CONTRATO ALERTAS BANCOMER

CONTRATO ALERTAS BANCOMER No. del Registro del Contrato de Adhesión en CONDUSEF: 0305-433-007009/04-00565-0316 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE...
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CONTRATO ALERTAS BANCOMER No. del Registro del Contrato de Adhesión en CONDUSEF: 0305-433-007009/04-00565-0316 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "BANCOMER" Y POR OTRA PARTE LA PERSONA CUYO (S) NOMBRE (S) SE PRECISAN EN LA CARATULA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO EL CLIENTE Y EN CONJUNTO CON BANCOMER COMO “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES: DECLARACIONES I.

Declara BANCOMER representante, lo siguiente:

que

por

conducto

de

su

III. Expuesto lo anterior, LAS PARTES acuerdan celebrar el presente contrato, sujetándose a las siguientes: CLAUSULAS

a)

Que está en disposición de ofrecer a EL CLIENTE un servicio de banca electrónica.

b)

Ha desarrollado un servicio de banca electrónica, el cual permite que EL CLIENTE pueda recibir en su número de teléfono celular, que previamente acuerden las partes, información relativa a los movimientos de sus cuentas, procesos y/o solicitudes relativas a servicios bancarios, información de índole normativa o legal y/o relativa a servicios financieros que Bancomer ofrezca a sus clientes

c)

El servicio tiene dos modalidades: i. unidireccional que está dirigido a Personas Morales, consistente en el envío de información financiera y de diversa índole pertinente al CLIENTE, y ii. bidireccional únicamente a Personas Físicas clientes de BANCOMER, consistente en envío de información financiera y de diversa índole pertinente al CLIENTE, así como la respuesta de EL CLIENTE a la información recibida por BBVA BANCOMER.

d)

Para tener acceso al servicio, EL CLIENTE deberá contar con una línea activa de teléfono móvil (celular), a través de la cual podrá establecerse la conexión a los sistemas de BANCOMER, así como también es necesario que EL CLIENTE tenga una cuenta de depósito o contrato de crédito para, en su caso, poder tomar los recursos para las operaciones.

e)

Que su página en Internet es www.bancomer.com en donde EL CLIENTE podrá consultar las cuentas de redes sociales activas de BANCOMER.

II. Declara EL CLIENTE que: a)

Cuenta con la capacidad legal para celebrar el presente contrato a nombre propio o bien que es representante legal de una persona física o moral y cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato.

b)

Que sus datos de identificación son los establecidos en el Anexo de Datos Generales

c)

Estar interesado en contratar el servicio ofrecido por BANCOMER en términos del presente contrato.

d)

Ha celebrado previamente con BANCOMER alguno de los siguientes contratos: i) de depósito, ii) de crédito, iii) de inversión o iv) de algún otro producto o servicio bancario; para, en su caso, poder tomar los recursos para las operaciones o estar en posibilidad de instruirlas, en lo sucesivo “LAS CUENTAS”.

e)

f)

Que está interesado en que BANCOMER le preste estos servicios, y manifiesta conocer y estar de acuerdo con el contenido de este instrumento. EL CLIENTE reconoce y acepta la total validez de que la documentación relacionada con la apertura de esta cuenta de depósito, así como cualquier otra obligación contraída derivada de este instrumento podrán ser digitalizadas para un mejor control por parte de BANCOMER.

