BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE JAEN Viernes, 4 de Febrero de 2005

Número 28

BOP digit@l Desde el día 1 de enero de 2004, el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, sólo en internet. www.dipujaen.com

Sumario: Administración Local

Junta de Andalucía

Diputación Provincial de Jaén. Instituto Provincial de Asuntos Sociales.–Aprobadas las solicitudes de subvención al amparo de la «Convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos menores de veinte mil habitantes y a Asociaciones de la provincia de Jaén en materia de Servicios Sociales» del año 2004.

Consejería de Empleo. Delegación Provincial de Jaén.–Notificaciones a empresas de expedientes sancionadores.–Tablas salariales 2004/2005, del Convenio Colectivo de Trabajo, de ámbito sectorial, para Industria Siderometalúrgica de la provincia de Jaén.

Ayuntamiento de Mancha Real.–Aprobado definitivamente el expediente de modificación de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2005. Ayuntamiento de Jabalquinto.–Aprobado definitivamente el Presupuesto Municipal del ejercicio 2004. Ayuntamiento de Úbeda.–Expuesto a información pública el Convenio Urbanístico a firmar entre el Ayuntamiento de Úbeda y la mercantil Ube&Lin, S.L. Ayuntamiento de Martos.–Notificación a propietario de vehículo abandonado en la vía pública.–Aprobada la ordenanza general reguladora de Subvenciones municipales. Ayuntamiento de Bélmez de la Moraleda.–Notificaciones de expedientes sancionadores por infracciones de Tráfico.

Consejería de Obras Públicas y Transportes. Delegación Provincial de Jaén.–Notificaciones de pliegos de cargos por no destinar la vivienda adjudicada a domicilio habitual y permanente.–Notificación a don Francisco Javier García Martín de daños ocasionados a elementos de la carretera A-340, p.k. 95,300. Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. Delegación Provincial de Jaén.–Notificación de expediente de reconocimiento y calificación de la condición de minusválido.–Notificación de suspensión de pago de pensión no contributiva. Consejería de Medio Ambiente. Delegación Provincial de Jaén.–Anuncios de deslinde de la vía pecuaria Vereda Mágina, en los tramos desde la A-324 hasta el Pico Mágina, y desde el núcleo urbano de Huelma, hasta el 2.º curce con la A-324, junto al depósito de agua.

Ayuntamiento de La Iruela.–Solicitud de licencia municipal para construcción del Complejo Rural «Los Olivares».

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Ayuntamiento de Bailén.–Admitidos a trámite Proyectos de Actuación para ampliación de cerámica, ampliación de nave industrial, e implantación de industria de cerámica.–Solicitud de licencia municipal para legalización de cerámica.

Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Provincial de Murcia. Unidades de Recaudación Ejecutiva núms. 5 y 6. Notificaciones de requerimientos de bienes, embargos de salarios y de sueldos.–Unidad de Recaudación Ejecutiva 4 de Lorca. Notificaciones de embargos de salarios, vehículos, cuentas y requerimientos de bienes.

Ayuntamiento de Los Villares.–Admitido a trámite Proyecto de actuación para traslado y modernización de instalaciones de almazara. Ayuntamiento de Torredonjimeno.–Solicitud de licencia municipal de un local para Pubs y bares con música. Ayuntamiento de Beas de Segura.–Abierto el plazo de solicitudes para nombramiento de Juez de Paz, titular y sustituto. Ayuntamiento de Santiago de Calatrava.–Acuerdo de adjudicación de «Proyecto de desvío de línea y nuevo C.T. en Santiago de Calatrava». Ayuntamiento de Santo Tomé.–Información pública de Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución en suelo urbano núm. 2. Ayuntamiento de Andújar.–Aprobado definitivamente el Reglamento del Servicio de Transporte Urbano de Viajeros.–Aprobada definitivamente la modificación de la ordenanza del Mercadillo.

Administración de Justicia Junta Electoral de Zona de Jaén.–Constituida definitivamente esta Junta Electoral de Zona, para el Referéndum convocado sobre ratificación del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa. Edictos y requisitorias de varios Juzgados. Anuncios no Oficiales Comunidad de Regantes «Viñablanca-Charcones». Ibros.–Convocatoria a junta general ordinaria. Comunidad de Regantes «Los Cuartos de las Albahacas». Santo Tomé.–Convocatoria a junta general ordinaria.

Administración Local Diputación Provincial de Jaén. Instituto Provincial de Asuntos Sociales. Anuncio Por resolución del Sr. Presidente número 5.351, de fecha 31 de diciembre de 2004, se acuerda anunciar públicamente aquellas solicitudes de subvención que han resultado aprobadas al amparo de la «Convocatoria de Subvenciones a Ayuntamientos Menores de Veinte Mil Habitantes y a Asociaciones de la Provincia de Jaén en Materia de Servicios Sociales» del año 2004.

BOLETÍN

Pág. 798

OFICIAL

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

Lo que se comunica para conocimiento general. Subvenciones a Ayuntamientos: Beneficiario

Localidad

Actuación subvencionada

Cuantía/Euros

Ayuntamiento de Albanchez de Mágina

Albanchez de Mágina

Construcción Guardería Temporera

18.000

Ayuntamiento de Alcaudete

Alcaudete

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

11.082

Ayuntamiento de Arjona

Arjona

Equipamiento Guardería Temporera

4.000

Ayuntamiento de Arjona

Arjona

Equipamiento Hogar de Pensionistas

12.000

Ayuntamiento de Arjonilla

Arjonilla

Equipamiento Centro de Día de Personas Mayores

Ayuntamiento de Arquillos

Arquillos

Reforma Guardería Temporera

Ayuntamiento de Arroyo del Ojanco

Arroyo del Ojanco

Equipamiento Guardería Temporera

Ayuntamiento de Baeza

Baeza

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

6.000 18.000 6.000 10.667

Ayuntamiento de Baeza

Baeza

Mantenimiento Centro de Día

Ayuntamiento de Bailén

Bailén

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

11.910

8.823

Ayuntamiento de Baños de la Encina

Baños de la Encina

Equipamiento Centro de Día de la Tercera Edad

9.000

Ayuntamiento de Beas de Segura

Beas de Segura

Equipamiento Unidad Territorial de Servicios Sociales

Ayuntamiento de Beas de Segura

Beas de Segura

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

10.462 15.000

4.000

Ayuntamiento de Beas de Segura

Beas de Segura

Reforma Guardería Temporera

Ayuntamiento de Bedmar-Garcíez

Bedmar

Reforma Centro de Día de Mayores

Ayuntamiento de Bedmar-Garcíez

Bedmar

Reforma Guardería Temporera

Ayuntamiento de Begíjar

Begíjar

Equipamiento Centro de Día de Mayores

5.000

Ayuntamiento de Benatae

Benatae

Construcción Unidad de Estancia Diurna

24.000

Ayuntamiento de Campillo de Arenas

Campillo de Arenas

Equipamiento Guardería Temporera

Ayuntamiento de Campillo de Arenas

Campillo de Arenas

Reforma Guardería Temporera

6.000 12.000

6.000 12.000

Ayuntamiento de Carboneros

Carboneros

Reforma Guardería Temporera

12.000

Ayuntamiento de Cárcheles

Cárcheles

Rehabilitación Centro de Día de Mayores

12.000

Ayuntamiento de Castillo de Locubín

Castillo de Locubín

Mantenimiento Centro de Día de Mayores

4.373

Ayuntamiento de Cazalilla

Cazalilla

Reforma Guardería Municipal Temporera

6.000

Ayuntamiento de Cazorla

Cazorla

Mantenimiento Centro de Día de Mayores

5.520

Ayuntamiento de Chilluévar

Chilluévar

Equipamiento Guardería Temporera

4.000

Ayuntamiento de Escañuela

Escañuela

Equipamiento Guardería Temporera

10.000

Ayuntamiento de Espeluy

Espeluy

Equipamiento Hogar del Pensionista

6.000

Ayuntamiento de Fuensanta de Martos

Fuensanta de Martos

Equipamiento Centro de Atención a Hijos de Trabajadores Temporeros

Ayuntamiento de Fuerte del Rey

Fuerte del Rey

Rehabilitación Guardería Temporera

Ayuntamiento de Génave

Génave

Reforma de Guardería Temporera

Ayuntamiento de Guarromán

Guarromán

Reforma Guardería Temporera

Ayuntamiento de Hinojares

Hinojares

Equipamiento Centro de Día de Mayores

Ayuntamiento de Huelma

Solera

Equipamiento Centro de Día de Mayores

Ayuntamiento de Huesa

Huesa

Reforma Guardería Temporera

Ayuntamiento de Ibros

Ibros

Reforma Guardería Temporera

Ayuntamiento de Ibros

Ibros

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

6.000 12.000 6.000 12.000 4.000 4.000 12.000 6.000 10.667

Ayuntamiento de Iznatoraf

Iznatoraf

Reforma Guardería Temporera

Ayuntamiento de Jabalquinto

Jabalquinto

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

6.000

Ayuntamiento de Jimena

Jimena

Construcción Centro de Día de Mayores

Ayuntamiento de La Guardia

La Guardia

Reforma Guardería Permanente Mentesa Bastia

Ayuntamiento de Lahiguera

Lahiguera

Equipamiento Guardería Temporera

Ayuntamiento de Larva

Larva

Reforma Guardería Temporera

Ayuntamiento de Los Villares

Los Villares

Reforma Centro de Día de Mayores

Ayuntamiento de Lupión

Lupión

Equipamiento Guardería Temporera

Ayuntamiento de Lupión

Lupión

Reforma Guardería Infantil Temporera

Ayuntamiento de Mancha Real

Mancha Real

Mantenimiento Centro de Día de Mayores

Ayuntamiento de Mancha Real

Mancha Real

Programa de Inmigrantes Temporeros

11.289

9.039 18.000 5.440 6.000 12.000 6.000 6.000 12.000 4.847

Ayuntamiento de Mancha Real

Mancha Real

Equipamiento Guardería Temporera

18.000

Ayuntamiento de Marmolejo

Marmolejo

Reforma Guardería Temporera

10.000

Ayuntamiento de Orcera

Orcera

Construcción Unidad de Estancia Diurna

12.000

Ayuntamiento de Pegalajar

Pegalajar

Equipamiento Centro de Día de Mayores

12.000

Ayuntamiento de Pozo Alcón

Pozo Alcón

Reforma Unidad de Trabajo Social

12.000

Ayuntamiento de Puente de Génave

Puente de Génave

Programa con Colectivo de Inmigrantes

10.346

BOLETÍN

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

Beneficiario

OFICIAL

Localidad

Actuación subvencionada

Pág. 799 Cuantía/Euros

Ayuntamiento de Quesada

Los Rosales

Equipamiento Hogar del Jubilado

Ayuntamiento de Rus

Rus

Reforma Hogar del Jubilado

15.000

Ayuntamiento de Santa Elena

Santa Elena

Reforma Centro de Día de Mayores (2.ª Fase)

15.000

Ayuntamiento de Santiago de Calatrava

Santiago de Calatrava

Equipamiento Guardería Temporera

Ayuntamiento de Santo Tomé

Santo Tomé

Reforma Guardería Temporera

12.000

Ayuntamiento de Segura de la Sierra

Cortijos Nuevos

Construcción Unidad Estancias Diurnas

18.000

Ayuntamiento de Siles

Siles

Reforma Centro de Día de Mayores Don Domingo

12.000

Reforma Guardería Temporera

10.000

Ayuntamiento de Sorihuela del Guadalimar Sorihuela del Guadalimar

Reforma Centro de Día de Mayores

10.000

Ayuntamiento de Torreblascopedro

Torreblascopedro

Equipamiento Centro de Día de Mayores

Ayuntamiento de Torredelcampo

Torredelcampo

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

21.634 17.243

Ayuntamiento de Sorihuela del Guadalimar Sorihuela del Guadalimar

6.000

6.000

8.000

Ayuntamiento de Torredonjimeno

Torredonjimeno

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

Ayuntamiento de Torreperogil

Torreperogil

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

Ayuntamiento de Torreperogil

Torreperogil

Equipamiento Guardería Municipal

Ayuntamiento de Torres

Torres

Equipamiento Guardería Temporera

Ayuntamiento de Torres de Albanchez

Torres de Albanchez

Construcción Guardería Infantil

15.000

Ayuntamiento de Valdepeñas de Jaén

Valdepeñas de Jaén

Construcción Centro de Día de Mayores

15.000

Ayuntamiento de Villacarrillo

Mogón

Equipamiento Centro Atención a Hijos de Trabajadores Temporeros

Ayuntamiento de Villacarrillo

Villacarrillo

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

22.164

Ayuntamiento de Villacarrillo

Mogón

Construcción Centro Atención a Hijos de Trabajadores Temporeros

12.000

Ayuntamiento de Villanueva de la Reina

Villanueva de la Reina

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

9.426

Ayuntamiento de Villanueva de la Reina

La Quintería

Reforma Guardería Temporera

8.500

Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo

Villanueva del Arzobispo

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

12.738

Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo

Villanueva del Arzobispo

Reforma Guardería Temporera

18.000

Ayuntamiento de Villarrodrigo

Villarrodrigo

Construcción Estancia Diurna para Personas Mayores

15.000

Ayuntamiento de Villatorres

Villatorres

Programa de Intervención Social con Inmigrantes

11.494

Ayuntamiento de Villatorres

Villargordo

Reforma Guardería Temporera

12.000

9.839 15.000 9.000

6.000

Subvenciones a Asociaciones sin ánimo de lucro: Beneficiario

Asociación Obra Social TAU

Localidad

Linares

Actuación subvencionada

Cuantía/Euros

Programa Educación y reinserción social y laboral enfermo mental y marginados sin hogar

