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DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA AÑO CXXXVIII- MES X
Caracas, martes 2 de agosto de 2011
SUMARIO Asamblea Nacional Acuerdos mediante los cuales se autoriza al Ejecutivo Nacional para decretar los Créditos Adicionales a los Presupuestos de Gastos vigentes de los Ministerios y los órganos que en ellos se señalan, por las cantidades que en ellos se mencionan.
Número 39.726
Decreto N° 8.367, mediante el cual se acuerda un Cr~dito Adicional, por la cantidad que en él se menciona, al Presupuesto de Gastos 2011 de laVicepresidencia de la República. Decreto N° 8.368, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se indica, al Presupuesto de Gastos 2011 del Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria.
Presidencia de la República Decreto N° 8.357, mediante el cual se acuerda un Traspaso de Créditos Presupuestarios, por la cantidad que en él se indica, al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.
Decreto N° 8.369, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se especifica, al Presupuesto de Gastos 2011 del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información.
Decreto N° 8.358, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se señala, al Presupuesto de Gastos 2011 .del Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.
Decreto N° 8.370, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se indica, al Presupuesto de Gastos 2011 del Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias.
Decreto N° 8.359, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se menciona, al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.
Decreto N° 8.371, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional al Presupuesto de Gastos del Ministerio del Poder Popular para la Cultura, por la cantidad que en él se señala.
Decreto N° 8.360, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se especifica, al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores.
Decreto N° 8.372, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se menciona, al Presupuesto de Gastos vigente de la Asamblea Nacional.
Decreto N° 8.361, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se indica, al Presupuesto de Gastos 2011 del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores. Decreto N° 8.362, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional al Presupuesto de Gastos del Ministerio del Poder Popular para la Educación, por la cantidad que en él se menciona. Decreto N° 8.363, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se especifica, imputado al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente. Decreto N° 8.364, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se indica, al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería. Decreto N° 8.365, mediante el cual se acuerda un Crédito Adici.onal, por la cantidad que en él se menciona, al Presupuesto de Gastos 2011 de la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna (SUNAI). Decreto N° 8.366, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se señala, al Presupuesto de Gastos 2011 de la VICepresidencia de la República.
Decreto N° 8.373, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se indica, al Presupuesto de Gastos 2011 del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia. Decreto N° 8.37 4, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se especifica, al Presupuesto de Gastos 2011 del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia. Decreto N° 8.375, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se señala, al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social. Vicepresidencia de la República . Resolución mediante lá cual se designa al ciudadano Edgar José Rivas, como Presidente de la «Corporación Socialista del Cacao Venezolano, S.A.» Superintendencia Nacional de Auditoría Interna Providencia mediante la cual se dicta el Reglamento lnter:no de esta Superintendencia, en los términos que en ella se señalan. Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia OPPPE Providencias mediante las cuales se designa a los ciudadanos que en ellas se mencionan, como Directores de las Direcciones que en ellas se indican.
387.2
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas Resoluciones mediante las cuales se otorga la Jubilación Especial a las ciudadanas qué en ellas se señalan. Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario Resolución mediante la cual se acuerda la liquidación de la empresa Organización Centenial, C.A. Superintendencia Nacional de Valores Resolución mediante la cual se cancela la autorización otorgada a la sociedad mercantil Vencred, S.A., para hacer oferta pública de la cantidad que en ella se indica, y se cancela la inscripción en el Registro Nacional de Valores de dichas acciones.
Martes 2 de agosto«k2011. ACUERDA
A R T Í C U L O P R I M E R O : Autorizar al Ejecutivo Nacional para decretar un Crédito Adicional al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del P o d e r P o p u l a r d e Planificación y F i n a n z a s , por la cantidad de C U A R E N T A Y D O S M I L L O N E S UN M I L D O S C I E N T O S T R E C E B O L Í V A R E S (B>. 42.001.213,00), a la Acción Centralizada, Acción Específica, Partida y Subpartidas, Genérica, Específica y Sub-Específica de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria:
MINISTERIO DEL PODER P O P U L A R DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS:
Bt.
42.001.213
Acción
Resolución mediante la cual se cancela la autorización otorgada a la sociedad mercantil Capital Crédito e Inversiones C.C.I. Sociedad de Corretaje de Títulos Valores C A , para actuar como Operador de Valores Autorizado, y se cancela la inscripción en el Registro Nacional de Valores de dicha sociedad mercantil. BCV A v i s o Oficial mediante el cual se publica el «Estudio C o m p a r a t i v o de T a r j e t a s d e C r é d i t o y D é b i t o » c o r r e s p o n d i e n t e al mes de junio 2011. Fondo Nacional de Garantías Recíprocas para la Pequeña y Mediana Empresa Providencia mediante la cual se nombra al ciudadano Ramón Antonio Mavárez, Auditor Interno de este Fondo. Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social Resoluciones mediante las cuales se confiere la condecoración Orden al Mérito en el Trabajo, a los ciudadanos y ciudadanas que en ellas se mencionan. Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Carlos David Magdaleno Arteaga, como Director General de Proyectos del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, adscrito al Despacho del Viceministro de Planificación y Desarrollo del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat de este Ministerio.
Centralizad*:
Acción Específica:
Partida:
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y SubEspecíficas:
60000100* "Dirección y Coordinación de los Caitos da los Trabajadores"
42.001.213
600001001 "Asignación y control de los recursos para gastos de los trabajadores"
42.001.213
4.01
01.01.00
"Gastos d e personal" - Otras Fuentes
42.001.213
"Sueldos básicos personal fijo a tiempo completo"
11.375.698
01.10.00 "Salarios a obreros en puestos permanentes completo" 03.08.00
03.10.00
04.08.00
04.18.00
04.96.00
a
tiempo
59332
"Primas d e profesionalización a empleados"
1.466.294
"Primas por jerarquía responsabilidad en el cargo"
o 816.324
"Bono compensatorio alimentación a empleados"
de
"Bono compensatorio alimentación a obreros"
de
3.560,850
"Otros complementos empleados"
247.688
Resolución mediante la cual se corrige por error material los artículos que en ella se señalan, de la Resolución N° 103, de fecha 19 de julio de 2011, publicada en Gaceta Oficial N° 39.716, de la misma fecha.
04.97.00
05.01.00
"Aguinaldos a empleados"
7.139.734
Resoluciones mediante las cuales se ordena la ocupación de urgencia de los bienes.inmuebles de las obras que en ella se mencionan, en los estados que en ella se señalan, y se califica de urgente la ejecución de la obra que en ella se cita.
05.03.00 05.04.00 05.06.00 06.01.00
"Bono vacacional a empleados" "Aguinaldos a obreros" "Bono vacacional a obreros" "Aporte patronal al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por empleados"
2.125.425 197.852 78.859
INAVI Providencia mediante la cual se corrige por error material la Providencia Administrativa de Junta de Reestructuración del Inavi N° 005/001. de fecha 25 de mayo de 2011.
complementos 159.259
309.187
06.03.00
"Aporte patronal al Fondo d e Jubilaciones por empleados"
57.082
06.04.00
"Aporte patronal al Fondo de Seguro d e Paro Forzoso por empleados"
99360
06.05.00
"Aporte patronal al Fondo de Abono Habitactonal por empleados"
114.113
ASAMBLEA NACIONAL LA A S A M B L E A N A C I O N A L DE LA R E P Ú B L I C A BOLIVARIANA DE V E N E Z U E L A 06.11.00 V I S T A , la solicitud del ciudadano Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas, contenida en el oficio N* F-3272 de fecha 25 de julio de 2011;
"Otros obreros"
1.757.477
06.12.00
C U M P L I D O S , c o m o han sido los requisitos establecidos en los artículos 187 numeral 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 52 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con el artículo 3 de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente;
06.13.00
y
07.07.00
O I D O , el informe favorable de la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo liconómico de la Asamblea Nacional:
07.08.00
"Aporte patronal al Fondo de Jubilaciones p o r obreros" "Aporte patronal al Fondo de Seguro de Paro Forzoso por obreros" "Aporte patronal al Fondo de Ahorro Habitacional por obreros" "Aporte patronal a cajas de ahorro p o r empleados" "Aporte patronal a los servicios de salud, accidentes personales
1.422
1.411
2.166 342.004
Martes 2 de agosto de 2011
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLTVARIANA DE VENEZUELA y gastos empleados"
07.23.00 08.01.00 08.02.00
funerarios
por
"Aporte patronal a cajas de ahorro por obreros" "Prestaciones sociales e indemnizaciones a empleados" "Prestaciones sociales e indemnizaciones a obreros"
"
5.500.000
"
3.714
"
6.434.846
"
150.916
A R T Í C U L O SEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo al Ejecutivo Nacional y a la Contraloría General de la República.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los dos días del mes de agosto de dos mil once. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
387.065
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, s e d e de la A s a m b l e a Nacional, en Caracas a los dos días del m e s de a g o s t o de d o s mil once. A ñ o s 2 0 1 ° de la Independencia y 152° de la Federación.
ARI
IVÁJN
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA VISTA, la solicitud del ciudadano Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas, contenida en el oficio N° F-3271 de lecha 25 de julio de 2011; CUMPLIDOS, como han sido los requisitos establecidos en los artículos 187, numeral 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 52 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con el artículo 3 de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente; y OtDO, el informe favorable de la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional: ACUERDA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA B O L I V A R I A N A DE VENEZUELA V I S T A , la solicitud del ciudadano Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas, contenida en el o f i c i o N° F-3360 de fecha 01 de agosto de 2011. C U M P L I D O S , como han sido los requisitos establecidos en los artículos 187, numeral 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 52 de ¡a Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con el artículo 3 de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente;
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar al Ejecutivo Nacional para decretar un Crédito Adicional al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, por la cantidad de QUINIENTOS'VEINTISIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLÍVARES (Bs. 527.986.438,00), a la Acción Centralizada, Acción Específica, Partida, Sub-Partida y Ente, de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria:
A R T Í C U L O P R I M E R O : Autorizar al Ejecutivo Nacional para decretar un Crédito Adicional al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, por la cantidad de DOSCIENTOS VEINTE MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO CINCUENTA ¥ SIETE BOLÍVARES CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (Bs. 220.325.157,27), al Proyecto, Acción Específica, Partida, Sub-Partidas y Ente, de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaría: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA Proyecto:
Acción Específica:
260035000 " T r a n s f e r e n c i a s para financiar proyectos de entidades federales y municipios"
260035001 " T r a n s f e r e n c i a s para financiar p r o g r a m a s y proyectos de entidades federales"
Bs. 220.325.157,27
060001000
"Dirección y Coordinación de los Gastos de los Trabajadores"
199.505.633,00
Acción Específica.
060001001
"Asignación y control de los recursos para gastos de los trabajadores"
199.505.633,00
"Gastos de Personal" - Ingresos Ordinarios Sub-Paitidas Cené ocas, Espe A c a s y Sub-Especificas:
01.03.00 01.10.00 01.18.00 01.99.00 03.01.00 03.08.00
220.325.157,27
03.22.00
"Primas de profesionalízación a obreros"
03.98.00
"Otras primas a obreros"
04.24.00
04.27.00 220.325.157,27 04.96.00
Partida:
Sub-Partida Genérica, Específica y SubEspecífica:
4.07
"Transferencias y donaciones" (Otras Fuentes)
220.325.157.27
04.97.00 04.98.00 05.01.00 05.03.00 05.04.00 05.07.00
01.03.10 - E6300
"Transferencias c o m e n t e s al Poder E s t a d a l " "Estado M é r i d a "
05.08.00 220.325.157,27
A R T Í C U L O S E G U N D O : C o m u n i c a r el presente Acuerdo al Ejecutivo Nacional y a la Contraloría General de la República.
"Suplencias a empleados" "Salarios a obreros en puestos permanentes a tiempo completo" "Remuneraciones al personal contratado" "Otras retribuciones" "Primas por mérito a empleados" "Primas de profesionalízación a empleados" "Primas por empleados"
04.26.00
"
199.505.633,00
03.09.00
04.08.00 "
527.986.438,00
Acción Centralizada:
O Í D O , el informe favorable de la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional: ACUERDA
Bs
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES
06.01.00 06.03.00
antigüedad
70.000,00 24.175,00 7.731.412,00 3.704.455,00 229.045,00 187.642,00
a
"Bono compensatorio de alimentación a empleados" "Complemento al personal contratado por horas 'extraordinarias o por sobre tiempo "Bono compensatorio de alimentación al personal contratado" "Bono compensatorio de transporte al persona] contratado" "Otros complementos a empleados" "Olios complementos a obreros" "Otros complementos al personal contratado" "Aguinaldos a empleados" 'Bono vacacional a empleados" "Aguinaldos a obren»' , "Aguinaldos al personal contratado" "Bono vacacional .al personal contratado' 'Apone patronal al Instituto Venezolano de los Según» Sociales (IVSS) por empleados" 'Aporte patronal al Fondo de Jubilacioaes por empleados"
317.540,00 8.918,00 146.683,00 284.207,00
667.578,00 6.445.003,00 243.456,00 5.347.243,00 1.432.200,00 8.352.428,00 28.573.019,00 1.916353,00 3.652.225,00 17.935.764,00 2.747.375,00 2.243.987,00 319.395,00
387.4
06.04.00
06J05.00
06.10.00
07.07.00 07.08.00
'Aposte patronal al Foodo de Seguro de Paro Forzoso por empleadas* "Aporte patronal al Fondo de Ahorro Habitadonal por empleados" "Aporte patronal al Instituto Venezolano de lo* Seguros Sociales (IVSS) por obreros" 'Aporte patronal a cajas de ahorro por cmpksóos* "Apone patronal a lo* servicios de salud, accidentes personales y gastos funerario* por empleados"
07.11.00
'Aporte patronal para gastos de guarderías y preescolar para hijos de empleado*'
07.24.00
'Aporte patronal a los servicios de salud, accidentes personales y gastos funerarios por obreros*
07.27.00
0733.00 06.01.00 08.0240 08.03.00
•60002000
"Gestión Administrativa"
Acción Especifica:
060002001
'Apoyo institucional a acdones especificas de proyectos del organismo"'
las los
"Materiales, Suministros Mercancías" - Ingresos Ordinarios
y
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedficas:
4.02
01.01.00
03.01.00 05.03.00 10.01.00 10.03.00 10.05.00 10.07.00 10.08.00 10.99.00 Partida: Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Espedficas:
4.03
02.99.00
822.042,00
38.709.729,00
10.99.00 11.02.00
12.01.00
16.01.00 18.01.00 99.01.00 4.04
" P r e v M t a y FroteccMa Social"
79.106J74.00
" Asignación y control de los recursos p a n gastos de los pensionarios y jubilados"
79.106.874,00
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedficas:
*sn
"Transferencias y Donaciones' • Ingresos Ordinarios
79.106.874,00
01.01.01 01.01.02 01.01.09
"Pensiones" "Jubilaciones"
1.894.828,00 20.904.232,00
01.01.10
6.800.626,00
01.01.12 340,00 01.01.13 01.01.14
27.500.250,00 20.082.777,00
01.01.15
1345.809,00 01.01.16 10.171.513,00
•
1.753.932,00 447.291,00
54.337.701,00
"Gastos de Personal* - Ingresos Ordinarios
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedficas:
01.01.00 01.99.00 02.01.00
03.01.00 03.04.00 03.08.00 03.09.00
05.01.00 05.03.00 06.0 IX»
478.380,00 75.830,00 70.000,00
•
81.313,00
06.03.00 06.04.00
02.01.00
05.01.00 07.03.00 09.01.00 09.02.00
"Reparaciones mayores de equipos de transporte, traedón y elevación' "Conservación, ampliaciones y mejoras mayores de obras en bienes del dominio privado" "Equipos de telecomunicaciones" "Obras de arte" "Mobiliario y equipos de oficina" "Equipos de computadón"
"Sueldos básicos personal fijo a tiempo completo" "Otras retribuciones" "Compensaciones previstas en las escalas de sueldos al personal empleado fijo a tiempo completo" "Primas por mérito a empleados" "Primas por hijos a empleados" "Primas de profesionalizadón a empleados" "Primas por antigQedad a empleados" "Primas al personal en servicio en el exterior" "Complemento a empleados por comisión de servicios" de "Bono compensatorio transporte a empleados" "Otros complementos a empleados" "Aguinaldos a empleados" "Bono vacacional a empleados" "Aporte patronal al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (TVSS) por empleados" "Aporte patronal al Fondo de Jubilaciones por empleados" "Aporte patronal al Fondo de Seguro de Paro Forzoso por
54.337.701,00
1.577.416,00 17.842,00
51.913,00 89.154,00 20.492,00 11.948,00 55.797,00 9.678.231,00 14.393,00 5.357,00 1.059.636,00 3.989.105,00 255.612,00
1.589,00 14.649,00
6.501,00 06.05.00
07.07.00 "
2.444.143,00
07.08.00
"
15.339.719,00
•
07.96.00 08.01.00
3.592.000,00 613.200,00 132317,00
" • >
Acción Especifica:
060013003
29.711.732,00
3.571.429,00
17.631.072,00 73.067.00 107.500,00 1.625.000,00 300.000,00
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Especfficas:
"Aporte patronal al Fondo de Ahorro Habitacional por empleados" "Aporte patronal a c a j ú de ahorro por empleados" "Aporte patronal a los servicios de salud, acódenles personales y gastos funerarios por empleados* "Otras subvenciones a empleados* "PreaUoooes sociales e indcmniTfiones a empleados* "Gestión participativa y administrativa de las misiones diplomáticas y consulares acreditadas en Asia y Oceania y del Despacho del Viceministro" "Gastos de Personal" - Ingresos Ordinarios
Partida: 01.02.02
6.237.105,00
4.01
04.06.00
1.500.000,00
23.204.122,00
Partida:
49.656.256,00
•
"
2.578.791,00
154.524360,00
03.11.00
"
"
87.816,00 21.769.130,00
"Gestión participativa y administrativa de las misiones diplomáticas y consulares acreditadas en América del Norte y del Despacho del Viceministro"
3.005.827,00 5.336.624,00
32.000,00 5.483.465,00 2.690.003,00 1.790.534,00 15.333.352,00
"
"Aportes a los servicios de salud, aixirimtrs personales y gastos funerario* del personal jubilado" "Otras subvenciones socio económicas del personal jubilado"
77.911,00
060013002
14.196,00
•
"Aportes a caja de abono del personal pensionado" "Otras subvenciones socio económicas del personal pensionado' "Aguinaldos al personal jubilado" "Aportes a caja de aborro del personal jubilado"
2.352.939,00
Acción Especifica:
5.635,00
•
personal
"Actuación Estratégica, Diplomática y Consular de la República Bolivariana de Venezuela"
167.847,00 103.423,00
•
al
060013900
6.278,00
"
"Aguinaldos pensionado"
Proyecto:
10.841.053,00
"Servidos no Personales" - Ingresos Ordinarios
"Activo* Reales" - Ingresos Ordinarios
6.403.664,00
060003001
93.625,00
"Útiles de escritorio, ofidna y materiales de instrucción" "Productos de seguridad en el trabajo" "Materiales para equipos de computación" "Otros productos y (¡tiles diversos"
"Publiddad y propaganda' 'Imprenta y reproduedón' "Relaciones sociales" 'Primas y gasto* de seguros* "Viático* y pasajes fuera del país" 'Servidos de capadtadón y adiestramiento" 'Otros servicios profesionales y técnico*" "Conservaaón y reparadones menores de equipos de transporte. tracción y elevación" "Conservaaón y reparadones menores de obras en bienes del dominio privado" "Servidos de diversión, esparcimiento y culturales" "Impuesto al valor agregado* "Otros servicios no personales"
equipos
Acción Especifica:
226.59240
90.209.041,00
"Alquileres de otras maquinaria y equipos" "Servido de comunicaciones* 'Flete* y embalajes*
y
i m u m
04.96.00
U7.01.00 07.02.00 07.03.00 08.01.00 09.02.00 10.07.00
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Especfficas:
333.728,00
90.209.041,00
"Alimentos y bebidas psra personas" "Textiles" "Productos de papel y cartón para oficina" "Artículos de deporte, recreación y juguetes" "Utensilios de cocina y comedor"
"Mobiliario alojamiento*
Acdáa Cea traillada:
04.09.00
04.05.00 06.01.00
Partida:
09J03-00 838.499,00
"Aporte patronal para gastos de guarderías y preescolar para hijos de obreros " "Asiste neis socio-económica al personal contratado " "Prestaciones sociales e indemnizaáonea a empleados" "Prestaciones sociales e ínHffinniyarinnM » nhmmc" "Prestaciones sociales e indemnizacionea al personal contratado"
Acción Centralizada:
Partida:
Martes 2 de agosto«k2011.
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
01.01.00 02.01.00
03.01.00 03.04.00
"Sueldos básicos personal fijo a tiempo completo" "Compensaciones previstas en las escalas de sueldos al personal empleado fijo a tiempo completo" "Primas por mérito a empleados* "Primas por hijos a empleados"
10.496,00 73.468,00
37.111.637,00 41.674,00 250.791,00
7.152.412,00 7.152.412,00
533.681,00
24.047,00 19.271,00 11.180,00
Martes 2 de agosto de 2011
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLTVARIANA DE VENEZUELA 04.9640
"Primas de profesiooalizacióa a
03.08.00
387.6
"Otros 230I1l619JOO 11.220^6640
25.879,00 "Primas
03.09.00
por
antigüedad
05.01.00 05.03.00 06.0140
a 28.137,00
03.11.00 04.06.00 04.09.00 04.96.00 05.01.00 05.03.00 06.01.00
06.03.00 06.04.00
06.05.00
07.0100 07.96.00 08.01.00 Acción Especifica:
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Especfficas:
060013004
4.01
01.01.00 01.99.00 02.01.00
03.01.00 03.08.00 03.09.00 03.11.00 04.09.00 04.96.00 05.01.00 05.03.00 06.01.00
06.03.00 06.04.00
06.05.00
07.07.00 08.01.00 Acción Especifica:
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas:
060013005
4.01
01.01.00 01.12.00 02.01.00
03.01.00 03.04.00 03.08.00 03.09.00 03.11.00 04.06.00 04.09.00
.
"Primas al pcrsooal en servicio en el exterior" "Complemento a fmpkadna por cosnisiósi de servicios" "Bono compensatorio de transporte a empicados" "Otros ""f*"»""" a empleados" "Aguinaldos a empleados" "Bono vacacional a empleados" "Aporte patronal al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por empleados* . "Aporte patronal al Foodo de Jubilaciones por empleados' "Aporte patronal al Fondo de Seguro de Paro Forzoso por empleados*
3.898.77240 8.423,00
41.47940 06.04.00 06.05.00
25.39040
07.07.00
12.870,00
07.9640 0841.00
de por 16¿9gj00 de por
"Aporte patronal a cqa* de abono por empleado*' 'Otras subvw»iinw« a t i n c a d o s * "Prestaciones
20634740 11933740 656.72140
4.796,00
9.004,00 63.177,00 58.273.00 139.782,00
6381.101,00
Partida:
4.02
03.01.00
Textiles"
Partida:
4.03
"Servicios no Personales" - Ingresos Ordinarios
01.01.00 02.02.00
"Alquileres de edificios y locales" "Alquileres de equipos de transporte, tracción y elevación* 'Servicio de comunicaciones" "Publiádad y propaganda' "Imprenta y reproducción" "Relaciones sociales" "Viáticos y pasajes dentro del país" "Viáticos y pasajes fuera d d país" "Servidos de procesamiento de datos" "Conservaaón y reparaciones menores de equipos de transporte, tracción y elevaaón" "Conservaaón y reparaciones menores de máquinas, muebles y demás equipos de oficina y alojamiento" "Conservaaón y reparadones menores de otras maquinaria y equipos"
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Espedficas:
04.05.00 07.01.00 07.02.00 07.03.00 09.01.00
"Sueldos básicos personal fijo a tiempo completo"
1.082325,00
"Otras retribuciones ' "Compensaciones previstas en las escalas de sueldos si personal empleado fijo a tiempo completo" "Primas por mérito a empleados" "Primas de profesionalizaaón a empleados* "Primas por antigüedad a empleados" "Primas al personal en servicio en el exterior" "Bono compensatorio de transporte a empleados" "Otros complementos a empleados" "Aguinaldos a empleados* "Bono vacacional a empleados" "Aporte patronal al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por empleados" " "Aporte patronal al Fondo de Jubilaciones por empleados" "Aporte patronal al Fondo de Seguro de Paro Forzoso por empleados" ' "Aporte patronal al Fondo de Ahorro Habitacional por empleados* "Aporte patronal a cajas de shorro por empleados" ' "Prestaciones sociales e indemnizaciones a empleados"
09.02.00 10.03.00
8.059,00
11.02.00 16.356,00 11.217,00 11.07.00 27.156,00 16.268,00 11.99.00 3.565.536,00 2.665,00
12.01.00
20.566,00 1.154.385,00 280.552,00
15.02.00 18.01.00
12.350,00
•Materiales, Subíauiiu Mercancías* • Ingresos Ordmanoa
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Espedficas:
6.381.101,00
"Gastos de Personal" - Ingresos Ordinarios
"Sueldos básicos personal fijo a tiempo completo" "Salarios a obrero* en puestos no permanentes" "Compensaciones previstas en las escalas de sueldos al personal empleado fijo a tiempo completo" "Primas por mérito a empleados' "Primas por hijos a empleados" "Primas de profcaonalización a empleados" "Primas por antigüedad a empleados" "Primas al personal en servicio en el exterior" "Complemento a - n r 1 * * ^ por comisión de servicios * "Bono compensatorio de transporte a empleados"
56.060,00 1.696.193,00 531.198,00
'Aposto patronal al Fondo Seguro de Paro Fwfu*o empleados" "Aporte patronal al Fondo Ahorro Habitacional
29.28740
"Gestión participativa y administrativa de las misiones diplomáticas y consulares acreditadas en África y del Despacho del Viceministro"
"Gastos de Personal" - Ingresos Ordinarios
86JS4JB
6.279,00
"Aporte patronal al Fondo de Ahorro Habitadonal por empleados" "Aporte patronal a cajas de ahorro por empleados* "Otras subvenciones a empleados" "Prestaciones sociales e indemnizaciones a empleados*
"Gestión participativa y administrativa de las misiones diplomáticas y consulares acreditadas en América Latina y el Caribe y del Despacho del Viceministro"
064340
2S2JLG2ÜJBD "Aposte patronal al Venezolano ds los Segnos Sociales (IVSS) por empleados" 'Aposto patronal al Fondo de
Partida:
4.04
"Conservación y reparaciones menores de obras en bienes del dominio privado" Tasas y otros derechos obligatorios" "Impuesto si valor agregado" "Activos Reales' - Ingresos Ordinarios
6.67040
6.670,00 6.122.45440
720.00040 642-500,00 19.228,00 30400,00 77.283,00 784.205,00 699.072,00 340.10640 52.636,00
91.744,00
Z000.00
50.400,00
1.000.000,00 1.77540 1.611.50340 902.63940
7.010,00
2.333,00
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Espedficas:
"Maquinaria y equipos de artes gráficas y reproduedón" "Equipos marítimos de transporte" "Equipos de telecomunicadones"
2540040 213.15040 • 4.13740
05.99.00
"Otros equipo* de comunicaciones y de señalamiento "
54.00040
07.01.00
"Equipos científicos y de laboratorio" "Equipos de computación" "Mobilyrio y equipos de alojamiento" "Otras máquinas, muebles y demás equipos de oficina y alojamiento" "Contratación de inspección de obras de bienes del dominio privado"
03.04.00 04.03.00 05.01.00
4.760,00 33.400,00 136.263,00
09.02.00 09.03.00 '
55.008.323,00
"
47.976.560,00
09.99.00
14.01.00
Acdón Específica:
060013006
"Gestión participativa y administrativa de las mi«www« diplomáticas y consulares acreditadas en Europa y del Despacho del Viceministro"
Partida:
4.01
"Gastos de Personal" - Ingresos Ordinarios
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedficas:
01.01.00
"Sueldos básicos personal fijo a tiempo completo" "Compensaciones («vista* en las escalas de sueldos al personal «nplrado fijo a tiempo ceñpleto' "Primas por mérito a empleados' "Primas por hijos a empleados" "Primas de profesionaíización a empleados"
14.247.970,00 278.845,00
73.742,00 310.015,00
860,00 3.149,00 150.170,00
02.01.00
15.200.897,00
102.068,00 2.986,00
03.01.00 03.04.00 03.08.00
63.63940 50.003,00 300.860,00
31.85040
16040040
26.479.28540 26.479.28540
1.674.69340
17.70740 1249240 44.75840 5.85940
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
387.5
03.09X10 03.11.00 04.06.00 04.09.00 04.96.00 05.01.00 OS .03X10 06.01.00
06.03.00 06.04.00
Q6J0SJ0Ü 07.07.00 07.96.00
08J01M
"Primas por antigüedad a empleados" 'Primas al personal en servicio en el exterior" "Complemento a empleados por comisión de servicios " "Bono compensatorio de transporte a empleados" "Otros complementos a empleados* "Aguinaldos a empleados" "Bono vacacional a empleados" "Aporte patronal de oficina y alojamiento" "Impuesto al valor agregado"
01.03.02
"Activo* Reales* - Ingresos Ordinarios
820.000,00
1.497.484,00 248.898,00 2.074.148,00
"Aportes y transferencias p a r a f i n a n c i a r los p r o y e c t o s del ente Servicio Autónomo Instituto de Altos Estudios Diplomáticos Pedro Gual"
' T r a n s f e r e n c i a s corrientes a entes descentralizados sin fines e m p r e s a r i a l e s " S e r v i c i o A u t ó n o m o Instituto de Altos Estudios D i p l o m á t i c o s Pedro Gual
A R T Í C U L O S E G U N D O : C o m u n i c a r el p r e s e n t e A c u e r d o N a c i o n a l y a la C o n t r a l o r í a G e n e r a l d e l a R e p ú b l i c a . Dado,
firmado
92.000.000
92.000.000
"Transferencias Donaciones" - Otras Fuentes
A0170
18.01X0
92.000.000,00), y
Poder
Y DOS
imputación presupuestaria:
Acción Específica:
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Específicas:
4.04
(Bs.
