Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial 1 Directorio 2 Directorio Lic. Heriberto Félix Guerra...
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Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

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Directorio

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Directorio Lic. Heriberto Félix Guerra SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Ing. Luis Mejía Guzmán SUBSECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO Arq. Sara Topelson de Grinberg SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Lic. Marco Antonio Paz Pellat SUBSECRETARIO DE PROSPECTIVA, PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN Lic. Germán de la Garza Estrada OFICIAL MAYOR Lic. Samuel Martínez Aceves COORDINADOR DE DELEGACIONES Lic. Cesar Ignacio Romero Jacobo COORDINADOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL Mtro. Luis Rodolfo Zamorano Ruiz DIRECTOR GENERAL DE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA EN ZONAS URBANO-MARGINADAS Dr. Héctor Martínez Reyes COORDINACIÓN INSTITUCIONAL Teodoro Arias García Omar Valencia Domínguez APOYO TECNICO INSTITUCIONAL. Teodoro García Arias Omar Valencia Domínguez APOYO TECNICO INSTITUCIONAL. INSTITUCIÓN RESPONSABLE DE LA SERIE: LOCALLIS S.C. COORDINACIÓN GENERAL: Raúl I. Solis Barrueta DISEÑO EDITORIAL: León Felipe Gual Bojalil DESARROLLO TEMATICO Y PEDAGOGICO: José Octavio Acosta Arevalo APOYO TECNICO Arturo Pontifes Martínez Jaime Netzáhuatl Jiménez Ana Delia García Ortiz Braulio Olvera de León Erika Patricia Ledezma Barragán Teresa López López María Elena Acosta Arévalo Primera edición 2010 •Secretaría de Desarrollo Social •Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio •Dirección General de Equipamiento e Infraestructura de Zonas Urbano-Marginadas Av. Paseo de la Reforma 116, Col Juárez, C.P. 06600, México D.F. La Serie La Administración Municipal Paso a Paso, forma parte del Programa Nacional de Formación de Servidores Públicos Locales”, auspiciado por el Gobierno Federal con recursos del Banco Mundial, de acuerdo a la donación IDF Grant No. TF091989 No de Contrato: 10 - 7 – FI- H – 003 – Y – 0 – 10, otorgado a la SEDESOL. Se autoriza la reproducción del contenido de esta obra citando la fuente. Los conceptos y opiniones expresados en el presente documento representan únicamente el punto de vista de los autores; no refleja necesariamente la visión de la Secretaría de Desarrollo Social. Impreso en México/Printed in México

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Contenido Manual de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial................................................................................ 5 Introducción.......................................................................................................................................................... 5 Objetivo del Manual............................................................................................................................................. 5 Mapa temático...................................................................................................................................................... 6 Año Cero................................................................................................................................................................ 7 Introducción.......................................................................................................................................................... 7 Objetivo................................................................................................................................................................. 7 ¿Qué es el ordenamiento territorial?................................................................................................................... 8 El Diagnóstico Territorial...................................................................................................................................... 9 Subsistemas del sistema territorial..................................................................................................................... 10 Ejercicio................................................................................................................................................................. 11 Año 1..................................................................................................................................................................... 12 Introducción.......................................................................................................................................................... 12 Objetivo................................................................................................................................................................. 12 Instrumentación del desarrollo urbano............................................................................................................... 13 Administración del desarrollo urbano................................................................................................................. 13 Uso del suelo......................................................................................................................................................... 13 Requisitos para tramitar el certificado de uso de suelo..................................................................................... 13 Autorización de fraccionamientos...................................................................................................................... 14 Requisitos para la aprobación del uso de suelo y lineamientos urbanísticos.................................................

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Procedimiento para uso de suelo y lineamientos urbanísticos......................................................................... 14 Ejercicio................................................................................................................................................................. 14 Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

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Año 2..................................................................................................................................................................... 15 Introducción.......................................................................................................................................................... 15 Objetivos............................................................................................................................................................... 15 La reglamentación del Uso del Suelo.................................................................................................................. 15 Reglamento Municipal de Usos del Suelo (Ejemplo)........................................................................................ 15 Ejercicio................................................................................................................................................................. 31 Año Tres................................................................................................................................................................. 32 Introducción.......................................................................................................................................................... 32 Buenas Prácticas................................................................................................................................................... 33 Proceso Participativo de Planificación Urbana y Regional (Costa Rica)......................................................... 33 Planificación participativa del hábitat de General Roca: PDR (Argentina)..................................................... 39 Glosario .................................................................................................................................................................. 44 Bibliografía............................................................................................................................................................ 44

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Introducción Los dramáticos cambios producidos en el clima por el fenómeno del calentamiento global obligan a todos los órdenes de gobiernos (Federal, estatales y Municipales), así como a las diversas instituciones y aun al propio ciudadano a tomar medidas efectivas para mejorar el ambiente, generando los instrumentos y políticas de prevención, conservación, mejora y ordenamiento del territorio. Los desastres más recientes (Inundaciones y derrumbes), han demostrado que el país aún carece de los instrumentos necesarios para afrontarlos o responder de forma adecuada una vez que sucedan. Para ello, se requieren de planes de desarrollo y de prevención articulados a instrumentos técnico-normativos sobre el uso del suelo que permitan una eficiente gestión del riesgo, la adecuada coordinación entre los diferentes órdenes de gobierno, normas coherentes integradas a la gestión del territorio e información respecto al riesgo de las ciudades. El ordenamiento territorial es definido como el proceso de planificación, programación global y coordinado de un conjunto de medidas que buscan una mejor distribución espacial de los seres humanos, actividades productivas y recreativas, tomando en cuenta los recursos naturales disponible (potencialidades - restricciones) y teniendo que contribuir al desarrollo armonioso de cada territorio. El ordenamiento territorial busca hacer coincidir los intereses propios de un territorio dado a los de un conjunto espacial más extenso en el cual se inserta la finca, la comunidad, el municipio, la región, la provincia y el país entero. Por lo tanto, el ordenamiento territorial busca remediar los excesos, desequilibrios y disparidades provocadas por acciones producidas por el hombre; demasiado libres, muy espontáneas y casi exclusivamente concentradas en la variable de rentabilidad económica. Fortalecer el proceso de formulación de Ordenamiento Territorial Municipal, contribuye a consolidar acciones de planificación que permitirán a mediano y largo plazo el uso apropiado de los recursos humanos, financieros y naturales del municipio, permitiendo generar el desarrollo sostenible con una fuerte base social. Este es el propósito fundamental de este Manual, y corresponde a los Gobiernos Municipales asumir su responsabilidad frente a los efectos del clima en el futuro. Objetivo del Manual Aportar las definiciones y pasos que se deben dar para ejecutar el ordenamiento territorial con criterios de gestión de riesgos.

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Mapa de contenidos

Contenido temático

Año cero

Año 1

Conceptos básicos y marco normativo marco Ordenamiento Territorial

El diagnostico territorial Subsistemas del sistema territorial.

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Conceptos básicos y marco normativo Instrumentación del desarrollo urbano Administración del desarrollo urbano Uso del suelo Requisitos para tramitar el certificado de uso de suelo Autorización de fraccionamientos Requisitos para la aprobación del uso de suelo y lineamientos urbanísticos Procedimiento para uso de suelo y lineamientos urbanísticos Ejercicio

Año 2

Año 3 Desarrollo del tema

Desarrollo del tema La reglamentación del uso del suelo Reglamento municipal de usos del suelo (ejemplo)

Buenas prácticas Proceso participativo de planificación urbana y regional (costa rica) Planificación participativa del hábitat de general roca: pdr (argentina) Glosario

Ejercicio

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Ejercicio

Año Cero Introducción Las actuales reflexiones sobre la manera de ordenar y organizar nuestros territorios, regiones y ciudades, nos lleva a buscar nuevas formas de gobierno, de transparencia, de cooperación y de participación, teniendo en cuenta la red de relaciones sociales, del capital social, con la mirada puesta en objetivos planificación, gestión, modernidad, eficacia, eficiencia, efectividad, competitividad, sostenibilidad y calidad, de tal manera que nos permitan afrontar con garantías los retos de las sociedades contemporáneas, racionalizando los recursos humanos y materiales con los que contamos, en un mundo complejo, incierto, turbulento y competitivo. Considerando que el periodo de gobierno municipal es muy limitado (tres años), la autoridad municipal debe iniciar el conocimiento de la problemática y las potencialidades del territorio municipal, desde el mismo momento que ha decidido participar en elecciones municipales para integrar el nuevo Ayuntamiento. Objetivo Conocer y comprender los elementos fundamentales para la Formulación del Plan de Ordenamiento Territorial

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¿Qué es el ordenamiento territorial? El ordenamiento Territorial implica y es al mismo tiempo una política de estado, un instrumento de planificación de desarrollo por medio del cual se obtiene una calidad de vida armoniosa con la naturaleza y un compromiso con las próximas generaciones. Es una perspectiva integral (que considera al medio ambiente como un todo sistémico y no como componentes o partes a ser tratadas por separado), democrática, participativa. Permite: adecuar la organización político-administrativa y la proyección espacial de la política social, económica, ambiental y cultura. Es un proceso articulado, estratégicamente planificado, dinámico, interactivo cuyo objetivo es promover el aprovechamiento racional del espacio y recursos naturales, previene, mitiga suprime el crecimiento desarticulado, uso y abuso del espacio y sus recurso, siendo lo contrario a los modelos desarrollista. Evoluciona hacia la acción territorial, pues propicia cambios mediante intervenciones reales, acciones coherentes y organizadas. No es una meta mucho menos un mapa fijo, está en constante evolución. Toma en consideración la integración y el balance de demanda y expectativas de una población creciente. Considera la capacidad y característica del territorio y sus recursos, en tanto que espacio vital. Su fundamento teórico y operativo conduce hacia el desarrollo sostenible e integral de los recursos naturales y la reducción de la vulnerabilidad ambiental, el deterioro del ambiente y los recursos naturales. El desarrollo y la conservación deben encontrar un equilibrio que permite aprovechar los Recursos Naturales sin deteriorarlos ni agotarlos. El Ordenamiento Territorial comprende varias áreas básicas: El ambiente físico y natural, lo social (demografía, cultura, historia, salud, educación y organización), la economía (macro y micro económica, industria, turismo, comercio, económica informal, forestaría y agropecuaria) y la política (administración, regionalización, legislación, planificación, institucionalidad y toma de decisiones). La planificación territorial, es un proceso de tipo consensual y participativo, en sociedades democráticas, que sirve de direccionalidad para la toma de decisiones por parte de los organismos del sector público, responsables del diseño de las políticas de carácter ambiental/territorial, el desarrollo del plan de ordenamiento territorial debe de generase partiendo de: La participación activa de los actores claves de la sociedad civil La participación es el dialogo que vincula a los agentes que toman las decisiones y a las organizaciones de la sociedad civil para alcanzar logros comunes, muchos de ellos definidos en satisfactores de necesidad humanas y en preservación de la base de sustentación ecológica.

La participación busca el consenso entre los agentes del sector público y los líderes de las comunidades sobre los objetivos y las propuestas de acciones de intervención, para de esa manera sentar las bases sobre las cuales se contribuye la viabilidad socio/política de las soluciones a los problemas fundamentales y a la potenciación de oportunidades. El rol de la comunidad organizada y su participación en el proceso de planificación territorial es fundamental, porque contribuye en la identificación de problemas, necesidades y aspiraciones de la comunidad, generan ideas, soluciones a los problemas y potencial los recursos existentes aportan información básica y son conocedores de las condiciones económicas y físico/naturales de su unidad socio/ambiental, proponen alternativas de solución de problemas mediante la identificación, diseño y ejecución de programas, proyectos y medidas, identifican áreas de críticas y buscan consenso para las soluciones y promocional las oportunidades que se articulan a una base natural. Necesidades y generación de compromisos Una consideración que debe prevalecer en el proceso de planificación territorial es la necesidad para generar el compromiso, entendido como la aceptación, mediante el consenso y la participación de los diversos actores gubernamentales y de la sociedad civil para establecer un proceso de planificación y gestión pública, que facilite de sus expectativas la solución de sus problemas y potenciar las características del territorio (Cuenca y/o municipio). Esta necesidad y compromiso requiere: Entender que el proceso de planificación y su instrumento, el plan, debe surgir como una necesidad social, en el que debe participar de manera activa el agente de toma de decisión, el Estado en sus diversos ámbitos de competencia, con énfasis en cuanto a su responsabilidad frente al manejo del territorio y los recursos naturales, porque el interés primordial es dar respuesta de una mantera eficiente a las necesidades sentidas de la población. Comprender que para lograr la viabilidad socio-política del proceso y el plan de ordenamiento territorial, deben participar activamente las organizaciones y agentes sociales que actúan en los diferentes niveles y ámbitos de planificación, pues el proceso debe ser vito como una necesidad de las organizaciones de la sociedad civil, que demanda acuerdos estratégicos con los agentes del Estado Interpretar la necesidad como carencia y aspiraciones sentidas por la población y por los agentes sociales que la representan, a quienes el proceso de planificación local debe dar respuestas eficientes. El contar con el inventario de composición demográfica, socioproductiva, necesidades y problemática ambiental, constituye una buena base para iniciar un proceso

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adecuado de planificación territorial, que tienen en diversos instrumentos metodológicos una fuente de datos útiles para conocer la realidad socio-territorial y su entorno natural. Un territorio, debe configurar una buena base de datos sobre los problemas que afecta su socio-territorial, así como la jerarquización de los mismos, a fin de diseñar las soluciones adecuadas. La planificación estratégica y el ordenamiento territorial buscan que el proceso de desarrollo este basado en los siguientes principios: Participativo: Los grupos y actores sociales intervienen durante la formulación y gestión de los Planes Territoriales, en la concertación del futuro de sus intereses propios y colectivos y en el seguimiento y evaluación del mismo. Competitivo: Los mejores resultados, más y mejores bienes y servicios, con los menores recursos. Equitativo: Igualdad de oportunidades para jóvenes, adultos y ancianos, mujeres y hombres de todos los grupos sociales y sectores del territorio. Sostenible: Uso racional de los recursos naturales y el medio ambiente (equilibrio entre lo productivo y el medio ambiente). Satisfacción de las necesidades del presente sin comprometer los recursos para las futuras generaciones.

El Diagnostico Territorial Hay que conocer los aspectos ambientales, territoriales, económicos, sociales y políticos del municipio, para proponer las medidas que contribuyan a crear los cambios requeridos. Hay que insistir que el desarrollo del territorio no puede basarse únicamente en la creación de una red de infraestructuras, ni siquiera en una red tecnológica, sino que han de crearse redes de cooperación, que superen tradicionales localismos, para llegar a las redes de desarrollo territorial integradas, que reequilibren y corrijan los desequilibrios. Los principales elementos que contribuyen al desarrollo de los Lugares de un Territorio se pueden resumir del siguiente modo: La Importancia de los recursos, heterogeneidad de los usos del suelo, una red de núcleos o nodos impulsores, potencial de crecimiento y La Capacidad para atraer recursos, las economías de aglomeración, las de escala externa y las de urbanización, la distribución espacial de la producción, las áreas de mercado con su jerarquización, los costes de transporte, las preferencias de los consumidores, las decisiones de inversión, el progreso técnico y la innovación, y las redes de difusión espacial. A la hora de realizar un Diagnóstico hay que tener en cuenta la percepción territorial, con las diferentes actitudes que se derivan de la misma. Entre estas actitudes tenemos la consideración del Territorio, Regiones, Ciudades y Lugares ,como espacio productivo; como suelo para llevar a cabo diferentes usos; como escenario recorrido por diferentes flujos o movimientos de personas, bienes y servicios, con las correspondientes redes; como un objeto del que se apropian personas y grupos; como objeto de diseño, intervenciones, modificaciones y transformaciones; y como objeto de protección y conservación de sus principales características y de sus valores culturales. El diagnóstico del territorio, se orientan a la comprensión del sistema constituido por los elementos naturales, los

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procesos económicos, sociales, culturales, políticos y ambientales, con los respectivos usos y sus repercusiones económicas y sociales. El diagnóstico profundiza en la valoración del Territorio, teniendo en cuenta su pasado, su presente y la previsible evolución, así como en el conocimiento de los valores predominantes en la sociedad, los problemas, las debilidades, las amenazas, las fortalezas y las oportunidades actuales y potenciales. Se deben relacionar las fortalezas con las amenazas, usando las primeras para evitar las segundas, e igualmente se relacionan las debilidades con las oportunidades, para superarlas, y las debilidades con las amenazas, para reducirlas al mínimo o evitarlas. Algunos aspectos que hay que tomar en cuenta para el Diagnóstico Territorial, son los siguientes: Cuestiones relativas a la localización absoluta y relativa, es decir, a su posición en el sistema; La importancia de los Lugares, según su extensión, población, funcionalidad, relaciones, actividades y áreas de influencia; la comparación que efectuaremos entre todas las entidades espaciales, para entender mejor todo tipo de relaciones y de flujos; los factores que actúan en cada situación, en sentido positivo o negativo; Las relaciones con el entorno; la evolución y los cambios de las distintas variables; el grado de desarrollo social, de redes sociales, en suma, de capital social. Para promover una adecuada Ordenación del Territorio que sirva para un desarrollo sostenible, adecuados usos del suelo y la consecución de una aceptable calidad de vida para la población, debemos tener en cuenta los siete procesos esenciales: Considerar la importancia de las escalas regional y local en los diagnósticos y en las planificaciones; Pensar en las capacidades de los Territorios y Lugares junto con la creciente valoración de los Paisajes y de sus modos de percepción; La atención a contextos específicos de carácter territorial; La cohesión social y territorial como objetivo estratégico; La importancia de las identidades territoriales como elemento de identificación y de cohesión; El desarrollo territorial integral con criterios de sostenibilidad; y Tratar de alcanzar una nueva Cultura del Territorio, con formulas de cooperación y coordinación. En el primer proceso tendremos en cuenta las interrelaciones funcionales para llegar a las estructuras fundamentadas en un sistema de redes territoriales y nodales. En el segundo, nos detendremos en la corrección de los desequilibrios y desigualdades. En el tercero, estudiaremos la capacidad de acogida para determinados usos y la importancia perceptual de los

diferentes paisajes con todo su potencial y su repercusión en la potencialidad general del Territorio o Lugar. En el cuarto, veremos aquellos factores y circunstancias concretas que intervienen en el Sistema Territorial y en sus subsistemas, sin visiones meramente sectoriales. En el quinto, hay que conocer el grado de identificación de los ciudadanos, su participación e implicación, así como el desarrollo de lo que podemos denominar como capital territorial, que es imprescindible para el desarrollo local. En el sexto se aborda la sostenibilidad, a partir de las redes de agentes, y tres tipos de relaciones, entre los agentes locales, entre los agentes y el medio, y entre los elementos y factores locales con otros niveles supralocales, para considerar un Modelo Territorial en el que analiza la distribución de las actividades(capacidad de acogida, optimización de las relaciones entre las actividades y los usos múltiples del territorio o lugar) y la estrategia de desarrollo con las actividades que se desea localizar (recursos endógenos naturales y humanos, las acciones de otros niveles de unidades territoriales, el papel que juega el Territorio o Lugar en el conjunto de unidades del mismo nivel espacial, y las disposiciones legales). En el séptimo se trata de llegar a formular una nueva cultura del Territorio o Lugar pensando en la identificación, el desarrollo y la competitividad, con enfoques solidarios, cohesionados, coordinados, compartidos, cooperativos, sostenibles y participativos, basados en el aprendizaje y la innovación de manera continua. El Diagnóstico, debe aproximarnos al conocimiento y comprensión de la estructura y la funcionalidad de los diferentes subsistemas, para deducir las potencialidades y los problemas, para luego llegar a una valoración de los mismos y de las posibles intervenciones. Subsistemas del sistema territorial. 1) Medio Físico y Cuestiones Ambientales: la información obtenida nos debe permitir conocer los elementos y procesos que operan en el territorio para detectar en qué medida se cumplen las funciones que demandamos a este subsistema: recursos y materias primas; capacidad de acogida y receptor de efluentes. El conocimiento de los recursos y materias primas nos permite valorar el territorio viendo cómo está evolucionando en la actualidad; determinar la fragilidad del territorio y sus recursos frente a una serie de actividades; determinar la capacidad receptora de efluentes; determinar la potencialidad del territorio y sus recursos para las mismas actividades que hemos considerado en la fragilidad, con lo que sabremos los puntos más o menos adecuados para dichas actividades; determinar los ritmos de consumo e intensidad de uso de los recursos; y detectar, localizar y valorar los procesos y los riesgos

