El terrorismo como método y como actor

“El terrorismo como método y como actor” María Candela Zaffiro Tacchetti I- Hipótesis El fenómeno de terrorismo ha justificado el discurso y las de...
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“El terrorismo como método y como actor” María Candela Zaffiro Tacchetti

I-

Hipótesis

El fenómeno de terrorismo ha justificado el discurso y las decisiones de EE.UU. a partir de la desaparición del bloque soviético, erigiéndolo como el enemigo a ser derrotado tras los atentados del 11 de septiembre en un proceso que podemos describir como de subjetivación. Dicha “subjetivación” justificó las intervenciones armadas en Afganistán e Irak influyendo en la configuración del sistema mundo las cuales libraron los atentados terroristas en Atocha, Londres, África, Medio Oriente, Extremo Oriente y Francia. Las voluntades imperialistas que buscaban moldear el sistema mundo y las reacciones violentas por parte de grupos marginales generaron un combo que ha hecho del terrorismo uno de los fenómenos (o actores) centrales, ya sea por su accionar o por el hecho de haber sido utilizado como excusa para intervenciones armadas.

PALABRAS CLAVES: globalización, sociedad internacional, terrorismo trasnacional, innovaciones tecnológicas, legitimación.

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II-

Introducción

En los últimos años el terrorismo trasnacional simboliza un desafío en el escenario mundial que sólo puede ser efectivamente atacado por toda la comunidad internacional. La Guerra Fría y el fenómeno de la globalización han generado su expansión provocando desde hace ya más de veinte años temor en el orden interno de los países democráticos priorizándose en la agenda internacional.

Los ataques del día 11 de septiembre del 2001 contra las torres gemelas del World Trade Center en New York y contra el Pentágono, sede del Departamento de Defensa en Washington, marcaron el inicio de una nueva era política generando diversos cambios en la política exterior. La gran potencia mundial sufrió un devastador atentado no solo en su realidad material y humana, sino en sus símbolos (Corradi, 2002, pg. 1).Se trató de un conjunto de actos sistemáticos sobre símbolos de poder de los Estados Unidos, llevados a cabo por actores de la misma identidad religiosa, ocasionando pérdidas humanas y materiales pero por sobre todo, una crisis psicológica generada a partir del enorme impacto a nivel mundial a través de los medios de comunicación. Pues como apunta Herfried Münkler: “La estrategia terrorista no busca por lo tanto las consecuencias físicas inmediatas del uso de la violencia, sino sus condiciones psicológicas”

Actualmente, el sistema mundial se encuentra frente a una amenaza casi imposible de limitar. La misma se ha expandido de forma veloz ante las novedades tecnológicas y comunicacionales, facilitando el actuar de los grupos terroristas. La fuerte presencia de las Naciones Unidas y las iniciativas que la organización ha

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estado promoviendo durante los últimos años reflejan la preocupación por parte de los Estados Miembros de este fenómeno que conlleva tanto a la violación de los derechos humanos como del Estado de Derecho

III-

¿Qué es el terrorismo?

Durante el siglo XX en el mundo prevalecieron y se distinguieron dos modelos políticos diferentes y opuestos que caracterizaron las relaciones internacionales. Desde la caída del muro de Berlín y el desmembramiento de la URSS (Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas), el 9 de noviembre de 1991, el dominio de Estados Unidos simbolizó la llegada de la unipolaridad. A partir de este hecho, el mundo se encontró expectante ante el anhelo de la aparición de un nuevo orden mundial teñido de paz y armonía internacional, pronosticando el fin de las ideologías. Sin embargo, el tan anhelado clima de unidad y equilibrio se vio opacado por el surgimiento de crisis, conflictos y violencia como consecuencia de la aparición de amenazas trasnacionales como narcoguerrillas, corrupción, grupos terroristas, deterioro ambiental, la proliferación de Armamento de Destrucción Masiva (ADM), conflictos armados, desigualdad, infortunios ideológicos y culturales, etcétera; y de nuevos medios de acción como los drones y los ejércitos privados generando alteraciones en la agenda de seguridad internacional. Autores como Laiño Aníbal (1991) conciben, en un sentido amplio, a las amenazas como el “conjunto de circunstancias que integradas constituyen un factor potencial de daño cierto y que bajo ciertas condiciones puede producirse. (P. 35), o siguiendo la idea de Sampó (2004), entendibles como: “ataques dirigidos contra los Estados y la democracia (que) socavan las reglas de funcionamiento de nuestros sistemas (y) contribuyen a erosionar las instituciones democráticas y generan un fuerte sentimiento de apatía en la Sociedad Civil frente a la clase política, que