CAPITULO I DEL SERVICIO PRIMERA.- OBJETO. El presente contrato tiene por objeto proporcionar un servicio de banca electrónica con dos modalidades, la primera unidireccional para Personas Morales y la segunda bidireccional para Personas Físicas, consistente en el envío y recepción de mensajes con información y ofertas; así como un servicio de envío de instrucciones que permitirá realizar operaciones hasta por mediana cuantía (hasta 1500 UDIS diarias y hasta 6000 UDIS mensuales) sobre SUS CUENTAS, en lo sucesivo “EL SERVICIO”. La información a enviar podrá versar sobre: i) LAS CUENTAS, ii) servicios bancarios y financieros que ofrece BANCOMER a sus clientes, ii) a información financiera de mercado, iii) Ofertas dirigidas o no, iv) Códigos de un solo uso, para la autorización para compras en internet, confirmación de operaciones, contratación de productos y servicios, v) procesos y/o solicitudes en trámite durante la vigencia de este contrato. Mientras que la información que BANCOMER reciba del cliente a través del servicio podrá versar sobre: i) Aceptación de ofertas y promociones con cargo o no a sus CUENTAS, ii) Renovación de inversiones, iii) Aceptación de incremento Línea de crédito, iv) Aceptación de contratación de productos y servicios bancarios y financieros, v) Aceptación de contratación de servicios y productos que BBVA BANCOMER comercialice de sus filiales, la cual será enviada al y desde el teléfono móvil (celular) que el cliente y Bancomer tengan pactado para tal efecto. La aceptación de EL CLIENTE se realizará mediante el envío o utilización del código correspondiente a la operación o servicio que recibió de BBVA BANCOMER. Por lo anterior EL CLIENTE autoriza a BANCOMER para que le envíe mensajes de texto con información y ofertas relacionadas con las cuentas ligadas al servicio o información de mercado. La información que EL CLIENTE transmita o comunique a BANCOMER mediante EL SERVICIO tendrá pleno valor probatorio y fuerza legal para acreditar la operación realizada, el importe de la misma, su naturaleza, así como sus características y alcance de sus instrucciones. EL CLIENTE en este acto manifiesta su conformidad y reconoce como suyas las respuestas que desde el número de celular, y/o medio electrónico autorizado, emita EL CLIENTE a BANCOMER con relación a operaciones pasivas, activas o de servicios bancarios. SEGUNDA.- ENVÍO DE INFORMACIÓN. EL CLIENTE autoriza a BANCOMER para que le envíe cualquier tipo de oferta e información de las cuentas asociadas al SERVICIO o de LAS CUENTAS que tenga en BANCOMER., . TERCERA.- TIPO DE INFORMACIÓN. BANCOMER, a través de éste servicio, podrá enviar a EL CLIENTE ofertas e información sobre sus CUENTAS, así como información financiera y de mercado de interés. BANCOMER, determinará el contenido y alcance de esta información, en el entendido de que en el caso de la última, su contenido es de carácter

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CONTRATO ALERTAS BANCOMER informativo, no ha sido objeto de verificación independiente por parte de BANCOMER y está sujeto a cambios sin previo aviso; por lo que el uso por EL CLIENTE de la misma es responsabilidad exclusiva de EL CLIENTE y no implica responsabilidad alguna para BANCOMER. CUARTA.- PRONTITUD DE LA INFORMACIÓN. Es responsabilidad del cliente mantener encendido su teléfono celular o dispositivo, encontrarse en zona de cobertura telefónica y contar con servicio de internet cuando se requiera, para estar en posibilidad de recibir información, así como estar en posibilidad de enviar mensajes para responder, en su caso, a las ofertas o cuestionamientos que le haga Bancomer. EL CLIENTE se obliga a notificar a BANCOMER de forma inmediata cualquier modificación, baja del número de teléfono celular o cambio de compañía telefónica, proporcionado para la prestación del servicio, así como la pérdida o robo de dicho teléfono celular, a fin de inhibir el servicio de mensajes. Dicha notificación la podrá efectuar en cualquiera de los canales electrónicos que BANCOMER tenga habilitado para ello QUINTA.- CARÁCTER DE LA INFORMACIÓN. En el caso de servicios Financieros que requieran de una respuesta de EL CLIENTE, éste reconoce que dicha respuesta procederá conforme a la vigencia que BANCOMER haya determinado para cada envío y será atribuible a EL CLIENTE. EL CLIENTE, está de acuerdo, en que los mensajes son enviados en entornos de comunicación propios de la compañía telefónica con quien tiene suscrito su servicio de telefonía celular, por lo que la integridad de la información una vez enviada por BANCOMER, se apega a los lineamientos de dicha telefónica. EL CLIENTE conoce y asume las condiciones de seguridad con las que BANCOMER ofrece el servicio. SEXTA.- ACCESO AL SERVICIO. Para tener acceso al servicio, EL CLIENTE deberá contar con un teléfono celular que esté habilitado técnicamente para recibir mensajes cortos de texto, servicios de mensajería instantánea y/o el dispositivo necesario para recibir la información. Así mismo se le permitirá el acceso al “CLIENTE” al servicio bidireccional a través de un Identificador de Usuario y un Factor de Autenticación, los cuales constituyen la información con la que “BANCOMER” reconoce a “EL CLIENTE”

