CONVOCATORIA DE  ELECCIONES 2016      REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO         

CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2016  REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO  La Junta Directiva de la Real Federación Española de Automovilismo CONVOCA ELECCIONES para la composición de su ASAMBLEA GENERAL y para la elección de PRESIDENTE y miembros de la COMISION DELEGADA, acordando para ello lo siguiente: PRIMERO.‐ Las elecciones a la Asamblea General, a Presidente y a Comisión Delegada de la Real Federación Española de Automovilismo se regularán por el contenido del Reglamento Electoral de esta Federación aprobado por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes, en su sesión del día 14 de junio de 2016, por lo dispuesto en la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre por la que se regulan los procesos electorales en las Federaciones Deportivas Españolas, por el Real Decreto 1835/1991 de 20 de Diciembre sobre Federaciones deportivas españolas, la Ley 10/1990 de 15 de Octubre del Deporte, y por el contenido de los propios Estatutos de la Real Federación Española de Automovilismo. SEGUNDO.‐ Publicar el Censo Electoral provisional para las elecciones a la Asamblea General formada por todos los miembros de los distintos Estamentos de la Real Federación Española de Automovilismo que reúnen los requisitos establecidos al efecto para la condición de electores (Se adjunta como Anexo nº 1 el Censo Electoral provisional). TERCERO.‐ El número de miembros electos de la Asamblea General será de cincuenta y tres (53), cifra que se distribuye de la siguiente forma por estamentos: 

ESTAMENTO DE CLUBES:

Veinticuatro (24) representantes por el estamento de clubes deportivos: El máximo de representantes que podrán ser elegidos por cada una de las federaciones autonómicas es el siguiente*: FEDERACIÓN ANDALUZA FEDERACIÓN ARAGONESA FEDERACIÓN ASTURIANA FEDERACIÓN BALEAR FEDERACIÓN CANARIA FEDERACIÓN CÁNTABRA FEDERACIÓN DE CASTILLA LA MANCHA FEDERACIÓN DE CASTILLA LEÓN FEDERACIÓN CATALANA FEDERACIÓN EXTREMEÑA

CONVOCATORIA DE ELECCIONES DE LA  REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO

3 1 4 0 3 1 1 2 4 1

Página 1 de 3 

CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2016  REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO  FEDERACIÓN GALLEGA FEDERACIÓN MADRILEÑA FEDERACIÓN MURCIANA FEDERACIÓN NAVARRA FEDERACIÓN RIOJANA FEDERACIÓN VALENCIANA FEDERACIÓN VASCA

2 3 1 1 1 1 1

* Al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.5 y el artículo 19 del Reglamento Electoral, este número está sujeto a posibles alteraciones en función de eventuales cambios que se puedan producir en el número de clubes en el Censo Electoral Definitivo.



ESTAMENTO DE DEPORTISTAS:

Diecisiete (17) representantes por el estamento de deportistas. De estos 17 representantes, cinco serán elegidos dentro del cupo reservado a los Deportistas de Alto Nivel. 

ESTAMENTO DE OFICIALES:

Nueve (9) representantes por el estamento de oficiales. 

ESTAMENTO DE MARCAS:

Tres (3) representantes por el estamento de marcas. CUARTO.‐ De acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento Electoral, las circunscripciones tendrán el siguiente carácter: a) b) c) d)

La circunscripción para el estamento de deportistas, será estatal. La circunscripción para el estamento de oficiales, será estatal. La circunscripción para el estamento de marcas, será estatal. La circunscripción para el estamento de clubes, será estatal.

QUINTO.‐ El Calendario Electoral se adjunta como Anexo nº 2. SEXTO.‐ Los modelos de sobres y papeletas serán los siguientes: 

Asamblea General: el modelo de papeleta será el que se adjunta como Anexo

CONVOCATORIA DE ELECCIONES DE LA  REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO

Página 2 de 3 

CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2016  REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO 

 

número 3. El modelo de sobre en el que deberá ser incluida la papeleta figura como Anexo nº 4 y el sobre en el que deberá introducir toda la documentación para enviar, figura como Anexo nº 5. 

Comisión Delegada: el modelo de papeleta se identifica como anexo número 6. El sobre en el que introducir la papeleta se identifica como anexo nº 7.



Presidente: el modelo de papeleta se identifica con el anexo nº 8. El sobre en el que introducir la papeleta se identifica como anexo nº 9.