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redunda en la pérdida de confianza no solo en los gobierno sino también en los sistemas tal como están establecidos”.1

Hasta la década del ochenta los países occidentales sólo se veían amenazados por aquellos Estados implicados en actividades terroristas o que apoyaban a grupos terroristas como por ejemplo Libia, Irán, Irak, la Unión Soviética y Siria. No obstante, el deseo de neutralizar a los Estados que favorecen a este fenómeno se vio anulado por la aparición de redes internacionales de terroristas que se han beneficiado de la globalización y la modernización de la tecnología para profundizar su participación en la arena internacional.

Ya desde la Revolución Francesa el terrorismo ha ido progresando como maniobra para generar cambios opuestos a las políticas de los Gobiernos establecidos por lo que el terrorismo no es un fenómeno nuevo, sino que el mismo ha ido cambiando y modernizándose a lo largo de la historia permitiéndole alcanzar la capacidad suficiente para encontrarse, en la actualidad, presente en cualquier contexto internacional.

“Si hacemos un análisis semántico, podemos afirmar que “El vocablo terrorismo es la conjunción de dos términos: terror e –ismo. El primero de ellos, terror, del latín terroris, involucraba al sentimiento del miedo en su máxima expresión, es decir, cuando el mismo se apodera de nuestro pensamiento e impide conducirnos racionalmente. La utilización del terror para gobernar comenzó muy tempranamente en el mismo seno de las sociedades ya que a través del mismo se buscaba una forma de mantener cierta organización utilizando la persuasión, la amenaza y hasta el castigo. La colocación del sufijo –ismo al final de la palabra terror fue necesario para señalar que dicho terror se había convertido en una doctrina, en un 1

Concepto tomado y adaptado por Bartolomé Mariano (2006, p. 165) de Sampó, Carolina: La corrupción en la agenda de seguridad latinoamericana. Octubre 2004.

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sistema. El terrorismo es una táctica, no una ideología; y la utilización del mismo por grupos que han adoptado el uso del terror sistemático como principal arma es mucho más profundo, la unión de los miembros de los grupos terroristas tiene que ver con creencias básicas que comparten, más allá de cualquier ideología.” (Manassera, 2014, p. 98)

El terrorismo no sólo emerge y se desarrolla dentro de determinados confines estatales sino que es un fenómeno que atraviesa fronteras. Diferenciándose del terrorismo estatal, es decir, aquel cuyas víctimas se encuentran dentro del mismo marco estatal, se destaca el terrorismo trasnacional en el cual haré hincapié. Cuando hablamos de terrorismo trasnacional, en palabras de Alberto Corradi (2002), no referimos a aquel cuya lógica de funcionamiento responde a la moderna globalización, con redes di-seminadas en varios países, que actúan en forma descentralizada, sin una estructura piramidal y sin atarse a un territorio determinado.2 (p. 7-8)

El terrorismo puede ser interpretado tanto como una técnica específica o estrategia utilizada para el empleo de instrumentos políticos y militares en el marco de un conflicto hasta como instrumento de política exterior. También se da la otra cara de la moneda: estados desarrollados, deseosos de intervenir en otros Estados más débiles, por cuestiones de política interna o externa, alegan que los mismos se hallan vinculados o sostienen a grupos terroristas, a fin de darle visos de legitimidad a su intervención. (Rial, 2003, p.8).