7.000

Asociación allegados enfermos mentales APAEM

Bailén

Programa de atención domiciliaria

6.700

Asociación de Tratamiento y Rehabilitación Alcohólicos y Familiares «Volver a Nacer»

3.500

Jaén

«Campaña sensibilización social y campaña reducción del consumo»

Asociación Familiares con Enfermos de Alzheimer Esperanza Viva

Marmolejo

Programa «Mejorar la vida de enfermos de alzheimer y sus cuidados»

Asociación Gitana Acero Kalo

Beas de Segura Programa «Absentismo escolar y seguimiento familiar»

Asociación Jaén Acoge

Jaén

Asociación Jiennense ASPACE

Jaén

Programa Rehabilitación para niños con parálisis cerebral

8.500

Asociación Linares Acoge

Linares

Programa de «Mediación intercultural tendente a la integración social y laboral»

3.600

Programa «Aprende a jugar, aprende a vivir»

6.000

Asociación Ludópatas Jiennenses Rehabilitados «ALUJER»

6.000 6.000

Programa de «Atención social, laboral, jurídica y formativa con el colectivo de inmigrantes» 4.500

Jaén

Asociación Padres de Niños Autistas «Juan Martos Pérez»

Jaén

Programa «Acércate al autismo»

3.100

Asociación Síndrome de Down

Jaén

Programa de atención a familias

12.200

Cáritas Diocesana

Jaén

Programa de Intervención Familiar

12.000

Cruz Roja Española

Jaén

Programa Lucha contra la discriminación para personas inmigrantes

15.000

Federación de Organizaciones Andaluzas de Mayores

Jaén

Programa Voluntariado de mayores: cobertura necesidades socioafectivas

Federación Provincial Asociaciones Minusválidos Físicos

Jaén

Programa Educación adultos para personas con discapacidad

Fundación Jiennense de Tutela

Jaén

Programa Atención a personas incapacitadas de la provincia de Jaén

Asociación Jiennense de Alcohólicos Rehabilitados «AJAR»

Jaén

Programa «Prevención Escuelas de Padres y Madres»

La Diputada del Área de Bienestar Social, M.ª

DEL

PILAR PARRA RUIZ.

9.000 7.600 13.000 3.600 — 773

Pág. 800

BOLETÍN

Ayuntamiento de Mancha Real (Jaén). Edicto. No habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente instruido en este Ayuntamiento para modificación de las Ordenanzas Fiscales para el ejercicio de 2005, aprobado por este Ayuntamiento con carácter provisional por mayoría absoluta en sesión extraordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 2004, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo, conforme lo dispuesto por el art. 17.3 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pudiendo interponerse contra el mismo recurso contenciosoadministrativo, a partir de la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, en las formas y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción. A continuación se inserta el acuerdo definitivo y el texto íntegro de la modificación, que entrará en vigor conforme a lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Acuerdo provisional elevado a definitivo: 1. «Para el año 2005 se propone aprobar provisionalmente, mediante modificación de la ordenanza en vigor, el incremento de tarifas del 4,1% sobre las vigentes en 2004 en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica mediante el establecimiento del coeficiente 1,5615 a aplicar sobre las tarifas fijadas por el artículo 95.1 del R.D.L. 2/2004 (Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales). Asimismo se propone un incremento del tipo de gravamen del 4,1% sobre el vigente en 2004 en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. 2. Para el ejercicio 2005 se propone un incremento de tarifas del 4,1% en las siguientes tasas por prestación de servicios: –Tasa por Abastecimiento de agua. –Tasa por Recogida de basura. –Tasa por Cementerio. –Tasa por Mercado. –Tasa por Alcantarillado. –Tasa por licencia de apertura de establecimientos. –Tasas por utilización de instalaciones deportivas. –Tasa por Licencias Urbanísticas. 3. Para el ejercicio 2005 se propone un incremento de tarifas del 4,1% en las siguientes tasas por utilización privativa: –Tasa por Ocupación con puestos y barracas –Tasa por utilización con vados y reserva de aparcamiento. –Tasa por Ocupación con postes, palomillas, etc… 4. Para el ejercicio 2005 se propone aprobar provisionalmente la modificación de las Ordenanzas fiscales de las siguientes tasas: «Ordenanza reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local: ocupación de terrenos de uso público local con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos, con finalidad lucrativa. El artículo 4.º. Cuota Tributaria, queda redactado de la siguiente forma: La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente Tarifa: 1.º. Por ocupación con mesas, veladores y sillas de las cafeterías, bares, restaurantes, etc., se pagará por cada mesa y cuatro sillas, por temporada: 35,50 euros. 2.º. Cuando se hayan concedido a un establecimiento, ocupaciones por temporada, conforme al apartado anterior, y se autorice al mismo una ocupación adicional durante fines de semana (viernes, sábado y domingo), se pagará por cada mesa y cuatro sillas, por temporada: 21,30 euros. El artículo 7.º. Devengo, queda redactado de la siguiente forma: 1.º. Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se conceda la licencia a quienes realicen las utilizaciones privativas o aprovechamientos especiales del dominio público local.

OFICIAL

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

2.º. Se establece la temporada en el período comprendido entre el día 01 de junio y 30 de septiembre, ambos inclusive, de un ejercicio. El artículo 8.º. Gestión, declaración e ingreso, queda redactado de la siguiente forma: 1. Las personas o entidades interesadas en la concesión de aprovechamientos regulados en esta Ordenanza deberán solicitar previamente la correspondiente licencia, realizar el depósito previo de la Tasa mediante autoliquidación y formular declaración en la que conste la superficie del aprovechamiento y los elementos que se van a instalar, así como un plano detallado de la superficie que se pretende ocupar y de su situación dentro del Municipio y duración del aprovechamiento. 2. Las licencias que se concedan de acuerdo con esta ordenanza, se entenderán otorgadas con la condición de que el Ayuntamiento podrá revocarlas o modificarlas en todo momento, siempre que se considere conveniente a los intereses municipales, sin que los concesionarios tengan derecho alguno por la ocupación o cualquier otro concepto. 3. En caso de denegarse las autorizaciones, los interesados podrán solicitar a este Ayuntamiento la devolución del importe ingresado. 4. Toda ocupación de la vía pública, sin la oportuna licencia y cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, podrá dar lugar a la no concesión de la licencia, sin perjuicio del pago y de las sanciones y recargos que procedan.. 5. En la tramitación de las licencias deberán emitirse los informes técnicos por parte de los servicios correspondientes de este Ayuntamiento al objeto de poder determinar las autorizaciones así como las condiciones técnicas de las mismas. 6. Las licencias que se concedan, estarán sujetas al cumplimiento de las condiciones reflejadas en las mismas. 7. Las autorizaciones tendrán carácter personal y no podrán ser cedidas o subarrendadas a terceros. El incumplimiento de este mandato dará lugar a la anulación de la licencia. 8. Se faculta a la Junta de Gobierno Local para establecer concierto económico con las personas naturales o jurídicas afectadas por esta Tasa, cuando la naturaleza de la ocupación o aprovechamiento fuera apto para ello o fuese gravoso para el Ayuntamiento llevar un perfecto control de la ocupación con respecto al número de elementos, etc.». «Ordenanza reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio publico local: ocupación de terrenos de uso público local con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas. El artículo 5.º. Cuota Tributaria, queda redactado de la siguiente forma: La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente Tarifa atendiendo a la superficie en metros cuadrados ocupada de terrenos de uso público, o metros lineales en relación con el tiempo de duración del aprovechamiento. 1. Por la ocupación de terrenos de uso público con materiales de construcción, escombros y mercancías, pagarán por m.2 y día: 0,40 euros. 2. Por cada puntal o asnilla u otros elementos de apeos, abonarán por día: 0,21 euros. 3. Por ocupación con vallas que no excedan de 1,20 metros de anchura, se abonará por metro lineal y día: 0,40 euros 4. Por ocupación con andamios, se abonará, por metro lineal y día: 0,40 euros. 5. Por ocupación de la vía pública con cubas para recogida de escombros, se abonará por día: 4,00 euros. 6. Utilizaciones privativas mediante la ocupación y cierre de vías públicas para carga y descarga: el importe de la Tasa se liquidará a razón de 14,29 euros la hora o fracción. Los interesados solicitarán de la Policía Local la autorización señalización correspondiente.

BOLETÍN

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

OFICIAL

El anexo de relación de calles de primera y segunda categoría, queda suprimido». «Ordenanza reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con apertura de zanjas, calicatas y calas de uso público local, así como cualquier remoción del pavimento o aceras en la vía pública.

Pág. 801

diciembre de 2004, y de conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y 169 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda éste aprobado definitivamente, con el siguiente resumen, y exponiéndose asimismo la Plantilla de Personal de esta Corporación, aprobada en la misma fecha: Estado de ingresos

Para el ejercicio de 2005, el importe de las tarifas reflejadas en el artículo 5.º (Cuota Tributaria), se incrementarán en la cuantía del 4,1%.

Capítulos

1

A) Operaciones corrientes: Impuestos directos

Para el ejercicio de 2005, el importe de la fianza reflejada en el párrafo 7.º del artículo 8 (gestión, declaración e ingreso), se fija en la cantidad de 150,00 euros el metro cuadrado o fracción».

2

Impuestos indirectos

3

Tasas y otros ingresos

383.367,74

4

Transferencias corrientes

626.523,84

5. Para el ejercicio 2005 se propone un incremento de tarifas de los porcentajes que se indican en las siguientes tasas por prestación de servicios, como consecuencia de los incrementos de IPC acumulados desde la última actualización de cada una de ellas.

5

Ingresos patrimoniales

7

B) Operaciones de capital: Transferencias de capital

9

Pasivos financieros

–Tasa grúa Municipal: incremento del 10,9%.

Denominación

Euros

325.156,77 40.000,00

21.025,00 1.268.259,41 61.150,15

Total estado de gastos

–Tasa vertedero de inertes: incremento del 14,5%. –Tasa Escuela Municipal de Música: incremento del 8,1%.

2.725.482,91

Estado de gastos

6. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptivas, por plazo de 30 días, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el R.D.L. 2/2004.

Resumen clasificación funcional económico por grupos. Capítulos

1

7. En el caso de que no se presenten reclamaciones contra el expediente en el plazo anteriormente indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al artículo 17.3 del R.D.L. 2/2004. Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en Derecho fuera necesario, para adoptar cuantas decisiones requieran el mejor desarrollo del presente acuerdo. Mancha Real, 18 de noviembre de 2004.–El Alcalde. Fdo.: Francisco Cobo Gutiérrez».

Denominación

Euros

Servicios de carácter general

577.793,24

3

Seguridad, Protección y Promoción Social

162.150,00

4

Producción de bienes públicos de carácter social 1.237.703,84

5

Producción de bienes públicos de carácter económico

6

Regulación económica de carácter general

0

Deuda Pública

307.117,68 20.000,00 420.718,15

Total

2.725.482,91

Lo que se hace público para general conocimiento. Mancha Real, a 21 de enero de 2005.–El Alcalde, FRANCISCO COBO GUTIÉRREZ.

Resumen clasificación económico-funcional por capítulos. Capítulos

Denominación

Euros

1

A) Operaciones corrientes: Gastos de personal

Ayuntamiento de Jabalquinto (Jaén).

2

Gastos bienes ctes. y servic.

464.252,67

Edicto.

3

Gastos financieros

102.500,00

Don JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ SÁNCHEZ, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jabalquinto.

4

Transferencias corrientes

219.452,06

6

B) Operaciones de capital: Inversiones reales

7

Transferencias de capital

9

Pasivos financieros

— 539

Hace saber: Que no habiéndose presentado reclamaciones durante el período de exposición al público contra el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2004, aprobado inicialmente en sesión celebrada el día 29 de

459.057,11

1.146.002,92 16.000,00 318.218,15

Total estado de gastos

2.725.482,91

Plantilla de personal para 2004 A) Funcionarios de carrera: Denominación de la plaza

N.º plazas

Grupo

Secretaría

1

B

Habil. Nac.

Escala

Secretaria-Interventora

Subescala clase

Prop.

Observaciones

Administrativo

3

C

Admón. Gral.

Administrat.

3 Prop.

Auxiliar Advo.

1

D

Admón. Gral.

Auxiliar. Adtvo.

1 vacante

Policía Local

2

C

Admón. Esp.