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naturales. La Capacidad de Acogida nos permite conocer la relación territorio-actividades en términos de vocación, compatibilidad e incompatibilidad para cada punto o unidad del territorio que consideremos. En qué medida el territorio cubre los requisitos para poder localizar una actividad y en qué medida ésta afecta al mismo. Nos ayuda a establecer los usos del suelo, las actividades económicas, la distribución de la población y de los asentamientos, las redes de conexión y la capacidad receptora de efluentes. Tras la capacidad de acogida podemos detectar los posibles conflictos existentes y los que pueden producirse por las decisiones que se adopten.

b) Resumen de los problemas detectados: Se trata de identificar todo aquello que se considera negativo para el correcto funcionamiento del sistema o de alguno de sus subsistemas, pero no se considera como un problema la ausencia de soluciones, ni la existencia de potencialidades endógenas no aprovechadas. Es importante conocer los elementos, con sus características, de un problema, las causas compartidas por varios problemas, la producción de efectos comunes, la coincidencia de agentes implicados, las interrelaciones y las sinergias, las jerarquías y las evoluciones. c) Diagnóstico de las potencialidades: Definimos la potencialidad como la capacidad de acogida del territorio 2) Población: Con los datos obtenidos se debe valorar a la para determinados usos o actividades, teniendo en cuenta misma en términos de los recursos existentes de todo tipo, bien sea de forma Problemas aspiraciones y oportunidades en aspectos como general, para todo el conjunto, o para zonas concretas del los de la capacidad de desarrollar actividades de producción, mismo. consumición de bienes y servicios, relaciones sociales y nivel de participación. Finalmente, con todo lo anterior podremos realizar un esquema de conjunto de cómo es, cómo funciona, qué 3) Actividades de la Población: Su localización, viabilidad, problemas le afectan, qué recurso y potencialidades tiene, relación entre ellas, nuevas iniciativas, características qué condicionantes existen, y qué interconexiones se de las mismas, carencias, desequilibrios intersectoriales, producen en el territorio y entre sus diferentes subsistemas, problemas, productividad, rentabilidad, empleo y tipos de para luego poder llevar a cabo la planificación y la gestión gestión. correspondientes. 4) Poblamiento o Asentamientos: Se refiere a conocer sus tipos (viviendas aisladas, barrios, pueblos y ciudades) con los Ejercicio: bienes y servicios sociales necesarios en cantidad, calidad, Ver y analizar los siguientes ejemplos accesibilidad, comodidad y rapidez, junto con la cantidad y calidad del patrimonio construido y de su viabilidad de cara Ejemplo de diagnostico territorial Ixtapaluca al futuro, así como su distribución espacial, su jerarquía, http://www.unesjuv.org/INV_L2_doc1.pdf las relaciones de dependencia entre ellos y las posibilidades Ejemplo de diagnostico territorial Municipio Colombiano que ofrecen de cara a establecer interrelaciones sociales. http://paicol-huila.gov.co/apc-aa5) Infraestructuras: Conocer los canales de relación a files/37333432656265623365646537303566/ través de los cuales intercambian las personas, los bienes paicol_huila_diagnostico_territorial.pdf y servicios, la energía y la información, así como las Ejemplo de diagnostico territorial Municipio Español conexiones entre los diferentes asentamientos o núcleos http://potnavarra.nasursa.es/pot1/3112_DT1_ de población. Diagnostico_POT1_Sept_06.pdf 6) Marco legal e Institucional: limitaciones legales, Ejemplo de diagnostico territorial Municipio Argentino oportunidades, normas establecidas, planes existentes o http://www.inta.gov.ar/bellavista/extensi%C3%B3n/ que están en proyecto, capacidad legal de actuar, capacidad diagnostico_esquina.pdf técnica y capacidad financiera. Es importante poner de manifiesto las interconexiones que se dan entre los problemas y las oportunidades que hayamos detectado en los distintos subsistemas o diagnósticos sectoriales. Los elementos de este diagnóstico integrado o de síntesis son los siguientes: a) El modelo territorial: nos da la imagen del territorio indicando las relaciones entre todos los diferentes subsistemas, señalados en los diagnósticos sectoriales, la estructura y la funcionalidad territorial, general o por unidades territoriales. Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

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recibir sistemáticamente los datos de avance, analizar problemas que van surgiendo. Si se implementó un sistema de participación ciudadana se Introducción puede organizar una consulta sobre algunos aspectos del El POT o Plan de ordenamiento territorial, es el plan director Plan: esto lo legitimará sus resultados y además el gobierno de las acciones municipales en relación al territorio y es un contará así con información para medir el impacto positivo insumo y una consecuencia del Plan de Desarrollo Municipal. o negativo de algunos aspectos del ordenamiento que está El POT define el uso que se permitirá y en algunos casos procesando. se estimulará, del territorio municipal. A través de él se defiende la zona rural de la invasión de la mancha urbana, Objetivo se deciden las zonas que serán básicamente residenciales, y los llamados “polígonos industriales”. El POT reglamenta Conocer y comprender los Elementos e instrumentación también la ubicación y tipo de actividad comercial. En el del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial. POT Se definen los espacios que se convertirán en el futuro en espacios verdes y se revisa los que existen En México, el tema de las tierras ejidales, su progresiva ocupación, venta y urbanización en algunos casos, es uno de los temas que exige mucha atención del Municipio: el POT es un instrumento para reconocer la situación real en que se encuentran estos terrenos, analizar posibles alternativas y concertar con ocupantes, ejidatarios, autoridades etc. El POT es una herramienta de desarrollo imprescindible: si se va a apostar a la producción agrícola, o a la industrialización, o al turismo es preciso reglamentar el uso del suelo, las condiciones de explotación, la previsión de espacios para los servicios, nuevos caminos, etc.: este tipo de Plan aporta datos, analiza, propone y aun resuelve, cuando es aprobado. Es un marco confiable para posibles inversiones, emprendimientos. También da seguridades para iniciativas de vivienda social, asegurando espacios verdes, superficies para servicios, limitación de industrias cercanas y del tipo de comercio. Es también un instrumento útil en relación a las políticas medioambientales. Desde otro punto de vista el POT se constituye en una posibilidad de actualizar el catastro y por ende de incrementar los ingresos a través del cobro del impuesto predial, con aforos y valores actualizados. Los municipios tienen cierta resistencia a enfrentar el largo y complejo proceso del POT. Lo ven como demasiado complicado, caro porque obliga a contar con un equipo técnico, complicado porque a la hora de reglamentar es preciso negociar con grupos y personas que tienen intereses contrapuestos. Pero el POT, aunque se sirve de los técnicos, es un asunto muy político, los técnicos relevan, ordenan la información, proponen: pero es el presidente municipal y su equipo quienes toman las decisiones, informan a la población, negocian. Generalmente se contrata arquitectos, urbanistas, agrimensores, es conveniente definir bien el papel y atribuciones de los mismos, dar las orientaciones políticas, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

Instrumentación del desarrollo urbano Dentro de las actividades gubernamentales, se encuentra el dirigir el proceso de planeación municipal, mediante la formulación de los programas, planes y proyectos específicos, su ejecución, control, evaluación y seguimiento de las acciones de ordenamiento y regulación del proceso de urbanización, de acuerdo al orden jurídico establecido teniendo como objetivo primordial, el crecimiento ordenado, expansión y densificación de los asentamientos humanos en los centros de población considerando el desempeño de sus actividades socioeconómicas y promover su potencial tomando en cuenta las características naturales del territorio, el medio ambiente y sus recursos naturales. Para lograr esta misión que garantice la previsión, ejecución, gestión y programación de actividades se recurre a la formulación de programas y proyectos. Los programas de desarrollo urbano deberán contener al menos, los siguientes apartados: I. Orden jurídico; II. Objetivos; III. Diagnóstico; IV. Prospectiva; V. Estrategias; VI. Políticas; VII. Instrumentación; VIII. Cartografía y IX. Los demás aspectos que orienten, regulen y promuevan el desarrollo urbano sustentable de la entidad federativa. Administración del desarrollo urbano, A continuación se señalan los principales requisitos y procedimientos de los trámites que prestan los municipios en materia de desarrollo urbano para un adecuado funcionamiento de los Ayuntamientos Certificado de alineamiento: El alineamiento oficial es la traza sobre el terreno que limita el predio respectivo con la vía pública en uso o con la futura vía pública determinada en los planos y proyectos legalmente aprobados. Requisitos: Copia de escritura inscrita en el Registro Público de la Propiedad. Copia de recibo de pago de Predial actual. Procedimiento para el trámite de alineamiento oficial: El Usuario presenta los requisitos anteriores. Si los requisitos están correctos se recibe el trámite, se le expide el comprobante y el usuario realiza el pago correspondiente del trámite que va a realizar Se turna el expediente al personal competente para el trabajo topográfico El personal, realiza el croquis correspondiente y se remite para la elaboración el certificado Se elabora el certificado de alineamiento y se turna para firma de la autoridad.

Se revisa, se autoriza, y se firma el certificado Se entrega el Certificado de Alineamiento al usuario Uso del suelo El dictamen del uso de suelo es la opinión técnica emitida por el Organismo Municipal encargado de la Administración del Desarrollo Urbano de la localidad. Este dictamen se da fundamentado en el análisis previo, vertido en el Plan o Programa de Desarrollo Urbano Municipal; para dictaminar un predio en cuanto a su uso del suelo, existen valoraciones objetivas (condicionantes físicas del terreno tales como topografía- pendientes- Edafología, Geología, ubicación, accesibilidad, etc.) y subjetivas (valor de uso, valor de cambio, relación existente con otros elementos), que deben ser tomados en cuenta; con el objeto de: determinar el uso de suelo, establecer las normas y lineamientos diseño urbano, preservación natural y protección al ambiente asimismo determinar los estudios aplicables de impacto vial, ambiental etc. La Constitución Política de los EEUUMM en el Art. 115 establece la atribución del Ayuntamiento para administrar la zonificación del territorio municipal y comprende la zonificación primaria, que son las áreas que integran el territorio del municipio, y que se identifican como áreas urbanas, áreas de aprovechamiento y áreas de conservación y la zonificación secundaria comprende, los usos y destinos compatibles en los distritos urbanos; Los usos determinados en los planes son: habitacionales, comerciales, de servicios, industriales, espacios abiertos e infraestructura y los destinos: son la estructura vial, redes maestras de servicios, equipamientos (educación, cultura, salud, asistencia social, recreación, deporte, comunicaciones, transporte y administración pública). Requisitos para tramitar el certificado de uso de suelo: Solicitud Copia de escritura que acredite la propiedad, que contenga medidas y colindancias del predio Indicar el uso de suelo que se pretende Copia del pago del impuesto predial actual Plano de localización / plano de proyecto de construcción si es para construcción de local comercial Pago de derechos correspondientes Procedimiento para el trámite de uso de suelo: El usuario presenta los requisitos anteriores Si los requisitos están correctos se presenta solicitud y se le recibe el trámite Se expide el recibo/orden de pago, a fin de que el usuario efectué el pago correspondiente Se elabora el certificado de uso de suelo y se turna

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conjuntamente con el expediente, al área competente para su revisión Se procede a la revisión del expediente en caso procedente se aprueba procediendo a la firma de autorización Se regresa para el área de atención al público para la entrega del certificado de uso de suelo al interesado El usuario acusa de recibido el certificado de uso de suelo

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Autorización de fraccionamientos: La acción de dividir predios mayores requiere la apertura de una o más vías para dar acceso a los lotes resultantes, consiste en un fraccionamiento. Los fraccionamientos según establece las Leyes para el Desarrollo Urbano, podrán ser de diversos tipos y deberán sujetarse a las especificaciones que las mismas señalan. En términos generales los fraccionamientos se clasifican como: Habitacionales: Son los que se aprovecharán predominantemente para vivienda y deberán urbanizarse en su totalidad, y podrán ser de acceso controlado, Habitacionales Populares:- Son aquellos localizados en zonas de densidad alta preferentemente para la población de escasos recursos y de urbanización secuencial y solo podrán ser enajenados por organismos, federales, estatales o municipales Campestres: Son los que se desarrollan fuera del área urbana Industriales: Son los destinados predominantemente para el establecimiento de fábricas o industrias destinadas a la producción, extracción, explotación, transformación y distribución de bienes y servicios Turístico: Es aquel en el cual los usos y destinos del suelo quedarán sujetos a la aprobación de un programa parcial que establecerá las zonas de aprovechamiento para la recreación y el equipamiento, y para la construcción de inmuebles que presten el servicio de hospedaje, en cualquiera de sus modalidades. Cementerio: Son los destinados a recibir y alojar cadáveres, restos humanos áridos o cremados. Especiales: Por su localización, topografía, diseño, densidad, usos y destinos del suelo propuestos o fin social justificado, podrá tener características particulares que sean procedentes de acuerdo a la ley. Requieren de estudios complementarios y los resolutivos correspondientes Requisitos para la aprobación del uso de suelo y Lineamientos urbanísticos: Solicitud de fraccionamiento de predio Copia certificada del título que acredite la propiedad del predio, inscrito en el Registro Público de la Propiedad; Certificado de libertad de gravamen

Documento que acredite su personalidad jurídica; Plano del predio con el señalamiento de su posición respecto a la red geodésica; Certificado de factibilidad de servicios públicos expedido por la autoridad u organismo a cargo de su prestación. En el caso de servicios autónomos presentar propuesta de solución autorizada por el organismo que corresponda; Documento que acredite estar al corriente en el pago de los impuestos y derechos a los que esté sujeto el predio; y Pagos de los derechos correspondientes. Procedimiento para uso de suelo y lineamientos urbanísticos: El interesado presenta los 7 requisitos señalados arriba Si los requisitos están correctos se recibe el trámite Se expide el recibo/orden de pago, a fin de que el usuario efectué el pago correspondiente al trámite Se recibe el comprobante del pago y se integra el expediente Se turna la documentación al área a cargo para su revisión. Se procede a la elaboración de los lineamientos urbanísticos Se turna para la firma de autorización Se pone a disposición del interesado solicitándole los tres últimos requisitos señalados El interesado presenta la documentación solicitada De estar debidamente integrada la solicitud extiende un recibo de pago al interesado para que efectué el pago por el trámite Se integra al expediente y se le comunica al interesado que deberá esperar al análisis y aprobación del Cabildo. Se turna el expediente al área a cargo para la revisión y elaboración del dictamen técnico Se pasa para la firma de las autoridades que intervienen en el proceso de aprobación; Director/Secretario Se remite el expediente para ser considerado en la próxima reunión del Cabildo Se recibe y en su caso se emite la autorización del proyecto de fraccionamiento por el Cabildo Ejercicio Ver y analizar los siguientes Planes de Ordenamiento territorial Plan de Ordenamiento Territorial de Juventino Rosas, Gto. http://www.juventinorosas.gob.mx/transparencia/ reglamentos/Plan_de_Ordenamiento_Territorial.pdf Plan de Ordenamiento Territorial de Guanajuato http://www.google.com.mx/#q=plan+de+ordenamiento+territori al&hl=es&biw=1024&bih=653&prmd=nb&ei=HfKnTOHmKo_4sA Omh_GADQ&start=50&sa=N&fp=c419e18d42e3c146 Video: Plan de ordenamiento urbano y territorial de Laguna Paiva http://www.youtube.com/watch?v=Jbh0hjnoJU8

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Año 2 Introducción Una vez que la Autoridad Municipal, con participación de la Sociedad Local ha elaborado un diagnostico, y ha establecido un Plan de ordenamiento territorial, es muy recomendable elaborar un reglamento de usos del suelo, de tal forma que los acuerdos construidos en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, puedan trascender el periodo trianual del gobierno municipal. Objetivos Conocer los elementos fundamentales para la reglamentación del uso del suelo. La reglamentación del Uso del Suelo Esta facultad y competencia de los Ayuntamientos municipales consiste en la asignación de los usos del suelo indicados, teniendo en cuenta la capacidad de acogida o aptitud de uso de cada una de las zonas del territorio municipal (suelo urbano, suburbano, rural y de protección y demás en que pueden subdividirse, según la zonificación general del territorio). Los pasos a seguir son: Delimitación de las diferentes clases de suelo. Zonificación general según la aptitud del suelo. Identificación, determinación de los usos del suelo o actividades socioeconómicas por establecer en el municipio. Clasificación y asignación de los usos del suelo. Determinación y especialización de la reglamentación de los usos del suelo. Incorporación al articulado del POT. Incluye mapa y plano para el sector rural y urbano respectivamente. Reglamento Municipal de Usos del Suelo (Ejemplo)

Artículo 3. Para la aplicación y para los demás efectos del presente instrumento se entenderá por Autoridad Municipal, según las Leyes vigentes: I. Al Ayuntamiento; II. Al Presidente Municipal; III. A la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología Artículo 4. La Autoridad Municipal se obliga a coordinar y concurrir sus acciones en la materia del presente con sus homólogas a nivel Estatal y Federal. Artículo 5. Para la aplicación del presente Reglamento, además de las definiciones que establecen las leyes estatales en la materia y los Reglamentos Municipales vigentes y que se toman por aquí reproducidas, se entenderá por: Área de ubicación de la construcción: La superficie máxima de construcción que se permite ubicar en la superficie total de un lote; Anuncio: Conjunto de palabras o signos con que se anuncia algo; pueden ser de identificación y de publicidad; Área libre: Superficie libre de construcciones techadas. Las superficies de patios menores de 20 m2 no se cuentan como área libre. El área libre incluye las zonas de restricción de construcciones; Cartas urbanas: Los planos que indican la zonificación y los usos y destinos del suelo; Coeficiente de ocupación del suelo, COS: Factor por el que debe multiplicarse el área total de un predio para determinar la superficie máxima que debe ocupar una construcción; Coeficiente de utilización del suelo: Factor por el que debe multiplicarse el área total de un predio para determinar los metros cuadrados máximos de construcción que puede alojar el mismo; para el cálculo se incluyen todas las áreas techadas; Colindancia o lindero: Línea que delimita la propiedad; Conjunto habitacional: Unidad de diez o más viviendas alojadas en un mismo predio distribuidas en dos o más volúmenes conectados por vías públicas o privadas; si es cerrado, la circulación de personas y vehículos se realiza en vías de propiedad privada; Construcciones, alturas de las: Distancia vertical medida del nivel de banqueta a partir de la mitad del frente de la construcción; Construcción: La edificación de cualquier tipo; los equipos e instalaciones especiales adheridos de manera permanente al predio; Construcción permanente: La que esta adherida al predio de manera fija, en condiciones tales que no pueda separarse del suelo sin deterioro de la propia construcción o del

CAPÍTULO I Disposiciones Generales. Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público, de interés social y de aplicación general para el Municipio. Artículo 2. Este ordenamiento establece la zonificación, las densidades, las normas y los criterios para la conducción del desarrollo urbano del Municipio de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial vigente y de los planes parciales que de él se deriven y de conformidad con la Ley Estatal de Desarrollo Urbano, con la Ley de Fraccionamientos para los Municipios del Estado, con la Ley de Ecología para el Estado, y con el Reglamento de Fraccionamientos del Municipio. Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

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predio, o aquella que considerándose provisional tenga un uso de carácter permanente; Construcción provisional: La que por su estructura puede ser desmontable sin deterioro del predio ni de sí misma, adquiriendo el carácter de permanente al año de su instalación; Equipamiento urbano: El conjunto de inmuebles, instalaciones, construcciones y mobiliario afectos a un servicio público, para obras complementarias del asentamiento humano y de beneficio colectivo y para obras relativas a la cultura, la educación, el esparcimiento, el deporte y asistenciales; Estacionamiento: Área ubicada fuera de la vía pública destinada al estacionamiento y a las maniobras de entrada y salida de vehículos automotores con acceso adecuado desde y hacia la vía pública sin obstruirla; Habitación unifamiliar: Construcción permanente destinada a la vivienda que cuenta con una sola cocina, que puede ser alojada en conjuntos habitacionales horizontales o verticales o en construcciones de uno o varios pisos en un mismo lote; Identificación: Toda acción encaminada a difundir entre el público la información de la existencia de una actividad en el mismo lugar en que se lleva al cabo; Lote o predio: El terreno urbano o rústico con o sin construcciones cuyos linderos forman un polígono sin solución de continuidad; Lote o predio urbano: El que se encuentra ubicado dentro del límite del centro de población; Lote o predio apto: El lote o predio urbano cuyas dimensiones son suficientes para cumplir con los requisitos de área y frente mínimos exigidos por el presente instrumento; Piso o nivel: Número de espacios comprendidos entre el piso y el techo de una construcción limitados por entrepisos. La altura incluye el espesor del techo y de los entrepisos, pero no incluye sótano, mezanine, bohardilla, o áticos, escaleras o elevadores, y Zonificación: Establecimiento de las zonas con determinados usos o destinos del suelo que se representan sobre un plano.

I. Permitidos; II. Condicionados y, III. Prohibidos. Los permitidos son aquellos que estando conformes con los usos que establecen los planes vigentes cumplen con lo dispuesto por el presente instrumento; condicionados son aquellos que en principio presentan o pueden presentar alguna incompatibilidad, o los que por su importancia y magnitud pueden presentar impactos negativos, con los usos permitidos; y prohibidos los que en definitiva son incompatibles por razones ambientales y de seguridad de la población, con los usos permitidos o condicionados. Artículo 7. Las personas físicas o morales, públicas o privadas, tramitarán las solicitudes de licencia de factibilidad de uso de suelo de conformidad con los requisitos o procedimientos establecidos por la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de ( ) , ante la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología. Las solicitudes de certificación de usos, destinos y políticas territoriales se tramitarán ante la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología acompañando la siguiente documentación: Solicitud por escrito indicando que se trata de la certificación de usos, destinos y políticas territoriales; Cédula y plano catastral del predio; Alineamiento y número oficial del predio, y Escritura de propiedad o documento que compruebe la posesión del predio de que se trate, o en caso de no ser el propietario o el poseedor, declaración por escrito de que la certificación solicitada es para fines informativos exclusivamente. Copia del recibo del pago de servicios de agua potable expedido por el organismo operador. La Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología otorgará la certificación en un plazo que no excederá de diez días hábiles. Las tarifas por la expedición de la licencia de factibilidad de uso del suelo, por la factibilidad de uso del suelo y por la certificación de usos, destinos y políticas territoriales se establecerán en la Ley de Ingresos de los Municipios del CAPÍTULO II Estado. De los Usos del Suelo. No se requerirá certificación de uso de suelo en aquellos Artículo 6. inmuebles comprendidos dentro de los usos a y b señalados Los usos del suelo en el Municipio son los que establecen en el artículo 8 de la zona primaria del grupo II y zona los planes de ordenamiento territorial vigentes y los planes secundaria de los grupos VI, VII, VIII, IX, XI y XII a que se parciales que de él se deriven. refieren los artículos 16, 17, 18, 19, 21 y 22 del presente Los proyectos, obras, servicios, inversiones, construcciones Reglamento, los cuales se describirán en la tabla de giros y demás acciones urbanas que las personas físicas o de apertura rápida de micro y pequeñas empresas con morales, públicas o privadas, realicen o pretendan realizar actividades de bajo riesgo público, dichos predios deberán en el suelo del Municipio se clasifican en: contar con lo siguiente: que se encuentren ya edificados, que la superficie a ocupar con el uso solicitado no exceda Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

de 240 metros cuadrados; y que cuenten con servicio de agua potable y alcantarillado. La Dirección atendiendo a la ubicación y características del inmueble, al uso solicitado y las particularidades de la vialidad, determinará los requerimientos de los estacionamientos y demás condiciones que sean necesarias para el adecuado funcionamiento del giro. La licencia a que se refiere el presente artículo se considerará única y exclusivamente para un uso por predio, excepto, para aquellos que se traten de un cambio en el uso otorgado. Posterior a la entrega de la licencia de uso de suelo, se tendrán 30 treinta días hábiles a fin de cumplir con lo establecido en el Reglamento de Protección Civil del Municipio de. Artículo 7 bis. Los giros de apertura rápida de micro y pequeña empresas con actividad de bajo riesgo público, son los siguientes: I.- Comercios (que no excedan de 240 metros cuadrados) 1.- Abarrotes (sin venta de bebidas alcohólicas) 2.- Alfombras y pisos; 3.- Aparatos e implementos ortopédicos; 4.- Mueblerías, aparatos electrodomésticos y línea blanca; 5.- Artesanías; 6.- Artículos de belleza; 7.- Artículos de piel; 8.- Artículos de plástico 9.- Artículos deportivos; 10.- Artículos médicos; 11.- Artículos musicales; 12.- Artículos para decoración; 13.- Bazar; 14.- Bicicletas; 15.- Bombas sumergibles; 16.- Boticas y farmacias; 17.- Cenadurías; 18.- Compra y venta de cajas de cartón y todo para empaque; 19.- Discos; 20.- Dulcerías; 21.- Empaques; 22.- Enseres menores para el hogar; 23.- Equipo de aire acondicionado; 24.- Equipos fotográficos; 25.- Equipos celulares; 26.- Expendió de café tostado; 27.- Expendió de nieves; 28.- Expendió de pan; 29.- Florería; 30.- Frutas y verduras; 31.- Hielo; 32.- Herramientas; 33.- Joyería;

34.- Juguetería; 35.- Librería; 36.- Máquinas de coser; 37.- Mercería y bonetería; 38.- Mini súper (sin venta de bebidas alcohólicas); 39.- Miscelánea (sin venta de bebidas alcohólicas); 40.- Mueblería; 41.- Muebles y accesorios para baño; 42.- Muebles y artículos de oficina; 43.- Papelería; 44.- Regalos y curiosidades; 45.- Relojería; 46.- Revistas y periódicos; 47.- Ropa; 48.- Semillas; 49.- Suelas; 50.- Telas y cortinas; 51.- Toldos y rótulos impresos por computadoras; 52.- Viveros; y 53.- Zapatería. II.- Servicios (que no excedan de 240 metros cuadrados) 1.- Servicios; 2.- Agencias de mudanzas; 3.- Agencias funerarias; 4.- Bancos; 5.- Cafeterías ( sin venta de bebidas alcohólicas ) 6.- Cajas de ahorro; 7.- Casa de empeño; 8.- Casa de cambio; 9.- Centro de copiado; 10.- Cerrajería; 11.- Confección de ropa; 12.- Consultorio médico ( solo consultas ); 13.- Estacionamiento particular; 14.- Estación de radio; 15.- Estética y peluquerías; 16.- Estudio de televisión; 17.- Galería de arte; 18. - Instalación de parabrisas; 19. - Instalación y venta de canceles; 20. - Oficinas y despachos; 21. - Óptica; 22. - Refresquería; 23. - Reparación de bicicletas; 24. - Reparación de calzado; 25.- Reparación de equipo de computo; 26.- Reparación de máquinas de escribir; 27.- Reparación de quipo doméstico y eléctrico; 28.- Sastrería; 29.- Servicio de fontanería; 30.- Servicio de instalaciones eléctricas; 31.- Templos;

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32.- Tiendas de mascotas; 33.- Tintorería (solo entrega recepción); 34.- Veterinaria; 35.- Vídeo club; 36.- Vidriería; III.-Los demás giros de naturaleza análoga, a juicio de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología que cumplan con los requisitos del presente Reglamento. Artículo 8. Los usos del suelo en el Municipio se clasifican en dos zonas, la primaria y la secundaria. A) La zona primaria comprende: El uso urbano dentro de los límites de los planes parciales de ordenamiento territorial, mismo que en las cartas urbanas se identificará con la letra “U”; El corredor de usos mixtos, que se identificará en las cartas urbanas con las letras “CUM”; El campestre residencial, que se identificará en las cartas urbanas con las letras “CR l” y “CR LL”; La zona de preservación y conservación que se identificará en las cartas urbanas con las letras ZP; El uso agrícola que se identificará en los las cartas urbanas con las letras UA; El uso forestal que se identificará en los las cartas urbanas con las letras UF; El cuerpo de agua que se identificará en las cartas urbanas con las letras CA. 18

B) La zona secundaria comprende: La habitación de densidad muy baja que se identificará en las cartas urbanas como H0; La habitación de densidad baja que se identificará en las cartas urbanas como H1; La habitación de densidad medía que se identificará en las cartas urbanas como H2; La habitación de densidad alta que se identificará en las cartas urbanas como H3; La zona de conjunto habitacional que se identificará en las cartas urbanas como Hc; El uso industrial agrupado en unidades, parques o fraccionamientos que se identificará en las cartas urbanas como UI; Comercio de barrio que se identificará en las cartas urbanas como “CB”; Comercio especializado que se identificará en las cartas urbanas como “CE”; Equipamiento urbano que se identificará en las cartas urbanas como “E”; Especial que se identificará en las cartas urbanas como “UE”; Corredor de usos mixtos que se identificará en las cartas urbanas como “CUM”;

Centro histórico o casco antiguo que se identificará en las cartas urbanas como “CH”; Espacios abiertos que se identificará en las cartas urbanas como “EA”; Cuando corresponda “CR”, campestre residencial de muy baja densidad; “CA”, cuerpo de agua; “UA”, uso agrícola; “UF”, uso forestal; y “ZP”, zona de preservación y conservación. Artículo 9. Un predio y sus construcciones podrán ser destinados a uno o varios usos siempre y cuando el propietario o poseedor obtenga las autorizaciones correspondientes para cada uno de los usos y cumpla con las Normas de Zonificación para el mismo contenidas en el presente instrumento. Artículo 10. Ningún predio podrá ser usado u ocupado y ninguna construcción podrá ser edificada o modificada si no cumple con los usos que establecen los planes de ordenamiento del territorio del Municipio y con las disposiciones previstas en las leyes vigentes en la materia y con las del presente Reglamento. CAPÍTULO III De las Densidades, Normas y Criterios. Artículo 11. El uso del suelo “H0”, habitacional de muy baja densidad deberá cumplir con lo siguiente: 1.- Densidad: de 50 a 100 habitantes por hectárea; 2.- Usos permitidos: a) Una casa habitación por lote con una sola cocina; b) Parques y jardines públicos. 3.- Usos condicionados: a) Club deportivo; b) Jardín de niños; c) Escuela primaria; d) Oficinas temporales de venta de terrenos y viviendas de la zona; e) Tienda de productos básicos; f) Sítios de taxis; g) Uso agrícola; h) Uso forestal; y i) Todos los demás usos no especificados. 4.- Restricciones de uso: a) Lote mínimo: 500.00 m2; b) Frente mínimo del lote: 15 metros; c) Área máxima de ocupación de la construcción: 40% del área total del lote; d) Restricciones de construcción: 6.00 m al frente, 5.00 m al fondo y 5.00 m a los lados del lote; e) Superficie máxima de construcción: una vez la superficie del lote;

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f) Altura máxima de construcción desde el nivel de desplante: tres niveles o nueve metros; las cumbreras de techos inclinados podrán tener dos metros más de altura; g) Sótanos y azoteas: se permite la construcción de sótanos siempre y cuando no sean usados como dormitorios; las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales como bodegas o tendederos; los tinacos no deberán ser visibles desde el exterior; h) Subdivisión de predios: no se permite. 5.- Usos prohibidos: todos los demás no indicados en las fracciones 2 y 3 del presente. Artículo 12. El uso del suelo “h1”, habitacional de densidad baja deberá cumplir con lo siguiente: 1.- Densidad: de 100 a 200 habitantes por hectárea; 2.- Usos permitidos: a)Una o dos casas habitación por lote con una sola cocina; b) Parques y jardines públicos; c) Tienda de productos básicos. 3.- Usos condicionados: a) Club deportivo; b) Jardín de niños; c) Escuela primaria; d) Oficinas temporales de venta de terrenos y viviendas de la zona; e) Sitios de taxis; f) Todos los demás usos no especificados. 4.- Restricciones de uso: a) Lote mínimo: 200.00 m2; b) Frente mínimo del lote: 10.00 metros; c) Área máxima de ocupación de la construcción: 70% del área total del lote; d) Restricciones de construcción: 3.00 m al frente, 3.00 m al fondo y 3.00 m a los lados del lote; e) Superficie máxima de construcción: 2 veces la superficie del lote; f) Altura máxima de construcción desde el nivel de desplante: dos niveles o nueve metros; las cumbreras de techos inclinados podrán tener dos metros más de altura; g) Sótanos y azoteas: Se permite la construcción de sótanos siempre y cuando no sean usados como dormitorios; las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales como bodegas o tendederos; los tinacos no deberán ser visibles desde el exterior; h) Subdivisión de predios: No se permite. 5.- Usos prohibidos: Todos los demás no indicados en las fracciones 2 y 3 del presente. Artículo 13. El uso del suelo “H2”, habitacional de densidad medía deberá cumplir con lo siguiente: 1.- Densidad: de 200 a 300 habitantes por hectárea;

2.- Usos permitidos: a) Una o dos casas habitación por lote con una sola cocina; b) Parques y jardines públicos. c) Tienda de productos básicos. 3.- Usos condicionados: a) Club deportivo; b) Jardín de niños; c) Escuela primaria; d) Oficinas temporales de venta de terrenos y viviendas de la zona; e) Sitios de taxis; f) Gasolinera; g) Tienda de servicios; h) Todos los demás usos no especificados. 4.- Restricciones de uso: a) Lote mínimo: 120.00 m2; b) Frente mínimo del lote: 8.00 metros; c) Área máxima de ocupación de la construcción: 70% del área total del lote; d) Restricciones de construcción: 3.00 m al frente, 3.00 m al fondo y sin restricción a los lados del lote; e) Superficie máxima de construcción: 2.4 veces la superficie del lote; f) Altura máxima de construcción desde el nivel de desplante: tres niveles o nueve metros; las cumbreras de techos inclinados podrán tener dos metros más de altura; g) Sótanos y azoteas: se permite la construcción de sótanos siempre y cuando no sean usados como dormitorios; las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales como bodegas o tendederos; los tinacos no deberán ser visibles desde el exterior; h) Subdivisión de predios: No se permite. 5.- usos prohibidos: todos los demás no indicados en las fracciones 2 y 3 del presente. Artículo 14. El uso del suelo “H3”, habitacional de densidad alta deberá cumplir con lo siguiente: 1.- Densidad: de 300 a 400 habitantes por hectárea; 2.- Usos permitidos: a) Una o dos casas habitación por lote con una sola cocina; b) Parques y jardines públicos; c) Tienda de productos básicos; d) Jardín de niños; f) Escuela primaria. 3.- Usos condicionados: a) Más de tres casas habitación por lote; b) Establecimientos menores; c) Micro industria; d) Gasolinera; e) Tienda de servicios;

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f) Educación media; g) Templo o lugar de culto; h) Alimentos y bebidas no alcohólicas; i) Estación de policía; j) Club deportivo; k) Oficinas temporales de venta de terrenos y viviendas de la zona; l) Sitios de taxis; m) Todos los demás usos no especificados. 4.- Restricciones de uso: a) Lote mínimo: 90.00 m2; b) Frente mínimo del lote: 7.00 metros; c) Área máxima de ocupación de la construcción: 70% del área total del lote; d) Restricciones de construcción: 3.00 m al frente, 3.00 m al fondo y sin restricción a los lados del lote; e) Superficie máxima de construcción: 2.4 veces la superficie del lote; f) Altura máxima de construcción desde el nivel de desplante: Tres niveles o nueve metros; las cumbreras de techos inclinados podrán tener dos metros más de altura; g) Sótanos y azoteas: Se permite la construcción de sótanos siempre y cuando no sean usados como dormitorios; las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales como bodegas o tendederos; los tinacos no deberán ser visibles desde el exterior; h) Subdivisión de predios:. No se permite. 5.- Usos prohibidos: todos los demás no indicados en las fracciones 2 y 3 del presente. Artículo 15. El uso del suelo “HC”, conjunto habitacional deberá cumplir, además de lo dispuesto por la Ley de Fraccionamientos para los Municipios del Estado, con lo siguiente: 1.- Densidad: de 150 a 300 habitantes por hectárea; 2.- Usos permitidos: a) Conjuntos de habitación unifamiliar, duplex, triplex, y multifamiliar mixto con los servicios de uso diario indispensables; b) Parques y jardines públicos y privados; c) Tienda de productos básicos; d) Tienda de servicios; e) Jardín de niños; f) Escuela primaria. 3.- Usos condicionados: a) Dos viviendas por lote; b) Establecimientos menores; c) Micro industria; d) Gasolinera; e) Educación media; f) Templo o lugar para el culto; g) Alimentos o bebidas no alcohólicas; h) Club deportivo;

j) Estación de policía; k) Oficinas temporales de venta de terrenos y viviendas de la zona; l) Sitios de taxis; m) Todos los demás usos no especificados. 4.- Restricciones de uso: a) Lote mínimo: 20,000.00 m2; b) Frente mínimo del lote: 40.00 metros; c) El área destinada espacios recreativos no deberá ser menor al 15% del área del terreno; d) Restricciones de construcción: Las establecidas por la Ley de Fraccionamientos para los Municipios del Estado y por el Reglamento de Fraccionamientos del Municipio; e) Superficie máxima de construcción: 3.0 veces la superficie del lote; f)Altura máxima de construcción desde el nivel de desplante: seis niveles o diecinueve metros; En su caso, se permite sobre esta altura máxima el cubo de elevadores y los locales propios para instalaciones visibles desde el exterior; g) Sótanos y azoteas: Se permite la construcción de sótanos siempre y cuando no sean usados como dormitorios; las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales como bodegas o tendederos; los tinacos no deberán ser visibles desde el exterior; h)Subdivisión de predios: Se permite en el interior del predio siempre y cuando no afecte la integridad del conjunto habitacional. 5.- Usos prohibidos: Todos los demás no indicados en las fracciones 2 y 3 del presente. Artículo 16. El uso “UI”, industrial, tiene por objeto establecer las áreas para el fomento y promoción de la industria de tal manera que su ubicación no cause molestia o peligro a la población. 1.- Usos permitidos: Todos los tipos de usos industriales tendrán los siguientes usos permitidos: a) Escuelas técnicas; b) Laboratorios de investigación, eléctrica, fotográfica y electrónica; c) Manufactura y ensamble de instrumentos electrónicos; d)Manufactura y ensamble de partes, piezas y enseres para vehículo automotores; e)Manufactura y ensamble de máquinas de oficina, instrumentos médicos, de dibujo, ingeniería, técnicos y científicos; f) Bodegas y almacenes; g) Laboratorios farmacéuticos; h)Laboratorios de cosméticos a excepción de perfumes; i)Talleres de confección y costura; j) Manufactura de joyería y bisutería; k) Editoriales e imprentas;

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l) Elaboración de artesanías; m) Talleres de reparación: herrería, electricidad, electrónica, plomería, cerrajería, maquinaria ligera; n) Lavandería y tintorería, plantas; o) Vehículos: venta, lavado, reparación y estacionamiento; p) Oficinas administrativas, ejecutivas, financieras y de servicio; q) Incidentales como restaurantes para empleados siempre que se instalen dentro de las fábricas, sin servicio público a la calle y cualquier otro accesorio que se requiera para elaborar los productos siempre que se especifique en la licencia de uso del suelo otorgada; r) Venta de productos elaborados y manufacturados en el sitio; s) Casa habitación para el velador; t) Instalaciones de servicio público; u) Estación de bomberos. 2.- Usos condicionados: Todos los tipos de usos industriales tendrán los siguientes usos condicionados: a) Tiendas de maquinaria y tiendas de venta de metales b) Estaciones de servicio para vehículos y expendio de combustibles y lubricantes c) Restaurantes, salchichonería y loncherías d) Reparación de autos; e) Establecimientos menores; f) Micro industria; g) Gasolinera; h) Rastro, frigorífico; i) Educación superior; j) Centros de exposición y exhibición; k) Estación de policía; l) Servicios e instalaciones de infraestructura; m) Todos los demás usos no especificados. 3.- Usos especiales: todos los tipos de usos industriales tendrán los siguientes usos especiales: Patios para camiones de carga y terminales de carga 4.- Restricciones de uso: Para el uso tipo a: a) Lote mínimo: de 50,000.00 m2 o más; b) Frente mínimo: 180.00 m; c) Área máxima de ubicación de la construcción: 50% del área del lote; d) Superficie máxima de construcción: 1 vez el área del terreno; e) Restricciones de construcción: al frente 15.00 m, al fondo y laterales igual a 6.00 m; f) Altura máxima de la construcción desde el nivel medio de banqueta 15.00 m; g) Sótano y azoteas: no se permite. Las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales. Los tinacos deberán estar ocultos; h)Anuncios: se permiten únicamente los de identificación;

i) Áreas de estacionamiento: ubicadas preferentemente en los costados laterales del predio; j) Áreas de carga y descarga de mercancías y patio de maniobras al interior del predio; k) Área jardinada: cuando menos 4.5m a lo largo del frente. Para el uso tipo b: a) Lote mínimo: de 25,000.00 a menos de 50,000.00 m2; b) Frente mínimo: 100.00 m; c) Área máxima de ubicación de la construcción: 50% del área del lote; d) Superficie máxima de construcción: 1 vez el área del terreno; e) Restricciones de construcción: al frente 10.00 m, al fondo y laterales igual a 6.00 m; f) Altura máxima de la construcción desde el nivel medio de banqueta 15.00 m; g) Sótano y azoteas: no se permite. Las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales. Los tinacos deberán estar ocultos; h)Anuncios: se permiten únicamente los de identificación; i) Áreas de estacionamiento: ubicadas preferentemente en los costados laterales del predio; j) Áreas de carga y descarga de mercancías y patio de maniobras al interior del predio; k) Área jardinada: cuando menos 4.5m a lo largo del frente. Para el uso tipo c: a) Lote mínimo: de 18,000.00 a menos de 25,000.00 m2; b) Frente mínimo: 85.00 m; c) Área máxima de ubicación de la construcción: 60% del área del lote; d) Superficie máxima de construcción: 1 vez el área del terreno; e) Restricciones de construcción: al frente 10.00 m, al fondo y laterales igual a 6.00 m; f) Altura máxima de la construcción desde el nivel medio de banqueta 15.00 m; g) Sótano y azoteas: no se permite. Las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales. Los tinacos deberán estar ocultos; h)Anuncios: se permiten únicamente los de identificación; i) Áreas de estacionamiento: ubicadas preferentemente en los costados laterales del predio; j) Áreas de carga y descarga de mercancías y patio de maniobras al interior del predio; k) Área jardinada: cuando menos 4.5m a lo largo del frente. Para el uso tipo d: a) Lote mínimo: de 15,000.00 a menos de 18,000.00 m2;

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b) Frente mínimo: 70.00 m; c) Área máxima de ubicación de la construcción: 60% del área del lote; d) Superficie máxima de construcción: 1.25 veces el área del terreno; e) Restricciones de construcción: al frente 10.00 m, al fondo y laterales igual a 5.00 m; f) Altura máxima de la construcción desde el nivel medio de banqueta 15.00 m; g) Sótano y azoteas: no se permite. Las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales. Los tinacos deberán estar ocultos; h)Anuncios: se permiten únicamente los de identificación; i) Áreas de estacionamiento: ubicadas preferentemente en los costados laterales del predio; j) Áreas de carga y descarga de mercancías y patio de maniobras al interior del predio; k) Área jardinada: cuando menos 4.5m a lo largo del frente. Para el uso tipo e: a) Lote mínimo: de 7,000.00 a menos de 15,000.00 m2; b) Frente mínimo: 60.00 m; c) Área máxima de ubicación de la construcción: 60% del área del lote; d) Superficie máxima de construcción: 2 veces el área del terreno; e) Restricciones de construcción: al frente 10.00 m, al fondo y laterales igual a 5.00 m; f) Altura máxima de la construcción desde el nivel medio de banqueta 15.00 m; g) Sótano y azoteas: no se permite. Las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales. Los tinacos deberán estar ocultos; h)Anuncios: se permiten únicamente los de identificación; i) Áreas de estacionamiento: ubicadas preferentemente en los costados laterales del predio; j)Áreas de carga y descarga de mercancías y patio de maniobras al interior del predio; k) Área jardinada: cuando menos 4.5m a lo largo del frente. Para el uso tipo f: a) Lote mínimo: de 3,000.00 a menos de 7,000.00 m2; b) Frente mínimo: 35.00 m; c) Área máxima de ubicación de la construcción: 60% del área del lote; d)Superficie máxima de construcción: 4 veces el área del terreno; e) Restricciones de construcción: al frente 10.00 m, al fondo no existe y laterales cuando menos 5.00m en una de ellas; f) Altura máxima de la construcción desde el nivel medio de banqueta 15.00 m;

g) Sótano y azoteas: no se permite. Las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales. Los tinacos deberán estar ocultos; h)Anuncios: se permiten únicamente los de identificación; i) Áreas de estacionamiento: ubicadas preferentemente en los costados laterales del predio; j) Áreas de carga y descarga de mercancías y patio de maniobras al interior del predio; k) Área jardinada: cuando menos 3.0m a lo largo del frente. Para el uso tipo g: a) Lote mínimo: de 1,000.00 a menos de 3,000.00 m2; b) Frente mínimo: 25.00 m; c)Área máxima de ubicación de la construcción: 60% del área del lote; d) Superficie máxima de construcción: 4.28 veces el área del terreno; e)Restricciones de construcción: al frente 10.00 m, al fondo no existe y laterales cuando menos 5.00m en una de ellas; f)Altura máxima de la construcción desde el nivel medio de banqueta 15.00 m; g) Sótano y azoteas: no se permite. Las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales. Los tinacos deberán estar ocultos; h)Anuncios: se permiten únicamente los de identificación; i) Áreas de estacionamiento: ubicadas preferentemente en los costados laterales del predio; j)Áreas de carga y descarga de mercancías y patio de maniobras al interior del predio; k)Área jardinada: cuando menos 3.0m a lo largo del frente. 5.- Usos prohibidos: todos los demás no indicados en las fracciones 1 y 2 del presente. Artículo 17. El uso del suelo “CB”, comercio de barrio, que es la zona de comercialización de artículos de consumo diario localizada dentro de las zonas de habitación, deberá cumplir con lo siguiente: 1.- Densidad: un solo lote; 2.- Usos permitidos: A Tienda de productos básicos; B Tienda de servicios; C Jardín de niños; D Escuela primaria; E Templo o lugar para el culto; F Alimentos y bebidas no alcohólicas; G Estación de policía. 3.- Usos condicionados: A Administración Pública; B Consultorios médicos y locales;

Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

C Centro de Salud; D Educación media; E Entretenimiento; F Club social; G Club deportivo; H Estacionamiento público de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de Policía, Buen Gobierno y Servicios Municipales; I Todos los demás usos no especificados. 4.- Restricciones de uso: A Lote mínimo: no menor de 2,500.00 m2; B Frente mínimo del lote: 50.00 metros; C El área destinada a la zona comercial de barrio deberá desarrollarse integralmente, con todos los servicios, con estacionamiento propio con un área cuando menos igual al área construida del centro comercial y con circulación interna de vehículos con un solo acceso; D Superficie máxima de construcción: 0.7 veces la superficie del lote; E Altura máxima de construcción desde el nivel de desplante: dos niveles o siete metros; las cumbreras de los techos inclinados podrán tener dos metros más de altura; F Sótanos y azoteas: no se permite la construcción de sótanos; las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales como bodegas o tendederos; los tinacos no deberán ser visibles desde el exterior; 5.- Usos prohibidos: venta de bebidas alcohólicas y servicio de comidas y todos los demás no indicados en las fracciones 2 y 3 del presente. Artículo 18. El uso del suelo “CE”, comercio especializado, que es la zona de comercialización de artículos especializados para consumo general de la comunidad en instalaciones con giros individuales o almacenes departamentales, deberá cumplir con lo siguiente: 1.- Densidad: Una unidad por lote; 2.- Usos permitidos: A Almacenes departamentales, tiendas de autoservicio, centro comercial; B Ropa, calzado, sombreros y artículos de vestir, taller de costura, telas, mercería, tintorería y lavandería; C Muebles, aparatos y enseres para el hogar, línea blanca, decoración y artículos para jardín; D Farmacia, flores, discos, cintas reproductoras para sonido, alhajas, perfumes, artículos de belleza, cristal, plata, relojes, antigüedades, artesanías, obras de arte, instrumentos musicales, artículos técnicos y científicos y aparatos ortopédicos; E Peluquería y salón de belleza: FMateriales de construcción, tlapalerías, impermeabilizantes, pinturas, resinas, perfiles no

estructurales de metal y plásticos, vidrierías, plomerías, talabarterías, herramientas de mano, talleres de reparación de aparatos para el hogar, muebles, decoración y cerrajerías; G Venta de semillas, fertilizantes, abonos, utensilios para jardinería, animales y sus alimentos; H Agencias de viaje y transporte, sitios de taxis, grúas y mudanzas sin incluir bodegas; I Papelería, librería, fotografía, óptica, juguetes y artículos deportivos; J Oficinas públicas y privadas; K Instituciones de crédito, seguros, fianzas, casas de bolsa, casas de cambio, telégrafos, correo, teléfonos, oficinas y consultorios privados; L Agencias de compra y venta y alquiler de autos, motocicletas y bicicletas, refacciones de vehículos, vestiduras y llantas; M Venta de alimentos preparados, con o sin servicio de bebidas alcohólicas; N Venta de víveres que podrá incluir tiendas con giros particulares, mercados y tiendas de autoservicio; O Gasolinera; P Alojamiento, hotel y motel; Q Centros de exposición y exhibición; R Entretenimiento; S Estacionamiento público de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de Policía, Buen Gobierno y Servicios Municipales. 3.- Usos condicionados: A Establecimientos menores; B Micro industria; C Administración Pública y Privada; D Centro de Salud y Hospital; E Educación superior; F Club deportivo, club social; G Servicios funerarios; H Estación de Bomberos; I Estación de Policía; J Terminal de Transporte Urbano; K Servicios e instalaciones de infraestructura. 4.- Restricciones de uso: El comercio especializado “ce” se clasificará en los siguientes tipos según el tamaño del lote que requieran para sus operaciones: Tipo a: de 30,000.00 m2 o más; Tipo b: de 20,000.00 a menos de 30,000.00 m2; Tipo c: de 15,000.00 a menos de 20,000.00 m2; Tipo d: de 13,000.00 a menos de 15,000.00 m2; Tipo e: de 3,000.00 a menos de 13,000.00 m2; Tipo f: de 650.00 a menos de 3,000.00 m2; Tipo g: de 100.00 a menos de 650.00 m2; La normatividad para cada este tipo será la siguiente:

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Tipo A B C D E F G

COS/CUS 0.30-0.30 0.40-0.40 0.50-0.50 0.50-0.60 0.50-1.00 0.50-2.00 0.70-3.00

Frente (m) 150.00 90.00 80.00 70.00 30.00 15.00 5.00

Restricción frente (m) 10.00 10.00 10.00 9.00 5.00 no no

Altura máxima en pisos 1 1 1 2 3 4 no

Deberá cumplir también con la siguientes normas: Densidad para usos Habitacionales Compatibles (viv/ha) Tipo a 10 Tipo b 20 Tipo c 20 Tipo d 20 Tipo e 30 Tipo f 40 Tipo g 60 24

Lote mínimo para Industrias Compatibles (m2) 50,000.00 o mas 25,000.00 a menos de 50,000 18,000.00 a menos de 25,000 15,000.00 a menos de 18,000.00 7,000.00 a menos de 15,000.00 3,000.00 a menos de 7,000.00 1,000.00 a menos de 3,000.00

Además de lo anterior deberán cumplir con lo siguiente: A Área máxima de ocupación de la construcción: 50% del área total del lote; B Superficie máxima de construcción: Una vez la superficie del lote; C Altura máxima de construcción desde el nivel de banqueta: Tres niveles u once metros. Las cumbreras de techos inclinados podrán tener dos metros más de altura; D Sótanos y azoteas: Se permite la construcción de sótanos para estacionamiento de vehículos y bodegas. Las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales como bodegas, oficinas u otras, E Anuncios: Solo se permiten los letreros que identifiquen el nombre de las tiendas. No se permiten anuncios con altura superior a nueve metros; F Subdivisión de predios: No se permite; G Área para el estacionamiento de vehículos: Tendrá un mínimo igual a la superficie construida. 5.-Usos prohibidos: Todos los demás no indicados en las fracciones 2 y 3 del presente. Artículo 19. El uso “E”, equipamiento urbano es el que se destina a la instalación de servicios públicos para la comunidad como educación y cultura, salud, abasto, recreación, deporte, espectáculos, parques, cementerios, seguridad

% De superficie libre Que deberá ser Permeable 80 75 70 70 60 35 30

pública, conexiones al transporte, comunicaciones, aprovisionamiento de agua, energía eléctrica y drenaje sanitario. 1.- Densidad: una unidad por lote; 2.- Usos permitidos: A Alojamiento, hotel, motel; B Centro de Salud, Hospital, Hospital de Especialidades; C Jardín de niños, escuela primaria, educación medía y educación superior; D Centro de exposición y exhibición; E Entretenimiento; F Alimentos y bebidas no alcohólicas; G Club social, club deportivo; H Estación de Bomberos, Estación de Policía; I Estacionamiento público de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de Policía, Buen Gobierno y Servicios Municipales. 3.- Usos condicionados: A Administración Pública y Privada; B Gasolinera; C Templo o lugar para el culto; D Alimentos y bebidas, bebidas alcohólicas; E Servicios funerarios; F Terminal de transporte urbano; G Servicios e instalaciones de infraestructura.

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4.- Restricciones de uso. El equipamiento “e” se clasificará en los siguientes tipos según el tamaño del lote que requieran para sus operaciones: Tipo a: de 30,000.00 m2 o más; Tipo b: de 20,000.00 a menos de 30,000.00 m2; Tipo c: de 15,000.00 a menos de 20,000.00 m2; Tipo d: de 13,000.00 a menos de 15,000.00 m2; Tipo e: de 3,000.00 a menos de 13,000.00 m2; Tipo f: de 650.00 a menos de 3,000.00 m2; Tipo g: de 100.00 a menos de 650.00 m2; La normatividad para este tipo de uso será la siguiente: Tipo A B C D E F G

COS/CUS 0.30-0.30 0.40-0.40 0.50-0.50 0.50-0.60 0.50-1.00 0.50-2.00 0.70-3.00

Frente (m) 150.00 90.00 80.00 70.00 30.00 15.00 5.00

Restricción Frente (m) 10.00 10.00 10.00 9.00 5.00 no no

Altura máxima en pisos 1 1 1 2 3 4 no

Además de lo anterior deberán cumplir con lo siguiente: Densidad para usos Habitacionales Compatibles (viv/ha)

Lote mínimo para Industrias Compatibles (m2)

% De superficie libre que deberá ser Permeable

Tipo a 10 Tipo b 20 Tipo c 20 Tipo d 20 Tipo e 30 Tipo f 40 Tipo g 60

50,000.00 o mas 25,000.00 a menos de 50,000 18,000.00 a menos de 25,000 15,000.00 a menos de 18,000.00 7,000.00 a menos de 15,000.00 3,000.00 a menos de 7,000.00 1,000.00 a menos de 3,000.00

80 75 70 70 60 35 30

Las alturas de construcción, sótanos y azoteas se permitirán las indicadas para la zona o uso del suelo donde se ubique el equipamiento o uso especial o, en su caso, las que permitan las zonas colindantes.

y tecnológicos e institutos de investigación; B) Centros de Salud y Asistencia: Guardería, dispensario médico, clínica, sanatorio, hospital, asilo, retiro de ancianos, orfanatorio, centro de atención siquiátrica; C) Servicios públicos: Tanques de agua y cisternas, presa, 5.- Usos prohibidos: Todos los demás no indicados en las planta de tratamiento de agua, estación de bombeo de agua, fracciones 2 y 3 del presente. vaso regulador de aguas residuales, canales diques, bardas para represas y arroyos, estación eléctrica o telefónica, Artículo 20. almacenes de equipo y materiales para servicio público; El uso “UE”, uso especial, se considera en general uso D) Espectáculos y recreación: Cine, teatro, arena, plaza condicionado y requiere para su aprobación la revisión de su de toros, auditorio, estadio, club deportivo, lienzo charro, localización, la determinación de las características del uso teatro al aire libre, hipódromo, autocinema, circo y feria; propuesto y su compatibilidad con los usos circundantes E) Comunicaciones y transporte: Instalaciones ferroviarias, con el objeto de no causar perjuicio a los vecinos. Se estaciones de autobuses foráneos y urbanos, estaciones consideran usos especiales los siguientes: camiones de carga, estaciones y terminales de metro, A) Centros educativos: Jardín de niños, escuelas primaria, estaciones de radio y televisión incluyendo sus torres, y secundaria, prevocacional, preparatoria, vocacional, aeropuerto y helipuerto; normal, de licenciatura, de grado, de artes y oficios, de F)Orden público y siniestros: Cuarteles y policía, operarios, de idiomas, academias comerciales, bibliotecas, separos, estación bomberos y de rescate, centros de salas de arte y exposiciones, museos, centros universitarios readaptación social, instalaciones militares, cuartel, prisión, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

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cementerios, crematorios y mausoleos, templos, rastro, M Servicios e instalaciones de infraestructura. tiraderos y Plantas de tratamiento de basura, estación de 3.- Usos condicionados: combustible y lubricantes para automotores, estaciones A Dos casas habitación con una sola cocina; de almacenamiento de combustible, agencia funeraria, B Tienda de productos básicos, tienda de autoservicio, polígono de tiro y club de golf. tienda departamental; 1.- Densidad: Una unidad por predio. C Venta de materiales de construcción y vehículos; 2.- Usos permitidos: Estacionamiento público de acuerdo D Centro de Salud, Hospital; con lo dispuesto por el Reglamento de Policía, Buen E Jardín de niños, escuela primaria; Gobierno y Servicios Municipales. F Club social; 3.- Usos condicionados: G Estación de bomberos, estación de policía; A Establecimientos menores; H Terminal de transporte urbano; B Micro industria; I Servicios e instalaciones de infraestructura. C Bodega y almacén; 4.- Restricciones: D Gasolinera; El uso especial “CH” se clasificará en los mismos E Rastro, frigorífico; tipos según el tamaño del lote que requieran para sus F Alojamiento, hotel, motel; operaciones y tendrá las mismas restricciones que el uso G Alimentos y bebidas, bebidas alcohólicas; “e”, equipamiento, indicadas en la fracción 4 del artículo H Club social, club deportivo; décimo noveno del presente. I Servicios funerarios; 5.- Usos prohibidos: Todos los demás no indicados en las J Estación de bomberos, estación de policía; fracciones 2 y 3 del presente. K Terminal de carga; Artículo 22. L Terminal de transporte urbano, terminal de transporte El uso “CUM”, corredor de usos mixtos, es la zona o área foráneo; destinada a alojar la mezcla de usos que aquí se establece. M Central de abastos; 1.- Densidad: Una o varias unidades por lote. N Servicios e instalaciones de infraestructura. 2.- Usos permitidos: 4.- Restricciones de uso: A Más de tres casas habitación con una sola cocina cada El uso especial “ue” se clasificará en los mismos tipos según una; el tamaño del lote que requieran para sus operaciones y B Administración Pública, Administración Privada; tendrá las mismas restricciones que el uso “e”, equipamiento, C Gasolinera; indicadas en la fracción 4 del artículo décimo noveno del DTienda de autoservicio, tienda departamental, centro presente. comercial; 5.- Usos prohibidos: todos los demás no indicados en las E Venta de materiales de construcción; fracciones 2 y 3 del presente. F Alojamiento, hotel, motel; Artículo 21. G Tienda de servicios; El uso del suelo “CH”, centro histórico o casco antiguo, es H Hospital; el área destinada al fomento, protección y conservación del I Centro de exposición y exhibición; patrimonio histórico, cultural y artístico. J Entretenimiento; 1.- Densidad: una unidad por lote. K Alimentos y bebidas, bebidas alcohólicas; 2.- Usos permitidos: L Club social, club deportivo; A Casa habitación con una sola cocina; M Estación de bomberos; B Más de tres casas habitación con una sola cocina; N Estacionamiento público de acuerdo con lo dispuesto C Administración Pública y Privada; por el Reglamento de Policía, Buen Gobierno y Servicios D Alojamiento, hotel, motel; Municipales; E Tienda de servicios; O Servicios e instalaciones de infraestructura. F Educación media, educación superior; 3.- Usos condicionados: G Centro de exposición o exhibición; A Establecimientos menores; H Templo o lugar para el culto; B Bodega y almacén; I Entretenimiento; C Centro de salud, hospital de especialidades; J Alimentos y bebidas, bebidas alcohólicas; D Educación media, educación superior; K Club social; E Templo o lugar para el culto; L Estacionamiento público de acuerdo con lo dispuesto F Servicios funerarios; por el Reglamento de Policía, Buen Gobierno y Servicios G Estación de policía; Municipales. Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

H Terminal de carga; I Terminal de transporte urbano, terminal de transporte foráneo; J Servicios e instalaciones de infraestructura, e K Industria aislada solo para el uso “CUM II”. 4.-Restricciones: El uso del suelo “CUM” se clasificará en los mismos tipos según el tamaño del lote que requieran para sus operaciones y tendrá las mismas restricciones que el uso “e”, equipamiento, indicadas en la fracción 4 del artículo décimo noveno del presente. 5.-Usos prohibidos: Todos los demás no indicados en las fracciones 2 y 3 del presente. Artículo 23. El uso del suelo “EA”, espacios abiertos, tiene por objeto proporcionar a la población espacios abiertos para la recreación y el esparcimiento, y proteger y preservar las zonas de belleza o de características únicas de la naturaleza, así como aumentar las áreas permeables para la absorción del agua de lluvia hacia los mantos freáticos. Quedan prohibidas expresamente las construcciones ajenas que resten área libre a la zona. 1.- Usos permitidos: A Espacio abierto; B Uso forestal. 2.- Usos condicionados: A Educación superior; B Centros de exposición y exhibición; C Club social, club deportivo; D Servicios e instalaciones de infraestructura; E Uso agrícola; F Acuíferos. 3.- Usos prohibidos: Todos los demás no indicados en las fracciones 1 y 2 del presente. Artículo 24. El uso del suelo “CR L” y “CR LL”, campestre residencial, tiene por objeto proporcionar espacios para la vivienda con muy baja densidad y que favorezcan el cuidado de la naturaleza y el medio ambiente. El uso “CR I” deberá cumplir con lo siguiente: 1.- Densidad: 20 habitantes por hectárea. 2.- Usos permitidos: A Una casa habitación unifamiliar con una sola cocina por lote. B Servicios e instalaciones de infraestructura; C Acuíferos. 3.- Usos condicionados: A Alojamiento, hotel, motel; B Entretenimiento; C Club social; DClub deportivo; E Servicios e instalaciones de infraestructura;

F Uso agrícola; G Uso forestal. 4.- Restricciones de uso: A Lote mínimo: 1,000.00 m2; B Frente mínimo: 20.00 m; C Área máxima de ocupación de la construcción: 20% del área total del lote; D Superficie máxima de construcción: 0.40 veces la superficie del lote; E Restricciones de construcción: 15.00 m al frente, 15.00 m al fondo y 15.00 m a los lados del lote; F Altura máxima de construcción desde el nivel de banqueta: Dos niveles o seis metros. Las cumbreras de techos inclinados podrán tener dos metros más de altura; G Sótanos y azoteas: Se permite la construcción de sótanos siempre y cuando no sean usados como dormitorios; las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales como bodegas o tendederos; los tinacos no deberán ser visibles desde el exterior; H Subdivisión de predios: No se permite; I Caminos de acceso: Su construcción y operación respetará la vegetación y el terreno natural; sección máxima de 6.00 m sin banquetas; los muros de contención para nivelar el terreno se permitirán solamente en las áreas en las que no se afecte o perjudique el arbolado o el medio natural, y con altura máxima de 2.5 m. 5.- Prohibiciones: Queda expresamente prohibido la tala de árboles, el deterioro de la vegetación, la modificación de cauces de arroyos y su contaminación así como el movimiento de tierras para nivelar jardines y todos los demás no indicados en las fracciones 2 y 3 del presente. Artículo 25. El uso “CR LL” deberá cumplir con lo siguiente: 1.- Densidad: 20 habitantes por hectárea. 2.- Usos permitidos: A Una casa habitación unifamiliar con una sola cocina por lote. B Servicios e instalaciones de infraestructura; C Acuíferos. 3.- Usos condicionados: A Alojamiento, hotel, motel; B Entretenimiento; C Club social; D Club deportivo; E Servicios e instalaciones de infraestructura; F Uso agrícola; G Uso forestal. 4.- Restricciones de uso: A Lote mínimo: 5,000.00 m2; B Frente mínimo: 40.00 m; C Área máxima de ocupación de la construcción: 10% del área total del lote;

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D Superficie máxima de construcción: 0.15 veces la superficie del lote; E Restricciones de construcción: 15.00 m al frente, 15.00 m al fondo y 15.00 m a los lados del lote; F Altura máxima de construcción desde el nivel de banqueta: dos niveles o seis metros. Las cumbreras de techos inclinados podrán tener dos metros más de altura; G Sótanos y azoteas: Se permite la construcción de sótanos siempre y cuando no sean usados como dormitorios; las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales como bodegas o tendederos; los tinacos no deberán ser visibles desde el exterior; H Subdivisión de predios: se permite siempre y cuando las fracciones resultantes no sean inferiores a 5,000.00 m2, y el frente de las mismas no sea inferior a 40.00 m; I Caminos de acceso: Su construcción y operación respetará la vegetación y el terreno natural; sección máxima de 6.00 m sin banquetas; los muros de contención para nivelar el terreno se permitirán solamente en las áreas en las que no se afecte o perjudique el arbolado o el medio natural, y con altura máxima de 2.5 m. 5.-Prohibiciones: Queda expresamente prohibido la tala de árboles, el deterioro de la vegetación, la modificación de cauces de arroyos y su contaminación así como el movimiento de tierras para nivelar jardines y todos los demás no indicados en las fracciones 2 y 3 del presente. Artículo 26. El uso del suelo “CA”, cuerpo de agua, tiene por objeto preservar los cuerpos de agua como recurso natural y valor paisajístico, promover su uso racional y evitar su contaminación. 1.- Usos y destinos permitidos: A Los que establecen las leyes y sus Reglamentos; B Uso forestal; C Acuíferos. 2.- Usos condicionados: A Riego bajo cualquier modalidad, y B Usos recreativos y deportivos como navegación, esquí acuático y estacionamiento de embarcaciones. C Recreativos y deportivos como navegación a vela, canotage, natación, pesca deportiva sin red, veleo libre sin propulsión mecánica; D Conservación y mejoramiento del paisaje y sus condiciones ambientales, y E Generación de energía eléctrica; F Espacios abiertos; G Uso agrícola. 3.- Restricciones: A Pesca con red o explosivos o algún otro método no autorizado por las disposiciones legales aplicables; B La contaminación del cuerpo de agua según las disposiciones legales aplicables;

C El deterioro del paisaje; D Obras que alteren los cauces naturales y que impacten significativamente el ambiente. 4.- Usos prohibidos: Todos los demás no indicados en las fracciones 1 y 2 del presente. Artículo 27. El uso del suelo “UA”, uso agrícola, tiene por objeto crear y mantener las condiciones apropiadas del suelo con vocación natural para la labranza o el cultivo de la tierra que tengan potencial agrícola. 1.- Usos permitidos: A Uso agrícola: Cultivos agrícolas salvo los prohibidos por las disposiciones legales aplicables, floricultura, horticultura, apicultura, fruticultura, praderas artificiales, cultivos especiales a cubierto, invernaderos, viveros, almacenamiento de productos agropecuarios, crianza de especies menores, cunicultura, acuacultura, bodegas para utensilios y equipos propios de la actividad, oficinas y lugares de venta de productos del lugar. B Acuíferos. 2.- Usos condicionados: A Una casa habitación con una cocina por lote; B Servicios e instalaciones de infraestructura: Caminos de acceso e interiores, parques, presas, pozos y obras para el control de agua, e instalaciones de servicio público; C Espacios abiertos. 3.- Restricciones: A Altura máxima de la construcción: 2 pisos o siete metros; B Área de ubicación de la construcción: 2% de la superficie del lote; C Coeficiente máximo de utilización del suelo: 0.2; D Subdivisión del lote: Mínimo 20,000.00 m2; E Sótanos y azoteas: Se permite la construcción de sótanos siempre y cuando no sean usados como dormitorios; las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales como bodegas o tendederos; los tinacos, tanques de gas y cubos de escaleras no deberán ser visibles desde el exterior; 4.- Usos prohibidos: Todos los demás no indicados en las fracciones 1 y 2 del presente. Artículo 28. El uso del suelo “UF”, uso forestal, tiene por objeto crear y mantener las condiciones apropiadas del suelo con vocación natural y potencial forestal y promover y fomentar la reforestación y el aprovechamiento racional del bosque. 1.- Usos permitidos: A Uso forestal: Cultivos forestales salvo los prohibidos por las disposiciones legales aplicables, reforestación, apicultura, invernaderos, viveros, aserraderos debidamente autorizados, almacenamiento de productos forestales, crianza de especies menores, acuacultura, bodegas para

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utensilios y equipos propios de la actividad, oficinas y lugares de venta de productos del lugar; B Acuíferos. 2.- Usos condicionados: A Una casa habitación con una sola cocina; B Servicios e instalaciones de infraestructura: Caminos de acceso e interiores, presas, pozos y obras para el control de agua, e instalaciones de servicio público; C Espacios abiertos: campos para remolques y casasremolques, actividades o usos turísticos o recreativos que aprovechen los recursos del medio natural como alpinismo, excursionismo, refugios, pesca, veleo, navegación; D Hotel, motel, parador turístico, y zona para acampar; 3.- Restricciones: A Altura máxima de la construcción: 2 pisos o siete metros; B Área de ubicación de la construcción: 0.2% de la superficie del lote; C Coeficiente máximo de utilización del suelo: 2; D Subdivisión del lote: mínimo 20,000.00 m2; E Sótanos y azoteas: Se permite la construcción de sótanos siempre y cuando no sean usados como dormitorios; las azoteas no podrán ser ocupadas por construcciones definitivas o provisionales como bodegas o tendederos; los tinacos, tanques de gas y cubos de escaleras no deberán ser visibles desde el exterior; 4.- Usos prohibidos: Todos los demás no indicados en las fracciones 1 y 2 del presente. Artículo 29. El uso del suelo “ZP”, zona de preservación y conservación, tiene por objeto evitar la alteración del medio natural sea por tratarse de ecosistemas frágiles que pueden modificar su comportamiento o deteriorarse debido a la presencia de acciones de naturaleza urbana, sea porque la acción de otros usos puede dañar o alterar el proceso de preservación, conservación o mejoramiento, y deberá cumplir con lo siguiente: 1.- Usos permitidos: A Espacios abiertos; B Uso agrícola; C Uso forestal. 2.- Usos condicionados: A Una casa habitación con una sola cocina por lote; B Club social, club deportivo; C Servicios e instalaciones de infraestructura; D Acuíferos. E Cuando se considere que la presencia de personas no cause deterioro se podrán destinar a la construcción de parques. 3.- Usos prohibidos: Todos los demás no indicados en las fracciones 1 y 2 del presente.

CAPÍTULO IV De la Inspección y Vigilancia. Artículo 30. La Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología realizará, por conducto de personal debidamente autorizado, actos y visitas de inspección y vigilancia para la verificación del cumplimiento del presente Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia. El personal que realice los actos o visitas de inspección deberá contar con el documento que lo acredite, así como la orden escrita emitida por el Titular en la que se precisara el objeto o causa de la misma, y las disposiciones legales en las que se funda. Artículo 31. Los propietarios o poseedores o sus representantes, los responsables o peritos de obra o sus encargados y auxiliares, así como los ocupantes de los inmuebles donde se deba realizar la inspección, tendrán la obligación de permitir el acceso y proporcionar la información que se les requiera. Al término de la inspección se levantará el acta circunstanciada correspondiente donde se hará constar los hechos u omisiones que se hubiesen presentado durante la misma, y se procederá a su firma por quienes hubieran intervenido. Si la persona o personas con quienes se entendió la inspección se negaren a firmar el acta o a recibir la copia de la misma, dicha circunstancia se anotará en la misma sin que ello afecte su validez. La autoridad competente podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública para efectuar la visita de inspección. CAPÍTULO V De las Sanciones e Infracciones. Artículo 32. Cuando como resultado de la inspección resulten violaciones, irregularidades o infracciones al presente Reglamento u otras disposiciones legales aplicables, la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología las notificará por escrito, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo o por edicto de notificación publicado según las disposiciones legales aplicables al propietario o poseedor o su representante legal, y en su caso al responsable de la obra, para que adopte las medidas correctivas aplicables en un plazo que no excederá de sesenta días naturales según la urgencia o gravedad del caso. Artículo 33. Cuando como resultado de la inspección resulten infracciones comprobadas al presente Reglamento la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología impondrá las sanciones pecuniarias previstas en la Ley de Ingresos de los Municipios, a los responsables de las mismas. La imposición de estas sanciones no libera a los infractores

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de la obligación de corregir las causas de la infracción. Artículo 34. Los propietarios o poseedores de predios así como los peritos responsables de obra serán los responsables por las violaciones e infracciones al presente Reglamento y les serán impuestas las sanciones e infracciones previstas por las leyes aplicables y por este Reglamento independientemente de la responsabilidad civil o penal en que incurran. Artículo 35. Las sanciones e infracciones serán las siguientes: I. La clausura total o parcial del predio o las construcciones terminadas; II. La clausura o suspensión de las obras en proceso; III. Revocación, en su caso, de las autorizaciones que el Municipio le hubiese otorgado, y IV. Multa por el monto que determine la Ley de Ingresos de los Municipios. Artículo 36. La Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología podrá ordenar la clausura total o parcial de los predios y de las construcciones terminadas cuando: I.Los propietarios o poseedores utilicen un predio o construcción sin haber obtenido la autorización de zonificación correspondiente; II. Los propietarios o poseedores den a la construcción o al predio un uso distinto al autorizado; III. Los propietarios o poseedores no observen las Normas Técnicas de Zonificación que establece el presente Reglamento; IV.Los propietarios o poseedores o los responsables o encargados de obra o sus auxiliares obstaculicen o impidan de cualquier manera el cumplimiento de las ordenes de inspección. V.Los propietarios o poseedores o los responsables o encargados de obra o sus auxiliares no den cumplimiento, en sus términos, a las órdenes previstas en el presente instrumento, emitidas por la Autoridad Municipal. Artículo 37. La clausura o suspensión parcial o total no será levantada hasta que no se realicen las correcciones ordenadas por la Autoridad Municipal y se hubiesen cubierto las multas correspondientes, y en su caso los costos y gastos en los que se incurra. Previo acuerdo del Ayuntamiento y con el objeto de evitar daños a terceros en sus personas o en sus bienes la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología realizará las obras necesarias que corrijan las irregularidades observadas. Los costos y gastos en que se incurra por la realización de estas obras se repercutirá a los responsables, y en caso de negarse a pagarlos la tesorería municipal efectuará el cobro mediante el procedimiento económico-coactivo. De igual modo, previo acuerdo del Ayuntamiento, este

podrá ordenar la ejecución de las obras, reparaciones o demoliciones que el propietario, incumpliendo las órdenes de la Autoridad Municipal correspondiente, se rehúse a ejecutar para restablecer las condiciones que marca el presente Reglamento. El acuerdo del Ayuntamiento se fundamentará en el dictamen que le presente la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología y en las notificaciones que esta hiciera al propietario o poseedor, pudiendo hacer uso, en su caso, de la fuerza pública para dar cumplimiento al acuerdo. Los costos y los gastos de las obras que ordene el Ayuntamiento deberán ser cubiertos por el propietario o poseedor y en caso de negarse a cubrirlos la Tesorería Municipal efectuará el cobro mediante el procedimiento económico-coactivo. CAPÍTULO VI Del Recurso. Artículo 38. Contra los actos o resoluciones del Presidente Municipal o de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología, procederá el recurso de inconformidad, mismo que se interpondrá por escrito por el particular afectado, de acuerdo a las disposiciones que establece la Ley Orgánica Municipal. TRANSITORIOS. Artículo Primero. El presente Reglamento entrará en vigor al cuarto día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y por éste se regirán los efectos jurídicos de los actos anteriores a su vigencia, siempre que su aplicación retroactiva no resulte en perjuicio de persona alguna. Artículo Segundo. Se abrogan todas las disposiciones administrativas municipales que se opongan al presente. Artículo Tercero. Cuando en las cartas urbanas los límites de las zonas de los usos del suelo dividan un predio, el propietario o poseedor podrá optar entre: A)Asimilar a la fracción mayor la menor siempre y cuando ésta no sea mayor de 1,500.00 m2 de superficie o no tenga frente a vía pública; B) Asimilar a la zonificación correspondiente a la fracción mayor la de una franja de la fracción menor que no exceda de 15 metros de ancho colindante con la fracción mayor; C)Mantener toda la fracción menor sometida a la zonificación que le corresponda.

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Ejercicio Ver y analizar los siguientes reglamentos Ejemplo de Reglamento de ordenamiento territorial de Tenancingo, Hgo. http://www.tenancingo.gob.mx/uploads/gaceta4.pdf Ejemplo de Reglamento de ordenamiento territorial de Naucalpan, Estado de México http://www.transparencianaucalpan.gob.mx/transparencia/marcojuridico/reglamentos/Reglamentos%20 Municipales%20vigentes/ROTAHDU.pdf

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Año Tres Introducción El objetivo perseguido por el Desarrollo del Municipio, es la organización del territorio de una manera armoniosa en el uso del espacio, de tal manera que sean elementos coadyuvantes a la mejora de las condiciones de vida de sus habitantes en el ámbito social, económico, político, democrático y humano, en razón sustentable al uso racional y ordenado en cuanto que sea justo, equitativo e igualitario. Se trata de la acción de gobierno en el territorio cuya intervención vea por el desarrollo de forma íntegra, esto es, el crecimiento de las actividades humanas de manera ordenada, donde los escenarios sean los ideales al respecto de lo armonioso y justo El ordenamiento territorial tiene por cualidades ser un proceso planificado, donde se habla de una inducción por parte del Gobierno Local, como legitimo representante y conocedor de la realidad del lugar y busca implementar los escenarios locales ideales a las aspiraciones del propio esquema en cuanto desarrollo.

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¿Se conocen y cumplen los ordenamientos estatales y municipales en materia de urbanismo y planeación territorial? ¿Existe un programa de seguimiento del cumplimiento de la normatividad en vigor respecto del uso del suelo? ¿La planeación territorial incluye las dimensiones ecológica, social, económica y urbano-regional? ¿Se cuenta con el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial aprobado?

Asimismo el ordenamiento territorial es de tipo interdisciplinario pues en la dimensión de los intereses del desenvolvimiento humano ingresan aspectos tales como económicos, políticos, sociales, ecológicos, empresariales como de otros tipos, por lo que exige una visión del territorio desde el punto de vista de varias disciplinas que aporten los elementos técnicos necesarios para la coacción del desarrollo armonioso y justo. Con el propósito de identificar si el Gobierno Municipal cumple con los mínimos necesarios en materia de Ordenamiento Territorial, se presentan los siguientes indicadores de la Agenda desde lo Local Objetivo Evaluar el impacto del ordenamiento territorial en el desarrollo del municipio, utilizando la Agenda Desde lo Local. Ejercicio Evalúa de acuerdo a los Criterios establecidos en la Agenda Desde lo Local, las condiciones del Ordenamiento del territorio en tu municipio:

ROJO

AMARILLO

VERDE

No se conocen y cumplen los ordenamientos estatales.

Se conocen y se cumplen parcialmente

Sí se conocen y cumplen los ordenamientos estatales en la materia.

No hay esquemas de seguimiento.

Existe plan de seguimiento pero se aplica parcialmente

Sí hay programa y manual de operación.

No hay planeación

Incluye sólo La planeación alguna (s) de las incluye todas las dimensiones. dimensiones

No se cuenta con el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial aprobado.

Se cuenta con el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial; pero no aprobado.

Se cuenta con el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial aprobado.

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Calificación

ROJO

¿Esta ordenado el territorio Municipal?

AMARILLO

VERDE

Calificación

Hay un plan de ordenamiento territorial actualizado Existe algún plan y aprobado de ordenamiento (menor a 5 El Municipio crece sin territorial años) y accesible. que haya planes, ni inoperante, no La autoridad regulación urbana actualizado y/o municipal supervisa su no aprobado. aplicación (permisos y revisión de uso de suelo)

Buenas Prácticas

mismo modo, se ha puesto énfasis en la asignación de tareas concretas a cada uno de los implicados en el proceso. Proceso Participativo de Planificación Urbana y Regional El proceso genera desarrollo institucional y social mediante (Costa Rica) la formación de Comités de Ciudadanos, cuya misión es supervisar las acciones a llevar a cabo para poner en práctica RESUMEN las recomendaciones teóricas, confrontar las dificultades y El objetivo del presente programa es promover el desarrollo aprovechar las oportunidades previamente identificadas. sostenible a nivel de base, en sus tres dimensiones esenciales: la sostenibilidad ambiental, la igualdad social y Fechas clave la eficiencia económica. Inicios de 1997: Aprobación de la carta de apoyo del Como proyecto de planificación participativa, se centra en Gobierno Local de Grecia. la creación de coaliciones clave entre los diversos agentes 4 de septiembre de 1997: aprobación unánime del CET y sociales y políticos de una comunidad determinada, con el del Documento Final en Grecia. fin de mejorar su consciencia territorial y su capacidad de 19 de noviembre de 1998: fecha de aprobación del planeamiento a nivel local. El programa de investigación Proyecto en Guápiles. ProDUS-UCR proporciona herramientas conceptuales y 23 de noviembre de 1998: fecha de aprobación del tecnológicas. Estos programas también organizan foros de Proyecto en el Consejo Municipal de San Ramón. debate centrados en las oportunidades de mejora del nivel 1 de febrero de 1999: comienzo del segundo proyecto. de vida de las comunidades objeto del programa. Como 29 de marzo de 2000: presentación del borrador del consecuencia, genera una gran motivación, a la vez que documento definitivo en San Ramón. clarifica las prioridades para las acciones inmediatas y las iniciativas estratégicas enfocadas hacia el crecimiento y la Situación previa a la iniciativa mejora del medio urbano. La situación inicial puede resumirse en las siguiente En el proceso, ha prevalecido la mejora de la integración y premisas: de la comprensión de los retos colectivos a corto y a largo Un rápido crecimiento de la ciudad. plazo. Otros resultados apreciables son la elaboración de Una calidad muy baja de desarrollo urbano. documentos de gran valor técnico, incluido un diagnóstico Carencia de un plan estratégico o de desarrollo. de la situación actual con el establecimiento del orden de Debilidad de los gobiernos locales. prioridades en las soluciones propuestas a los problemas Aplicación nula de los reglamentos existentes. analizados. Ha habido un afán especial por integrar los Problemas ambientales serios, especialmente en Guápiles diversos aspectos bajo un todo coherente y unitario. Del y en San Ramón. Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

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Numerosas oportunidades de mejora. Frustraciones considerables en gran cantidad de personas. Numerosas divisiones políticas (en particular en Guápiles). Un uso ineficiente del suelo urbano.

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de servicios, procedentes de la Universidad de Costa Rica (aproximadamente, otros 30.000 dólares EEUU). El gobierno municipal prestó apoyo a la iniciativa de ProDUS, proporcionando espacio físico para las reuniones, así como interviniendo en otras acciones de coordinación. Demostraron una clara predisposición a cooperar y a poner Establecimiento de prioridades en práctica muchos de los resultados obtenidos mediante el planeamiento participativo. Otras instituciones aportaron El proceso de selección de los temas más importantes a bases de datos y mapas para comenzar las tareas. abordar, fue realizado de forma conjunta en una reunión Por otra parte, al inicio del proceso, se realizó un esfuerzo previa celebrada con la comunidad de cada localidad. Se adicional para contactar con cinco miembros de la Asamblea analizó brevemente cada uno de los temas, concediendo Nacional, representativos de las dos áreas (Guápiles prioridad a aquellos temas en los que la comunidad no y San Ramón). También cooperaron varias facultades había experimentado avances significativos, y en aquellos universitarias de diferentes ciudades de Costa Rica, incluido referidos a procesos de planeamiento físico.  el director del centro de Guápiles. Los temas fueron ligeramente modificados durante el proceso, y a veces con las discusiones se profundizó en otros Proceso aspectos. Entre los temas se incluían, además de problemas Aunque cada proceso es único, porque cada ciudad es única ambientales, otras cuestiones, como la competitividad de e irrepetible, se pueden trazar unas reglas generales. A lo la ciudad o las posibles mejoras de la calidad de vida de los largo del proceso, se afrontaron los siguientes problemas: ciudadanos. La necesidad de captar un número suficiente de personas y con una cierta representatividad. Formulación de objetivos y estrategias El hecho de trabajar con personas cuyos programas El objetivo básico de esta iniciativa ha sido la mejora del individuales no siempre coincidían con el programa entorno urbano, a través de los conocimientos necesarios, colectivo. y de la participación comunitaria de la municipalidad de La existencia de antiguos conflictos entre algunos de los Grecia, y de las ciudades de Guápiles y San Ramón. participantes. Un segundo objetivo ha sido el desarrollo en la misma La falta de confianza existente en el gobierno municipal. comunidad, de recursos humanos capaces de promover La falta de información sobre la realidad ambiental, física y mejoras en la calidad de vida y conseguir una ciudad más social de los asentamientos humanos. competitiva, a través de un uso más eficiente del suelo y La falta de conocimientos técnicos y la falta de posibilidades de una relación más armónica con los sistemas naturales. tecnológicas. El centro ha sido el planeamiento urbano y regional como herramienta para hacer las ciudades más competitivas y Estos problemas fueron abordados mediante las siguientes mejorar la calidad de vida para las generaciones venideras. acciones: Todas las personas han sido aceptadas independientemente Movilización de recursos de su postura política. La primera vez que ProDUS desarrolló un Plan Estratégico La motivación central ha sido formar un nuevo equipo de Territorial Participativo fue en el municipio de Grecia, trabajo constituido por personas interesadas y dispuestas en 1997. El coste fue aproximadamente de 25.000 a actuar con el fin de mejorar su entorno urbano y dólares EEUU, aportados por el gobierno holandés, y constructivo, así como para tratar de reducir el impacto otros 10.000 dólares suministrados por ProDUS-UCR sobre el medio natural. y el gobierno municipal. Esta iniciativa formaba parte Las personas son capaces de aprender, pero necesitan de un plan mayor previsto en el Acuerdo Bilateral Costa estímulos para ganar seguridad en sí mismas. Rica - Holanda por el Desarrollo Sostenible. La nueva fase Se ha generado un sentimiento de autoestima colectiva. de iniciativas de Planeamiento Urbano Estratégico, en Se han moderado los conflictos relativos a algunos temas Guápiles y San Ramón, comenzó en febrero de 1999. La surgidos entre algunos de los participantes. propuesta recibió una cantidad de 50.000 dólares EEUU Se ha dejado clara constancia de la existencia de al menos de FUNDECOOPERACIÓN, en relación también con el cuatro agentes diferentes implicados. acuerdo de sostenibilidad Costa Rica - Holanda. También En el proceso se ha contado con la colaboración de los se obtuvieron fondos adicionales en concepto de salarios, siguientes actores: los participantes locales; el gobierno uso de transporte público, espacios de trabajo y facturas local; ciudadanos que, aún sin ser participantes, han Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

ejercido una gran influencia y motivación; ProDUS, con nuestras posibilidades técnicas. Se ha concienciado a todos los participantes de que un programa será más fructífero y tendrá un seguimiento más positivo siempre que en el mismo participe el mayor número posible de personas influyentes, ya sea en cuanto a su posición económica, posesión de terrenos, poder de convocatoria, o capacidad de ejercer influencia de tipo político, social o intelectual. El proceso ha incluido algunos elementos operativos clave, como son por ejemplo las reuniones cada cuatro o cinco semanas, un tiempo suficiente para que los técnicos de ProDUS llevaran a cabo la recogida, el procesamiento y la integración de toda la información necesaria. Ello también incluía acciones esenciales, como entrevistas meticulosas a las personas que se encontraban a cargo de la resolución, o al menos de la supervisión, de todos estos problemas. Los procedimientos se han centrado en ciertos principios clave: Garantizar voz a todos los participantes. Proporcionar un sistema simple de autoselección, invitando personalmente a los participantes (aproximadamente cien personas), antes de cada reunión. Ofrecer un espacio para la expresión individual de necesidades, deseos, conocimientos e ideas, a través de turnos de críticas individuales, con la recogida de tarjetas escritas, que son integradas en un único documento posteriormente. Organizar sesiones de discusiones en grupo, cuestionando diversas problemáticas y oportunidades, deseos y sueños. Celebrar sesiones plenarias. La participación ha sido bastante amplia, con una afluencia a las reuniones de 13 a 45 personas, lo que supone una asistencia media de 25 personas por reunión. Algunos de los asistentes han acudido a todas las reuniones. En cada encuentro han estado presentes dos miembros del gobierno municipal y en muchas ocasiones también representantes locales de Guápiles y de Grecia del Parlamento Nacional. Otros convocados han sido representantes de varios órganos estatales, como el Ministerio de Medio Ambiente, la Compañía de Agua, el sistema de salud, el director del hospital local, miembros de la cámara de comercio y otros agentes de las altas esferas económicas, varios profesores universitarios y de bachillerato y algunos estudiantes de dichas instituciones. Los documentos definitivos, las conclusiones y las acciones promocionales varían de una comunidad a otra, ya que se trata de un proceso de planificación participativo que refleja las prioridades de las personas cooperantes con ProDUS en cada localidad.

Resultados obtenidos Arranque de importantes iniciativas de desarrollo institucional en cada gobierno local: Mapas catastrales y bases de datos de Grecia, San Ramón y Guápiles. Búsqueda de fondos para la elaboración de un Plan Regulador para el desarrollo físico de los municipios. Mejoras en la estructura de cobros de servicios en los municipios. Erradicación de ciertos casos evidentes de evasión de impuestos. Creación de la Comisión Estratégica Territorial de Grecia, y algo similar en los otros dos municipios. Acciones iniciales de mejora urbana y regional. Creación de un centro de ciudad en Santa Gertrudis de Grecia. Movilización de personas para la protección de las áreas arboladas, con el fin de asegurar el óptimo abastecimiento de agua en Grecia. Una mayor claridad acerca de problemas de considerable gravedad de contaminación del agua de los ríos y de zonas próximas a manantiales. Coordinación entre varias autoridades en relación con el plan de tratamiento de aguas residuales del Hospital de San Ramón, recuperación del río de la localidad de Guápiles, y limpieza y mejoras del embalse regulatorio de San Ramón. Creación de amplios grupos constituidos por ciudadanos bien informados, en representación de casi la totalidad de los sectores políticos y sociales de cada comunidad. Elaboración de un plan colectivo de mejoras, producto de las iniciativas locales, con apoyo técnico, una clara programación horaria e impreso y disponible para todos. Resoluciones políticas que respaldan el proyecto, en Grecia, Guápiles y San Ramón. Documentos de gran valor e iniciativas de investigación, que constituyen valiosas directrices para las acciones del gobierno local y de las instituciones nacionales. Estos documentos también se están empleando como objeto de estudio sobre las ciudades, en diversos colegios y universidades. Amplia movilización de ciudadanos y jóvenes para llevar a cabo iniciativas de acuerdo con las estrategias diseñadas, especialmente en Guápiles. Creación de Inspectores Urbanos para colaborar con la municipalidad en el control del desarrollo físico de la ciudad. Sostenibilidad El programa es financieramente correcto; no ha sido necesario acceder a fondos adicionales, excepto para la elaboración del Plan Regulador (instrumento legal que

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posibilita al gobierno municipal ejercer el control efectivo sobre su territorio). Los tres gobiernos locales se han mostrado muy interesados en este procedimiento, y San Ramón ha logrado obtener los fondos adicionales necesarios para esta iniciativa. Se espera que, en el plazo de unos pocos meses, comiencen a elaborarse los instrumentos legales adecuados para la realización de las estrategias prefijadas. En la actualidad existe una mayor consciencia en cada municipio acerca del enorme potencial de las leyes existentes, previas a la puesta en marcha del Plan Regulador. En el municipio de Grecia, el gobierno local ha proporcionado fondos para los encuentros celebrados por la Comisión Estratégica Territorial, y para Guápiles y San Ramón hay las mismas expectativas. La iniciativa ha logrado sintetizar las aportaciones incluso de aquellos a los que no ha sido posible asistir a los encuentros. Hay una mayor consciencia acerca de los potenciales y las limitaciones de las diversas soluciones tecnológicas, la falta de controles y la necesidad de mejoras físicas en el medio. También hay un mayor sentimiento de aprecio por la importancia de la ciudad en las áreas rurales circundantes. Del mismo modo, hay una mayor claridad en cuanto a las comparaciones entre las ventajas y los puntos débiles del proceso. En las comunidades se ha despertado el sentimiento de que todas estas cuestiones han de ser emprendidas por su propio impulso. Están adoptando la actitud de trabajar por ellos mismos, sin necesidad de esperar la acción de los políticos. Es demasiado pronto para vaticinar cuándo van a acontecer los cambios físicos, tras las mejoras sociales, políticas y operativas, pero hay buenas expectativas, especialmente para Guápiles y San Ramón. Lecciones aprendidas La participación resulta de gran utilidad, es aplicable al planeamiento urbano, y facilita una adquisición progresiva de competencias por parte de los ciudadanos. El proceso de aprendizaje no sólo beneficia a las personas escogidas para tal fin, sino también a los gobiernos locales, los promotores técnicos, etc. Todos los agentes se benefician de la difusión de información, la discusión de los asuntos clave, el establecimiento de las prioridades, etc. Los objetivos propuestos son de gran magnitud, por lo cual resulta imposible su consecución a corto plazo. No obstante, sí es posible convencer a las personas de que las acciones y las aportaciones colectivas pueden mejorar la calidad de vida y las oportunidades económicas de toda una comunidad. Es necesario tiempo para ganar la confianza de las personas, ya que la compenetración entre todos los participantes en el proceso se va obteniendo de forma gradual.

Sería posible señalar algunas reglas generales sobre el proceso, pero cada iniciativa es única. Aunque la experiencia resulta de gran utilidad, cada nuevo programa requiere una estrategia particular para generar entusiasmo entre sus participantes. Es necesario crear instrumentos legales para promover las ideas desarrolladas por la comunidad en la iniciativa de planeamiento participativo. La mayoría de las iniciativas se quedarían en el camino, si no se diera este paso fundamental. La contribución clave es la constitución de leyes futuras que abarquen una visión popular e integrada, gracias a las aportaciones de docenas de ciudadanos en representación de segmentos importantes de la comunidad. El proceso puede beneficiarse en gran medida de tecnologías como el Sistema de Información Geográfica (SIG), los sistemas de posicionamiento global (GPS, Global Positioning Systems), las fotografías aéreas y las imágenes obtenidas por satélite a través de sensores remotos. La existencia de bases de datos exhaustivas también resulta de gran utilidad para el proceso; pero lo esencial es la participación y la capacidad conceptual de sintetizar los retos y las oportunidades de cada comunidad, lo cual requiere conocimientos en las áreas de planeamiento urbano e ingeniería civil. La formación de un equipo multidisciplinar constituye un factor positivo, pero cada experiencia es única, y va desarrollando las capacidades técnicas de los participantes. Por otro lado, no son precisos controles a nivel científico de todas las acciones emprendidas. Lo importante es detectar aquellos puntos donde los conocimientos no son suficientes. Transferibilidad El proyecto aquí presentado es, en realidad, la síntesis de tres proyectos: uno desarrollado en Grecia en el año 1997, y los otros dos llevados a cabo en Guápiles y san Ramón en los años 1999-2000. Éstos dos últimos son réplicas del primero. Muchas de las lecciones aprendidas en Grecia, fueron aplicadas posteriormente. En los tres casos ha sido primordial el impacto de la concienciación de la comunidad. Gradualmente se ha ido incrementando el sentimiento de seguridad para cambiar el rumbo de la realidad existente. Esta metodología se ha presentado a través de una iniciativa de CEDARENA para la resolución de conflictos. También ha sido aplicada con éxito por un miembro de ProNATURA de Colombia. Del mismo modo, ha sido presentada en Puebla, México, en noviembre de 1999, y está siendo aplicada por estudiantes y profesores de la Escuela de Arquitectura de la Universidad Autónoma de Puebla (BUAP). Somos conscientes de que el proyecto va a ser replicado en numerosos países y culturas. Esto requiere promotores locales y un entendimiento óptimo de la cultura local,

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así como un nivel adecuado de tradición democrática y participación. Constituye una buena forma de aunar los esfuerzos de personas muy diversas, con prioridades y trayectorias diferentes, en un único afán por alcanzar beneficios comunes, posibilitados por un planeamiento urbano y espacial a nivel local. Participación comunitaria en la gestión del suelo (Colombia) Resumen Con la entrada en vigor de la ley 388 de 1997, el municipio de Bucaramanga se enfrentó al reto de formular su Plan de Ordenamiento Territorial (POT). Coincidiendo con lo expresado en el Programa de Gobierno local y en el Plan de Desarrollo Económico y Social del Municipio, se entendió que el proceso debía basarse en la honestidad, la transparencia, la responsabilidad y la integridad del gobierno, y apoyarse en los agentes del desarrollo territorial. Los objetivos principales se han definido buscando la participación activa de los ciudadanos en la toma de decisiones respecto a la estructura del uso del suelo a corto, medio y largo plazo. De igual manera, por primera vez se articularon los esfuerzos entre los niveles metropolitano y departamental y las asociaciones de vecinos. Los sectores de educación y de producción también se implicaron en el proceso. Los ámbitos de participación y las reglas del juego se diseñaron de manera que la clasificación del suelo surgiese del acuerdo entre los diversos intereses. El resultado ha sido la apropiación del proceso por parte de la comunidad, como resultado del creciente interés de los ciudadanos por orientar los esfuerzos hacia el desarrollo del municipio. Todo esto se ha visto enriquecido por la valiosa colaboración de la comunidad, cuya proximidad a los orígenes de los problemas les permite ofrecer soluciones ingeniosas. Por otra parte, el hecho de aunar esfuerzos con otros niveles territoriales nos ha permitido influir en decisiones a nivel nacional. Fechas clave 14 de Agosto de 1997 - se aprueba la ley de Desarrollo Territorial. 1 de Enero de 1998 - Luis Fernando Cote Peña toma posesión de su cargo como alcalde de Bucaramanga. Mayo de 1998 - Se aprueba el Plan de Desarrollo Económico y Social del municipio de Bucaramanga. Febrero de 1998 - Diseño de las etapas, los procesos y las metas del proyecto. Diciembre de 1999 - El proyecto pasa a la fase de aprobación de propuestas y de consulta. Situación previa a la iniciativa

A distintos niveles estatales y desde diferentes sectores se estaban desarrollando múltiples esfuerzos para trabajar en la planificación del uso del suelo y del territorio. A pesar de esto, la participación en la toma de decisiones por parte de los actores públicos y privados de la comunidad y de las instituciones educativas no era la apropiada. Establecimiento de prioridades  Con el fin de organizar y facilitar la participación en la planificación del suelo, se definieron las siguientes prioridades: Articulación de los objetivos de desarrollo a los niveles departamental, nacional, municipal y de comunitario. Coordinación de esfuerzos y regulación de los sistemas de información entre las distintas entidades. Introducción en el proceso de planeamiento de incentivos dirigidos tanto a la comunidad como a los actores industriales e institucionales. Para fijar estas prioridades, se utilizó la experiencia adquirida en los procesos anteriores de formulación del Plan Municipal de Desarrollo, determinado por el Alcalde, el Secretario de Planeamiento y el Director del Área Metropolitana. Formulación de objetivos y estrategias Algunos objetivos se formularon con el fin de mejorar las condiciones de vida de los habitantes y proteger y conservar los recursos naturales del medio. Otros objetivos tenían por función guiar los procesos de ocupación y de transformación del territorio, establecer el soporte institucional para el desarrollo integral del territorio y mejorar la calidad de la administración pública. Para lograr estos objetivos se diseñaron las siguientes estrategias: Fomentar la participación de los distintos actores, creando procesos de planificación permanentes a nivel local. Mejorar el sistema de información geográfica (SIG) y el sistema de archivos municipales para permitir su apropiación por parte de los distintos actores del proceso. Movilización de recursos Recursos financieros. El Municipio de Bucaramanga contribuyó a la financiación del proceso con recursos propios y con recursos transferidos del presupuesto nacional. Simultáneamente, el área metropolitana de Bucaramanga comenzó a respaldar a sus municipios, dedicándoles sus propios recursos y solicitando un crédito delFondo Nacional de Estudios de Desarrollo  (FONADE). Por otro lado, la cámara de comercio contribuyó con recursos financieros para apoyar el programa. Recursos técnicos. El municipio y el área metropolitana lideraron la formación de la Estación Regional de Información, con las empresas de servicios públicos y las entidades del catastro y del censo.

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Esta estación de información constituyó la herramienta principal de análisis y diagnóstico para el Plan. Recursos humanos. La municipalidad decidió llevar a cabo el desarrollo del POT con su propia plantilla de empleados, y, excepcionalmente, emplearon a especialistas en temas específicos (medio ambiente, urbanismo, planeamiento, especialistas en SIG, etc). En este aspecto, el área metropolitana contribuyó con expertos en la formulación de planes de ordenación que, al tiempo que elaboraban un producto, proporcionaban una formación a los empleados municipales.

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Proceso Un problema habitual es la escasez de información gráfica y numérica adecuada y modernizada. La solución que se adoptó fue reactivar un grupo preexistente de entidades interesadas en actualizar la cartografía y poner en marcha la Estación Regional de Información con su ayuda. El proyecto incluía la restitución de datos mediante satélite y métodos aereofotogramétricos y, por otro lado, ejercicios de cartografía social. El Alcalde de la ciudad dirigió el proceso para integrar la labor de estas entidades en el POT. Gracias a esto, la información fluyó con rapidez. El trabajo se estructuró en varias etapas: la primera fue la etapa de análisis y valoración, destinada a definir los contenidos y el alcance de las acciones a realizar, a determinar la metodología a aplicar, a definir el proceso de evaluación técnica y económica de la experiencia y a activar los diferentes grupos de planeamiento, tanto a nivel de consenso como de consulta. Se evaluaron los planes existentes y se determinaron los temas estratégicos y prioritarios, obteniendo como resultado los términos de referencia para un Plan de Ordenación. La siguiente etapa fue la prediagnosis, y en ella se identificaron los planes en vigor en ese momento, se accedió a información secundaria y se produjo un intercambio de información con los representantes comunitarios. La tercera etapa correspondió al diagnóstico, es decir, la definición de las propuestas de desarrollo y de los diferentes escenarios de actuación. Esta se estructuró mediante talleres de trabajo técnicos y participativos para la ordenación, el análisis, la valoración y la evaluación de la información primaria. En esta etapa se consiguió realizar una aproximación integral a la problemática del municipio, identificando sus puntos fuertes, sus puntos débiles, sus oportunidades y limitaciones, así como los modelos espaciales que explican la formación y funcionamiento del municipio. A continuación, la etapa de formulación definió las acciones pertinentes para cada uno de los tres tipos de suelo correspondientes al modelo de ordenación que se había decidido aplicar. Sobre estos tipos, General, Rural y

Urbano, se construyó la regulación del uso del suelo y se definieron los correspondientes Programas, Proyectos y Planes Parciales para su posterior realización, evaluación y retroalimentación. En todas las etapas del proceso se contó con la participación de los actores públicos, privados y de la comunidad. Las estrategias de comunicación se diseñaron para aproximar a los diferentes participantes del programa, así como para legitimar el Plan. Se crearon espacios de participación: talleres y mesas redondas temáticas y relativas la comunidad. La cartografía social supuso un importante trabajo; gracias a ella, los habitantes de la ciudad pudieron determinar sobre mapas y planos sus problemas y necesidades, elaborando un diagnóstico interno y externo. También se han determinado ya los procesos de apoyo institucional y financiero del Plan. Resultados obtenidos  El resultado más evidente que hemos obtenido es el alto nivel de participación en los procesos de análisis, diagnosis y de toma de decisiones. Más de 400 personas procedentes de franjas de población representativas contribuyeron al proceso con su tiempo, con su trabajo y con sus ideas. Es importante señalar el gran número de participantes y la frecuencia con que se celebraban las reuniones. Un importante resultado ha sido la apropiación de los procesos del POT por parte de la comunidad, lo cual garantiza que sus posteriores modificaciones estarán guiadas por el interés general y las necesidades técnicas. Esto garantiza la protección frente al manejo político y los intereses particulares. La administración pública se hizo cargo del proceso directamente, en lugar de dejar la totalidad de éste en manos de contratistas exteriores, y esto permitió al municipio ahorrar recursos, beneficiarse de la transferencia de tecnología y encuadrar este proceso dentro de la política municipal. Sostenibilidad Para garantizar la sostenibilidad del POT, se crearon diferentes instrumentos; uno de ellos, inicialmente llamado Estación Regional Informativa, es la actual Ciudad Digital, orientado para permitir el acceso de la población a la información procedente de los POTs municipales y obviamente comercializar algunos de sus productos y servicios. De igual manera, para garantizar su permanencia a pesar de los cambios políticos (en Colombia se celebran elecciones cada tres años), el POT se ha aplicado en colaboración con el sector privado y las empresas de servicios públicos. Otro instrumento creado para garantizar la sostenibilidad del POT es la Corporación Metropolitana de Planeamiento, orientada al planeamiento a largo plazo de la región y que también se apoya en el sector privado en los proyectos

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que requieren un importante esfuerzo conjunto para su desarrollo. Para garantizar la permanencia de la Corporación, ésta también cuenta con un alto porcentaje en participación del sector privado. De manera similar, algunos de los proyectos determinados por diferentes estudios (adicionales a aquellos del POT), apuntan a la vocación de Tecnópolis de la región. Ejemplos de esto son el Parque Tecnológico, el Parque Interactivo de Ciencia y Tecnología, el fortalecimiento de la educación primaria y secundaria en el municipio, la red de aulas de ciencia y tecnología, las aulas virtuales y la creación de la red de parques metropolitanos. Estos proyectos contribuyen a afianzar la sostenibilidad de aquellos aspectos que el POT no puede abarcar. Lecciones aprendidas La lección más importante extraída de la experiencia ha consistido en reconocer y valorar la opinión de los representantes de la comunidad respecto al planeamiento existente, así como su interés y el valor de sus contribuciones. Esto ha sido aplicado en otros estudios locales. Un aspecto que se incorporó en el POT, basado en la experiencia de otros municipios, fue la utilidad de la cartografía social en sesiones de trabajo en que la comunidad coordinada por un técnico, produce una herramienta muy útil para conocer realmente las ciudades. El desarrollo, realización, actualización y modificación del POT, se efectuará siguiendo los mismos límites y niveles de participación que se aplicaron en la formulación del actual Plan. Transferibilidad Los otros municipios pertenecientes al área metropolitana, han empleado total o parcialmente los procesos, los ámbitos de participación y las técnicas utilizadas en el POT del municipio de Bucaramanga. Igualmente, municipios del área metropolitana y otros pertenecientes a otros sectores de la región, e incluso de otros departamentos, han consultado y aplicado la metodología adoptada en Bucaramanga.

la ordenanza número 3216/00, establecer un consenso sobre el Plan Director de Roca (PDR) en el marco de DeSuR. De este modo, comienza la iniciativa para mejorar la calidad del hábitat, partiendo de una estructura más equilibrada entre el área urbana y el área rural, y entre el sector norte (donde se encuentran los sectores excluidos) y el sector sur de la ciudad, separados por el canal de abastecimiento de agua principal; y con el propósito de implantar políticas para los sectores populares y para el crecimiento sostenible de la periferia, dando prioridad a la integración con la región. Para ello, se decidió desencadenar un proceso de participación destinado a definir un marco legal y de consenso desde el que establecer una administración pública participativa del hábitat de General Roca. Los participantes en los catorce talleres sobre el uso del suelo, en las reuniones de trabajo y en las entrevistas, acordaron que la ciudad debía contar con una fuerte conciencia de comunidad y de igualdad en el uso de su hábitat. La iniciativa del PDR consiguió establecer un proceso técnico participativo para controlar el ordenamiento territorial, dotar a los actores involucrados de capacidad de decisión y desarrollar un instrumento (plan y normativa) para un planeamiento del hábitat público y participativo. El PDR es el instrumento básico, normativo y administrativo, que permite decidir lo que se puede construir y lo que no en cada suelo, ya sea urbano o rural. Determinar lo que se puede hacer en cada parcela en términos de uso y de densidad de construcción implica la decisión legal de restringir el derecho a la propiedad del suelo que tienen todos los ciudadanos. Dentro del PDR, las rentas estatales se redistribuyen, razón por la cual es preciso regular el mercado del suelo en beneficio de los sectores desfavorecidos, que son quienes tienen obstaculizada la posibilidad de acceder al suelo legalmente. Fechas Clave 16 de junio de 2000 - Se aprueba la Ordenanza Transitoria Número 3216, que prohíbe la división en parcelas de áreas productivas de regadío y que solicita la elaboración de un plan de gestión en el marco de DeSuR. Planificación participativa del hábitat de General Roca: De julio de 2000 a noviembre de 2001-- Se celebran 14 PDR (Argentina)  talleres sobre el uso del suelo con la participación de 27 organizaciones y 60 ciudadanos, así como entrevistas con Resumen 22 actores clave relacionados directamente con el mercado En diciembre de 1999, la Municipalidad de General Roca del suelo. promovió un nuevo modelo para las políticas públicas, 27 de febrero de 2003-- Tras siete meses de retraso en la abierto a la participación de las organizaciones de la consideración de la ordenanza del PDR, los miembros del sociedad civil que cuentan con una visión global de los Ayuntamiento se reúnen a petición de las organizaciones problemas de la ciudad. En mayo de 2000, comenzó el participantes en el mismo, que demandan su consideración proceso participativo para la formulación de DeSuR, un plan urgente. Un mes después, se aprueba la ordenanza por estratégico destinado al desarrollo sostenible de Roca. unanimidad (Ordenanza sobre el Plan Director de Roca, El Ayuntamiento solicitó el 20 de junio de 2000, mediante número 3641/03). Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

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23 de septiembre de 2003-- El alcalde, ante una tormenta de críticas por parte de las entidades que conforman la Comisión Municipal de Gestión Territorial  (CMGT), que controla el PDR, anula su decisión anterior y no permite la instalación de una fábrica en una zona prohibida por la normativa. 12 de febrero de 2004-- En la audiencia pública sobre presupuesto, convocada por la nueva administración municipal, las organizaciones relacionadas con DeSuR y con el PDR destacan la validez de los 4 años del proceso participativo y señalan la necesidad de que continúe y de que se destinen partidas presupuestarias que aseguren su capacidad de actuación.

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Descripción Situación previa a la iniciativa Hasta 1999, la ciudad de General Roca no contaba con una normativa sistematizada para ordenar el uso del suelo urbano y rural. Por ello, la década de los noventa se caracterizó por el crecimiento de barrios marginales hacia el norte del canal de abastecimiento de agua principal, en áreas geomorfológicamente inestables y poco rentables para su cobertura con servicios básicos e infraestructuras. Sus habitantes procedían de sectores de bajos ingresos a los que se negaba el derecho a un hábitat de calidad. Este problema se extendía también en pequeños núcleos dispersos a expensas de áreas agrícolas, con la pérdida de tierras productivas resultante, el aumento de los conflictos entre sectores productivos y residenciales y el abandono de áreas rurales por las expectativas de la especulación inmobiliaria. Establecimiento de prioridades La fórmula de participación del PDR cuenta con dos prioridades, que guían el proceso en sí y el producto que se persigue: Ordenar el hábitat y el crecimiento de la ciudad, superando los conflictos derivados de la tensión entre la actividad productiva, el uso residencial y la especulación inmobiliaria, y de la desigualdad en el acceso legal al suelo por parte de los sectores desfavorecidos. Generar herramientas para la administración participativa del hábitat y el desarrollo de la ciudad. Estas prioridades se establecieron en un diálogo entre la administración municipal, equipos técnicos e instituciones de la ciudad, diálogo que se enmarcó en un proceso participativo de planificación para el desarrollo local, en el marco del programa Desarrollo Sustentable para Roca (DeSuR). Aunque la iniciativa de la convocatoria de este proceso partió de la Municipalidad, su desarrollo ha llevado al liderazgo creciente de las instituciones en el mantenimiento de sus prioridades. Formulación de objetivos y estrategias

El objetivo de esta iniciativa (práctica) fue desencadenar un proceso participativo que llevara a definir un marco legal y de consenso para ordenar el crecimiento de la ciudad, así como regular desde planteamientos de justicia y cuidado del medio ambiente la administración pública participativa del hábitat de General Roca. La iniciativa surgió con el propósito de mejorar la calidad del hábitat partiendo de una estructura más equilibrada entre el área urbana y el área rural, y entre el sector norte (donde se encuentran los sectores excluidos) y el sector sur de la ciudad; así como para implantar políticas para los sectores populares y para el crecimiento sostenible de la periferia, dando prioridad a la integración con la región. La estrategia de implantación se basó en activar y articular esta iniciativa, en el marco de un proceso más amplio de definición participativa de los ejes del desarrollo integral de la ciudad (DeSur). Dentro de este marco, se sometieron a debate los problemas del hábitat, del crecimiento económico y la justicia social, para definir orientaciones que permitieran el desarrollo local sostenible. De esta forma, si bien la iniciativa partió de la administración municipal, la articulación con el proceso de DeSuR trajo consigo otro aspecto estratégico clave: el Foro de DeSuR, espacio integrado por más de 30 entidades públicas y privadas de referencia para DeSur, que adoptaron como propia la tarea de formular el PDR, con una fuerte participación. Por último, se dio mucha importancia a que la coordinación de la iniciativa estuviera en manos de equipos técnicos de Roca y no de otros municipios, con el fin de fortalecer las capacidades locales, con la ayuda externa de un experto. La participación de una ONG regional de apoyo al desarrollo, la Fundación para el Desarrollo Humano Sustentable de la Patagonia (FDHSP), fortaleció la iniciativa desde un punto de vista tanto técnico como participativo. Movilización de recursos Los recursos técnicos involucrados en la iniciativa fueron: el equipo técnico del plan estratégico desur, técnicos del ejecutivo municipal y del ayuntamiento, la asociación de arquitectos, inmobiliarias, fabricantes, el departamento provincial de aguas, la universidad nacional del comahue, el catastro provincial, la secretaría provincial de fruticultura, el instituto nacional de tecnología agropecuaria (inta), la asociación de topógrafos y la cámara de agricultura, industria y comercio. La propuesta se enriqueció con la contribución de capital humano de numerosas organizaciones: cámara de productores, asociación nietos y bisnietos de pioneros, mujeres en lucha, comisión de gas rural, consorcio de aguas, pastoral social, un techo para mi hermano, asociación de defensa del consumidor, ecoclub, asociación

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de ecologistas, casa de la cultura, medios de comunicación, unión de trabajadores de la educación de río negro (unter), 11 escuelas y ciudadanos en general. Los recursos económicos se obtuvieron del presupuesto municipal y de la FDHSP; los primeros se dedicaron al equipo técnico local y ambas fuentes se complementaron para la asistencia técnica externa. La contribución de las organizaciones de la sociedad civil a la formulación del PDR se estimó en 145 horas de talleres sobre el uso del suelo, además de distintas reuniones de trabajo y entrevistas con actores sociales clave. Para aumentar la conciencia y la formación en relación con el PDR, se utilizaron folletos y transparencias en las escuelas y se publicaron once gráficos con los temas clave en medios de comunicación escritos. Proceso La formulación participativa del PDR supone un cambio en el patrón administrativo, así como conflictos permanentes con las formas tradicionales de planificación y administración públicas, verticales y de asistencia, concebidas y ejecutadas por técnicos que trabajaban aislados de la sociedad. El proceso participativo implantado para el PDR permitió la participación directa de organizaciones y vecinos en la administración pública, lo que originó la reacción en contra de distintos sectores que lo consideraron una amenaza al status quo de desigualdad del que se beneficiaban. Algunas empresas y fabricantes del ámbito inmobiliario siempre se habían beneficiado de la falta de planificación y de normas legales que regularan el mercado del suelo de forma justa, así como de los contactos (tráfico de influencias) como medio para solucionar los problemas. Estos sectores han desacreditado permanentemente al PDR y a las organizaciones públicas y privadas involucradas en el proyecto. El proceso en sí mismo dio la respuesta a esas reacciones: entre las instituciones involucradas fueron apareciendo miembros que, incluso sin experiencia previa, asumieron un rol activo en los medios de comunicación para sacar a la luz pública el debate acerca del hábitat y para defender los criterios de justicia acordados en el proceso participativo del PDR (capacidad de autogobierno y de toma de decisiones). Además, se llevó a cabo un proceso de difusión del PDR en la comunidad, implantado a través de las escuelas, coordinado por el equipo técnico y por la UNTER, que involucró a 32 docentes y 1850 estudiantes. Las reacciones negativas se dieron también por parte de algunos políticos y técnicos de la administración municipal, quienes vieron en las normativas reguladas en el PDR límites para la arbitrariedad, la ineficacia y las desigualdades. Esto explica el retraso de la regulación que sufrieron algunos capítulos del PDR.

Bajo estas circunstancias, se propiciaron iniciativas de formación y de debate en torno a la norma, especialmente destinadas a esos funcionarios y técnicos, donde también participaron entidades del sector público (municipal y provincial) y la sociedad civil, participantes del Foro de DeSuR, que constituyeron la Comisión Municipal de Gestión Territorial (CMGT), una herramienta de participación creada por el PDR con el objetivo de garantizar la transparencia en su aplicación. La expresión de más impacto de estas reacciones vino, paradójicamente, del alcalde municipal, promotor original del PDR, que resolvió, utilizando sus competencias, la aprobación de la instalación de una fábrica contaminante en una zona prohibida por la norma. Las instituciones de la CMGT no dudaron en enfrentarse en el debate con quien había promovido este proceso participativo. Finalmente, el alcalde renunció a su compromiso con la empresa y apoyó la posición de la CMGT. Resultados obtenidos El proceso participativo del PDR ha logrado: Mejoras en las condiciones de vida de las personas: Se resolvió el conflicto de incompatibilidad entre la cercanía de viviendas y el uso de pesticidas para la producción en zonas cercanas. Se prohibió definitivamente la construcción de casas en tierras inundables. Mejoras en la coordinación y la integración entre distintos sectores, organizaciones e instituciones: Se constituyó la CMGT, integrada por 15 entidades (organizaciones sociales, productivas y culturales, colegios profesionales, oficinas de la administración provincial y municipal), para asegurar la transparencia en la aplicación del Plan Director. Se consiguió que el sector de los productores pequeños y medianos, clave para la economía, pudiera intervenir, en un ámbito multisectorial, en el debate sobre el ordenamiento territorial. Cambios en estrategias políticas y locales: Se establecieron dos ideas centrales y complementarias: por un lado, el estado desempeña un papel en el ordenamiento territorial que no puede delegar, y por otro, la definición de las políticas y la administración debe estar sujeta a la participación ciudadana. Se fomentó un debate público sobre usos incompatibles del suelo: uso urbano y áreas rurales de regadío; uso industrial e impacto medioambiental en sectores rurales y urbanos... Mejoras en la capacidad institucional en el ámbito local: 970 personas pudieron tomar conciencia y formarse en relación con el ordenamiento territorial y la participación en la administración pública. Se formó en la nueva normativa a técnicos de 7 oficinas municipales relacionadas con la administración del

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hábitat. Se constituyó un cuerpo local interinstitucional (CMGT) para garantizar y controlar la aplicación del PDR. Cambios en los procesos de toma de decisiones, que incluyeron dar forma legal a la organización de los vecinos en asociaciones: Por primera vez, la toma de decisiones relacionadas con el hábitat se enmarcó en un plan de gestión que evitaba la ineficacia y la arbitrariedad. Se aprobó una norma que estableció la consulta con el cuerpo interinstitucional (CMGT) para la toma de decisiones. Se creó una asociación civil (Foro de DeSuR) para articular los procesos de aprobación, que aglutinó a las instituciones que forman parte de la CMGT y de otras iniciativas de participación. Los empresarios valoraron la seguridad legal que la norma ofrece a sus inversiones. Cambios en el uso y la asignación de los recursos humanos, técnicos y económicos en el ámbito local: La CMGT constituyó una fuente de recursos humanos para la ciudad puesta a disposición del proceso, para el que resultaba fundamental el compromiso voluntario de las instituciones que lo impulsaban. A su vez, ese organismo de participación controló la inversión pública en infraestructuras y contribuyó a su transparencia y eficacia. Además, la ciudad se ahorró el coste (alto) de un órgano técnico histórico dedicado al ordenamiento urbano, el Consejo de Planificación, que no se implicó en el proceso del PDR ni trabajó en paralelo con él. Incluso desacreditada socialmente, esta duplicación fue posible gracias a la protección política. Cuando se aprobó el PDR y se interpoló en ese patrón administrativo, el equipo presentó su renuncia. Cambios en el comportamiento y las actitudes de la población: Los vecinos y las organizaciones vivieron un proceso de adquisición de capacidad de autogobierno y de toma de decisiones, cuando experimentaron que sus opiniones se tenían en cuenta al tomar decisiones para la ciudad. Se determinó que las decisiones de los miembros de la comunidad (vecinos, empresas) relacionadas con el hábitat se debían enmarcar en un plan que fomentara el consenso de modo participativo. Sostenibilidad La sostenibilidad de la normativa del PDR se basa en atender de una forma participativa los problemas sociales, económicos y medioambientales que afectan al hábitat. Por esta razón, se decidió involucrar a distintos sectores de la comunidad en la formulación del PDR a través integración de la CMGT.

Sostenibilidad económica: La formulación participativa del PDR se financió con el presupuesto asignado por la Municipalidad de General Roca, con contribuciones de la FDHSP y con el tiempo invertido por los participantes en los talleres. Para asegurar la continuidad del proyecto, éste fue asumido por las áreas municipales relacionadas con el hábitat. Además, las organizaciones de la sociedad civil se han comprometido a participar en su ejecución integrándose en la CMGT. Sostenibilidad social: El proceso de formulación del PDR se ha guiado por el objetivo que se definió como principio rector de la normativa: la justicia social. Por esa razón, se animó a participar a organizaciones fuertemente vinculadas a los sectores más pobres: la Pastoral social, el Club del trueque, Mujeres en lucha, etc., que de hecho han pasado a ser las más involucradas. Además, se celebraron talleres en los barrios marginales con el fin de mantener in situ un diálogo para confrontar el propio proceso con las expectativas de la población. Las normas del PDR expresan la búsqueda de la integración social: la creación de espacios públicos integradores que generen inclusión social y territorial, así como igualdad de posibilidades urbanas, para lograr con ello el aumento de la autoestima y la creación de identidades en el distrito. Sostenibilidad cultural: El proceso participativo, dada su naturaleza, emerge del aspecto sociocultural, del respeto y de la tolerancia hacia el otro, lo que ha permitido la integración de técnicos, agentes políticos, organizaciones sociales, pequeños y medianos productores y empresarios, que han acordado discutir objetivos y puntos de vista comunes para el desarrollo sostenible. La superación de la cultura de la administración pública vertical y la arbitrariedad ha marcado el proceso del PDR. Sostenibilidad medioambiental: La relación entre el entorno urbano y el entorno rural productivo se encuentra en el centro de los problemas del hábitat de General Roca. Para superar la tensión, el proceso del PDR aseguró la participación de instituciones clave en el uso de esos entornos: Cámara de Productores, Consorcio de Aguas, Comisión de Gas Rural, Cámara de Comercio, colegios profesionales, Asociación del Teatro, entre otros muchos. De este modo, el proceso del PDR permitió establecer acuerdos acerca de la valoración del patrimonio natural y el generado, preservar las tierras productivas de regadío y los canales de agua (para apoyar la economía agrícola basada en el cultivo de frutas y verduras), así como disminuir la contaminación debida a los pesticidas. Lecciones aprendidas

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La gestión del hábitat y del espacio público se debe asumir como un problema de estado. Es fundamental contar con el compromiso real y el liderazgo de la administración pública, dado que constituye un factor indispensable para la credibilidad del proceso. La articulación entre el estado y la sociedad civil enriquece la formulación y la administración de políticas destinadas al desarrollo sostenible. Los niveles de participación no se deben medir cuantitativa, sino cualitativamente: no se debe estar satisfecho con el número de personas interesadas, sino con involucrar a las personas afectadas (sobre todo los sectores y actores que participan directamente, como los funcionarios y técnicos de la administración que intervendrán personalmente en los cambios que se quieren provocar). Es fundamental para estos procesos participativos contar con una estrategia de comunicación. La eficacia de esa estrategia será mayor si se define asimismo de forma participativa, con la intervención de comunicadores y periodistas de distintos campos junto con otros actores clave. La creación y continuidad de órganos que integren a varias instituciones (como el Foro de DeSuR y la CMGT), como ya se sabe, son tareas difíciles. Sin embargo, la organización de los distintos actores, incluso con sus altibajos, ha permitido que se den reacciones rápidas en los procesos de liderazgo colectivo. En relación con la ayuda ofrecida al proceso del PDR, se ha aplicado el aprendizaje obtenido de otros procesos participativos de desarrollo local que se han llevado a cabo en la región de la Patagonia. Para conseguir que los actores se involucren, es fundamental hacer que comprendan el impacto que los problemas tratados tienen en su vida y en su ciudad. Para fomentar la participación, se debe considerar que si una persona no entiende lo que puede ganar, no se interesa; si no entiende lo que puede perder, no se involucra (convencimiento y conveniencia). En relación con el papel clave que desempeñan los actores sociales, es preciso contar con organizaciones dinámicas, abiertas y representativas. Dado que esa condición no se da siempre en todas las organizaciones que intervienen, el proceso debe incluir la promoción del fortalecimiento institucional. Transferibilidad La iniciativa del PDR se ha extendido a numerosas ciudades del entorno (Cipolletti, Allen, San Patricio del Chañar, Cinco Saltos, Ingeniero Huergo); del condado (Río Colorado, Choele Choel, San Antonio Oeste) y del país (Comodoro Rivadavia, Neuquén, Rosario, Buenos Aires, Bahía Blanca). La microrregión incluye un conglomerado urbano

compuesto por 14 ciudades y aproximadamente 550.000 habitantes, donde el PDR ha supuesto la primera experiencia participativa de planificación urbana y rural. Ha logrado concienciar a la población sobre la necesidad de protección de los sistemas de canales de abastecimiento de agua (en funcionamiento desde hace 85 años), que constituyen el soporte para la principal actividad económica: la agricultura. Hacia el oeste de la microrregión, en San Patricio del Chañar, la experiencia se tomó como modelo y se estableció un acuerdo entre la comunidad local y la FDHSP para contar con asistencia técnica para el equipo constituido localmente. En el ámbito del condado, el equipo técnico del PDR participó en la creación de conciencia colectiva en San Antonio Oeste, donde la Municipalidad decidió iniciar un proceso participativo de planificación urbana. La ayuda externa se obtuvo de la Universidad de Buenos Aires (UBA), que celebró reuniones de trabajo con la FDHSP, con la que había contactado la comunidad para elaborar un plan estratégico y acordar planteamientos comunes que incorporaran el aprendizaje mutuo. En el ámbito nacional, los miembros de la CMGT fueron convocados a un encuentro de ciudades del condado de Chubut, tras el interés despertado por una causa que integraba a organizaciones productivas, sectores excluidos, la administración municipal y agrupaciones de vecinos. Este encuentro derivó en que en Comodoro Rivadavia se iniciara una experiencia similar, pero no de ámbito local, sino para todo el distrito (barrio industrial), como experiencia piloto destinada a ampliarse a toda la ciudad. Se estableció un acuerdo de asistencia técnica externa entre la Municipalidad y la FDHSP.

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Glosario

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es una normativa, con fuerza de ley, que regula el uso del territorio, definiendo los usos posibles para las diversas Alineamiento áreas en que se ha dividido el territorio, ya sea: el país como Alineación.- Acción y efecto de alinear, poner en línea recta.- un todo, o una división administrativa del mismo. Es un Documento en que la autoridad municipal, autoriza la traza proceso político, en la medida que involucrada toma de de una nueva construcción, indicando las medidas y demás decisiones concertadas de los actores sociales, económicos, elementos técnicos a que deberá ajustarse la parte exterior políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso de la misma, tomando como referente el eje o línea media sostenible del territorio. Asimismo, es un proceso técnico de la vía pública. Frecuentemente se indica en ese mismo administrativo porque orienta la regulación y promoción de acto, el número oficial que le corresponderá para efectos de la localización y desarrollo de los asentamientos humanos, localización (Rendón Huerta Barrera, Teresita). de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico espacial. Alineamiento Oficial Es la traza sobre el terreno, que mide el predio respectivo Delimitación con la vía pública, determinada por los planos y proyectos Establecer en mapas o en cartas topográficas, el limite que legalmente aprobados por el Plan Director de Desarrollo precise e identifica la separación entre dos o más territorios. Urbano. La ejecución de toda obra nueva, la modificación o En consecuencia, hay delimitaciones terrestres, acuáticas y ampliación de una que ya exista, requiere para que se expida aéreas la licencia respectiva, la presentación de la constancia del alineamiento oficial.- Línea que las autoridades competentes Zonificación fijan para limitar una propiedad en su colindancia con una Consiste en la sub-división del área total catastral en áreas vía pública, existente o en proyecto. parciales o zonas que contienen bienes inmobiliarios de características similares. La definición de zonas Desarrollo Urbano El desarrollo urbano, o urbanización es la disciplina que tiene como objetivo de estudio a las ciudades, desde una perspectiva holística enfrenta la responsabilidad de estudiar y ordenar los sistemas urbanos. El término actual Bibliografía concretizado -Urbanismo- procede del ingeniero español Ildefonso Cerdá. Es una disciplina muy antigua, que MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL DESARROLLO incorpora conceptos de múltiples disciplinas y un área de URBANO MUNICIPAL TAMAULIPAS práctica y estudio muy amplia y compleja. Según algunos, http://itavu.tamaulipas.gob.mx/ciudadesdecalidad/ sería una ciencia que se encuadraría dentro de las ciencias leyes%20y%20reglamentos/manual%20para%20 sociales (geografía, sociología, etc.) y, según otros, sería la%20administracion%20del%20desarrollo%20 un arte, asociado tradicionalmente a la arquitectura, es urbano%20municipal.pdf decir, un conjunto de saberes prácticos que proporcionan las bases fundamentales para resolver los problemas de Manual de Organización de la Dirección de Desarrollo Urlas ciudades; en esta dualidad se vislumbra el carácter bano Obras Públicas y Ecología de Puerto Peñasco, Son descriptivo y explicativo del urbanismo como ciencia http://puertopenasco.sonora.gob.mx/work/models/ frente al carácter prescriptivo del urbanismo como arte, Puerto_Penasco/Resource/482/MANUALDEDESARROaunque ambos enfoques necesariamente se retroalimentan LLOURBANOOBRASPUBLICASYECOLOGIA.pdf mutuamente. El Ordenamiento Territorial: Una Herramienta para la gesOrdenamiento Territorial tión del riesgo (Peru) El ordenamiento territorial es una normativa, con fuerza http://bvpad.indeci.gob.pe/doc/cds/CD_eird2008/cade ley, que regula el uso del territorio, definiendo los usos pitulo11.pdf posibles para las diversas áreas en que se ha dividido el territorio, ya sea: el país como un todo, o una división administrativa del mismo. En general, se reserva el término ordenamiento territorial para definir la normativa; mientras que el proceso y la técnica para llegar a dicha normativa, se conocen como Ordenación El ordenamiento territorial Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

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