ACUERDO No.010 NOVIEMBRE 29 DE 2015

HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL ACUERDO No.010 NOVIEMBRE 29 DE 2015 POR MEDIO DEL CUAL SE FIJA EL PRESUPUESTO FUNCIONAMIENTO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE MIS...
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HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL

ACUERDO No.010 NOVIEMBRE 29 DE 2015 POR MEDIO DEL CUAL SE FIJA EL PRESUPUESTO FUNCIONAMIENTO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE MISTRATÒ RISARALDA, PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2016. EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE MISTRATÒ RISARALDA, en uso de sus atribuciones Legales y la Ley 136/94 artículos 32 y 10 de la Ley 617 de 2000. C O N S I D E R A N D O: A. Que la Ley 136/94 da a los concejos municipales autonomía Administrativa y financiera, permitiendo que esta reglamente sus gastos con recursos asignados por la ley 617 de 2000. B. Que igual se toman los porcentajes dados por la ley 617 de octubre de 2000 y 136 de Junio de 1994. A C U E R D A: ARTICULO 1º: Apropiase para gastos de funcionamiento del Concejo para la vigencia fiscal del año 2016 la suma de $141.055.000 ARTICULO 2º: Destínese del presupuesto de rentas y gastos del Municipio las partidas necesarias para sufragar los gastos de funcionamiento del concejo de acuerdo al artículo 10 de la Ley 617 de 2000 y el artículo 20 de la ley 136/94. A.2.6. TI.A. TRANSFERENCIAS

$141.000.000

00TI.2.6.1 TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

$141.000.000

INGRESOS DE CAPITAL 0TI.B.8 RENDIMIENTOS POR OPERACIONES FINANCIERAS TOTAL INGRESOS

$

55.000 $ 141.055.000

HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL

ARTICULO 3º: El presupuesto de gastos de funcionamiento contendrá los siguientes rubros.

CODIGO 1. 1.1 001.1.1.1. 001.1.1.7 001.1.1.9 001.1.1.10 011.1.4.2 01.1.1.4.3 01.1,14.4 01.1.4.5 1.2 1,2.1 1.2.1.2 1,2,1.1 1.2.2 1.2.2.1 1.2.2.6.2 001.2.2.8 2.3 001.2.9.1. 1.3 001.1.3.6. 1.4 1.4.1 2.3

1.1.4.1.1.1 1.1.4.1.12 1.1.4.1.13 1.1.4.1.14

1,4.3 1.1.4.3.1 1.1.4.3.2 1.1.4.3.3 1.1.4.3.4 1.1.4.3.5

TOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 141.7055.000 GASTOS DE PERSONA.L Servicios Pers Asociado a la Nòmina 18.402.985 Sueldo Personal de Nómina 13.355.064 Auxilio de Transporte 1.001.000 Dotación Personal 700.000 Pago Directo de Cesantías paraciales y/o Definitivas (Intereses a las cesantías) 181.091 Prima de Navidad 1.347.231 Prima de Alimentación 639.938 Prima de Vacaciones 646.671 Prima de Servicios 531.990 Gastos Generales ADQUISICION DE BIENES 7.203.995 Compra de Equipo 6.203.995 Materiales y Suministros 1.000,000 ADQUISICION DE SERVICIOS 3.132.000 Capacitación Personal 1.000.000 Telecomunicaciones 1.632.000 Viáticos y Gastos de Viaje 500.00 OTROS GASTOS GENERALES 400.055 Otros Gastos Servicios Personales Indirectos Honorarios Concejales Contribuciones Inherentes a la Nomina Al Sector Publico Aportes Salud 8.5% Aportes para Pensión 12.5% Aportes ARL 0.522% Aportes para Cesantías Aportes Parafiscales SENA 0.5% I.C.B.F 3% ESAP Caja de Compensación Familiar 4% Institutos Técnicos

106.183.440 4.383.365 1.135.176 1.669.380 69.720 1.509.089 1.349.160 68.400 450.800 68.400 577.760 183.800

HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL

DEFINICION DE RUBROS 1.1. SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA 001.1.1.1.

SUELDO PERSONAL NOMINA:

Remuneración de los empleados correspondientes a las diferentes categorías de empleo para retribuir la prestación de los servicios de los mismos. Para el caso deben tener en cuenta: A)- Dentro del monto de este rubro, en cuanto a la asignación de la Secretaria se hizo un incremento del 5%. 1.1.1.4.1 PRIMA DE VACACIONES: Contemplada en el Decreto 1045 de 1.978 y se reconoce cada vez que el empleado cumpla un (1) año completo de servicios y son equivalentes a un descanso remunerado de 15 días hábiles y se liquidan de acuerdo al número de días calendario equivalente a quince (15) días hábiles sobre el disfrute de vacaciones. 1.1.1.4.2. PRIMA DE NAVIDAD: Pago contemplado en el Decreto 1045 de 1.978, equivale a un (1) mes de remuneración, correspondiente al cargo que desempeñe el funcionario a 30 de noviembre de cada año, siempre que el funcionario haya laborado el año completo o si no en forma proporcional razón de 1/12 por cada mes completo de labor, entendiéndose como tal, el trabajo realizado entre el 1 y el 30 de cada mes. Para establecer el monto de esta asignación y en el caso se tuvieron en cuenta los siguientes factores:1- Asignación básica mensual, 2Auxilio de Transporte, 3- Subsidio de Alimentación y 4- Prima de Vacaciones. 1.1.1.7. AUXILIO DE TRANSPORTE

HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL

Es el valor mensual estableció por el Ministerio de Trabajo como aporte para el transporte de funcionarios y trabajadores oficiales que devenguen hasta dos salarios mínimos legales vigentes. 1.1.1.4.3 PRIMA DE ALIMENTACION. La prima de alimentación de los empleados públicos de las entidades a que se refiere el presente Decreto, que devenguen asignaciones básicas mensuales no superiores a dos salarios mínimos legales vigentes. 001.29.2 PRIMA DE SERVICIOS Dada mediante el Decreto 2351 del 20 de Noviembre de 2014, donde el Gobierno Nacional regulo el pago de la prima de servicios para los empleados públicos del sector central y descentralizado. Esta se pagara a partir del mes de Julio del 2015 en los términos y condiciones señalados en el Decreto Ley 1042 de 1.978 y en lo previsto en el Decreto 2351 de 2014, con los factores salariales: Asignación Básica , Auxilio de Transporte, Subsidio de Alimentación. 01.1.1.10 PAGOS DIRECTOS DE CESANTIAS PARCIALES Y/O TOTALES (INTERESES A LAS CESANTIAS). El trabajador tiene derecho a percibir intereses sobre el valor de las cesantías causadas, a razón del 1% mensual; las cuales se causan a 31 de Diciembre y deben ser canceladas a mas tardar el 31 de Enero del año siguiente. 001.1.3.6. HONORARIOS DE LOS CONCEJALES Comprende la retribución por la asistencia a sesiones ordinarias y extraordinarias de los miembros de la Corporación, según lo estipulado por la Constitución y las leyes 136/94 y 617/2000 y 1148 de 2009. 1.4

CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA

1.4.1. AL SECTOR PUBLICO 1.1.4.1.11

SEGURIDAD SOCIAL

HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL

En este rubro se ordena y pagan los programas de Bienestar individual y la familia de los servidores públicos. 1.4.3 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA APORTES PARAFISCALES. Rubros establecidos por la Ley cuyas reservas deben existir en todos los presupuestos. 1.1.4.1.14 APORTES PARA CESANTIAS Fue creada mediante Decreto 1045 de 1.978 y tiene el carácter de obligatoria, la liquidación anual del Auxilio contado del 1 de enero al 31 de diciembre, o de la fecha de posesión hasta el 31 de diciembre, la liquidación debe ser notificada a cada uno de los funcionarios sobre el valor que le pertenece por este concepto. Los factores saláriales que se deben tener en cuenta para su Liquidación son: 1- Asignación básica mensual. 2- Auxilio de Transporte. 3- Subsidio de Alimentación. 4- 1/12 Prima de Vacaciones, 1/12 Prima de Navidad. 001.2.2.1 CAPACITACION PERSONAL ADMINISTRATIVO. Por este rubro se cancelaran los gastos que conlleven a generar un ambiente de integración y para aquellos empleados públicos que por la labor que desempeñan así lo requieran. 2. GASTOS GENERALES Son los gastos relacionados con la adquisición de bienes y servicios necesarios para que el órgano cumpla con las funciones asignadas por la constitución y la ley, y con el pago de los impuestos y multas a que estén sometidos legalmente. ARTICULO CUARTO. El presente acuerdo rige a partir del primero (1) Enero del año 2016. JAIME DE JESUS RIOS SALDARRIAGA Presidente

HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL

Mistrato Risaralda, 10 de Noviembre de 2011

EXPOSICION DE MOTIVOS PROYECTO DE ACUERDO POR MEDIO DEL CUAL SE FIJA EL PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONCEJO MUNICIPAL PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 2016.

El presente proyecto de acuerdo POR MEDIO DEL CUAL SE FIJA EL PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONCEJO MUNICIPAL, son los componentes de una Institución en este caso la entidad mencionada compuesta por el Honorable Concejo y su secretario, quien facultado por la Ley 136 de 1994, los porcentajes contemplados por la Ley 617 y la Ley 1368 de 2009 debe elaborar el presupuesto para la siguiente vigencia. Se estableció un presupuesto por un valor de $141.055.000

DIEGO LEON MEDINA MUÑOZ Alcalde Municipal

HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL Mistrató Risaralda- Diciembre 2-2015

El día 02 de Diciembre de 2015; llego procedente del Honorable Concejo Municipal el Acuerdo número 010-2015, POR MEDIO DEL CUAL SE FIJA EL PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE MISTRATO RISARALDA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2016

S A N C I O N A D O.

ORIGINAL FIRMADO DIEGO LEON MEDINA MUÑOZ Alcalde Municipal

Elaboro L.M.G