Serv. Espec. Polic. Local

Propiedad, 1; vacante, 1

Aux. Polic. Local

2

E

Admón. Esp.

Serv. Espec. Policía Local

Propiedad, 1; vacante, 1

B) Personal laboral fijo: Denominación puesto de trabajo

Número de puestos

Titulación exigida

Observa.

1





Limpiadora C) Personal laboral de duración determinada: Denominación puesto de trabajo

Limpiadora

Número de puestos

Titulación exigida

Observa.

1





BOLETÍN

Pág. 802

Denominación puesto de trabajo

OFICIAL

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

Número de puestos

Titulación exigida

Auxiliar Adtvo.

1



Observa.



Conserje consultorio Médico y Campo fútbol

1





Conserje Hogar Jubilado

1





Fontanero

1





Otro Personal

6





D) Funcionarios de empleo eventual: –Ninguno. –Número total de funcionarios de carrera: 9. –Número total de Personal Laboral Fijo: 1. –Número total de Personal Laboral durac. determinada: 11. Jabalquinto, 27 de enero de 2005.–El Alcalde-Presidente, JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ SÁNCHEZ. — 736 Ayuntamiento de Úbeda (Jaén). Anuncio. En cumplimiento de la legislación urbanística aplicable, queda expuesto a información pública por plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, el Convenio Urbanístico a firmar entre el Ayuntamiento de Úbeda y la mercantil Ube&Lin, S.L., para actuar como propietario único en el desarrollo de la citada Unidad de Ejecución. El citado expediente podrá consultarse en la Sección de Urbanismo del mismo Ayuntamiento a fin de que se puedan presentar las alegaciones y reclamaciones que se consideren pertinentes. Lo que se hace público para general conocimiento. Úbeda, a 25 de noviembre de 2004.–La Alcaldesa acctal., LUISA MARÍA LEIVA COBO. — 73511

Tercero.–Que transcurridos 15 días contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente notificación, si el titular del vehículo que se detalla no ha procedido a la retirada del mismo de la vía pública donde se encuentra y que dió origen a la apertura del expediente, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano. Titular: Familia Vilches, S.A. Marca/Modelo: Peugeot 309. Matrícula: AL-6958-K. Ubicación: Calle General Chamorro, 3. Martos, a 21 de enero de 2005.–El Alcalde-Presidente (firma ilegible). – 522 Ayuntamiento de Martos (Jaén). Edicto.

Ayuntamiento de Martos (Jaén).

Don JOSÉ A. SAAVEDRA MORENO, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Martos.

Edicto.

Hace saber:

No habiéndose podido realizar las notificaciones correspondientes a la persona que figura en la relación, se publica el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/92, de 26 de noviembre), para hacerles saber que, en el expediente SANO101N, se ha dictado Propuesta de Resolución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 4 de la Ley 10/98, del 21 de abril, de Resíduos y artículo 3 de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental.

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 2004, acordó prestar su aprobación inicial a la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones Municipales.

Acordado: Primero.–Declarar que en el respectivo expediente se ha guardado las prescripciones legales que regulan su tramitación. Segundo.–Que de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley de Seguridad Víal, modificada por la Ley 11/1999, del 21 de abril, establece que cuando transcurran más de dos meses desde que el vehículo haya sido retirado de la vía pública por la Autoridad Competente, o permanezca estacionado por un período de un mes en el mismo lugar presentando desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios, se presumirá racionalmente su abandono.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 49 LRBRL, se somete el expediente a información pública y audiencia de los interesados durante el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente a su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para que aquellos puedan examinarlo y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. En el caso de que durante el citado plazo no se hubiese presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, procediéndose a la publicación íntegra del texto de la ordenanza para su entrada en vigor de acuerdo con lo establecido en el art. 70.2 LRBRL. En Martos, a 20 de enero de 2005.–El Alcalde, JOSÉ A. SAAVEDRA MORENO. — 542

Ayuntamiento de Bélmez de la Moraleda (Jaén). Edicto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, «B.O.E.» 285, de 27 de noviembre de 1992, se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, que obran en el Negociado de Infracciones de Tráfico del Ayuntamiento de Bélmez de la Moraleda, a las personas denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Requerimiento al titular: Se ha formulado contra el conductor del vehículo del que usted aparece como titular, la denuncia por infracción de la norma de tráfico vial que figura en la presente notificación. Lo que se le notifica a efectos de que:

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BOLETÍN

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Si usted no era el conductor del vehículo: Dentro del plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente a la recepción de este escrito comunique a este Ayuntamiento el nombre, N.I.F., domicilio del citado conductor, advirtiéndole que si incumpliere esta obligación serán sancionado pecuniariamente como autor de una falta grave, cuya sanción se impondrá en su máxima cuantía: 301 euros. En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar denuncia al conductor que aquél identifique, por causa imputable a dicho titular. Artículo 72.3 del R.D.L. 339/1990. Si Vd. era conductor del vehículo: Igualmente tiene obligación de comunicar expresamente si era Vd. el conductor del vehículo, en cuyo caso, por el presente escrito se le notifica la denuncia: Iniciación: Mediante denuncia formulada por el agente de la autoridad. Artículo 3 R.D. 320/1994, de 25 de febrero. «B.O.E.» 21-04-1994. Caducidad: Si no hubiese recaído resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, salvo que concurran causas de suspensión. Artículo 81.2 R.D.L. 339/199, modificado por la Ley 19/2001. Autoridad sancionadora: La Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Bélmez de la Moraleda. Artículo 68.2 del R.D.L. 339/1990, de 2 de marzo, «B.O.E.» 14-03-1990. Instructor: El Policía Local don Blas Díaz Fuentes. R.D. 320/1990. Recusación del acuerdo con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. «B.O.E.» 27-11-1992. Alegaciones: Podrán formularse en el plazo de quince días hábiles, con aportación o proposición de pruebas que estime oportunas. Artículo 79.1 R.D.L. 339/1990. Si no se presentan alegaciones dentro del plazo indicado, el contenido de la presente notificación tendrá carácter de propuesta de resolución. Artículo 13.2 del R.D.L. 1.398/1993, de 4 de agosto. «B.O.E.» 9-08-1993. Reducción de la multa: Si abona la multa antes de que se dicte resolución del expediente sancionador, tiene una reducción del 30 por ciento sobre el importe de la misma. El pago de la sanción implicará la terminación del procedimiento. Artículo 77.2 R.D.L. 339/1990. Expediente

Año

N.I.F.

Nombre

Fecha denuncia

Hora denuncia

Artículo

23015000000104

2004

J5975N

Matrícula

75.006.925-S

Félix Guzmán Gómez

31-05-2004

13,30

154/01

Importe/Euros

30

23015000000504

2004

J0332AD

37.790.891-M

Juan Fuentes Hervás

31-05-2004

13,30

171

30

23015000000904

2004

J5746J

25.931.687

Juan Pereira Arias

4-05-2004

17,15

171

30

Bélmez de la Moraleda, a 6 de julio de 2004.–La Alcaldesa, MARÍA RODRÍGUEZ ARIAS. — 47522 Ayuntamiento de La Iruela (Jaén). Edicto. Don JOSÉ ANTONIO OLIVARES SÁNCHEZ, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Iruela. Hace saber: Que por D. Francisco Trotonda Alonso, se solicita licencia municipal para la construcción en suelo rústico de un Complejo Rural «Los Olivares», sito en el paraje de Rechita, de este término municipal de La Iruela (Jaén), el que fue admitido por la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de septiembre de 2004. Lo que en cumplimiento de lo establecido en el art. 43 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace publico, para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende realizar, puedan formular las reclamaciones y reparos pertinentes, en el plazo de 20 días, a contar desde la fecha del presente edicto. El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento, por el mismo espacio de tiempo. Lo que se hace público para general conocimiento, en La Iruela, a 17 de enero de 2005.–El Alcalde, JOSÉ ANTONIO OLIVARES SÁNCHEZ. — 455 Ayuntamiento de Bailén (Jaén). Edicto. Don BARTOLOMÉ SERRANO CÁRDENAS, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bailén. Hace saber: Que admitido a trámite por esta Alcaldía, mediante Decreto de fecha 17 de enero de 2005, el Proyecto de Actuación, que incluye la documentación técnica de Informe Ambiental, presentado por «Ladrillos Virgen de las Nieves, S.L.U.», para ampliación de la cerámica sita en Ctra. N-323, Bailén-Motril, P.k. 2, en Suelo No Urbanizable,

se somete a información pública dicho Proyecto de Actuación por plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente día hábil al de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, durante los cuales quienes puedan resultar afectados de algún modo por la ampliación de la actividad, puedan examinarlo y presentar las observaciones y reparos pertinentes. El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43.1.c) de la Ley 7/2002, de 17 diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y en Reglamento de Informe Ambiental aprobado por Decreto 153/1996, de 30 de abril. Bailén, 17 de enero de 2005.–El Alcalde, BARTOLOMÉ SERRANO CÁRDENAS. — 464 Ayuntamiento de Bailén (Jaén). Edicto. Don BARTOLOMÉ SERRANO CÁRDENAS, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bailén. Hace saber: Que admitido a trámite por esta Alcaldía, mediante Decreto de fecha 19 de enero de 2005, el Proyecto de Actuación que incluye la documentación técnica sobre Informe Ambiental, presentado por «Cerámica San Francisco de Bailén, S.L.», para ampliación de nave industrial sita en Ctra. N-322, Córdoba-Valencia, P.k. 109, en terrenos clasificados como Suelo No Urbanizable Simple o Común, se somete a información pública dicho Proyecto de Actuación por plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente día hábil al de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, durante los cuales quienes puedan resultar afectados de algún modo por la ampliación de la actividad, puedan examinarlo y presentar las observaciones y reparos pertinentes. El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento.

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BOLETÍN

Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43.1.c) de la Ley 7/2002 de 17 diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía y en Reglamento de Informe Ambiental aprobado por Decreto 153/1996, de 30 de abril. Bailén, 19 de enero de 2005.–El Alcalde, BARTOLOMÉ SERRANO CÁRDENAS. — 511 Ayuntamiento de Bailén (Jaén). Edicto. Don BARTOLOMÉ SERRANO CÁRDENAS, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bailén. Hace saber: Que admitido a trámite por esta Alcaldía, mediante Decreto de fecha diecinueve de enero de dos mil cinco, el Proyecto de Actuación que incluye la documentación técnica sobre Informe Ambiental, presentado por «Cerámica Miramar, S.L.” para implantación de industria cerámica en C.N-IV, Madrid-Cádiz, 293, sobre terrenos clasificados como Suelo No Urbanizable Simple o Común, se somete a información pública dicho Proyecto de Actuación por plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente día hábil al de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, durante los cuales quienes puedan resultar afectados de algún modo por la ampliación de la actividad, puedan examinarlo y presentar las observaciones y reparos pertinentes. El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento. Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43.1.c) de la Ley 7/2002, de 17 diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y en Reglamento de Informe Ambiental aprobado por Decreto 153/1996, de 30 de abril. Bailén, 19 de enero de 2005.–El Alcalde, BARTOLOMÉ SERRANO CÁRDENAS. — 514

OFICIAL

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el Traslado y Modernización de Instalaciones de Almazara en el T. M. de Los Villares (Jaén), en las parcelas 172, 174 y 858 del Polígono 5, presentado por D. Luis Parras Higueras, en representación de Sociedad Cooperativa Andaluza Sierra La Pandera, con C.I.F. F23527708. Lo que en cumplimiento de lo establecido en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende instalar puedan formular las observaciones y reparos pertinentes, en el plazo de veinte días, a contar desde la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia del presente edicto. El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento por el mismo espacio de tiempo. Así mismo, con fecha 19 de enero de 2005 se ha dictado resolución de iniciación de expediente para la actividad de Almazara, solicitada por D. Luis Parras Higueras, en representación de Sociedad Cooperativa Andaluza Sierra La Pandera, con C.I.F. F23527708. Lo que en cumplimiento del art. 26 de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, sobre Protección Ambiental, se hace público para que los pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende poner en funcionamiento puedan formular las observaciones y alegaciones que consideren oportunas, en el plazo de veinte días, a contar desde la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia del presente edicto. El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento por el mismo espacio de tiempo. Lo que se hace público para general conocimiento. Los Villares, a 31 de enero de 2005.–La Alcaldesa, CARMEN ANHERRADOR.

GUITA

— 518 Ayuntamiento de Torredonjimeno (Jaén). Edicto. La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Torredonjimeno. Hace saber:

Ayuntamiento de Bailén (Jaén). Edicto. Don BARTOLOMÉ SERRANO CÁRDENAS, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bailén. Hace saber: Que por D. Antonio S. Cabrera Santamaría en representación de «Cerámica Zocueca, S.L.», se ha solicitado Licencia Municipal de Actividad para legalización de cerámica sita en la antigua N-IV MadridCádiz, P.k. 297 de este término municipal. El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento por plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente día hábil al de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, durante los cuales quiénes puedan resultar afectados de algún modo por la actividad, puedan examinarlo y presentar las observaciones y reparos pertinentes. Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento de Informe Ambiental aprobado por Decreto 153/1996, de 30 de abril.