Cuando EL CLIENTE digite el Factor de Autenticación de manera incorrecta por 3 (tres) ocasiones, “BANCOMER” bloqueará “EL SERVICIO”. NOVENA.- RIESGOS, RECOMENDACIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD. Con el objeto de proteger la confidencialidad de la información, BANCOMER recomienda a EL CLIENTE la adopción de medidas para prevenir que la información pueda ser conocida por persona no autorizada distinta a su destinatario, como pudiera ser entre otras, la custodia de su teléfono celular y el almacenamiento de los mensajes. “BANCOMER” comunica a EL CLIENTE los riesgos inherentes a “EL SERVICIO”, así como los consejos de seguridad que debe tener al utilizar “LOS SERVICIOS”: d) No abrir mensajes, archivos o ligas que reciba de personas desconocidas, pueden ser virus o programas con los cuales intentan obtener sus contraseñas. a) “BANCOMER” nunca solicita información relacionada con sus cuentas o servicios bancarios y tampoco solicita su factor de autenticación, ni alguna otra contraseña de los servicios por ningún medio (correo electrónico, mensajes de texto, teléfono, celular, etc.) b) En su caso, disminuir sus límites monetarios para “LOS SERVICIOS”. c) Consultar recomendaciones de seguridad en www.bancomer.com, las cuales se actualizan periódicamente. En ningún caso "BANCOMER" será responsable de afectación alguna, incluyendo, sin límite, daños, pérdidas, gastos directos, indirectos, inherentes o consecuentes que surjan en relación con "EL SERVICIO" o su uso o imposibilidad de uso por alguna de “LAS PARTES”, o en relación con cualquier falla en el rendimiento, error, omisión, interrupción, defecto, demora en la operación o transmisión, falla de sistema o línea. DÉCIMA.- CASOS EN LOS QUE NO SE PRESTARA EL SERVICIO. “BANCOMER“, no estará obligado a prestar el servicio, en los siguientes casos: a) b) c) d)

El identificador del cliente será el número de teléfono celular que se encuentre asociado a la cuenta, mientras que el Factor de Autenticación es la información secreta, que sólo EL CLIENTE conoce y que le permite junto con el Identificador de Usuario, acceder al “SERVICIO” correspondiente. Dicho Factor de Autenticación deberá ser mínimo de 5 caracteres. Por lo anterior, EL CLIENTE deberá asociar el teléfono celular mediante el cual desee acceder a los “SERVICIOS”. SÉPTIMA.- RESPONSABILIDAD DEL “IDENTIFICADOR DE USUARIO” Y EL FACTOR DE AUTENTICACIÓN . EL CLIENTE es el único responsable y conocedor de su Factor de Autenticación que deberá proporcionar en el “SERVICIO” de manera previa al inicio de la operación, por lo que reconoce el carácter personal e intransferible del “IDENTIFICADOR DE USUARIO” y del factor de autenticación así como su confidencialidad, por lo que se obliga a: • Custodiarlos, cuidarlos y tenerlos bajo su control. • No transferirlos, ni comunicarlos a terceros. • Deslindar de responsabilidad a “BANCOMER” por el mal uso que pudiera hacer de los mismos, por lo que será de su exclusiva responsabilidad cualquier quebranto que pudiera sufrir como consecuencia del uso indebido de las mismas. OCTAVA.- BLOQUEO Y DESBLOQUEO DEL FACTOR DE AUTENTICACIÓN

e)

Cuando la información trasmitida sea insuficiente, inexacta, errónea, incompleta, etc. Cuando “ LAS CUENTAS” no se encuentren dadas de alta en el servicio, o bien se encuentren canceladas, aún cuando no hubieren sido dadas de baja en el servicio. Por causas de caso fortuito o fuerza mayor, o por cualquier causa ajena al control de BANCOMER. No se pudieren efectuar los cargos debido a que “LAS CUENTAS” no tengan fondos disponibles suficientes, o bien cuando “LAS CUENTAS” no tengan saldo a su favor. Exista mandato de autoridad competente.

