BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE JAEN Franqueo Concertado-22/2

Miércoles, 12 de Febrero de 2003

Número 35

Espacio reservado para dirección

Sumario: Administración Local Diputación Provincial de Jaén.–Aprobadas las Bases para la provisión de una plaza de funcionario/a, denominada Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales.–Aprobadas las Bases de selección para la contratación laboral temporal de un Técnico de Prevención de Riesgos Laborales, nivel intermedio, mediante pruebas. Ayuntamiento de Jaén.–Aprobada definitivamente la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de dominio público con el estacionamiento de vehículos de Tracción Mecánica en la vía pública (ORA). Ayuntamiento de Linares.–Aprobado definitivamente el Presupuesto General para el ejercicio 2003. Ayuntamiento de La Puerta de Segura.–Bases generales para cubrir de forma indefinida en régimen laboral y mediante concurso, va-

rias plazas incluidas en la plantilla de personal laboral fijo de este Ayuntamiento. Junta de Andalucía Consejería de Salud. Delegación Provincial de Jaén.–Notificaciones de liquidaciones de tasas y sanciones. Consejería de Obras Públicas y Transportes. Delegación Provincial de Jaén.–Sometido a información pública expediente de rehabilitación de cortijo para albergue rural. Administración de Justicia Edictos y requisitorias de varios Juzgados. Anuncios no Oficiales Comunidad de Regantes «Los Cuartos de las Albahacas». Santo Tomé.–Convocatoria a junta general ordinaria.

Administración Local Diputación Provincial de Jaén. Anuncio. Por Resolución Presidencial núm. 34, de fecha 29 de enero de 2003, se han aprobado las siguientes, Bases para la provisión de una plaza de funcionario/a de carrera, perteneciente al Grupo A, Escala Administración Especial, Subescala Técnica, denominación Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, mediante concurso-oposición libre. Primera.–Objeto de la convocatoria. Es objeto de esta convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de Técnico de Administración Especial (Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales), por el sistema de concurso-oposición, vacante en la plantilla de Funcionarios de la Diputación Provincial de Jaén, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2002. Segunda.–Requisitos que han de reunir los/as aspirantes. a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, en los términos de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre. b) Tener cumplida la edad de dieciocho años.

e) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza a la que se opta. f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Tercera.–Instancias y documentos a presentar. Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Iltmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial, debiendo manifestar que cumplen y aceptan todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda de la convocatoria. Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberá indicarlo en la solicitud precisando, en la misma, las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas (artículo 19 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso de personal al servicio de la Administración General del Estado). Los documentos acreditativos de los requisitos enumerados en la base segunda, apartados a), b), c) y d) se presentarán por el candidato junto con la instancia para participar en la convocatoria y serán los siguientes: 1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

c) Estar en posesión del título Ingeniero Superior Industrial o en condiciones de obtenerlo, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

2) Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

d) Poseer el Título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, especialidad Seguridad en el Trabajo.

3) Fotocopia del Título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, especialidad Seguridad en el Trabajo.

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Cuarta.–Plazo y forma de presentación de documentos. Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Jaén o en cualquiera de los Registros de los Organismos Autónomos dependientes de la misma, o por los medios previstos en el artículo 38.4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el «B.O.E.», prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta, deberá comunicarse por telegrama al Área de Organización General y Gestión de Recursos de la Diputación Provincial de Jaén, en el plazo de 10 días naturales, desde que terminó el plazo de presentación de instancias. Quinta.–Derechos de examen. Los/as aspirantes deberán ingresar la cuantía de 18.03 euros, en la cuenta número 2092.0010.19.1100000013 abierta a nombre de la Diputación Provincial de Jaén, en la Caja Provincial de Ahorros de Jaén. Los derechos de examen serán devueltos, previa solicitud de los interesados/as, exclusivamente en los supuestos previstos en la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas. En el documento de ingreso se consignará el nombre del interesado/a y la denominación de la plaza a la que se opta.

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A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial. B) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas. Siempre que se encuentren relacionados con las funciones a desarrollar y hayan sido organizados, bien por una Administración Pública o Universidad, bien por una Institución Pública o Privada en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales con representación en la Corporación Provincial. * Por la participación como asistente: Hasta 14 horas o 2 días:

0,10 puntos

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días:

0,15 puntos

De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días:

0,20 puntos

De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días:

0,25 puntos

De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días: 0,30 puntos De 200 horas en adelante o más de 40 días:

0,35 puntos

* Por la participación como Director, Coordinador o Ponente: Hasta 14 horas o 2 días:

0,50 puntos

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días:

0,60 puntos

De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días:

0,80 puntos

De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días:

1,00 puntos

De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días: 2,00 puntos El justificante de haber efectuado el ingreso deberá acompañarse a la instancia. Sexta.–Lista de admitidos/as y excluidos/as. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Iltmo. Sr. Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, se indicará el plazo de subsanación de los defectos de los requisitos de la convocatoria que por su naturaleza sean subsanables de los aspirantes excluidos de conformidad con lo previsto en los términos del artículo 71, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. La fecha de publicación de la indicada Resolución será determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma. Asimismo, el Iltmo. Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, a los efectos de abstención y recusación previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Séptima.–Procedimiento de selección de los/as aspirantes. La selección constará de dos fases: Una de concurso y otra de oposición. La fase de concurso será previa a la de oposición. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer los aspirantes seleccionados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición. 1. Fase de concurso. A) Méritos profesionales. Servicios prestados: * Por cada mes completo de servicios prestados en Administración Local como Ingeniero Industrial: 0,20 puntos. * Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, como Ingeniero Industrial: 0,10 puntos. Puntuación máxima por este apartado: 10 puntos.

De 200 horas en adelante o más de 40 días:

3,00 puntos

Los Cursos, Seminarios, Congresos o Jornadas y dirección, coordinación o ponencia en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refieren las anteriores escalas. La participación en una misma actividad docente como Director o Coordinador y como Ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación. Puntuación total por este apartado: 3 puntos. Justificación de los méritos alegados. A) Experiencia profesional. Certificación expedida por la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados. B) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas. Para la acreditación de estos méritos habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la entidad organizadora, cuando la organización hubiese estado a cargo de entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición. 2. Fase de oposición. Consistirá en la realización de una prueba que constará de dos ejercicios, uno práctico y otro teórico. A) Ejercicio práctico: Consistirá en la realización de un supuesto práctico de entre dos propuestos por el Tribunal y relacionados con las Materias Específicas del Programa y las funciones encomendadas a la plaza a la que se opta. El tiempo de duración será determinado por el Tribunal. Este ejercicio será valorado hasta un máximo de 20 puntos. B) Ejercicio teórico: Consistirá en la realización de una batería de preguntas tipo test sobre Materias Comunes del Programa, el tiempo de duración será determinado por el Tribunal. Este ejercicio será valorado hasta un máximo de 10 puntos. Para superar la fase de oposición será preciso que los aspirantes obtengan una puntuación mínima de 15 puntos, sumadas las puntuaciones de ambos ejercicios, quedando eliminados del proceso selectivo, quienes no obtengan dicha puntuación.

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Octava.–Desarrollo de los ejercicios. En la resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes. Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de edictos de la Corporación y en el lugar en que se hubieren celebrado las anteriores fases. Entre las distintas fases del proceso selectivo deberá transcurrir un mínimo de 72 horas. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad. La duración máxima entre los ejercicios de la fase de oposición no podrá superar los 45 días. Hasta la fecha de terminación de la fase de oposición los opositores podrán pedir al Tribunal que revise la fase de concurso. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan. Novena.–Tribunal calificador. Presidente: El de la Diputación Provincial o Diputado/a en quien delegue. Vocales: – Un/a funcionario/a de carrera Técnico/a experto/a en la materia objeto de la convocatoria, designado/a por el Sr. Presidente. – Un/a funcionario/a público/a de carrera designado/a por la Junta de Andalucía. – Un/a funcionario/a público/a, designado/a por el Sr. Presidente a propuesta de la Junta de Personal. Secretario: Funcionario de carrera del Área de Organización General y Gestión de Recursos de la Diputación Provincial que se designe, con voz y voto. La designación de los miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivos suplentes. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Los vocales deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas.

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Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, el/a aspirante propuesto/a no presentase la documentación, no podrá ser nombrado/a funcionario/a de carrera y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieren podido incurrir. Los/as aspirantes seleccionados/as deberán someterse, previamente a la obtención de la condición de funcionario, a un reconocimiento médico por los servicios que se le designen por la Diputación Provincial a fin de comprobar que los/as mismos/as no padecen enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza para la que ha sido propuestos/as. Quien tuviera la condición de funcionario/a público/a estará exento/a de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o designación, debiendo presentar únicamente certificado del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal Decimoprimera.–Incidencias. El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo. En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; y supletoriamente, en lo no previsto anteriormente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y demás disposiciones legales que le sean de aplicación. Base final Recursos La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de estas, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Anexo Materias comunes. 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común

3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Décima.–Relación de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionario.

4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes.

La lista de los méritos de cada opositor, así como las puntuaciones en cada ejercicio se publicarán en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la Corporación.

5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

Terminada la valoración de los méritos y calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará el nombre de los/as aspirantes que haya obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de Concurso y Oposición, que se elevará al Iltmo. Sr. Presidente para que proceda al nombramiento de funcionarios/as de carrera. En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

6. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez.

Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en el Área de Organización General y Gestión de Recursos de la Diputación Provincial de Jaén, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones. 8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Especial referencia al procedimiento administrativo local. 9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual. 10. Régimen local español: Evolución histórica, Principios constitucionales y regulación jurídica.

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11. Organización y competencias provinciales. 12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. 13. El Servicio Público Local: Concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales. 14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificado de acuerdos. 15. Personal al servicio de la Entidades Locales. La función pública: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral. 16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen Disciplinario. El sistema de la Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales. 17. Los contratos administrativos de las Entidades Locales. 18. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización. Materias específicas. 1. Ley 31/95 y 50/98 de Prevención de Riesgos Laborales.

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18. Señalización de seguridad: Definiciones. Criterios de señalización. Tipos de señalización, requisitos. Disposiciones mínimas relativas a la señalización. Señalización específica. Selección. 19. Manual de Autoprotección: Objeto. Documentos principales, contenido y desarrollo de los mismos. Plan de emergencia contra incendios. 20. Riesgos derivados del uso de máquinas: Definiciones. Normativa en maquinaria nueva, Certificado de conformidad. Riesgos laborales en máquinas. Prevención y protección de riesgos de máquinas. Técnicas de formación e información. Medidas de seguridad, Normativa de aplicación. 21. Aparatos a presión: Criterios legales y Normativa. Condiciones de seguridad: Medidas y elementos de seguridad. 22. Calderas: Clases y tipos. Características del recinto: Sala de calderas, seguridad ante explosiones. Programa de mantenimiento para evitar incrustaciones y corrosiones. Mantenimiento periódico. 23. Instalaciones de aire comprimido: Producción y distribución de aire comprimido. Riesgos derivados de las instalaciones. Depósitos y botellas. Gases criogénicos. Gases licuados del petróleo. 24. Soldadura: Procedimientos. Riesgos derivados relativos a la seguridad. Medidas preventivas.

2. Reglamento de los Servicios de Prevención. R.D. 39/97 y R.D. 780/98.

25. Herramientas portátiles. Tipos. Riesgos derivados relativos a la seguridad. Medidas preventivas.

3. Ley 1/95. Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

26. Riesgos en lugares y espacios de trabajo, relativos a la seguridad: Obligaciones del empresario. Condiciones generales. Orden, limpieza y mantenimiento. Condiciones ambientales. Iluminación. Servicios higiénicos y lugares de descanso. Material y locales de primeros auxilios. Instalaciones especiales: Seguridad industrial.