Que habiéndose solicitado por doña Ana Gallardo Cózar, en representación de «Ana Gallardo y Vanesa Moreno, C.B.», licencia municipal para adaptación y apertura de un local sito en la calle Carretera de Jaén, s/n., con destino a «Pubs y bares con música», se somete el respectivo expediente a información pública por un período de veinte días en el Negociado 2.º de la Secretaría General, en cumplimiento de lo preceptuado en el art. 36.b) 3.º del R.D. 2.816/82, y art. 13 del Reglamento de Calificación Ambiental de 19 de diciembre de 1995, para que durante dicho período pueda ser examinado y formularse las alegaciones que se estimen procedentes. Torredonjimeno, 18 de enero de 2005.–La Alcaldesa, M.ª TERESA MARTÍNEZ CASTELLANO. — 541 Ayuntamiento de Beas de Segura (Jaén). Bando de la Alcaldía-Presidencia. Bando n.º 001/2005. Asunto: Elección de Juez de Paz, Titular y Sustituto.

Bailén, 19 de enero de 2005.–El Alcalde, BARTOLOMÉ SERRANO CÁRDENAS.

Don LOPE MORALES ARIAS, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Beas de Segura.

— 513 Hago saber: Ayuntamiento de Los Villares (Jaén). Edicto. Doña CARMEN ANGUITA HERRADOR, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Los Villares. Hace saber: Que con fecha 19 de enero de 2005, se ha dictado resolución de admisión a trámite por esta Alcaldía del Proyecto de Actuación para

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

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BOLETÍN

Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, etc. Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido. Lo que se publica para general conocimiento. En Beas de Segura, a 12 de enero de 2005.–El Alcalde, LOPE MOARIAS. — 545

RALES

Ayuntamiento de Santiago de Calatrava (Jaén). Anuncio. Por Acuerdo Plenario adoptado en sesión extraordinaria celebrada con fecha 10-01-05, se ha adjudicado definitivamente, mediante procedimiento abierto y forma de subasta, la obra que figura con la denominación «Proyecto de desvío de línea y nuevo C.T. en Santiago de Calatrava», a favor de la empresa José María Mendoza de la Pascua, S.A., en la cantidad de 101.239,76, IVA incluido. Lo que se hace público para general conocimiento. En Santiago de Calatrava, a 14 de enero de 2005.–El Alcalde-Presidente, MANUEL VELASCO VELASCO. – 307 Ayuntamiento de Santo Tomé (Jaén). Edicto. Don FRANCISCO JIMÉNEZ NOGUERAS, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santo Tomé.

OFICIAL

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Artículo 2.º.–Corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Andújar, como titular del servicio competente para su gestión y ordenación, entre otras, las potestades reglamentarias y de autoorganización, programación o planificación, así como las facultades de inspección y control en su ámbito de aplicación. Artículo 3.º.–El servicio de transporte colectivo urbano se prestará mediante concesión administrativa como forma de gestión indirecta establecida en la Ley de Régimen Local. Artículo 4.º.–La empresa adjudicataria del Servicio, estará sujeta al cumplimiento de lo previsto en este Reglamento, sin que pueda la adjudicataria introducir en la prestación del servicio modificaciones contrarias a éste, quedando obligada a realizarlo en la totalidad de líneas e itinerarios aprobados por la Corporación Municipal. Título I Líneas de Autobuses Artículo 5.º.–Se establecen dos líneas regulares e itinerarios contemplados en el Anexo I de este reglamento, con trayectos de ida y vuelta, para facilitar la comunicación entre todas las zonas o áreas de la ciudad. Artículo 6.º.–El Excmo. Ayuntamiento podrá modificar el itinerario y paradas de las líneas en razón del interés público a fin de mejorar el tráfico, cuando se altere el sentido de la circulación en alguna de las vías públicas del recorrido, o la aparición de nuevos enclaves urbanos haga necesaria la ampliación o modificación del servicio de transporte urbano de viajeros. Igualmente, y en caso de obras o acontecimientos especiales se podrá alterar provisionalmente con acortamiento de ruta o desviación. Título II Régimen Pago

Hace saber: Que por don Manuel Carrión Mansilla y cuatro más, en su calidad de propietarios únicos, ha sido presentado ante este Ayuntamiento Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución en suelo urbano número 2 de Santo Tomé. Lo que se hace público por plazo de veinte días, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 101, 1, c) 1.ª, de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, para que a partir de la inserción del anuncio en el Diario Jaén y BOLETÍN OFICIAL de la Provincia pueda ser examinado en la Secretaría del Ayuntamiento y formularse las alegaciones que se consideren pertinentes. Santo Tomé, a 14 de enero de 2005.–El Alcalde-Presidente, FRANJIMÉNEZ NOGUERAS. – 348

CISCO

Ayuntamiento de Andújar (Jaén). Edicto.

Artículo 7.º.–1.º. Para hacer uso del servicio de transporte urbano será necesario que toda persona, salvo los niños menores de 4 años, satisfaga el precio que estuviese establecido; en justificación del pago se entregará a los viajeros/as el correspondiente billete, el cual habrán de conservarlo durante todo el trayecto. 2.º. Lo establecido en el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio del régimen de ayudas que se establezca en beneficio de determinadas personas o colectivos de personas (jubilados, tarjeta joven, etc.) Artículo 8.º.–Para la validez de las tarifas se requerirá que sean fijadas y aprobadas por el Ayuntamiento, y en su caso, además, cuando así este establecido, por el organismo competente en materia de precios autorizados. Artículo 9.º.–Los niños menores de 4 años de edad estarán exentos de pago. Una vez cumplan esta edad, pagarán el servicio de autobús de la misma manera que el resto de los usuarios/as. Título III De la prestación del Servicio

Don JESÚS ESTRELLA MARTÍNEZ, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Andújar. Hace saber: Que el Excmo. Ayuntamiento de Andújar y mediante acuerdo plenario de 21 de octubre de 2004, aprobó inicialmente el Reglamento del Servicio de Transporte Urbano de Viajeros, conforme determina el art. 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, con la modificación de la Ley 11/1999, de 21 de abril. Que con fecha 17 de noviembre de 2004 se publica edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, habiendo cumplido el plazo de 30 días de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, según se desprende del certificado emitido por el Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de fecha 17 de enero de 2005. El texto íntegro del Reglamento es el siguiente: REGLAMENTO

DEL

SERVICIO

DE

TRANSPORTE URBANO

DE

VIAJEROS

Título Preliminar Ámbito de Aplicación Artículo 1.º.–La prestación del servicio de transporte urbano de viajeros, dentro del Término municipal de Andújar se regirá por lo dispuesto en este Reglamento y demás normas que regulan este Servicio.

Artículo 10.–El servicio de transporte urbano colectivo de viajeros/as se efectuará con carácter permanente, en días laborables, sin interrupción. Lunes a sábados en horario de De lunes a viernes: Horario de mañana

2 líneas

De 7,30 a 16,00 horas.

Horario de tarde

1 línea

De 16,00 a 22,00 horas.

Sábados: Horario de mañana

1 línea

De 8,00 a 14,00 horas.

Horario de tarde

1 línea

De 16,00 a 21,00 horas.

Artículo 11.–El conductor del vehículo será el representante de la empresa durante el viaje, con atribuciones para hacer cumplir a los usuarios/as del servicio las normas relativas de policía e higiene. Título IV Derechos y Deberes de los usuarios/as y conductores Artículo.12.–Facultades del personal adscrito a la empresa adjudicataria del Servicio:

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BOLETÍN

1.º. Impedir entrada de los vehículos a individuos en visible estado de embriaguez, que porten animales, excepto los perros guía, que según el art. 1 de la Ley 5/99 de la Comunidad Autónoma de Andalucía se establece que todas las personas con disfunción visual, total o severa, que vayan acompañadas de perros guía pueden acceder, deambular y permanecer... en condiciones de igualdad con el resto de la ciudadanía en los lugares públicos o uso público entre los que se incluye todo medio de transporte colectivo. Las condiciones exigibles serán: – Los perros guía deberán llevar, en lugar visible el distintivo de carácter oficial. – Los perros guía deberán permanecer junto con la persona afectada por disfunción visual debidamente sujeto. 2.º. Impedir la entrada de personas portando mayor carga de bultos o equipaje de lo reglamentario, o efectos que por su tamaño, clase o forma, no puedan ser llevados por sus portadores encima de ellos mismos.

OFICIAL

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presa su recuperación, donde, caso de haberse hallado, estará a disposición de quien acredite ser dueño durante un año, salvo que por la naturaleza del objeto no permita su conservación durante este período de tiempo. Título V Control e Inspección Artículo 19.–Competerá a la empresa el control de que cada viajero lleve su billete o tique debidamente cancelado, a estos efectos establecerá el oportuno sistema de inspección, vigilancia y denuncia, siendo responsable subsidiario en caso de que no se tomen las medidas de control y disciplina necesarios. Artículo 20.–a) La empresa concesionaria remitirá semestralmente al Ayuntamiento detalle normalizado de los servicios efectuados, en donde se especificará por líneas, trayectos y días las expediciones a realizar, conforme a lo dispuesto en todo momento por el Ayuntamiento. b) cualquier otra información que, a juicio de los técnicos municipales sea considerada relevante.

3.º. Obligar a descender a los que desobedezcan sus preceptos, alteren el orden, requiriendo la presencia de la Policía Municipal.

Título VI Infracciones y Sanciones

4.º. Impedir la entrada de viajeros cuando la totalidad de las plazas se hallan ocupadas.

Artículo 21.–Los usuarios/as del servicio serán responsables de las infracciones de este Reglamento que cometan ellos.

Artículo 13.–Obligaciones del personal adscrito a la empresa adjudicataria del Servicio:

Artículo 22.–Corresponde al Ayuntamiento la inspección y sanción, en su caso, del cumplimiento e infracciones, respectivamente de lo dispuesto en este Reglamento y demás normativa en vigor, sin perjuicio de dar cuenta a las autoridades Judiciales y administrativas de las conductas e infracciones cuya inspección y sanción tenga atribuidas legal o reglamentariamente.

1.º. Cumplir en todo momento, los preceptos del vigente Código de circulación y el horario de comienzo y terminación del servicio que se haya fijado con la empresa. 2.º. Detener sus vehículos lo más cerca posible de las aceras, en los lugares señalados al efecto, para que los viajeros suban y bajen sin peligro. 3.º. No poner en marcha el vehículo mientras en los accesos existan viajeros, subiendo o bajando. 4.º. Aquellas otras que exija la correcta prestación del servicio. Artículo 14.–Facultades de los usuarios/as del Servicio: 1. Instar al conductor del vehículo al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo anterior. 2. En caso de no atenderse su queja, podrán dirigirse a las oficinas de la empresa, o, en su caso, al Ayuntamiento, para solicitar información y/o formular reclamación o queja del servicio o de los empleados. Artículo 15.–Obligaciones de los usuarios/as del Servicio: 1. Abonar el billete por uso del servicio. 2. Conservar el billete durante todo el trayecto. 3. Guardar el debido respeto al conductor, acatando sus indicaciones y no distraerlo durante la marcha del vehículo. Artículo 16.–Prohibiciones de los usuarios/as del Servicio: 1. Apearse en paradas no autorizadas y/o estando en marcha el vehículo. 2. Fumar en el interior de los vehículos. 3. Viajar sin billete. 4. Hacer pintadas, arrojar papeles, en definitiva cualquier actuación que deteriore los asientos u otros equipamientos de los autobuses. Artículo 17.–La empresa prestataria del servicio vendrá obligada a señalizar en el interior de los vehículos la prohibición de fumar en los mismos, siendo responsable del exacto cumplimiento de esta limitación, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 192 de 4 de marzo de 1988. Artículo 18.–Cualquier viajero que crea haber extraviado algún objeto en un vehículo del servicio podrá interesar en las oficinas de la em-

Artículo 23.–La inspección a que se refiere el número anterior se llevará a cabo por los miembros integrantes de la Policía Local y de la propia inspección del servicio u ente gestor del mismo que le sucediere, así como aquel personal de la misma expresamente autorizado, considerando a unos y otros en el ejercicio de estas funciones como agentes de la autoridad, con las facultades y prerrogativas inherentes a esta condición. Artículo 24.–Las infracciones que se cometan contra lo dispuesto en este Reglamento se tipificarán y sancionarán conforme a lo previsto en el Real decreto 1.398/1993, de 4 de agosto por el que se aprueba el Reglamento de ejercicio de la potestad sancionadora, así como lo establecido en el Código de circulación y demás legislación y normativa de aplicación. Artículo 25.–Las sanciones serán impuestas por la Alcaldía-Presidencia previo expediente en el que será oído el infractor. Título VII Recursos y reclamaciones Artículo 26.–Contra cualquier orden o situación de hecho que no tenga la calificación de acto administrativo podrá reclamarse ante el Alcalde. Artículo 27.–Contra las Sanciones o Resoluciones de la Corporación podrán interponerse los recursos administrativo y jurisdiccionales previstos en las disposiciones vigentes. Disposición Adicional Primera Se faculta expresamente al Alcalde u órgano que actúe por delegación expresa del mismo en esta materia para interpretar, aclarar, desarrollar y ejecutar las prescripciones de este Reglamento, así como para suplir, transitoriamente por razones de urgencia y hasta que exista un pronunciamiento en la primera sesión que celebre a continuación el pleno del Ayuntamiento, los vacíos normativos que pudieren existir en la misma. Disposición Final El presente Reglamento que consta de 27 artículos, 1 disposiciones adicionales y 1 final, entrará en vigor una vez aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno, al día siguiente de la Publicación completa de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

BOLETÍN

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ANEXO I

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Ida

• Ben Yusuff

Primera Línea: Ida

Vuelta

Vuelta

• Cdra. Capuchinos

• Rey Alhamar

• 22 de Julio • Monjas • Ibáñez Marín

• Hospital Viejo

• Hospital

• Puerta Madrid

• Dr. Fleming

• Avda. Roma

• 6 de Diciembre

• Estrasburgo

• Avda. 28 de Febrero

• Doctor Montoro

• Tiradores

• Londres

• Avda. de Granada

• Doce de Agosto

• Plaza Vieja

• Blas Infante

• Blas Infante

• Plaza Vieja

• Plaza

• Avda. de Granada

• Avda. de Lisboa

• Gabriel Zamora

• Pablo Picasso

• Estrasburgo

• Del Pino

• Historiador Antonio Laguna

• Londres

• Verbena Acc. Hernán Cortés

• Santo Reino

• Hospital

• Verbena

• Antonio Gala

• Dulce Jesús

• La Palma

• La Palma

• Verbena

Se establecerán tres servicios de ida y vuelta diarios a Llanos del Sotillo y Vegas de Triana. Coincidiendo con el servicio que se presta a este último poblado se realizará una parada en la Estación de Ferrocarril (RENFE).

• Feria

• Bernardino Martínez

• Acc. Barrio La Paz

• Puerta Madrid

• Ronda Mestanza

Los itinerarios podrán ser modificados a indicación del Ayuntamiento sin variar sensiblemente los kilómetros recorridos.

• Dr. Martínez Linares

• Barrero

• María Ana Mogas

• Ancha

• Maestro Amador

• Jesús María

• Ben Yusuff

• Virgen

Ayuntamiento de Andújar (Jaén).

• Rey Alhamar

• Calancha

Edicto.

• Puerta Madrid

• Plaza Vieja

• 6 de Diciembre

Don JESÚS ESTRELLA MARTÍNEZ, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Andújar.

• Pablo Picasso

Hace saber:

• Avda. de Granada

Que el Excmo. Ayuntamiento de Andújar y mediante acuerdo plenario de 21 de octubre de 2004, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza del Mercadillo en el Municipio de Andújar, conforme determina el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, con la modificación de la Ley 11/1999, de 21 de abril.

• Blas Infante • Lisboa • Estrasburgo

Que con fecha 17 de noviembre de 2004 se publica edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, habiendo cumplido el plazo de 30 días de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, según se desprende del certificado emitido por el Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de fecha 17 de enero de 2005.

• Londres • Blas Infante • Minguillos • Hospital

La modificación propuesta del punto Tercero del artículo 4.º de la referrida Ordenanza, quedaría de la siguiente manera:

Segunda Línea: Ida

• Plaza Vieja

Lo que se da en Andújar, a 19 de enero de 2005.–El Alcalde-Presidente, JESÚS ESTRELLA MARTÍNEZ. – 537

Vuelta

• Hospital

• San Bartolomé

• Blas Infante

• Paseo Feria

• Avda. Roma

• Colón

• Avda. de Estrasburgo

• Santa Úrsula

• Londres

• Antigua N-IV

• Avda. Blas Infante

• Silera

• Avda. de Granada

• Mesones

• Pablo Picasso

• Dr. Martínez Linares

• 6 de Diciembre

• María Ana Mogas

• Puerta Madrid

• Maestro Amador

• Plaza de Toros

«Tercero.–Para la elaboración de las listas de solicitudes, la comisión informativa de servicios, tendrá en cuenta los siguientes criterios: a) Presentación de una memoria en la que se valorará el desarrollo de la actividad a desempeñar, iniciativa empresarial, lanzamiento de nuevos productos al mercado. b) Sorteo de las solicitudes que reúnan todos los requisitos establecidos en el artículo 1 de la presente, que se celebrará en la Comisión Informativa de Servicios, dicho sorteo será público». La presente modificación, una vez haya sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, entrará en vigor en el plazo previsto en el artículo 196.2 del R.O.F. Lo que se da en Andújar, a 19 de enero de 2005.–El Alcalde-Presidente, JESÚS ESTRELLA MARTÍNEZ. – 538

Junta de Andalucía Consejería de Empleo. Delegación Provincial de Jaén.

Certifica:

Edicto de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo de Jaén, sobre notificación a Vicente Prieto Ayuso y Otros, C.B., de Castellar (Jaén).

Que por la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, se ha dictado resolución de fecha 13 de septiembre de 2004, expediente 135/04, imponiéndose a la empresa Vicente Prieto Ayuso y Otros, C.B., la sanción de 1.600 euros, confirmando la resolución de la Delegación Provincial de Empleo, de fecha 1 de junio de 2004.

Don MANUEL MARÍA MARTOS RUBIO, Jefe del Servicio de Administración Laboral de la Consejería de Empleo de Jaén.

Pág. 808

BOLETÍN

Notifíquese la presente resolución a los interesados en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («B.O.E.» del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con la advertencia de que la misma agota la vía administrativa conforme a lo establecido en el artículo 109 de la citada Ley y que contra ella cabe interponer recurso Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio o se halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998. Agotando dicha resolución la vía Administrativa, deberá hacer efectivo el pago en cualquiera de las cuentas abiertas en las entidades colaboradoras de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a nombre de «Tesorería General de la Junta de Andalucía, cuenta restingida para la Recaudación de Tributos», de la respectiva provincia. Y para que conste y surta los oportunos efectos, expido y firmo la presente certificación, en Jaén, a 18 de enero de 2005.—El Jefe del Servicio de Administración Laboral, MANUEL MARÍA MARTOS RUBIO. — 477 Consejería de Empleo. Delegación Provincial de Jaén. Edicto de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo de Jaén, sobre notificación a Valjasur, S.L., de Jaén. Don MANUEL MARÍA MARTOS RUBIO, Jefe del Servicio de Administración Laboral de la Consejería de Empleo de Jaén. Certifica: Que por la Delegación Provincial de Jaén, se ha dictado Resolución de fecha 26 de noviembre de 2004, expediente 373/04, imponiéndose a la Empresa Valjasur, S.L., la sanción de 1.502,54 euros, confirmando la propuesta de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, según acta 445/04, y en donde se declara la responsabilidad solidaria de la Empresa Valjasur, S.L., siendo los hechos reflejados en la misma constitutivos de infracciones a los arts. Anexo A, punto 12, del R.D. 1.627/97 a) B) y c); arts. 4 y 19 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por R.D. Legislativo 1/95, de 24 de marzo («B.O.E.» del 10), arts. 14.2, 15.1 y 17 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95, de 8 de noviembre («B.O.E.» del 19); arts. 10, 11 y Anexo IV, Parte A, punto 12 del citado R.D. 1.627/97, de 24 de octubre («B.O.E.» 25), por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, tipificada como Grave en el art. 12.16.b) del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/00, de 4 de agosto, que aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, e imponiéndose en grados Mínimo de conformidad con el Art. 39. 3 de la citada Ley. Notifíquese la presente resolución a los interesados en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y del Procedimiento Administrativo Común, entregando a las partes copia literal, con la advertencia de que la misma no agota la vía administrativa, y que contra ella, cabe interponer recurso de alzada, directamente o por conducto de esta Delegación Provincial, ante la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, en el plazo de un mes, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 114, 115 y 48 de la referida Ley 30/92, de 26 de noviembre, en su redacción dada por Ley 4/99, de 13 de enero («B.O.E.» del 14), y art. 23 del Real Decreto 928/98, de 14 de mayo («B.O.E.» 3-6-98), por el que se aprueba el Reglamento sobre Procedimiento para la Imposición de Sanciones por Infracciones en el Orden Social y para los Expedientes Liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.–Jaén, a 26 de noviembre de 2004.–El Delegado Provincial. Fdo.: David Avilés Pascual». Lo que comunico a efectos de notificaciones, reiterándole que contra dicha resolución cabe interponer recurso de alzada en la forma y plazo que en la misma se especifican.

OFICIAL

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

De no interponerse dicho recurso, la resolución ahora notificada adquirirá firmeza, comenzando, desde ese momento, a computarse el plazo para el ingreso de la sanción en período voluntario, con sujeción a la regla establecida en el artículo 20.2 del Reglamento General de Recaudación: a) Si el día en que la resolución es firme está comprendido entre el 1 y el 15 del mes, el pago deberá hacerse efectivo hasta el día 5 del mes siguiente o, de ser este festivo, hasta el día inmediato hábil posterior. b) Si el día en que la resolución es firme está comprendido entre el 16 y último del mes, el pago deberá hacerse efectivo hasta el día 20 del mes siguiente o, de ser este festivo, hasta el día inmediato hábil posterior. Todo ello con la advertencia de que, de no producirse el pago en dichos plazos, se devengará inmediatamente el recargo de apremio e intereses de demora y se procederá al cobro y, en su caso, ejecución, por el procedimiento de apremio, de conformidad con lo previsto en el ya citado Reglamento General de Recaudación, aprobado por R.D. 1.684/90, de 20 de diciembre, modificado por R.D. 448/95, de 24 de marzo, de aplicación conforme a lo dispuesto en el art. 16 del Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos de la Comunidad Autónoma Andaluza, aprobado por Decreto 46/86, de 5 de marzo, modificado por Decreto 194/87, de 26 de agosto. El abono de la sanción deberá efectuarse mediante el Talón de Cargo que se le adjunta, en cualquiera de las cuentas abiertas en las entidades colaboradoras de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a nombre de «Tesorería General de la Junta de Andalucía, Cuenta restringida para la Recaudación de Tributos». Jaén, a 13 de enero de 2005.–El Jefe del Servicio de Administración Laboral, MANUEL MARÍA MARTOS RUBIO. — 476 Consejería de Empleo. Delegación Provincial de Jaén. Referencia: C. de Trabajo. Convenios Colectivos. Expte. 19/04. AG. Código convenio: 2300075. En el expediente de referencia ha recaído resolución del lltmo. Sr. Delegado Provincial de Empleo, que dice cuanto sigue: «Visto el texto de las Tablas Salariales 2004-2005 del Convenio Colectivo de Trabajo, de ámbito sectorial, para Industria Siderometalúrgica de la provincia de Jaén, recibido en esta Delegación Provincial en fecha 17 de enero de 2005, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, en su artículo 2.°; Real Decreto 4.043/82, de 29 de diciembre, de traspaso de competencias, y Decreto 18/83, de 26 de enero, en relación con el Decreto 203/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo: Esta Delegación Provincial, acuerda: Primero.–Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Delegación Provincial, con notificación a la Comisión Paritaria. Segundo.–Remitir un ejemplar original del mismo al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Tercero.–Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. Jaén, 17 de enero de 2005.–El Delegado Provincial de Empleo, David Avilés Pascual». Jaén, 17 de enero de 2005.–El Jefe de Servicio de Administración Laboral, MANUEL M.ª MARTOS RUBIO. Asistentes: Presidente: Don Manuel M.ª Martos Rubio. M.C.A.-U.G.T.: Don Pablo Carriquí Martínez.

BOLETÍN

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

OFICIAL

Pág. 809

Don Valentín Ibáñez Fernández. Categorías

Don Manuel Morales Larrubia. Sindicato Minero Metalúgico de CC.OO.:

Salario base/Euros

Euros/Hora Plus Carencia de Incentivos

Antigüedad Valor quinquenio/Euros

Oficial de 1.ª Viajante

628,64

0,47

28,53

Don Francisco Sánchez Bustos.

Oficial de 2.ª

613,27

0,46

27,84

Don Juan Salazar Fernández.

Auxiliar

594,64

0,45

26,99

Don Román Muñoz Lara. Federación Empresarios del Metal:

Técnicos de Oficina: Delineante Proyectista

656,11

0,49

29,78

Don Ramón Calatayud Lerma.

Delineante de 1.ª

628,65

0,47

28,53

Delineante de 2.ª

613,27

0,46

27,84

Auxiliar

594,66

0,45

27,00

Técnicos de Laboratorio: Jefe de Laboratorio

675,37

0,51

30,66

En la ciudad de Jaén, siendo las 11,00 horas del día 17 de enero de 2005, en la Sala de Juntas del Servicio de Administración Laboral, se reúnen las instituciones, con sus respectivos vocales, dichas al margen, componentes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de ámbito provincial de Jaén para el Sector de Siderometalurgia. Con el siguiente orden del día: 1.º. Dar cumplimiento a las previsiones de revisión referidas al año 2004, que traen causa en el I.P.C. real producido, elaborando en consecuencia las tablas salariales y demás conceptos económicos que serán de aplicación efectiva desde el 1-01-2004.

Jefe de Sección

649,21

0,49

29,47

Analista de 1.ª

623,42

0,47

28,31

Analista de 2.ª

604,50

0,46

27,44

Auxiliar

597,22

0,45

27,00

2.º. Elaborar las tablas y demás conceptos económicos para su aplicación en el ejercicio 2005.

Técnicos de Taller: Jefe de Taller

666,20

0,49

30,24

Abierta la sesión, se da cumplimiento a las previsiones revisorias del Convenio Colectivo vigente para la industria Siderometalúrgica, correspondiente al ejercicio 2004, y se elabora la Tabla Salarial y demás conceptos económicos que será de aplicación para el ejercicio 2004 con efectos desde el 1 de enero de dicho año.

Maestro de Taller

632,89

0,48

28,73

Maestro de Taller de 2.ª

628,65

0,47

28,53

Encargado

611,00

0,46

27,74

Personal Técnico: Perito

717,52

0,53

32,58

Maestro Industrial

645,01

0,48

29,28

Practicante A.T.S.

620,81

0,47

28,18

En ambos casos la entrada en vigor será a partir de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, y los atrasos que se generen serán satisfechos por las empresas en el plazo máximo de 30 días a partir de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. Asimismo, y con base a la revisión resultante de los conceptos económicos y tabla salarial de 2004, se procede a elaborar la tabla salarial y conceptos económicos que regirán en el sector durante el ejercicio 2005, con efectos de 1 de enero de dicho año. También en este caso, las nuevas cuantías, entrarán en vigor a partir de la publicación y los atrasos que se generen serán satisfechoas en el plazo máximo de 30 días a partir de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Euros

Artículo 17.º

Contratos de Formación: 1.er año

542,14

2.º año

567,35

Artículo 20.º

Salario Base

Se comisiona al Presidente, Sr. Martos, para que realice cuantas cuestiones sean necesarias en orden al registro, depósito y publicación de la presente acta y de las tablas que se acompañan como anexo a la misma.

Artículo 21.º

Plus de Absentismo

Artículo 22.º

Plus Convenio

3,32

Artículo 24.º

Prima de Asistencia

4,86

No habiendo más asuntos que tratar, se dio por finalizada la reunión, firmando en prueba de conformidad los asistentes en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de la presente acta.

Artículo 25.º

Plus Distancia

0,19

Artículo 27.º

Plus de Escolaridad

56,91

Artículo 28.º

Plus Transporte

39,30

Tablas salariales definitivas para el Convenio Colectivo para la actividad Siderometalúrgica en la provincia de Jaén, para el año 2004

Artículo 29.º

Nupcialidad

Artículo 29.º

Natalidad

Artículo 31.º

Antigüedad

Artículo 32.º

Dietas: Media dieta

Tablas salariales: Categorías

Salario base/Euros

Euros/Hora Plus Carencia de Incentivos

Antigüedad Valor quinquenio/Euros

En tablas salariales

236,28 100,60 En tablas salariales 11,79

Media dieta sólo desayuno

21,21

Dieta dompleta

29,45

Diario

20,15

0,46

27,78

Oficial de 2.ª

19,99

0,46

27,48

Artículo 33.º

Plus de Turnicidad

Oficial de 3.ª

19,68

0,45

27,11

Artículo 34.º

Cuarto Turno

Especialista

19,67

0,45

27,11

Artículo 40.º

Plus Carencia de Incentivos

Peón

19,43

0,45

26,76

0,45

26,96

Mensual

594,02

Chófer

602,16

0,45

27,50

Vigilante

584,51

0,44

26,53

667,85

0,50

30,31

Jefe de Segunda

651,20

0,49

29,57

1,30 7,20 En tablas salariales

Tablas salariales para el Convenio Colectivo para la actividad Siderometalúrgica en la provincia de Jaén, para el año 2005 Tablas salariales: Categorías

Personal Administrativo y de Organización: Jefe de Primera

4,20

Dieta

Personal Obrero: Oficial de 1.ª

Personal Subalterno: Almacenero

25,89

Personal Obrero: Oficial de 1.ª

Salario base/Euros

Euros/Hora Plus Carencia de Incentivos

Antigüedad Valor quinquenio/Euros

Diario

20,15

0,46

27,78

BOLETÍN

Pág. 810

Categorías

Oficial de 2.ª

Salario base/Euros

19,99

Euros/Hora Plus Carencia de Incentivos

0,46

Antigüedad Valor quinquenio/Euros

27,48

OFICIAL

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

Euros

Artículo 33.º

Plus de Turnicidad

Artículo 34.º

Cuarto Turno

Artículo 40.º

Plus Carencia de Incentivos

1,30 7,20 En tablas salariales

Oficial de 3.ª

19,68

0,45

27,11

Especialista

19,67

0,45

27,11

— 549

Peón

19,43

0,45

26,76

Consejería de Obras Públicas y Transportes. Delegación Provincial de Jaén. Edicto.

Personal Subalterno: Almacenero

Mensual

594,02

0,45

26,96

Chófer

602,16

0,45

27,50

Vigilante

584,51

0,44

26,53

Personal Administrativo y de Organización: Jefe de Primera

667,85

0,50

30,31

Jefe de Segunda

651,20

0,49

29,57

Oficial de 1.ª Viajante

628,64

0,47

28,53

Oficial de 2.ª

613,27

0,46

27,84

Auxiliar

594,64

0,45

26,99

Técnicos de Oficina: Delineante Proyectista

656,11

0,49

29,78

Delineante de 1.ª

628,65

0,47

28,53

Delineante de 2.ª

613,27

0,46

27,84

Auxiliar

594,66

0,45

27,00

Destinatario: Don Francisco Fernández García. Domicilio: Carretera de Circunvalación, Blq. 3-Bajo E., de Villacarrillo. Fecha: 21-04-04. Nuestra referencia: Secc. Gestión P. Asunto: Rdo. Pliego Cargos. D-3/04. De acuerdo con lo previsto en los artículos 138 y 142 del Reglamento para la aplicación de la Ley sobre viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/68 de 24 de julio. Notifico a usted los siguientes cargos: No destinar la vivienda adjudicada a domicilio habitual y permanente. Que constituye motivo de desahucio a tenor de lo previsto en la causa 6.ª del artículo 138 del citado Reglamento. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 142 del referido Reglamento se le requiere para que, en el plazo de 8 días a partir de la fecha en que reciba esta comunicación, formule, por escrito las alegaciones, y en su caso ponga las pruebas que considere oportunas para su descargo, significándole que transcurrido el plazo concedido sin cumplimentarlo, se declarará decaído en su derecho al referido trámite, conforme el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por Ley 4/1999, de 14 de enero.

Técnicos de Laboratorio: Jefe de Laboratorio

675,37

0,51

30,66

Jefe de Sección

649,21

0,49

29,47

Analista de 1.ª

623,42

0,47

28,31

Analista de 2.ª

604,50

0,46

27,44

Auxiliar

597,22

0,45

27,00

Técnicos de Taller: Jefe de Taller

666,20

0,49

30,24

Maestro de Taller

632,89

0,48

28,73

— 478

Maestro de Taller de 2.ª

628,65

0,47

28,53

Encargado

611,00

0,46

27,74

Consejería de Obras Públicas y Transportes. Delegación Provincial de Jaén.

Personal Técnico: Perito

717,52

0,53

32,58

Maestro Industrial

645,01

0,48

29,28

Practicante A.T.S.

620,81

0,47

28,18

La Instructora, MARÍA DOLORES FERNÁNDEZ BALTANÁS.

Edicto. Destinatario: Don José Martínez Soler. Domicilio: Carretera de Circunvalación, Blq. 3-2.º H., de Villacarrillo. Fecha: 21-04-04. Euros

Artículo 17.º

Contratos de Formación: 1.er año

542,14

2.º año

567,35

Artículo 20.º

Salario Base

Artículo 21.º

Plus de Absentismo

Artículo 22.º

Plus Convenio

5,09

Artículo 24.º

Prima de Asistencia

4,86

Artículo 25.º

Plus Distancia

0,19

Artículo 27.º

Plus de Escolaridad

56,91

Artículo 28.º

Plus Transporte

39,30

Artículo 29.º

Nupcialidad

Artículo 29.º

Natalidad

Artículo 31.º

Antigüedad

Artículo 32.º

Dietas: Media dieta Media dieta sólo desayuno

En tablas salariales 25,89

236,28 100,60 En tablas salariales 11,79 4,20

Dieta

21,21

Dieta dompleta

29,45

Nuestra referencia: Secc. Gestión P. Asunto: Rdo. Pliego Cargos. D-2/04. De acuerdo con lo previsto en los artículos 138 y 142 del Reglamento para la aplicación de la Ley sobre viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/68 de 24 de julio. Notifico a usted los siguientes cargos: No destinar la vivienda adjudicada a domicilio habitual y permanente. Que constituye motivo de desahucio a tenor de lo previsto en la causa 6.ª del artículo 138 del citado Reglamento. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 142 del referido Reglamento se le requiere para que, en el plazo de 8 días a partir de la fecha en que reciba esta comunicación, formule, por escrito las alegaciones, y en su caso ponga las pruebas que considere oportunas para su descargo, significándole que transcurrido el plazo concedido sin cumplimentarlo, se declarará decaído en su derecho al referido trámite, conforme el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por Ley 4/1999, de 14 de enero. La Instructora, MARÍA DOLORES FERNÁNDEZ BALTANÁS. — 479

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

BOLETÍN

Consejería de Obras Públicas y Transportes. Delegación Provincial de Jaén. Edicto.

OFICIAL

Pág. 811

Registro Gral. de Salida: 50.592. Destinatario/a: Carmen Rodríguez Chica. Certificado con acuse de recibo: Sí. Número de Expte.: 23/0000609-J/1998.

Referencia: Daños en Carretera. Expediente: 33/D/04/GR-2571-X. Según informe emitido por la Sección de Explotación y Conservación de la Delegación Provincial de la Consejería de O.P. y Transportes de la J.A. en Jaén, el 29 de septiembre de 2004, se causaron daños a elementos de la carretera A-340, p.k. 95,300 ocasionados por el vehículo GR-2571-X propiedad de Francisco Javier García Martín. El importe de los daños ocasionados ascendieron a la cantidad de 2.689,55 euros, según presupuesto aportado por el Servicio de Vigilancia al expediente. A la vista de todo ello y figurando Ud. como responsable de los mismos, antes de iniciar la reclamación del importe de los daños, por el procedimiento previsto en el artículo 83, apartado 2.º de la Ley 8/2001, de Carreteras de Andalucía, pongo estos cargos en su conocimiento a fin de que en el plazo de 15 días formule las alegaciones que considere oportunas, así como revisar el expediente en el Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de O.P. y Transportes de la J.A. sito en la calle Arquitecto Berges, número 7 de Jaén. En caso de conformidad puede hacer efectivo el importe en cualquier entidad bancaria mediante impreso 046 que puede retirar en las dependencias antes citadas. Jaén, a 12 de enero de 2005.–El Delegado Provincial, P.A.: El Secretario General (Decreto 21/1985, de 5 de febrero), JOSÉ ÁNGEL ÁLVAREZ GONZÁLEZ. – 526

Esta Delegación Provincial, revisados los requisitos por los que se le reconoció el derecho a pensión de jubilación no contributiva, en aplicación de lo establecido en el R.D.L. 1/1994, de 20 de junio («B.O.E.» 29 de junio), y en el art. 25.3 del R.D. 357/1991, de 15 de marzo («B.O.E.» del día 21), ha resuelto, con fecha 23 de septiembre de 2004, suspender el pago de la pensión que tiene reconocida por los hechos y fundamentos que a continuación se indican: Incumplimiento de la obligación de presentar la declaración de los ingresos o rentas computables (art. 149 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio («B.O.E.» de 26 de junio) y en el art. 16.2 del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo («B.O.E.» de 21 de marzo). Transcurridos tres meses desde la recepción de esta notificación sin que se haya producido la subsanación de la circunstancia que causó la suspensión del pago, causará baja definitiva en la pensión que tiene reconocida. El importe de la paga extraordinaria ha sido calculado en aplicación a las reglas establecidas en el R.D. 771/1997, de 30 de mayo. Lo que se le notifica, indicándole que contra dicha resolución podrá interponer demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de esta notificación, conforme a lo dispuesto en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por R.D.L. 2/1995, de 7 de abril («B.O.E.» 11 de abril). Beneficiario: Carmen Rodríguez Chica. D.N.I.: D025962709. Pensión: Jubilación.

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. Delegación Provincial de Jaén. Centro de Valoración y Orientación.

Cuantía mensual: 0,00 euros.

Anuncio de la Delegada Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Jaén, en el expediente de Reconocimiento y Calificación de la Condición de Minusválido que se cita.

