopesando las acciones a adoptar eligiendo las más convenientes (a su criterio) y ello en

Cobertura La cobertura de Responsabilidad Civil para Consejeros de Cooperativas apunta a mantener indemne su Patrimonio ante cualquier reclamo que pueda venir de un Tercero por su toma de decisiones en su actividad.

condiciones de incertidumbre. Siempre puede haber terceros que se sientan perjudica-

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dos financieramente por esta toma de decisiones, los cuales pueden perfectamente reclamar contra el patrimonio de dichos directivos, donde muchas veces incluso los gastos de defensa son muy costosos.

Sebastián Pappalardo: [email protected] Daniel Iperione: [email protected]

Si le preocupan los Impuestos, los Sindicatos, Defensa del Consumidor, Normativas Legales, Accionistas Minoritarios, Proveedores, los Medios y la Prensa, la Imagen Corporativa, el Patrimonio de tus Herederos, entre otros temas, su solución es una póliza de Responsabilidad Civil para Consejeros de Berkley.

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SEGUROS CORPORATIVOS

PROGRAMA COBERTURA DIRECTORES Y GERENTES (D&O) PARA CONSEJO DE PROPIETARIOS DE CONSORCIOS El Consejo de Propietarios de un Consorcio tiene atribución de controlar sus aspectos económicos y financieros. Si bien no toma decisiones finales, decide como avanzar en un tema u otro dando indicaciones al Administrador del Consorcio. Con nuestro nuevo producto D&O para miembros del Consejo de Propietarios de Consorcios se amparan los reclamos que pudieran recibir por sus actividades de representación y control.

Coberturas Cobertura A: Para Directores y Gerentes Indemnización en nombre de cualquier Asegurado de aquella pérdida económica que resulte o sea consecuencia de cualquier reclamo que tenga su origen, se base, o surja de un acto culposo ocurrido durante la vigencia de la póliza, o durante el período de retroactividad siempre que el mismo se encontrare detallado en el Frente de Póliza, como consecuencia directa o con motivo de sus funciones como Presidente o miembro del Consejo de Administración del Consorcio, y que fuera notificada a Berkley por primera vez durante la vigencia del seguro o el período extendido de denuncia previsto en el frente de póliza, excepto en los casos en que dicho Asegurado fuera indemnizado directamente por la Compañía, y hasta el límite de responsabilidad establecido en el frente de la póliza.

como consecuencia o con motivo de sus funciones como Presidente o miembro del Consejo de Administración del Consorcio y que tenga su origen, se base, o surja de un acto culposo ocurrido durante la vigencia de la póliza, o

FA2602016

Cobertura B: Reembolso para la Compañía

durante el período de retroactividad en caso de corres-

Berkley reembolsará cualquier indemnización que

ponder, y notificada al Asegurador por primera vez du-

esté legalmente obligada a pagar por una Pérdida

rante la vigencia del seguro o el período extendido de

Económica según surja o fuera consecuencia de

denuncia, y hasta el limite de responsabilidad establecido

cualquier reclamo iniciado contra un Asegurado

en el frente de póliza.

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SEGUROS CORPORATIVOS

• Extensión de Gastos de Defensa, Conciliaciones y Liquida-

Ámbito de cobertura

ción en una investigación formal contra la Compañía.

Argentina únicamente.

• Extensión de Gastos por fianzas y/o cauciones judiciales.

Retroactividad

• Extensión de Periodo ampliado de denuncia automático para Consejeros retirados a 3 años.

Inicio de vigencia.

• Extensión de Período de denuncia y notificación de siniestros a 30 días.

Período ampliado de notificaciones 1 año: al 50% de la última prima anual.

Deducibles

2 años: al 100% de la última prima anual. Cobertura A: Sin Deducible. NOTA: Aplica únicamente al momento de no renovar Cobertura B: $ 10.000 por evento.

o cancelar la póliza.

Principales Exclusiones

Detalle de Cobertura • Extensión a Conyugue/Concubino, Representantes Legales y Herederos de la persona asegurada.

• Exclusión de Responsabilidad Civil Profesional (E&O). • Exclusión de ofertas inicial de valores.

• Extensión de Presidente y miembros del Consejo de Administración del Consorcio en Organizaciones en Organizaciones sin Fines de Lucro (Tomador).

• Exclusión de Guerra y Terrorismo. • Exclusión de reclamos de Accionistas mayoritarios 20%

• Extensión de Reclamos por Prácticas Laborales. • Extensión de Gastos de Defensa, Conciliaciones y Liquidación en una investigación formal contra los D&Os.

Cantidad de Departamentos x Consorcio En AR$

Hasta 30 Deptos

Entre 31 y 100 Deptos

Más de 101 Deptos

$ 500.000

n

n

n

$ 1.000.000

n

n

n

$ 1.500.000

n

n

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$ 3.000.000

n

n

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$ 5.000.000

n

n

n

Limites de Indemnización

Para mayor información: Daniel Iperione: [email protected] Sebastián Pappalardo: [email protected]

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SEGUROS CORPORATIVOS RC Profesional para Administradores de Consorcios

Berkley Administrador + Protegido Habiendo quedado sin efecto el Art. 3 de la Disp 6013 DGDYPC 2009, que exigía la obligación de generar garantías que debían presentar los Administradores (Aval Bancario o Póliza de Caución), cobra plena vigencia el Art. 12 inc e) de la ley 941 CABA: "Declaración jurada patrimonial ante el consorcio y aprobada por éste, destinado a garantizar sus responsabilidades como administrador. Esta declaración podrá sustituirse por la constancia de la constitución a favor del consorcio de propietarios, a cargo del administrador, de un seguro de Responsabilidad Profesional emitido por una compañía de seguros". Ante los requerimientos legales y los crecientes reclamos en contra de los Administradores de Consorcios, Berkley ofrece la protección necesaria en el desarrollo de su profesión, amparándolos contra las pérdidas financieras causadas a terceros por un error u omisión en la prestación de sus servicios. Contratando nuestra póliza de Responsabilidad Civil Profesional de Administradores de Consorcios, los Administradores se aseguran una completa protección frente a

INFORMACION DE SUSCRIPCIÓN:

reclamos de terceros, cubriendo su patrimonio por controversias legales que surjan en virtud de su gestión en los



Formulario del riesgo debidamente firmado y fechado.

consorcios administrados y asegurándose de esta manera



Contacto:

un mayor margen de maniobra y el respaldo necesario en

Daniel Iperione: [email protected]

su toma de decisiones. La cobertura se orienta a garantizar el pago de indemnizaciones y gastos de defensa

Sebastián Pappalardo

que el Administrador se encuentre obligado a pagar

[email protected]

por resultar civilmente responsable por actos culposos que dieran lugar a reclamos originados o como consecuencia del ejercicio de su profesión. Se incluye como amparo adicional, la cobertura por Pér-

FA2602016

dida de Documentos, sublimitada a $ 50.000.-

Para mayor información: Daniel Iperione: [email protected] Sebastián Pappalardo: [email protected]

Todas las coberturas otorgadas y los beneficios adicionales están sujetos a los términos, condiciones, límites y exclusiones que se establecen en la póliza y/o documentación anexa a la misma. El aseguramiento queda sujeto a las normas de aceptación de riesgos de Berkley International Seguros S.A.

SEGUROS CORPORATIVOS RC Profesional para Administradores de Consorcios

Actualización Abril 2015

VOLUMEN DE EXPENSAS ANUAL Suma asegurada

Hasta $ 1.000.000

Entre $ 1.000.000 y $ 3.000.000

Más de $ 3.000.000

PREMIO sin Impuestos $AR 500.000

$ 1.860

$ 2.281

$ 2.621

$AR 1.000.000

$ 2.791

$ 3.527

$ 3.936

$AR 1.500.000

$ 3.436

$ 4.368

$ 4.831

$AR 3.000.000

$ 5.410

$ 6.093

$ 7.890

$AR 5.000.000

$ 8.284

$ 9.290

$ 10.580

VIGENCIA: Anual / CUOTAS: Máximo 10 Recomendamos contratar límites que como mínimo sean equivalentes al 33% del volumen de expensas.

Para mayor información: Daniel Iperione: [email protected] Sebastián Pappalardo: [email protected]

SEGUROS GENERALES

SEGUROS PARA CONTRATISTAS Y/O SUBCONTRATISTAS – OCIP (Owner Controlled Insurance Programs) En Berkley International Seguros siempre pensamos en soluciones que cubran las necesidades de los clientes, creando productos innovadores con el objeto de mejorar la administración de los riesgos de las empresas. Nuestro nuevo producto "OCIP" (Owner Controlled Insurance Programs), forma parte de nuestra línea de Responsabilidad Civil General y cuenta con toda la transparencia y beneficios que Berkley ofrece al mercado. OCIP aplica a organizaciones que cuentan con varios prestadores de servicios, contratistas y/o subcontratistas, para la ejecución de sus trabajos y proyectos, permitiendo la contratación de una única póliza para todos. De ésta manera, la empresa principal (tomadora de la póliza) tiene un control simple y directo de: costo, vigencia, franquicia, cobertura e inclusive, pago del seguro de cada uno de sus prestadores de servicios.

Cobertura Este producto asegura los daños materiales y/o lesiones, como los daños consecuenciales causados a ter-

Información de suscripción - Listado de contratistas - Detalle de actividades

ceros que estén relacionados a los trabajo realizados y/o servicios prestados, garantizando mejor seguridad

- Montos de valor de contrato

para todos.

• CONTACTO: Daniel Iperione: [email protected]

tistas y/o Subcontratistas en todo el tiempo de ejecución

Maricel Gonzalez Simunovich:

de las obras, sean de 1 día y hasta 24 meses.

[email protected]

FA2602016

Asimismo cubre a los Prestadores de Servicios, Contra-

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SEGUROS GENERALES

CAUCIONES Nuestras coberturas están orientadas a satisfacer las necesidades y apoyar el desarrollo de nuestros clientes con objetivos que trasciendan lo que ofrece el mercado local tanto en demanda como en oferta. Creamos el respaldo que facilita la actividad de las empresas en operaciones de Comercio Exterior. De la misma manera ofrecemos el soporte necesario para la solución de los requerimientos de afianzamiento de los contratos públicos y privados, para ejecución de todo tipo de obras y suministros. Nuestra solidez y trayectoria ha merecido por parte de Evaluadora Latinoamericana una calificación AA+. Las Unidades Regionales de Berkley International en las principales áreas del país, asisten a nuestros clientes en tiempo Nuestro dinamismo permite una perfecta ecuación costobeneficio,

real, sin burocracia ni demoras.

aportando una atención eficiente para todas las partes involuLas solicitudes aprobadas tendrán de inmediato sus póli-

cradas.

zas emitidas en las agencias locales.

Nuestros servicios

Hemos desarrollado un departamento técnico compuesto por suscriptores de riesgos, que tendrá a su cargo la responsabilidad de analizar y calificar tanto al cliente como la cobertura solicitada. La agilidad que logramos en la tramitación de pólizas, se encuentra respaldada por la incorporación de la más avanzada

-

Asesoramiento personalizado a Productores.

-

Precalificación de clientes en tiempos mínimos.

-

Entrega descentralizada de pólizas en tiempo real.

-

Soluciones orientadas a diferentes tipos de empresas: Pymes, Importadores, Contratistas, etc.

tecnología disponible en el mercado asegurador, lo que nos permite una aceitada interacción con nuestros productores.

Cristian Sassone: [email protected]

Nuestras Coberturas Garantías Contractuales

Comercio Exterior

Actividad y/o Profesión

Otras Coberturas

-

- Tránsito Terrestre - Falta de Documentación - Habilitación Depósito Fiscal - Diferencia de Derechos

- Agencias de Turismo - Martilleros y Corredores

- Cobertura IGJ para Directores o Gerentes - Garantías judiciales - Alquileres comerciales

Mantenimiento de Oferta Ejecución de Contrato Anticipos Fondo de Reparo Tenencia de Bienes o Materiales - Importación Temporal

FA2602016

Contacto

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

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SEGUROS GENERALES

Comercio protegido

En Berkley International ponemos a su disposición soluciones para la protección de las distintas actividades comerciales de sus clientes. Nuestro producto Berkley - Comercio Protegido está orientado a cubrir las necesidades de cobertura de diversas actividades bajo una única póliza de fácil definición, especialmente diseñada y a un costo muy competitivo.

Incendio edificio y contenido

Adicionales sin extra-prima: huracán; ciclón; tornado; limpieza y remoción de escombros hasta el 5% de la

Edificio

suma asegurada de Incendio Edificio o $50.000.-, lo que

Por edificios o construcciones se entienden a los adheri-

sea menor.

dos al suelo en forma permanente, sin exclusión de parte alguna. Las instalaciones unidas a ellos con carácter permanente se considerarán como edificios o construccio-

Adicionales de cobertura disponibles con pago de extraprima: vendaval y/o granizo.

nes en la medida que resulten un complemento de los

Modalidad de la prestación a prorrata: la Compañía pa-

mismos y sean de propiedad del dueño del edificio o

gará en la misma proporción en que se aseguró el bien

construcción.

con relación a su valor real (costo de reconstrucción). Ámbito de cobertura (Incendio contenido): dentro del

Contenido

local asegurado.

Cobertura de los bienes muebles del comercio: mobiliario, instalaciones, maquinarias y demás efectos corres-

Remoción de escombros y/o gastos de limpieza

pondientes a la actividad del asegurado.

Se cubren los gastos necesariamente incurridos por el Asegurado por las operaciones de limpieza y/o retiro de

Cobertura

dos por incendio y/o por cualquier otro riesgo amparado

tinguirlo, demolición a consecuencia de un riesgo cu-

por esta póliza.

bierto; vandalismo, huelga y tumulto popular, humo, impacto de aeronaves y vehículos terrestres.

FA2602016

escombros, de bienes asegurados, destruidos y/o daña-

Daños por fuego, rayo y/o explosión, los medios para ex-

Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

SEGUROS GENERALES

Robo contenido general Se entiende por contenido los bienes muebles del comercio: mobiliario, instalaciones, maquinarias y demás efectos correspondientes a la actividad del Asegurado. Cobertura Apoderamiento ilegítimo de los bienes mediante fuerza en las cosas o intimidación o violencia sobre las personas. Daños a los bienes o a la edificación (excepto cristales) ocasionados por robo o su intento, hasta el 10% de la suma para Robo, máximo $2.000.Modalidad: • •

Robo Contenido General a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

contienen algunos de los siguientes elementos: diodos, transistores y semiconductores. Alcances:

Robo Bienes de Uso a prorrata: la Compañía pagará en la misma proporción en que se aseguró el bien con relación a su valor real.



Equipos de oficina: Computadoras, Impresoras, Scanners, Fax, Equipos telefónicos y Otras máquinas de oficina.

Condición de cobertura: se deberá adjuntar detalle de



Otros equipos electrónicos: TV, Audio, Video y equipos médicos en consultorios / clínicas.



Equipos portátiles: Notebooks y/o Laptops, excluyendo equipos reproductores de música, celulares, radiorreceptores, cámaras de fotos y GPS.

bienes cubiertos para aquellos que superen individualmente los $5.000.- de suma asegurada. Dicha descripción deberá figurar en póliza. Ámbito de cobertura: dentro del local asegurado.

Cobertura

Daños por agua

Daños materiales directos sufridos por los bienes asegurados por cualquier causa accidental, súbita e imprevista

Se amparan los daños materiales directos ocasionados al contenido asegurado, por la acción del agua, debido a una rotura de cañerías, tanques, válvulas o de la instalación. Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

que no haya sido expresamente excluida en póliza. Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza. Condición de cobertura: se deberá adjuntar detalle de bienes cubiertos para aquellos que superen individualmente los $5.000.- de suma asegurada. Dicha descrip-

Equipos electrónicos: Se considerarán como equipos electrónicos aquellos que trabajan con una alimentación de tensión reducida y

ción deberá figurar en póliza. Ámbito de cobertura: dentro del local asegurado, excepto equipos móviles suscriptos como tales.

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

SEGUROS GENERALES

Responsabilidad civil hacia linderos Responsabilidad civil: Cobertura Cobertura

Responsabilidad civil que surja de los Artículos 1109 al

Responsabilidad Civil extracontractual frente a terceros

1136 del Código Civil, en que se incurra exclusivamente

por el ejercicio de la actividad del Asegurado que no esté

como consecuencia de la acción directa o indirecta del

expresamente excluída, emergente de los Arts. 1109 al

fuego y/o explosión que resulte indemnizable según los

1136 del Código Civil.

términos de la cobertura. Esta cobertura comprende ex-

Adicionales sin extra-prima: daños producidos por Incen-

clusivamente daños materiales.

dio, Rayo, Explosión, Descargas Eléctricas, Escape de

Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la

Gas; Carga y Descarga; y Carteles.

Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

Adicionales de cobertura disponibles con pago de extraprima: Ascensores y/o Montacargas, Calderas, Suministro de Alimentos, Pileta y Guarda de Vehículos. Condición de cobertura: para todas las coberturas se deberá dar cumplimiento obligatorio de todas las leyes, normas y reglamentos sobre seguridad y mantenimiento vigentes.

Cristales Cobertura Daños sufridos a los cristales, vidrios, espejos y demás piezas vítreas o similares colocadas verticalmente, únicamente como consecuencia de su rotura o rajadura; comprendiendo

Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la

los gastos normales de colocación hasta la suma máxima

Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

establecida en las condiciones particulares.

Ámbito de cobertura: República Argentina.

Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la

Aclaraciones •

Limite: por evento, y hasta 2 reposiciones de Suma Asegurada ante un siniestro durante la vigencia de la póliza.



Sublímites: por evento y agregado anual (Sin reposición de suma).



Deducible: por evento.



Colegios: RC contractual por alumno.



Todo y cada adicional y/o sublímite deben acompañar la cobertura de RC básica y no podrán ser cotizados en forma específica.

Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza. Ámbito de cobertura: dentro del local asegurado.

Robo de valores en caja Cobertura Robo y/o destrucción por incendio, rayo, explosión del dinero, cheques o valores especificados. Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza. Ámbito de cobertura: en el local asegurado y durante las horas habituales de tareas. En caja fuerte debidamente cerrada fuera del horario laboral.

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

SEGUROS GENERALES

Aclaración

Accidentes personales

Se entiende por caja fuerte un tesoro con frente y fondo de acero templado de no menos de 3 mm. de espesor, con cerradura de llaves "doble paleta", bidimensionales o con otro sistema de seguridad, soldado a un mueble de acero, cuyo peso vacío no sea inferior a 200 Kg., o que se encuentre empotrado y amurado en una pared de mampostería o cemento armado.

Alcance Esta cobertura está orientada a proteger a los empleados y/o propietarios del comercio, los cuales deberán estar detallados en póliza durante la vigencia de la misma, al momento de sufrir algún Accidente que fuera la causa originaria de su muerte o invalidez, total o parcial, y siempre que las consecuencias de dicho accidente

Robo de valores en transito

se manifiesten a más tardar dentro de un año a contar de la fecha del mismo.

Cobertura

Se entiende por Accidente a toda lesión corporal que

Robo y/o destrucción por incendio, rayo o explosión de

pueda ser determinada por los médicos de una manera

dinero en moneda nacional o extranjera y/o cheques

cierta, sufrida por el Asegurado, independientemente de

mientras se encuentre en tránsito, en poder del asegu-

su voluntad, por la acción repentina y violenta, de ó con

rado o sus empleados en relación de dependencia.

un agente externo.

Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

Cobertura •

Ámbito de cobertura: República Argentina.

Si el accidente causare la muerte, la Compañía abonará la suma asegurada contratada para cada caso. No obstante ello, la Compañía reducirá la prestación prevista para muerte en los porcentajes tomados en conjunto que hubiere abonado en concepto de invalidez permanente.

Cláusula de portavalores: cobertura exclusivamente entre ubicaciones de riesgo del Asegurado, declaradas en póliza, y/o desde las mismas hacia entidades bancarias y viceversa. Cuando los tránsitos a bancos y viceversa no puedan re-

En el caso de seguros colectivos, la indemnización se abonará al contratante por el perjuicio concreto resultante de un interés económico que demostrase con respecto a la vida de los asegurados con un límite máximo fijado en función de las sumas aseguradas contratadas.

alizarse a pie, no se podrán utilizar medios de Transporte Público para llevar el dinero, sino hacerse en automóviles. Cláusula adicional: el Asegurado deberá cumplimentar las siguientes medidas de seguridad como condición de suscripción: -

Traslados de hasta $10.000.-: un portavalores.

-

Traslados de más de $10.000.- hasta $20.000.-: un portavalores más un custodio armado.

De producirse un siniestro facilitado por el no cumplimiento de la disposición antes mencionada, el asegurador

MUERTE



INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE Si el accidente causare una invalidez total permanente, La Compañía abonará la suma asegurada contratada para este caso, entendiéndose por tal: -

Estado absoluto e incurable de alienación mental que no permita al Asegurado ningún trabajo u ocupación por el resto de su vida.

quedará liberado de toda responsabilidad aseguradora.

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

SEGUROS GENERALES



-

Fractura incurable de la columna vertebral que determine la invalidez.

-

Cuando la invalidez establecida como consecuencia de invalidez parcial supere el 79% se considerará invalidez total.

INVALIDEZ PARCIAL Y PERMANENTE Si el accidente causare una invalidez parcial permanente, la Compañía pagará al Asegurado una suma igual al porcentaje sobre la suma asegurada contratada que corresponda de acuerdo a la naturaleza y gravedad de la lesión sufrida y según se indica en las condiciones generales de póliza.



Requisitos de asegurabilidad Para proceder a emitir una propuesta de seguro de accidentes personales, la misma deberá contar indefectiblemente con la siguiente información: •





Nombre y Apellido ó Razón Social. Domicilio completo. Situación impositiva del tomador y número de CUIT si correspondiere.

De los Asegurados: -

ASISTENCIA MEDICO FARMACÉUTICA Esta cobertura indemnizará hasta la suma prevista en la póliza.- el reembolso de los gastos de asistencia médico farmacéutica en que haya incurrido razonablemente el asegurado, prescripta por un médico, con motivo de todo accidente cubierto por la póliza. El deducible se descontara de la suma a indemnizar en cada uno de los siniestros incurridos.

Del Contratante:

Nombre y Apellido. Tipo y número de documento de identidad. Fecha de Nacimiento.

Por Coberturas -

Muerte: ........................................................Automática Invalidez Total Permanente: ...............Automática Invalidez Parcial Permanente:............Automática Asistencia Médico Farmacéutica: .....Automática

Ámbito de cobertura: Laboral e in-itínere.

BONIFICACIÓN DE 5 PUNTOS POR LA UTILIZACIÓN DE ALGUNO DE LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PAGO: • Tarjeta de Crédito. • Débito en CBU.

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SEGUROS GENERALES

Edificio protegido

Berkley se destaca por ser una compañía especialista y con una fuerte presencia en el mercado de seguros para edificios. Destinados a amparar todos los riesgos que se presentan en los Consorcios, nuestro renovado producto Berkley-Edificio Protegido ofrece una amplia gama de coberturas para la protección de los edificios, sus bienes materiales de partes comunes, sus propietarios y los posibles terceros damnificados.

Estructura de cobertura

Responsabilidad Civil: Daños a terceros emergentes de la Responsabilidad Civil

Incendio de Edificio: Daños por incendio, rayo y/o explosión. Huelga, lock out y tumulto popular. Vandalismo, humo, impacto de aeronaves y vehículos terrestres. Incluye sin cargo gastos por: •







Gastos extraordinarios hasta el 10% de la suma asegurada de Incendio Edificio hasta un máximo de $ 1.000.000. Remoción de escombros hasta el 10% de la suma asegurada de Incendio Edificio hasta un máximo de $ 1.000.000. Huracán, Vendaval, Ciclón y Tornado hasta el 10% de la suma asegurada de incendio edificio con un límite de $ 100.000. Granizo 5% de la suma asegurada hasta un máximo de $ 100.000.

FA2602016

Modalidad: A prorrata. Para mayor información: contactarse con su Unidad Regional

que surja de los art. 1708 a 1881 del Código Civil y Comercial. Riesgos Cubiertos: •

Incendio, Rayo, Explosión, Descargas Eléctricas y Escapes de Gas.



Responsabilidad Civil Linderos.



Ascensores y Montacargas.



Antena Colectiva.



Carteles y/o Letreros.



Calderas e Instalaciones a Vapor.



Piletas de Natación.



Uso de Armas de Fuego.



Refacciones Internas y Externas del Edificio hasta $ 50.000.



Guarda y/o Depósito de vehículos a Título No Oneroso hasta $ 100.000. A partir del 2º siniestro el de-

SEGUROS GENERALES



ducible será del 10% del mismo con un mínimo del 1% de la Suma Asegurada.

cuentren en la vivienda del encargado. Asimismo el ase-

Daños causados por la rotura de cañerías de agua potable.

dida del dinero o cheques en tránsito.

gurador indemnizará al consorcio asegurado por la pér-

Modalidad: A primer riesgo absoluto.

Se considera a los propietarios, copropietarios e inquilinos como terceros.

Deducibles:

Robo de contenido de partes comunes: Robo y/o Asalto a mano armada del contenido general de partes comunes, incluyendo el hurto de matafuegos,

.

RC Comprensiva: Sin Deducible.

mangueras, luces de emergencia del consorcio.

.

RC Garage: a partir del 2º siniestro el deducible será del 10% del mismo con un mínimo del 1% de la Suma Asegurada.

Modalidad: A primer riesgo absoluto.

Modalidad: A primer riesgo absoluto.

Exclusiones: Mangueras de incendio, lanzas y cámaras de video. Daños por agua:

Cristales:

Se indemnizará la pérdida y/o daños producidos tanto al

.

edificio como al contenido por la acción directa del agua

Rotura o Rajadura de espejos y/o vidrios colocados verticalmente.

Modalidad: A primer riesgo absoluto.

potable, cuando sea causado por derrame, desborde, escape como consecuencia de rotura, obstrucción o falla de cañerías, válvulas, bombas y cualquier accesorio de la

Robo de Valores en Caja: Pérdida por robo y/o destrucción--o- daño ocasionado por incendio, rayo y/o explosión, del dinero o cheques provenientes de la recaudación de expensas que se en-

Para mayor información: contactarse con su Unidad Regional

instalación. Sin Deducible. Modalidad: A primer riesgo absoluto.

SEGUROS GENERALES

POLIZA DE TRANSPORTE LOCAL POR VEHICULO DETERMINADO PARA CEREALES Bienes asegurados Cereales, a granel y/o debidamente acondicionados para su adecuado y seguro transporte.

VIgencia y ambito de cobertura - Vigencia anual - Cobertura dentro del territorio de la República Argentina.

Medio de transporte Exclusivamente, vehículos automotores de propiedad

Condiciones de cobertura

del asegurado y/o de terceros responsables debidamente NOMINADOS en la póliza (previo al inicio del

- Cobertura básica (daños a consecuencia del choque,

riesgo), que desarrollen su actividad dentro del marco

vuelco y/o desbarrancamiento del medio de transporte,

de la ley 24653 y demás disposiciones vigentes.

derrumbe, caída de árboles o postes, incendio, explosión,

Información necesaria para la contratación:

rayo, huracán, ciclón, tornado, inundación, aluvión o alud).

- Cantidad de vehículos de transporte: - Identificación de cada vehículo (tractor y acoplado, furgón, semirremolque, jaula): - Tipo de vehículo, Marca, Modelo, Chasis N°, Motor N°, Dominio.

- Robo, incluso durante las operaciones de carga y/o des carga. - Huelga y/o Vandalismo.

Medidas de seguridad Respons. máxima / Suma asegurada No aplican. A prorrata, hasta la suma de $ 450.000.- como límite máximo de responsabilidad que asume el asegurador con respecto a cualquier reclamo por pérdida o daño cubierto por medio de transporte y/o viaje y/o por serie

FA2602016

de reclamos derivados de un mismo acontecimiento.

Por cualquier duda o consulta comuníquese con: Máximo García Conde: [email protected] , con el Responsable Técnico Comercial de su Unidad Regional o escríbanos a: [email protected]

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SEGUROS GENERALES

Valuación

Reposición automática de la suma asegurada

Queda entendido y convenido que el valor asegurado de las mercaderías y/o efectos asegurados que deberá

Cuando se producen siniestros amparados por el seguro,

ser declarado por el asegurado a los efectos de la liqui-

la suma asegurada queda reducida en los importes que el

dación de la prima y las indemnizaciones por pérdidas

Asegurador debe abonar al Asegurado a título de indem-

y/o daños, si las hubiere, comprenderá:

nización.

- Mercaderías vendidas: Valor según factura, neta del

No obstante lo que antecede y siempre que el Asegurado

IVA.

no declarase su decisión contraria dentro de los ocho días

- Resto: Valor de costo.

de ocurrido el siniestro, el Asegurador restablecerá automáticamente la cobertura de la suma originalmente ase-

Descubierto obligatorio La cobertura del riesgo de robo, queda sujeta a un descubierto a cargo del asegurado del 5% (cinco por ciento) del monto indemnizable por todo y cada siniestro.

gurada, hasta un máximo de 1 reposición anual, obligándose el Asegurado por su parte a abonar en el acto de percibir las indemnizaciones respectivas, los premios adicionales correspondientes calculados sobre el importe de las indemnizaciones a prorrata por los días que faltan correr desde la fecha de cada siniestro hasta el vencimiento de la póliza.

Declaraciones de viajes No son de aplicación.

Plan de pagos Facturación inicial en hasta 10 cuotas mensuales / ajustes de prima pago contado 1 cuota.

Ajuste de prima Reposición automática de la suma asegurada, hasta un máximo de 1 (una) reposición anual.

Por cualquier duda o consulta comuníquese con: Máximo García Conde: [email protected] , con el Responsable Técnico Comercial de su Unidad Regional o escríbanos a: [email protected]

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SEGUROS GENERALES

Berkley Acopiadores + Protegidos A partir de una única póliza, Berkley Acopiadores + Protegidos brindamos soluciones a medida para cubrir en forma integral los riesgos que más preocupan a los Acopiadores de granos.

Coberturas “ A Prorrata” INCENDIO: Incendio, rayo y/o explosión, terrorismo, daños por hechos de huelga o lock out, daño por humo, impacto de aeronave y/o cualquier vehículo terrestre. Cobertura de riesgo adicional de huracán, ciclón, vendaval y/o tornado y granizo. Modalidad de la prestación: Prorrata. ROBO: Cubre la pérdida por robo que sufra la empresa y los daños que sufran los bienes objetos del seguro por estos delitos, o su tentativa, y que ocasionen los delincuentes para cometerlos en el edificio. Modalidad de la prestación: 1er. Riesgo Absoluto. Suma máxima cubierta: $ 50.000.-

cargas eléctricas y escape de gas. Cubre lo que la empresa sea civilmente responsable en el desarrollo de su actividad.

TRANSPORTE TERRESTRE:

Modalidad de la prestación: 1er. Riesgo Absoluto.

Cubre incendio, choque y/o vuelco y adicional de robo

Suma máxima cubierta $ 1.000.000.-

por asalto a mano armada. Se cubre por aquellos transportes de entrega de mercaderías, no las recepciones de carga. La suma máxima a transportar no podrá superar el capital definido en el item stock acopio y derivados. Modalidad de la prestación: 1er. Riesgo Absoluto. Monto máximo cubierto $ 80.000.

SEGURO TÉCNICO: Cobertura contra todo riesgo de los equipos de computación utilizados en la administración de la empresa. Cubre, además de incendio, robo total o parcial, daños materiales por causa accidental, daños a causa de diferencias de

RESPONSABILIDAD CIVIL: Ampara la responsabilidad civil comprensiva de la emFA2602016

presa con adicionales de incendio, rayo, explosión, des-

energía. Modalidad de la prestación: Prorrata. Suma máxima cubierta $ 50.000.-

Para mayor información: contactarse con su Unidad Regional

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SEGUROS GENERALES

Sistema de cotización

Franquicias

El asegurado deberá definir capitales por cada uno de

1. Deducible en todo y cada siniestro en todas las cober-

los siguientes ítems. Se procederá a la suma de estos

turas 10% (diez por ciento) del monto indemnizatorio

para arribar al total de los capitales asegurados; el que

con un mínimo $ 10.000.-

se multiplicará por una única tasa de prima y así se obtendrá la definitiva prima del negocio.

2. Siniestros clasificados por su origen como “combustión espontánea” (todas las coberturas) 10% (diez por ciento) del monto indemnizatorio con un mínimo de



Construcciones: plantas de silos o celdas de almacenaje, galpones y todo tipo de edificación.



Máquinas e instalaciones: incluye maquinas de limpieza o clasificación, norias, roscas, cintas transportadoras, chimangos, reedlers, secadoras de granos, tolvas, aireadores, etc.



Bienes de uso propio: mobiliario, maquinas de oficina, útiles y equipos electrónicos (computación, centrales telefónicas y fax, fotocopiadoras, etc.).



Stock mercaderías generales: comprende equipos fumigadores, agroquimicos inoculantes, semillas, combustibles y lubricantes, etc.



Stock Acopio y Derivados: cereales, oleaginosas y subproductos de éstos (afrechillo, pellet).

$ 10.000.3. En aquellos casos en que los daños o pérdidas sean producidas por movimientos sísmicos de cualquier tipo, el deducible será de un 10% (diez por ciento) del monto indemnizatorio con un mínimo de $ 10.000.-

Para mayor información: contactarse con su Unidad Regional

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SEGUROS GENERALES

Automotores COBERTURAS B1FULL Y C20 INTERIOR DEL PAIS

AUTO + PROTEGIDO

Berkley International ha desarrollado las coberturas B1 FULL y C20 coberturas diseñadas con costos altamente competitivos.

FA2602016

B1FULL

C20

Pautas de Suscripción

Pautas de Suscripción

• • •

• • •

Antigüedad máxima: hasta 20 años. Suma Asegurada: a partir de $ 10.000.- y hasta $ 130.000.Tipo de vehículos: Autos, Pickup Clase “ A” y 4x4 de uso particular.

Antigüedad máxima: hasta 20 años. Suma Asegurada: a partir de $ 10.000.- y hasta $ 130.000.Tipo de vehículos: Autos, Pickup Clase “ A” y 4x4 de uso particular.

Coberturas

Coberturas

• • •

• • • •

Responsabilidad Civil: $ 4.000.000.Robo / hurto: total sin franquicia. Incendio total sin franquicia.

Responsabilidad Civil: $ 4.000.000.Robo / hurto: total y parcial sin franquicia. Incendio total y parcial sin franquicia. Cláusula de Destrucción Total.

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

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SEGUROS GENERALES

Automotores COBERTURA BKL 1000 AUTO + PROTEGIDO

Berkley International ha desarrollado BKL 1000 para darle a sus asegurados confianza y tranquilidad al volante. Además, pensando en facilitar su administración y potenciar su negocio, éstas coberturas cuentan con exclusivos servicios adicionales y la posibilidad de emisión online de seguros nuevos, renovaciones y endosos a través de BiNet, en sus dos modalidades de póliza cuatrimestral y mensual de refacturación automática.

BKL 1000 Pautas de Suscripción

Coberturas

• • •

• • • • •





Antigüedad máxima: hasta 10 años Suma Asegurada: a partir de $ 70.000.Tipo de vehículos: Autos, Pickup Clase “ A” y 4x4 de uso particular. Seguimiento Satelital: a partir de $400.000 en CABA y GBA y de $ 500.000 en Interior a cargo de Berkley International Seguros. Se inspeccionarán todos los vehículos. Sólo quedarán exceptuados los 0km presentando certificado de no rodamiento o factura de compra.



Responsabilidad Civil: $ 4.000.000.Robo / hurto: total y parcial sin franquicia. Incendio: total y parcial sin franquicia. Cláusula de Destrucción Total: al 80%. Rotura de Cerraduras y Vidrios Laterales: límite por evento $750.- (un evento al año). A partir de $ 70.000 de suma asegurada se incluye Rotura de Parabrisas, Lunetas y Cristales laterales con un límite máximo por evento y en agregado anual del 10 % de la suma asegurada hasta un máximo por $ 15.000 lo que sea menor.

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

www.berkley.com.ar

SEGUROS GENERALES



Incluye cobertura de granizo en daños en carrocería y/o cristales con exclusión de daños mecánicos, a equipos eléctricos y electrónicos y en elementos accesorios del rodado con una franquicia fija de $ 250 con un límite máximo por evento y en agregado anual del 10 % de la suma asegurada hasta un máximo por $ 15.000 lo que sea menor. Daños parciales al amparo del robo total (un evento al año sin límite, franquicia 3% del valor del 0Km).

Beneficios Adicionales •

Vehículos 0 Km: en caso de pérdida total, reposición a 0km durante el primer año a contar desde la fecha de compra del mismo. (Disponible solo para los casos en donde la compa-



• • • • •

ñía repone el nuevo vehículo). Vehículos 0 Km: reposición de las cubiertas, en caso de robo, sin aplicar desgaste. Aplicable durante el primer año desde la fecha de compra del vehículo. Servicio de Gestoría. Defensa Penal. Asistencia Mecánica 0800-555-0465 (1) Cobertura en países limítrofes. Auto de reemplazo en caso de pérdida total por robo.

(1) Con relación al número de prestaciones, el mismo se encuentra limitado a un máximo de un servicio cada 15 días, con un máximo de 6 servicios anuales. Ante la urgencia Mecánica o Siniestro, y en caso de que fuera necesario proceder al traslado, se efectuará sin cargo hasta un límite de 300 Km. lineales (300 + 300).

BENEFICIOS DE LA PÓLIZA ANUAL DE REFACTURACIÓN MENSUAL

• • • • •

Alcance a todas las zonas de riesgo del país. Aplicable a todos nuestros productos vigentes con coberturas de casco. Cobranza exclusivamente por medios electrónicos (débito en tarjetas de crédito y CBU). Actualización automática de sumas aseguradas. Cobertura a valor de reposición para vehículos 0km durante el primer año de vigencia.

• • •

Posibilidad de Emisión y solicitud de Endoso por actualizalizaciones a través de BiNet. Renovación automática al vencimiento. Bonificación por pago a través de medio electrónico 5 puntos (débito en cuenta o CBU).

BONIFICACIONES X AÑO DE FABRICACIÓN SOBRE TASAS DE CASCO

0 km hasta 3 años de antigüedad

-15%

4 /5 años de antigüedad

-10%

6 /8 años de antigüedad

-10%

9 /10 años de antigüedad

- 5%

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

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SEGUROS GENERALES

Automotores COBERTURA TRCF - TRP

AUTO + PROTEGIDO

Berkley International ha desarrollado TRCF - TRP para darle a sus asegurados confianza y tranquilidad al volante. Además, pensando en facilitar su administración y potenciar su negocio, éstas coberturas cuentan con exclusivos servicios adicionales y la posibilidad de emisión online de seguros nuevos, renovaciones y endosos a través de BiNet, en sus dos modalidades de póliza cuatrimestral y mensual de refacturación automática.

TRCF - TRP Pautas de Suscripción

Coberturas

• • •

• • • • •





Antigüedad máxima: hasta 5 años (incluyendo año actual). Suma Asegurada: a partir de $ 70.000.Tipo de vehículos: Autos, Pickup Clase “ A” y 4x4 de uso particular. Seguimiento Satelital: a partir de $ 400.000 en CABA y GBA y de $ 500.000 en Interior a cargo de Berkley International Seguros. Se inspeccionarán todos los vehículos. Sólo quedarán exceptuados los 0km presentando certificado de no rodamiento o factura de compra.



Responsabilidad Civil: $4.000.000. Robo / hurto: total y Parcial sin franquicia. Incendio: Total y Parcial sin franquicia. Daños totales y parciales: ver cuadro Franquicias. Daños parciales al amparo del robo total (un evento al año sin límite, franquicia 3% del valor del 0Km). Rotura de Parabrisas, Lunetas y Cristales laterales con un límite máximo por evento y en agregado anual del 10 % de la suma asegurada hasta un máximo por $ 15.000 lo que sea menor.

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

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SEGUROS GENERALES



Incluye cobertura de granizo en daños en carrocería y/o cristales con exclusión de daños mecánicos, a equipos eléctricos y electrónicos y en elementos accesorios del rodado con una franquicia fija de $ 250 con un límite máximo por evento y en agregado anual del 10 % de la suma asegurada hasta un máximo por $ 15.000 lo que sea menor.

Beneficios Adicionales •

Vehículos 0 Km: en caso de pérdida total, reposición a 0km durante el primer año a contar desde la fecha de compra del mismo. (Disponible solo para los casos en donde la compañía repone el nuevo vehículo).



• • • • •

Vehículos 0 Km: reposición de las cubiertas, en caso de robo, sin aplicar desgaste. Aplicable durante el primer año desde la fecha de compra del vehículo. Servicio de Gestoría. Defensa Penal. Asistencia Mecánica 0800-555-0465 (1) Cobertura en países limítrofes. Auto de reemplazo en caso de pérdida total por robo.

(1) Con relación al número de prestaciones, el mismo se encuentra limitado a un máximo de un servicio cada 15 días, con un máximo de 6 servicios anuales. Ante la urgencia Mecánica o Siniestro, y en caso de que fuera necesario proceder al traslado, se efectuará sin cargo hasta un límite de 300 Km. lineales (300 + 300).

BENEFICIOS DE LA PÓLIZA ANUAL DE REFACTURACIÓN MENSUAL

• • • • •

Alcance a todas las zonas de riesgo del país. Aplicable a todos nuestros productos vigentes con coberturas de casco. Cobranza exclusivamente por medios electrónicos (débito en tarjetas de crédito y CBU). Actualización automática de sumas aseguradas. Cobertura a valor de reposición para vehículos 0km durante el primer año de vigencia.

• • •

Posibilidad de Emisión y solicitud de Endoso por actualizalizaciones a través de BiNet. Renovación automática al vencimiento. Bonificación por pago a través de medio electrónico 5 puntos (débito en cuenta o CBU).

BONIFICACIONES X AÑO DE FABRICACIÓN SOBRE TASAS DE CASCO

0 km hasta 3 años de antigüedad

-15%

4 / 5 años de antigüedad

-10%

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

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SEGUROS GENERALES

ESQUEMA DE FRANQUICIAS

Franquicia Fija Sumas Aseguradas

Hasta $150.000.-

de $150.001.- hasta $ 400.000.-

Renovaciones y Pólizas Nuevas

Nacional

Importado

Franquicia en Póliza Anual de facturacion Mensual

$ 3.000.-

$ 6.000.-

Franquicia otros esquemas de vigencias

$ 4.000.-

$ 7.000.-

Franquicia en Póliza Anual de facturacion Mensual

$ 4.000.-

$ 7.000.-

Franquicia otros esquemas de vigencias

$ 5.000.-

$ 8.000.-

Franquicia Variable sobre el valor del 0 km Sumas Aseguradas

Renovaciones y Pólizas Nuevas

Nacional e Importado

Mayores a $ 400.000.-

Franquicia Variable (cualquier esquema de vigencia)

2,5 %

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

SEGUROS GENERALES

AUTOMOTORES COBERTURA EXCLUSIVE AUTO + PROTEGIDO

La póliza EXCLUSIVE, ha sido diseñada para satisfacer



rabrisas, Lunetas y Cerraduras, Granizo e Inunda-

coberturas, servicios y beneficios especiales, pensados

ción: Límite de cobertura hasta la suma asegurada,

para brindar la mayor tranquilidad al volante.

sin límites de eventos por año. • •



Responsabilidad Civil: $ 4.000.000.-



Pérdida total por Accidente: Límite de cobertura

Deducibles

Incendio Total y Parcial: Límite de cobertura hasta la suma asegurada.



Tratamiento EXCLUSIVE: Para la atención y pago de siniestros.

hasta la suma asegurada. Cláusula al 80%. •

Daños parciales al amparo del Robo Total: Límite de cobertura hasta la suma asegurada.

Coberturas y límites de sumas

Robo - Hurto Total y Parcial: Límite de cobertura hasta la suma asegurada.

FA2602016

Coberturas EXCLUSIVE de Cristales Laterales, Pa-

las necesidades de los clientes más exigentes, brindando



Granizo e Inundación: 0.30% de la suma asegurada a la fecha de ocurrencia del siniestro, con un mínimo de $ 1.000.-

Para mayor información: Contactarse con el referente de su Unidad Regional con el que habitualmente opera.

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SEGUROS GENERALES •

Daños parciales al amparo del Robo Total: 3% del

Inspección previa

valor del 0 km. a la fecha de ocurrencia del siniestro.

En todos los casos, con excepción de las unidades 0 km.,

Suscripción

las cuales se acreditarán con el certificado de no rodamiento.

• •

Antigüedad: Hasta 10 años. Tipo de vehículos: Autos y Pick-ups clase A exclusi-

Zona geográfica

vamente. •



Uso: Particular exclusivamente.

Todo el país: excepto Región Patagónica, Tierra del Fuego y los siguientes partidos de la zona oeste del GBA: Gral. Rodriguez, Hurlingham, Ituzaingó, Merlo,

Vehículos incluídos •

Moreno, Morón, Luján y Marcos Paz.

Marcas / Modelos: Esta cobertura tiene alcance para unidades nacionales e importadas excepto los vehí-

Modo de facturación

culos identificados específicamente como excluídos. •

Carrocería: Se excluyen todas las unidades identifi-

Póliza anual en 12 cuotas con opciones de facturación:

cadas como Cabriolet o Convertible.

Mensual y Cuatrimestral.

Formas de pago

Suma Asegurada •

Desde $ 70.000. Cobertura a valor de reposición para



vehículos 0 km durante el primer año de vigencia.

Facturación Mensual: Medios electrónicos de pago exclusivamente (tarjeta de crédito y CBU).



Facturación Cuatrimestral: Todos los medios de pago.

+

BENEFICIOS

BONIFICACIONES SOBRE TASAS DE CASCO POR CONTRATACIÓN DE PLAN DE FACTURACIÓN MENSUAL

0 km y 2 años

-15%

3 a 7 años

-10%

8 y 9 años

-5%

Para mayor información: Contactarse con el referente de su Unidad Regional con el que habitualmente opera.

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SEGUROS GENERALES

BERKLEY HOGAR + PROTEGIDO En Berkley International Seguros diseñamos las mejores coberturas, pensando en una completa protección de la vivienda y sus ocupantes. Nuestros planes contemplan opciones para todas las necesidades, más las ventajas de nuestros exclusivos servicios gratuitos de Asistencia Domiciliaria de Urgencia.

Incendio edificio A los efectos de la presente cobertura se considera Edificio a las siguientes instalaciones: sanitarias, de agua corriente, telefónicas internas, de calefacción y refrigeración. Quedan amparadas cajas de hierro empotradas en la pared y todo lo que forma parte integrante del edificio por estar firmemente adherido a él. Prestación a prorrata. Adicionalmente están cubiertos los daños indirectos ocasionados por cualquier medio utilizado para extinguir el fuego o evitar su propagación. También aquellos daños indirectos provenientes de fuego de las inmediaciones. Adicionales incluidos en la cobertura básica: • Remoción de escombros: hasta el 5% de la suma asegurada de Incendio Edificio, con un máximo de $ 50.000. • Huracán, Ciclón y Tornado. • Gastos de Hospedaje, hasta $ 5.000. Adicionales optativos: • Vendaval: hasta el 10% de la suma asegurada de Incendio Edificio. • Granizo: hasta el 10% de la suma asegurada de Incendio Edificio.

FA2602016

• Reposición a nuevo.

Incendio contenido general Cobertura del mobiliario de la vivienda con un límite por artículos suntuosos del 10% de la suma asegurada. Modalidad de la prestación: • A primer riesgo absoluto. Adicionales incluidos en la cobertura básica: • Huracán, Ciclón y Tornado. Adicionales optativos: • Vendaval: hasta el 10% de la suma asegurada de Incendio Edificio. • Granizo: hasta el 10% de la suma asegurada de Incendio Edificio.

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

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SEGUROS GENERALES



Coberturas comunes a incendio edificio y contendio

fotográficas, filmadoras, proyectores, grabadores y aparatos electrónicos en general, instrumentos científicos, de precisión y óptica, joyas, alhajas, pie les y objetos de arte.

Daños materiales causados por la acción directa del:

En conjunto:



Fuego.



Rayo.



Explosión.

exclusión de prendas de vestir, serán repuestos (no



Escape de Gas.

serán indemnizados en valores).



Tumulto Popular.



Huelga.



Lock-out.



Descargas eléctricas.



Malevolencia.



Impacto de Vehículos Terrestres y/o Aeronaves.



Daños por Humo.

• Hasta el 50% de la Suma Asegurada. • En caso de siniestro, los efectos siniestrados, con

Todo riesgo aparatos electrodomésticos Modalidad de la prestación: • A primer riesgo absoluto. Bienes Cubiertos por esta Cobertura:

Responsabilidad civil a linderos

• TV, audio, LCD, videograbadora y/o reproductor de cd, dvd, microondas y equipos de computación, sin detalle, cuando su valor individual no sea superior

Cobertura de daños y/o lesiones ocasionados a terceros

a $ 15.000 (inclusive).

como consecuencia de un siniestro amparado por la co-

No se encuentran cubiertos aquellos bienes que si

bertura de Incendio.

bien encuadran en la descripcion precedente, su

Modalidad de la prestación:

peran en su valor individual la suma maxima de

• A primer riesgo absoluto.

$ 15.000.REPOSICION A NUEVO para bienes de hasta 5

Robo contenido general Robo y/o hurto únicamente en domicilio. Modalidad de la prestación: • A primer riesgo absoluto. Límite por objeto: • 20% de la Suma Asegurada. Bienes Cubiertos por esta Cobertura: • Para relojes de pulsera, colgantes o de bolsillo, encendedores, lapiceras y similares, máquinas

años de antigüedad.

Robo e incendio objetos específicos Modalidad de la prestación: • Primer riesgo absoluto. Sin detalle para objetos diversos y/o específicos no clasificados como TV / audio / videograbadora / reproductor de CD/DVD / miicroondas y equipos de computación cuando su valor individual no sea superior a $ 15.000 inclusive.

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

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SEGUROS GENERALES

Cristales

Accidentes personales

Cobertura por rotura o rajadura de cualquier tipo de vidrio,

Cobertura de muerte y/o incapacidad total y/o parcial

cristal y/o espejos aplicados verticalmente en paredes,

permanente de la persona designada en la póliza como

puertas, ventanas, y otros marcos. Incluyendo los gastos

Asegurado ya sea integrante del grupo familiar o el per-

de colocación.

sonal doméstico que se desempeña en la vivienda. El lí-

Modalidad de la prestación:

mite de edad para la cobertura es hasta 65 años.

• A primer riesgo absoluto.

Modalidad de la prestación: • A primer riesgo absoluto.

Daños por agua

Daños causados al contenido por filtraciones, derrame,

Objetos diversos en República Argentina y países limítrofes

desborde o escape, como consecuencia de rotura, obstrucción o falla de la instalación conductora de agua, tanques, válvulas, bombas o cualquier accesorio de la

Cobertura de robo y daños materiales para Palos de Golf,

misma, de agua corriente domiciliaria. Se excluye taxati-

Cámaras Fotográficas, Filmadoras y Computadoras Por-

vamente todo daño ocasionado en la vivienda por agua

tátiles.

de origen externo, inclusive aquella que provenga de desbordes o taponamiento de la red de desagote. Modalidad de la prestación: • A primer riesgo absoluto.

Sujeto a declaración. Franquicia deducible solo para Computadoras Portátiles $ 200.Se excluye: • Robo en vehículos sin ocupantes. • Hurto. • Desaparición misteriosa.

Responsabilidad civil hechos privados Daños o lesiones causados a terceros por los hechos pri-

Jugadores de golf

vados imputables al Asegurado, no vinculados a su actividad profesional.

En caso de contratarse la cobertura de palos de golf, se

Modalidad de la prestación:

otorgará cobertura automática por gastos derivados del

• A primer riesgo absoluto.

hoyo en uno hasta $ 1.000.-

Adicionales optativos: • Ascensores.

Posibilidad de cobertura adicional de Responsabilidad

• Piletas.

Civil Jugadores de Golf en la cobertura de Responsabili-

• Jugadores de Golf.

dad Civil Privada.

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

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SEGUROS GENERALES

Embarcaciones de Placer

Nuestras coberturas constituyen la mejor protección para asegurar las embarcaciones de placer de sus asegurados. Bajo una póliza de fácil lectura, le acercamos soluciones específicas para llegar siempre a buen puerto y sin imprevistos, protegiéndolas ante: Daños, Robo, Responsabilidad Civil hacia terceros y Salvataje. Adicionalmente cuentan con los servicios de auxilio y remolque gratuito cuando lo necesiten, más la posibilidad de optar por coberturas adicionales.

Tipos de embarcaciones a asegurar Lanchas y/o semirrigidos

Veleros

Cruceros

Detalle de coberturas BK1 - Amplia •



FA2602016

• • • •

Pérdida y/o daños parciales y totales que sufriera la embarcación como consecuencia directa de naufragio, varamiento, incendio, rayo y/o explosión, y choques con otra embarcación, medio de transporte terrestre, boyas, barcos hundidos, muelles y en general cualquier cuerpo fijo o flotante, durante las operaciones de reparaciones normales, el equipamiento, incluidas las operaciones de sacada a tierra y botadura. Responsabilidad Civil a cosas de terceros, personas transportadas y no transportadas, hasta el valor total asegurado de la embarcación. Robo total de la embarcación (casco y motor). Robo total y/o parcial de elementos fijos al casco. Salvamento, gastos de salvamento y Sue & Labour. Incendio total sin franquicia.

• •

• • • •

Huelga y vandalismo. Embarcación auxiliar y/o motor fuera de borda, siempre que se hallen a bordo de la embarcación principal, formando parte de la misma. Incendio en Guardería. Rotura de palo derivada de un hecho cubierto. Temporal e Inundación. Transito en trailer dentro de la Republica Argentina (excluyendo la Responsabilidad Civil).

Coberturas adicionales opcionales • •

Rotura de Palo en regata, derivada de un hecho cubierto. Gastos Médicos (únicamente veleros y/o cruceros).

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

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SEGUROS GENERALES



BK2 - Restringida • • • •

Pérdida total derivada de un hecho cubierto. Salvamento, gastos de salvamento y Sue & Labour. Huelga y vandalismo. Averías parciales por Incendio.

Semirígidos: 2,00% sobre la suma asegurada con un mínimo de $ 1.000 en todo y cada reclamo (excepto pérdida total).

Servicio de Remolque y/o Auxilio Se incluye el servicio de Auxilio y Remolque sin costo adicional para que pueda contar con toda nuestra protección.

Coberturas adicionales opcionales •

Responsabilidad Civil a cosas de terceros, personas transportadas y no transportadas, hasta el valor total asegurado de la embarcación. Transito en trailer dentro de la Republica Argentina (pérdidas totales).



Este servicio consta de auxilio mecánico y remolque, incluyendo varadura las 24 hs los 365 días del año, el mismo se presta exclusivamente en aguas territoriales argentinas, en las tres secciones del Delta del Paraná, incluyendo Zarate, Isla Martín García hasta Puerto Madero.

Reposición de suma por siniestro Franquicias •

Lanchas, Veleros y/o Cruceros: 1,00% sobre la suma asegurada con un mínimo a convenir en todo y cada reclamo (excepto pérdida total).

La reposición de suma por siniestro se realizara en forma automática para el primer evento.

Datos necesarios para la emisión de la póliza

. Datos del Asegurado: Nombre o razón social / domicilio / DNI o CUIT . Inicio de vigencia . Embarcación Tipo: Crucero, velero, lancha, etc. . Nombre de la embarcación . Matrícula . Año de construcción . Material . Dimensiones: Eslora / Manga/ Puntal . Propulsión:

Tipo (con pata o línea de eje) y combustible

. Suma asegurada indicada . Ubicación del riesgo: (Guardería/amarra/domicilio, etc.) .

Para inspeccionar: Contacto y nro. Telefónico

Para mayor información: Consulte con el Responsable Técnico o Comercial de su Unidad Regional

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SEGUROS PERSONALES

Aurum AURUM

aquellos casos en los cuales la invalidez total y permanente se origine como consecuencia de una enfermedad.

Cobertura: Ámbito y Alcances •

FA2602016



Fallecimiento: Ante la muerte del Asegurado a causa de un accidente o enfermedad, Berkley indemnizará a los asegurados dispuestos la suma asegurada contratada. Indemnización adicional por muerte accidental: Si el fallecimiento se produjera como consecuencia de un accidente se abonará una indemnización adicional similar a la contratada para la cobertura de muerte.



Invalidez total por accidente: Aquel asegurado que como consecuencia de un accidente quedare incapacitado en forma total y permanente para ejercer cualquier actividad, será indemnizado en un solo pago con el equivalente al total del capital asegurado.



Invalidez Total y Permanente como consecuencia de enfermedad: Esta cobertura presenta las mismas características que la descripta precedentemente con el agregado que la indemnización se extiende para



Invalidez Parcial y Permanente como consecuencia de Accidente: Las incapacidades parciales, resultantes de un accidente exclusivamente, que pudiera sufrir el Asegurado se indemnizan al momento en que médicamente se determina la incapacidad con un porcentaje del capital asegurado por muerte.



Anticipo de indemnización por diagnóstico de enfermedades graves: En esta cobertura, cuando al Asegurado se le diagnostique por primera vez después del inicio de vigencia de la misma alguna de las enfermedades graves definidas en póliza –Cáncer, Cardiopatía Isquémica, Otras cardiopatías o Insuficiencia Renal- Berkley anticipará el cincuenta por ciento (50%) del capital contratado para la cobertura de muerte en un pago único. Este beneficio tiene carácter sustitutivo del capital asegurado que correspondiera liquidarse por cualquiera de las otras cober-

Para mayor información contactarse con: Buenos Aires: Bernardo Salduna: [email protected] / Tel: 4378-7976 Resto del País: Consulte con las oficinas de nuestras Unidades Regionales.

SEGUROS PERSONALES

Coberturas

Capital por módulo

Hasta 39 años

De 40 a 49 años

De 50 a 59 años

De 60 a 70 años

$32,50*

$ 45,00*

$ 75,00*

$ 125,00*

$ 50.000/

$ 50.000/

$ 50.000/

$ 50.000/

$ 400.000

$ 400.000

$ 200.000

$ 100.000

Muerte Indemnización adicional por muerte accidental Invalidez Total por Accidente

$ 50.000

Invalidez Total por Enfermedad Invalidez Parcial por Accidente Anticipo del 50 % por diagnóstico de enfermedades graves

$ 25.000

Mínimo / máximo capital asegurado

Los costos señalados precedentemente corresponden a premios finales mensuales por cada $50,000 de suma asegurada. * No incluye impuestos ni sellados provinciales.

Beneficios de la comercialización

Beneficios de AURUM

de AURUM •



Protegerá al asegurado los 365 días del año las 24 horas y en cualquier parte del mundo.



El asegurado encontrara aquí una cobertura a su medida con una excelente combinación entre precio y protección. A la vez accederá a este servicio con una simple declaración de salud.



Este seguro se renueva anualmente de manera automática.

Genera una comisión mensual permanente sobre la vigencia de la póliza.



Permite un ingreso adicional a la organización para absorber gastos fijos.



Es de fácil administración.



Son coberturas de primas accesibles para todos los niveles socioeconómicos.



Permite la generación de certificados individuales.

Para mayor información contactarse con: Buenos Aires: Bernardo Salduna: [email protected] / Tel: 4378-7976 Resto del País: Consulte con las oficinas de nuestras Unidades Regionales.

SEGUROS PERSONALES

Previum SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES CON RENTA DIARIA PREVIUM

“Previum”, una cobertura que garantiza los ingresos del asegurado durante un determinado período de tiempo en el cual no pueda desarrollar sus tareas como consecuencia de un accidente. Como complemento de las coberturas tradicionales de accidentes personales, “Previum” prevé la indemnización por invalidez temporaria (renta diaria), de manera tal que constituye una excelente protección de los ingresos de aquellos profesionales que no desempeñan su actividad en relación de dependencia. permanente al asegurado, Berkley International Seguros pagará al mismo una suma igual al porcentaje sobre la suma asegurada contratada, que corresponda de acuerdo a la naturaleza y gravedad de la lesión sufrida, y según se especifica en póliza para cada tipo de lesión.

FA2602016

Coberturas: •

Muerte: ante la muerte del Asegurado como consecuencia de un accidente, Berkley International Seguros indemnizará a los herederos dispuestos, la suma asegurada contratada.



Invalidez Total Permanente: Si el accidente causare una invalidez permanente determinada con prescindencia de la profesión u ocupación del Asegurado, Berkley International Seguros indemnizará el total de la suma asegurada contratada. La incapacidad o invalidez total permanente se refiere a la imposibilidad de desarrollar cualquier actividad laboral independientemente de la profesión específica, todo ello determinado por profesionales médicos.



Invalidez Parcial Permanente: Si la consecuencia del accidente derivara en una incapacidad parcial



Renta Diaria Por Internación: Si el accidente causare una invalidez temporaria que derive en la internación sanatorial u hospitalaria (no domiciliaria) del asegurado, de manera tal que le impida atender sus ocupaciones habituales declaradas, Berkley International Seguros pagará la indemnización diaria estipulada para este caso, por toda la duración de la invalidez, y hasta el máximo fijado para cada plan. Toda indemnización motivada por invalidez temporaria tendrá un deducible de 3 días, a contar desde el primer día de internación.

Para mayor información contactarse con: Buenos Aires: Bernardo Salduna: [email protected] / Tel: 4378-7976 Resto del País: Consulte con las oficinas de nuestras Unidades Regionales.

SEGUROS PERSONALES

Coberturas

Sumas aseguradas

Planes

A

B

C

D

Muerte

$ 100.000

$ 200.000

$ 300.000

$ 100.000

Incapacidad total

$ 50.000

$ 100.000

$ 150.000

$ 200.000

Incapacidad parcial

$ 25.000

$ 50.000

$ 75.000

$ 100.000

$ 200

$ 400

$ 600

$ 800

Renta diaria Días de renta diaria por año Cuota*

100 $ 22

Edad mínima de ingreso 14 años. Edad máxima de ingreso 65 años. * No incluyen impuestos ni sellados provinciales en caso de corresponder.

Para mayor información contactarse con: Buenos Aires: Bernardo Salduna: [email protected] / Tel: 4378-7976 Resto del País: Consulte con las oficinas de nuestras Unidades Regionales.

100 $ 44

100 $65

100 $ 88