4. Real Decreto 1.627/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. 5. Orden Ministerial de 24 de noviembre de 1984 del Ministerio del Interior para el desarrollo de un plan de emergencia contra incendios y de evacuación de locales y edificios. 6. Real Decreto 773/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección personal. 7. Real Decreto 1.215/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. 8. Real Decreto 486/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. 9. Real Decreto 488/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyan pantallas de visualización. 10. Fundamentos de las técnicas de mejora de las condiciones de trabajo: Trabajo y salud. Riesgos profesionales y enfermedades profesionales. Las condiciones de trabajo. Factores causales de riesgo en accidentes. Técnicas preventivas y de protección. 11. La estadística aplicada a la prevención: Control estadístico de la accidentabilidad. Métodos estadísticos para el análisis. Índices. 12. Las técnicas de seguridad: Concepto. Fases de actuación. Técnicas analíticas. Técnicas Operativas. 13. Técnicas analíticas anteriores al accidente: Análisis del trabajo. Inspección de seguridad. 14. Análisis y evaluación de riesgos: Concepto. Fases del procedimiento. Métodos de evaluación de riesgos. 15. Técnicas analíticas posteriores al accidente: Notificación. Registro. Investigación de accidentes y análisis estadístico.

27. Mantenimiento y prevención de riesgos laborales: Concepto. Tipos de mantenimiento: Correctivo, preventivo y predictivo. Organización y planificación del mantenimiento. Planes de mantenimiento para la prevención. 28. Manipulación manual de cargas: Concepto. Derechos y deberes. Factores de riesgo. Evaluación y prevención. Técnicas y métodos de trabajo. 29. Manipulación mecánica de materiales: Concepto. Tipos de equipos. Riesgos derivados de su uso. Medidas preventivas a adoptar. 30. Almacenamiento de materiales: Concepto. Tipos y características. Riesgos en el diseño, la construcción y el montaje. Riesgos para el personal de explotación. Medidas preventivas. Almacenamiento de sustancias químicas: Gases, líquidos inflamables y combustibles. 31. Riesgos derivados de la electricidad: Factores que intervienen en el accidente eléctrico. Efectos de la corriente eléctrica sobre el cuerpo humano. Tipos de contactos. 32. Riesgos en Alta Tensión: Subestaciones y centros de transformación. Líneas de Alta tensión. Medidas de prevención y protección. 33. Riesgos en Baja Tensión: Medidas preventivas contra contactos directos. Medidas preventivas contra contactos indirectos. Tomas a tierra. Otras medidas de prevención y protección. Condiciones de las instalaciones en locales: Selección de sistemas preventivos. 34. El fuego y la evaluación del riesgo de incendio: Tetraedro del fuego. Velocidad de propagación. Clases de fuegos: Peligrosidad. Emisión de energía durante la combustión. Productos de la combustión y efectos sobre las personas. Procedimientos de extinción y agentes extintores. Evaluación de la carga de fuego. Grado de riesgo e índice de riesgo.

16. Protección individual: Principios básicos de protección. Protección individual. Protección colectiva.

35. Protección y detección de incendios: Protección de las construcciones frente al fuego. Instalaciones de detección de incendios. Instalaciones de extinción de incendios: Tipos, agentes extintores y uso más frecuente. Elementos manuales de extinción.

17. Normas de seguridad: Concepto. Clasificación y contenido. Procedimientos de trabajo. Instrucciones de trabajo. Normas de seguridad y calidad.

36. Riesgo de los productos químicos: El riesgo químico. Peligrosidad y características. Identificación de sustancias peligrosas: Evaluación del riesgo. Medidas de protección.

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37. Residuos tóxicos y peligrosos: Definiciones. Tipos de residuos y características. Identificación. Documento de control y seguimiento. Producción de residuos tóxicos. Gestión de residuos tóxicos. Traslado de residuos tóxicos. Vigilancia, inspección y control. Responsabilidades, infracciones y sanciones. Tema 38. Higiene Industrial: Concepto y funciones. Ramas de la Higiene del Trabajo. Higiene teórica. Higiene analítica. Higiene operativa. Higiene de Campo. Clasificación de los contaminantes. Tema 39. Agentes químicos: Clasificación. Vías de entrada. Efectos sobre el organismo. Factores determinantes de la toxicidad. Criterios de valoración ambiental: Valores de referencia. Tema 40. Técnicas de análisis de los contaminantes químicos y metodología. Tema 41. Toma de muestras de contaminantes químicos: Clasificación. Instrumentación y equipos de medida.

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61. Carga física: Cargas, esfuerzos y tensiones. Evaluación de la carga física. 62. Carga mental: Los procesos perceptivos. El tratamiento de la información. Evaluación de la carga mental. Acciones para reducir la fatiga. 63. Factores Psicosociales y Organizativos en el Trabajo: Factores generadores. Efectos sobre el organismo. Métodos de análisis y evaluación. Acciones preventivas. La Ergonomía como método de prevención. Tipos de Ergonomía. 64. Formación en Prevención de Riesgos Laborales en España: Situación actual. Obligaciones en materia formativa de los empresarios. La educación y la formación en la Prevención: Problemática y conceptos. La educación y la formación en la Prevención de riesgos: Aplicaciones y formaciones específicas. La programación de acciones formativas.

Tema 43. Riesgos químicos en procesos industriales: Tratamiento de superficies. Control del riesgo higiénico.

65. Prevención de Riesgos Industriales y Riesgos Laborales: Conceptos. Diferencias. Normativa específica de seguridad industrial. Certificaciones exigidas a las Instalaciones Industriales. Organismos colaboradores.

Tema 44. Riesgos químicos en procesos de soldadura: Tipos de soldaduras. Riesgos. Control del riesgo higiénico.

66. Prevención de Riesgos Patrimoniales: Método de Heinrich. Método Septri. Criterios de evaluación.

Tema 45. Riesgos químicos en la industria de la madera: Fabricación de muebles. Fabricación de aglomerados. Control del riesgo higiénico.

67. La gestión Medioambiental: Concepto y objetivos. Sistema de gestión medioambiental. Legislación medioambiental.

Tema 42. Métodos de control de la exposición a los agentes químicos.

46. Riesgos químicos en instituciones sanitarias. 47. Riesgos químicos derivados del uso del amianto. 48. Riesgos químicos derivados del uso del cloruro de vinilo. 49. Riesgos químicos derivados del uso del plomo.

68. Calidad y Seguridad: La gestión de la calidad en la empresa. Las normas de calidad y la seguridad. 69. Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales: Modelos de gestión. Planificación de la prevención. Organización de la prevención en la empresa: Modelos, participación y representación de los trabajadores. Recursos externos: Entidades ajenas y auditorías.

50. Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos (Real Decreto 665/97).

Tema 70. Prevención en la Administración Pública (Real Decreto 1.488/98).

51. Agentes físicos. Ruido: El sonido: conceptos y cualidades, el campo de audición, análisis espectral de ruidos, factores de la sensación sonora, tipos de ruidos, efecto del ruido sobre el organismo, medidas de referencia. Evaluación del ruido. Control del ruido.

Tema 71. Funciones y niveles de cualificación de los Responsables de la Gestión de la Prevención.

52. Agentes físicos. Vibraciones: Naturaleza de las vibraciones. Efectos sobre el organismo y factores que intervienen. Conceptos básicos y magnitudes. Evaluación de la exposición humana a las vibraciones. Control de las vibraciones. 53. Agentes físicos. Ambiente térmico: Conceptos. Efectos sobre el organismo. Medida y evaluación. Índices de evaluación. Control del ambiente térmico. 54. Agentes físicos. Radiaciones ionizantes y no ionizantes: Radiaciones no ionizantes. Radiaciones ionizantes: Tipos, efectos biológicos, medida y detección, control y protección, gestión de residuos. 55. Agentes biológicos: Conceptos. Actividades de riesgo. Identificación y evaluación de riesgos. Control de los riesgos biológicos. Productos de origen biológico transmitidos por el aire. Calidad del aire en interiores. 56. Medicina en el trabajo. Patología de origen laboral: Agentes tóxicos, enfermedades respiratorias, dermatológicas, alérgicas, riesgo físico, traumatología laboral y otras patologías. 57. Vigilancia de la salud: Conceptos generales. Objetivos. Técnicas. La vigilancia de la salud y la Ley de Prevención de Riegos Laborales. Normativa específica. Protocolos médicos. Integración de la vigilancia de la salud en la prevención de riesgos laborales. 58. Socorrismo y primeros auxilios: Primeros auxilios. Normas sobre primeros auxilios. 59. Condiciones ambientales en Ergonomía: Ambiente físico, ambiente sonoro, ergonomía visual, iluminación y diseño, ambiente cromático y confort térmico. 60. Puestos de trabajo y Ergonomía: Análisis de puestos de trabajo. Métodos de valoración. Diseño de puestos de trabajo.

Tema 72. Responsabilidades en Materia Preventiva. Infracciones y sanciones. Lo que se hace público para general conocimiento. Jaén, a 30 de enero de 2003.–El Presidente, P. D. (Resol. 247/2001).–El Diputado-Delegado de Organización General y Gestión de Recursos, ANTONIO GALÁN SABALETE. – 6230 Diputación Provincial de Jaén. Anuncio. Por Resolución Presidencial núm. 33, de fecha 29 de enero de 2003, se han aprobado las siguientes, Bases de selección para la contratación laboral temporal de un Técnico de Prevención en Riesgos Laborales, Nivel intermedio, mediante pruebas. Primera.–Objeto de la convocatoria. Es objeto de esta convocatoria la selección mediante pruebas de un empleado/a laboral temporal con la categoría de Técnico de Prevención de Riesgos Laborales, nivel intermedio. Segunda.–Requisitos que han de reunir los/as aspirantes. a) Ser español/a o nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea. b) Tener cumplida la edad de 18 años. c) Estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. d) Técnico de Prevención de Riesgos Laborales, nivel intermedio.

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e) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes. f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Tercera.–Instancias y documentos a presentar. Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Iltmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial, debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda de la convocatoria. Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberá indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas (artículo 19 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso de personal al servicio de la Administración General del Estado). Se deberán adjuntar fotocopias, debidamente compulsadas, de los documentos que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados e) y f) que deberán acreditarse posteriormente. Los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartados a), b), c) y d) serán los siguientes:

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mitidos/as y excluidos/as, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en el tablón de edictos de la Corporación y se indicará el plazo de subsanación, que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, se concederá a los aspirantes excluidos, relativos a aquellos defectos, que por su propia naturaleza, sean subsanables. La fecha de publicación de la indicada Resolución será determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma. Asimismo el Iltmo. Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el tablón de edictos de la Corporación, a los efectos de abstención y recusación previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992. Sexta.–Procedimiento de selección de los/as aspirantes. Pruebas. Ejercicio teórico: Consistirá en la realización de una batería de preguntas tipo test que versará sobre las Materias Comunes del Programa incluido en el Anexo. El tiempo de duración y número de preguntas, así como el sistema de corrección será determinado por el Tribunal. El ejercicio será puntuado hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquellos que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

2) Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

Ejercicio práctico: Consistirá en la realización de uno o dos supuestos prácticos relacionados con las Materias Específicas que figuran en el Anexo, en donde se apliquen los conocimientos y herramientas propias de las funciones del puesto a ocupar.

3) Fotocopia de título de Técnico de Prevención de Riesgos Laborales, nivel intermedio.

El Tiempo máximo de realización del o de los supuestos será determinado por el Tribunal atendiendo al tipo de supuestos planteados.

A la instancia deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados/as conforme se determina en la base sexta. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados dentro del plazo de presentación de instancias.

El ejercicio será puntuado hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquellos que no alcancen un mínimo de 5 puntos. Cada miembro del Tribunal otorgará de 0 a 10 puntos, adoptándose las calificaciones sumando las otorgadas y dividiéndolas por el número de los miembros del Tribunal. Despreciándose las puntuaciones diferenciales en 3 puntos de la media resultante.

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

Cuarta.–Plazo y forma de presentación de documentos. Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Jaén o en cualquiera de los Registros de los Organismos Autónomos dependientes de esta Excma. Diputación o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 10 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta, deberá comunicarse por telegrama al Área de Organización General y Gestión de Recursos de la Diputación Provincial de Jaén, en el plazo de 5 días naturales desde la finalización del plazo de presentación de instancias. Derechos de examen. De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa los/as aspirantes deberán ingresar la cuantía de 12,02 euros en la cuenta número 20920010191100000013 abierta a nombre de la Diputación Provincial de Jaén en la Caja Provincial de Ahorros de Jaén.

Séptima.–Desarrollo de los ejercicios. En la resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la baremación de los méritos alegados por los/as aspirantes. Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de edictos de la Corporación y en el lugar en que se hubieren celebrado la anterior prueba. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan. Octava.–Tribunal Calificador. Presidente: El de la Diputación Provincial o Diputado/a en quien delegue. Vocales:

Los derechos de examen serán devueltos, previa solicitud de los interesados/as, en el supuesto de no ser admitidos/as de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa.

– Dos Técnicos/as expertos/as en la materia objeto de la convocatoria, designados/as por el Sr. Presidente de la Corporación.

En el documento de ingreso se consignará el nombre del interesado/a y la denominación del puesto objeto de contratación.

– Un/a Empleado/a público/a designado/a por el Sr. Presidente a propuesta del Comité de Empresa.

El justificante de haber efectuado el ingreso deberá acompañarse a la instancia. Quinta.–Lista de admitidos/as y excluidos/as. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Iltmo. Sr. Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de ad-

Secretario: Funcionario del Área de Organización General y Gestión de Recursos de la Diputación, con voz y voto, que se designe. La designación de los miembros del Tribunal, incluirá de sus respectivos suplentes.

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El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del al menos la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Los vocales deberán estar en posesión de titulación académica de igual o superior nivel al exigido para el acceso a la plaza convocada. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico para las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre. Cuando el procedimiento selectivo así lo requiera, el tribunal calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de los ejercicios señalados. Novena.–Relación de aprobados/as, presentación de documentación y designación. Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará el nombre del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación que se elevará al Iltmo. Sr. Presidente de la Corporación para que proceda a formular la designación como empleado laboral temporal. El aspirante propuesto presentará en el Área de Organización General y Gestión de Recursos de la Excma. Diputación Provincial, en el plazo de 5 días naturales, a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentase la documentación, no podrá ser contratado y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir. El aspirante seleccionado deberá someterse, previamente a la obtención de la condición de empleado público temporal, a un reconocimiento médico por los servicios que se le designen por la Diputación Provincial a fin de comprobar que el mismo no padece enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes al puesto para el que ha sido propuesto/a. Quien tuviere la condición de empleado público estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o designación, debiendo presentar únicamente certificado del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Décima.–Incidencias. El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo. En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y supletoriamente Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y demás disposiciones legales que le sean de aplicación. Base final Recursos La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de estas, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as potestativamente recurso de Reposición, previo a la jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante el Iltmo. Presidente de esta Corporación, o plantear Recurso Contencioso-Ad-

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ministrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la Provincia de Jaén, sin que puedan simultanearse ambos recursos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, («B.O.E.», día 3) en relación con los artículos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre («B.O.E.» día 27) y artículo 8.1 a) en concordancia con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio («B.O.E.» día 14) de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. Anexo Materias comunes. 1. El Constitucionalismo español. La Constitución Española. Características, estructura y Principios Generales. 2. Derechos y Deberes Fundamentales de los españoles. 3. La Corona y los poderes del Estado. 4. La Administración Pública Española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local. 5. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía. 6. El Procedimiento Administrativo local. Recepción y registro de documentos. 7. El Régimen Local español. 8. El Presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización. Materias específicas. Bloque I: Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo. Tema 1. El trabajo y la salud: Los riesgos profesionales Tema 2. Daños derivados del trabajo. Accidentes y enfermedades debidos al trabajo: Conceptos, dimensión del problema. Otras patologías derivadas del trabajo. Tema 3. Condiciones de trabajo, factores de riesgo y técnicas preventivas. Tema 4. Marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales. Derechos y deberes en esta materia. Bloque II: Metodología de la prevención: Técnicas generales de análisis, evaluación y control de los riesgos. Tema 5. Riesgos relacionados con las condiciones de seguridad. Técnicas de identificación, análisis y evaluación de los riesgos ligados a Máquinas. Tema 6. Riesgos relacionados con las condiciones de seguridad. Técnicas de identificación, análisis y evaluación de los riesgos ligados a Equipos, instalaciones y herramientas. Tema 7. Riesgos relacionados con las condiciones de seguridad. Técnicas de identificación, análisis y evaluación de los riesgos ligados a Lugares y espacios de trabajo. Tema 8. Riesgos relacionados con las condiciones de seguridad. Técnicas de identificación, análisis y evaluación de los riesgos ligados a Manipulación, almacenamiento y transporte. Tema 9. Riesgos relacionados con las condiciones de seguridad. Técnicas de identificación, análisis y evaluación de los riesgos ligados a Electricidad. Tema 10. Riesgos relacionados con las condiciones de seguridad. Técnicas de identificación, análisis y evaluación de los riesgos ligados a incendios. Tema 11. Riesgos relacionados con las condiciones de seguridad. Técnicas de identificación, análisis y evaluación de los riesgos ligados a Productos químicos.

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Tema 12. Riesgos relacionados con las condiciones de seguridad. Técnicas de identificación, análisis y evaluación de los riesgos ligados a Residuos tóxicos y peligrosos. Tema 13. Inspecciones de seguridad e investigación de accidentes. Tema 14. Medidas preventivas de eliminación y reducción de riesgos. Tema 15. Riesgos relacionados con el medio-ambiente de trabajo: Agentes físicos (ruido, vibraciones, ambiente térmico, radiaciones ionizantes y no ionizantes, otros agentes físicos).

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Lo que se hace público para general conocimiento. Jaén, a 30 de enero de 2003.–El Presidente, P. D. (Resol. 247/2001).–El Diputado-Delegado de Organización General y Gestión de Recursos, ANTONIO GALÁN SABALETE. – 6232 Ayuntamiento de Jaén. Edicto. El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jaén. Hace saber:

Tema 16. Riesgos relacionados con el medio-ambiente de trabajo: Agentes químicos. Tema 17. Riesgos relacionados con el medio-ambiente de trabajo: Agentes biológicos. Tema 18. Riesgos relacionados con el medio-ambiente de trabajo: Identificación, análisis y evaluación general: Metodología de actuación. La encuesta higiénica. Tema 19. Riesgos relacionados con el medio-ambiente de trabajo: Medidas preventivas de eliminación y reducción de riesgos. Tema 20. Riesgos relacionados con factores psicosociales y ergonómicos: Carga de trabajo y fatiga: Ergonomía. Tema 21. Riesgos relacionados con factores psicosociales y ergonómicos: Factores psicosociales y organizativos: Análisis y evaluación general. Tema 22. Riesgos relacionados con factores psicosociales y ergonómicos: Condiciones ambientales: Iluminación. Calidad de aire interior.

Primero.–Que el Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2002, adoptó Acuerdo provisional de aprobación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Dominio Público con el Estacionamiento de Vehículos de Tracción Mecánica en la Vía Pública (O.R.A.) de este Ayuntamiento de Jaén. Transcurrido el plazo de exposición al público de dicho Acuerdo, señalado en el punto segundo del mismo, y no habiéndose presentado, dentro de dicho plazo, reclamación alguna, dicho Acuerdo queda elevado a definitivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales. Por lo tanto, producida su aprobación definitiva, procede la publicación del texto íntegro de dicha Ordenanza Fiscal, lo que se hace en Anexo a este Edicto. Segundo.–De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, contra el presente Acuerdo los interesados legítimos podrán interponer el correspondiente recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos que establece la Ley reguladora de esta Jurisdicción.

Tema 23. Riesgos relacionados con factores psicosociales y ergonómicos: Concepción y diseño de los puestos de trabajo.

ANEXO

Bloque III: Metodología de la prevención: Técnicas específicas de seguimiento y control de los riesgos.

Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Dominio Público con el Estacionamiento de Vehículos de Tracción Mecánica en la Vía Pública (ORA).

Tema 24. Protección colectiva. Tema 25. Señalización e información. Envasado y etiquetado de productos químicos. Tema 26. Normas y procedimientos de trabajo. Mantenimiento preventivo. Tema 27. Protección individual. Tema 28. Evaluación y controles de salud de los trabajadores.

Artículo 1.º.–Naturaleza y fundamento. En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/1985, del 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Jaén regula la tasa por ocupación de terrenos de dominio público con el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en la vía pública, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 58 de la citada Ley 39/1988.

Tema 29. Nociones básicas de estadística: Índices de siniestralidad. Bloque IV: Metodología de la prevención: Promoción de la prevención. Tema 30. Formación: Análisis de necesidades formativas. Técnicas de formación de adultos. Tema 31. Técnicas de comunicación, motivación y negociación. Campañas preventivas. Bloque V: Organización y gestión de la prevención. Tema 32. Recursos externos en materia de prevención de riesgos laborales. Tema 33. Organización de la prevención dentro de la empresa: Prevención integrada y modelos organizativos. Tema 34. Principios básicos de Gestión de la Prevención: Objetivos y prioridades; Asignación de responsabilidades; Plan de Prevención. Tema 35. Documentación. Tema 36. Actuación en caso de emergencia: Planes de emergencia y evacuación y primeros auxilios.

Capítulo Primero Disposiciones Generales Artículo 2.º.–Objeto. El objeto de esta Ordenanza es el de regular el estacionamiento con limitación horaria, de vehículos de tracción mecánica en la vía pública (ORA) y establecer la tasa por estos servicios, en virtud de lo previsto en el artículo 25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículo 58, en relación con los artículos 15 a 27, todos éstos de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre. De acuerdo con el artículo 7 b) y c), y el 38.4, 39.2 b), 65.4 y 5, 67.1, 70, 71.e) y 81.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en la redacción dada por la Ley 5/97, de 24 de marzo de 1997, el estacionamiento sujeto a limitación horaria en las zonas de dominio público establecidas de acuerdo con la presente Ordenanza, se consideran como un servicio público de régimen especial en atención a su finalidad: La equidistribución de los estacionamientos entre todos los usuarios, así como la fluidez del tráfico y el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar: a) Una rotación continuada en el uso de los mismos que impidan su uso y abuso insolidario por alguno de ellos.

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b) La posibilidad de hallar un lugar para estacionar en estas zonas de especial densidad de tráfico, evitándose el deambular en la búsqueda de los mismos, que perturba en mayor medida la circulación. Artículo 3.º.–Hecho imponible. Constituye el hecho imponible de la tasa a que se refiere la presente Ordenanza, el aprovechamiento especial del dominio que se produce con el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica, dentro de las zonas de vías públicas, que a tal efecto determine el Ayuntamiento, y con las limitaciones en cuanto a horarios, que para ello establezcan. A efectos de esta Ordenanza, se entenderá por estacionamiento toda inmovilización de un vehículo cuya duración exceda de 2 minutos, siempre que no esté motivada por imperativos de la circulación o cumplimiento de algún precepto legal. Capítulo Segundo Sujetos pasivos y regulación del servicio Artículo 4.º.–Sujetos pasivos. 1. Son sujetos pasivos de esta tasa: A) Los conductores que estacionen sus vehículos en las zonas de la vía pública que a tal efecto determine el Ayuntamiento y en los términos previstos en esta Ordenanza. B) En defecto de los anteriores, los propietarios de los vehículos, entendiendo como tales los que figuren como titulares en el Registro de las Jefaturas de Tráfico correspondientes. 2. Quedan excluidos del pago de esta tasa por razones de interés social y general, los siguientes vehículos: A) Los ciclomotores. B) Los vehículos de servicio oficial de cualquiera de las Administraciones Públicas y sus Organismos delegados, debidamente identificados, siempre que estén realizando tales servicios. C) Los vehículos auto-taxi, siempre que el conductor permanezca en el mismo. D) Aquellos vehículos destinados a la asistencia sanitaria, que pertenezcan a la Seguridad Social, Cruz Roja o a servicios de empresas privadas de ambulancias, debidamente identificadas, en razón de servicios concretos. E) Los vehículos de personas con minusvalía, que la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía autorice, según Orden de esta Consejería de 17 de febrero de 1994. A los efectos previstos en este punto 2.º, los conductores deberán acreditar tal exclusión, con documento expedido por el Ayuntamiento de Jaén, o Junta de Andalucía en el supuesto de las personas con minusvalía. Artículo 5.º.–Exenciones y bonificaciones. No se concederán otros beneficios fiscales que los expresamente previstos en las normas con rango de Ley o los derivados de la aplicación de los Tratados Internacionales, en la cuantía que por cada uno de ellos se conceda. Artículo 6.º.–Período impositivo y devengo.