Por lo tanto, se deduce que la noción de terrorismo genera desencuentros y es considerada una noción compleja y ambigua. La misma fue utilizada por primera vez en Bruselas del 26 al 30 de junio de 1930 en la

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Corradi, C. A (2012). Terrorismo Trasnacional. Cruzamos el umbral al siglo XXI.

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Tercera Conferencia Internacional para la Unificación del Derecho penal, ante la discusión de un instrumento penal internacional como consecuencia de actos terroristas individuales e internacionales ulteriores a la Primera Guerra Mundial. Prontamente, es

en el año 1934 que la Liga de las Naciones comenzó a generar un convenio “para la prevención y el castigo”, que si bien nunca ha entrado en vigor, comienza a ubicar al terrorismo en la agenda internacional.

Luego, a raíz de los asesinatos en Marsella del Rey Alejandro de Yugoslavia y del Presidente del Consejo de la República de Francia, en el marco de la Liga de las Naciones, se adoptó el 16 de noviembre de 1937 una Convención “para la prevención y represión del terrorismo” donde en su artículo 1 define al terrorismo como aquellos “hechos criminales dirigidos contra un Estado y cuyo fin o naturaleza es provocar el terror en personas determinadas, en grupos de personas o en el público”. Debido a la violencia desatada que finalizó con la Segunda Guerra Mundial, la convención nunca entró en vigencia3.

Patricia Kreibohn (2004) entiende que: “en primer lugar, el terrorismo constituye una estrategia política violenta implementada por un grupo organizado; esto la distingue claramente de la violencia delictiva común y la sitúa en una dimensión politológica. En segundo lugar, esta estrategia se lleva a cabo para infundir terror

3

Silva Fernandez en su artículo “Iniciativas de las Naciones Unidas para combatir el terrorismo” aporta que: “El significado corriente del concepto ha ido evolucionando desde que comenzó a utilizarse a fines del siglo XVIII. La palabra «terror» fue utilizada por primera vez en conexión con el «Reino del Terror» jacobino que sucedió a la Revolución francesa. Varios gobiernos hoy continuarían definiendo terrorismo en estrecha relación a la utilización del terror por parte de un Estado para mantener sometida una población determinada. Sin embargo, en la actualidad el concepto se aplica principalmente a actos de individuos o grupos de individuos.”. Sin embargo, María Soledad Manassero insiste en que “a pesar que la mayoría de los historiadores y estudiosos identifiquen al término terrorismo con lo sucedido durante el Terror Francés con Robespierre, por ser la primera manifestación actual y clara de la utilización del término con un preciso propósito político, no debemos desconocer la existencia del mismo siglo atrás. Su intensidad pudo variar con el tiempo, sin embargo, las características que hacen único al fenómeno terrorismo son factibles de ser rastreadas desde la antigüedad”. (Revista de Relaciones Internacionales Nro. 17. Publicación del Instituto de Relaciones Internacionales)

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e inseguridad en una sociedad no beligerante; por deducción se establece así que el terrorismo no es guerra - lo cual lo ubica fuera del área de las competencias propias de un conflicto armado de tipo bélico - pero sus efectos provocan serias alteraciones en la paz y la convivencia de una sociedad determinada”4 (P. 5)

Siguiendo el eje de esta idea, a través del terrorismo los grupos beligerantes alcanzan objetivos militares y políticos a través de un conjunto de decisiones y actuaciones orientadas al logro de un fin. El eje clave de los grupos terroristas se plasma en el principio del vanguardismo violento según el cual a través de sus actos logran movilizar a la sociedad en una dirección deseada. Por ejemplo, las muertes y los heridos de los atentados no son el objetivo final sino solo son intermediarios o instrumentos que permiten a las organizaciones terroristas comunicar un mensaje a los gobiernos y a la comunidad internacional.