Año anterior:

De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, intentada la notificación de Resolución sobre Reconocimiento y Calificación del grado de minusvalía (Expt. n.º 23/1044097-M/2004), no se ha podido practicar dicha notificación, por lo que mediante la presente se comunica a don José del Moral Gallego, que dispone de un plazo de 15 días, a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio, para personarse en este Centro de Valoración y Orientación, situado en la C/. Linares, n.º 2-4, de Jaén, teléfono 953-00-29-00, y/o interponer alegaciones y aportar las pruebas que estime oportunas.

Cuantía a reconocer. Anual: 3.762,78. Mensual: 268,77 euros.

De no realizar reclamación alguna en el plazo indicado, la citada resolución devendrá en definitiva. Contra la presente resolución podrá interponer reclamación previa a la vía de la Jurisdicción Social ante esta Delegación Provincial en el plazo de treinta días siguientes a la fecha de su recepción, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril. Jaén, a 17 de enero de 2005.–La Delegada Provincial para la Igualdad y Bienestar Social, SIMONA VILLAR GARCÍA. — 475 Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. Delegación Provincial de Jaén. Edicto. Don FRANCISCO CALAHORRO NAVAS, Jefe del Servicio de Gestión Económica de Pensiones de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Jaén. Certifica: Que por esta Delegación Provincial se ha intentado la notificación de la Resolución que a continuación se transcribe:

Detalle de los atrasos/cobros indebidos:

Cuota reconocida. Anual: 3.762,78. Mensual: 268,77 euros. Cuantía a devolver: 0 euros. Período que comprende: Desde 1-01-2003 hasta 31-12-2003. Datos sobre los que se ha calculado la cuantía de la pensión: –Recursos propios interesado computables: 0,00 euros. –Recursos unidad económica computables: 12.357,76 euros. –Límite de acumulación de recursos U.E.C.: 22.576,68 euros. –Límite de recursos propios: 3.762,78 euros. Año en curso: Cuantía reconocida. Anual: 3.868,20. Mensual: 276,30 euros. Cuantía a reconocer. Anual: 0,00. Mensual: 0,00 euros. Datos sobre los que se ha calculado la cuantía de la pensión: –Recursos propios interesado computables: 0,00 euros. –Recursos unidad económica computables: 12.357,76 euros. –Límite de acumulación de recursos U.E.C.: 23.209,20 euros. –Límite de recursos propios: 3.868,20 euros. Cuantía total a percibir: 184,20 euros. Jaén, 23 de septiembre de 2004.–La Delegada Provincial para la Igualdad y Bienestar Social. Fdo.: Simona Villar García». Y para que conste y surta los efectos de notificación previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico para las Administraciones públicas y Procedimiento Administrativo Común, de 26 de diciembre de 1992, actualizada con la Ley 4/1999, expide y firma la presente certificación, con el visto bueno de la Delegada Provincial, en Jaén, a 21 de enero de 2005.–V.º B.º: La Delegada Provincial, SIMONA VILLAR GARCÍA.–El Jefe del Servicio de Gestión Económica y Pen— 551 siones, FRANCISCO CALAHORRO NAVAS.

BOLETÍN

Pág. 812

OFICIAL

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

Consejería de Medio Ambiente. Delegación Provincial de Jaén.

Consejería de Medio Ambiente. Delegación Provincial de Jaén.

Anuncio de exposición publica del expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada Vereda Mágina, en el tramo desde la A-324, hasta el Pico Mágina, en el término municipal de Huelma (Jaén).

Anuncio de exposición pública del expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada Vereda Mágina, en el tramo desde el núcleo urbano de Huelma, hasta el 2.° cruce con la A-324, junto al depósito del agua, en el término municipal de Huelma (Jaén).

Expediente: VP/00100/2004.

Expediente: VP/00098/2004.

Anuncio de deslinde De conformidad con lo establecido en el art. 20.1 del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 155/1998, de 21 de julio («B.O.J.A.» n.° 87, de 4 de agosto) y una vez redactada la Proposición de Deslinde, se hace público para general conocimiento, que el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada Vereda Mágina, en el tramo desde la A-324, hasta el Pico Mágina, en el término municipal de Huelma(Jaén), estará expuesto al público en las oficinas de esta Delegación Provincial de Medio Ambiente en Jaén, sita en Fuente Serbo, n.° 3, Edificio Mirador Fuentezuela, en Jaén, así como en las dependencias del Ayuntamiento correspondiente, durante el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia; otorgándose, además de dicho mes, un plazo de veinte días a partir de la finalización del mismo para formular cuantas alegaciones estimen oportunas, presentando los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Se adjunta relación de aquellos propietarios cuyas parcelas pueden verse afectadas como colindancias o intrusiones en el procedimiento, además de aquellos posibles interesados en el expediente de deslinde que nos ocupa. Así mismo, tal como previene el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el presente anuncio servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos que sean desconocidos, a aquellos respecto de quienes sea ignorado su paradero y a los que intentada la correspondiente notificación no se hubiera podido practicar la misma. Relación de afectados Pol./Parc.

25/366, 25/199 25/9014, 25/1, 25/9001, 25/9002, 25/9003, 25/9004, 25/9006, 25/9007, 25/9008

De conformidad con lo establecido en el art. 20.1 del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 155/1998, de 21 de julio («B.O.J.A.» n.° 87, de 4 de agosto) y una vez redactada la Proposición de Deslinde, se hace público para general conocimiento, que el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada Vereda Mágina, en el tramo desde el Núcleo Urbano de Huelma, hasta el 2.° Cruce con la A-324, junto al Depósito del Agua, en el término municipal de Huelma (Jaén), estará expuesto al público en las oficinas de esta Delegación Provincial de Medio Ambiente en Jaén, sita en Fuente Serbo, n.° 3, Edificio Mirador Fuentezuela, en Jaén, así como en las dependencias del Ayuntamiento de Bedmar, durante el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia; otorgándose, además de dicho mes, un plazo de veinte días a partir de la finalización del mismo para formular cuantas alegaciones estimen oportunas, presentando los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Se adjunta relación de aquellos propietarios cuyas parcelas puedan verse afectadas como colindancias o intrusiones en el procedimiento, además de aquellos posibles interesados en el expediente de deslinde que nos ocupa. Así mismo, tal como previene el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el presente Anuncio servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos que sean desconocidos, a aquellos respecto de quienes sea ignorado su paradero y a los que intentada la correspondiente notificación no se hubiera podido practicar la misma. Relación de parcelas afectadas

Titular

Almazán González, María

Ayto. Huelma Solera

25/99

Bayona Justicia, Providencia

25/101

Fargas Bayona, Miguel Ángel

25/98

García Valenzuela, Francisco

25/215

Guzmán García, José

25/216

Guzmán Guzmán, Miguel

25/103, 25/219, 25/105, 25/104

Guzmán Vico, Fuensanta

25/109, 25/202

Guzmán Vico, María Carmen

25/224

Guzmán Vico, Sacramento

25/217

Guzmán Vaco, Miguel

25/110

Jódar Roa, José

25/198, 25/197, 25/191

Anuncio de deslinde

Jódar Vico, Manuel

Pol./Parc.

25/9016, 20/206, 8/9011, 26/329, 20/9001, 26/338, 25/9001, 26/9008, 20/9002, 20/9003, 20/9004, 20/9008, 25/9010, 25/9006, 26/260

Bayona González Pedro

20/9006

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

26/262

Desconocido

25/156

Díaz Domenech, Miguel

25/153

Díaz Galiano, Rafael

26/325

Díaz Manjón, Elena

26/327

Díaz Martínez, Elena

25/365

Díaz Ortega, María Teresa

26/264

Díaz Vico, Cristóbal

26/246

Fernández Díaz, Blas

25/161

Fernández García, Manuel

Justicia Justicia, Evelio

25/196

Montoro Robledillo, Serafín

25/201

Salcedo Guzmán, Encarnación

25/200

Vico Galiano, Agustín

20/151, 25/154

25/108, 25/106, 5/107

Vico Galiano, Antonio

26/328

Vico Galiano, María Teresa

Jaén, 12 de enero de 2005.–La Delegada Provincial, AMPARO RAESPINOSA.

MÍREZ

— 620

Ayto. Huelma Solera

25/193

25/100

25/203, 25/204

Titular

20/3, 20/1 26/332

20/4 25/212, 25/158

Fernández Olmedo, Juan Fernández Valenzuela, Isabel Galiano Lirio, María Purificación Galiano Ortega, Luisa Galiano Pérez, José Galiano Rodríguez, Lucía

26/290

Gámez Valenzuela, Eustaquio

26/288

García Galiano, Rafael

BOLETÍN

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

Pol./Parc.

OFICIAL

Titular

Pág. 813

Pol./Parc.

Titular

26/305

García León, Juan

25/159

Gómez Guzmán, Antonio José

25/9021

No existen datos

26/247

Guzmán García, Enrique

26/308

Olmo Martos, José Diego

25/216

Guzmán Guzmán, Miguel

26/248

Pérez Domenech, Pedro

26/249

Guzmán Martos, Isabel

26/245

Roa Galiano, Cristóbal

25/160

Guzmán Serrano, Antonio

26/261

Rubio Valdivia, Diego

26/263

Jiménez Aranda, José

26/297

Ruiz Galiano, Lorenzo

26/265, 26/326

Justicia Aranda, Isabel

20/5

20/6

Navarro Justicia, Juana

Salas Lara, María

20/148

Justicia Justicia, Manuel

26/319

Lirio Lorite, Gerónimo

20/8, 20/150

26/251

Lirio Pichel, Cristóbal

26/333

Valdivia Vico, Jesús Miguel

26/250

Lirio Rodríguez, Josefa

25/213

Vico Fernández, María Dolores

25/157

Martínez Fernández, Francisco

20/149

Vico Galiano, Agustín

26/330

Martínez Guzmán, Ana

26/241

Vico Vico, Josefa

26/331

Martínez Guzmán, Pedro

26/242

Vico Vico, María del Carmen

26/306

Martos López, Josefa

26/322

Moreno Lozano, José María

26/289

Moreno Mula, Pedro

20/207

Soriano Vico, Diego Valdivia García, Juan

Jaén, 10 de enero de 2005.–La Delegada Provincial, AMPARO RAESPINOSA. — 622

MÍREZ

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Provincial de Murcia. U.R.E. n.º 5. Edicto. Don MANUEL MUÑOZ ABELLÁN, Recaudador de la U.R.E. 5 de Murcia, por delegación de don Eduardo Cos Tejada, Director Provincial de la TGSS de Murcia, comunica que esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («B.O.E.» de 27 de noviembre), y lo establecido en el R.D. 1.637/95, de 6 de octubre, ha ordenado la ejecución de embargos contra los bienes de los sujetos que a continuación se relacionan y al no haberse podido realizar la notificación en el domicilio de los interesados por cauda no imputable a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que de no liquidarse las deudas publicadas en el plazo de diez días mediante transferencia a la cuenta 00490433032810157355, se tendrán por notificados los débitos y actuaciones de embargo realizadas en el procedimiento de apremio. Los sujetos pasivos obligados con la Seguridad Social o sus representantes debidamente acreditados, podrá comparecer ante esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social, sita en C/. Miguel de Cervantes, 2, de Murcia, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para conocimiento del contenido íntegro del expediente y constancia de tal conocimiento. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el art. 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio («B.O.E.» del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. N.I.F. Expediente

Deudor

1 0X1379125E

Ayadi - Abderrahmane

Requerimiento de bienes

Acto de apremio

Villanueva del

Localidad

2 0X2982905N

Bouaicha - Abderrahmane

Requerimiento de bienes

Villacarrillo

9 0X2456649L

Hadini - Mohammed

Requerimiento de bienes

Porcuna

Deuda/Euros

1.357,32 166,2 827,48

9 0X2456649L

Hadini - Mohammed

Embargo de salarios

Porcuna

827,48

6 0X0925996Q

Rahhou - El Aid

Requerimiento de bienes

Arjonilla

669,92

7 025940467D

Pérez Romero, Francisco

Embargo de salarios

Jaén

33.959,50

En Murcia, a 22 de diciembre de 2004.–El Recaudador Ejecutivo, MANUEL MUÑOZ ABELLÁN. — 604 Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Provincial de Murcia. Unidad de Recaudación Ejecutiva 6. Edicto. Don RAFAEL MARTÍN FERNÁNDEZ, Recaudador de la U.R.E. 6 de Murcia, por delegación de don Eduardo Cos Tejada, Director Provincial de la TGSS de Murcia, comunica que esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («B.O.E.» de 27 de noviembre), y lo establecido en el R.D. 1.415/2004, de 11 de junio, ha ordenado la ejecución de embargos contra los bienes de los sujetos que a continuación se relacionan y al no haberse podido realizar la notificación en el domicilio de los interesados por causa no imputable a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que de no liquidarse las deudas publicadas en el plazo de diez días mediante transferencia a la cuenta 00495222072416034121, se tendrán por notificados los débitos y actuaciones de embargo realizadas en el procedimiento de apremio.

BOLETÍN

Pág. 814

OFICIAL

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

Los sujetos pasivos obligados con la Seguridad Social o sus representantes debidamente acreditados, podrá comparecer ante esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social, sita en C/. Ortega y Gasset, s/n., de Murcia, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para conocimiento del contenido íntegro del expediente y constancia de tal conocimiento. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el art. 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio («B.O.E.» del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Expte.

N.I.F.

30060000081858

0A23036551

Vercoasist, S.A.

Deudor

Req. previo de embar.

Acto de apremio

Jaén

Localidad

Deuda/Euros

30060000206140

0X1433611K

Mouatassim - Abdeslam

Req. previo de embar.

Baeza

447,66

30060400189882

0X2497768Z

Labiad - Hassan

Req. previo de embar.

Villanueva del

114,44

30060400189781

0X3385877R

Farh - Bouziane

Req. previo de embar.

Beas de Segura

30060000206140

0X1433611K

Mouatassim - Abdeslam

Embargo de salarios

Baeza

30060400161590

0X2025737N

Reyes, María Magdalena

Embargo de sueldos

Jaén

83,74

30060400161590

0X2025737N

Reyes, María Magdalena

Embargo de salarios

Jaén

83,74

5.347,26

418,7 447,66

En Murcia, a 15 de noviembre de 2004.–El Recaudador Ejecutivo, RAFAEL MARTÍN FERNÁNDEZ. — 602 Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Provincial de Murcia. U.R.E. n.º 4 de Lorca. Edicto. Don PASCUAL FRESNEDA RODRÍGUEZ, Recaudador de la U.R.E. 4 de Lorca, por delegación de D. Eduardo Cos Tejada, Director Provincial de la T.G.S.S. de Murcia, comunica que esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («B.O.E.» de 27 de noviembre) y lo establecido en el R.D. 1.415/2004, de 11 de junio, ha ordenado la ejecución de embargos contra los bienes de los sujetos que a continuación se relacionan y al no haberse podido realizar la notificación en el domicilio de los interesados por causa no imputable a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que de no liquidarse las deudas publicadas en el plazo de diez días mediante transferencia a la cuenta 20430006510000510039, se tendrán por notificados los débitos y actuaciones de embargo realizadas en el procedimiento de apremio. Los sujetos pasivos obligados con la Seguridad Social o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social, sita en C/. Lope Gisbert, 9, de Lorca, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para conocimiento del contenido íntegro del expediente y constancia de tal conocimiento. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el art. 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio («B.O.E.» del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. N.I.F. / Expediente

Deudor

Acto de apremio

2 0X2960029K

Maarof - Kamal

Req. previo al embargo

0 011835949B

Pereira Cruz, Joao Carlos

0 011835949B

Pereira Cruz, Joao Carlos

3 048318041D 3 0X2407934H

Localidad

Deuda/Euros

Alcalá la Real

326,17

Req. previo al embargo

Jaén

294,98

Embargo de sueldos

Jaén

294,98

Marín Martín, Jaime Francisco

Embargo de sueldos

Rus

526,28

Essaidi - Majid

Embargo de cuentas

Arjonilla

246,78

En Lorca, a 29 de noviembre de 2004.–El Recaudador Ejecutivo, PASCUAL FRESNEDA RODRÍGUEZ. — 605 Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Provincial de Murcia. U.R.E. n.º 4 de Lorca. Edicto. Don PASCUAL FRESNEDA RODRÍGUEZ, Recaudador de la U.R.E. 4 de Lorca, por delegación de D. Eduardo Cos Tejada, Director Provincial de la T.G.S.S. de Murcia, comunica que esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («B.O.E.» de 27 de noviembre) y lo establecido en el R.D. 1.415/2004, de 11 de junio, ha ordenado la ejecución de embargos contra los bienes de los sujetos que a continuación se relacionan y al no haberse podido realizar la notificación en el domicilio de los interesados por causa no imputable a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que de no liquidarse las deudas publicadas en el plazo de diez días mediante transferencia a la cuenta 20430006510000510039, se tendrán por notificados los débitos y actuaciones de embargo realizadas en el procedimiento de apremio. Los sujetos pasivos obligados con la Seguridad Social o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social, sita en C/. Lope Gisbert, 9, de Lorca, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para conocimiento del contenido integro del expediente y constancia de tal conocimiento.

BOLETÍN

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

OFICIAL

Pág. 815

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el art 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio («B.O.E.» del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. N.I.F. / Expediente

Deudor

Acto de apremio

Localidad

Deuda/Euros

0 011835949B

Pereira Cruz, Joao Carlos

Embargo de salarios

Jaén

294,98

3 0X2407934H

Essaidi - Majid

Req. premio al embargo

Arjonilla

246,78

4 0X4334898L

Sabir - Abdelkrim

Req. previo al embargo

Beas de Segura

167,48

4 0X4334898L

Sabir - Abdelkrim

Requerimiento de bienes

Beas de Segura

167,48

4 0X4334898L

Sabir - Abdelkrim

Embargo de vehículos

Beas de Segura

167,48

4 0X4334898L

Sabir - Abdelkrim

Embargo de salarios

Beas de Segura

167,48

6 075120399F

García Pastrana, Alonso

Req. previo al embargo

Úbeda

160,14

6 075120399F

García Pastrana, Alonso

Requerimiento de bienes

Úbeda

160,14

6 075120399F

García Pastrana, Alonso

Embargo de cuentas

Úbeda

160,14 160,14

6 075120399F

García Pastrana, Alonso

Embargo de salarios

Úbeda

8 077349371A

Pinto López, Marta

Req. previo al embargo

Martos

919,95

8 077349371A

Pinto López, María

Requerimiento de bienes

Martos

919,95

5 026468839W

Rodríguez Serrano, Isabel

Req. previo al embargo

Jódar

502,44

5 026468839W

Rodríguez Serrano, Isabel

Requerimiento de bienes

Jódar

502,44

6 026488492J

Hidalgo Sánchez, María

Req. previo al embargo

Jódar

1.049,06

6 026488492J

Hidalgo Sánchez, María

Requerimiento de bienes

Jódar

1.049,06

6 026488492J

Hidalgo Sánchez, María

Embargo de cuentas

Jódar

1.049,06

9 026442895W

García García, Cristóbal

Req. previo al embargo

Jódar

164,35

9 026442895W

García García, Cristóbal

Embargo de cuentas

Jódar

164,35

3 026475797Z

Heredia Hidalgo, Isabel

Req. previo al embargo

Jódar

502,44

3 026475797Z

Heredia Hidalgo, Isabel

Requerimiento de bienes

Jódar

502,44

3 026475797Z

Heredia Hidalgo, Isabel

Embargo de salarios

Jódar

4 0X3435887D

Nouiyel - Mohammed

Req. previo al embargo

Castellar

1.004,89

502,44

4 0X3435887D

Nouiyel - Mohammed

Requerimiento de bienes

Castellar

1.004,89

5 023203882X

Mora Segundo, Francisco

Dilig. de embargo

Castellar

416,28

3 026490399B

Muñoz Santiago, Luisa

Req. previo al embargo

Mazarrón

2.703,68

3 0X1360009L

Azzaolii - Abderrahmane

Req. previo al embargo

Villatorres

7 0X1789564A

Haidadi - El Mostafa

Req. previo al embargo

Arroyo del Ojanco

3.868,80

7 0X1789564A

Haidadi - El Mostafa

Embargo de salarios

Arroyo del Ojanco

3.868,80

6 0X2146253P

Elhaidadi - Omar

Req. previo al embargo

Beas de Segura

3.937,32

6 0X2146253P

Elhaidadi - Omar

Requerimiento de bienes

Beas de Segura

3.937,32

532,77

En Lorca, a 22 de diciembre de 2004.–El Recaudador Ejecutivo, PASCUAL FRESNEDA RODRÍGUEZ. — 606

Administración de Justicia Junta Electoral de Zona de Jaén. Edicto. Para general conocimiento y de conformidad con lo prevenido en el artículo 14, apartado 3 de la Ley Electoral General, en relación con el artículo 15 de dicho texto legal, se hace saber que en el día de hoy ha quedado constituida la Junta Electoral de Zona de Jaén, con los siguientes miembros. Presidente: Iltmo. Sr. Don Fernando Ramos Gil. Vocales Judiciales:

Vocales no judiciales: Doña Remedios López García. Don Antonio Luis Gómez Jiménez. Y para que conste, se expide el presente en Jaén, a 25 de enero de 2005 (firma ilegible). – 911 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Linares (Jaén). Edicto.

Iltmo. Sr. don Humberto Herrera Fiestas.

Don ÁNGEL GARROTE PÉREZ, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Linares.

Iltmo. Sr. don Antonio José Salmoral García.

Hago saber:

Secretaria: Doña Natividad Ruiz-Rico Ruiz-Morón.

Que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente de dominio 558/2004 a instancia de Magdalena de Manuel Martínez, Isabel

BOLETÍN

Pág. 816

de Manuel Martínez, Pedro Jesús de Manuel Martínez y Francisco Antonio de Manuel Martínez, expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas: Casa marcada con el n.° 13, situada en calle María Bellido, de Bailén. Linda: Derecha entrando, de los hermanos Pastor Quílez; izquierda y espalda, de hermanos Noguera Donoso. Actualmente los linderos son los siguientes: Derecha entrando, Comunidad de propietarios edificio sito en calle María Bellido, 15; izquierda, Arquitectura Ozáez, S.L. y otros, y al fondo, con Caja Rural de Jaén SCC. Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. Así mismo cítese a Rosa Martínez Lijarcio, con domicilio en Bailén, C/. María Bellido, 13, como titular catastral, a Juan Perales Rodríguez como titular registral, librándose oficio al INE de Jaén para averiguación de su domicilio, a heredros desconocidos de Valentín Gómez Céspedes por edictos que se fijarán en el tablón de anucios para que dentro del término anteriormente expresado pueda comparecer en el expediente a regando lo que a su derecho convenga. En Linares, a 10 de enero de 2005.—El Magistrado-Juez, ÁNGEL GARROTE PÉREZ. — 285

OFICIAL

Núm. 28 / 4 de Febrero de 2005

Juzgado de lo Social número 2 de Jaén. Edicto. Don JOSÉ RAMÓN RUBIA MARTÍNEZ, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Jaén. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 13/2005, a instancia de la parte actora don Pedro Serrano López y María del Pilar de la Fuente Parra contra Yoansara, S.L., y don Antonio Caballero López, sobre Cantidad, se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente: Dada cuenta; en vista del contenido de la anterior diligencia, cítese a los demandados por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para que comparezcan ante éste Juzgado el próximo día 22 de febrero de 2005, a las 10,35 horas. Emplácese al Fondo de Garantía Salarial para que intervenga si le conviniere. Y para que sirva de notificación a los demandados, Yoansara, S.L., y don Antonio Caballero López actualmente en paradero desconocido, cuyo último domicilio fue en Baeza, calle Avenida Puche Pardo, número 6, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Jaén, a 20 de enero de 2005.—El Secretario Judicial, JOSÉ RAMÓN RUBIA MARTÍNEZ. — 480

Anuncios no Oficiales Comunidad de Regantes «Viñablanca-Charcones», de Ibros (Jaén).

Comunidad de Regantes «Los Cuartos de las Albahacas», de Santo Tomé (Jaén).

Edicto.

Edicto.

Por el presente, se comunica a los partícipes de la Comunidad que el próximo día 25 de febrero de 2005, tendrá lugar Junta General ordinaria en la Casa de la Cultura de Ibros, a las 19,00 horas en primera convocatoria y las 19,30 horas en segunda, con el siguiente

Por el presente, se convoca a todos los partícipes de esta Comunidad a la Junta General ordinaria que celebraremos el día 25 de febrero de 2005, a las 19 horas en primera convocatoria y a las 19,30 horas en segunda, en el salón El Mirador, sito en la Ctra. de Peal, de Santo Tomé, con arreglo al siguiente

Orden del día:

Orden del día:

1) Lectura y aprobación, si procede, del acta anterior. 2) Lectura y aprobación, si procede, de los ingresos y gastos del último ejercicio (1 de noviembre de 2003 al 31 de octubre de 2004). 3) Actuaciones llevadas a cabo desde la última asamblea. 4) Aprobación, si procede, de nuevo sondeo.

1.º) Lectura y aprobación, si procede, del acta anterior. 2.º) Informe del Presidente. 3.º) Estado de cuentas del ejercicio 2004. 4.º) Presupuesto Campaña 2005.

5) Ruegos y preguntas. Dada la importancia de los temas a tratar, rogamos encarecidamente su asistencia. En Ibros, a 22 de enero de 2005.–(Ilegible).

5.º) Ruegos y preguntas. Santo Tomé, 25 de enero de 2005.–El Presidente, TOMÁS COBOS SIMÓN.

— 663

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SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO DOMINGOS Y FESTIVOS EDITA: ADMINISTRACIÓN: COMPOSICIÓN Y MAQUETACIÓN: DEPÓSITO LEGAL:

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