EL SECTOR ELECTRICO EN URUGUAY

EL SECTOR ELECTRICO EN URUGUAY 1. CARACTERISTICAS DEL SECTOR Las principales leyes que rigen el sector eléctrico son la Ley Nacional de Electricidad (...
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EL SECTOR ELECTRICO EN URUGUAY 1. CARACTERISTICAS DEL SECTOR Las principales leyes que rigen el sector eléctrico son la Ley Nacional de Electricidad (Ley 14.694 del 1º de setiembre de 1977) y la llamada Ley de Marco Regulatorio del Sector Eléctrico (Ley 16.832 del 17 de junio de 1997). En la Ley de Marco Regulatorio se separaron las distintas etapas del negocio eléctrico, se eliminó el carácter de servicio público de la generación y se la declaró actividad libre, manteniéndose el carácter de servicio público de la trasmisión y distribución. Asimismo se establece que el Poder Ejecutivo es responsable de fijar las normas, políticas y condiciones del funcionamiento del sistema, y la regulación del mismo está a cargo de la Unidad Reguladora de Energía Eléctrica (UREE), posteriormente suprimida y sustituida por la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua) (URSEA) (www.ursea.gub.uy). Por dicha ley se crea el Mercado Mayorista de Energía Eléctrica, que será administrado por la Administración del Mercado Eléctrico (ADME) y el acceso a las redes de trasmisión y distribución será libre. Esta ley fue reglamentada por los decretos 276/002, 277/002, 278/002 y 360/002. El texto de estos decretos y leyes puede encontrarse en la sección “Principales leyes y decretos” de este mismo sitio web. La empresa estatal UTE (Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas) (www.ute.com.uy), verticalmente integrada, fue creada por ley de octubre de 1912, está regida por la Ley Orgánica 15.031 de julio de 1980. Tuvo carácter monopólico en la generación hasta la aparición de Salto Grande, tenía y todavía tiene el monopolio de trasmisión, mientras que en distribución ya han aparecido otros “subdistribuidores”. El organismo binacional (uruguayo-argentino) Comisión Técnico Mixta de Salto Grande (CTM) (www.saltogrande.org), dependiente de las cancillerías de ambos países, administra la central hidroeléctrica de igual nombre. Todos los activos correspondientes a dicha obra, así como la energía que produce, pertenecen en partes iguales a Uruguay y Argentina. 2. EL NUEVO MARCO REGULATORIO a.

Ley de Marco Regulatorio

Los aspectos principales del nuevo marco regulatorio eléctrico son: • • • • •

apertura de la generación a la participación privada, perdiendo ésta el carácter de servicio público separación contable de la empresa estatal UTE en unidades de negocios precios regulados en las etapas de trasmisión y distribución formación de precio final a través de la adición de los precios de generación, trasmisión y distribución posibilidad para los grandes consumidores de contratar directamente su aprovisionamiento con el generador (sea local o extranjero)

• • • •

creación de la Unidad Reguladora de la Energía Eléctrica (UREE) (posteriormente suprimida por la Ley 17.598 de creación de la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua) (URSEA) creación de la Administración del Mercado Eléctrico (ADME) pasaje del Despacho Nacional de Cargas a la administración de la ADME creación del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica (MMEE)

Los diferentes capítulos de esta ley abarcan los siguientes aspectos: • • • • • • •

Capítulo I: libertad de generación Capítulo II: administración del mercado eléctrico (creación de la UREE y de la ADME y pasaje del Despacho Nacional de Cargas a la órbita de la ADME) Capítulo III: Mercado Mayorista de Energía Eléctrica (MMEE) Capítulo IV: régimen tarifario Capítulo V: del servicio público de electricidad Capítulo VI: cometidos de UTE Capítulo VII: disposiciones generales

Los siguientes decretos reglamentarios de la Ley de Marco Regulatorio han sido aprobados: • • • • • • •

decreto 22/999 (Reglamento de la Ley de Marco Regulatorio del Sector Eléctrico) decreto 257/001 (definición de Gran Consumidor) decreto 296/001 (tasa de actualización de precios regulados de energía eléctrica) decreto 276/002 (Reglamento General) decreto 277/002 (Reglamento de Distribución) decreto 278/002 (Reglamento de Trasmisión) decreto 360/002 (Reglamento del Mercado Mayorista) b. La Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA)

La Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA), creada por la Ley 17.598 de diciembre de 2002, sustituyó a la Unidad Reguladora de la Energía Eléctrica (UREE), que fuera creada por la Ley de Marco Regulatorio y funcionara desde mediados del 2000. La URSEA depende directamente del Poder Ejecutivo y tiene como cometidos específicos en lo relativo a energía eléctrica, entre otros: • • • •

controlar el cumplimiento de la Ley de Marco Regulatorio y su reglamentación dictar reglamentos en materia de seguridad y calidad dictar normas y procedimientos técnicos de medición y facturación de consumos, así como de control asesorar al Poder Ejecutivo en materia de otorgamiento de concesiones, permisos, autorizaciones y seguimiento de convenios, así como en la fijación de tarifas c. Descripción del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica

De acuerdo con el decreto 360/002, serán Agentes del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica (MMEE) los generadores, trasmisores, distribuidores y grandes

consumidores. participantes.