SÉPTIMO.‐ El procedimiento para el ejercicio del voto por correo se identifica como anexo nº 10. OCTAVO.‐ La Junta Directiva de la Real Federación Española de Automovilismo queda disuelta como tal, siendo sustituida en sus funciones por la Comisión Gestora. NOVENO.‐ Se constituye la Junta Electoral formada por los siguientes miembros: TITULARES:  DON MANUEL ANTONIO TUERO MADIEDO  DON IGNACIO DE LUIS OTERO  DON JAVIER HUERTA REBOLLO SUPLENTES:  DON JOSÉ ANTONIO TUERO SÁNCHEZ  DON ANTONIO PEREA GALA  DON CÉSAR MORALES ROMERO  

El plazo para recusar a los miembros de la Junta Electoral será de CINCO (5) días a contar desde la fecha de publicación de esta convocatoria Madrid, 1 de septiembre de 2016

  CONVOCATORIA DE ELECCIONES DE LA  REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO                                                                                                                   Página 3 de 3   

   

       

ELECCIONES 2016      ANEXO 1    CENSO ELECTORAL PROVISIONAL         

       

ELECCIONES 2016      ANEXO 2    CALENDARIO ELECTORAL         



CALENDARIO ELECTORAL SEPTIEMBRE 1 DE SEPTIEMBRE 2016 - CONVOCATORIA DE ELECCIONES - Disolución de la Junta Directiva y constitución de la Comisión Gestora. - Constitución de la Junta Electoral 2 DE SEPTIEMBRE 2016 - Comienza el plazo para: o Interponer reclamaciones ante la Junta Electoral contra el censo provisional y los modelos de sobre y papeletas. o Solicitar a la Junta Electoral la emisión del voto por correo o La recusación de miembros de la Junta Electoral. o Que los electores incluidos en varios Estamentos, opten por el de su preferencia. De no optar, se procederá a su inclusión de oficio en los Estamentos establecidos, según el Reglamento Electoral. 7 DE SEPTIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo para la recusación de miembros de la Junta electoral. 8 DE SEPTIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo para que los electores incluidos en varios Estamentos, opten por el de su preferencia. 9 DE SEPTIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo para interponer reclamaciones ante la Junta Electoral contra el censo provisional y los modelos de sobre y papeletas. 12 DE SEPTIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo para que la Junta Electoral resuelva las reclamaciones presentadas contra el censo provisional y los modelos de sobre y papeletas.

1

13 DE SEPTIEMBRE 2016 - Comienza el plazo para interponer recurso ante el TAD, contra la resolución de la Junta Electoral, relativa a impugnación del censo provisional. 23 DE SEPTIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo para interponer recurso ante el TAD, contra la resolución de la Junta Electoral, relativa a las impugnaciones del censo provisional 24 DE SEPTIEMBRE 2016 - Traslado de los recursos presentados a los afectados. 26 DE SEPTIEMBRE 2016 - Comienza el plazo para formular alegaciones por los afectados, por los recursos ante el TAD. 27 DE SEPTIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo para formular alegaciones por los afectados, por los recursos ante el TAD. 28 DE SEPTIEMBRE 2016 - Traslado al TAD de los recursos y alegaciones presentados. 29 DE SEPTIEMBRE 2016 - Comienza el plazo para dictar resolución el TAD, sobre los recursos presentados sobre el censo provisional.

OCTUBRE 6 DE OCTUBRE 2016 - Finaliza el plazo para dictar resolución el TAD, sobre los recursos presentados sobre el censo provisional. 7 DE OCTUBRE 2016 - Comienza el plazo para la presentación de candidaturas a la Asamblea General. - Proclamación del censo definitivo.

2

10 DE OCTUBRE 2016 - Finaliza el plazo para solicitar a la Junta Electoral la emisión del voto por correo. 20 DE OCTUBRE 2016 - Finaliza el plazo para la presentación de candidaturas a la Asamblea General. 21 DE OCTUBRE 2016 - Finaliza el plazo para que la Junta Electoral decida sobre la admisibilidad de las candidaturas a la Asamblea General. - Publicación lista provisional de candidaturas a la Asamblea General. - Comienza el plazo para interponer reclamaciones ante la Junta Electoral, contra la lista provisional de candidaturas a la Asamblea General. - Designación de los miembros de la Mesa Electoral, por parte de la Junta Electoral. 27 DE OCTUBRE 2016 - Finaliza el plazo para interponer reclamaciones ante la Junta Electoral, contra la lista provisional de candidaturas a la Asamblea General. 28 DE OCTUBRE 2016 - Proclamación definitiva de las candidaturas para la Asamblea General. 29 DE OCTUBRE 2016 - Comienza el plazo para formular solicitud ante la Junta Electoral, de agrupación de candidaturas. -

NOVIEMBRE

4 DE NOVIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo para solicitar ante la Junta Electoral, la agrupación de candidaturas. 8 DE NOVIEMBRE 2016 - Proclamación de las agrupaciones de candidaturas, reconocidas como tales y remisión del Expediente establecido en la normativa. 15 DE NOVIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo de recepción de votos por correo ante el Notario designado en el Reglamento Electoral.