Sub-Partida
del
por la cantidad de NOVENTA
2.582.769,00
'Servicios no Personales" - Ingresos Ordinarios
11.07.00
92.000.000
92.000.000
92.000.000 al
Ejecutivo
y s e l l a d o e n el P a l a c i o F e d e r a l L e g i s l a t i v o , s e d e d e la
A s a m b l e a Nacional, en C a r a c a s a los d o s días del m e s de agosto d e d o s mil o n c e . A ñ o s 2 0 1 ° d e la I n d e p e n d e n c i a y 1 5 2 ° d e la F e d e r a c i ó n .
05.01.00 09.02.00
y
y
4X13
10.03.00
de Finanzas
A R T Í C U L O P R I M E R O : A u t o r i z a r al Ejecutivo Nacional para decretar un 19.816,00
Partida:
4.03
Permanente
ACUERDA
2.582.769,00
Partida:
Comisión
10.871,00
"Otros productos y útiles diversos'
desarrollo de sistemas
la
Desarrollo Económico de la A s a m b l e a Nacional:
Proyecto:
060014002
187,
numeral 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 52 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, en
OÍDO, 28.427,00
10.99 J »
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Espedflcas:
C U M P L I D O S , c o m o h a n s i d o l o s r e q u i s i t o s e s t a b l e c i d o s e n los artículos
Presupuesto vigente; y
Especificas y Sub-Específicas:
Partida:
y Finanzas, contenida en el o f i c i o N ° F - 3 3 5 4 de fecha 0 1 de agosto de 2 0 1 1 .
53.410,00
Sub-Partidas
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedficas:
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
29.519,00
5.165.538,00
Acción Especifica:
Martes 2 de agosto«k2011.
"Equipos de telecomunicaciones" "Equipos de compunción"
874.148,00 1.200.000,00
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo al Ejecutivo Nacional y a la Contraloría General de la República. Dado, firmado y sellado en el Palacio Federa) Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en tararas, a los dos días del mes de agosto de dos mil once. Años 201* de la Independencia y 152° de la Federación.
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA VISTA, la solicitud del ciudadano Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas. contenida en el oficio N"F-3274 defecto 25 de julio de 2011;
BOSCAN
CUMPLIDOS, como han sido los requisitos establecidos en los artículos 187. numeral 7 de la Consmuctón de la República Bolivariana de Venezuela y 52 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector P6büco, en concordancia con el artículo 3 de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente: y "t~»' ejercer el Control Político aotee el Gobierno y la Arfiwnktracián Pública NaócmaL' "Oasto* de personal" - Ingresos Ordinarios
07.10.00 07.11.00
91572.192,00
07.1840 07.23.00
89.493.643,00
07.24.00
07.26.00 07.27.00 01.01.00 0143.00 01.1040 01.13.00 01.18.00 01.27.00 01.28.00 01.99.00
"Sueldos bélicos personal fijo a TTTmpff completo" "Suplencias a empleado*" "Salario* a oteaos en puestas permanentes a tiempo completo" "Sapiencias a oteeros' "Remuneraciones al personal contratado' "Remuneraciones a parlamentarios" "Suplencias a parlamentarios* "Otras retribuciones "
4.908.760,00 26.391,00
0733.00 07.97.00 08.01.00
. 1.429.450,00 1320316,00
08.02.00
185.677,00 1.177.009,00 148.864,00 2.435.096,00
08.03.00
08.05.00 03.0440 03.08.00
"Primas por hijas a empleado»* "Primas de profesioaaliEación
03.09.00
"Primas par sntigttodad empleado*" "Primas por hijo* de obreros" "Primas por antigüedad a obreros" de profesionalización
9.062,00 235.200,00
03.19.00 03.21.00 03.22.00
1.25650040 7502,00 303551,00 2.951,00
04.01.00
"Complemento a empleados por lloras extraordinarias o por sobre
04.02.00
"Complemento a empleados por trabajo nocturno" " Complemento a empleados por comisión de servicio*" 'Bono compensatorio de
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Específicas:
30.680,00
04.0640 04.0840
104.418,00
04.15.00 04.16.00 04.1840 04.1940 04.24.00
0426.00 ' 04.27.00 04.40.00
"Complemento a obrero* por horas extraaediaarias o por soixc tiempo " "Complemento a obreros por trabajo o jornada aocnana" "Complemento a oteen» por gastos de alimentación " "Bono compensatorio de alimentación a oteero*" "Bono compensatorio de transporte a obrera*" "Complemento al personal contratado por hora* extraordinarias o por sotee tiempo" "Bono oómpeasatorio de alimentacidn al personal contratado" "Bono compensatorio de transporte al personal cootratado" "Complemento a parlamentaria* par gasu* de aumentación "
09.01.00 09.0240 18.01.00 19.01.00
4.04
53.373,00 1.295.41040
04.14.00
Partida:
4.03
30.11840
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedficas:
15.000,00
07.0240
9.000,00
09.0140 09.03.00
489360,00 2.457,00
0344.00
Proyecto:
019042900
Acción Especifica:
010042001
Martes 2 de agosto de 2011
"Complemento a parlamentarios por gastos de transporte " •Complemento a parlamentarios por ptttos de representación " •Otros complementos a empicados* "Otros complementos a obreros* "Aguinaldos a empleados* "Bono vacacional a empleados" "Aguinaldos a obreros" "Bono vacacional a obreros" "Aguinaldos al personal contratado" "Bono vacacional al personal contratado" "Aguinaldos a parlamentarios" "Bono vacacional a parlamentarios" "Aporte patronal al Instituto . Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por empleados" "Aporte patronal al Fondo de Seguro de Paro Forzoso por empleados" "Aporte patronal al Fondo de Ahorro Habitación»] por empleados"
807.29340
"Aporte patronal al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por obreros" "Aporte patronal al Fondo de Seguro de Paro Forzoso por obreros" "Aporte pstronai al Fondo de Ahorro Habitacional por obreros" "Aporte legal al Fondo de Ahorro Habitacional a parlamentarios" •Otros aportes legales por parlamentarios" "Capacitación y adiestramiento a empleados" •Ayudas por defunción a empleados" •Ayudas para medicinas, gastos médicos, odontológicos y de hospitalización a empleados" •Aporte patronal a cajas de ahorro por empleados" "Aporte patronal a los servicio* de salud, accidentes personales y gastos Améranos por empleados' •Ayudas a empleados para adquisición de uniformes y útiles escolares de sus hijos * •Dotación de uniformes s empleados" "Aporte patronal para gastos de guarderías y preescolsr para hijos de empicados " "Becas a obreros" "Aporte patronal a cajas de ahorro por obreros" "Aporte patronal a los servicios de salud, accidentes personales y gastos funerarios por obreros" "Dotación de uniformes a obreras* 'Aporte patronal para gastos de guarderías y preescolar para hijos de obreros" "Asistencia socio-económica al personal contratado" 'Otras subvenciones a obreros* "Prestaciones sociales e indemnizaciones a empleados* "Prestaciones sociales e indemnizaciones a obreras" "Prestaciones sociales e indemnizaciones al personal contratado" "Prestaciones sociales e indemnizaciones a parlamentarios" "Servicios no personales" - Ingresos Ordinarios
"Viáticos y pasajes dentro del país" "Viáticos y pasajes fuera del país* Impuesto si valor agregado' "Comisiones por servicios para camplir con los beneficios sociales"
900.00040 500.000,00 389555,00
"Activos reales" - Ingresos Ordinarios
222.79040
"Maquinaria y equipos de artes grfficas y reproducción" "Equipo* de enseñanza, depone y recreación" "Mobiliario y equipos de oficina" "Mobiliario y equipos de alojamiento"
66.204,00
750040 9400,00 130400,00 76.290,00
50.000.00 529.840,00 114.696,00 399550,00
y de la Infraestructura del Palacio Federal Legislativo"
2.80040040
Martes 2 de agosto de 2011 Pulid*: Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Espedficas:
4.03
Acción Especifica:
•Servicios no pcssoaaks* - Ingresos Onlianins
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
300.000.00
VISTA, la solicitud del ciudadano Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas, contenida en el oficio N° F-3321 de fecha 27 de julio de 2011; 18.01.00 4.04
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedficas:
387.093
GACETAOFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLTVARIANADE VENEZUELA
02.01.00
010042003
443
'Impuesto d "Activos reaks' - Ingresos
300.000,00 2300.00040
OÍDO, el informe favorable de la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional:
'Conservacióo, aapliarinws y mejoras mayaras de abras ca bienes del dominio privado"
2300.00040
'Remodelación AcondicionaaaMto d* los i tísicos dd BSBrío losé Marta Vargas."
6.712.60040
"Servidos no pataonala^ - Iagnaos Oldnarie*
CUMPLIDOS, como han sido los requisitos establecidos en los artículos 187, numeral 7 de la Constitución de la República Botivariana de Venezuela y 52 de la Ley Orgánica de la Administración Finandera del Sector Público, en concordancia con el artículo 3 de las Disposidones Generales de la Ley de Presupuesto vigente; y
71930740
ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar d Ejecutivo Nacional para decretar un Crédito Adicional d Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio d d Poder Popular d d Despacho de la Presidencia, por la cantidad de CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SEIS BOLÍVARES (Bs. 167.868.606,00), a la Acción Centralizada, Acdón Especifica, Partida y Sub-Partidas, de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria: Ministerio d d Poder Popular del Despacho de la Presidencia:
Sub-Partidas Genéticas, Espedficas y Sub-Especfficss: Partida: Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedficas:
Acción Especifica: Partida:
1(4140
71930740
444
5.993.39340
"Activos realaa" - Ingresos Owlinaño»
Acción Ceatra tizada:
370001000
010042004 4.03
"Conservación, aBjSaeionse y mejoras mayara de obraa ea bicacs del dominio privado'
5.99339340
"Modernización de la Plataforma Tecnológica.'
3376.800.00
"Servicios no personales" - Ingresos Ol dinanos
1.361.800,00
Partida:
4.01
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específica:
01.01.00 01.10.00 01.12.00
Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Espedficas:
03.08.00 10.03-00
18.01.00 Partida: Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedficas:
4.04
05.01.00 12-04.00
03.10.00
"Servicios de datos" "Impuesto d valor
1.000.00040
"Activos reales" - Ingresos Ordinarios
2.015.000,00
03.16.00 03.97.00 03.98.00 04.98.00
1315.00040
05.01.00 05.03.00 05.04.00 05.06.00 05.07.00 05.08.00
'Equipos ds
361.800,00
500.00040
»H»»II0
06.01.00 14.94933440 06.04.00
hcátrn
PlffdF^*'
019999002
'Apones y Finaanas loa h o j a d o i dsl Ente Fvadacióa Taieviaon ds la Asamblea Nacional (ANTVT
06.05.00 14.949334,00 14.949.234,00
4.07
06.10.00
- Ingreaoa Ordíaarios 06.12.00 06.13.00
Sab-Espedüeas: 14.94933440 AaaasUea Nadanal (ANTVy
167.868.606,00
"Dirección y Coordinación de los Gastos de los Trabajadores*
48.84S347.00
"Asignación y recursos para trabajadores"
48.845.547.00
Acción Especifica: 370001001
02.0140
Ba.
14.94933440
ARTICULO SEGUNDO: Coaanicar el presente Acaesdo al Qacativo Nacional y a la Cootralorfa Gsasnl de la República. Dado, finito y sellado éo d Palacio Fadtsa» 1 i(iihrt u. sede de la Asamblea Nacional, ea Casacas a loe dos días d d a e s de agosto de dos aniones. Ales 201* dais Independencia y 152*
07.07.00 07.08.00
07.23.00 07.24.00 0733.00 07.96.00 07.97.00
08.01.00 08.0100
control de gastos de
los los
"Gastos de persond" - Ingresos Ordinarios
48.845.547,00
"Sueldos básicos personal fijo a tiempo completo" "Sdarios a obreros en puestos permanentes a tiempo completo" "Sdarios a obreros en puestos no permanentes' "Primas de profesionaíización u empicados" "Primas por jerarquía o responsabilidad en el cargo" "Primas por mérito a obreros" "Otras primas a empleados" "Otras primas a obreros" "Otros complementos al personal contralado" "Aguinaldos a empleados* "Bono vacadonal a empleados* "Aguinaldos a obreros" "Bono vacacional a obreros" "Aguinaldos d personal contratado" "Bono vacacional al personal contratado" "Aporte patronal al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por empleados" "Aporte patronal d Fondo de Seguro de Paro Forzoso por empleados* "Apone patronal d Fondo de Ahorro Habitacional por empleados" "Apone patronal d Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por obreros" "Apone pstronsl al Fondo de Seguro de Paro Forzoso por obreros* "Aporte patrond d Fbndo de Ahorro Habitacional por obreros" "Apone patrond a cajas de ahorro por empleados' 'Aporte patrond a los servidos de sdud, accidentes personales y gastos funerario* por empleados' "Apone patrond a cajas' de ahorro por obreros" "Apone patronal a los servicios de sdud, accidentas personales y gaatos funerarios por obreros* 'Asistencia socio-económica d persond contratado" 'Otras subvenciones a empleados' 'Otras subvenciones a obreros" "Prestaciones sodaks e indemnizaciones a empleados* "Prestaciones sociales TnrtnnnirenftnBS a obreros'
802.318,00 74.953,00 2.966.823.00 72.830.00 453.231.00 15.656,00 1.968.770,00 1.343.142,00 1.731.561,00 2.280.550,00 1.448.512,00 1.177.812,00 1.602.580,00 2.410.525,00 252.511,00
1.495.670,00 212.221,00
212.221,00
820.147,00 182.255,00 182.255,00 979.042,00
8.181432,00 1.352.869,00 8.179.832,00 346.812,00 200.000,00 288.891,00 2.978.304,00
e 2.978.304,00
08.03.00
indemnizadonas
d
persond 1.653.918,00
370002000
"Gssttta Administrativa"
6.339.99038
387.32
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA OSJMX»
Acción Específica: 370002001
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específica:
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específica:
4.03
04.04.00 04.05.00 07.03.00 18.01.00 4.04
"Apoyo institucional a las acciones específicas de los proyectos del organismo" "Servicios no personales" - Ingresos Ordinarios
06X15 X»
6.339.990.28
05.01.00 09.01.00 09.02.00
Sub-Partidas Genérica, Específica y Sub-Específica:
4.11
Teléfonos" "Servicio de comunicaciones" "Relaciones sociales" "Impuesto al valor agregado"
06J1X»
1.662300,01 446.428,57 1.600.000,00 656.416,70
06.12X»
"Activos reales" - Ingresos Ordinarios
1.450.000,00 07-07X»
"Maquinaria y equipos de artes gráficas y reproducción* "Equipos de telecomunicaciones* "Mobiliario y equipos de oficina" "Equipos de computación" "Disminución de pasivos" - Ingresos Ordinarios
"Confpioniisos pendientes ejercicios anteriores"
Acción Centralizada:
370003000
"Previsión y Protección Social"
Acción Específica:
370003001
"Asignación y control de recursos para gastos de pensionados y jubilados"
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específica:
Proyecto:
Acción Específica:
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específica:
4.07
100.000,00 100.000,00 600.000,00 650.000,00
0722-0»
524.645,00
08D1J»
0T7.23X»
Partida:
de
los los
Transferencias y donaciones" - Ingresos Ordinarios
370028000
370028001
4.01
"Aportes a los servicios de salud, accidentes personales y gastos funerarios del personal jubilado" "Asesorar y mantener Informado al Presidente del Consejo de Defensa de la Nación y demás miembros, de los estudios técnicos, administrativos y de investigación, en relación con la seguridad, desarrollo y defensa integral de la Nación." "Asesorar y mantener informado al Presidente del Consejo de Defensa de la Nación y demás miembros, de los estudios técnicos, administrativos y de investigación, relacionados con la Seguridad, Desarrollo y Defensa Integral de la Nación." "Gastos de personal" - Ingresos Ordinarios
37.675,00 17484,00
"Aposte patronal al Fondo de Ataono Habitadonal por obreros' "Aporte patronal a cajas de abono por empleados" 'Aporte patronal para gastos de guarderías y preescolar para hijos de
340.788,00
'Ayndas para mndicinas, gastos •édicos, odontológicos y de hospitalización a obreros' "Aporte patronal a cajas de abono pin obreros*
30.000,00
-Prestaciones
sociales
e
75.000,00
•prestaciones
sociales
e
58.000,00
i
524.645,00 3.308.323.00
' A p o t e patronsl al Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por obreros" •Apotte patronal al Fondo de Jabüaciooes pee obreros" "Aporte patronal al Fondo de Scpno de Paro Forzoso por
11.723,00
15.000,00
83.920,00
4XH 250.000,00
- Imgirtin» Oídmenos Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específica:
01.D1JI _ "Alimentos y bebidas pata 70.000,00
3.308.323.00
05XT7XM
3.308.323,00
Mj02JOB WJQSXM HUKjOO
01.01.15
33437 X»
de por
8.472,00 06.13X»
OSXBj» 11.04.00
de por
45.8n.00 06.1 OX»
*
Partida:
'Apone patronal al Fondo Scgnro de Paro Forzoco empleados* "Aporte patronal al Fondo Atomo Htbilariwial
4.365345,28
07.1 l-O® 03.04.00
Martes 2 de agosto«k2011.
3.308.323,00
"Productos de pspd y cartón para la imprenta y reproducción" "Materiales y útiles de limpieza y aseo' "Útiles de. escritorio, oficina y materiales de instrucción* "Materiales para equipos de computación'
119.000,00 440.000,00
Partida:
4XT3
"Servicios no personales'
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Específica:
•SXBJ»
"Servido de . administración, vigilancia y manteiiiinimtn dd servicio de gas" Imprenta y reproducción" "Servicios para la elaboración y namitiistro de comida" "Cooservacióo y reparaciones señores de r 1AWWMW
Decreto N° 8.360
tjBAitjm MSnJBUJK
02 agosto de 2011
LtUJSV»
17J95.7H00
HUGO CHAVEZ FRIAS Piealdenta de la República
2.747375^0 'Aporta pstwmal al liiHlm (IVSS) per •miasJus* d Pondo de
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revoludonaria en la construcción del socialismo y el eng ra nded miento del País, basado en los príndpios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercido de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y
d Fondo da S ^ u r o da Paro Foraoeo per
2J43J«7,00 319JB40 •3M9M0 s s w o
jxsnjn
Martes 2 de agosto de 2011 07.07.00 07.06.00
'Aporte patronal • c a j a s d e alwiio por nnplsiadM* "Aporte patronal * los servidos da salud, accidentes p a m a a l c s gastos funerario» per y
Acdón Especifica:
060003001
822.042,00
Partida:
07.24.00
0737J0
0733.00 08.0140
06.02.00 084340
"Aparte patronal p a r a g a t f o t d e guarderías y u m i u i h r para ' •' i . . . i,. I . * R nqos oe empteaoos •Aporta patronal a lo* « n i d o s de salud, accidentes penonales y gastos funerarios por obraros" "Aporte patronal pata gastos de guarderías pata L u ^ ^ j . - a_ .y_ piinwjalw a rajos oe ooreros "Astatenda múu u u u t é m k t al personal contratado " "Prestaciones sociales a iodenwlzactaoes a (
93.625,00
Sub-Partidas jenéricas, especificas y >ub-Espeáfica:
6.800.626,00
79.106.874,00
01.01.01 01.01.02 01.01.09
Tensiones" "Jubilaciones" "Aguinaldos pensionado"
1.894428,00 20.904332,00
01.01.10
"Aportes a caja d e ahorro del personal pensionado" "Otras subvenciones sodo económicas dd personal pensionado" "Aguinaldos al personal juMado' ' Aportes a cafa d e ahorro del personalJubiado" 'Aportes a los servidos d e salud, accidentes personales, y gastos funerarios d d personal jubilado' "Otras subvenciones sodo del personal
27.500350,00 01.01.12 20.082.777,00 01.01.13 01.01.14 10.171.513,00 01.01.15 90.209.041,00
Acción Especifica:
Partida:
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedfica:
060002001
4.02
01.01.00 03.0140 05.03.00 10.01.00 10.03.00 10.05.00 10.07.00 10.08.00 10.99.00
Partida:
Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Espedfica:
4.03
'Apoyo institucional a acdones especificas d e proyectos del organismor •Materiales, suministras mercancías* -Ingresos Ordinarios
•Alimentos personas"
y
bebidas
01.01.16
las loa
04.05.00 06.01.00 07.01.00 07.02.00 07.03.00 08.01.00
09.02.00 10.07.00
11.02.00
12.01.00
16.01.00 18.01.00 99.01.00 Partida:
Sub-Partidas Genérica, Bspccífica y Sub-Espccitica:
4.04
y
77.911,00
87.816,00 21.769.130,00 2^78.791,00
23304.122,00
060013000
10.841.053,00
"Actuación
Estratégica,
la WapúbMca BaOvariana da 154324360,00 Acción Específica:
para
060013002
1.753.932,00
Textiles" "Productos de papel y cartón paraofldna' "Artículos de deporte, recreación y Juguetes" Utensilios de codaa y comedor* "Útiles de escritorio, a ñ d n a y materiales de InstmcdónT "Productos de seguridad en el trabajo" "Materiales para rrjuipn* d e computación" "Otros productos y útiles diversos" "Servidos no personales* - Ingresos Ordinarios
447.291,00 6.278,00 167.847,00
Partida:
4.01
"Alquileres de otras maquinaria y equipos" "Servido de comunicaciones" "Fletes y embalajes" "PubNddad y propaganda" "Imprenta y reproduedónr "Relaciones sodales" "Primas y gastos d e seguros" "Viáticos y pasajes A n a del país" "Servidos de
4.01
01.01.00
03.01.00 03.04.00 03.08.00 03.09.00 03.11.00 04.06.00 04.09.00 04.96.00 05.01.00 05.03.00 06.01.00 06.03.00 06.04.00 06.05.00 07.07.00 07.96.00 08.01.00
Partida:
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Específica: Partida: Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espeaflca:
Proyecto:
Acdón Específica:
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Espedfica:
060013008 4.02
10.99.00 4.03
10.99.00 060014000
060014002
4.03
10.03.00
18.01.00
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-EspedDca:
"Sueldos básicos personal fijo a tiempo completo" "Compensaciones previstas en las escalas de sueldos al personal empleado fijo a tiempo completo" "Primas por mérito a empleados" "Primas por hijos a empleados" . "Primas de profesionalización a empleados" "Primas por antigüedad a empleados" "Primas al.personal en servicio en el exterior" "Complemento a empleados por comisión de servicios" "Bono compensatorio de transporte a empleados" "Otros complementos a empleados" "Aguinaldos a empleados" "Bono vacadonal a empleados" "Aporte patronal al' Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por empleados" "Aporte patronal al Fondo de Jubilaciones por empleados" "Aporte patronal al Fondo de Seguro de Paro Forzoso por empleados" "Aporte patronal al Fondo de Ahorro Habltadonal por empleados" "Aporte patronal a cajas de ahorro por empleados" "Otras subvenciones a empleados" "Prestaciones sociales e indemnizaciones a empleados" "Ejecución de Iniciativas acciones estratégicas"
y
"Materiales, suministros mercancías" -Ingresos Ordinarios
y
"Otros productos diversos"
y
1.674.693,00
ELIAS JAUA MILANO
17.707,00 12.092,00 44.758,00 5.859,00
Refrendado La Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidenda (LS.)