En la actualidad, el terrorismo representa una amenaza a la paz y la seguridad mundial siendo uno de los retos más peligrosos que afronta hoy en día la comunidad internacional. En los últimos años, el mundo se ha oscurecido a partir de un nuevo conflicto bélico, ya no entre Estados como únicos actores, sino entre Estados “libres y democráticos” contra el “mal internacional” representado por el terrorismo, capacitado y dispuesto a utilizar armas de destrucción masiva. A partir de la globalización, los medios de comunicación y el fenómeno de Internet se han puesto en manos de los grupos terroristas funcionando como nuevas armas que permitieron de forma más viable la labor logística y el poderío destructivo de las organizaciones terroristas trasnacionales, beneficiando su difusión a lo largo del mundo y como consecuencia, produciendo terror a escala mundial.

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Kreibohm, P. (2004) “Terrorismo: el debate por las causas. La línea de interpretación de los factores endógenos”.

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La capacidad de montar operaciones a lo largo y ancho del globo y de desarrollarlas en simultáneo, de coordinar los movimientos de las células para evitar que éstas sean capturadas y, al mismo tiempo, informar al mundo sobre los planes, amenazas o logros conseguidos por la organización, son facultades que solo la tecnología ha logrado poner al alcance de los grupos terroristas y que ha obligado a los gobiernos a dar respuesta de formas no siempre convencionales, pero que la Comunidad Internacional ha llegado a aceptar.5 (Alvarez, 2006, p. 3)

En nuestros días, el terrorismo ha cimentado una red de propaganda, la cual utiliza de manera intensiva, asentada en Internet y las redes sociales, entre ellas Twitter y You Tube. Su mensaje se basa en demostrar mundialmente sus capacidades de gobierno y gestión, lo que les permite proveer a la población de diversos servicios sociales limitados u obstaculizados por los diversos gobiernos corruptos anteriores. Esta capacidad se logra a partir de considerables ingresos fruto del contrabando de petróleo, la compraventa de armas, los secuestros extorsivos, el cobro de impuestos internos, las aduanas para mercaderías en tránsito, el contrabando de obras de arte, y las donaciones tanto locales como exógenas..

Esta nueva forma de guerra, caracterizada por la globalización tecnológica, se expresa en diferentes planos de los cuales se distinguen dos en particular: el psicológico y el mediático o el de los medios de comunicación. A través de la opinión pública internacional se oscurecen las acciones bélicas y se instala una especie de guerra psicológica que “coexiste y es complementada con actos terroristas, actividades insurgentes y operaciones bélicas en el sentido clásico” (Bartolomé, 2016), otorgándole al plano psicológico una importancia crucial. 5

Alvarez, M. (2006). “Terrorismo Catastrófico. Sistematización causal”. P. 3

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Los grupos terroristas han logrado un gran impacto internacional debido a que no sólo desarrollan sus acciones en Estados con los que tienen conflictos sino que sus promotores y ejecutores han llevado adelante actos terroristas en aquellos Estados con los mantienen grados de conflicto nulos con el objetivo de utilizarlos como escenarios para su propaganda armada.

En conclusión, el terrorismo a través de la innovaciones tecnológicas y comunicacionales se ha ido expandiendo en forma veloz, impactando de manera abrumadora en la política exterior de los estados y en las decisiones de los organizamos internacionales, siendo uno de los retos más urgente y peligroso que afronta hoy en día la comunidad internacional.

IV-

El fenómeno del terrorismo en el siglo XXI

La situación cambia cuando al hacer mención del término “terrorismo” lo asociamos inmediatamente a la violencia, al conflicto, a las muertes, a los actos suicidas, al fundamentalismo islámico, y, hasta al Islam, englobando a todos estos conceptos en una misma categoría y, creyendo, que el mismo existe sólo a partir de los atentados acaecidos el 11 de septiembre del 2001 (11-S) en los Estados Unidos. No podemos negar que ese hecho marcó un antes y un después en la historia mundial, sobre todo para impulsar a la gran potencia a reconsiderar la manera de desarrollar su política externa e interna, y hacer frente a los “nuevos desafíos” en la escena internacional, razón por la cual cobró importancia éste fenómeno, convirtiéndose en una amenaza transnacional de envergadura. Soy conscientes que Estados Unidos no cambió repentinamente su política tras estos atentados sino que los cambios vienen produciéndose ya desde la década del ´90 cuando decidieron endurecer su política. No obstante, los atentados del 11-S, permitieron a Estados Unidos

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concentrar aún más su poder en el ejecutivo y extender al mismo en el mundo, enarbolando la bandera de la lucha contra el terrorismo. (Soledad Manassero, 2014, p. 6-7)6.