3

22 DE NOVIEMBRE 2016 - 09,30 h. – Constitución de la Mesa Electoral - 10,00 h. – Comienzo de las votaciones para la elección de los miembros de la Asamblea General. - 19,00 h. – Finaliza el plazo de votaciones y comienza el escrutinio - Comienza el plazo de presentación de reclamaciones ante la Junta electoral. 24 DE NOVIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo para presentar reclamaciones ante la Junta Electoral por los actos de la Mesa Electoral. 25 DE NOVIEMBRE 2016 - Comienza el plazo de presentación de candidaturas a Presidente. - Comienza el plazo de presentación de candidaturas a la Comisión Delegada - Convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria, para la elección del Presidente y la Comisión Delegada. - Finaliza el plazo para que la Junta Electoral resuelva y notifique las resoluciones sobre reclamaciones por actos de la Mesa Electoral en las Elecciones a miembros de la Asamblea General. - Proclamación por la Junta Electoral de la lista de miembros electos de la Asamblea General.

DICIEMBRE 7 DE DICIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo de presentación de candidaturas a Presidente. 9 DE DICIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo para que la Junta Electoral resuelva la admisibilidad de candidaturas a Presidente. 18 DE DICIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo de presentación de candidaturas a la Comisión Delegada, una hora antes de la hora prevista para la elección. - ELECCIONES A PRESIDENTE Y MIEMBROS DE LA COMISION DELEGADA. - Proclamación provisional de resultados.

4

19 DE DICIEMBRE 2016 - Comienza el plazo de reclamaciones ante la Junta Electoral, contra actos de la Mesa Electoral en la elección de Presidente y Comisión Delegada. 20 DE DICIEMBRE 2016 - Finaliza el plazo de reclamaciones ante la Junta Electoral, contra actos de la Mesa Electoral en la elección de Presidente y Comisión Delegada. 22 DE DICIEMBRE 2016 - Resolución de reclamaciones, notificación por la Junta Electoral y - PROCLAMACION DEFINITIVA DE LOS RESULTADOS

5

   

       

ASAMBLEA GENERAL      ANEXO 3    MODELO DE PAPELETA         

   

       

ASAMBLEA GENERAL      ANEXO 4    MODELO SOBRE DE PAPELETA         

   

       

ASAMBLEA GENERAL      ANEXO 5    MODELO SOBRE VOTACIÓN POR  CORREO         

   

       

COMISIÓN DELEGADA      ANEXO 6    MODELO DE PAPELETA         

   

       

COMISIÓN DELEGADA      ANEXO 7    MODELO SOBRE DE VOTACIÓN         

   

       

PRESIDENTE      ANEXO 8    MODELO DE PAPELETA         

   

       

PRESIDENTE      ANEXO 9    MODELO SOBRE VOTACIÓN         

   

       

ELECCIONES 2016    ANEXO 10    PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO  DEL VOTO POR CORREO    (ARTÍCULO 34 DEL REGLAMENTO ELECTORAL)   

SOLICITUD VOTO POR CORREO    (Anexo II de la Orden ECD 2764/2015) 

ELECCIONES REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO 2016 PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL VOTO POR CORREO