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El Ayuntamiento podrá establecer distintas cuotas por el servicio de estacionamiento, para cada vía de las distintas zonas de la ciudad destinadas a tal fin, en función de las características especiales que concurran en ellas (concentración de comercios, organismos oficiales, centros hospitalarios, etc.), habida cuenta de la afluencia diaria de ciudadanos de cualquier punto de la localidad o fuera de ésta, asignándole en consecuencia una categoría de «A» o «B». Artículo 8.º.–Límite estacionamiento. 1. El período máximo de estacionamiento permitido en las zonas establecidas o que se establezcan y que regula esta Ordenanza, será de dos (2) horas. 2. Transcurridas las 2 horas establecidas como límite máximo de aparcamiento, el vehículo deberá dejar libre la plaza y no podrá aparcar de nuevo salvo a una distancia no inferior a 100 metros de donde estuviera anteriormente aparcado. En caso contrario, procederá las actuaciones previstas en el artículo 19 de esta Ordenanza, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la misma. 3. Los vehículos provistos de tarjeta de residente, estarán sujetos a lo regulado expresamente para ello en la presente Ordenanza. Artículo 9.º.–Régimen de ingreso de cuotas. 1. El pago por el estacionamiento de vehículos en zonas reguladas por parquímetros, se realizará en el momento de efectuarse el mismo, debiéndose proveer el conductor del vehículo del ticket correspondiente en los aparatos distribuidores de éstos. 2. En caso de avería del parquímetro, se deberá utilizar el más próximo. 3. Dicho ticket deberá ser colocado en lugar bien visible en el interior del vehículo, para su control por el personal del servicio. En el mismo deberá estar especificado de manera clara: – Importe satisfecho. – La fecha y hora límite autorizado para estacionamiento. 4. En el caso de tarjeta residente, el pago se realizará anualmente y siempre dentro de los 15 días siguientes al de la concesión de la tarjeta. Artículo 10.–Zonas, horarios y días. 1. La Autoridad Municipal competente, determinará las vías públicas afectadas a la ORA, así como los días y horas en que se presta el servicio. No obstante esto, con carácter general se establece: a) Días: lunes a viernes, de 9,00 a 14,00 horas y 17,00 a 20,00 horas. Los meses de julio, agosto y septiembre, el horario de tarde será de 18,00 a 21,00 horas. b) Sábados: de 9,00 a 14,00 horas. c) Quedan excluidos de regulación los domingos y festivos. Artículo 11.–Categorías y señalización de las vías. 1. El Ayuntamiento procederá a identificar en dos categorías las vías de las distintas zonas, afectadas a la ORA, teniendo en cuenta:

1. El período impositivo se corresponde con el tiempo que dure el aprovechamiento especial del dominio público por motivo del estacionamiento del vehículo.

– Categoría «A»: Vías situadas en áreas próximas a centros oficiales, hospitalarios y zonas de concentración de comercios, etc., que es visitada masivamente por ciudadanos de cualquier punto de residencia de la localidad y fuera de ella, y tiene una fuerte demanda de estacionamiento.

2. El devengo de la tasa se produce en el momento de iniciarse el aprovechamiento especial del dominio público por el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica según lo establecido en el artículo 2.º.

– Categoría «B»: Vías más alejadas de zonas de concentración de organismos oficiales, hospitalarios y comercios, etc., con inferior demanda de aparcamientos.

Artículo 7.º.–Cuota. La cuota a satisfacer por el concepto regulado en esta Ordenanza será la que resulte de la aplicación del cuadro anexo, cuya revisión tiene carácter anual.

2. Las zonas de estacionamiento con limitación horaria de esta Ordenanza se señalizarán con la señalización vertical expresada en el Anexo al Reglamento General de Circulación con el núm. R-309 («Zona de estacionamiento de duración limitada y obligación al conductor de indicar, de forma reglamentaria, la hora del comienzo del

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estacionamiento») dentro del apartado «Otras señales de prohibición y restricción» (artículo 154), e igualmente se aplicará la señal R-504 («Fin de zona de estacionamiento limitado. Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de Zona de estacionamiento limitado») dentro del apartado «Señales de fin de prohibición o restricción». Como reforzamiento a esas señales se podrán marcar las zonas de estacionamiento con marcas viales como indica el artículo 171 del citado Reglamento, con marcas azules. Igualmente deberán colocarse señales o indicadores de localización de las máquinas expendedoras de tickets. Artículo 12.–Gestión. El servicio podrá gestionarse directamente por el Ayuntamiento, a través de empresa pública o por concesión administrativa a empresa privada. Todo ello de conformidad con la legislación vigente. Artículo 13.–Control. El control del estacionamiento se llevará a cabo por el personal debidamente acreditado y uniformado, sea cual sea la modalidad de gestión. Estarán obligados a la comprobación de la validez de los tickets y a la formulación de la denuncia procedente en el caso de transgresión de esta Ordenanza y su traslado al Ayuntamiento para su tramitación. Denuncia que podrá ser ratificada por los agentes de la Policía Local a requerimiento del controlador correspondiente.

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Núm. 35 / 12 de Febrero de 2003 Capítulo Tercero De las infracciones y sanciones

Artículo 16.–Infracciones. Las contravenciones a la presente Ordenanza Municipal serán consideradas infracciones a los preceptos correspondientes de la legislación sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y se sancionarán de acuerdo con el régimen y procedimiento determinado en los Títulos V y VI del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en concordancia con lo dispuesto en el Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero. Se considerarán infracciones específicas por el incumplimiento de la presente Ordenanza, las siguientes: a) Haber rebasado el límite del tiempo indicado en el ticket. b) Rebasar las 2 horas de tiempo máximo de estacionamiento establecido en esta Ordenanza. c) Carecer el vehículo de ticket justificativo del pago del precio público por el servicio. d) Hacer uso de la tarjeta de residente en otro vehículo que no sea el autorizado. e) La utilización de tickets alterados o falsificados o fuera de uso. Artículo 17.–Sanciones.

Artículo 14.–De la concesión administrativa. Si el servicio se prestara por concesión administrativa, la mercantil concesionaria estará obligada a facilitar cuanta información le sea requerida por el Ayuntamiento, respecto del servicio y su rendimiento. Artículo 15.–Residentes.

Las infracciones cometidas a esta Ordenanza, se sancionarán con las siguientes multas: a) Haber rebasado el tiempo límite establecido en el ticket, seis euros. b) Con nueve euros, por haber rebasado el tiempo máximo determinado de 2 horas.

1. Podrán obtener para sus vehículos la acreditación de «Tarjeta de residente», expedido por el Ayuntamiento de Jaén, las personas que lo soliciten y tengan su domicilio, según padrón municipal de habitantes, coincidente con la vía afectada por la O.R.A., que regula esta Ordenanza.

d) La utilización de la tarjeta en otro vehículo o zona de estacionamiento distinto al autorizado, con sesenta euros.

Los interesados deberán solicitarlo oficialmente, adjuntando los siguientes documentos:

e) Por la utilización de tickets falsificados o alterados, con noventa euros.

– Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. En caso de extranjeros, tarjeta de residente o pasaporte.

En este último apartado e), además de la sanción, el Ayuntamiento se reserva el derecho de ejercer las acciones judiciales que fueran procedentes.

– Certificado de residencia, expedido por el Ayuntamiento. – Certificado del Servicio Municipal de Recaudación, acreditativo de estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias. – Fotocopias de documentos acreditativos de la propiedad del vehículo, debiendo figurar en éstos el mismo domicilio que en el de residencia. – Fotocopia del recibo de pago del impuesto municipal de circulación de vehículos. 2. Una vez comprobada que la solicitud y documentos que con ella se aportan, se ajusta a lo dispuesto en esta Ordenanza, se procederá a la expedición de la «tarjeta de residente», con las siguientes condiciones y garantías: – La tarjeta deberá ser expuesta en lugar visible en el interior del vehículo, para el control por el personal del servicio. – Habilita al vehículo para el estacionamiento por tiempo indefinido, exclusivamente en la zona para la que está autorizada, sin que le sea de aplicación lo dispuesto en el artículo 5 de esta Ordenanza. La tarjeta tendrá una validez anual. 3. En caso de transgresión de esta Ordenanza por un titular de tarjeta de residente o por su vehículo, le será de aplicación lo dispuesto en la misma. 4. Sin perjuicio de lo anterior, el Ayuntamiento podrá retirar dicha tarjeta en caso de reincidencia en el incumplimiento de esta Ordenanza.

c) La falta de ticket justificativo de pago del precio público, con veinticuatro euros.

Artículo 18.–De la anulación de las denuncias por infracción y su procedimiento. 1. La anulación de las denuncias por infracciones cometidas en los supuestos establecidos en los apartados a), b) y c) del artículo 16, podrá realizarse mediante el pago de los importes y procedimiento que a continuación se detalla: a) Por excederse del «tiempo de estacionamiento determinado en el ticket», sin sobrepasar el límite de 2 horas, 1,55 euros, que deberán hacerse efectivas en el parquímetro antes de las 2 horas de finalización del tiempo marcado en su ticket, y presentar al controlador o en las oficinas del servicio antes de transcurridas 72 horas. b) Por haber rebasado el tiempo máximo de 2 horas establecido, 3,10 euros, que deberán hacerse efectivas con la extracción de tickets del parquímetro y su presentación al controlador o en las oficinas del servicio, siendo este último caso antes de transcurridas 72 horas. c) Por la falta de ticket justificativo de pago del servicio por estacionamiento, 6,20 euros, que deberán hacer efectivas en las oficinas del servicio dentro de las 72 horas siguientes. Artículo 19.–De la inmovilización y retirada del vehículo. De conformidad con el artículo 8.º, y sin perjuicio de las sanciones establecidas en el artículo 17, los Agentes de la Policía Local, en virtud de lo establecido en los artículos 70 y 71.1.a) y e) del R.D. Legislativo 339/1990, en la redacción dada por la Ley 5/97, de 24 de marzo de 1997, podrán proceder, si el interesado no lo hiciese, a la

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inmovilización y retirada del vehículo de la vía reservada de aparcamiento regulado por artículo 70. «Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico podrán proceder, en la forma que se determine reglamentariamente a la inmovilización del vehículo, cuando no se hallen provistos de título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en tiempo o excedan de la autorización concedida hasta que se logre la identificación de su conductor», también por el artículo 71.1 a): la perturbación grave en el funcionamiento de un servicio público, y e): «cuando un vehículo permanezca estacionado en lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza, o cuando rebase el doble del tiempo abonado conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal», y su depósito en lugar determinado por el Ayuntamiento, por incumplimiento de esta Ordenanza. Procediendo, en tal caso, al pago por parte del propietario del vehículo, del importe por el servicio de grúa que estuviera establecido.

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Tiempo

Euros

105 minutos máximo

0,80

110 minutos máximo

0,85

120 minutos máximo

0,90

Residentes:

77,63

Anulación infracción Art.18.a)

1,60

Anulación infracción Art.18.b)

3,20

Anulación infracción Art.18.c)

6,40

En Jaén, a 2 de febrero de 2003.–El Alcalde-Presidente, MIGUEL SÁNCHEZ DE ALCÁZAR OCAÑA. – 7228 Ayuntamiento de Linares (Jaén). Edicto.

Disposiciones Adicionales Primera.–En el supuesto de que la zona reservada a este tipo de servicio, sea ocupada circunstancialmente por motivos de obras, mudanzas y otras actividades que impliquen la exclusión temporal del estacionamiento bajo su régimen peculiar que se establece en esta Ordenanza, los titulares de las correspondientes licencias de ocupación de la vía pública que hallan satisfecho la correspondiente tasa exigida para la obtención de la licencia, estarán exentos de abonar las exacciones equivalentes al importe del estacionamiento bajo dicho régimen, durante el tiempo que dure la ocupación, sin sujetarse a limitaciones de horarios. Segunda.–A los efectos de aplicación del artículo 4.2, e), el Ayuntamiento procederá a la reserva de espacio, al menos para el estacionamiento de dos vehículos, dependiendo de la capacidad total de plazas en cada zona.

Habiendo transcurrido, sin reclamaciones, el plazo legal de exposición al público del Presupuesto General de este Ayuntamiento para 2003, aprobado en sesión plenaria extraordinaria de fecha 2312-2002, queda elevado a definitivo el acuerdo adoptado provisionalmente en tal fecha. En cumplimiento del art. 150 de la Ley de Haciendas Locales, se publica el siguiente: Resumen por capítulos del Presupuesto de 2003 Presupuesto Consolidado de 2003. Ingresos (euros): Admón. Gral.

Capít.

P. B. Social

Escuela Taller

Eliminación

Ayuntamiento

1

9.640.000

0

0

0

9.640.000

Disposiciones Finales

2

1.259.159

0

0

0

1.259.159

Primera.–Para todo lo no específicamente regulado en esta Ordenanza, serán de aplicación las normas contenidas en la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.

3

9.205.335

54.692

0

0

9.260.027

4

10.063.113

1.895.046

566.165

1.141.000

11.383.324

5

184.012

301

5.000

0

189.313

Segunda.–La presente Ordenanza entrará en vigor a partir del día 1 de enero de 2003, y surtirá efectos hasta que se acuerde su derogación o modificación.

7

901.854

0

0

0

901.854

8

0

1

0

0

1

9

1.844.101

0

0

0

1.844.101

Total

33.097.574

1.950.040

571.165

1.141.000

34.477.779

(ANEXO 1) Cuadro tarifario

Presupuesto Consolidado de 2003.

Tiempo

Euros

Hasta 20 minutos

0,25

25 minutos máximo

0,30

30 minutos máximo

0,35

1

40 minutos máximo

0,40

2

50 minutos máximo

0,45

60 minutos máximo

Gastos (euros): Admón. Gral.

P. B. Social

Escuela Taller

Eliminación

11.896.398

709.049

409.017

0

13.014.464

10.435.313

902.325

135.042

0

11.472.680

3

2.297.325

902

60

0

2.298.287

0,50

4

3.536.592

324.541

0

1.141.000

2.720.133

65 minutos máximo

0,55

6

3.017.488

13.222

27.046

0

3.057.756

70 minutos máximo

0,60

7

70.357

0

0

0

70.357

80 minutos máximo

0,65

8

45.076

1

0

0

45.077

90 minutos máximo

0,70

9

1.799.025

0

0

0

1.799.025

95 minutos máximo

0,75

Total

33.097.574

1.950.040

571.165

1.141.000

34.477.779

Capít.

Ayuntamiento

R.P.T. del Ayuntamiento de Linares, unida al Presupuesto Municipal Ordinario año 2003 Denominación

N.º puestos

Adscripción

Escala

Grupo

Nivel C.D.

C. Específico

Secretario General

1

Funcionario

A. General

A

30

17.519,36

Interventor

1

Funcionario

A. General

A

30

16.278,24

Tesorero

1

Funcionario

A. General

A

30

16.278,24

Asesoría Jurídica: Ases. Juríd.-Letrado Mpal.

1

Funcionario

A. General

A

28

9.532,69

BOLETÍN

Pág. 956

Denominación

N.º puestos

Núm. 35 / 12 de Febrero de 2003

Escala

Grupo

Nivel C.D.

C. Específico

Funcionario

A. General

A

28

9.532,69

1

Funcionario

A. General

D

18

6.518,08

Auxiliar Admón. Gral.

1

Funcionario

A. General

D

17

4.946,62

Ordenanza

1

Indistinta

E

13

4.596,50

Ordenanza

2

Indistinta

E

13

4.720,76

Conserje

1

Funcionario

E

13

14.340,35

Sección Personal: Jefe Ngd. y E. Público

1

Funcionario

A. General

C

22

9.258,89

Gestor

1

Funcionario

A. General

D

18

6.518,08

Dpto. Secretaría General: Jefe Dpto.

1

Sección Estadística: Gestor

Adscripción

OFICIAL

A. General

Operador Inform.

1

Funcionario

A. General

C

19

6.252,98

Auxiliar Admón. Gral.

1

Funcionario

A. General

D

17

4.946,62

Telefonista-Correturnos

1

Indistinta

A. General

D

17

4.763,83

Ordenanza

2

Indistinta

E

13

4.596,50

Ordenanza (Barman)

1

Laboral

D

17

5.407,41

Limpiadoras Colegios P.

1

Indistinta

E

13

5.204,74

Limpiadoras Colegios P.

17

Indistinta

E

13

4.720,76

D

18

6.518,08

CoD

18

14.275,67 6.518,08

A. General

Informática: Jefe de Equipo

1

Funcionario

Oficina de Atención al Ciudadano: Coordinador

1

Indistinta

Gestores

1

Indistinta

A. General

D

18

Auxiliar Administrativo

1

Funcionario

A. General

D

17

4.946,62

Ordenanzas Informadores

1

Funcionario

A. General

E

13

4.569,50

Ordenanzas Informadores

1

Indistinta

E

13

4.720,76

Intervención de Fondos: Sección Contabilidad: Jefe Sección

1

Funcionario

A. General

A

26

9.640,44

Gestores

3

Funcionario

A. General

D

18

6.518,08

Sección Rentas y Exacciones: Jefe Sección

1

Funcionario

A. General

A

26

9.640,44

Jefe Ngdo.

2

Funcionario

A. General

C

22

9.258,89

Insp. Rentas

1

Funcionario

A. Especial

B

22

7.243,67

Vig. Inspección

1

Indistinta

A. Especial

D

17

5.620,36

Tesorería: Jefe Ngdo.

1

Funcionario

A. General

Gestor

1

Indistinta

Aux. Admtvo.

1

Funcionario

A. Especial

A. General

C

22

9.258,89

D

18

6.518,08

D

17

4.946,62

Departamento Urbanismo: Jefe Dpto. Urbanismo

1

Funcionario

A. General

A

28

9.532,69

Jefe Negociado

3

Funcionario

A. General

C

22

9.258,89

Gestores

3

Funcionario

A. General

D

18

6.518,08

Jefe Equipo

1

Indistinta

A. Especial

D

18

6.518,08

Vig. Inspección

1

Indistinta

A. Especial

D

17

5.620,36

Departamento U.T. Arquitectura: Jefe Dpto.

1

Funcionario

A. Especial

A

28

9.532,69

Jefe Secc. Arquit.

1

Funcionario

A. Especial

A

24

8.556,26

Jefe Secc. Cont.º M. Ambiente

1

Funcionario

A. Especial

B

24

9.317,04

Arqu. Tcno.

3

Funcionario

A. Especial

B

22

7.243,67

Ingen. Tcno.

2

Funcionario

A. Especial

B

22

7.243,67

Delineante

1

Funcionario

A. Especial

C

19

5.770,35

Insp. Obras

1

Funcionario

A. Especial

C

19

8.322,00

Departamento Obras: Jefe Dpto.

1

Funcionario

A. General

A

28

22.477,61

Jefe Secc. Contra.

1

Funcionario

A. General

A

24

9.317,04

BOLETÍN

Núm. 35 / 12 de Febrero de 2003

Denominación

N.º puestos

Adscripción

OFICIAL

Pág. 957

Escala

Grupo

Nivel C.D.

C. Específico

Jefe Secc. Obras

1

Funcionario

A. Especial

B

24

9.317,04

Jefe Secc. Servicios

1

Funcionario

A. Especial

B

24

9.317,04

Jefe Ngdo. Empleo

1

Funcionario

A. General

C

22

9.258,89

Delineante

1

Funcionario

A. Especial

C

19

5.770,35

Gestores

2

Funcionario

A. General

D

18

6.518,08

Vig. Insp. Servicios

1

Indistinta

A. Especial

DoE

14

4.844,95

Encarg. Jardines

1

Funcionario

A. Especial

C

20

7.113,11

Jefe Equipo Jard.

1

Funcionario

A. Especial

D

18

6.518,08

Oficial Jardines

4

Funcionarios

A. Especial

D

17

5.496,40

Vigilant. Jardines

7

Laboral

D

17

5.372,22

Peón Jardines

2

Indistinta

E

13

4.844,95

Capataz Elect.

1

Funcionario

D

18

9.320,64

Oficial Elect.

7

Indistinta

A. Especial

D

17

7.129,17

Encarg. Obras

1

Laboral

C

20

9.026,50

Jefe Equipo Obras

4

Indistinta

D

18

6.518,08

Jefe Equipo Pintor

1

Funcionario

A. Especial

D

18

6.518,08

Jefe Equipo Carp.

1

Funcionario

A. Especial

D

18

6.518,08

Jefe Equipo Herrero

1

Laboral

D

18

6.518,08

Jefe Equipo Almac.

1

Laboral

D

18

8.781,14

Jefe Equipo Aguas

1

Funcionario

D

17

6.518,08

Ofic. Mec. Manten.

1

Laboral

D

17

5.496,40

Ofic. Carpintero

1

Laboral

D

17

5.496,40

Ofic. Pintor

3

Laboral

D

17

5.496,40

A. Especial

Almacenista

1

Indistinta

A. Especial

D

17

5.629,59

Oficial Herrero

1

Funcionario

A. Especial

D

17

5.496,40

Ofic. Obras

10

Indistinta

D

17

5.496,40

Ayud. Obras

1

Laboral

E

14

4.886,74

Conductores

1

Funcionario

Conductores

5

Indistinta

Cond. Mec. Pesada

1

Laboral

Capataz de Aguas

1

Funcionario

Oficial Fontanero

1

Cond. Maq. Lig.

2

A. Especial

D

17

5.496,40

D

17

5.068,18

D

17

5.496,40

A. Especial

D

18

6.891,83

Funcionario

A. Especial

D

17

5.496,40

Indistinta

A. Especial

E

13

4.886,74 4.886,74

Ayudante de Oficios

1

Indistinta

A. Especial

E

14

Palista-Conductor

1

Funcionario

A. Especial

D

17

5.068,18

E

13

4.844,95

D

17

5.621,86

D

17

5.621,86

Peón

13

Indistinta

Of. Esp. Est. Depuradora

3

Funcionario

Of. Est. Est. Depuradora

3

Laboral

A. Especial

Guarda Pantano

3

Funcionario

A. Especial

E

13

5.509,01

Deportes: Jefe Servicio

1

Funcionario

A. Especial

B

24

9.317,04

Gestor de Prog. Deportiv.

1

Funcionario

A. Especial

B

22

7.243,67

Coord. Inst. Dptvas.

1

Indistinta

D

18

6.893,33

Jefe de Negociado

1

Funcionario

A. General

C

20

7.113,11

Gestor

1

Funcionario

A. General

D

18

6.518,08

Gestor (Pilar Olivares, vac.)

1

Funcionario

A. General

D

18

6.518,08

Auxiliar Administrativo

1

Funcionario

A. General

D

17

4.946,62

Jefe de Equipo

5

Indistinta

D

18

6.518,08

Vig. Inst. Dptvas.

7

Indistinta

D

17

5.373,72

Vig. Inst. Dep. Excedencia

1

Funcionario

D

17

5.373,72

Vig. Inst. Dep. Excedencia

1

Laboral

D

17

5.373,72

Operarias Inst. Dptvas.

8

Indistinta

E

13

5.373,72

Biblioteca: Bibliot.-Archivera

1

Funcionario

A. General

A

24

8.632,80

Operador Inform.

1

Funcionario

A. Especial

C

19

6.329,52

Ayudante Biblioteca

1

Laboral

D

18

6.518,08

A. Especial

BOLETÍN

Pág. 958

Denominación

N.º puestos

Adscripción

OFICIAL Grupo

Nivel C.D.

C. Específico

Ayudante Biblioteca

1

Laboral

D

17

5.373,72

Ordenanza Conserje

1

Laboral

D

17

4.946,62

Festejos: Jefe de Equipo

1

Funcionario

A. Especial

D

18

6.518,08

Auxiliar Administrativo

1

Funcionario

A. General

D

17

4.946,62

Turismo: Jefe de Negociado

1

Funcionario

A. General

C

20

7.113,11

Cultura: Coordinador

1

Laboral

B

22

7.243,67

Administrativos

2

Laboral

C

19

5.690,52

Gestor

1

Laboral

D

18

6.518,08

Auxiliar Administrativo

1

Funcionario

D

17

4.946,62

Conserje

1

Laboral

D

17

4.946,62

Educación: Aux. Admtvo.

1

Funcionario

D

17

4.946,62

Juventud y Mujer: Coordinador

1

Laboral

B

22

7.243,67

Aux. Administrativo

1

Indistinta

D

17

4.946,62

Asesora Jurídica

1

Laboral

D

18

18.892,80

Ordenanza

1

Funcionario

A. General

E

13

4.596,50

Fomento: Técnico Desarrollo Local

1

Funcionario

A. Especial

A

24

8.556,26

Departam. de Salud y Consumo: Jefe Dpto.

1

Funcionario

A. Especial

A

28

9.532,69

Técnico

1

Funcionario

A. General

A

24

8.556,26

Insp. Consumo

1

Funcionario

A. Especial

B

22

7.243,67

Jefe Equipo

2

Indistinta

D

18

6.518,08

D

18

6.518,08

D

17

5.012,35

D

17

5.496,40

Gestores

2

Indistinta

Ordenanza

1

Funcionario

Of. Obras Mante.

1

Laboral

Escala

Núm. 35 / 12 de Febrero de 2003

A. General

A. General

A. Especial

Vigilan. P. Abastos

1

Funcionario

A. Especial

E

13

4.886,74

Jefe Equi. Cement.

1

Funcionario

A. Especial

D

18

5.518,08

Sepulturero

2

Indistinta

E

13

5.510,50

Peones-Sepultureros

3

Funcionario

A. Especial

E

13

5.510,50

Medio Ambiente: Administrativo

1

Laboral

A. Especial

C

19

5.690,52

A. Especial

Bienestar Social: Asistente Social

1

Funcionario

Administrativo

1

Laboral

Gestor

1

Funcionario

Ordenanza

1

Laboral

A. General

B

22

7.243,67

C

19

5.690,52

D

18

12.081,11

E

13

4.720,76

Policía Local: Intendente

1

Funcionario

A. Especial

A

26

10.083,08

Inspector

1

Funcionario

A. Especial

B

22

10.020,89

Subinspectores

1

Funcionario

A. Especial

C

22

10.020,89

Subinspectores

1

Funcionario

A. Especial

C

22

8.636,30

Oficiales

9

Funcionario

A. Especial

D

18

6.639,22

Oficial

1

Funcionario

A. Especial

D

18

6.639,22

D

17

5.149,00

Policía Local

59

Funcionario

A. Especial

Parque Extinción Incendios: Jefe Servicio

1

Funcionario

A. Especial

B

26

11.183,24

Sargento

1

Funcionario

A. Especial

C

22

8.497,96

Sargento

1

Funcionario

A. Especial

C

22

8.651,03

Cabo

6

Funcionario

A. Especial

D

18

8.346,83

Conductor Mecánico

3

Funcionario

A. Especial

D

17

5.856,56

Conductor

3

Funcionario

A. Especial

D

17

5.856,56

BOLETÍN

Núm. 35 / 12 de Febrero de 2003

Denominación

N.º puestos

Adscripción

OFICIAL

Pág. 959

Escala

Grupo

Nivel C.D.

Conduct.-Bombero

14

Funcionario

A. Especial

D

17

C. Específico

5.856,56

Bombero

18

Funcionario

A. Especial

D

17

5.856,56 16.379,50

Alcaldía: Secretario

1

Indistinta

D

17

Administrativo

1

Laboral

A. Especial

C

19

5.690,52

Gestor

1

Funcionario

A. General

D

18

9.621,16

Ordenanza

1

Funcionario

A. General

E

14

8.802,90

Chófer Alcaldía

1

Funcionario

A. Especial

D

14

13.567,18

Personal de Confianza Alc.: Jefe Inform. Coord. Ofi. Mpales.

1

Eventual

16.379,50

Linares, 1 de febrero de 2003.–El Alcalde (firma ilegible). — 7219

Edicto.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Don ANTONIO JESÚS GONZÁLEZ PARRA, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Puerta de Segura.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Hace saber:

f) No estar incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente.

Ayuntamiento de La Puerta de Segura (Jaén).

Que por Resolución de esta Alcaldía-Presidencia, núm. 2/2003, de fecha 22 de enero de 2003, se ha aprobado las Bases generales y sus correspondientes anexos para cubrir de forna indefinida en régimen laboral fijo y mediante concurso, varias plazas incluidas en la plantilla de Personal Laboral fijo de este Ayuntamiento y cuyo texto íntegro es el siguiente: Bases generales para cubrir de forma indefinida en Régimen Laboral y mediante concurso, varias plazas incluidas en la plantilla de personal laboral fijo de este Ayuntamiento e integradas en la oferta pública de empleo para el año 2002, aprobada por resolución de la Alcaldía núm. 05/02, de fecha 27 de febrero de 2002 («B.O.E.» 88, de 12-04-02). 1. Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión por el sistema de Concurso Libre de Méritos de las plazas que se relacionan en los Anexos a las presentes bases, vacantes en la Plantilla de Personal Laboral Fijo de este Ayuntamiento, con las denominaciones que en dichos Anexos se especifican, dotadas presupuestariamente, con las retribuciones básicas correspondientes a los Grupos que se especifican para cada una de ellas y complementarias establecidas en la Catalogación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento y Convenio Colectivo en vigor. Dichas plazas se encuentran incluidas en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al año 2002. Las tareas y cometidos a desempeñar son las propias del puesto de trabajo y demás establecidas en la catalogación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento para cada una de las plazas convocadas. 2. Requisitos de los aspirantes. Para participar en esta convocatoria, los aspirantes deberán reunir los requisitos que a continuación se relacionan, además de los que específicamente se indiquen para cada plaza en el correspondiente Anexo: a) Ser español/a o ciudadano de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea; éstos últimos de acuerdo con lo establecido en la normativa que les sea de aplicación.

g) Aquellos otros requisitos que de forma específica se determinen o aparezcan recogidos en los Anexos correspondientes de la presente convocatoria. Los requisitos establecidos en esta base y Anexo correspondiente deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes. 3. Solicitudes y documentación a presentar. 3.1. Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Puerta de Segura, y se realizarán conforme al Modelo que como Anexo II figura en esta convocatoria. 3.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento de La Puerta de Segura o también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.3. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de estas convocatorias en el «Boletín Oficial del Estado». 3.4. Los interesados en tomar parte en esta convocatoria deberán unir a la solicitud fotocopia compulsada del D.N.I., así como el justificante de haber ingresado la cantidad en concepto de derechos de examen a que hace referencia la base 3.6 de esta convocatoria, debiendo acompañar a la misma la documentación justificativa de los méritos alegados para que sean valorados de conformidad con el baremo indicado en los Anexos correspondientes para cada una de las plazas convocadas. Dicha documentación deberá presentarse en original y/o mediante fotocopias debidamente compulsadas. Sólo se tendrá en cuenta en el Concurso aquellos méritos que cuenten con el soporte de la documentación justificativa que, en todo caso, deberá ser presentada dentro del plazo de admisión de solicitudes.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que falten al menos 10 años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

3.5. Para ser admitidos en esta convocatoria bastará que los aspirantes manifiesten en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda respecto a la plaza que opten, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título o títulos exigidos para el ingreso en el grupo en que esté encuadrada la plaza, según los establecido en el Anexo correspondiente, todo ello de conformidad con la establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

3.6. Los derechos de examen para poder participar en el procedimiento de provisión de las plazas a que hace referencia esta convocatoria se fijan en la cantidad de dieciocho euros (18 euros) y será ingresada en la cuenta restringida de recaudación abierta a nombre del Ayuntamiento de La Puerta de Segura en la Caja de Ahorros y

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Pensiones de Barcelona «La Caixa», número 2100.2637.58. 0101088400, con indicación de la plaza a la que opta. Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la convocatoria. 4. Admisión de aspirantes. 4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación del nombre y apellidos, D.N.I. y causas de exclusión. Dicha Resolución se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. 4.2. Los aspirantes que hayan resultado excluidos, dispondrán de un plazo de 10 días, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, de la Resolución a que se ha hecho referencia en el apartado anterior, para subsanar los defectos u omisiones que hayan motivado su exclusión o presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Los aspirantes que dentro del plazo anteriormente indicado no subsanen dichos defectos u omisiones, quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria. 4.3. Finalizado el plazo de subsanación de defectos u omisiones, el Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista definitiva de los aspirantes admitidos y excluidos. En dicha Resolución el señor Alcalde-Presidente procederá al nombramiento de/los Tribunal/es calificador/es que ha de evaluar los méritos alegados por los aspirantes, calificar la documentación aportada y realización de las pruebas prácticas y/o entrevistas. Dicha Resolución se publicará igualmente en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. Asimismo, en dicha se determinará el lugar, día y hora para la constitución del Tribunal, comienzo del proceso selectivo para cada una de las plazas convocadas y celebración de las pruebas prácticas y/o entrevistas. 4.4. Las sucesivas publicaciones se efectuarán únicamente en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. 5. Tribunal calificador. 5.1. El Tribunal o Tribunales encargado/s de evaluar y calificar los méritos alegados por los aspirantes y realizar las pruebas prácticas y/o entrevistas estará/n compuesto/s de los siguientes miembros: Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue. Vocales: – Un/a Concejal/a de este Ayuntamiento designado/a por el Sr. Alcalde. – Un Funcionario/a de la Junta de Andalucía, designado por la Delegación del Gobierno. – El Delegado Sindical de este Ayuntamiento o representante en quien delegue. Por cada uno de los miembros del Tribunal se designarán sus respectivos suplentes. 5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia al menos de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. En caso de ausencia del Presidente asumirá sus funciones el Vocal de mayor edad. El Vocal de menor edad sustituirá al Secretario en caso de ausencia de éste. 5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente del mismo cuando concurran algunas de las causas que hace referencia el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Tribunal se constituirá conforme a lo establecido en el artículo 26 de la citada Ley y adoptará sus decisiones por mayoría de votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente.

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5.4. La composición concreta de los miembros del Tribunal o Tribunales, así como de los respectivos suplentes, se hará pública en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAl de la Provincia, conjuntamente con la Resolución a que hace referencia la base 4.3 de esta convocatoria. Contra el acuerdo de composición y nombramiento del Tribunal o Tribunales los aspirantes podrán formular recusación a sus miembros en los términos previstos en el artículo 29 de la citada Ley 30/1992. Todos los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. 5.5. A los efectos determinados en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio, los miembros del Tribunal percibirán asistencias por la concurrencia a sesiones de Tribunales y órganos de selección, señalándose la categoría que corresponda a cada Grupo de entre las recogidas en el Anexo IV del citado Real Decreto y en función de categoría de las plazas convocadas. 5.6. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas, alegaciones o reclamaciones que pudieran surgir en la aplicación de las presentes bases, así como para incorporar especialistas o asesores para la valoración de pruebas. Tales especialistas o asesores actuarán con voz pero sin voto. 6. Sistemas de selección. 6.1. El sistema de selección será el de Concurso de Méritos. 6.2. En el Concurso se valorarán los méritos alegados por los aspirantes, los cuales serán calificados conforme al baremo y sistema de calificación establecidos en los Anexos de las presentes bases, para cada una de las plazas convocadas. 6.3. No se valorarán méritos justificados con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 6.4. No obstante el Tribunal se reserva la facultad de que en aquellas plazas que figuran en los correspondientes Anexos, se realice una Entrevista Personal de carácter curricular a los/as aspirantes sobre funciones propias del cargo a desempeñar y/o supuestos prácticos. Dicha entrevista será valorada de 0 a 5 puntos, sumándose dicha puntuación a la obtenida en el concurso. 6.5. Los aspirantes serán convocados para la entrevista en llamamiento único, por orden alfabético del primer apellido, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan. 6.6. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las convocatorias. 7. Relación de aprobados, presentación de documentos y contratación. 7.1. Finalizada la valoración de los méritos alegados en el Concurso y realizada la Entrevista para aquellas plazas que se especifiquen, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento las relaciones de los aspirantes que por orden de puntuación (suma de la puntuación del Concurso y Entrevista o solamente Concurso) han resultado seleccionados para cada una de las plazas convocadas, precisándose que en número de seleccionados no podrá rebasar el número de plazas convocadas. 7.2. Seguidamente el Tribunal elevará dichas relaciones, junto con el acta de la última sesión, al Presidente de la Corporación para que proceda a la formalización de los correspondientes contratos laborales; esta propuesta quedará condicionada a la presentación por parte de los interesados de la documentación a que se hace referencia en la base 7.3. 7.3. Los aspirantes que hayan resultado seleccionados y con carácter previo a la formalización de los correspondientes contratos laborales, deberán de presentar en la Secretaría del Ayuntamiento, y dentro del plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de las listas de aprobados en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, los documentos acreditativos exigidos en la base segunda de la presente convocatoria.

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7.4. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada, no presentasen la documentación a que hace referencia la base anterior, no podrán ser nombrados y formalizar los correspondientes contratos, quedando anuladas todas las actuaciones seguidas respecto a los mismos y sin perjuicio de la responsabilidad en las que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud. 8. Formalización de los contratos. 8.1. Cumplidos los trámites el Presidente de la Corporación dictará Resolución con la propuesta de nombramiento y formalización de los correspondientes contratos laborales, a favor de los aspirantes que hayan obtenido las plazas convocadas, los cuales deberán tomar posesión y formalizar el contrato en el plazo de 30 días naturales, a contar desde el siguiente a aquél en que le sea notificado. 8.2. Quienes, sin causa justificada, no comparezcan a la toma de posesión y formalización del contrato el día señalado en la correspondiente notificación, decaerán en todos sus derechos derivados de la presente convocatoria. 9. Régimen de incompatibilidades. El personal laboral seleccionado con arreglo a lo establecido en las presentes bases de convocatoria quedará sujeto al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de noviembre, y disposiciones que la desarrollen. 10. Recursos. La convocatoria, las bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 11. Normas de aplicación. La realización del Concurso y pruebas se regirá por lo previsto en las presentes bases y en los correspondientes Anexos y, en su defecto, se estará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladoras de las Bases del Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los Funcionarios de la Administración Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicios de la Administración del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y demás normas aplicables. ANEXO I Plazas convocadas I. Auxiliar de Biblioteca y Encargado del Archivo Municipal. Denominación de la plaza: Auxiliar de Biblioteca y Encargado del Archivo Municipal.

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– Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos. Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación: Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso: Puntos

Hasta 14 horas o 2 días de duración

0,05

De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días de duración

0,10

De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días de duración

0,20

De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días de duración

0,30

De 101 a 200 horas o de 21 a 40 horas de duración

0,50

De 200 ó más horas, o de 41 ó más días de duración

1,00

Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo. Los cursos en que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala, salvo aquéllos que aparezcan valorados en créditos, en cuyo caso ha de tenerse en cuenta que cada unidad de crédito equivale y ha de ser computada como 10 horas de duración. La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos. C) Titulación superior: – Por estar en posesión del Título de Bachiller Superior, Formación Profesional de 2.º Grado o equivalente, se otorgarán 0,25 puntos. – Por estar en posesión del Título de Diplomado/a, se otorgarán 0,50 puntos. – Por estar en posesión del Título de Licenciado/a, se otorgará 1 punto. La puntuación máxima de este apartado será de 1,25 puntos. II. Arquitecto Técnico. Denominación de la plaza: Arquitecto Técnico. Número de plazas: 1. Grupo: B.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Arquitectura Técnica.

Grupo: D.

Categoría del Tribunal: 2.ª.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente. Categoría del Tribunal: 3.ª.

Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso. Baremo de la Fase de Concurso:

Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso. Baremo de la Fase de Concurso: A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Auxiliar de Biblioteca y/o Encargado del Archivo Municipal: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos.

A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de La Puerta de Segura o en Entidades dependientes del mismo, en plaza o puesto de trabajo de Arquitecto Técnico, en régimen funcionarial, laboral o contratado administrativo: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo

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de iguales o similares características a la que se convoca, en régimen funcionarial, laboral o contratado administrativo: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos. A estos efectos no se computarán como servicios los que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

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IV. Cuidador/a Guardería Infantil Municipal. Denominación de la plaza: Cuidador/a Guardería Infantil. Número de plazas: 1. Grupo: D. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente y Carnet de Manipulador/a de Alimentos. Categoría del Tribunal: 3.ª. Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso.

B) Formación: Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso, se concederán 0,10 puntos por curso. La puntuación máxima de este apartado será de 1,00 punto.

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Baremo de la Fase de Concurso: A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de La Puerta de Segura o en Entidades dependientes del mismo, en plaza o puesto de Cuidador/a de la Guardería Municipal Permanente: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos.

Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo.

– Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.

III. Asesor/a Jurídico/a del Centro Municipal de Información a la Mujer.

Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

Denominación de la plaza: Asesor/a Jurídico/a del Centro Municipal de Información a la Mujer. Número de plazas: 1.

Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación:

Grupo: A. Titulación exigida: Licenciado en Derecho. Categoría del Tribunal: 1.ª. Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso. Baremo de la Fase de Concurso: A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en el Centro Municipal de Información de la Mujer del Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Asesor/a Jurídico/a y/o Licenciado/a en Derecho: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 8 puntos.

Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso, se concederán 0,10 puntos por Curso. La puntuación máxima de este apartado será de 1,00 punto. Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo. V. Cocinero/a de la Residencia de Personas Mayores, Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional.

– Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes, la puntuación máxima de este apartado será de 4 puntos.

Denominación de la plaza: Cocinero/a de la Residencia de Personas Mayores, Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional.

Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, y carnet de Manipulador de Alimentos.

Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación: Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso, se concederán 0,10 puntos por curso. La puntuación máxima de este apartado será de 2,00 puntos. Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo.

Número de plazas: 2. Grupo: D.

Categoría del Tribunal: 3.ª. Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso. Baremo de la fase de concurso: A) Experiencia profesional. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en los Centros de Residencia de Personas Mayores, Residencia de Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional, dependientes de Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Ayudante de Cocina y/o Cocinero/a: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 7 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de tra-

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bajo de Ayudante de Cocina y/o Cocinero/a o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 3 puntos. Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación:

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Los cursos en que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala, salvo aquellos que aparezcan valorados en créditos, en cuyo caso ha de tenerse en cuenta que cada unidad de crédito equivale y ha de ser computada como diez horas de duración. Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo. La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos.

Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso, se concederán 0,10 puntos por curso. La puntuación máxima de este apartado será de 1,00 punto. Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo. VI. Jefe de Cocina de la Residencia de Personas Mayores, Residencia de Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional.

C) Otros méritos: – Por estar en posesión del CAP (Certificado de Aptitud Pedagógica) se otorgarán: 0,50 puntos. – Por estar en posesión de la Titulación de Técnico de Formación Profesional en Cocina se otorgarán 0,30 puntos. VII. Cuidador/a Residencias de Personas Mayores, Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional. Denominación de la plaza: Cuidador/a Residencias de Personas Mayores, Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional. Número de plazas: 13. Grupo: D. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, y carnet de Manipulador de Alimentos.

Número de plazas: 1. Grupo: D.

Categoría del Tribunal: Tercera.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, y carnet de Manipulador de Alimentos. Categoría del Tribunal: 3.ª.

Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso. Baremo de la fase de concurso:

Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso.

A) Experiencia profesional:

Baremo de la fase de concurso: A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en los Centros de Residencia de Personas Mayores, Residencia de Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional, dependientes de Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Jefe de Cocina: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos. Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación: Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso:

– Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en los Centros de Residencia de Personas Mayores, Residencia de Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional, dependientes de Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Cuidador/a: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos. Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación: Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso: Puntos

Hasta 14 horas o 2 días de duración

0,05

De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días de duración

0,10

0,05

De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días de duración

0,20

De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días de duración

0,10

De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días de duración

0,30

De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días de duración

0,20

De 101 a 200 horas o de 21 a 40 horas de duración

0,50

De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días de duración

0,30

De 200 o más horas, o de 41 o más días de duración

1,00

De 101 a 200 horas o de 21 a 40 horas de duración

0,50

De 200 o más horas, o de 41 o más días de duración

1,00

Puntos

Hasta 14 horas o 2 días de duración

Los cursos en que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala, salvo

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aquellos que aparezcan valorados en créditos, en cuyo caso ha de tenerse en cuenta que cada unidad de crédito equivale y ha de ser computada como diez horas de duración. Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo. La puntuación máxima de este apartado será de 3 puntos. VIII. Servicio Doméstico de Residencias de Personas Mayores, Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional. Denominación de la plaza: Servicio Doméstico de Residencias de Personas Mayores, Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional. Número de plazas: 3. Grupo: E. Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente. Categoría del Tribunal: 3.ª. Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso. Baremo de la fase de concurso: A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en los Centros de Residencia de Personas Mayores, Residencia de Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional, dependientes de Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Servicio Doméstico: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación: Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se concederán 0,10 puntos por Curso. La puntuación máxima de este apartado será de 1,00 punto. Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo. C) Otros méritos: – Por estar en posesión del Carnet de Manipulador de Alimentos, se otorgarán 0,50 puntos. IX. Responsable de ajuste personal y social del Centro Ocupacional Municipal. Denominación de la plaza: Responsable de ajuste personal y social del Centro Ocupacional Municipal. Número de plazas: 1. Grupo: B. Titulación exigida: Diplomado/a Universitario/a en Psicología. Categoría del Tribunal: 2.ª. Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso.

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Núm. 35 / 12 de Febrero de 2003 Baremo de la fase de concurso:

A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en el Centro Ocupacional, dependiente de Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Responsable de Ajuste Personal y Social: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 6 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 3 puntos. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación: Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso: Puntos

Hasta 14 horas o 2 días de duración

0,05

De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días de duración

0,10

De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días de duración

0,20

De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días de duración

0,30

De 101 a 200 horas o de 21 a 40 horas de duración

0,50

De 200 o más horas, o de 41 o más días de duración

1,00

Los cursos en que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala, salvo aquellos que aparezcan valorados en créditos, en cuyo caso ha de tenerse en cuenta que cada unidad de crédito equivale y ha de ser computada como diez horas de duración. Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo. La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos. C) Otros méritos: – Por estar en posesión del Título de Licenciado/a en Psicología se otorgarán 0,50 puntos. - Por estar en posesión del CAP (Certificado de Aptitud Pedagógica) se otorgarán 0,50 puntos. X. Informador/a-Animador/a del Centro de Información de la Mujer. Denominación de la plaza: Informador/a-Animador/a del Centro de Información de la Mujer. Número de plazas: 1. Grupo: B. Titulación exigida: Diplomado/a Universitario/a. Categoría del Tribunal: 2.ª. Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso. Baremo de la fase de concurso: A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en el Centro Municipal de Información de la Mujer, dependiente de Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de tra-

Núm. 35 / 12 de Febrero de 2003

BOLETÍN

bajo de Informadora-Animadora: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 6 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 3 puntos. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación: Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso, se concederán 0,10 puntos por curso. La puntuación máxima de este apartado será de 1,00 punto. Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo.

Pág. 965 Puntos

De 101 a 200 horas o de 21 a 40 horas de duración

0,50

De 200 o más horas, o de 41 o más días de duración

1,00

Los cursos en que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala, salvo aquellos que aparezcan valorados en créditos, en cuyo caso ha de tenerse en cuenta que cada unidad de crédito equivale y ha de ser computada como diez horas de duración. Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo. La puntuación máxima de este apartado será de 3 puntos. C) Titulación Superior: – Por estar en posesión del Título de Bachiller Superior, Formación Profesional de 2.º Grado o equivalente, se otorgarán 0,25 puntos. – Por estar en posesión del Título de Diplomado/a, se otorgarán 0,50 puntos. – Por estar en posesión del Título de Licenciado/a, se otorgará 1 punto. La puntuación máxima de este apartado será de 1,50 puntos.

XI. Auxiliar Administrativo. Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo de Residencia de Personas Mayores, Residencia de Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional. Número de plazas: 1. Grupo: D. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente. Categoría del Tribunal: 3.ª Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso. Baremo de la fase de concurso:

D) Otros méritos: – Por estar en posesión del CAP (Certificado de Aptitud Pedagógica) se otorgarán: 0,50 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en los Centros de Residencia de Personas Mayores, Residencia de Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional, dependientes de Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Director/a de dichos Centros: 0,20 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos. La justificación se realizará mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. XII. Educador/a del Centro Ocupacional.