DÉCIMA PRIMERA.- COMISIONES. Por el servicio prestado, BANCOMER sólo podrá cargar a “LA CUENTA” de EL CLIENTE, o a la cuenta que se señala en el Anexo de Datos Generales del Cliente y Comisiones, las comisiones, conceptos y montos que se señalan de manera expresa y que tienen una cantidad determinada o determinable señalada en la Carátula y Anexo de Datos Generales del Cliente y Comisiones del presente contrato, con motivo de: a) Que el cliente solicite que se le avise de cargos realizados a SUS CUENTAS que sean menores a $1,000.00 MXN (mil pesos 00/100 Moneda Nacional) b) Que el cliente solicite que se le avise de los abonos que se realicen a sus cuentas . El monto se detallará en la Carátula y Anexo de Datos Generales del Cliente y Comisiones. EL CLIENTE acepta que BANCOMER realice el cobro del importe de las comisiones y gastos por los servicios que éste le preste de acuerdo con las tarifas que estén vigentes al contratar “EL SERVICIO” con cargo a

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CONTRATO ALERTAS BANCOMER cualquiera de sus cuentas que al momento del vencimiento se encuentre vigente y con saldo disponible. BANCOMER se reserva el derecho de modificar o incorporar las cuotas o comisiones y serán informadas con 30 (treinta) días naturales de anticipación a EL CLIENTE, por cualquiera de los siguientes medios: 1. Escrito. 2. Medios Electrónicos. (Correo electrónico, SMS, www.Bancomer.com) 3. Publicaciones en periódicos de amplia circulación. 4. Colocación de avisos o carteles en los lugares abiertos al público en las oficinas de BANCOMER o bien en estados de cuenta que BANCOMER remita a EL CLIENTE. Se entenderá que EL CLIENTE otorga su consentimiento a las modificaciones del contrato o a las comisiones si no da aviso de terminación del presente contrato antes de que venza el plazo de 30 (treinta) días naturales, o bien si transcurrido este plazo continúa realizando operaciones. EL CLIENTE tendrá derecho a dar por terminado el presente Contrato en caso de no estar de acuerdo con las modificaciones a que se refiere esta cláusula sin que “BANCOMER” pueda cobrarle cantidad adicional alguna por este hecho, con excepción de los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que EL CLIENTE solicite la terminación del Contrato.

DECIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES. BANCOMER se reserva el derecho de efectuar modificaciones a los términos y condiciones de este contrato, mediante aviso dado con 30 (treinta) días naturales de anticipación, por cualquiera de los medios, indicados en los puntos 1, 2, 3 y 4 de la cláusula anterior. Se entenderá que EL CLIENTE otorga su consentimiento a dichas modificaciones si no da aviso de terminación del presente contrato antes de que venza el plazo de 30 (treinta) días naturales, o bien si transcurrido este plazo continua realizando operaciones. DECIMA TERCERA.- PROCEDIMIENTO DE ACLARACIONES. En caso de que EL CLIENTE tenga alguna aclaración o queja respecto a los movimientos u operaciones realizadas a través de “EL SERVICIO”, podrá presentar su aclaración o queja por escrito a través de la sucursal que contrato “EL SERVICIO” o a través de la unidad especializada de la institución. a)

b)

c)

d)

Cuando EL CLIENTE requiera de cualquier información adicional al servicio y/o aclaración sobre los mensajes enviados, podrá presentar una solicitud de aclaración dentro del plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha del evento en referencia, o en su caso de la realización de la operación o del servicio. La solicitud respectiva podrá presentarse ante la sucursal en la que radica la cuenta o donde contrato “EL SERVICIO”, o bien, en la unidad especializada de la Institución, mediante escrito o correo electrónico para lo cual BANCOMER acusará recibo de dicha solicitud y proporcionará el número de expediente. Una vez recibida la solicitud de aclaración BANCOMER tendrá un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales para entregar a EL CLIENTE el dictamen correspondiente, salvo cuando la reclamación sea a operaciones y/o eventos realizadas en el extranjero, en este caso el plazo será hasta de 180 (ciento ochenta) días naturales. Dentro del plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contado a partir de la entrega del dictamen a que se refiere el inciso anterior, BANCOMER estará obligado a poner a