Esta nueva realidad mundial impactó de manera abrumadora en la política exterior de los Estados y en las decisiones de los organizamos internacionales en pos de conservar la paz y la seguridad internacional. Este impacto convirtió en blanco al mundo árabe e islámico desde el momento en que Estados Unidos identifica a Bin Laden, Al-Qaeda y al gobierno que los hospedaba como culpables de los ataques en el corazón de Nueva York. La denominada “Coalición Internacional Contra el terror”, política exterior de Estados Unidos, buscó una justificación para que su lucha contra el terrorismo tuviera matices legítimos. Casi todas las naciones apoyaron la iniciativa y los tres países que tenían relación con el régimen de los talibanes (Pakistán, Árabes Unidos y Arabia Saudí) dejaron de tenerlos.7

El 11 de septiembre y el inicio de la “guerra contra el terrorismo” le brindó a Estados Unidos la legitimidad que estaba buscando amparándose en el artículo 51 del capítulo 7 de las Naciones Unidas, el cual concede el derecho a la legítima defensa en caso de un ataque armado contra un Miembro de las Naciones Unidas siempre que el Consejo de Seguridad no haya tomado las medidas que considera necesarias para conservar la paz y la seguridad internacional. Ante la posición de víctima en la que se resguarda la primera potencia mundial, pocos Estados cuestionaron la legitimidad de los Estados Unidos para intervenir en territorio oriental. Para justificarse, el gobierno de los Estados Unidos manifestó que los talibanes se habían negado a

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Manassero. M. S (2014). Terrorismo Internacional. Factores que inciden en la dimensión de los Grupos Terroristas (19892011). P. 6-7 7 Cecilia Guardati y Rosaura Audi. EL 11 DE SEPTIEMBRE DIO EL MARCO A EE.UU. PARA REDISEÑAR Y AGUDIZAR SU INTERVENCION EN EL MUNDO MUSULMAN Así lo evidencian los procesos políticos de Afganistán, Pakistán, Irán, Irak y Palestina.

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las cuatro exigencias formuladas por el presidente Bush: la entrega de Bin Laden, el cierre de sus campos de entrenamiento, permitir inspecciones internacionales en suelo afgano y la liberación de los ocho cooperantes internacionales.8

En un lapso de 60 días luego del 11 de septiembre del 2001, el Congreso de Estados Unidos sancionó la Ley Patriota, la cual faculta al gobierno federal a realizar escuchas telefónicas, intervenir mails, rastrear la propiedad de inmuebles, etcétera; con el objetivo de vigilar a la población estadounidense. También autoriza a la policía a detener y deportar inmigrantes sospechados de tener lazos con el terrorismo.

Técnicamente, el comienzo de la “guerra contra el terrorismo” tuvo lugar desde el momento en que Estados Unidos materializa el ataque lanzado contra Afganistán y la red Al Qaeda de Osama Bin Laden, mientras de forma paralela se implementa a nivel mundial una legislación “antiterrorista” cuya finalidad es la de justificar el actuar de Estados y gobiernos como herramienta para reprimir o encarcelar a las “oposiciones políticas, los inmigrantes o las organizaciones armadas”, congregadas a todas bajo la misma denominación. Primero acudió a su propio Congreso, en donde consiguió apoyo de forma casi unánime, y a los países occidentales más fuertes, para luego comenzar a crear y establecer nuevas alianzas que le dieran legitimidad en su lucha global contra el terrorismo.