29.519,00 12.516.566,00 12.081,00 2.598,00 3.294.556,00 6.398.256,00 1.739.891,00
ERIKA DEL VALLE FARIAS PENA Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia (LS.) TARECK EL AISSAMI Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (LS.) NICOLAS MADURO MOROS
53.410,00 28.4Z7,00 10.871,00
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas (LS.) JORGE GIORDANI
19.816,00 139.579,00 107.019,00
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Defensa (LS.) CARLOS JOSE MATA FIGUEROA
371.587,00 5.165.538,00
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Comercio (LS.) EDMEE BETANCOURT DE GARCIA
2.582.769,00 Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería (LS.) útiles
"Servidos no personales" -Ingresos Ordinarios
JOSE SALAMAT KHAN FERNANDEZ
2.582.769,00 2.582.769,00
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Turismo (LS.) ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
11.07.00
Partida:
26.479.285,00
Dado en Caracas, a los dos días del mes de agosto de dos mil once. Años 201° de la Independencia, 152° de la Federación y 12° dé la Revolución Bolivariana. Ejecútese, (LS.)
02.01.00
Acción Específica:
"Gastos de personal" -Ingresos Ordinarios
26.479.285,00
387.105
4.04
05.01.00 09.02.00
"Otros servidos profesionales y técnicos"
2.582.769,00
"Segunda Fase de Transformación Institucional del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores"
4.640.530,00
"Instalación, desarrollo y mantenimiento de sistemas de Informática"
4.640.530,00
"Servidos no personales" - Ingresos Ordinarios
"Servidos de procesamiento de datos" "Conservación y reparaciones menores de máquinas, muebles y demás equipos de ofldna y alojamiento" "Impuesto al valor agregado" "Activos reales* -Ingresos Ordinarios
"Equipos telecomunicaciones" "Equipos de computación"
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (L.S.) JUAN CARLOS LOYO HERNANDEZ
2.566.382,00
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educadón Universitaria (LS:) MARLENE YADIRA CORDOVA
820.000,00
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educadón (LS.) MARYANN DEL CARMEN HANSON RORES
1.497.484,00 248.898,00 2.074.148,00
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (LS.) EUGENIA SADER CASTELLANOS
874.148,00 1.200.000,00
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Sodal (LS.) MARIA CRISTINA IGLESIAS
Artículo 2°. Los Ministros del Poder Popular de Planificación y Finanzas y para Relaciones Exteriores, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones (LS.) FRANCISCO JOSE GARCES DA SILVA
387.106
Martes 2 de agosto «k 2011.
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
02 de agosto de 2011
Decreto N° 8.361
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat
(LS.)
RICARDO ANTONIO MOLINA PEÑALOZA
HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía y Petróleo (LS.) RAFAEL DARIO RAMIREZ CARRENO Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (LS.) ALEJANDRO HITCHER MARVALDI Refrendado El Ministro del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias (LS.) RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información (LS.)
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sectór Público y 3 o de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
ANDRES GUILLERMO IZARRA GARCIA Refrendado La Ministra del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (L.S.)
ELIAS JAUA MILANO Vicepresidente Ejecutivo de la República
ISIS OCHOA CANIZALEZ Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
Por delegación del Presidente de la República Hugo Chávez Frías, según Decreto N° 8.328 de fecha 14 de julio de 2011, publicado en la Gaceta Qficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.715 de fecha 18 de julio de 2011.
CARLOS OSORIO ZAMBRANO
DECRETA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (LS.) PEDRO CALZADILLA Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Deporte (L.S.)
Artículo I o . Se acuerda un crédito adicional por la cantidad de
NOVENTA Y DOS
MILLONES
DE
BOLIVARES
92.000.000),
al
Presupuesto
de
Gastos
EXTERIORES, presupuestaria:
de
acuerdo
con
la
siguiente
PARA
RELACIONES
(Bs.
2011
del
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES
HECTOR RODRIGUEZ CASTRO Refrendado La Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.) N l d A MALDONADO MALDONADO
MINISTERIO EXTERIORES Proyecto: Acción Especifica:
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (LS.)
DEL
PODER
92.000.000 060999000 'Aporta* y transferencias para financiar los proyectos de los antas daacaiiU alijados" 069999002
NANCY PEREZ SIERRA 4.07
Partida: Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica (L.S.)
SuWartidas Genérica, Específica y Sut^EspedRca:
01.03.02
ALI RODRIGUEZ ARAQUE A0170
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Juventud (L.S.) MARIA PILAR HERNANDEZ DOMINGUEZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (LS.) MARIA IRIS VARELA RANGEL
POPULAR
imputación
92.000.000
'Aportes y transferencias para financiar los proyectos del ente Servido Autónomo Instituto de Altos Estudios Diplomáticos Pedro Gual"
92.000.000
"Transferencias y Donadones" - Otras Fuentes
92.000.000
"Transferencias corrientes a entes descentralizados sin fines empresariales" Servido Autónomo Instituto de Altos Estudios Diplomáticos Pedro Gual
92.000.000 92.000.000
Artículo 2°. Los Ministros del Poder Popular de Planificación y Finanzas y para Relaciones Exteriores, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto. Dado en Caracas, a los dos días del mes de agosto de dos mil once. Años 201" de la Independencia, 152° de la Federación y 12° de la Revolución Bolivariana. Ejecútese, (LS.)
Refrendado El Ministro de Estado para la Banca Pública (L.S.) RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES Refrendado El Ministro de Estado para la Transformación Revolucionaria de la Gran Caracas (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidencia (LS.) FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS
ELIAS JAUA MILANO
ERIKA DEL VALLE PARIAS PEÑA
Martes 2 de agosto de 2011
387.107
GACETAOFICIALDELAREF1JBUCABOLIVARIANADE VENEZUELA Refrendado B MMstro del Poder Popular para la Comunicación y la Información (LS.)
Refrendado B Ministro del Poder Popular para Reiadones Interiores y Justicia (LS.)
ANDRES GUILLERMO CARRA GARCIA
TARECX B . AISSAM1 Refrendado La Ministra del Poder Popular para las Comunas y Protección Sodal (LS.)
Refrendad* B Ministro del Poder Popular para Reiadones Exteriores (LS.)
ISIS OCHOA CAÑIZALEZ
NICOLAS MADURO MOROS Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Alimentación (LS.)
Refrendado B Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas (LS.) JORGE GIORDANI
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Cultura (LS.)
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Defensa (LS.) CARLOS JOSE MATA F1GUEROA
Refrendado B Ministro del Poder Popular para el Deporte (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Comercio (LS.) EDMEE BETANCOURT DE GARCIA
Refrendado La Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (LS.)
Refrendado B Ministro del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería (LS.) JOSE SALAMAT KHAN FERNANDEZ
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (LS.)
Refrendado B Ministro del Poder Popular para el Turismo (LS.) ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
CARLOS OSORIO ZAMBRANO
PEDRO CALZADILLA
HECTOR RODRIGUEZ CASTRO
NldA MALDONADO MALDONADO
NANCY PEREZ SIERRA
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (LS.)
AU RODRIGUEZ ARAQUE
JUAN CARLOS LOYO HERNANDEZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Juventud (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación Universitaria (LS.)
MARIA PILAR HERNANDEZ DOMINGUEZ
MARLENE YADIRA CORDOVA Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciarlo (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educatíón (LS.)
MARIA IRIS VARELA RANGEL
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES Refrendado B Ministro de Estado para la Banca Pública (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (LS.)
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
EUGENIA SADER CASTELLANOS Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Sodal (LS.) MARIA CRISTINA IGLESIAS
Refrendado B Ministro de Estado para la Transformación Revolucionaria de la Gran Caracas (LS.) FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones (LS.) FRANCISCO JOSE GARCES DA SILVA Refrendado El Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat (LS.)
Decreto N° 8.362
02 de agosto de 2011
RICARDO ANTONIO MOLINA PEÑALOZA Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía y Petróleo (LS.)
HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República RAFAEL DARIO RAMIREZ CARREÑO
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (LS.) ALEJANDRO HITCHER MARVALDI
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias (LS.) RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector
387.108
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Público y 3 o de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
03.21.00 03.97.00 03.98.00 04.02.00 04.08.00
ELIAS JAUA MILANO Vicepresidente Ejecutivo de la República
04.18.00
Por delegación del Presidente de la República Hugo Chávez Frías, según Decreto N° 8.328 de fecha 14 de julio de 2011, Publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.715 de fecha 18 de julio de 2011.
04.19.00
DECRETA
97.01.00
04.97.00 05.03.00 05.06.00 96.01.00
Acción Especifica:
100058003
Artículo I o . Se acuerda un crédito adicional al Presupuesto de Gastos del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION, por la cantidad de CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs. 4.158.179.722), de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION
Acción Especifica:
Partida:
Sub-Partidas Genéricas Especificas y Sub-Especificas:
100003000
100003001
4.07
A c d ó n Especifica:
Partida: Sub-Partidas Genéricas Específicas y Sub-EspedHcas:
Protección
"Asignación y Control de los Recursos para Gastos de los Pensionados y Jubilados" Transferencias y Do nación a s " ( R e c u r s o s Ordinarios)
"Elaborar r e s ú m e n e s d e g a s t o s d e personal por concepto de Recurranda d e l A t o Escolar 2 0 1 0 2011 de Educadón Primaria p a r a c a n c e l a r sueldos, salarios y demás remuneraciones al personal: Docente, Administrativo y Obreros; asi como t r a m i t a r la cancelación d e aportes patronales de los d e b e r e s f o r m a l e s "
4.01
705.077.798
Sub-PartkJas Genéricas Específicas y Sub-Específicas:
01.01.00
705.077.798
01.02.00 01.10.00
705.077.798 01.99.00 02.01.00
01.01.01 01.01.02 01.01.12
01.01.16
Proyecto:
-Previsión y Sodal"
"Primas por antigüedad a obreros" "Otras primas a empleados" "Otras primas a obreros" "Complemento a empleados por trabajo nocturno" "Bono compensatorio de alimentación a empleados" "Bono compensatorio de alimentación a obreros" "Bono compensatorio de transporte a obreros" "Otros completos a obreros" "Bono vacadonal a empleados" "Bono vacadonal a obreros" "Otros gastos del personal empleado" "Otros gastos del personal obrero"
100058000
100058001
4.01
"Pensiones" "Jubilaciones" "Otras subvenciones socioeconómicas del personal pensionado" "Otras subvenciones socioeconómicas del personal Jubilado" "Recurrenda y Apertura del A t o Escolar" "Elaborar r e s ú m e n e s d e gastos da personal por concapto da Recurranda del A t o Escolar 1 0 1 0 2011 de Eduodón Inicial para cancelar sueldo*, salarlos y demás remuneraciones al p e r s o n a l : Docente, Administrativo y O b r a r a " "Gastas de Personal" ( R e c u r s o * Ordinario*)
44.868.403 628.412.915
02.03.00
1.751.552 03.01.00 30.044.928
03.02.00 03.08.00
3.453.101.924
03.09.00 03.10.00 03.16.00 03.19.00 03.21.00 656.089.S66
03.97.00 03.98.00 04.02.00
656.08V.36t
04.08.00 01.01.00 01.02.00 01.10.00
01.99.00 02.01.00
02.03.00
03.01.00 03.02.00 03.06.00
03.09.00 03.10.00 03.16.00 03.19.00
"Sueldos básicos personal n]o a tiempo completo" "Sueldos básicos personal fljo a tiempo pardal" "Salarlos a obreros en puestos permanentes a tiempo completo" "Otras retribuciones" "Compensaciones previstas en las escalas de sueldos al personal empleado fljo a tiempo completo" "Compensaciones previstas en las escalas de salarios al personal obrero Ojo a tiempo completo" "Primas por mérito a empleados* •Primas de transporta a empleadas" "Primas de profestonalzadón a empleados" "Primas por antigüedad a empleadas" "Primas por Jerarquía o responsabWdad en el cargo" "Primas por mérito a obraras* "Primas por hijos de
143.165 31.165.244 9.647 1.296.893 92.051.203 29.137.939 46.303 777.039 7.839.031 2.631.430 69.327 4.032
1.657.486.925
4.158.179.722 Partida:
Acdón Centralizada:
Martes 2 de agosto «k 2011.
04.18.00 309.017.361
04.19.00
55.835.699
04.97.00 05.03.00
81.900.167 9.958.374
05.06.00 96.01.00 97.01.00
"Gastos de Personal" ( R e c u r s o s Ordinarios)
"Sueldos básicos personal fljo a tiempo completo" "Sueldos básicos personal fljo a tiempo pardal" "Salarios a obreros en puestos permanentes a tiempo completo" "Otras retribuciones" "Compensaciones previstas en las escalas de sueldos al personal empleado fljo a tiempo completo" "Compensadones previstas en las escalas de salarios al personal obrero fijo a tiempo completo" "Primas por mérito a empleados" "Primas de transporte a empleados" "Primas de profesionalizadón a empleados" "Primas por antigüedad a empleados" "Primas por Jerarquía o responsabilidad en el cargo" "Primas por mérito a obreros" "Primas por hijos a obreros" "Primas por antigüedad a obreros" "Otras primas a empleados" "Otras primas a obreros" "Complemento a empleados por trabajo nocturno" "Bono compensatorio de alimentación a empleados" "Bono compensatorio de alimentación a obreros" "Bono compensatorio de transpprte a obreros* "Otros complementos a obreros" "Bono vacadonal a empleados" "Bono vacadonal a obreros" "Otros gastos del personal empleado" "Otros gastos del personal obrero"
1.657.488.925
771.293.624 150.44p.422
207.107.790 25.157.997
11.084.639
21.880.991 16.809.120 15.870.360
2.753.158 15.671.856 2.002.732 140.865 625 361.680 78.733.249 24.371 3.276.361 232.550.406 73.611.635 116.977 1.963.047 19.803.868 6.647.822 175.141 10.187
4.387.670 Acción Especifica:
100058005
8.661.226 6.653.610
"Elaborar r e s ú m e n e s d e g a s t o * d a peraonal p o r concapto de Recurranda d e l A t o Escolar 2 0 1 0 2011 de Educación para cancelar
6.282.017 al
ramunaradona* paraonal: Docente,
1.089.792 4.01
6.203.443 792.746 55.759 247
Sub-Partidas Genéricas Espedflcasy Sub-Especificas:
t
01.01.00
• C a s t a s d e Paraonal* ( R a c u r a o * Ordbiarto*)
"Sueldas básicos personal fljo a tiempo completo"
449.921.281
Martes 2 de agosto de 2011 01.02.00 01.10.00 01.99.00
02.01.00
02.03.00
03.01.00
"Sueldes básicos personal fijo a tiempo pardal" "Salarlos a obreras en puestos permanentes a tiempo completo* "Otras retribuciones" "Compensaciones previstas en las escalas de sueldos al personal empleado l | o a tiempo completo" "Compensaciones previstas en las escalas de salarios al personal obrero ftyo a tiempo completo" "Primas por mérito a empleados"
03.02.00
"Primas de empleados*
03.08.00 03.09.00 03.10.00 03.16.00 03.19.00 03.21.00 03.97.00 03.98.00 04.02.00 04.08.00 04.18.00 04.19.00 04.97.00 05.03.00 05.06.00 96.01.00 97.01.00
Acdón Específica:
04.97.00 "
1 05.03.00
" "
120.812.878 14.675.498
05.06.00 96.01.00
I 1
97.01.00
"Otros complementos a obreros" "Bono vacacional a empleados' 'Bono vacadonal a obreros' "Otros gastos dd personal empleado" "Otros gastos dd personal obrero"
Acdón Eapacffka:
100058009
12.763.911 9.805.320 9.257.710
1.606.009
SuWartkias Genéricas Especificas y Sub-Específicas:
4.01
01.02.00 01.10.00
01.99.00 02.01.00
02.03.00
03.01.00 03.02.00 03.08.00 03.09.00 03.10.00 03.16.00 03.19.00 03.21.00 03 97 00 03.98.00 04.02.00 04.08.00 04.18.00 04.19.00
"Sueldos básicos personal fijo a tiempo completo" "Sueldos básicos personal fijo a tiempo pardal" "Salarios a obreros en puestos permanentes a tiempo completo" "Otras retribuciones" "Compensaciones previstas en las escalas de sueldos al personal empleado fijo a tiempo completo" "Compensaciones previstas en las escalas de salarios al personal obrero fl|o a tiempo completo" "Primas por mérito a empleados" "Primas de transporte a empleados' "Primas de profesionaíización a empleados" 'Primas por antigüedad a empleados" "Primas por Jerarquía o responsabilidad en d cargo" "Primas por mérito a obreros" "Primas por hijos de obreros" 'Primas por antigüedad a obreros", "Otras primas a empleados" 'Otras primas a obreros" "Complemento a empleados por trabajo nocturno" "Bono compensatorio dé alimentación a empleados* "Bono compensatorio de aumentación a obreros" "Bono compensatorio de transporte a obreros"
10.946 .
'Elaborar r a n m a n e * da gasto* da personal por concapto da Racurranda d d Afto Escolar 20102011 da Educación d a 3óv*n*s, Adulta* y Adulta* para cancelar sueldo*. salario* y demás ramunaradone* al personal: Docente, Administrativo y Obrara*
637
69.062.037 69.062.037
(Recursos Ordinario*) Sub-Partidas Genéricas Especificas y Sub-Específicas:
1.168.260 82.171 365
01.01.00 01.02.00
210.980 45.927.729 14.217
01.10.00
I.911.211
01.99.00 02.01.00
135.654.405 42.940.120
02.03.00
68.236 1.145.111
03.01.00
II.552.256 3.877.896
03.02.00 03.08.00
102.166 5.942
03.09.00 03.10.00
03.19.00 03.21.00 03.97.00 03.98.00 04.02.00
«B.SM.056 103.593.056
04.08.00 01.01.00
1.237.742 415.489
4.01
9.141.916
"Elaborar raaúmanaa da d d Afto Escotar 20102011 da Educación Espedal para cancelar sueldos, salario* y d a m i s nuinmai adanai al personal: Docente, Administrativo y Obrare" "Gasta* d a ParaonaT (Recurso* Ordinarias)
122.690
6.466.040
transporte a
"Primas de profesionaíización a empleados" "Primas por antigüedad a empleados* "Primas por Jerarquía o responsabilidad en d cargo" "Primas por mérito a obreros" "Primas por hijos d e ' obreros" "Primas por antigüedad a obreros" "Otras primas a empleados" "Otras primas a obreras" "Complemento a empleados por trabajo nocturno" "Bono compensatorio de alimentación a empleados" "Bono compensatorio de alimentación a obreros" "Bono compensatorio de transporte a obreros" "Otros complementos a obreros" "Bono vacadonal a empleados" "Bono vacacional a obraros" "Otros gastos d d personal empleado* "Otros gastos d d personal obrertf
100058007
87.756.912
03.16.00
Partida:
3«7.109
GACETAOFIOALDE LAREPÚMJCABOLJVARIANADE VENEZUELA
04.18.00 48.205.851
04.19.00
9.402.526
04.97.00 05.03.00
12.944.237
05.06.00 96.01.00
1.572.3/.
97.01.00 692.790
1.367.562 1.050.570
"Sueldos básicos personal fijo a tiempo completo" "Sueldos básicos personal fijo a tiempo pardal" "Salarios a obreros en puestos permanentes a tiempo completo" "Otras retribuciones" "Compensaciones previstas en las escalas de sueldos al personal empleado fljo a tiempo completo" "Compensaciones previstas en las escalas de salarios al personal obrero fijo a tiempo completo" "Primas por mérito a empleados" "Primas de transporte a empleados" "Primas de profesionaíización a empleados" "Primas por antigüedad a empleados" • "Primas por Jerarquía o responsabilidad en d cargo" "Primas por mérito a obreros" "Primas por hijos de obreros" "Primas por antigüedad a obreros* "Otras primas a empleados" "Otras primas a obreros" "Complemento a empleados por trabajo nocturno" "Bono compensatorio de alimentación a empleados" "Bono compensatorio de alimentación a obreros" "Bono compensatorio de transporte a obreros" "Otros complementos a obreros" 'Bono vacadonal a empleados" "Bono vacadonal a obreros" "Otros'gastos dd personal empleado" "Otros gastos dd personal obrero"
32.528.143 5.877.442 8.629.491 1.048.250
461.860
911.708 700.380 661.265 114.715 652.994 83.447 5.869 26 15.070 3.280.552 1.015 136.515 9.689.600 3.067.151 4.874 81.794 825.161 276.993 7.298 424
Los Ministros del Poder Popular de Planificación y Finanzas y para lá Educación quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.
Artículo 2o.
991.897 172.072 979.491 125.171 8.804
Dado en Caracas, a los dos días del mes de agosto de dos mil once. Años 201°.de la Independencia, 152° de la Federación y 12° de la Revolución Bolivariana. Ejecútese, fl-S.)
39 22.605 4.920.828 1.523
ELIAS JAUA MILANO
204.773 14.534.400 4.600.727 7.311
Refrendado La Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidencia (L.S.) ERIKA D a VALLE FARIAS PEÑA
387.110
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Martes 2 de agosto«k2011.
~ . . . xenwMMO
Refrendado B Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia (LS.)
... • Brarasuo
. i .. . o a rao* la Comunicación y la (LS.)
ANDRES GÜILISIMO IZARRA GARCIA
TARECK a AISSAMI Refrendado U Ministra dH Poder las Comunas y (LS.)
Refrendado B MWstro del Poder Popular p a n Relaciones E x M o r e s (LS.)
para
NICOLAS MADURO MOROS Refrendado H Ministro d d Poder Popular de Planificación y finanzas (LS.)
ISIS OCHOA CAÑIZALEZ Refrendado B Ministro dH Poder P o p d b r para la Alimentación (LS.)
JORGE GIORDANI Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Defensa (LS.)
CARLOS OSORIO ZAMBRANO Refrendado B Ministro del Poder la Cultura (LS.)
para
CARLOS JOSE MATA FIGUEROA
PEDRO CALZADILLA Refrendado B Ministro del Poder el Deporte (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Comercio (LS.)
para
HECTOR RODRIGUEZ CASTRO EDMEE BETANCOURT DE GARCIA Refrendado La Ministra del Poder los Pueblos Indígenas (LS.)
Refrendado B Ministro dei Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería (LS.)
para
N l d A MALDONADO MALDONADO JOSE SALAMAT KHAN FERNANDEZ Refrendado La Ministra dH I para la Mujer y la Igualdad d e Género (LS.)
Refrendado B Ministro del Poder Popular para el Turismo (LS.)
NANCY PEREZ SIERRA
ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA Refrendado B Ministro dH la Energía Eléctrica (LS.)
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (LS.)
para
AU RODRIGUEZ ARAQUE JUAN CARLOS LOYO HERNANDEZ Refrendado La Ministra dH Poder para la Juventud (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación Universitaria (LS.)
MARIA PILAR HERNANDEZ DOMINGUEZ MARLENE YADIRA CORDOVA Refrendado La Ministra del Poder para H Servido (LS.)
Refrendado La MMsIra del Poder Popular para la Educadón (LS.)
MARIA DOS VARELA RANGEL MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado La Ministra d d Poder Popular para la Salud (LS.) EUGENIA SADER CASTELLANOS
Refrendado B MWUiu de Btado | la Banca PúbOca (LS.) Refrendado
Bu u u _ -. - ^ - '
nratro oe b w o la Transformación de la Gran Caracas (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular p w a el Trabajo y Seguridad Sodai (LS.)
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS
MARIA CRISTINA IGLESIAS Refrendado B MWstro del foder ftopular para Transporte y Comunicaciones
(LS)
FRANCISCO JOSE GARCES DA SUVA
Decreto N° 8.363
02 de agosto de 2011
Refrendado B Ministro dH Poder Popular para VMendayHáMat (LS.) RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA Refrendado B Ministro dH Poder Popular para la Energía y Petróleo (LS.) RAFAS. DARIO RAMIREZ CARREO Refrendado B MWstro del Poder Popular para d Ambiente (LS.) ALEJANDRO HTTCHER MARVALDI Refrendado B MWstro dH Poder Popular para O n d a , Tecnologia e Industrias Intermedtas (LS.) RICARDO JOSE MENBíDEZ PRIETO
CHAVEZ FRIAS de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y caBÍtari revolucionaria en la construcción del socialismo y el engandedmienfco dei País, basado en ios principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Boiivarianas, por mandato dei pueblo y en ejercido de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del articulo 236 y 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de confuí matad con lo dispuesto en ios artículos 52 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector
Martes 2 de agosto de 2011
387.111
GACETAORCIAL DE LAREFÚBUCABOLJVARIANADE VENEZUELA
Público y 3 o de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
A0343 A1314
Fundación Laboratorio Nacional d e Hidráulica Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (INAMEH)
2.385.182
8.576.553
Subpartidas Genéricas,
ELIAS JAUA MILANO Vicepresidente Ejecutivo de la República
Específicas y Sub-específicas:
Por delegación del Presidente de la República Hugo Chávez Frías, según Decreto N° 8.328 de fecha 14 de julio de 2011, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.715 del 18 de julio de 2011.
01.03.07
A0605 A0606 A0609 A0611
DECRETA
A0613 A0615
Artículo I o . Se acuerda un crédito adicional, por la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 267.274.962), -imputados al Presupuesto de Gastos vigente del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE, cuya imputación presupuestaria es la siguiente: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE Acdón Centralizada:
Acción Específica:
Partida:
BS.
267.274.962
A0616 A0619 A0622 A0639 A0685
170001001
4.01
"Direcdón y Coordlnadón de los Gastos de los Trabajadoras "
41.938.000
"Asignación y Control de los Recursos para Gastos d e los Trabajadores"
41.938.000
"Gastos d e Personal"
41.938.000
-Recursos Ordinarios Subpartidas Genéricas,
Acción Específica:
Partida:
Sub-Partidas Genérica, Específica y Sub-Específicas:
170003000
170003001
4.07
01.01.11
Específicas y Sub-especfflca:
07.08.00
07.24.00
08.02.00
Acdón Centralizada: Acción Específica:
Partida:
170002000 170002001
4.11
"Aporte patronal a los servidos de salud, accidentes personales y gastos funerarios por empleados" "Aporte patronal a los servidos d e salud, accidentes personales y gastos funerarios por obreros" "Prestaciones Sodales Indemnizaciones a Obreros"
"Apoyo Institudonal a acciones específicas d e proyectos del organismo"
Acción Específica:
Partida:
20.839.500
215.274.962 las los 2.273.567
"Disminución d e Pasivos"
2.273.567
5.000.000 2.150.000 1.059.142 Bs.
2.640.000 5.000.000 5.422.000 12.000.000 13.750.000 758.361 5.000.000
"Previsión Sodal"
Protecdón
10.062.000
"Asignación y Control d e los Recursos para Gastos d e los Pensionados y Jubilados"
10.062.000
Transferencias y Donaciones" -Recursos Ordinarios
"Aportes a los salud, accidentes gastos funerarios pensionado" "Aportes a los salud, accidentes gastos funerarios Jubilado"
10.062.000
servidos d e personales y del personal Bs.
868.500
servidos d e personales y del personal 9.193.500
Artículo 2 o . Los Ministros del Poder Popular de Planificación y Rnanzas y del Poder Popular para el Ambiente, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.
Dado en Caracas, a los dos días del mes de agosto de dos mil once. Años 201° de la Independencia, 152° de la Federación y 12° de ia Revolución Bolivariana. Ejecútese, (L.S.)
11.04.00
170002003
4.07
"Compromisos pendientes ejercidos anteriores"
de
"Apoyo Institucional al Sector Publico" ' Transferencias y Donaciones"
2.273.567
213.001.395
ELIAS JAUA MILANO 213.001.39S
-Recursos Ordinarios Subpartidas Genéricas, Específicas y Sub-específicas:
2.860.000
14.098.500 7.000.000
-Recursos Ordinarios Subpartidas Genéricas, Específicas y Sub-específicas:
01.01.15
e
"Gestión Administrativa"
55.639.503
Acdón Centralizada:
170001000
Transferencias corrientes a entes descentralizados con fines empresariales no petroleros" C.A. Hidrológica d e Falcón (HIDROFALCÓN) C.A. Hidrológica d e Venezuela (HIDROVEN) C.A. Hidrológica d e la Región Capital (HIDROCAPITAL) C.A. Hidrológica del Caribe (HIDROCARIBE) C.A. Hidrológica d e la Región Suroeste (HIDROSUROESTE) C.A. Hidrológica Páez (HIDROPAEZ) C.A. Hidrológica d e los Uanos (HIDROLLANOS) C.A. Hidrológica del Lago de Maracaibo (HIDROLAGO) C.A. Hidrológica del Centro (HIDROCENTRO) Compañía Nadonal de Reforestadón (CONARE) C.A. Hidrológica d e la Cordillera Andina (HIDROANDES)
01.03.02
A0052 A0064
A0069
A0103 A0324
Transferencias corrientes a entes descentralizados sin fines empresariales" Instituto Nadonal d e Parques (INPARQUES) Instituto para el Control y la Conservación del Lago de Maracaibo y su Cuenca Hidrográfica (ICLAM) Servicio Autónomo Servidos Ambientales del Ministerio del Ambiente y d e ios Recursos Naturales (SAMARN) Fundación Instituto Forestal Latinoamericano Fundación de Educadón Ambiental
Refrendado La Ministra del P o d e r Popular del D e s p a c h o d e la Presidencia (L.S.) ERIKA DEL VALLE FARIAS PEÑA
157.361.892 57.217.452
22.252.838
Refrendado El Ministro del Poder Popular p a r a Relaciones I n t e r i o r e s y Justicia (LS.) TARECK EL AISSAMI
65.947.914 353.303 628.650
Refrendado El Ministro del Poder Popular p a r a R e l a t i o n e s Exteriores (LS.) NICOLAS MADURO MOROS
387.112
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Refrendado
Martes 2 de agosto«k2011.
Refrendado La Ministra del Poder Popular p a r a las C o m u n a s y Protección S o d a l (LS.)
B Ministro del Poder Popular d e Planificación y Finanzas (LS.)
ISIS OCHOA CAÑIZALEZ
JORGE GIORDANI Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentadón (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Defensa (L.S.)
CARLOS OSORIO ZAMBRANO
CARLOS JOSE MATA FIGUEROA Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular p a r a el Comercio (LS.) EDMEE BETANCOURT DE GARCIA Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería (LS.)
PEDRO CALZADILLA Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Deporte (LS.) HECTOR RODRIGUEZ CASTRO
JOSE SALAMAT KHAN FERNANDEZ Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Turismo (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (LS.) NIGA MALDONADO MALDONADO
ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Mujer y ia Igualdad d e Género (LS.) NANCY PEREZ SIERRA
JUAN CARLOS LOYO HERNANDEZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación Universitaria (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular p a r a la Energía Eléctrica (LS.) AU RODRIGUEZ ARAQUE
MARLENE YADIRA CORDOVA Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Juventud (LS.) MARIA PILAR HERNANDEZ DOMINGUEZ
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (LS.) MARIA IRIS VARELA RANGEL
EUGENIA SADER CASTELLANOS Refrendado La Ministra del Poder Popular p a r a el T r a b a j o y Seguridad Sodal (LS.)
Refrendado El Ministro d e Estado para la Banca Pública (LS.) RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
MARIA CRISTINA IGLESIAS Refrendado Ei Ministro del Poder Popular para T r a n s p o r t e y Comunicaciones (LS.)
Refrendado El Ministro d e Estado para la T r a n s f o r m a d ó n Revoludonaria d e la Gran Caracas (LS.) FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS
FRANCISCO JOSE GARCES DA SILVA Refrendado El Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat (LS.) RICARDO ANTONIO MOLINA PEÑALOZA
Decreto N° 8.364
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía y Petróleo (LS.) RAFAEL DARIO RAMIREZ CARREÑO Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (LS.)
02 de agosto de 2011
HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República
ALEJANDRO HITCHER MARVALDI
Refrendado El Ministro del Poder Popular para O n d a , Tecnología e Industrias Intermedias (L.S.) RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO Refrendado El Ministro del Poder Popular para la C o m u n i c a d ó n y la Información (LS.) ANDRES GUILLERMO IZARRA GARCIA
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector
Martes 2 de agosto de 2011
Público y 3° de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros. ELIAS JAUA MILANO Vicepresidente Ejecutivo de la República Por delegación del Presidente de la República Hugo Chávez Frías, según Decreto N° 8.328 de fecha 14 de julio de 2011, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.715 de fecha 18 de julio de 2011.
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-EspedRcas:
LAS
02.02.00
10.99.00
INDUSTRIAS BASICAS Y MINERIA, de acuerdo con la
11.02.00
desagregación siguiente: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS INDUSTRIAS Bs. BASICAS Y MINERIA
01.01.00
07.01.00 07.02.00 07.03.00 07.04.00 08.01.00 09.01.00 09.02.00 10.03.00
(Bs. 134.508.692), al Presupuesto de Gastos vigente del
PARA
4.03
04.03.00 04.07.00 06.03.00 06.05.00
CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES POPULAR
de
03.03.00
Artículo 1°. Se acuerda un crédito adicional por la cantidad de
PODER
"Productos de seguridad en el
10.08.00
computadón"
DECRETA
DEL
10.07.00
3.000,00
Partida:
MINISTERIO
ll.07.0p 134.508.692.00
Acdón Centralizada:
Acción Espedflca:
Partida:
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Específicas:
43000X000
"Dirección y Coordinación d e los de los Trabajadores"
12.01.00 12.381.286,00 16.01.00
430001001
4.01
01.18.00 03.02.00 03.17.00 04.26.00
04.96.00 04.98.00
05.07.00 05.08.00 07.09.00
07.12.00
07.26.00 08.03.00
"Asignación y control d e los recursos p a r a gasto* d e los trabajadores" "Gastos de personal" - Ingresos ordinarios
18.01.00 12.381.286,00
Partida:
4.04
12.381.286,00 Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas:
"Remuneraciones al personal contratado" "Primas de transporte a empleados" "Primas de transporte a obreros" "Bono compensatorio de alimentación al personal contratado" "Otros complementos a empleados" "Otros complementos al personal contratado" "Aguinaldos al personal contratado" "Bono vacadonal al personal contratado" "Ayudas a empleados para adquisición de uniformes y útiles escolares de sus hijos* "Aportes para la adquisición de juguetes para los hijos del personal empleado" "Dotadón de uniformes a obreros" "Prestaciones sodales e Indemnizaciones al personal contratado"
01.01.02
2.200.000,00 04,01.00 05.01.00
300.000,00 85.200,00
634.761,00 6.432.104,00 1.950.000,00
Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Específicas:
01.02.01
229.375,00 17.500,00
271.200,00
30.800,00 39.200,00
430002000
"Gestión Administrativa"
Acdón Espedflca:
430002001
"Apoyo Institudonal a a c d o m s aapadflca* da proyecto* del organismo"
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas:
Acción Espedflca:
11.04.00
430002003
191.146,00
113.469.668,00 Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Espedflcas:
las los 34.879.867,00
01.03.02 A0024
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Específicas:
4.02
01.01.00 03.01.00 03.02.00 04.03.00 05.01.00 05.03.00 05.04.00 06.00.00 10.02.00 10.05.00 10.06.00
"Materiales, suministros mercancías' - Ingresos ordinarios
"Alimentos y bebidas pera personas" "Textiles" "Prendas de vestir" "Cauchos y tripas para vehículos" -pulpa de madera, papel y cartón" "Productos d e papel y cartón pata ofldna' libros, revistas y periódicos" -Productos plásticos" "Materiales y útiles de limpieza y aseo" "Útiles de escritorio, ofldna y materiales de Instrucción"Condecoraciones, ofrendas y similares"
1.821.076,00
265.911,00 9.600,00 135.713,00 331.200,00 28.903,00
A0199
"Alqufcres de edlfldos y locales" "Alquileres de equipos de transporte, tracción y elevación" "Paquetes y programas de "Agua" "Servido de condominio "Estacionamiento" "Servidos de protección en traslado de fondos y de mensajería' "Pubtddad y propaganda" Imprenta y reproducción" "Relaciones sodales" "Avisos" "Primas y gastos de seguros" "Viáticos y pasajes dentro del país" "Viáticos y pasajes fuera dd país" "Servidos de procesamiento de datos" "Otros servidos profesionales y técnicos" "Conservación y reparaciones menores de equipos de transporte, tracción y elevación' "Conservación y reparaciones menores de máquinas, muebles y demás equipos de ofldna y alojamiento' 'Conservación y reparaciones menores de obras en bienes del dominio privado" "Servidos de diversión, esparcimiento y culturales" "Impuesto al valor agregado"
34.800,00
A1234 A1237
125.000,00 5.740,00 522.952,00 90.000,00
35.000,00 80.117,00 103.600,00 74.500,00 35.000,00 521.083,00 707.095,00 998.000,00 725.000.00 385.388,00
367.688,00
56.700,00
17.016.000,00 1.240.000,00 1.339.065,00
163.532,00
"Vehículos automotores terrestres" "Equipos de telecomunicaciones"
1.296.000,00 72.435,00
"Transferencias y donaciones" - Ingresos ordinarios
1.355.716,00
"Donaciones personas"
corrientes 1.355.716,00 3.991.394,00
"Compromisos pendientes ejercidos anteriores"
de
"Apoyo Institudonal al sector público" "Transferencias y donaciones" - Ingresos ordinarios
"Transferencias corrientes a entes descentralizados sin fines empresariales" "Corporación Venezolana de Guayara (C.V.G.)" "Instituto Nacional de Geología y Minería (INGEOMIN)"
"Compartía Nacional de las Industria Básicas, C A " "Empresa de Produodón Sodal de Servidos de Laminación del Aluminio, CA." 'Empresa de Producción Sodal de Tubos sin Costura, CA."
A1232
150.000,00
"Repuestos mayores para equipos de transporte, tracdón y elevación"
A1229 A1230
1.601.786,00
1.531.967,00
"Activos reales" - Ingresos ordinarios
Transferencias corrientes a entes descentralizados con fines empresariales no petroleros"
131.916,00 52.140,00 39.986,00
38.500,00
"Servicios no posorales* - Ingresos ordkwtos
01.03.07
A1231
50.305,00
699.102,00 26.179.714, ra
"Disminución de pasivos" - Ingresos ordinarios
4.07
Acdón Centralizada:
Partida:
387.113
GACEIAOFIOALDE LAREPÚBliCABCHJVARIANAI® VENEZUELA
"Empresa de Producción Sodal Siderúrgica Nadonal, CA." "Empresa da Producción Sodal de Pulpa y Papel, CA." "Empresa de Producción Sodal Recuperadora de Materias Primas, CA."
3.991.394,00
78.589.801/» 78.589.801,00
41378.306.00 11.000.000,00 31.378.306,00
36.211.195 M 3.477.495,00 2.977.000,00 7.057.000,00 2405.000,00 10.967.000,00 3389.000,00
387.114
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA A1238 A1242
A1243
"Empresa de Producción Social Minera Nacional, CA." "Empresa de Producción Social Constructora Nadonal de Rieles para Vías Férreas y Estructuras Metálicas para ser destinadas en la Construcción de Viviendas y Otras Aplicaciones, C A " "Empresa de Producción Social de Insumos Básicos para la Construcrión de Viviendas, CA."
99.01.00 Partida:
1.251.000,00
Centralizada:
430003000
"Previsión y P r o t e c d ó n Social"
108.000,00
Acdón Especifica:
430003001
"Asignación y control d e los recurso* para g a s t o s d e los pensionados y jubilados*
108.000,00
4.07
01.01.01 Sub-Partidas Genérica, Específica y Suh-Especificu:
430042000
430042001
Sub-Partidas Genéricas, Espedncasy Sub-Espedflcas:
Proyecto:
Acdón Espedflca: Partida:
Sub-Partidas Genéricas, Espedflcasy Sub-Espedflcas:
4.01
07.08.00
430043000
Acdón Espadflca:
4.02
01.01.00
05.03.00 05.07.00 10.05.00 10.07.00 10.08.00 4.03
"Comités de p a r t i d pación laboral d d Mppibam"
6.091.717,00
"Diagnóstico dd dlma organlzadonal y la cultura laboral existant e sobra la p a r t i d pación laboral"
Sub-Partidas Genéricas, Espedflcasy Sub-Espedficas:
05.07.00
"Gastos de personal" - Ingresos ordinarios
6.091.717,00
10.02.00
6.091.717,00
10.08.00
"Aporte patronal a los servidos de salud, accidentes personales y gastos funerarios por empleados"
6.091.717,00.
"Seguimiento y Control a la Administración d e Darachoe Minaros"
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Específicas:
90.094,00
"Emisión d e permiseria matarla minara* "Materiales, suministros mercancías" - Ingresos ordinarios
90.094,00
"Alimentos y bebidas para personas" Textiles" "Prendas de vestir" "Envases y cajas de papel y cartón" "Productos de papel y cartón para ofidna" "Productos de papd y cartón para la Imprenta y reproduedón" "Otiles de escritorio, ofidna y materiales de Instrucción" "Productos de seguridad en d trabajo" "Materiales para equipos de computación" "Servidos no personales"
10.99.00
"Otros servidos profesionales y técnicos" "Impuesto al valor agregado"
2.026,00 7.000,00 1.250,00
Acción Espedflca:
ffeda:
430044001
4.02
900,00 4.000,00 1.200,00
Sub-Partidas Genéricas, Espedflcasy Sub-Específicas:
3.000,00
01.01.00 03.01.00 03.02.00 03.03.00 04.03.00 05.01.00 05.02.00
3.500,00 2.214,00 65.004,00
06.05.00 06.06.00
39.875,00
06.08.00
08.03.00 .
17.500,00 7.629,00
08.09.00 10.02.00 * 10.05.00 10.07.00
'Formulación, Instrumentación, seguimiento y e v a l u a d ó n da las políticas q u e impulsan - d desarrollo productivo Intagral d a las c o t p o r a d o n a s sectorial** d a
10.08.00 10.11.00 10.12.00
"AHmentos personas"
y
bebidas
"Seguimiento y control a la g e s t i ó n operativa d e derecho* mineros."
444.166,00
"Elaboración y publicación d d boletín técnico-minara y a n u a r i o estadístico minara"
444.166,00
"Materiales, suministros mercancías" - Ingresos ordinarios
76.296,00
"Productos de papd y cartón para ofidna" "Productos de papd y cartón para la imprenta y reproducción" "Materiales y útiles de limpieza y aseo" "Materiales para equipos de computación"
16.048,00 14.503,00 7.400,00 38.345,00 367.870,00
"Servidos no personales' - Ingresos ordinarios
"Fletes y embalajes" "Imprenta y reproduedón" "Viáticos y pasajes dentro d d país" "Viáticos y pasajes fuera d d país" "Impuesto al valor agregado"
y
'Fiscalización y control d a 3 1 5 c o n c e s i o n e s y 306 contrato* CVG, 7 contrato* no metálico* MPPIBAM y lo* otorgado* por l a s g o b a t n a d o n e * , a i como a s u s actividades conexas." "Materiales, suministros mercancías" - Ingresos ordinarios
2.000,00 18.000,00 222.955,00
80.000,00 44.915,00
"Alimentos y bebidas para personas" Textiles" "Prendas de vestir" • "Calzados" "Cauchos y tripas para vehículos" "Pulpa de madera, papd y cartón" "Envases y cajas de papd. y cartón" "Productos de papd y cartón para ofidna" "Productos farmacéuticos y medicamentos" "Productos de tocador" "Combustibles y lubricantes" "Productos plásticos" "Herramientas menores, cuchMeria y artículos generales de feríela la* "Repuestos y accesorios para equipos de transporte" "Materiales y útiles de Impieza y aseo" "Útiles de escritorio, ofidna y materiales de Instrucción" "Productos de seguridad en d trabajo" "Materiales para equipos de oomputadón" "Materiales eléctricos' "Materiales para Instalaciones
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedficas: 5.400,00
772.101,00
18.084,00 9.600,00 34.515,00 27.900,00 104300,00 46.358,00 47.70040 8738340 730040 5.00040 23.90040 4317,00 . 1932040 72.72040 35.16340 93.61840 32.04040 52.18340 5040040 1.000,00
4.03
19.355,00
para
1.433.722^00
y
390.11*,OO Partida:
01.01.00
37.511,00 53.240,00 240.000,00 40.012,00
"Fiscalización y control d a la y sur
Proyecto:
390.118,00
Sub-Partidas Genéricas, Espedflcasy Sub-Espedficas:
06.01.00 07.02.00 09.01.00 09.02.00
05.03.00
'Materiales, suministros mercancías" - Ingresos ordinarios
"Imprenta y reproduedón" . "Viáticos y pasajes dentro d d país" "Viáticos y pasajes fuera dd país" "Impuesto al valor agregado"
L411.71%00 25.090,00
"Viáticos y pasajes dentro d d pais"
4.02
370.763,00
"Servicios no personales" - Ingresos ordinarios
y
09.01.00
430044001
1.955,00 10.500,00
en
' N u e v o Modelo Productivo Socialista d a las Industrias
Partida:
05.03.00
06.04.00
18.01.00
Acdón Espedflca:
4.02
"Jubilaciones"
- Ingresos ordinarios Sub-Partidas Genéricas, Espedflcasy Sub-Específicas:
430045001
60.000,00
"Pensiones"
18.01.00
430043001
1.500,00
108.000,00
"Transferencias y donaciones" - Ingresos ordinarios
4.03
03.01.00 03.02.00 05.02.00
Partida:
07.02.00 09.01.00 09.02.00 18.01.00 430045000
Acción
Partida:
Sub-Partidas Genéricas, Especfficasy Sub-Específicas:
Partida: 01.01.02
4.03
"Libros, revistas y periódicos' "Materiales para equipos de computación" "Otros materiales y suministros"
1.991.000,00
Acdón
Partida:
05.04.00 10.08.00
2.297.000,00
Martes 2 de agosto «k 2011.
02.02.00 06.01.00
"Servidos no persónate?" - Ingresos ordinarios
"Alquleres de equipos de transporte, tracción y elevación' "Heles y embaíales"
661.62140
5.76040
06.05.00 07.02.00 09.01.00 10.99.00 11.02.00 11.07.00
12.01.00 18.01.00 430047000
430047001
"Servidos de protección en traslado de fondos y de mensajería" Imprenta y reproducción" "Viáticos y pasajes dentro del país" "Otros servidos profesionales y técnicos" "Conservación y reparaciones menores de equipos de transporte, tracdón y elevadón" •Conservación y reparaciones menores de máquinas, muebles y demás equipos de ofldna y "Conservación y reparaciones menores de obras en bienes del dominio privado" Impuesto al valor agregado" •Nuavo Modelo Productivo Socialista Forestal del Pais"
10.430,00 4.745,00 275.484,00 1.170,00 105.000,00
Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería (LS.) JOSE SALAMAT KHAN FERNANDEZ Refrendado B Ministro del Poder Popular para el Turismo (L.S.) ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
70.000,00 60.000,00 126.032,00 99.921,00
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (LS.) JUAN CARLOS LOYO HERNANDEZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educadón Universitaria (LS.)
"ConaoMadón dei Registro Estadístico de Industrias 99.921,00
Partlda:
4X12
Sub-Paitklas Genéticas, EspedBcasy ri iéi r bwrtSp6QnCe$.
05.03.00
10.08.00 4.03
Sub-Parttóas Genéricas, EspedHcasy Sub^spedflcas:
"Materiales, suministros mirandas" - Ingresos ordinarios
y 12.122,00
MARLENE YADIRA CORDOVA Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educadón (LS.) MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
10.05.00
Partida:
387.115
GACETAOFICIAL DE LA REPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA '
Martes 2 de agosto de 2011
"Productos de papel y cartón para ofldna" "Útiles de escritorio, ofldna y materiales de instrucción" "Materiales para equipos de computadón"
1.962,00 3.660,00
EUGENIA SADER CASTELLANOS
6.500,00 87.799,00
"Servidos no personales" - Ingresos ordinarios
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (L.S.) Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Sodal (LS.) MARIA CRISTINA IGLESIAS
09.01.00
"Viáticos y pasajes dentro del país"
77.385,00
18.01.00
"Impuesto al valor agregado"
10.414,00
Refrendado B Ministro del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones (L.S.) FRANCISCO JOSE GAROES DA SILVA
Artículo 2°. Los Ministros del Poder Popular de Planificación y Finanzas y del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto. Dado en Caracas, a los dos días del mes de agosto de dos* mil once. Años 201° de la Independencia, 152° de la Federación y 12° de la Revolución Bolivariana.
Refrendado El Ministro del Poder Popular para. Vivienda y Hábitat (LS.) RICARDO ANTONIO MOLINA PEÑALOZA Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Energía y Petróleo (L.S.) RAFAEL DARIO RAMIREZ CARREÑO
Ejecútese, (LS.)
ELIAS JAUA MILANO "Rtfreridado La Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidencia (LS.) ERIKA DEL VALLE PARIAS PEÑA Refrendado B Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (LS.) ALEJANDRO HITCHER MARVALDI Refrendado B Ministro del Poder Popular para Qenda, Tecnología e Industrias Intermedias (LS.) RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO
TARECK EL AISSAMI
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Comunícadón y la Información (LS.)
NICOLAS MADURO MOROS
Refrendado La Ministra del Poder Popular para las comunas y Protección Social (LS.)
Refrendado B Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (LS.)
ANDRES GUILLERMO IZARRA GARCIA
ISIS OCHOA CAÑIZALEZ Refrendado B Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas. (LS.) JORGE GIORDANI
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.) CARLOS OSORIO ZAMBRANO
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Defensa (LS.) CARLOS JOSE MATA FIGUEROA
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Cultura (LS.) PEDRO CALZADILLA Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Deporte (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para elCOmetcio (LS.) EDMEE BETANCOURT DE GARCIA
HECTOR RODRIGUEZ CASTRO
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
387.116
Refrendado La Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)
Martes 2 de agosto«k2011.
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE AUDITORÍA INTERNA Acción Centralizada:
390001000
NICIA MALDONADO MALDONADO
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
Acción Específica:
NANCY PEREZ SIERRA Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Específicas:
(LS.)
ALI RODRIGUEZ ARAQUE Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Juventud
Partida:
(LS.)
MARIA PILAR HERNANDEZ DOMINGUEZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (LS.) MARIA IRIS VARELA RANGEL Refrendado El Ministro de Estado para la Banca Pública (LS.)
Sub-Partida Genérica, Específica y Sub-Específica: Acdón Centralizada: Acción Específica:
Partida:
390001001
4.01
05.03.00 07.10.00
4.03
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas:
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en .ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público y 3 o de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
390002001
4.02
01.01.00
10.11.00
10.99.00 4.03
01.01.00 07.02.00
08.01.00
09.02.00
11.02.00
11.07.00
16.01.00 18.01.00
DECRETA
Artículo 1°. Se acuerda un crédito adicional por la cantidad de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 2.448.995), al Presupuesto de Gastos 2011 de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE AUDITORIA INTERNA (SUNAI), de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria:
Sub-Partida Genérica, Específica y Sub-Espedflca: Acción Centralizada: Acdón Específica:
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Específlcas:
"Bono vacadonal a empleados" "Dotadón de uniformes empleados"
151.101
91.101 a 60.000
688.090
"Apoyo Institucional a las acdones específicas de los proyectos del organismo" "Materiales, suministros mercancías" Ingresos Ordinarios
11.04.00
"Alimentos y bebidas para personas" "Combustibles y lubricantes" "Productos plásticos" "Herramientas menores, cuchillería y artículos generales de ferretería" "Repuestos y accesorios para equipos de transporte" "Materiales y útiles de limpieza y aseo" "Útiles de escritorio, ofldna y materiales de Instrucción" "Condecoraciones, ofrendas y similares" "Materiales para equipos de computación" "Materiales eléctricos" "Otros productos y útiles diversos" "Servicios no personales" Ingresos Ordinarios
390003000 390003001
4.07
01.01.01 01.01.02 01.01.09 01.01.10 01.01.11
70.000 .7.000
2.000
3.000 15.000 1.000 3.000 5.000 10.000 300 5.000 52£x51Q
"Alquileres de edificios y locales" "Imprenta y reproducdón" "Primas y gastos de seguros" "Viáticos y pasajes fuera del país" "Conservación y reparaciones menores de equipos de transporte, tracción y elevación" "Conservación y reparaciones menores de máquinas, muebles y demás equipos de ofldna y alojamiento" "Servidos de diversión, esparcimiento y culturales" "Impuesto al valor agregado"
"Compromisos pendientes ejercidos anteriores"
688.090
12L3QQ
"Dismlnudón de pasivos" Ingresos Ordinarios
Partida:
ELIAS JAUA MILANO Vicepresidente Ejecutivo de la República Por delegación del Presidente de la República Hugo Chávez Frías, según Decreto N° 8.328 de fecha 14 de julio de 2011, Publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.715 de fecha 18 de julio de 2011.
"Gastos de personal" Ingresos Ordinarios
"Gestión Administrativa"
10.08.00
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas:
158.301
390002000
10.06.00
Partida:
los los
7.200
10.05.00
HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República
de de
"Impuesto al valor agregado"
10.02.00
02 de agosto de 2011
control gastos
18.01.00
08.09.00
Decreto N° 8.365
"Asignación y recursos para trabajadores"
158.301
ZJQQ
06.06.00 06.08.00 08.03.00
FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS
"Dirección y C o o r d i n a c i ó n d e los Gastos de los Trabajadores"
2.448.995
"Servicios no personales" Ingresos Ordinarios
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
Refrendado El Ministro de Estado para la Transformación Revolucionaria de la Gran Caracas (L.S.)
Bs.
45.000 15.000 20.000 5.000 30.000
25.000 300.000 85.510 41¿82
de
"Previsión y Protección Social" "Asignación y control de los recursos para gastos de los pensionados y jubilados"
41.280 657.998
657.998
"Transferencias y donadones" Ingresos Ordinarios
657.998
"Pensiones" "Jubilaciones" "Aguinaldos al personal pensionado" "Aportes a caja d e ahorro del personal pensionado" "Aportes a los servidos d e salud, accidentes personales y gastos funerarios del personal pensionado"
85.361 275.765 21.340 18.775
25.093
Martes 2 de agosto de 2011 01.01.13
68.941
"Aguinaldos al personal Jubilado"
Acción Espedflca:
Partida:
"Aportes a caja de ahorro del personal jubilado" 01.01.15 "Aportes a los servidos de salud, accidentes personales y gastos funerarios del personal Jubilado" 390008000 "Orientar y Asesorar para la Impletnantadón del Sistema d e Control Interno en los Órganos y Entes de la APN." 390008004 "Orientar el sistema de control Interno en los órganos y entes de la APN"
Acción Espedflca:
390021002
01.01.14
Proyecto:
4.01
70.397 Partida:
233.581
9.581
"Gastos de personal" Ingresos Ordinarios
2,521
9.581
05.03.00
"Bono vacadonal a empleados"
Acdón Específica:
390008005
"Capadtar en la Implementadón del Sistema de Control Interno"
224.000
"Materiales, suministros mercancías" Ingresos Ordinarios
121.000
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas:
01.01.00 05.03.00 06.08.00 10.05.00 10.06.00 10.08.00
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas:
4.03
Sub-Partlda Genérica, Específica y Sub-Espedfica: Proyecto:
Acción Específica: Partida:
Sub-Partlda Genérica, Específica y Sutj-Específica:
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Espedflcas:
Partida: Sub-Partida Genérica, Espedflca y Sub-Espedfica: Proyecto:
Acción Espedflca: Partida: Sub-Partida Genérica, Espedflca y Sub-Espedfica:
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Espedflcas:
"Alimentos y bebidas para personas" "Productos de papel y cartón para ofidna" "Productos plásticos" "Útiles de escritorio, ofidna y materiales de instrucción" "Condecoraciones, ofrendas y similares" "Materiales para equipos de computación" "Servidos no personales" Ingresos Ordinarios
Acdón Espedflca:
70.000
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Espedficas:
07.02.00 09.01.00 09.02.00 10.11.00
4.04
09.01.00
"Activos reales" Ingresos Ordinarios
390020000 "Fortalecer con Tecnología de Información el Área de Auditoria y Control Interno de la SUNAI" 390020002 "Mantener y fortalecer el área de tecnología de información y telecomunicaciones de la SUNAI" 4.02 "Materiales, suministros y mercancías" Ingresos Ordinarios
10.08.00 4.03
09.02.00 18.01.00
4.04
09.02.00
"Materiales para computadón"
equipos
25.000
Partida:
20.000
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas:
18.01.00
10.000 24.000
Partida:
24.000
Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas:
01.01.00
10.99.00 4.03
01.01.00 07.02.00 18.01.00 390023003
4.02
Partida: 358.400 358.400
Sub-Partidas ' Genéricas, Específicas y Sub-Espedficas:
48.400
"Viáticos y pasajes fuera del país" "Impuesto al valor agregado"
10.000 38.400
"Activos reales" Ingresos Ordinarios
22022!!
"Equipos de computación"
280.000
103.169
"Gastos de personal" Ingresos Ordinarios
42.857
"Bono vacadonal a empleados* "Servidos no personales" Ingresos Ordinarios
42.857 £Q¿U2
"Viáticos y pasajes dentro del país" "Viáticos y pasajes fuera del país* "Impuesto al valor agregado" "Promover en la Ciudadanía el Uso de Herramientas de Control y Auditoria Sodal.* "Capacitar a los dudadanos (as) de comunidades organizadas para la Implementadón de herramientas de control y Auditoría Sodal" "Materiales, suministros y mercancías" Ingresos Ordinarios
43.850 10.000 6.462
"Alimentos y bebidas para personas" "Productos de papel y cartón para ofidna" "Útiles de escritorio, ofidna y materiales de instrucción" "Otros productos y útiles diversos" "Servidos no personales" Ingresos Ordinarios
"Alquileres de edificios y locales" "Imprenta y reproducción" "Impuesto al valor agregado" "Promover y difundir información actualizada sobre partiapación ciudadana, control y auditoría sodal." "Materiales, mercandas"
245.520
59.360 29.000
20.000 3.000 3.000 3.000 30.360
4.000
20.000 6.360
186.160
suministros 31.000
01.01.00
"Alimentos personas"
10.05.00
"Útiles de escritorio, ofidna y materiales de Instrucción" "Otros productos y útiles diversos"
4.03
y
bebidas
para 25.000
"Servidos no personales" Ingresos Ordinarios
3.000 3.000 45.160
Partida:
01.01.00 07.02.00 09.01.00 09.02.00 18.01.00 • 4.07
"Alquileres de edificios y locales" "Imprenta y reproducción" "Viáticos y pasajes dentro del país" "Viáticos y pasajes fuera del país" "Impuesto al valor agregado" "Transferencias y donaciones" Ingresos Ordinarios
10.000 5.000 12.000 10.000 8.160 U&QQQ
Sub-Partlda Genérica, Específica y Sub-Espedfica:
01.02.01
"Donaciones corrientes a personas"
110.000
aüjQfiQ
30.000
"Promover y coordinar los concursos para la previsión del cargo de Auditor Interno en la APN"
Ingresos Ordinarios
.10.99.00
"Servicios no personales" Ingresos Ordinarios
"Impuesto al valor agregado"
4.02
15.000 20.000 10.000
de
390021000 "Fortalecer las Unidades de Auditoria Interna en los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional" 390021001 "Coordinar y supervisar las UAI de los órganos y entes de la APN" 4.03 "Servicios no personales" Ingresos Ordinarios
390023001
4.000
24.000
"Mobiliario y equipos de ofidna"
09.01.00 09.02.00 18.01.00 390023000
10.05.00
Z2ÜQQ
"Imprenta y reproducción" "Viáticos y pasajes dentro del país" "Viáticos y pasajes fuera del país" "Servidos para la elaboradón y suministro de comida " "Impuesto al valor agregado"
05.03.00 4.03
05.03.1X)
1.500 500
Acdón Espedfica:
18.01.00 Partida:
Sub-Partida Genérica, Espedficay Sub-Específica: Partida:
Proyecto:
4.02
4.01
92.326
Sub-Partida Genérica, Espedflca y Sub-Espedfica:
Partida:
387.117
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA '
Artículo 2°. El Superintendente Nacional de Auditoría Interna y el Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto. Dado en Caracas, a los dos días del mes de agosto de dos mil once. Años 201° de la Independencia, 152° de la Federación y 12° de la Revolución Bolivariana. Ejecútese, (L.S.)
107.105 3.936 Í226
3.936
ELIAS JAUA MILANO Refrendado La Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidencia (L.S.) ERIKA DEL VALLE PARIAS PENA
387.118
Martes 2 de agosto «k 2011.
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Refrendado. El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia (L.S.)
TARECK EL AISSAMI
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias (L.S.) RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (LS.)
ANDRES GUILLERMO IZARRA GARCIA
NICOLAS MADURO MOROS Refrendado La Ministra del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas (LS.) JORGE GIORDANI
ISIS OCHOA CANIZALEZ Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Defensa (LS.)
CARLOS OSORIO ZAMBRANO
CARLOS JOSE MATA FIGUEROA Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Comercio (LS.) EDMEE BETANCOURT DE GARCIA
PEDRO CALZADILLA Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Deporte (L-S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería (L.S.)
HECTOR RODRIGUEZ CASTRO JOSE SALAMAT KHAN FERNANDEZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Turismo (LS.)
NICIA MALDONADO MALDONADO ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L-S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (LS.)
NANCY PEREZ SIERRA JUAN CARLOS LOYO HERNANDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica (L.S.) ALI RODRIGUEZ ARAQUE
Refrendado La Ministra del Poder Ponular para la Educación Universitaria (LS.) MARLENE YADIRA CORDOVA
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Juventud 4-.S.) MARIA PILAR HERNANDEZ DOMINGUEZ
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación (LS.) MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (L.S.) MARIA IRIS VARELA RANGEL
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (L.S.) EUGENIA SADER CASTELLANOS
Refrendado El Ministro de Estado para la Banca Pública (L.S.) RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (LS.) MARIA CRISTINA IGLESIAS
Refrendado El Ministro (le Estado para la Transformación Revolucionaria de la Gran Caracas (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones (L.S.)
FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS
FRANCISCO JOSE GARCES DA SILVA
Decreto N° 8.366
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Vivienda y Habitat (L.S.)
02 de agosto de 2011
RICARDO ANTONIO MOUNA PENALOZA
HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía y Petróleo (LS.) RAFAEL DARIO RAMIREZ CARRENO Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (L.S.) ALEJANDRO HITCHER MARVALDI
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mejor eficacia política y calidad revolucionaría en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del país basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA '
Martes 2 de agosto de 2011
Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercido de las atribudones que le confiere el ordinal 13 del artículo 236 y 314 de la Constitudón de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley Orgánica de la Administraaón Financiera del Sector Público, en concordanda con el artículo 3° de las Disposiaones Generales de la Ley de Presupuesto para el Ejerddo Fiscal 2011 y previa autorizaaón concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
387.119
Refrendado B Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas (LS.) JORGE GIORDANI Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Defensa (LS.) CARLOS JOSE MATA FIGUEROA Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Comercio (LS.)
ELIAS JAUA MILANO Vicepresidente Ejecutivo de la República
EDMEE BETANCOURT DE GARCIA
Por delegación del Presidente de la República Hugo Chávez Frías, según Decreto N° 8.328 de fecha 14 de julio de 2011, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.715 del 18 de julio de 2011,
Refrendado B Ministro del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería (LS.)
DECRETA
Refrendado B Ministro del Poder Popular para el Turismo (LS.)
JOSE SALAMAT KHAN FERNANDEZ
ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
Artículo 1°. Se acuerda un crédito adidonal por la cantidad de SETENTA Y NUEVE MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS ONCE BOLIVARES CON SIETE CENTIMOS (Bs. 79.047.311,07), al Presupuesto de Gastos 2011 de la VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, de acuerdo con la siguiente imputadón presupuestaria: VICEPRESmENCXA DC LA REPUBLICA: Proyecto: 3399M000 "Aporta» y flnandar toa Aoción EspedRcs:
339999013
Partida:
4.07
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (LS.) JUAN CARLOS LOYO HERNANDEZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educadón Universitaria (LS.)
79.047.311*07 proyectos da
"Aportes y transferencias financiar ios proyectos dd Fundadón Pro-Patria 2000" Transferencias y Donaciones" - Ingresos Ordinarios
los
79.047.31VJ7
pata ente
MARLENE YADIRA CORDOVA Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educadón (LS.) MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
79.017.311.87 79.017.311.07
Sub-Partidas Genérica, EipecWcay Sub-Espscttca:
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (LS.) EUGENIA SADER CASTELLANOS
03.03.02 A04U
Transferencias de capta! a ikicanti atoada» ski empresariales" Fundadón Pro-Patria 2000
79.047.311,07 79.047.311,07
Articulo 2°. El Vicepresidente Ejecutivo de la República y el Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas, quedan encargados de la ejecución dd presente Decreto. Dado en Caracas, a los dos días del mes de agosto de dos mil once. Años 201° de la Independencia, 152° de la Federación y 12° de la Revolución Bolivariana.
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (LS.) MARIA CRISTINA IGLESIAS Refrendado B Ministro del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones (LS.) FRANCISCO JOSE GARCES DA SILVA Refrendado B Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat (LS.) RICARDO ANTONIO MOLINA PEÑALOZA Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Energía y Petróleo (LS.)
Ejecútese, (LS.)
RAFAEL DARIO RAMIREZ CARREÑO
EUAS JAUA MILANO Refrendado La Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidencia (LS.) ERDCA DEL VALLE FARIAS PENA
Refrendado B Ministro del Poder Popular para el Ambiente (LS.) ALEJANDRO HTTCHER MARVALDI
Refrendado B Ministro del Poder Popular para a e n d a , Tecnología e Industrias Intermedias (LS.) RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Comunicatión y la Información (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Jusütia (LS.)
ANDRES GUILLERMO IZARRA GARCIA
TARECK EL AISSAMI Refrendado La Ministra del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.) NICOLAS MADURO MOROS
ISIS OCHOA CANIZALEZ
387.120
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Martes 2 de agosto«k2011. DECRETA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.) CARLOS OSORIO ZAMBRANO Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (LS.) PEDRO CALZADILLA Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Deporte (LS.)
Artículo 1°. Se acuerda un crédito adicional por la cantidad de SETENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA. Y UN BOLIVARES (Bs. 79.625.351,00), al Presupuesto de Gastos 2011 de la VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria: VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA:
79.625.351,00
HECTOR RODRIGUEZ CASTRO Refrendado La Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (LS.)
Centralizada:
330002000
"Gestión 35.000.000,00
Acción Espedflca:
330002001
'Apoyo Institudonal a las acciones espedficas de los proyectos del organismo"
NIQA MALDONADO MALDONADO Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (LS.)
Partida:
NANCY PEREZ SIERRA Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica (LS.)
Sub-Partidas Genéricas, Especificas y Sub-Espedflcas:
4.02
01.01.00 06.03.00 06.04.00
AU RODRIGUEZ ARAQUE
06.06.00 10.04.00
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Juventud (LS.) MARIA PILAR HERNANDEZ DOMINGUEZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (LS.) MARIA IRIS VARELA RANGEL
Partida: Sub-Paitidas Genéricas, Espedficas y Sub-Espedflcas
Refrendado El Ministro de Estado para la Banca Pública (LS.)
"Servidos No Parsonales" - Ingresos Ordinarios
02.02.00
"Alquileres de equipos de transporte, tracción y elevación " "Almacénale" "PubUddad y propaganda" "Imprenta y reproducción" "Reiadones sodales" "Viáticos y pasajes dentro delpafs" "Otros servidos profesionales y técnicos" "Conservación y reparaciones menores de equipos de transporte, tracdón y elevadón" "Conservación y reparaciones menores de obras en bienes del dominio privado"
07.03.00 09.01.00
Refrendado El Ministro de Estado para la Transformación Revolucionaria de la Gran Caracas (LS.)
10.99.00 11.02.00 FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS 12.01.00
Decreto N° 8.367
02 de agosto de 2011
12.02.00
18.01.00
HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República
Partida: Sub-Partidas Genérica, Específica y Sub-Específica:
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de la atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público y 3° de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
ELIAS JAUA MILANO
Vicepresidente Ejecutivo de la República Por delegación del Presidente de la República Hugo Chávez Frías, según Decreto N° 8.328 de fecha 14 de julio de 2011, Publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.715 de fecha 18 de julio de 2011.
Acción Espedflca: Partida: Sub-Partidas Genérica, Espedflcay Sub-Espedflca:
4.04
01.02.02
5.000.000,00 250.000,00 200.000,00 250.000,00 60.000,00 23.440.000,00
500.000,00 400.000,00 5.400.000,00 3.900.000,00 3.550.000,00 2.500.000,00 1.000.000,00
900.000,00
1.570.000,00
"Conservación y reparaciones menores de obras en bienes del dominio públco" "Impuesto al valor agregado"
"Reparaciones mayores de equipos de transporte, tracdón y elevadón" "Apoyo Institucional sector público"
al
4.07
"Transferencias Donaciones" - Ingresos Ordinarios
y
01.03.02
339999000
Partida:
339999013
4.07
800.000,00 5.M0.0M.0Q
"Transferencias amientes a entes descentralizados sin fines empresariales" Fundadón Misión Milagro
5.000.000,00
5.000.000,00 5.000.000,00
"Aportas financiar los proyecto» de los
Acdón Espedflca:
720.000,00 3.000.000,00 800.000,00
"Activos Reales" - Ingresos Ordinarios
330002003
A0460 Proyecto:
5.760.000,00
'Alimentos y bebidas para personas" "Tintas, pinturas y colorantes" "Productos farmacéuticos y medicamentos" "Productos plásticos" "Cimas menores médico quirúrgicos de laboratorio, dentales y de veterinaria"
4.03
06.02.00 07.01.00 07.02.00 RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
30.000.000.00
, "Materiales, Suministros y Mercancías' - ingresos Oidkiarios
"Aportes y transferencias para flnandar los proyectos del ente Fundación Pro-Patria 2000" "Transferencias y Oonadones" - Ingresos Ordinarios
44.625.351,00
39.625.351.00 39.625.351,00
Martes 2 de agosto de 2011 Sub-Partklas Genérica, Especifica y Sub-Espedñca:
03.03.02 A0411
Acción Especifica:
Partida: Sub-Partidas Genérica, Especifica y Sub-Específica:
339999014
4.07
03.03.05
A0635
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación (LS.)
"Transferencias de capital a entes descentralizados sin fines empresariales" Fundadin Pro-Patria 2000
39.625.351,00 39.625.351,00
'Aportes y transferencias para financiar ios proyectos del Centro Simón BoWvar"
5.000.000,00
Transferencias Donaciones* - Ingresos Ordinarios
y
Transferencias de capital a entes descentralizadas con fines empresariales no petroleros* Gentío Simón Bolívar
387.121
5.000.000,00
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (LS.) EUGENIA SADER CASTELLANOS Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (LS.) MARIA CRISTINA IGLESIAS
5.000.000,00 5.000.000,00
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones (LS.) FRANCISCO JOSE GARCES DA SILVA
Artículo 2°. El Vicepresidente Ejecutivo de la República y el Ministro del Poder Popular de Planificación y Rnanzas, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto. Dado en Caracas, a los dos días del mes de agosto de dos mil once. Años 201° de la Independencia, 152° de la Federación y 12° de la Revolución Boiivariana.
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat (LS.) RICARDO ANTONIO MOLINA PEÑALOZA Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía y Petróleo (LS.) RAFAEL DARIO RAMIREZ CARREÑO
Ejecútese, (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (LS.) ALEJANDRO HITCHER MARVALDI
ELIAS 3AUA MILANO Refrendado La Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidencia (L.S.)
RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO ERIKA DEL VALLE FARIAS PENA
Refrendado El Minlstip del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justtda (LS.) TARECK EL AISSAMI Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.) Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación y Rnanzas (LS.) Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Defensa (L.S.) Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Comercio (L.S.) Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería (LS.) Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Turismo (LS.) Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (LS.) Refrendado La MWstra del Poder Popular para la Educación Universitaria (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias (LS.)
NICOLAS MADURO MOROS
JORGE GIORDANI
CARLOS JOSE MATA FIGUEROA
EDMEE BETANCOURT DE GARCIA
JOSE SALAMAT KHAN FERNANDEZ
ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información (LS.) Refrendado La Ministra del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (LS.) Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (LS.) Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (LS.) Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Deporte (LS.) Refrendado La Ministra del Poder Popular ¿ara los Pueblos Indígenas (L.S.) Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (LS.) Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica (LS.)
ANDRES GUILLERMO IZARRA GARCIA
ISIS OCHOA CANIZALEZ
CARLOS OSORIO ZAMBRANO
PEDRO CALZADILLA
HECTOR RODRIGUEZ CASTRO
NIC3A MALDONADO MALDONADO
NANCY PEREZ SIERRA
AU ROORIGUEZ ARAQUE
JUAN CARLOS LOYO HERNANDEZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Juventud (LS.) MARLENE YADIRA CORDOVA
MARIA PILAR HERNANDEZ DOMINGUEZ
387.122
Martes 2 de agosto «k 2011.
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA A0011
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (LS.) MARIA IRIS VARELA RANGEL Refrendado B Ministro de Estado pará la Banca Pública (LS.)
Servido Autónomo Ofidna* Técnicas dd Conaafo Nadonai da Universidad** (CNU) Insufldanda* en Casta* da Funcionamiento - Universidades Nacionales - Instituto* y Colegio* Universitario*
*
513.778.4d9
*
i»,77»,469
*
370.908.794
*
142J».«75
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
Artículo 2°. Los Ministros del Poder Popular de Planificación y Finanzas y del Poder Popular para la Educación Universitaria, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.
Refrendado B Ministro de Estado para la Transformación Revolucionaria de la Gran Caracas (LS.) FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS
Decreto N° 8.368
02 de agosto de 2011
Dado en Caracas, a los dos días del mes de agosto de dos mil once. Años 201° de la Independencia, 152° de la Federación y 12° de la Revolución Bolivariana. Ejecútese, (LS.) ELIAS JAUA MILANO Refrendado La Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidencia (L.S.)
HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República
ERIKA DEL VALLE PARIAS PEÑA
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y 314 de la Constitución de ta República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y 3 o de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
ELIAS JAUA MILANO Vicepresidente Ejecutivo de la República Por delegación del Presidente de la República Hugo Chávez Frías, según Decreto N° 8.328 de fecha 14 de julio de 2011, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.715 del 18 de julio de 2011.
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia (L.S.) TARECK EL AISSAMI Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.) NICOLAS MADURO MOROS Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas (L.S.) JORGE GIORDANI Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Defensa (US.) CARLOS JOSE MATA FIGUEROA Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Comercio (L.S.) EDMEE BETANCOURT DE GARCIA Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería (LS.)
DECRETA
JOSE SALAMAT KHAN FERNANDEZ
Artículo 1°. Se acuerda un crédito adicional por la cantidad de QUINIENTOS TRECE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLÍVARES (Bs. 513.778.469), al Presupuesto de Gastos 2011 del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA, de acuerdo con la siguiente desagregación: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA 359999000
359999056 Espedflca:
Partida: Sub-Partlda* Genérica, Espadflcay Sub-Espedflca:
4.07
01.03.02
'Aportes y transferencias para financiar los proyectos de los entes descentralizado*' "Aporte* y transferencias para Financiar lo* proyectos del Servido Autónomo _ Ofidna* Técnica* ' d d Cons«]o Nacional de Universidades (CNU)" "Transferencias donadones" - Recursos Ordinario*
"Transferencias corrientes a anta* descentralizado* sin fines empresarial*»*
513.77«-«M
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Turismo (L.S.) ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (LS.) JUAN CARLOS LOYO HERNANDEZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación Universitaria (LS.) MARLENE YADIRA CORDOVA
513.778.469
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación (L.S.) MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
513.778.469 513.778.469
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (LS.) EUGENIA SADER CASTELLANOS
513.778.469
Refrendado La Ministra del Poder Popular para d Trabajo y Seguridad Sodal (L-S.)
MARIA CRISTINA IGLESIAS
Martes 2 de agosto de 2011
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
(LS-)
387.123
02 de agosto de 2011
Decreto N° 8.369
Refrendado B Mlf^tro del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones
'
FRANCISCO JOSE GARCES DA SILVA
HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República
Refrendado B Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat (LS.) RICARDO ANTONIO MOLINA PEÑALOZA Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Energía y Petróleo (L.S.) RAFAEL DARIO RAMIREZ CARRENO Refrendado B Ministro del Poder Popular para el Ambiente (LS.) ALEJANDRO HITCHER MARVALDI Refrendado B Ministro del Poder Popular para Clenda, Tecnología e Industrias Intermedias (LS.) RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Information (LS.) ANDRES GUILLERMO IZARRA GARCIA Refrendado La Ministra del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (L.S.) ISIS OCHOA CAÑIZALEZ
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público y 3 o de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
ELIAS JAUA MILANO Vicepresidente Ejecutivo de la República Por delegación del Presidente de la República Hugo Chávez Frías, según Decreto N° 8.328 de fecha 14 de julio de 2011, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.715 del 18 de julio de 2011.
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Alimentadón (L.S.)
DECRETA CARLOS OSORIO ZAMBRANO
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Cultura .(LS.) PEDRO CALZADILLA Refrendado El Ministro dei Poder Popular para el Deporte (LS.) HECTOR RODRIGUEZ CASTRO
Artículo 1°. Se acuerda un crédito adicional por la cantidad de SETECIENTOS MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS M i l SETECIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs 700.166.760,00), al Presupuesto de Gastos 2011 de MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA U COMUNICACION Y LA INFORMACION, de acuerdo con l« siguiente imputación presupuestaría: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA COMUNICACION Y LA INFORMACIÓN:
Refrendado La Ministra de> Poder Popular para los Pueblos Indígenas (LS.)
Acción Centralizada:
360001000
NICIA MALDONADO MALDONADO Acción Especifica:
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (LS.)
Partida: NANCY PEREZ SIERRA
Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica (LS.)
Subpartidas Genéricas, Especificas y Sub-Específicas:
360001001
4.01
01.10.00 01.18.00
ALI RODRIGUEZ ARAQUE 02.03.00 Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Juventud (LS.)
03.10.00 MARIA PILAR HERNANDEZ DOMINGUEZ
03.21.00 04.15.00 04.18.00
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servido PenitenaariQ (L.S.)
04.26.00
MARIA IRIS VARELA RANGEL Refrendado El Ministro de Estado para la Banca Pública (LS.)
04.97.00 05.01.00 05.03.00 05.04.00 05.06.00 05.07.00 05.08.00
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES Refrendado El Ministro de Estado para la Transformación Revoludonaria de la Gran Caracas (LS.)
06.05.00 06.13.00 07.02.00 07.04.00
FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS
700.1M.760.0C
"Dlreodón y Coordinación de loa Gasto* de loa Trabajadoras"
50.817.207,00
"Asignación y control de los recursos para gastos de los trabajadores"
50.817J07.0C
"Gastos de personal* -Otras Fuentes
"Salarios a obreros en puestos permanentes a tiempo completo" "Remuneraciones al personal contratado" "Compensaciones previstas en las escalas de salarlos al personal obrero fijo a tiempo completo" "Primas por Jerarquía o responsabilidad en el cargo" "Primas por antigüedad a obreros" "Complemento a obreros por trabajo o Jornada nocturna" "Bono compensatorio de alimentación a obreros" "Bono compensatorio de alimentación al personal contratado" "Otros complementos a obreros" "Aguinaldos a empleados" "Bono vacacional a empleados" "Aguinaldos a obreros" "Bono vacadonal a obreros' "Aguinaldos al personal contratado" 'Bono vacacional al personal contratado" "Aporte patronal al Fondo de Ahorro Habitadonal por empleados" "Aporte patronal al Fondo de Ahorro Habitadonal por obreros" "Becas a empleados" "Ayudas por nadmiento de hijos a empleados"
50.817.207,0C
171.854,0C 5.953.198.0C 2.918.912.0C 401.S48.0C 1.966,0C 194.863.0C 1.761.258.0C
1.119.785,00 215.260,00 649.887,00 23.322,00 2.139.129,00 292.500,00 4.676.512,00 638.536,00 123.148,00
206.962.00 17.340,00 200,00
387.124
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 07.07.00 07.08.00 07.09.00 07.10.» 07.11.00 07.12.00 07.24.00 07.25.00 07.27.00 07.33.00 08.02.00 08.03.00
Acdón Centralizada: Acdón Espedflca:
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas:
360002000 360002001
4.02
01.01.00 03.01.00 03.02.00 04.03.00 05.01.00 05.03.00 05.04.00 06.03.00 06.04.00 06.05.00 06.08.00 07.02.00 07.04.00 08.03.00 08.09.00 10.01.00 10.02.00 10.03.00 10.05.00 10.06.00 10.08.00 10.11.00 10.12.00 10.99.00 99.01.00
Partida: Sub-Partidas Gen*rfcaí, Espedficas y Sub-Espedflcas:
4.03
"Aporte patronal a cajas de ahorro por empleados" "Aporte patronal a los servicios de salud, accidentes personales y gastos funerarios por empleados" "Ayudas a empleados para adquisición de uniformes y útiles escotares de sus hijos " "Dotadón de uniformes a empleados"
11.02.00 •
11.07.00 1.660.702,00 11.99.00
36.200,00 40.000,00
12.01.00
"Aporte patronal para gastos de guarderías y preescoiar para hijos de empleados" "Aportes para la adquisición de Juguetes para los hijos del personal empleado" "Aporte patronal a los servidos de salud, accidentes personales y gastos funerarios por obreros* "Ayudas a obreros pera adquisición de uniformes y útiles escolares de sus hijos * 'Aporte petronel para gastos de guarderías y preescoiar para hijos de obraros" "Asistencia socio-económica al personal contratado' "Prestadoras sodales. e indemnizaciones a obreras* "Prestaciones sodales e indemnizaciones al personal contratado"
15.01.00
25.457,00
15.02.00 66.300,00 16.01.00 2.446.767,00 18.01.00 19.01.00 75.200,00 Partida:
4.04
4.749,00 20.554.090,00 2.502.327,00
Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Específicas:
04.01.00 05.01.00 09.01.00 09.02.00 09.03.00
246.546.287,00
"Apoyo institucional a las acdones específicas de los proyectos dd organismo"
01.01.02 03.04.00
911.131,00
"Gestión Administrativa"
"Materiales, suministros mercancías" -Otras Fuentes
988.096,00
50.769.138,00 09.99.00
y
'Alimentos y bebidas para personas* "Textiles* "Prendas de vestir" 'Cauchos y tripas para vehículos' "Pulpa de madera, papel y cartón" "Productos de papel y cartón para ofldna" 'Libros, revistas y periódicos" "Tintas, pinturas y colorantes" "Productos farmacéuticos y medicamentos" 'Productos de tocador" "Productos plásticos" "Vidrios y productos de vidrio" "Cemento, cal y yeso" "Herramientas menores, cuchNeria y artículos generales de ferretería" "Repuestos y accesorios para equipos de transporte" 'Artículos de deporte, recreación y Juguetes" "Materiales y útiles de limpieza y aseo" "Utensilios de codna y comedor" "Útiles de escritorio, ofldna y materiales de Instrucción" "Condecoraciones, ofrendas y similares" "Materiales para equipos de computación" 'Materiales eléctricos" "Materiales para Instalaciones sanitarias" "Otros productos y útiles diversos" "Otros materiales y suministros" "Servidos no personales" -Otras Fuentes
8.126.568,00 99.01.00 Acción Espedflca: *
• •
• •
600.000,00 20.000,00 70.000,00 70.000,00 750.000,00 600.000,00 90.000,00 235.627,00
Partida: Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Espedflcas:
Partida:
•
•
100.000,00
Sub-Partidas Genéricas, Espedficas y Sub-Espedflcas:
• • •
100.000,00 •
4.07
4.07
01.03.02
02.99.00 04.03.00 04.04.00 04.05.00 04.07.00 06.01.00 06.03.00 06.0s.00 07.02.00 '
08.03.00 09.01.00 09.02.00 10.07.00 10.09.00 10.11X0 10.99.00
'Alquileres de equipos de transporte, tracción y elevadón" "Alquileres de otras maquinaria y equipos" "Agua" "Teléfonos" "Servicio de comunicaciones" "Servido-de condominio' "Retes y embalajes" "Estacionamiento" "Servidos de protección en traslado de fondos y de mensajería" Imprenta y reproducción'
•Comisiones y gastos de adquisición de seguros" "Viáticos y pasajes dentro del país" "Viáticos y pasajes fuera del país" 'Servicios de capacitación y adiestramiento" "Servidos de lavandería y tintorería" "Servidos pata la elaboración y suministro gotoíób * "Otros servidos profesionales y bioiicos*
'Apoyo Institucional al sector privado y al sector extamo'
50.000,00 300.000,00 30.000,00 1329.331,00 5.288.271,00 63.791,00
500.000,00 500.000,00 2.000.000,00 1.000.000,00 600.000,00 2.500.000,00 1.000.000,00 400.000,00 500.000,00 35.751.294,00 35.751.294,00
"Transferencias y donaciones" -Otras Fuentes
•
20.000,00
A0608
•
3.100.000,00 70.000,00
A1207 A1214 A1528 A1529 A1530 A1531 Al 539
33.642.570,00
160.025.855,00
"Transferencias y donaciones' -Otras Fuentes
160.025.855,00
"Previsión y Protección Sodal"
5.500,00 150.000,00
10.000,00 1.300.000,00 681.941,00
público"
3C0003000
A0490 A1601 01.03.07
A1540 02.02.00
"Repuestos mayores para equi()OS de transporte, traodón y elevadón" "Maquinaria y equipos de artes gráficas y reproducción" "Vehículos automotores terrestres' "Equipos de telecomunicaciones* "Mobiliario y equipos de ofldna" "Equipos de computación" "Mobiliario y equipos de alojamiento' "Otras máquinas, muebles y demás equipos de ofldna y alojamiento" "Otros activos reales'
A1546
20.000,00
•
•
50.000,00
9.000.000,00
'Activos reales" -Otras Fuentes
"Transferencias corrientes a entes descentralizados sin finas empresariales" "Servido Autónomo Imprenta Nadonal y Gaceta Oficial" "Fundadón Ávila TV" "Fundación El Correo dd Orinoco' "Transferencias corrientes a entes descentralizados con fines empresariales no petroleros' "CA. Venezolana de Televisión (VTV)" "Corporación Venemlana de Telecomunicaciones (OOVFIB.)" 'La Nueva Televisión dd Sur, CA. (T V. SUR)' •Radio Mundial, CA." "Radio Zulia, CA." •Radio Margarita, CA.' "Radiodifusora Los Andes, CA." 'Radio Nacional de Venezuela, CA." "Agenda Venezolana de NaUdas, CA." "La Radio del Sur, CA.-
•
•
150.000,00
360002003
A0079
•
"Servidos de diversión, cspaidmlento y culturales" "Impuesto al valor agregado' "Comisiones por servidos para cumplir con los beneficios sodales*
1.000.000,00
01.02.01
20.000,00
•
"Conservación y reparaciones menores de equipa de transporte, tracdón y elevadón' "Conservación y reparaciones menores de máquinas, muebles y demás eqUpos de ofldna y alojamiento" •Conservación y reparaciones menores de otras maquinaria y equipos" "Conservación y reparaciones menores de obras en bienes del dominio privado" "Derechos de Importación y servidos aduaneros" "Tasas y otros derechos obligatorios1
35.751.294,00 Acción Específica:
3.000,00 1.500,00 100.000,% 5.000,00 4.000,00
•
360002002
Martes 2 de agosto «k 2011.
21.554.644,00 6.912.265,00 2.851.061,00 11.791.318,00 138.471.211,00 45.540.832,00 21.831.469,00 20.517.804,00 3.063.776,00 670.012,00 564.094,00 350.740,00 35.000.000,00 10.429.390,00 503.094,00
200.000,00 300.000,00 60.000,00 2.000.000,00 3.000.000,00 10.000,00 500.000,00 60.000,00 50.000,00 2.000.000,00
2.671.177,00 1.000.000,00 1.000.000,00 2.000.000,00 30.000,00
2.000.000,00 1500.000,00
Acción Centralizada: Acdón Específica: Partida: Sub-Partidas Genéricas, Especiflcasy Sub-Espedflcas:
360003001
4.07
01.01.06 01.01.09 01.01.11
01.01.12 01.01.13 01.01.14
"Asignación y control de recursos para gastos de pensionados y JuMados"
los los
por
accidentes
'Aguinaldos al pensionado' 'Aportes a los servidos accidentes personales Amerarlos del pensionado" "Otras subwendones del
2.964.445,00 2.984.445,00
Transferencias y donaciones" -Otras Fuentes
"Previsión
2.9*4^*45,00
de
33.000,00 23.099,00
de salud, y gastos personal sedo
"Agdnaldos d personal JuMado" 'Aportes a cqja de personal JuMado'
121.700,00 197.2»4,00 7JK T^jQQ
Martes 2 de agosto de 2011
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA '
01.01.15
"Aparta • ta servidos de salud,
01.01.16
Amerarlos ddpereoraljubllado"Otras subnendoras sodo económicas dd personal jubiado"
Partida: 1.439.275,00 651X67,00
Sub-Partidas Genérica», Especllcasy Sub-Espedncss:
27.431.269,00 360045003
Acdón
"Disponer de las necenrk» pera la logfaaa y garandar si mctoramtanto piufeitaid y técnico dd personal -delsdkeodón"
4.04
01.01.02 01.01.03 01X1.07
27.431.269X0
01.02X2
3.925.657,00
03.04.00
4.02 SuWartldas Genéricas,
ti
03.06.00 03.99.00 01.01.00 672.936X0 03.02X0 03.03.00
"PrandK de wsUr*
40.000X0 10.000X0
04.03.00 05X1.00 05.02.00
"Cauchos y Mpes pan veModos" "Pulpa da madera, papd y cartón" Tn wmi y cajas dt pspd y cMtón1 VroáuCtos de papel y cartón para
20.000X0 39.000X0
05.03.00 05.04.00 05.05.00 05.06.00
05.01.00 09.01.00 09.02X0 09X3.00
2.000,00
03.01x0
06.01.00
"Ubres, revfitas y periódtoos" "Material de enseAeraa" "Productos de papal y cartón par» "Productos de papel y cartón para ti Imprenta y reproducción" "Sustandas químicas y de uso
06.03.00 06.04.00
"Tintas, pinturas y mimantes" "Productos farmacéuticos y
06.05.00
"Productos de tocador* "GombusUbiesy lubricantes" "Productos dfcarsos dsilwadot dd petróleo y del carfeón11 "Productos plósttco^ "Vidrios y producto» de vidrio" "Productos primarios ds Marra y
06.06.00 06.07.00 06X10.00 07.02.00 06.01.00
200X0 6X00X0 25.000X0 500,00
Sub^spedncas:
800X0 7.000X0 2X00,00 500,00 40.000X0 11.000X0
"Transferencias motetes s entes ski liras
A0079
"Servido Autónomo Imprenta Nadara) y Gaceta Ofldd"
"Materiales y ótfas de Impteza y 4X00,00 3X00,00 UMas de escritorio, ofldna y mMridas dt Mniodón"
Acdón Espscllcs:
360046001 4.02
Sub-Partidas Genéricas, Espedios y Sub-Espedncss:
10.06.00
745.337,00
Partida:
150.000,00 7X00,00 10.000X0 15X44X0 1.000.000,00
80.000,00
100.000X0
ywnMMroS"
MMS
Sub-Espedncss: Acdón Espsdncs:
18.01.00 360046002
Sub-Partidas Genérica», Espadncss y Sub-Espedflcas:
03X2X0 4X3
dt
equipos
di
02.99X0
fcndos
y
ds
07X1.00 10.99X0
314X00X0 ISOXOOXO 1X00.000X0 2X00X00,00 6300X0
04X4X0 04.05X0 06X1X0
07X2X0 07.01X0 09.01X0 09X2X0 10.11X0
•VHttoo» y (mw)m Jallo ddpafc" "VMHos * parejas tare dd psfc"
50.000X0 300X00X0 200X00X0 3X90X00X0 6.700X00X0
10.99X0
"Otras sarvidos
2J50X00X0
1.200.000,X
Acdón
16X1X0 3(0046003
4X3
Sut) üpeHHret:
07X2X0 18X1X0 4X7
350X00X0
"Matsriaier, suministros morondas" -Otras Fuentes
150.000,00
"Materiales para computación"
equipas
y
de
"Servidos no penondes* -Otras Fuentes
18.000,00
"Impuesto d valor agregado"
16.000,00
"Contratación comerciales"
de
97.056.780,00 250.000,00
250X00,00
"PrandssdevesUr"
96X06.7(0X0
"Ssntdos no psfsonaW -Otras Fuentes
85.122.125X0 "Otras saivHos piufeiluwdai y técnicos" ImpuaMo d Mior agragsdo" "BWioradón de feres, Meto», trípticos y dípticos d u d a s a ios logres y d o r a s dt h gaMón d i IsAM*
1.350.000,00 10.334.655,00
9.493.493X0
i no •OtnsFusntn
3.993.493X0
"Imprenta y r "Impasto d valor agregado*
2.976.333X0 1X17.160X0
Sub-Perdda» Ganários, Eradnos y Sub-€sp»c*cas:
5300X00X0 -Otras Ftantre
01.03X2
"TrarafsrandM cmilaiO» a artss
M079
"Servido Autónomo Imprenta Nadorai y Gaceta Ofldaf
102*34,00 11X7X0
150.000,00
Sub ParBdai
11X2X0 11X3.00
168X00,00
-Otras Fuentes
Subfundas Genéricas, Espedfc*sy Sub-Espsdtos: "AkMsras
165X00,00
"Dtsefo y preduedón de campe/tas comunfcadondes."
4X2
21X38366X0
Cenártcw,
165X00,00
Sub-Partidas Genéricas,
10X00X0 1.196.500,00 (6.000X0 20X84,00 300X00X0 202X00X0
4X3
0807.00
4.03
30.000,00 "Producios ds sagwldad sn d tlStNjO" "MIIHIIII para equipas de
10.11X0 10.12X0 10.13X0 99X1X0
30.000,00
107JS4¿73¿0
Oemunlcec natas*
100X00,00
2X00,00
10.06.00
10.06X0
40.000X0
165.000,00
01.03.02
1.000,00 100.000,00
12X00X0
equlpn» ds transporto" 06.10.00
10.07X0
"Repuestos mayores pare máquinas, muebles y demás equipos de ofldna y atormiento" "Reparadoras mayores de equipos de transporte, tracción y elevación" "Maquinada y equipos de artes gráficas y lepioducclón* "Maquinaria y equipas de energía" "Otra maquinaria y demás equipos de construcción, campo. Industria ytaler" "Equipos de tdeoomunicadones" "MobOtorio y equipos de ofldna* "Equipos de computación" -MoMario y equipos de
40.000,00
SUbPartdss Genéricas,
06.09.00
10 X3X0 10.05.00
"Repuestos mayores para equipas de transporte, tracción y devadón•Repuestos mayores para equipas de comunicaciones y de
"Transferencias y donadoras* -Otras Fuentes
5.000,00
15.000X0 "Herramientas manoras, c u M s i i y srtfoulos generales ds ferieteito"
10.02.00
1.502.044,00
"AcUvos reales" -Otras Fuentes
30.000X0
10.000X0 05.07.00
387.125
5300X00X0 5300X00X0
55X00X0 11.99X0
360046004 40X00.00
sfeUsidón
y
50X00X0 300X00X0 2.906.4MX0
y
dfedto d i y
12X1X0
16X1.00
"WM«o
4X3
"Servido» no pirnindw"
di
616X00X0 66X00X0
387.126
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SUb+HtUH Gsnéricas, Eapedfcasy
Martes 2 de agosto«k2011.
4J3 18X1X0 4.04
Impuesto al vrior agregado* 'Activos resta" -Otras FUntos
Genéricas»
09X2X0
590X00X0 120X0 12.115X0
360047001
Twgwraa* d i C l p K M é n pan Producdón Mador* J. U ^ flupanm y n o n u o« In- oa • Ley Renta"
Acción
IM^I^MII^^
4X2
01X1X0 4.03
^MhWk, sunanHius msreandas* -Otras Furnias
"Amiantos personas"
y
M t h
S P 9 200X0
3X10.680,00
y 24.000X0
para
01X1X0
24X00X0
2xei.6ao,oo
"Servidos no personeies' -Otras FuenUs
oaxMo aguaos da tranapuitor
Genéricas, Espedfcasy SutKspedhos:
4X3 07X1.00 09.01.00 10.07X0
'Tk
NMRTM • • • • ¿ • runaaoao¡É y propeganoa "Viáticos y pasajes dentro del pafe" "SsivMos • da capaUUUón y
10.11X0
"Servidos para la elaboiadón y • IILIILLLIIU- _TI_ J-JULLLíl iwiwwyw oa tuwwie "Otros servidos profesionales y técrtoos" Tasas y otras dawte
250.000,00 75.000,00
U
1X00.000,00 10.99.00 15.02.00
a
35X00,00
GMlélfcHi EspedRcas y Sub-EspedRas:
18X1.00
Subvertidas Genéricas, EspedAcasy Sub-Espectlos:
4.04
04.05.00 09.01.00
09.01.00 12.02.00
235.680,00
m
ACBvos reales" -Otras Fuentes
95.000,00
"MobMario y equipos de oficina" "Derechos de autor"
90X00,00 5.000,00 810.000,00
"Otras Fuentes
M0048000
Acción Espectlca:
360048004 4X2
Sub-Pvtktas Genéricas, Especficasy SuMspedTIcas:
01.01.00 4.03
SuWaitldaí Genéricas, EspedRcasy SufrEspedlcas:
a
810.000,00
iiiisluí» a . i . , n n i i i m da Información Regional (OIR) como red da laadips y anáMs cofnuniceclone! es&afeáplco del Estado* "Consoldadón da la comunicacional regional"
red
"Materiales, sunWstros mercancías* -Otras Ríanlas
y
"Aftnentos y perlones" .
bebidas
79.500,00
para
Acdón_ Espedflca:
"Otros ssnktas proiMionata y
15.02.00
y otros os" Impuesto al valor agregado'
4.04
05.01.00 09.01.00 09.02.00 99.01.00
360050001
Subvertidas Genéricas, Espedncasy Sub-EspecBcas:
05.01.X 4.03
10X8X0
3J00X0
"Acares restes" -Oías Fuentes
19.500X0 39.000X0 78.000,00 250.000,00
Equipos dsWaconwnkadones* "MoMkrio y equipos de ofldna' -Equipos da computación' •Otros activos reales" TuitslaLlwIsnte da las
tta I
r • 11 • I -i - I - -
Aoompanmano sooai oa na Madtoi AtematMa» y Comunitario*"
1.950354X0 43X00X0
02.02.00 07.01.00 07.02.00 07.03X0 09.01X0
457.500,00 69.400,00 4575,00 72.768X0
10X7.00 10.11.00
"Dotación de fotoooptodoras, mataitalii da I m p i A W da condominios, ilgutarei, compra da tamMbla^ adeouadén, umim*t*m*o y equipamiento general de afidna" y
"Cauchos y tripas pera vehículos" "Productos da papal y cartón para -LÜI IMT ononv "Tintas* pinturas y uotorartn* ^Gomburtbtas y lubricantos" "Utitas da asertorio, ofldna y motoristas da MbuodánT "Materiales para equipos da computedón"
1X79.024X0
"Servidos no peraonaias" -Otras Fusntas
'AlquHras de aqu»os de transporta, tracción y slwsdón" •PuMdcM y propaganda* I m p u t a y ^producción' pak" "Servidos
• da
_ _ _ _ tapedarión
18X1.00 4X4
113X75X0 Subpartidas Genéricas, Espedncasy SubíJpedBcas:
164X00X0 212X00X0 52J00X0
y
72X00X0
•Servidos para la stoboratün y sunHstrodscnrUa
169X00X0
Impuesto al valor agragado*
208.924X0
15X2.00
91.140/»
41.ffM.OT
Tulpa de madera, papd y cartón'
Genéricas,
05X1X0
06X3.00 06.06.00 10.05X0
900.000.00
19.500X0 425X00X0
4X2
Sub-EspedHcas:
-impuesto al valor agregado"
04X3.00 05.03.00
780X00X0 1.000.000X0
10.99X0
79.500,00 604.243,00
-Servidos no paisonstar -Otras Fuentes
"HatarWas, suministros mana w•iirtii* m MT -Otras Fuentas
da
-TL-B
-curas Fuentes
18.01.00
4.02
7MJ1M0
683.743,00
15X2.00
360048005
Subfartldas Genérica* Espedfcasy Sub DpeJ»rnr
contentes
"Viáticos y pasajes dentro del país* "Servidos pira Is sjsboradón y suministro de comida" Tmm y otras derechos
09X1X0 10.11.00
Acción
Partida:
"Donaciones personas"
-•-..-
Sub-Partidas Genéricas, Sufr'Especftcas?
01.02.01
equipos U
10.09.00
"Transferencias y donaciones"
Sub-Partidas Genéricas, Espedfcasy • Sub-€spedBcas:
IMJHJI—
uaraponat, u v u n y wMoon "Alquitaras da otra» maquinarla y ciáticos y p M j v dentro e)"FUndadón Inmuto de Ertudos Avanzados (IDEA)" "Fundadón pata d Desandb de la Clenda y la Teondogii d d Estado Carabobo (Fundecte-Carabobof "Fundadón para d Besarte*) de b Clenda y la Tacnoiogii d d Estado Fdcón (Fundndte-Fakón)" "Fundadón para d Desandb de la Oanda y la Tecndogfi d d Estado Mértda (Fundada Héilda)" "Fundadón para d Desandb de la Oanda y la Tacndogis d d Estado TtdUra (Fundacte-TtdUrar "Fundadón para d Dasandb de b Ctanda y la Tecndogb del Estado Sucre (Fundedoe-Sucre)" Tundadón InoOtuto de para la Invesügedón y Tecnológico (FfflTT)" "Fundadón Vsratane da (nuMsisr "Fundadón Centro Nadond de Taaiotogb Q u M a (CNTQ)' •Fundadón para d ftsaaiuBu da b Cbnda y b Tecndogb en d Estado Amelona (Fundadle-Amazonas)' •Fundadón para d Oesaiiulu da b OaneJb y b Tecndogb an d Estado Apure (Fundadta-Apure)" "Fundadón para d Desandb de b Oanda y b Tecnología en d Estado Bermas (Fúndame-Peí mas)' "Fundadón para d Dasandto de b Oanda y b Tecndogb en d Estado Data Amacuro (FUndadtfrOdto Amacuro)" "Fundadón para d Desandto de b Cbnda y b Tecnologb en d Estado Guárico (Fundadte-Guérloo)" •Fundadón para d Dasandb de b Oanda y b Tecnologb d d Estado Moriegas (Fundadte-Monegas)" "Fundadón para d Desarropo de b Cbnda y b Teoidogb en d Estado Nueva Esparta (Fundadle Nueva Esparta)' •Fundadón para d Desandb de b O n d a y b Tecndogb en d Estado Trujao (Fundadte-TruMo)T u n d r i í n p n i d Oeserrolo de le Cbnda y b Tacndogb en d Estado Yaraary (Fundadtt-Yaracuy)" "Fundación Centro Nadond de e Tecnologías Ubres ( C B C n a . ) ' "IraOtuto P o M Triep^floo de (IPOSTH.)" "Alende B o í m I m p m ActMdedes Espadaba (ABAE)" T l m f n n d H o o n l M i i entes can fines
Acción Especflca:
569999014
247.470.3S5 28.763.071 2.564.748 338.890 540.954
4.07
Partida: Subpartidas Genérica, EspecMcay Sub-Cspedta:
01.03412
"Fundadón InvesBgarlones (FUNVISIS)"
'
387.129
Venezdana de StSHidóylCBS 777.639
"Aportes y Transferencias para Flnandar los Proyectos del Ente Fundación Gran Mariscal de Ayacucho (RJNDAYACUCHO)" "Transferencias y donaciones' Recursos Ordnarios
218.743.511 218.743.511
"Transferencias corrientes descenbafaados ski 218.743.511
1.200.000 71.905
A0333
Acdón Espedflca:
569999032
941303 39.120 80.727
Subpartidas Genérica, Espedtay Subfspednca:
"Fundación Gran Mariscal Ayacud» (RJNDAYACUCHO)"
de 218.743.S11
'Aportas y Transferencias para Hnanctar los Proyectos dd Ente Fundación para d Desarrollo de b Cbnda y b Tecndogb dd Estado Carabobo (Fundadte-Carabobo)"
44)7
"Transferencias y dunsc tonel" Recursos Ordinarios
01.03.02
"Transferencias corrientes a
243.580 243380
ates
243480
"Fundadón para d Desandb de b Cbnda y b Tacndogb d d ~ Carabobo (Fundadte-Carabobo)"
243380
5.502.950 A0316
1.500.000 1431.944
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Acoon Espeanca.
569999034
72.535 958.720 233407
290.000
33.695
Sub-Partidas Genérica, Espedflcay 01.03.02 A0434
Transferencias corrientes a entes desea .2
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29.00»
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IV.
ANEXO N* Í Otras hiaiflrlns adiciónale*rtaeasSas
TARJETAS DE DÉBITO
En e n e apartado se p i w n f e informando sobre d TriiHff* de puntos de venia, auscwaáftcos que tarjetas de débito e a i t i d a i por las instituciones bancarias. licencias M a s e s o y Visa.
i y caeros i otortaaüenio de VlM W l BAMOO
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Algunos negocios atibados débito, y aquello* que sólo vanea de to a n e a s de dábale
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de dos opos de t e n u n a k a . los qae a c e d a n las transacciones de débito, lo cual origina que el regirte al de Isa tarjetas d> crédito.
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Estas a i j e f e s puetkn ser u t i l i z a o s sólo a nivel MCWMI y son recibidas en 261.048 terminales de punios de ventas, instalado* ea 206 802 negocios afiliados asi como en 8.9S3 cajeros automáticos (Anexo N ' 4).
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Martes 2 de agosto de 2011
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DESPACHO DE LA MINISTRA Caracas.
2 J JUL 2011 201° y 152®
Martes 2 de agosto «k 2011.
CORTES CAMACHO, LORENZO CRUDELE PÉREZ, ROGER J E S Ú S DÁVILA DUARTE, HÉCTOR VALENTIN DELGADO QABOIN, ALFONSO RAFAEL ESTÉVEZ HERNÁNDEZ. J O S É ANTONIO FIGUEROA, LUIS JOSÉ GONZÁLEZ CASAÑAS, MANUEL GERMÁNICO MARTÍNEZ GARCIA, EULALIO GREGORIO MARTÍNEZ QUINTERO.FREDDY ALBERTO NAPOLITANO ESLAVA. LEONARDO PÉREZ FRÍAS, LUIS ALFREDO PÉREZ MICHINEL. FRANCISCO JOSÉ PÉREZ PÉREZ. ISAAC ANTONIO TINEO SUÁREZ. ALEXEI TORREALBA SPINETTI. RAFAEL ANTONIO TORRES ORTA, MANUEL ENRIQUE VEJAR. JOSÉ CIRILO VILOR1A GÓMEZ. RAFAEL ÁNGEL TERCERA CLASE ORDEN. AWGEI IA I AYA;
RESOLUCIÓN De conformidad a lo establecido en el articulo 3* d e la Ley sobre condecoración "Orden al Mérito en al Trabajo", publicada en Gaceta Oficial N° 38.920 de fecha 29 d e abril d e 2008. s e confiar» la condecoración ORDEN AL MÉRITO EN EL TRABAJO, como reconocimiento a su compromiso, preparación, perseverancia y entereza en el trabajo realizado en la SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA, a los siguientes ciudadanos: PRIMERA CLASE ORDEN. EUMELIA HERNÁNDEZ: ÁNGEL MONTILLA, CARMEN EDI LIA CAMACHO FERNÁNDEZ. CARMEN OMAIRA IZARRA LUCENA, DIENNY JAZMIN LOZANO SANABRIA, MIRNA JOSEFINA MACHADO. MARÍA JACINTA MEJlA PAREDES, ONELSI JOSEFINA MONSALVE GONZÁLEZ, MIRIAM JOSEFINA MONTAÑA VILLEGAS. MERY DEL CARMEN MONTES DE SOUSA, MARÍA DE LOS RAMOS MOSCHELLA CABRILES. MAURA ARACELIS PALACIOS, BETTY MORELLA PEÑA. OLIVIA DE JESÚS PÉREZ, OMAIRA PINZÓN ÁLVAREZ, ROSA ALEJANDRINA RIVAS. ÁNGELA MARlA SÁNCHEZ CALDERÓN, JUNEIDA JOSEFINA SERNA TEJADA, ANA BEGOÑA VIVAS RIVERA, ROSALBA YÁNEZ PAIVA. AGNES IVETT
AGOSTA ESCALONA. YRENALKA MORELBA ARIAS BRICEÑO, YEUTZA YASMÍN BERARDONE IUORNO, MARÍA ROSARIA CASTRO VIVAS, YUSMARY YADIRA CEDEÑO ORTEGA. FABIOLA OKIRA COLMENARES, AUDA JOSEFINA COLMENARES, NANCY ELIZABETH CÓRDOVA TOVAR, ANDREINA LEYEIRA DELGADO DABOiN. BELKIS JANETT GARCÍA MANRIQUE. MAUREEN EMPERATRIZ GARCÍA MÁRQUEZ. MARÍA ALEJANDRA GONZÁLEZ SÁNCHEZ. MARÍA DE LOS ÁNGELES HOHLE FUENMAYOR. MARÍA ANA HUIZIVÁSQUEZ, EVELYN CAROLINA JASPE GARCÍA, MARÍA ELENA MENESES RANGEL. YTAMAR EUNICE NAVA BASTIDAS, LISBELIA PAREDES MORALES. LYDIA TERESA PEÑA REINA, MARY YAZMÍN PERDOMO DE LEAÑEZ, ÁNGELA MERCEDES PEREIRA DE BARROS, MARY CARMEN ROA VIVAS, ANDREINA DEL CARMEN ROORÍGUEZ DAVID , RORA1MA JOSEFINA SALAZAR SOLÍS, TERESA SÁNCHEZ ALVARADO. EDILY ALEXANDRA URBINA MONCAYO, AIDA MERCEDES URIBE BRITO, YLAYALITH USECHE TORREALBA, CANAIMA YURUBI VALERA QUINTERO, MARYLUZ VALERO GONZÁLEZ, KELLY KATIUSKA VI LORIA GONZÁLEZ. LOLIMAR ZAMBRANO, YEIMI BELÉN
PRIMERA CLASE ORDEN. ALFREDO MANEIRO: ÁLVAREZ CUMARE, MARIO MAURICIO BARRERA NÚÑEZ, RAÚL INÉS CÁCERES MONTAÑÉZ, PEDRO JOSÉ CAMBERA YBARRA, CARLOS ALFREDO CARRERA ALVARADO. HENRY ELOY DE LEÓN SEPÚLVEDA, W1LLIAM GÁMEZ. ELEAZAR GUZMAN, ENRIQUE ANTONIO LIMPIO REYES, RAMÓN RAFAEL MORALES, OSWALDO JOSÉ PACHECO GARCIA, LUIS FERNANDO PALMA RODRIGUEZ, MARIO RAFAEL PERAZZO MARRERO, JOSE GREGORIO QUINTERO MÁRQUEZ. RICARDO ALONSO SALCEDO TREJO, LUIS ENRIQUE SEGUNDA CLASE ORDEN. CARMEN CLEMENTE TRAVIESO: BARRETO ALCOBA. THAYDES LEONOR CALDERON LÓPEZ, YADIRA DE JESÚS DÍAZ, MARIANELLA ESPINOZA AULAR, AREUS FELICIA ESTABA PÉREZ. VILMA JOSEFINA FIGUERA CELIS. YANTAMY DEL VALLE GAZAUI NUITER. ISABEL CRISTINA GONZÁLEZ DE ROJAS. MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, CARMEN HAYDEE GRATEROL PÉREZ, ALEJANDRINA HERNÁNDEZ. LUISA JOSEFINA LO PRESTI GALLO, MARINA VINCENZA LÓPEZ LABADI, MARÍA TRINIDAD MÁRQUEZ SÁNCHEZ, ESTHER MERCEDES MEDINA GONZÁLEZ, AIDA COROMOTO MINCHOLA GÓMEZ, GRISEL DEL VALLE MOLINA GUEVARA, ELIZABETH MORENO MENDEZ, MARÍA ELENA OSANDO PÉREZ. BEATRIZ OE LOURDES ORTA BASTIDAS, JANNIA DEL CARMEN PACHECO ROGES, XIOMARA QUINDNA PARICA LEAL, YSMARY OMAIRA RIVAS ZABALA, YADIRA LISBETH RODRÍGUEZ SEGOV1A, MARÍA CLARET SOSA TORRES, DARYEUNG COROMOTO TAMARA FUENTES, PETRA MARÍA Ti NEO GARCIA, JOSEFA MARÍA SEGUNDA CLASE ORDEN. ANTONIO DÍAZ ' P O P E ' : AZUAJE . ORLANDO DE JESÚS 8ELISARIO, RAFAEL ENRIQUE CARABALLO. JOSÉ LUIS
TERCERA CLASE ORDEN. PEDRO PASCUAL ABARCA: ACUÑA RODRÍGUEZ, DANIEL ANTONIO ALMEIDA GÁMEZ, VIRGILIO OCANDO ARCIA. JACINTO ANTONIO ARELLAN ZURITA. YOSMER DANIEL ARELLAN ZURITA, JEAN FRANCO ARÉVALO MORENO. ELIAS EDUARDO BARRIOS MALAVÉ, PEDRO ALFREDO CABEZA ANZOÁTEGUI, EDUARDO VALENTÍN CÁCERES TORRES. JESÚS MARÍA CARABALLO, JAVIER AMADO CASTILLO. NAUDY EMMANNUELL DE JESÚS CHACÓN. KAL1F SAÚL COLMENARES CAPOTE. CARLOS ANDRÉS CORDERO MORALES. FEDERICO JOSÉ CRESPO DOMÍNGUEZ. ROYDERILARIS DIAMOND SALAS, WILDEN ALEXANDER DOMINGUEZ MATUTE.CARLOS EDUARDO ESCALONA COLINA. LARW1N NAZARET FERNÁNDEZ ROSALES. ROMAN ALBERTO HERNÁNOEZ MANZANILLA. LUIS ENRIQUE LEÓN PEÑA, TONY OMAR LUCERO GIL, MIGUEL ÁNGEL MARTINEZ VICICONT1. RAFAEL ENRIQUE MORALES COVA, MANUEL ANTONIO PERDOMO URPINO. EDGAR J E S Ú S RAMIREZ MOROS. MANUEL ANTONIO SANQSTER SARRIN, WLADIMIR ALBERTO SILVA CÓRDOVA, FELIX EDUARDO SOJO. VALERIO HORACIO SUAREZ ZAMBRANO. FREDOY JOSÉ TORRES ARVELO, CARLOS RAMÓN USECHE GARCIA. DANIEL ALFONSO
C o m u n i q u — y Publiques». Por ai Ejecutivo Nacional,
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Martes 2 de agosto de 2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DESPACHO DE LA MINISTRA Caracas,
2 9 JUL 2011 201° y 152°
N-946G
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBITAT REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M I N I S T E R I O DEL P O D E R P O P U L A R VIVIENDA Y HABITAT
PARA
DESPACHO DEL MINISTRO - CONSULTORÍA JURÍDICA NÚMERO: 115 CARACAS, 29 DE JULIO DE 2011
RESOLUCIÓN De conformidad a lo establecido en el articulo 3 o de la Ley sobre condecoración "Orden al Mérito en el Trabajo', publicada en Gaceta Oficial N° 38.920 de fecha 29 de abril de 2008, s e confiere la condecoración ORDEN AL MÉRITO EN EL TRABAJO, como reconocimiento a su compromiso, preparación, perseverancia y entereza en ei trabajo realizado en el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, a los siguientes ciudadanos: PRIMERA CLASE ORDEN. ALFREDO MANEIRO: RAMOS SEIJAS, ORLANDO JUSTINIANO Comuniqúese y Publiquese. Por el Ejecutivo Nacional, MArtft ÜRISfflNA IGLBfaAS MINISTRA DEL PODE&POPULAR PAMtEL TRABAJAS SEGURIDAD SOCIAL N^c. »
201° y 152° RESOLUCIÓN En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 34, 62 y 77, numerales 2 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo previsto en los artículos 5, numeral 2 y 19 último aparte, de la Ley del Estatuto de la Función Pública; y conforme al Decreto N° 7.513 de fecha 22 de junio de 2010, correspondiente a la creación dei Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat y Decreto N" 7.514 de fecha 22 de junio de 2010, relativo a la designación del Ministro del Poder Pppular para Vivienda y Hábitat, publicados en ia Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.451 de la misma fecha, reimpreso por error en Gaceta Oficial N° 39.461 de fecha 08 de julio de 2020; este Despacho Ministerial, RESUELVE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DESPACHO DE LA MINISTRA Caracas, 2 9 JUL " " 201° y 152° N° RESOLUCIÓN De conformidad a lo establecido en el articulo 3* d e la Ley sobre condecoración 'Orden al Mérito en el Trabajo", publicada an Gaceta Oficial N° 38.920 de fecha 29 de abril de 2008, s e confiere la condecoración ORDEN AL MÉRITO EN EL TRABAJO, como reconocimiento a su compromiso, preparación, peraeverancia y entereza en al trabajo realizado en el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, HOSPITAL MILITAR "DR. CARLOS AKVELO", a los siguientes ciudadanos:
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VALERA DE RODRÍGUEZ, ROSALBA SEGUNDA CLASE ORDEN. ANTONIO DLAZ -POPE": ARAVICHE, DIONY ALBERTO BRICEÑO ESTABA, HÉCTOR JOSÉ CASTELLANO RODRÍGUEZ. CARLOS RAMÓN CHIRINOS LÓPEZ. ARGENIS JOSÉ CRUZ MARTÍNEZ, JOSÉ LUIS GONZÁLEZ PÁEZ, PEDRO DOMINGO MARQUINA CARRILLO, MIGUEL ÁNGEL TERCERA CLASE ORDEN. ARGELIA LAYA: BELLORlN PINO, MARISOL TERCERA CLASE ORDEN. PEDRO PASCUAL ABARCA: CASTELLANOS ALDANA. RICHARD EZEQUIEL GALLARDO PINEDA. FRANK JUNIOR RIERA TORREALBA, OSCAR ENRIQUE
Comuniqúese y Publiquese, Por el Ejecutivo Nacional,
M A l á X ^ m a f t l N A KaLwu?*. ^ . • MINISTRA DEL PODEÍWOPULAR P A » g L TW®AJOTV SEGURIDAD SOCIAL N
Articulo 1. Designar al ciudadano CARLOS DAVID MAGDALENO ARTEAGA, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.856.100, como DIRECTOR GENERAL DE PROYECTOS DEL SISTEMA NACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT, adscrito al Despacho del Viceministro de Planificación y Desarrollo del Sistema Nacional de Vivienda y Háoitat de este Ministerio. Artículo 2. Corresponde al ciudadano CARLOS DAVID MAGDALENO ARTEAGA, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.856.100, como DIRECTOR GENERAL DE PROYECTOS DEL SISTEMA NACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT, adscrito al Despacho del Viceministro de Planificación y Desarrollo del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat de este Ministerio, las atribuciones y firma de las actos que a continuación se indican: 1. Analizar y recomendar cursos de acción con base a las evaluaciones técnicas, económicas y sociales, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el objetivo planteado. 2. Establecer las prioridades de ejecución de obras en función de los parámetros técnicos, económicos y sociales definidos. 3. Establecer los mecanismos que midan el impacto social de las obras a ejecutar. 4. Evaluar los planes de contingencia a ios proyectos de vivienda y hábitat. 5. Evaluar los desarrollos habitacionales ejecutados por el Despacho del Viceministro de Articulación y Gestión del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat para analizar los resultados e introducir los ajustes necesarios. 6. Revisar la programación de inversiones a seguir para el desarrollo de las obras a ejecutar. 7. Garantizar ia factibilidad de los proyectos de vivienda y hábitat. 8. Elaborar los proyectos arquitectónicos y urbanísticos correspondientes a los desarrollos habitacionales del Despacho del Viceministro de Planificación y Políticas del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat. 9. Elaborar los lineamientos técnicos urbanos para el diseño de los nuevos desarrollos de vivienda y hábitat. 10. Formular los proyectos de desarrollo urbano a nivel de arquitectura e ingeniería, que den respuesta al contexto, el espacio publico, los equipamientos, servicios de infraestructura y vialidad. 11. Establecer la estructura de costos de administración de los fondos previstos , en la Ley y las comisiones por los servicios de los operadores financieros y del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat. 12. Solicitar y rendir cuenta por las asignaciones, competencias, planes y programas de su responsabilidad. 13. Las demás que el Viceministro o Viceministra considere asignarle y las que establezcan las leyes, reglamentos, decretos y resoluciones en las materias de su competencia. Artículo 3. Los actos y documentos que ei prenombrado funcionario firme de conformidad con esta Resolución, deberán indiqfr inmediatamente bajo ia firma del funcionario, nombre de quien Iqis suscribe, la titularidad con que actúa, la fecha y el número de la Resolución y Gaceta Oficial en la que haya sido publicada, según lo establece el artículo 18, numeral 7 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Artículo 4. El prenombrado ciudadano deberá rendir cuenta al Viceministro de Planificación y Desarrollo del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat de todos los actos y documentos que haya firmado en ejercicio de la delegación prevista en la presente Resolución.
387.160
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Artículo 5. La designación y delegación contenidas en la presente Resolución serán ejercidas por el prenombrado ciudadano a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
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RBmiCABOUVARlANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL POOER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBXTAT DESPACHO DEL MINISTRO. CONSULTORÍA JURÍDICA NÚMERO:^'CARACAS, 3X_ DE JULIO DE 2011
Martes 2 de agosto«k2011.
Articulo 4.: Se corrige el error material contenido en el Artículo 7 de la Resolución ut supra identificada; el cual quedará redactado en los términos siguientes: "Artículo 7.: B montcrde la cuota Metí que será aplicable a k» créditos hipotecarios a otorgarse con bs recursos propios de las Instituciones financieras, de los Fondos regulados por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestadonal de Vivienda y Hábitat y tos creados por eí Órgano Superior del Sistema Nadonal de Vivienda y Hábitat, se determinará sobre el monto establecido como máximo en el artículo 4, una vez deducido el subsidió correspondiente en caso de que aplique, y se fijará en ios términos siguientes:
INGRESO FAMILIAR EN SALARIOS MINIMOS (SU) Menos de 2 SU Entre 2 y 3 SM Entra 3 y 4 SU Entra 4y6SU Más de 6 SM
CUOTA
INICIAL
0% 2% SU 10% 20%
201°, 152* En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 77, numeral 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo previsto en los artículos 16 y 84 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos; el artículo 6, numeral 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestadonal de Vivienda y Hábitat y el artículo 4 de la Ley de Publicaciones Oficiales; este Despacho Ministerial,
Artículo 5.: Se ordena la reimpresión de la Resolución N° 103, de fecha 19 de julio de 2011, publicada en Gaceta Oficial de ia República Bolivariana de Venezuela N° 39.716, de la misma fecha; subsanando los errores indicados en los artículos precedentes y cualquier otro a que hubiere lugar, manteniendo el número y fecha de la citada Resolución.
Qamo^íc^jesgxPyblíqvisse-^
RESUELVE
felcardo M o l i r v J g ^ z f c ^
Ministro del Poder Popular f
Articulo 1.: Se corrige el error material contenido en el Artículo 1 de la Resolución N° 103, de fecha 19 de julio de 2011, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.716, de la misma fecha; el cual quedará redactado en los términos siguientes:
"Artículo 1.: Establecer las condiciones de flnandamiento que regirán el otorgamiento de créditos para la Adquisición de vivienda principal con recursos propios de las instituciones financieras, establecidos en la cartera hipotecaria obligatoria, con recursos provenientes de ios Fondos regulados por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestadonal de Vivienda y Hábitat y, con recursos provenientes de ios fondos que al efecto cree el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat."
Articulo 2.: Se corrige el error material contenido en el Artículo 4 de la Resolución ut supra identificada; el cual quedará redactado en los términos siguientes: "Artículo 4.: B monto máximo aplicable por concepto de Subsidio Directo Habitacional más ei monto a otorgar por concepto de crédito hipotecario para la adquisición de vMenda principal, será hasta por la cantidad de Bs. 270.000,00. El Subsidio Directo Habitacional, solo se otorgará a quienes no hayan recibido anteriormente ningún beneficio de este tipo. El monto máximo establecido en el presente artículo no apKca, a los fínandamientos de adquisición de vMenda principal que se otorguen con recursos propios de ¡as instituciones financieras, para ios solicitantes con ingresos mayores a 4 salarios mínimos, de conformidad con el porcentaje establecido por el Ministerio del Poder Popular con competencia en Materia de Vivienda y Hábitat, en la resolución que establece ta distribución de ¡a Cartera Hipotecaria Obligatoria."
Articulo 3.: Se corrige el error material contenido en el Parágrafo Único, Artículo 5 de la Resolución ut supra identificada; el cual quedará plasmado de la siguiente maneta: "Parágrafo Único: En kx c a s e s que se entregue ei den por ciento (100%) dd subsidio directo habitacional temporal, en fundón ai monto máximo establecido en el artículo 4, ei subsidio otorgado será sujeto a revisión en el lapso de dos años, momento en el cual se evaluarán las condiciones económicas del grupo familiar y se establecerá el monto del fínandamiento del crédito hipotecario en función de! ingreso familiar. B periodo comprendido entre ei momento de protocolización dei documento con ei den por ciento , ,'tVH. i dei subsidio adjudicado, hasta ei momento donde comentará a regir el pago de las cuotas del préstamo hipotecario, se considerara de plazo muerta El Organo Superior de! Sistema V a - v w . ole I M ) i •habitat a Pavés Je' ente que este oesione.
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DESPACHO DEL MINISTRO. CONSULTORÍA JURÍDICA NÚMERO: 103 CARACAS, 19 DE JULIO DE 2011 201°, 152° En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 60 y 77, numerales 13 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; el artículo 6, numerales 1, 2 y 8, artículos 56 y 28 numeral 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestadonal de Vivienda y Hábitat, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 60 y 90 ejusdem. CONSIDERANDO Que es obligación del Estado venezolano garantizar el derecho a la vivienda consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asegurando el acceso de los ciudadanos y ciudadanas a las políticas, programas y proyectos que desarrolle en esa materia; conforme a los principios constitucionales de justicia social, igualdad y equidad, dando prioridad a las familias de escasos recursos y de atención especial; CONSIDERANDO Que corresponde al Estado venezolano a través del órgano Supwior del Sistema Nacional de Vivienda la rectoría del Sistema Nadonal de VMenda y Hábitat, conjuntamente con el Ministerio con Competencia en materia de Vivienda y Hábitat como parte Integrante de dicho Órgáno, la regulación, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política integral en materia de vivienda y hábitat; así como el estabiedmifnto de las condiciones financieras que regirán los créditos hipotecarios que se concedan bajo los lincamientos de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
RESUELVE Articulo 1.: Establecer las condiciones de flnandamiento que regirán ei otorgamiento de créditos para la Adquisición; de vivienda principal con recursos propios de las instituciones financieras, establecidos en la cartera hipotecaria obligatoria, con recursos provenientes de los Fondos regulados por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestadonal dé Vivienda y Hábitat y, con recursos provenientes de los fondos que al efecto cree el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat. Articulo 2.: Las cuotas mensuales máximas para el pago de los préstamos hipotecarios no superarán el treinta y cinco por ciento (35%) del ingreso familiar mensual.
Martes 2 de agosto de 2011
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Artículo 3.: Los préstamos hipotecarios para adquisición de vivienda principal podrán concederse por un plazo máximo de veinticinco (25) años. Artículo 4.: El monto máximo aplicable por concepto de Subsidio Directo Habitadonal más el monto a otorgar por concepto de crédito hipotecario para la adquisición de vivienda principal, será hasta por la cantidad de Bs. 270.000,00. El Subsidio Directo Habitadonal, solo se otorgará a quienes no hayan reabido anteriormente ningún benefiao de este tipo. El monto máximo estableado en el presente artículo no aplica, a los finandamientos de adquisición de vivienda prindpal que se otorguen con recursos propios de las instituciones financieras, para los solicitantes con ingresos mayores a 4 salarios mínimos, de conformidad con el porcentaje estableddo por el Ministerio del Poder Popular con competenda en Materia de Vivienda y Hábitat, en la resoludón que establece la distribudón de la Cartera Hipotecarla Obligatoria.
Articulo 9.: Los operadores financieros, autorizados por el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), solidtarán a cada deudor hipotecario la consignación anual de los recaudos necesarios para la determinación de la tasa en fundón del ingreso familiar mensual. Artículo 10.: El Banco Nadonal velará por el cumplimiento de esta previstas en el Decreto con Rango, Prestacional de Vivienda y Hábitat, sea aplicable.
de Vivienda y Hábitat (BANAVIH) resoludón y aplicará las sandones Valor y Fuerza de Ley del Régimen sin perjuido de cualquier otra que
Artículo 11.: Se deroga cualquier normativa de rango sublegal que colida con la presente Resolución. La presente Resoludón entrará en vlgenda a partir de su publicadón en la Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela.
Articulo 5.: El benefidario del préstamo hipotecario para la adquisidón de vivienda prindpal redblrá el Subsidio Directo Habitadonal de acuerdo al Ingreso de su grupo familiar, hasta por los porcentajes que se indican en la siguiente escala:
Comuniqúese y Publíquese,
4
cará& bolina
er popular
INGRESO FAMUAR EN SAlvARIOS MÍNIMOS (SM)
SUBSIDIO %
4
80 77.42 74.84 72.26 69,68 67,10 64.52 61,94 59,35 56,77 54,1951.61 49,03 46,45 43,67 41.29 38,71 36,13 33,55 30,97 28,39 25,81 23,23 20,65 18,06 15,48 12,90 10,32 7.74 5,16 2.58 0.00
' "
Parágrafo Único: En los casos que se entregue el den por ciento (100%) del subsidio directo habitadonal temporal, en fundón al monto máximo estableddo en el artículo 4, el subsidio otorgado será sujeto a revisión en el lapso de dos años, momento en el cual se evaluarán las condidones económicas del grupo familiar y se establecerá el monto del finandamiento del crédito hipotecario en fundón del ingreso familiar. El periodo comprendido entre el momento de protocolización del documento con el d e n por dentó (100%) del subsidio adjudicado, hasta el momento donde comenzará a regir el pago de las cuotas del préstamo hipotecario; se considerara de plazo muerto. El Órgano Superior del Sistema Nadonal de Vivienda y Hábitat, a través del ente que este designe, efectuará la revisión de los casos establecidos en el presente párrafo. Artículo 6.: Los préstamos hipotecarios para la adquisiaón de vivienda prindpal podrán ser otorgados hasta por el cien por ciento (100%) del valor del inmueble dado en garantía, según el avalúo que se practique y de acuerdo al ingreso familiar mensual. Artículo 7.: El monto de la cuota inicial que será aplicable a los créditos hipotecarios a otorgarse con los recursos propios de las institudones finanaeras, de los Fondos regulados por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestadonal de Vivienda y Hábitat y los creados por el Órgano Superior del Sistema Nadonal de Vivienda y Hábitat, se determinará sobre el monto establecido como máximo en el artículo 4, una vez deducido el subsidio correspondiente en caso de que aplique, y se fijará en los términos siguientes: INGRESO FAMILIAR EN SALARIOS MÍNIMOS (SM) Menos de 2 SM Entre 2 y 3 SM Entre 3 v 4 SM Entre 4 y 6 SM Más de 6 SM
Hábitat
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VPEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBITAT DESPACHO DEL MINISTRO CONSULTORiA JURIDICA NÚMERO: 106 CARACAS, 22 JULIO DE 2011 201*y 152* RESOLUCIÓN En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 1 0 , 1 1 , 1 2 , 1 3 , 25, 26 y 27, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda en concordancia con el articulo 52 de la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat; y conforme al Decreto N* 7.513 de fecha 22 de junio de 2010, correspondiente a la creación del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat y Decreto N* 7.514 de fecha 22 de junio de 2010, relativo a la designación del Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat, publicados en Gaceta Oficial N° 39.451 de la misma fecha; reimpresa por error material en Gaceta Oficial N* 39.461 de facha 8 de julio de 2010, este Despacho Ministerial. CONSIDERANDO Que es obligación del Estado Venezolano garantizar el derecho a la vivienda consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asegurando el acceso de los ciudadanos y ciudadanas a las políticas, programas y proyectos que desarrolle en esa materia, conforme a principios constitucionales de justicia social, igualdad y equidad, dando prioridad a las familias de escasos recursos y de atención especial; CONSIDERANDO Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat dentro del marco del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Emergencia para Terrenos y Vivienda, proteger el interés colectivo inherente al derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias: CONSIDERANDO
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Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poder Popular» para Vivienda y Hábitat la regulación, formulación, ejecución, seguimiento y" evaluación de la política integral del Estado en materia de vivienda y hábitat,\ CONSIDERANDO Que mediante Resolución N' 073 de fecha 03 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N* 39.685 de fecha 31 de mayo de 2011, se calificó de urgente la ejecución de un conjunto de obra» por parte del Instituto Nacional de Vivienda (INAVI), RESUELVE Articulo 1. Se ordena la ocupación de urgencia de los bienes inmuebles de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 144 VIVIENDAS MULTIFAMILIARES EN EL DESARROLLO HABITACIONAL CAÑO SECO". ubicada en ef Sector Cafío Seco, pasando el Puente La Blanca, Ef Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida; correspondiente a la Construcción de Urbanismo y Ciento Cuarenta y Cuatro (144) Viviendas Multifamiliares, con un área de extensión de terreno de SIETE MIL NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (7.900 Mts'), con los siguientes linderos: Norte: Con terrenos particulares; Sur: Con la Carretera Panamericana franja derecha de vía por medio y casa del vendedor; Este: Con Terrenos de Luis León denominado Cafto Seco II; Oeate: Con terrenos de Olga Pernia, Víctor Pemia. Omaira Pernia y Barrio 12 de Octubre: y cuyas medidas en coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM) son:
CUOTA INICIAL 0% 2% 5% 10% 20%
Artículo 8.: Los parámetros establecidos en los artículos anteriores no se aplicarán a los préstamos hipotecarios aprobados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Resoludón.
PUNTO
NORTE E-P: 955.807.000 E-2: 955.815.825 E-4: 955.684.346 E-R: 955.688.000
ESTE E-P: 211.500.991 E-2: 211.838.110 E-4: 211.6S6.S85 E-R: 211.489.000
Articulo 2. La ejecución de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 144 VIVIENDAS MULTIFAMILIARES EN EL DESARROLLO HABITACIONAL CANO SECO", será asumida por el Instituto Nacional de Vivienda (INAVI).
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REPÚBLICA
Articulo 3. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
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RICARDO\ANTONIO MOL|¡A \ Ministro %
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBITAT DESPACHO DEL MINISTRO CONSULTORlA JURÍDICA NÚMERO: 106 CARACAS, 22 JULIO DE 2011 201* y 152* RESOLUCIÓN En ejercicio d e las atribuciones conferidas por ios articulos 10, 11, 12, 13. 25, 26 y 27, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda en concordancia con el articulo 52 de la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat; y conforme al Decreto N° 7 513 de fecha 22 de junio de 2010, correspondiente a la creación del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat y Decreto N* 7.514 de fecha 22 de junio de 2010, relativo a la designación del Ministro del Poder Popujar para Vivienda y Hábitat, publicados en Gaceta Oficial N° 39.451 de la misma fecha; reimpresa por error material en Gaceta Oficial N° 39.461 de fecha 8 de julio de 2010, este Despacho Ministerial,
Martes 2 de agosto «k 2011.
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBITAT DESPACHO DEL MINISTRO CONSULTORÍA JURÍDICA NÚMERO: 107 CARACAS, 22 JULIO DE 2011 201* y 152* RESOLUCIÓN En ejercicio de las atribuciones conferidas por los articulos 10. 11, 12, 13Í 25, 26 y 27, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza d e Ley Orgánica d a Emergencia para Terrenos y Vivienda en concordancia con el artículo 52 del la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat; y conforme af Decreto N* 7.513 de fecha 22 de junio d e 2010, correspondiente a l a creación del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat y Decreto! N° 7.514 de f e c h a 22 d e junio d e 2010, relativo a la designación del Ministra del Poder Popular para Vivienda y Hábitat, publicados en Gaceta Oficial N j 39.451 de la misma fecha; reimpresa por error material e n Gaceta Oficial W 39.461 d e fecha 8 d e julio de 2010, este Despacho Ministerial, CONSIDERANDO Que e s obligación del Estado Venezolano garantizar el d e r e c h o a la vivienda c o n s a g r a d o e n la Constitución d e ia República Bolivariana de Venezuela, a s e g u r a n d o el a c c e s o d e los ciudadanos y c i u d a d a n a s a las políticas, programas y proyectos que desarrolle en e s a materia, conforme i principios constitucionales de justicia social, igualdad y equidad, dando prioridad a las familias d e e s c a s o s recursos y de atención especial; CONSIDERANDO
CONSIDERANDO Que e s obligación del Estado Venezolano garantizar el derecho a la vivienda consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asegurando el acceso de los ciudadanos y ciudadanas a las políticas, programas y proyectos que desarrolle en esa materia, conforme a principios constitucionales de justicia social, igualdad y equidad, dando prioridad a las familias de escasos recursos y de atención especial; CONSIDERANDO Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat dentro del marco del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Emergencia para Terrenos y Vivienda, proteger el interés colectivo inherente al derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias; CONSIDERANDO Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat la regulación, formulación, ejecución, seguimientoyy evaluación de la política integral del Estado en materia de vivienda y hábitat.
CONSIDERANDO Que mediante Resolución N" 073 de fecha 03 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.685 de fecha 31 de mayo de 2011, s e calificó de urgente la ejecución de un conjunto de obras por parte del Instituto Nacional de Vivienda (INAVI), RESUELVE Artículo 1. S e ordena la ocupación de urgencia de los bienes inmuebles de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 32 VIVIENDAS MULTIFAMIUARES EN EL DESARROLLO HABITACIONAL LA CARABOBO", ubicada en Urbanización La Carabobo, Sector El Chama del Estado Mérida; correspondiente a la Construcción de Urbanismo y Treinta y Dos (32) Viviendas Multifamiliares, con un área de extensión de terreno de TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON VEINTIDÓS METROS CUADRADOS (367,22 Mts2), con los siguientes linderos; Norts: Con el Rio Chama; Sur: Con la Quebrada la Fría; Este: Con Via Principal El Arenal; Oeste: Con Quebrada la Fría; y cuyas medidas en coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM) son: PUNTO
NORTE L-1: 947.312.26 L-11: 947.215.78 L-12: 947.212.08 L-21: 947.305.51
ESTE L-1: 260.472.83 L-11: 260.463.75 L-12: 260.426.56 L-21: 260.423.13
Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poded Popular para Vivienda y Hábitat dentro del marco del Decreto con RangoJ Valor y Fuerza d e Ley de Emergencia para Terrenos y Vivienda, proteger el interés colectivo inherente al derecho a una vivienda a d e c u a d a , s e g u r a ] cómoda, higiénica con servicios básicos esenciales q u e incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias; CONSIDERANDO Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Pod^f Popular para Vivienda y Hábitat la regulación, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política integral del E s t a d o en materia d é vivienda y hábitat, CONSIDERANDO Que mediante Resolución N° 073 de fecha 0 3 de mayo d e 2011, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N" 39.685 de fecha 31 de mayo d e 2011, s e calificó d e urgente la ejecución d e un conjunto de obras por parte del instituto Nacional de Vivienda (INAVI).
RESUELVE Artículo 1. S e ordena la ocupación de urgencia de los bienes inmuebles d e la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 112 VIVIENDAS MULTIFAMILIARES EN EL DESARROLLO HABITACIONAL DOÑA ROSA", ubicada en el Arenal, Sector Dofla Rosa a n t e s del Puente la fría, via San Jacinto, Estado Mérida; correspondiente a la Construcción de Urbanismo y Ciento Doce (112) Viviendas Multifamiliares. con un á r e a d e extensión de terreno de NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMETROS (9.637, 58 Mts 2 ), con los siguientes linderos: Norte: Con una extensión de 61,45 Mts 2 con curso d e agua propiedad de la Alcaldía Libertador; S u r : con una extensión d e 46,11 Mts 2 con terrenos de propiedad d e Pablo P a r e d e s y Luz Marina Bez (vendedores); E s t e : Con una extensión d e 228,87 Mts 2 con terrenos propiedad de los vendedores; O e s t e : con una extensión d e 211,39 Mts 2 con terrenos en parte con via que conduce al Arenal y e n parte propiedad d e los vendedores; y cuyas medidas en c o o r d e n a d a s Universal Transversal Mercator (UTM) son:
PUNTO
NORTE A-1: 951.055.000 A-3: 951.049.007 A-4:950.966.614 A-5: 951.005.804
ESTE A-1: 265.581.000 A-3: 265.527.740 A-4: 265.488.771 A-5: 265.663.355
Articulo 2. La ejecución de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 32 VIVIENDAS MULTIFAMIUARES EN EL DESARROLLO HABITACIONAL LA CARABOBO", será asumida por el Instituto Nacional de Vivienda (INAVI).
Articulo 3. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Articulo 2. La ejecución d e la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 112 VIVIENDAS MULTIFAMIUARES EN EL DESARROLLO HABITACIONAL DOÑA ROSA", s e r á asumida por el instituto Nacional del Vivienda (INAVI).
Articulo 3. La presente Resolución entrará e n vigencia a partir d e SU publicación en la G a c e t a Oficial d e la República Bolivariana de Venezuela. C»rtn*(lgíq¡l*S~\
RICARI^O ANTONI^
RICARDO
IALOZA
Martes 2 de agosto de 2011
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA '
R E D U C A BOUVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBITAT DESPACHO DEL MINISTRO CONSULTORÍA JURÍDICA NÚMERO: 108 CARACAS, 22 JUUO DE 2011 201* y 152* RESOLUCIÓN En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 10, 11, 12, 13, 25, 26 y 27, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda en concordancia con el articulo 52 de la Ley del Régimen Prestadonal de Vivienda y Hábitat; y conforma al Decreto N" 7.513 de fecha 22 de junio de 2010, correspondiente a la creación del Ministerio cel Poder Popular para Vivienda y Hábitat y Decreto N° 7.514 de fecha 22 de junio de 2010, relativo a la designación del Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat, publicados en Gaceta Oficial N° 39.451 de la misma fecha; reimpresa por error material en Gaceta Oficial N° 39 461 de fecha 8 de julio de 2010, este Despacho Ministerial, CONSIDERANDO Que e s obligación del Estado Venezolano garantizar el derecho a la vivienda consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asegurando el acceso de los ciudadanos y ciudadanas a las políticas, programas y proyectos que desarrolle en e s a materia, conforme a principios constitucionales de justicia social, igualdad y equidad, dando prioridad a las familias de escasos recursos y de atención especial; CONSIDERANDO Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat dentro del marco del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Emergencia para Terrenos y Vivienda, proteger el interés colectivo inherente al derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias; CONSIDERANDO Hit Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat la regulación, formulación, ejecución, seguirnentow evaluación de la política integral del Estado en materia de vivienda y hábitat, \ CONSIDERANDO Que mediante Resolución N° 073 de fecha 03 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.685 de fecha 31 de mayo d e 2011, s e calificó de urgente la ejecución de un conjunto de obras por parte del Instituto Nacional de Vivienda (INAVI), RESUELVE
PUNTO
NORTE A-1: 933.077.05 A-5: 993.005.05 A-6: 993.070.33 A-10: 993.156.73
ESTE A.1: 249.428.69 A-5: 249.484.90 A-6: 249.618.33 A-10: 249.574.66
Articulo 2. La ejecución de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 128 VIVIENDAS MULTIFAMILIARES EN EL DESARROLLO HABITACIONAL FREDOY ASCANIO". será asumida por el Instituto Nacional d e Vivienda (INAVI). Artículo 3. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
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fecha 22 de junio de 2010, correspondiente a la creación del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat y Decreto N* 7.514 de fecha 22 de junio de 2010, relativo a la designadón del Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat, publicados en Gaceta Ofidal N° 39.451 de la misma fecha: reimpresa por error material en Gaceta Ofidal N° 39.461 de fecha 8 de julio de 2010, este Despacho Ministerial, CONSIDERANDO Que es obligadón del Estado Venezolano garantizar ei derecho a la vivienda consagrado en la Constitudón de la República Bolivariana de Venezuela, asegurando el acceso de los dudadanos y d u d a d a n a s a las políticas, programas y proyectos que desarrolle en e s a materia, conforme a prindpios constitucionales de justida sodal, igualdad y equidad, dando prioridad a las familias de escasos recursos y de atendón espedal; CONSIDERANDO Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat dentro del marco del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Emergenda para Terrenos y Vivienda, proteger el interés colectivo inherente al derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica con servidos básicos e s e n d a l e s que induyan un hábitat que humanice las reiadones familiares, vecinales y comunitarias; CONSIDERANDO Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poder Popula; para Vivienda y Hábitat la regulación, formuladón, ejecudón, seguimiento y evaluación de la política integral del Estado en materia de vivienda y hábitat, CONSIDERANDO Que mediante Resoludón N* 073 de fecha 03 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela N* 39.685 de fecha 31 de mayo de 2011, se calificó de urgente la ejecudón de un conjunto de obras por parte del Instituto Nacional de Vivienda (INAVI), RESUELVE Articulo 1. Se ordena la ocupación de urgenda de los bienes inmuebles de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 36 VIVIENDAS PAREADAS EN EL DESARROLLO HABITACIONAL LUCHADORES POR LA DIGNIDAD", ubicada en la Avenida Bolívar, San Juan de Lagunillas, Sector Milla,* cerca del Liceo Portuguesa, Munidpio Sucre del estado Mérida; correspondiente a la Construcción de Urbanismo y Treinta y Seis (36) Viviendas Pareadas, con un área de extensión de terreno de DIEZ MIL NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (10.900 Mts2), con los siguientes linderos: Norte: Con iina extensión de 67 Mts2, con terrenos que e s o fue de Omaira Monsalve, Sur: Con una extensión de 50 Mts2, que comunica la pobladón de San Juan; Este: Con una extensión de 216.50 Mts2, con terrenos que fue o e s de la dudadana Dora Díaz de Motni; Oeste: Con una extensión de 220,10 Mts2, con terrenos que son o fueron de la Universidad de Los Andes; y cuyas medidas en coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM) son: PUNTO
Articulo 1. S e ordena la ocupación de urgencia de los bienes inmuebles de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 128 VIVIENDAS MULTHFAMIUARES EN EL DESARROLLO HABITACIONAL FREDDY ASCANIO", ubicada en el sector El Pinar, Vía Santa María, detrás del CDI, Parroquia Florencio Ramírez, Municipio Caraccioio Parra y Olmedo del Estado Mérida; correspondiente a la Construcción de Urbanismo y Ciento Veintiocho (128) Viviendas Multífamiliares, con un área de extensión de terreno de TREINTA MIL TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (30.330 Mts3), con los siguientes linderos: Norte: Con mejoras de Alberto Gutiérrez, con extensión de 388,30 Mts2; Sur: Con mejoras de Manuel Venera, con una extensión de 294,30 Mts2; Este: Con mejoras de María Uzcátegui con una extensión de 101,60 Mts2; Oeste: Con calle Santa Lucia, con una extensión de 92,20 Mts2; y cuyas medidas en coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM) son:
387.163
NORTE ESTE LD-1: 941122.943 LD-1: 240865.631 LD-4: 941132.149 LD-4: 240922.832 LD-20: 941344.994 LD-20: 240877.599 LD-25: 941341.119 LD-25: 240825.653
Articulo 2. La ejecución de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 36 VIVIENDAS PAREADAS EN EL DESARROLLO HABITACIONAL LUCHADORES POR LA DIGNIDAD", será asumida por el Instituto Nacional de Vivienda (INAVI). Articulo 3. La presente Resoludón entrará en vigenda a partir de su publicadón en la Gaceta Oficial d e la República Bolivariana de Venezuela.
RICARDO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBITAT D E S P A C H O DEL MINISTRO CONSULTORÍA JURÍDICA NÚMERO: 110 CARACAS, 22 JULIO DE 2011 201* y 152*
OZA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBITAT DESPACHO DEL MINISTRO CONSULTORÍA JURÍDICA NÚMERO: 109 CARACAS, 22 JULIO DE 2011 201° y 152° RESOLUCIÓN En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 10, 11, 12, 13. 25, 26 y 27, del Decreto con Rango, Valor.y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda en concordancia con el artículo 52 de la Ley del Régimen Prestadonal de Vivienda y Hábitat, y conforme al Decreto N° 7.513 de
RESOLUCIÓN En ejercicio d e las atribuciones conferidas por los artículos 10, 11, 12, 13, 25, 26 y 27, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza d e Ley Orgánica d e Emergencia para T e r r e n o s y Vivienda en concordancia con el artículo 52 d e la Ley dei Régimen P r e s t a d o n a l d e Vivienda y Hábitat; y conforme al Decreto N° 7.513 d e f e c h a 22 d e junio d e 2010, correspondiente a la creación del Ministerio del P o d e r Popular p a r a Vivienda y Hábitat y Decreto N° 7.514 d e f e c h a 22 d e junio d e 2010, relativo a la d e s i g n a d ó n del Ministro del P o d e r Popular para Vivienda y Hábitat, publicados e n G a c e t a Oficial N° 39.451 d e la misma fecha; reimpresa por error material e n G a c e t a Oficial N° 39.461 d e fecha 8 d e julio d e 2010, e s t e D e s p a c h o Ministerial, CONSIDERANDO Q u e e s obligación del Estado Venezolano garantizar el d e r e c h o a la vivienda c o n s a g r a d o e n la Constitución d e la República Bolivariana d e Vertezue;a, a s e g u r a n d o el a c c e s o d e los c i u d a d a n o s y d u d a d a n a s a las
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GACETA OFICIAL DE LA R E P Ú B L I C A BOLIVARIANA DE VENEZUELA
políticas, programas y proyectos que desarrolle en esa materia, conforme a principios constitucionales de justicia social, igualdad y equidad, dando prioridad a las familias de escasos recursos y de atención especial; CONSIDERANDO Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poder • Popular para Vivienda y Hábitat dentro del marco del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Emergencia para Terrenos y Vivienda, proteger el interés colectivo inherente al derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias; CONSIDERANDO Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat la regulación, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política integral del Estado en materia de vivienda y hábitat. CONSIDERANDO Que mediante Resolución N° 073 de fecha 03 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.685 de fecha 31 de mayo de 2011, se calificó de urgente la ejecución de un conjunto de obras por parte del Instituto Nacional de Vivienda (INAVI), RESUELVE Artículo 1. Se ordena la ocupación de urgencia de los bienes inmuebles de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 132 VIVIENDAS UNIFAMILIARES EN EL DESARROLLO HABITACIONAL RENACER BOLIVARIANO", ubicada en Mucuchles, Sector El Pantano, entrada a 100Mts del Castillo San Ignacio, Primera Calle a la Derecha, Municipio Rangel del Estado Mérida; correspondiente a la Construcción de Urbanismo y Ciento Treinta y Dos (132) Viviendas Unifamiliares, con un área de extensión de terreno de TREINTA Y T R E S MIL NOVECIENTOS O C H E N T A M E T R O S C U A D R A D O S (33.980 Mts2), con los siguientes linderos: Norte: Con una extensión de 67 Mts2, colinda antes con e! camino Torondoy, hoy muro de piedra, propiedad de la sucesión Espinoza; S u r : Con una extensión de 366 Mts2, colinda con terreno Propiedad Municipal, hoy conjunto Residencial Las Colinas en parte con casa Sede San Benito; Eate: Con extensión de 327 Mts2, colinda con el zanjón del Pantano con terrenos que fueron de Manuel Rangel hoy Luis Rangel; O e s t e : Con extensión de 352 Mts2, colinda con una linea que partiendo del camino de Torondoy sea tangente a la arista hoy terreno que son o fueron de la sucesión Espinoza; y cuyas medidas en coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM) son: PUNTO
NORTE E-1 :.968.320.00 E-4: 968.194.12 E-6: 968.081.28 E-7: 968.077.22
IESTE E-1: 288.887.00 I E-4: 288.863.25 E-6: 288.831.55 E-7: 288.963.76
Articulo 2. La ejecución de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y 132 VIVIENDAS UNIFAMILIARES EN EL DESARROLLO HABITACIONAL RENACER BOLIVARIANO", será asumida por el Instituto Nacional de Vivienda (INAVI). Articulo 3. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
M a r t e s 2 d e a g o s t o «k 2011.
CONSIDERANDO Que es obligación del Estado Venezolano garantizar el derecho a la vivienda consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asegurando el "acceso de los ciudadanos y ciudadanas a las políticas, programas y proyectos que desarrolle en esa materia, conforme ai principios constitucionales de justicia social, igualdad y equidad, dando prioridad a las familias de escasos recursos y de atención especial CONSIDERANDO Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Podei Popular para Vivienda y Hábitat dentro del marco del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Emergencia para Terrenos y Vivienda, proteger el interés colectivo inherente al derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica con servicios básicos esenciales que incluyan un háty&i que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias; jf/j CONSIDERANDO
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Que corresponde al Estado Venezolano a través del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat la regulación, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política integral del Estado en materia de vivienda y hábitat; RESUELVE Articulo 1. Calificar de urgente la ejecución de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y CUARENTA Y OCHO (48) VIVIENDAS PAREADAS EN EL DESARROLLO HABITACIONAL EL COBRE", ubicada en la Calle El Cobre, sector El Cobre, detrás del terminal del trolebús, frente a Residencias Jardines El Trapiche, Municipio Campo Ellas del estado Mérida, correspondiente a la Construcción de Urbanismo y Cuarenta y Ocho (48) Viviendas Pareadas, conformado por una superficie de terreno^ aproximada de T R E S MIL C U A T R O C I E N T O S TREINTA Y NUEVE M E T R O S C U A D R A D O S C O N CINCUENTA D E C I M E T R O S C U A D R A D O S (3.439,^Mts2), con los siguientes linderos: Norte: En parte terreno que es o fue de Méndez Labrador y en parte casa que es o fue de la familia Araque, con una extensión de 87,10ml; S u r : Con casa que es o fue de la familia Villegas en parte y la calle El cobre, con una extensión de 51,70Mts; E s t e : Con el Camino El Cobre en un extensión de 40,20ml; O e s t e : Con e l ' Trapiche que es o fue de Mago Uzcategui en una extensión de 54,03Mts; y cuyas medidas en Coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM), son: PUNTO
NORTE C-l: 944.994.379 8-9:945.031.060 C-12: 944.982.334 C-16: 944.972.918
ESTE C-1: 252.711.526 C-9: 252.651.916 C-12: 252.654.884 C-16: 252.693 743
Articulo 2. En virtud de la calificación contenida en ei articulo anterior, se ordena la ocupación de urgencia del bien inmueble antes identificado y en el cual se ejecutará la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y CUARENTA Y OCHO (48) VIVIENDAS PAREADAS EN Ek DESARROLLO HABITACIONAL EL COBRE", por lo que se deben» simplificar loa trámites y ejercer las acciones legales, financieras y técnicas, tendentes a garantizar la celeridad de su ejecución en el marco del Decreto! con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Emergencia para Terrenos ^ Vivienda. Articulo 3. La ejecución de la obra "CONSTRUCCIÓN DE URBANISMO Y| CUARENTA Y OCHO (48) VIVIENDAS PAREADAS EN EÜ DESARROLLO HABITACIONAL EL COBRE", será asumida por e l Instituto Nacional de Vivienda (INAVI). Articulo 4. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de s i j publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
REPÚBUCA B 0 U M W W N A 0 E VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBITAT DESPACHO DEL MINISTRO CONSULTORlA JURÍDICA NÚMERO: 113 CARACAS, 22 J U U O DE 2011 201* y 162* RESOLUCIÓN En ejercicio d e ta* atribuciones conferidas por los artículos 10, 11, 12, 13. 25, 26 y 27, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza d e Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda e n concordancia con el articulo 52 d« la Ley