Los comercializadores actuarán en el mercado en calidad de

d. La Administración del Mercado Eléctrico (ADME) La Administración del Mercado Eléctrico (ADME), que entró en funciones en el 2003, fue creada por la Ley de Marco Regulatorio con el cometido de administrar el Mercado Mayorista de Energía Eléctrica. 3. INFRAESTRUCTURA DEL SECTOR a. Centrales hidráulicas de generación (datos al 31/12/03)

CENTRAL

POTENCIA INSTALADA (MW)

RIO

Salto Grande

Negro

1890 (945 corresp. a Uruguay) 152

Negro Negro

108 333

Uruguay

Gabriel Terra (Rincón Bonete) Baygorria Constitución (Palmar)

del

AÑO DE ENTRADA EN SERVICIO 1979 1945 1960 1982

b. Centrales térmicas de generación (datos al 31/12/03)

CENTRAL Batlle y Ordóñez Unidades 3 y 4 5ª Unidad 6ª Unidad Central Térmica de Respaldo (La Tablada) Maldonado Grupos Diesel

TIPO UNIDAD

DE

COMBUSTIBLE

POTENCIA INSTALADA (MW)

AÑO DE ENTRADA EN SERVICIO

turbina vapor turbina vapor turbina vapor

fuel oil pesado fuel oil pesado fuel oil pesado

2 × 50 88 125

1955 y 1957 1970 1975

turbina a gas

gas oil

2 × 113

1992

turbina a gas gener. diesel

gas oil gas oil

24 8

1981 ---

c. Máxima potencia demandada La potencia máxima demandada en el año 2003 fue de 1.368 MW el 10 de julio a la hora 20.

d. Sistema de trasmisión La red de trasmisión en el país incluía a fines de diciembre de 2003: 771 km de líneas aéreas de 500 kV, 3.499 km de líneas aéreas y cables subterráneos de 150 y 230 kV y 97km de líneas aéreas de 60 kV. A continuación se presenta el mapa de la red eléctrica nacional:

(fuente: UTE)

d. Sistema de distribución La red de distribución operada por UTE, quien es también la propietaria de las instalaciones, es una extensa red de líneas aéreas, cables subterráneos y subestaciones que cubre la mayor parte del territorio nacional. A fines del año 2003 estaba compuesta por 3.910 km de líneas aéreas y cables subterráneos en 30 y 60 kV, 283 estaciones transformadoras MT/MT, 36.260 km de líneas aéreas y cables subterráneos en 6 y 15 kV, 35.466 subestaciones de transformación MT/BT y 22.656 km de líneas aéreas y cables subterráneos en BT. 4. INTERCONEXIONES a. Interconexiones con Argentina El sistema eléctrico uruguayo se encuentra interconectado en corriente alterna con el argentino mediante dos vínculos de gran potencia (del orden de los 1000 MW cada uno), que atraviesan el río Uruguay; estos vínculos forman parte del denominado

“cuadrilátero de Salto Grande”, sistema de trasmisión de 500 kV asociado a la central hidráulica de igual nombre y operado por la misma CTM. La interconexión situada al norte está localizada en la central de Salto Grande y une las dos subestaciones de 500 kV de dicha central, una en Uruguay y la otra en Argentina. La interconexión situada al sur une la subestación de San Javier en Uruguay con la de Colonia Elía en Argentina, ambas también de 500 kV. b. Interconexión con Brasil Dado que los sistemas eléctricos de Uruguay y Brasil tienen frecuencias diferentes (Uruguay 50 Hz y Brasil 60 Hz) no es posible vincular ambos sistemas en corriente alterna, sino que se hace necesaria la utilización de equipos de conversión de frecuencia, de altos costos de inversión. En el año 2000 entró en servicio una interconexión de 70 MW de potencia en la zona de Rivera/Livramento que vincula el sistema de trasmisión uruguayo (150 kV) con el del estado brasileño de Río Grande do Sul (220 kV).