ARTÍCULO 34 DEL REGLAMENTO ELECTORAL – VOTO POR CORREO: 1. El elector que desee emitir su voto por correo deberá formular solicitud dirigida a la Junta Electoral de la Federación interesando su inclusión en el Censo especial de voto no presencial. Dicha solicitud deberá realizarse a partir del día siguiente al de la convocatoria de elecciones y hasta dos días después de la publicación del Censo definitivo, cumplimentando el documento normalizado contenido en el Anexo II de la Orden ECD 2764/2015, de 18 de diciembre, debiendo acompañar fotocopia del DNI, pasaporte o permiso de residencia. Cuando la solicitud sea formulada por clubes y otras personas jurídicas que, ostentando la condición de electores, deseen emitir su voto por correo, deberá acreditarse ante la Junta Electoral de la Federación la válida adopción del acuerdo por parte de los órganos de la entidad en cuestión. Asimismo, deberá identificarse claramente la identidad de la persona física designada para realizar todos los trámites relativos al voto por correo, adjuntando fotocopia de su DNI, pasaporte o permiso de residencia. 2. Recibida por la Junta Electoral la documentación referida en el apartado anterior, comprobará la inscripción del solicitante en el Censo, resolviendo lo procedente. Publicada la lista definitiva de candidaturas proclamadas, la Junta Electoral enviará con carácter inmediato a los solicitantes el certificado referido anteriormente junto con las papeletas y sobres oficiales, así como una relación definitiva de todas las candidaturas presentadas ordenadas alfabéticamente. La Junta Electoral deberá elaborar y poner a disposición del Tribunal Administrativo del Deporte un listado que incluya una referencia a todas las solicitudes de voto por correo recibidas y los acuerdos o trámites adoptados al respecto, en particular, los que determinen la inclusión o no de los solicitantes en el censo especial de voto no presencial. 3. Para la emisión efectiva del voto por correo, el elector o la persona física designada por los clubes y restantes personas jurídicas para realizar todos los trámites relativos al voto por correo, acudirá a la oficina de Correos que corresponda o al Notario que libremente elija, exhibirá el certificado original que le autoriza a ejercer el voto por correo, así como original de su DNI, Pasaporte o permiso de residencia en vigor. En ningún caso se admitirá a estos efectos fotocopia de ninguno de los documentos citados.

1

ELECCIONES REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO 2016 PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL VOTO POR CORREO Una vez verificada la identidad del elector o del representante, introducirá la papeleta en el sobre de votación a que se refiere el artículo 31 del presente Reglamento y, una vez cerrado éste, lo introducirá junto con el certificado original autorizando el voto por correo en un sobre ordinario de mayor tamaño, en cuyo remite se deberá expresar el nombre y apellidos del remitente, así como la Federación y estamento por el que vota, y deberá ser dirigido a la Notaría de D. Francisco Javier Monedero San Martín, con domicilio en Madrid (28010),calle Eduardo Dato Nº 2, bajo, habilitada expresamente para la custodia de los votos por correo que se reciban. Así mismo en ese sobre ordinario deberá indicarse, cuando proceda, la consideración como deportista de alto nivel. 4. El depósito de los votos ante el Notario indicado, deberá realizarse con siete días naturales de antelación a la fecha de celebración de las votaciones. No serán admitidos los sobres depositados en fecha posterior. A estos efectos, el Notario depositario levantará Acta de los votos por correo que haya recibido dentro de dicho plazo, indicando, al menos, el número de ellos por cada estamento, e introduciendo los que haya recibido, ordenados por estamentos, dentro de cajas o de sacos, debidamente cerrados y precintados con los sellos de su Notaría, cuyo número de bultos, numeración correlativa de los mismos y contenido genérico de cada uno, deberá constar también en el Acta. 5. La Mesa Electoral especial para el voto por correo que se prevé en el artículo26 del presente Reglamento efectuará el traslado y custodia del voto emitido por correo, realizará su escrutinio y cómputo, y adoptará las medidas que sean precisas para garantizar la integridad de toda la documentación electoral correspondiente al voto por correo. Los representantes, apoderados o interventores de los candidatos y de las Agrupaciones de Candidaturas podrán estar presentes e intervenir en todas las actuaciones que ordene realizar la Mesa Electoral especial en relación con el traslado, custodia, cómputo y escrutinio del voto por correo.



2

    ELECCIONES 2016 – REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO    SOLICITUD INTERESANDO LA INCLUSIÓN EN EL CENSO ESPECIAL DE VOTO  NO PRESENCIAL    (Nombre y apellidos) ............................................................, con DNI n.º .............................. , y  n.º de licencia....................., perteneciente al estamento de ..............................., por la presente  formula solicitud con arreglo al artículo 17 de la Orden reguladora de los procesos electorales  en las Federaciones deportivas españolas, mediante la cual;    SOLICITA;    Que se admita el presente escrito junto con la documentación que se acompaña (fotocopia del  DNI y de la licencia o título habilitante) y, tras los trámites oportunos, se me incluya en el censo  especial de voto no presencial de la Real Federación Española de Automovilismo     En, ............................, a ......., de ............................., de 2016.           Firmar: _________________________________          A LA JUNTA ELECTORAL DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO