Derecho Administrativo

DERECHO ADMINISTRATIVO

Sesión No. 1 Aspectos Generales del Derecho Administrativo

Objetivo: El alumno identificará diferentes conceptos de derecho administrativo, su relación con otras ramas juridicas y las funciones del Estado.

Contextualización ¿Consideras

importante

saber

sobre

el

concepto

de

Derecho

Administrativo y sus funciones? Cuando hablamos de Derecho Administrativo pareciera que estamos frente a otra rama del Derecho, en donde su evolución se ha aparejado a las estructuras del poder ejecutivo y al crecimiento de su actividad, que acompaña al poder público en su caminar desde el Estado policial al Estado social de Derecho. En nuestro tiempo prevalece la trilogía de funciones en el Estado, la legislativa, la ejecutiva y la judicial, estas funciones a su vez se encuentran distribuidas en tres bloques orgánicos llamados poderes, esta estructura es una idea política exitosa basada en los pensamientos de Montesquieu. Por lo tanto, el Derecho Administrativo es una rama del Derecho Público que disciplina la función administrativa y los órganos que la llevan a cabo. El derecho administrativo es un regulador de la organización y acción de las autoridades administrativas, también es considerado como un conjunto de normas jurídicas que regulan la organización y funcionamiento del poder ejecutivo, es importante mencionar que el derecho administrativo es regulador de servicios públicos, las relaciones del estado con los particulares y de forma muy general regula la forma en que el Estado cumple sus fines. ¿Cuál es tu conceptualización de Derecho Administrativo?

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Introducción al Tema Te has preguntado ¿qué es el Derecho Administativo?

Por mucho tiempo el Derecho Administrativo tuvo el objeto de regular la estructura del poder ejecutivo y la actividad de ese poder era materia de la ciencia de la administración pública; sin embargo, actualmente con los cambios que ha tenido el Estado, el Derecho administrativo considerado como ciencia, tiene por objeto el estudio de la regulación normativa de los órganos del poder ejecutivo y sus relaciones; es decir reglamentos, actos, contratos, resoluciones, etc. Relacionados con la actividad del poder ejecutivo, ya sea Federal, Local o Municipal. En esta sesión conocerás mejor el concepto de derecho administrativo, su relación con otras ramas jurídicas y no jurídicas, así también la facultad reglamentaria del ejecutivo y las funciones del Estado. Importante es mencionar que el derecho administrativo es considerado como parte del Derecho Público que regula la actividad del Estado y la forma de cómo realiza la función administrativa a través de los cuerpos normativos que regularán la estructura de los entes del poder ejecutivo, con esta definición partimos para dar inicio a la primer sesión en estudio.

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Explicación 1.1 Concepto de Derecho Administrativo ¿Distingues el Derecho Administrativo de otras ramas del Derecho? Para conceptualizar el Derecho Administrativo, Gabino Fraga (2005) dice: el Derecho administrativo, rama del Derecho Público, regula la actividad del Estado que se realiza en forma de función administrativa. El Derecho Administrativo es la rama del Derecho público que regula el ejercicio de la función administrativa y los órganos que la desempeñan (Antonio, 2006). En nuestro sistema existe la formación de la llamada trilogía de funciones del estado: la legislativa, la judicial y la ejecutiva, esta última es la llamada administrativa de la que nos encargaremos en el presente curso, estas tres funciones se distribuyen en tres bloques orgánicos denominados poderes, los cuales se mencionan en nuestra Constitución. Existen conceptos que pueden ser restringidos o formales del derecho administrativo, así por ejemplo Ivor Jennings afirma que el derecho administrativo es el derecho que determina la organización, poderes y deberes de la autoridad administrativa. Para Marcel Waline el derecho administrativo es el conjunto de reglas que determinan en qué condiciones los entes administrativos adquieren derechos e imponen obligaciones a los administrados, mediante la acción de sus agentes en interés de la satisfacción de las necesidades públicas (I. M. M., 2009).

1.2 Relación del Derecho Administrativo con otras ramas jurídicas y no jurídicas El Derecho administrativo se vincula con el Derecho constitucional, ya que en ella se construye la base de los órganos públicos, establece las reglas de los

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DERECHO ADMINISTRATIVO derechos humanos, reglas que deberán ser acatadas por el proceder de la administración pública; también el Derecho Civil en el que se establecen los principios generales de derecho y se establecen otras regulaciones aplicables a diversas ramas jurídicas; con el Derecho Mercantil también se relaciona, ya que tiene un uso frecuente por parte de los órganos estatales: las sociedades, los contratos, el estado efectúa operaciones de carácter comercial. Su relación con el Derecho Internacional Público es el poder ejecutivo el que origina y aplica los tratados y convenios internacionales, define y expresa la política exterior; en el Derecho Internacional Privado, la solución de los conflictos de leyes se efectúa, por lo general, mediante actos de administración pública; también se relaciona con el Derecho penal, debido a que la administración pública es titular de la acción penal y el sistema penitenciario es manejado por la misma. Otra rama con la que se relaciona es con el Derecho del trabajo, ya que los problemas laborales se muestran ante órganos administrativos que son las Juntas de Conciliación y Arbitraje (Martínez, 2004). La relación del Derecho Administrativo con disciplinas no jurídicas las podemos dividir en dos áreas: las ramas del conocimiento humano científico o técnico que lo originan, nutren o auxilian, como son: la administración, la economía, las historia, la política y la sociología. Y las áreas que son reguladas por el derecho Administrativo: administración, agricultura, comercio exterior, contabilidad, economía, informática, ingeniería, medicina, mercado de valores, protección ambiental (Martínez, 2004).

1.3 Codificación del Derecho Administrativo La palabra código se deriva del latín codicus que deriva a su vez de codex/icis, libro, código; la necesidad de hacer codificaciones nace desde la época antigua, en la que se hizo indispensable sistematizar a través de la recopilación de determinados ordenamientos. El primer código fue el de Justiniano, mismo que

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DERECHO ADMINISTRATIVO tiene una colección completa de constituciones imperiales romanas, leyes, ordenanzas y otras disposiciones. Nace la idea de codificación en un postulado de la ilustración y del racionalismo europeo que se inició en el siglo XVIII, la idea de codificación no es la de recopilar en un solo texto diversas leyes vigentes, sino de las leyes que se refieren a una rama jurídica en un cuerpo. Por lo tanto, la codificación del Derecho Administrativo es la sistematización orgánica y unificada de las normas que lo integran (Acosta, 2004). El derecho administrativo no está codificado en la mayoría de los países a diferencia de otras ramas que sí lo están, derecho civil, penal, laboral, etc., desde hace décadas (1939), el legislador federal mexicano codifica el derecho administrativo parcialmente por materias, al expedir la Ley de Vías Generales de comunicación, también se encuentran otros códigos parciales como son: Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Ley Aduanera, Ley General de Salud, Código Fiscal de la Federación, Chihuahua es la entidad federativa de la República Mexicana que ha elaborado un código administrativo, el primero se promulgó en 1950, casi todas las entidades de la Federación cuentan con una Ley Orgánica de la Administración Pública Local (Martínez, 2004).

1.4 Fuentes del Derecho Administrativo En Derecho administrativo se citan las fuentes formales que son: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados y convenios Internacionales, leyes federales, leyes locales, reglamentos, planes y programas, normas oficiales, circulares, acuerdos, decretos, convenios, jurisprudencia, principios generales del derecho, costumbre y doctrina. Serán fuentes de derecho todas aquellas normas y técnicas jurídicas que auxilien a la administración Pública (Martínez, 2004).

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1.5 La facultad reglamentaria del Ejecutivo El reglamento es una norma o conjunto de normas jurídicas de carácter abstracto e impersonal que el Poder Ejecutivo emite como facultad, con el reglamento se facilita la exacta aplicación de las Leyes que expide el Legislativo. Esta actividad reglamentaria del Poder Ejecutivo se justifica por la capacidad que tiene para aligerar la carga del Poder Legislativo, ya que el ejecutivo se encuentra en condiciones más cercanas con el medio en el que se aplica la Ley, el uso de su facultad reglamentaria le permite que la legislación se vaya adaptando a las circunstancias cambiantes en que tiene que ser aplicada, ya que el Legislativo tiene procedimientos más complicados para aplicar la Ley. Esta facultad del Ejecutivo descansa en el Artículo 89 de la Constitución fracción I (Fraga, 2005).

1.6 Las funciones del Estado No deben confundirse las atribuciones con las funciones, las atribuciones corresponden al contenido de la actividad del Estado. Las funciones corresponden a la forma de ejercicio de las atribuciones. La función administrativa pueden señalarse varios casos en los que se nota la intervención: tratándose de relaciones familiares, es por medio de funciones administrativas que se brinda el servicio de registro civil, ya que a través de éste se brinda seguridad y validez. Así también los registros de propiedad y de comercio. El registro notarial constituye otra forma de cómo interviene la función administrativa. También tiene una función jurisdiccional, que es otro de los medios a través de los cuales el Estado ejerce sus atribuciones

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reglamentación de la actividad privada, la función legislativa es el medio de crear la competencia de los agentes públicos para realizar esos actos de fomento, limitación y vigilancia, determinando por medio de normas generales (Fraga, 2005).

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1.7 La ciencia Administrativa El derecho como ciencia y como conjunto de normas es uno sólo, por razones de su estudio es que se ha dividido, considerando las ramas del Derecho se desprendieron del administrativo: el derecho financiero, derecho fiscal, derecho agrario, derecho municipal y derecho militar como ramas que se desprendieron del derecho administrativo, también han alcanzado individualidad académica y científica, se han convertido en autónomos (Martínez, 2004).

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Conclusión

El Derecho Administrativo es una rama del Derecho Público que regula la actividad del Estado que se lleva a cabo en forma de función administrativa; se entiende también el Derecho Administrativo como el estudio de los cuerpos normativos que integran el poder ejecutivo y la función administrativa del Estado. El derecho Administrativo se relaciona con el Derecho Constitucional, el Derecho Civil, el Mercantil, el Procesal, el Internacional Público, el Derecho Internacional Privado, el Penal y el Derecho del Trabajo, además de relacionarse con otras ramas no jurídicas como la economía, la historia, la política, la sociología, entre otras. Surge como producto de ciertos fenómenos sociales que por su fuerza logra que el legislador lo forme y le incluya en los textos legales por ello recurre al derecho civil y mercantil, al derecho procesal a los principios generales de derecho, eventualmente a la costumbre y los estudios doctrinales constituyéndose éstas como fuentes del Derecho Administrativo.

¿Por qué crees que al Derecho Administrativo se le considera ciencia?

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Para aprender más

¿En qué consiste la facultad reglamentaria del Ejecutivo? Para que comprendas mejor este tema de la actividad reglamentaria del ejecutivo lee el siguiente Artículo: 

López Olvera, M.A. (s.f.) La facultad reglamentaria del poder ejecutivo en México. Un estudio histórico. Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM. Obtenido de: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/4/1855/22.pdf

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Actividad de Aprendizaje

Instrucciones: Con la finalidad de profundizar en los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión, ahora tendrás que realizar una actividad en la cual a través de un cuadro sinóptico realizarás la relación del Derecho Administrativo con otras ciencias jurídicas y no jurídicas. Puedes realizarlo en cualquier programa, al final tendrás que subirlo a la plataforma de la asignatura. Para que realices mejor tu cuadro sinóptico, puedes consultar algún tutorial que hable sobre esto, por ejemplo: cómo poner cuadro sinóptico en Microsoft office 2010 Recuerda que esta actividad te ayudará a entender y apropiarte del concepto de Derecho Administrativo y su relación con otras ciencias a través de la simplificación de información. Esta actividad representa el 5% de tu calificación y se tomará en cuenta lo siguiente: 

Tus datos generales



Referencias bibliográficas



Ortografía y redacción



Título



Simplificación de información



Representación gráfica

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Bibliografía



Acosta Romero, M. (2004). Teoría General del Derecho Administrativo. Primer curso. México: Porrúa.



Celso, A. (2006) Curso de Derecho Administrativo. México: Porrúa.



Fraga, G. (2005). Derecho Administrativo. México: Porrúa.



Martínez Morales, R. (2004). Derecho Administrativo 1er y 2do curso. México: Oxford.

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