De este accionar surgen varios interrogantes: ¿todo acto terrorista proviene o debe atribuírsele a un Estado para que el mismo sea calificado como ataque armado?, ¿el artículo 51 ampara el derecho de legítima defensa contra Actores No Estatales como las organizaciones terroristas?

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“EE UU ataca Afganistán. El Pentágono confirma el ataque”. El País, 7.10.2001

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El 7 de octubre del 2001 Estados Unidos llevó a cabo acciones militares en Afganistán denominadas Operation Enduring Freedom (Operación Libertad Duradera) amparándose en el derecho de legítima defensa entre cuyos motivos principales se encontraban, en primer lugar, la captura de todos aquellos responsables de planear y brindar apoyo en la ejecución de los ataques terroristas, destruir las capacidad operativas de Al Qaeda, la instalación de un gobierno democrático que respetara y cumpliera las normas internacionales y la eliminación de uno de los productores más grandes de opio y heroína a nivel mundial.

Tres semanas después de los ataques, se habían conseguido cuarenta y seis declaraciones multilaterales de apoyo, el ofrecimiento de más de cien países para colaborar con los servicios de inteligencia y seguridad alrededor del mundo, asistencia en investigaciones criminales de treinta Estados y el ofrecimiento de apoyo militar en distintos grados de veintisiete países.9

Luego de la invasión a Afganistán, la acción más importante llevada a cabo por Estados Unidos fue la invasión y ocupación de Irak en marzo del 2003 justificándose en nexos existentes entre Al Qaeda y el régimen de Saddam Hussein, como el desarrollo de armas nucleares, químicas o biológicas, por lo que Irak nuevamente vuelve a ubicarse en el radar del gobierno estadounidense pese a que Bin Laden y Al Qaeda fueron identificados por Washington como los responsables del atentado del 11 de septiembre. La misma fue realizada sin un mandato expreso de Naciones Unidas, con la condena de la mayor parte de la comunidad internacional y en violación de numerosos normas del Derecho Internacional (Travaini 2008, p.61).

9

Davis, J. op. cit. p. 12

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Sin embargo, lejos de minimizar los focos terroristas, en marzo de 2004 y en julio de 2005, Al-Qaeda llevó adelante actos terroristas a Madrid y a Londres ampliando su radio de acción, y consolidándose como amenaza internacional demostrando que todas las acciones de Occidente por eliminar o prevenir sus efectos fueron en vano

V-

Tratamiento del terrorismo en las Naciones Unidas

A los largo de los años, tanto organizaciones, académicos, gobiernos y hasta la propia Sociedad de las Naciones, como lo reflejé anteriormente, han propuesto diversas definiciones pero ninguna ha sido aceptada por la comunidad internacional.

La lucha mundial contra el terrorismo debe hacer hincapié en la aplicación de la ley y el respeto de los derechos humanos según lo dispuesto en el art. 3 de la Declaración Internacional de los Derechos Humanos, en el art. 9 del Convenio sobre Derechos Civiles y Políticos, el art. 5 de la Convención Europea de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, el art. 6 de la Declaración de África de los Derechos Humanos y de los Pueblos, el art.1 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y el art. 7 de la Convención Americana de Derechos Humanos . Los tratados internacionales, los principios generales, el derecho internacional consuetudinario y otras fuentes del derecho internacional establecen el compromiso de los gobiernos de tomar las medidas necesarias o la obligación de abstenerse a actuar de determinada con la finalidad de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los individuos

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Desde 1936 hasta la actualidad, se han generado 19 instrumentos jurídicos internacionales para prevenir los actos terroristas bajo los auspicios de las Naciones Unidas y de sus órganos especializados, como el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), abiertos a participación de todos los Estados Miembros.10

No obstante, es a partir de 1945 que el mundo se vio comprendido en un marco normativo y jurídico debido a la aparición de determinados instrumentos que han ido definiendo los principios internacionales como la Carta de las Naciones Unidas, los Convenios de Ginebra, el Estatuto de la Corte Penal Internacional y que han regulado y coartado tanto el uso de la fuerza por parte de los Estados como el comportamiento de los mismos en épocas de guerra siendo objeto de condena a los responsables de estos crímenes.

Sin embargo, respecto al terrorismo, las Naciones Unidas se vio restringida en la tarea de confeccionar un régimen jurídico debido a la dificultad de definir y tipificar penalmente los actos terroristas. La misma reconoce la obligación y la urgencia de alcanzar igual rigor normativo con respecto a actores no estatales que el que existe con respecto al uso de la fuerza de actores estatales. Esta organización considera al terrorismo como “un crimen común y no de naturaleza política”, por lo que sólo admite la extradición y no el asilo.

A través de la Asamblea General, los Estados Miembros han llevado adelante actividades en común contra el terrorismo y aún continúan proyectando normas jurídicas. “La Organización ha servido de caja de resonancia del enfrentamiento ideológico que dividió al mundo de la posguerra hasta las postrimerías de nuestro siglo. Como tal, su acción fue espejo de la falta de voluntad política de los Estados para combatir la

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http://www.un.org/es/counterterrorism/legal-instruments.shtml

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violencia terrorista, a la que recién hoy comienza a calificar de violencia criminal. Hasta hace muy poco tiempo, el escenario internacional debilitó la lucha en la Asamblea General y cuasi paralizó el involucramiento del Consejo de Seguridad”11.

Tanto las resoluciones como los convenios de lucha contra el terrorismo han establecido gratificantes bases normativas reflejando la voluntad de las Naciones Unidas para combatir, junto a la comunidad internacional, a este fenómeno. Sin embargo, varios países permanecen al margen de ellos y aquellos países que los ratifican no adoptan las medidas necesarias para confrontarlo.

En el año 1999 la Asamblea General de las Naciones Unidas adopta una definición en el marco de la Convención Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, la cual entra en vigor a partir de abril del año 2002, es decir, luego de haberse concretado los atentados del 11 de septiembre en Estados Unidos. Sin perjuicio de haber tenido gran aceptación por la comunidad internacional, no posee fuerza de ley ni carácter obligatorio, por lo que su incumplimiento no contrae graves consecuencias. Esta Convención entiende que terrorista es “cualquier acto destinado a causar la muerte o lesiones corporales graves a un civil o a cualquier otra persona que no participe directamente en las hostilidades en una situación de conflicto armado, cuando, el propósito de dicho acto,…, sea intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo”.

Debido al amplio y particular alcance de la Estrategia global de las Naciones Unidas contra el terrorismo, el mismo ostenta como este fenómeno afecta a todos los aspectos sociales y políticos a nivel mundial. La 11

Silva Fernandez de Gurmendi. “Iniciativas de las Naciones Unidas para combatir el terrorismo”. Revista de Relaciones Internacionales Nro. 17. Publicación del Instituto de Relaciones Internacionales.

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Estrategia global de las Naciones Unidas contra el terrorismo, que figura en la resolución 60/288 de la Asamblea General, y las resoluciones de examen conexas 62/272 y 64/297 siguen aportando el marco estratégico y la orientación normativa para las iniciativas conjuntas del sistema de las Naciones Unidas en la lucha contra el terrorismo. (A/66/762 - Estrategia global de las Naciones Unidas contra el terrorismo: actividades del sistema de las Naciones Unidas para la aplicación de la Estrategia Informe del Secretario General).

Debido a que no existe una única definición, cada Estado es libre de definirlo en pos de sus intereses e intenciones políticas y económicas, y es que, la falta de armonización en relación a una enunciación precisa del concepto de terrorismo según el derecho internacional supone que identificar un acto o situación como terrorista no puede servir como cimiento para ilustrar las obligaciones internacionales de los Estados.

A través de la resolución 1373 (2001), se conforma, por primera vez, el Comité contra el Terrorismo (CCT), con el objetivo de fortalecer las capacidad de los Estados Miembros en pos de la lucha contra el terrorismo tanto dentro de sus fronteras como en otras regiones12.

En el año 2005, gracias a la iniciativa del Secretario General, se conformó un Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo conformado por 38 entidades tanto nacidas en el corazón de las Naciones Unidas como afiliadas a la misma, cuya labor consiste en fomentar la coordinación y la coherencia de aquellas actividades realizadas para confrontar al terrorismo, así como de facilitar la asistencia a los Estados. 12

http://www.un.org/es/sc/ctc/

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En el año 2011, la totalidad de los Estados Miembros acordó “la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo” con el fin de combatir el terrorismo. Dicha estrategia constituye un instrumento único en pos de incrementar la lucha contra el terrorismo por parte de la comunidad internacional basándose en el respeto universal de los derecho humanos y del estado de derecho, al desarrollo de la capacidad de los Estados Miembros para prevenir y combatir el terrorismo y por último, sofocando las condiciones que atenúan la propagación del terrorismo.

Por último, el Consejo de Seguridad busca orientar su labor a contribuir a optimizar la capacidad de los Estados Miembros con el objetivo de prevenir y hacer frente a actos terroristas a través de sus órganos subsidiarios.

Como se puede ver, las Naciones Unidas todavía no logra encontrar un rumbo y una base que le permita actuar de manera eficiente contra el terrorismo en la arena internacional, ya que, como cita Mariela Cuadro: el limbo legal en el que esta falta de definición deja al terrorismo en tanto práctica política y al terrorista en tanto sujeto de dicha práctica, abre un campo de posibilidades para su tratamiento que se presenta infinito

A modo de cierre, la voluntad de la comunidad internacional de identificar todo acto terrorista a un acto criminal y a cooperar estrechamente para combatirlo, se reflejada en las resoluciones y convenios adoptados por las Naciones Unidas. A través de estas iniciativas se han criminalizado numerosos actos terroristas y se ha fomentado la estrecha cooperación policial y judicial.

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VI-

A modo de conclusión.

Durante el trabajo se han desentramado dos teorías opuestas que chocan entre sí en el camino por conceptualizar al terrorismo. Por un lado, la realidad actual muestra un grupo de actores con poder mundial y con gran capacidad de decisión que buscan, como política exterior, subjetivar al fenómeno del terrorismo enarbolando la bandera de la “lucha contra el terrorismo” como política exterior, permitiéndole a Estados Unidos extender su poder en el mundo y lograr un alto grado de cooperación de otros Estados. Esta búsqueda de legitimidad le dio la posibilidad de intervenir en las áreas geográficas en las que actúan los grupos terroristas como en Afganistán e Irak, que luego desencadenaron los atentados terroristas en Atocha, Londres, África, Medio Oriente, Extremo Oriente y Francia.

En otro orden de ideas, se configura la noción de terrorismo como una estrategia que responde a planes y tácticas que poseen eficacia indiscutible configurada por un conjunto de odios, temores, insatisfacciones y resentimientos al ver frustradas sus demandas.

Sin embargo, ya que en este nuevo mundo del siglo XXI nuestros miedos y peligros se encuentran interconectados y recorren el mismo a una velocidad inimaginable por lo que todos estamos expuestos a sufrir algún tipo de daño, debería trabajarse en una noción universalmente aceptada de terrorismo la cual sólo podrá ser posible cuando todos los Estados comprendan la importancia de la misma para poder llevar adelante todas las fases de lucha y decidan poner en primer plano a la comunidad internacional en sus conjunto y a los derechos humanos por sobre sus intereses nacionales.

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Esta cadena de terror y la demostración de que los Estados no son capaces de hacer frente a sus peligros y amenazas exige por parte de la comunidad internacional una rápida respuesta y cooperación en pos de los Derechos Humanos y la paz mundial. ¿Será posible dejar de lado los intereses económicos, nacionales y políticos para hacerle frente a esta amenaza que parece no tener fin?

VII-

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