A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en los Centros de Residencia de Personas Mayores, Residencia de Personas Adultas Discapacitadas y Centro Ocupacional, dependientes de Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 2,50 puntos. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación: Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso: Puntos

Hasta 14 horas o 2 días de duración

OFICIAL

0,05

De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días de duración

0,10

De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días de duración

0,20

De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días de duración

0,30

Denominación de la plaza: Educador/a del Centro Ocupacional. Número de plazas: 1. Grupo: C. Titulación exigida: Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente. Categoría del Tribunal: 2.ª. Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso. Baremo de la fase de concurso: A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en el Centro Ocupacional, dependiente de Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Educador/a: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 4 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación: Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan

BOLETÍN

Pág. 966

relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso: Puntos

Hasta 14 horas o 2 días de duración

0,05

De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días de duración

0,10

De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días de duración

0,20

De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días de duración

0,30

OFICIAL

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debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo. C) Otros méritos: – Por estar en posesión del Carnet de Conducir Clase D se otorgarán 0,25 puntos. – Por estar en posesión del Carnet de conducir Clase E se otorgarán 0,50 puntos. XIV. Peón Servicios Varios-Jardinero.

De 101 a 200 horas o de 21 a 40 horas de duración

0,50

Denominación de la plaza: Peón Servicios Varios-Jardinero.

De 200 o más horas, o de 41 o más días de duración

1,00

Número de plazas: 1.

Los cursos en que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala, salvo aquellos que aparezcan valorados en créditos, en cuyo caso ha de tenerse en cuenta que cada unidad de crédito equivale y ha de ser computada como diez horas de duración. Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo. La puntuación máxima de este apartado será de 2,50 puntos. C) Titulación superior: – Por estar en posesión del Título de Diplomado/a se otorgarán 0,50 puntos. – Por estar en posesión del Título de Licenciado/a, se otorgará 1 punto. XIII. Peón Servicios Varios-Conductor. Denominación de la plaza: Peón Servicios Varios-Conductor. Número de plazas: 1. Grupo: E.

Grupo: E. Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente. Categoría del Tribunal: 3.ª. Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso. Baremo de la fase de concurso: A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Peón y/o Jardinero: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 6 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 3 puntos. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación:

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente y estar en posesión del carnet de conducir clase C. Categoría del Tribunal: 3.ª. Derechos de examen: Dieciocho euros (18 euros). Sistema de selección: Concurso. Baremo de la fase de concurso:

Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso, se concederán 0,10 puntos por Curso. La puntuación máxima de este apartado será de 1,00 punto.

A) Experiencia profesional: – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de La Puerta de Segura, en plaza o puesto de trabajo de Peón y/o Conductor: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos. – Por cada mes completo o fracción de mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de trabajo de iguales o similares características a la que se convoca: 0,10 puntos por mes completo y la parte proporcional por fracción de mes. La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos. Justificación: Mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente. B) Formación: Por la participación o realización de cursos, jornadas, seminarios, encuentros, congresos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar y contenidos del puesto de trabajo convocado, realizados por alguna Administración Pública o en Centros Oficiales o acreditados, se valorará de la siguiente forma, por cada curso, jornada, seminario, encuentro o congreso, se concederán 0,10 puntos por Curso. La puntuación máxima de este apartado será de 1,00 punto. Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido,

Justificación: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo contar de forma clara el Título del Curso, Centro que lo imparte y duración del mismo. C) Otros méritos: – Por haber realizado la Especialidad de Jardinería, a través de Escuela Taller, se otorgará 1 punto. Anexo II Moldeo de solicitud 1. Datos personales: Nombre y apellidos: ……………………………………………………………………………………………………… D.N.I./N.I.F.:

………………………………………………………………………………………………………………………

Domicilio: ……………………………………………………………………………………………………………………………… Localidad: Provincia: Teléfono:

……………………………………………………………………………………………………………………………

……………………….……………………………

Cód. postal:

………………………………………

………………………………………………………

2. Datos de la convocatoria: Denominación de la plaza a la que opta: Grupo:

……………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………………………………

BOLETÍN

Núm. 35 / 12 de Febrero de 2003 Expone:

Que, teniendo conocimiento de la convocatoria y aprobación de las Bases Generales para la provisión de forma indefinida en Régimen Laboral de la Plaza a que se refiere la presente solicitud, perteneciente al Grupo que en la misma se especifica, vacante en la Plantilla de Personal Laboral Fijo del Ayuntamiento de La Puerta de Segura, y mediante Concurso, aprobadas mediante Resolución de la Alcaldía número ……………………………………… y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número ………………, de fecha …………………………………………. Y reuniendo todos y cada uno de los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria de dicha plaza, declaro ser ciertos los datos consignados en la presente solicitud, comprometiéndome a probar documentalmente todos los datos que figuran en la misma, por lo que, solicito ser admitido/a en la convocatoria y proceso de selección de la plaza de ……………………………………………………………………………………………………, para lo cual junto a la presente solicitud, adjunto la documentación que a continuación se relaciona: – Fotocopia compulsada del D.N.I. – Resguardo acreditativo del ingreso de los derechos de examen. – Las certificaciones y documentos justificativos de los méritos que alego para su baremación en la Fase de Concurso.

OFICIAL

Pág. 967

Consejería de Obras Públicas y Transportes. Delegación Provincial de Jaén. Edicto. El Vicepresidente de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13,1,1.º del Decreto 77/94, en relación con el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 1/92, de 26 de junio, ha acordado someter el expediente que a continuación se detalla a información pública: Pozo Alcón.–Expediente 10-003/03. Rehabilitación de cortijo para albergue rural, en paraje «Dehesa del Rincón», promovido por doña Emiliana Marín Díaz. La presente publicación tiene por objeto que toda persona que considere que el proyecto de referencia no cumple con las condiciones marcadas por la vigente legislación para la edificación en Suelo No Urbanizable y Urbanizable No Programado, haga las alegaciones que considere oportunas en el plazo de 20 días, contados desde la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, ante esta Delegación Provincial, sita en Paseo Santa María del Valle, s/n., donde podrán presentarse las alegaciones durante las horas de oficina, o por cualquier otro medio establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Jaén, 22 de enero de 2003.–El Delegado Provincial, MANUEL FERRASCÓN.

NÁNDEZ

En …………………………………………………, a ………………… de ……………………………………… de 2003. Fdo.:

– 5654

……………………………………………………………………………………………………

Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Puerta de Segura (Jaén). Lo que se hace público para general conocimiento.

Administración de Justicia Juzgado de lo Social núm. 3 de Jaén.

La Puerta de Segura, a 23 de enero de 2003.–El Alcalde, ANTONIO JESÚS GONZÁLEZ PARRA. — 4378

Edicto. Doña NATIVIDAD RUIZ RICO, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. 3 de Jaén. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 463/2002, a instancia de la parte actora don Pedro Sánchez Rubio, contra FREMAP, INSS, TGSS y Lavi, S.A., sobre alta médica, se ha dictado sentencia de fecha 28 de octubre de 2002, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Junta de Andalucía Consejería de Salud. Delegación Provincial de Jaén. Edicto. Resolución de la Delegación Provincial de Salud de Jaén por la que se acuerda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificar a los interesados que se identifican en relación anexa, que en la Sección de Gestión Económica de esta Delegación Provincial, sita en Paseo de la Estación, 15, de Jaén, se encuentran a su disposición las liquidaciones de tasas y sanciones que se describen, significándole que el plazo para hacerlas efectivas comenzará a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.

«Fallo: Que desestimando la demanda formulada por don Pedro Sánchez Rubio, contra FREMAP, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Lavi, S.A, por lo que debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones de la actora. Publíquese esta sentencia y notifíquese a las partes, con la advertencia de contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, anunciándolo ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a su notificación. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

991/01 26724244S García Ortiz, Andrés C/. Baños, 17-3.º. Linares

44,67

Alcoholemia B. Análisis 6998/01

Y para que sirva de notificación al demandado Lavi, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

339/02 25944144Y Molinos Molinos, Juan Carlos. Avda. Universidad Edif. Adelfas, 1-6.º C. Jaén

45,56

Alcoholemia B. Análisis 2129/02

Jaén, a 24 de enero de 2003.–La Secretaria Judicial, NATIVIDAD RUIZ RICO.

489/02 26222288B Villén González, Luis Manuel. C/. Tarantos (Fuente del Pisar, 1). Linares

10,96

Diligencia 2 libros Análisis agua piscinas

723/02 25922928L Delorme Fernández, M.ª Dolores. Ctra. Torrequebradilla, carril 7. Jaén

45,56

Alcoholemia Bol. análisis 3838/02

Relación anexa LiquidaN.I.F./C.I.F. ción

Contribuyente

Importe/ Euros

Concepto

– 5114

Jaén, a 13 de enero de 2003.–El Delegado Provincial, JUAN FRANCISCO CANO CALABRIA. — 6240

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Villacarrillo (Jaén). Edicto. Doña JOSEFINA MIÑARRO DE LA BLANCA, Secretaria de Primera Instancia e Instrucción del Juzgado núm. 2 de Villacarrillo. Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el núm. 163/1998, a instancia de Unicaja, sobre Procedimientos Hipotecarios, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de

BOLETÍN

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20 días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación: Bienes que se sacan a subasta y su valoración:

OFICIAL

Núm. 35 / 12 de Febrero de 2003

Auto Center, S.L., en la que con fecha 19/7/2002, se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente: Providencia del Magistrado-Juez, don Ricardo de Villegas.

Rústica: Era empedrada de trillar mieses, situada en San Sebastián, término de Santisteban del Puerto, con superficie de diez áreas, setenta y tres centiáreas, inscrita en el Registro de la Propiedad de Villacarrillo, al Tomo 1.611, Libro 201, Folio 154, finca 13.677, con un valor a efectos de subasta de diecinueve mil novecientos diecisiete con cincuenta y cuatro euros (19.917,54 euros). La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado, sito en calle La Feria, 41, el día 20 de marzo de 2003, a sus 10,00 horas. Condiciones de la subasta: Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

En Jaén, a 22 de enero de 2003. Dada cuenta; Habiendo procedido el Registro de la Propiedad de Bienes Muebles a la inscripción de la anotación de embargo de los vehículos S5629BBC, S5630BBC y S5563BBC, se acuerda nombrar para el avalúo de los bienes embargados al perito tasador don Fernando Martínez Montes a quien se hará saber el nombramiento, citándole para que comparezca en este Juzgado en día y hora hábiles a los efectos de aceptación y juramento o promesa del cargo y para que en el plazo de 10 días siguientes al de la aceptación, en su caso, emita su dictamen.

– Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

Dése traslado de dicho nombramiento a la parte demandada por si quiere hacer uso del derecho que la Ley le concede de nombrar otro en el término de 2 días bajo apercibimiento de tenerle por conforme con el designado y con la valoración que efectúe.

– Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Central Santander Hispano núm. 2085-0000-18-0163-98 o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 6652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Y para que sirva de notificación en forma a Alemán Auto Center, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

– Identificarse de forma suficiente.

Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

La Secretaria Judicial (firma ilegible). – 5113

Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente. Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LEC. La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado. Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor. Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados. En Villacarrillo, a 31 de diciembre de 2002.–La Secretaria, JOSEFINA MIÑARRO DE LA BLANCA. – 5124 Juzgado de lo Social núm. 3 de Jaén.

Anuncios no Oficiales Comunidad de Regantes «Los Cuartos de las Albahacas», de Santo Tomé (Jaén). Edicto. Por el presente, se convoca a todos los partícipes de esta Comunidad a la Junta General ordinaria que celebraremos el día 25 de febrero de 2003, a las 19 horas en primera convocatoria y a las 19,30 en segunda, en el Salón El Mirador, Ctra. de Peal en Santo Tomé, con arreglo al siguiente Orden del día: 1.º) Lectura y aprobación, si procede, del acta anterior. 2.º) Estado de cuentas del ejercicio 2002. 3.º) Jurado de Riego. 4.º) Derrama para el ejercicio 2003. 5.º) Informe del Presidente.

Edicto. El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. 3 de Jaén. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución núm. 125/2002, sobre Ejecución, a instancia de don David Rodríguez Pastor, contra Alemán

6.ª) Ruegos y preguntas. Santo Tomé, 27 de enero de 2003.–El Presidente, TOMÁS COBOS SIMÓN. — 7339

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