disposición de EL CLIENTE en la sucursal en la que radica la cuenta, o bien, en la unidad especializada de BANCOMER, el expediente generado con motivo de la solicitud, así como a integrar en éste, toda la documentación e información que deba obrar en su poder y que se relacione directamente con la solicitud de aclaración que corresponda. El procedimiento antes descrito es sin prejuicio del derecho de EL CLIENTE de acudir ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros o ante la autoridad Jurisdiccional correspondiente; sin embargo, el procedimiento previsto en este articulo quedará sin efecto a partir de que EL CLIENTE presente su demanda ente la autoridad Jurisdiccional o conduzca su reclamación en términos de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. DECIMA CUARTA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYÓR. EL CLIENTE acepta expresamente que BANCOMER no será responsable de los daños y perjuicios que se le pudieran causar si, por caso fortuito, fuerza mayor o por cualquier otro acontecimiento o circunstancia inevitable, más allá del control razonable de BANCOMER, EL CLIENTE no pudiera hacer uso del servicio. DECIMA QUINTA.- VIGENCIA. El presente Contrato tendrá una duración indefinida. Sin embargo, podrá darse por terminado por cualquiera de “LAS PARTES”, previo aviso dado por escrito a la otra con 30 (treinta) días naturales de anticipación, mismo aviso que podrá incluirse en el estado de “LA CUENTA”. No obstante la terminación del contrato, el mismo seguirá produciendo todos sus efectos legales entre “LAS PARTES”, hasta que EL CLIENTE y BANCOMER hayan cumplido con todas y cada una de sus obligaciones contraídas al amparo del mismo. La terminación a que se refiere la presente cláusula surtirá efectos el mismo día en que presente la solicitud por escrito EL CLIENTE, siempre y cuando se cubran los adeudos y comisiones devengados a esa fecha de acuerdo a lo establecido en el presente instrumento por lo cual “BANCOMER” rechazará cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación del servicio y no se podrán hacer cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados pero no reflejados. EL CLIENTE reconoce que si diera por terminada “LA CUENTA” asociada al servicio, se darán por terminados “LOS SERVICIOS” en caso de que EL CLIENTE no designara una nueva cuenta en “BANCOMER” para operar los “SERVICIOS”. CONDICIONES DE LOS SERVICIOS a) “LOS SERVICIOS” de tipo bidireccional generarán un número de folio que validará cada operación que se realice. b) Las operaciones de retiro o transferencias sólo pueden realizarse si EL CLIENTE tiene saldo suficiente en “LAS CUENTAS” en que se efectúe el cargo correspondiente. c) Cuándo EL CLIENTE consulte sus saldos, BANCOMER le proporcionará la información que aparezca a esa fecha en sus registros contables. d) La información e instrucciones que EL CLIENTE transmita o comunique a “BANCOMER” al efectuar sus operaciones, así como los comprobantes emitidos y transmitidos por el “Computador Central” de “BANCOMER”, tendrán pleno valor probatorio y fuerza legal para acreditar la operación realizada, el importe de la misma, su naturaleza, así como las características y alcance de sus instrucciones. e) “BANCOMER” podrá fijar libremente las bases, requisitos y condiciones de operación de “LOS SERVICIOS”, los límites, días y el horario de las operaciones.

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CONTRATO ALERTAS BANCOMER f) En los estados de cuenta que se pongan a disposición de EL CLIENTE por cada una de “LAS CUENTAS”, se harán constar e identificarán las operaciones realizadas. EL CLIENTE deberá formular las observaciones a esos estados de cuenta en la forma y términos que se señalan en los propios Contratos. g) EL CLIENTE acepta que se le enviarán sugerencias de seguridad y recomendaciones para el uso de “LOS SERVICIOS” por los medios que “BANCOMER” considere convenientes. En caso de que EL CLIENTE tenga conocimiento o crea que ha habido cualquier violación de la seguridad, tal como el robo o el uso no autorizado de su “CONTRASEÑA” o de su teléfono celular vinculado al servicio, deberá de notificarlo inmediatamente al área que para tales efectos designe “BANCOMER”, para bloquear el acceso con ese dispositivo o contraseña. DÉCIMA SEXTA.- ROBO O EXTRAVIO DE LOS MEDIOS DE ACCESO AL SISTEMA En caso de daño, robo o extravío de cualquiera de los medios de acceso al “SERVICIO”, EL CLIENTE debe avisar de inmediato al centro de atención telefónica establecido por “BANCOMER” para estos casos (cuyo número podrá ser consultado www.bancomer.com), para cancelarlos de tal manera que no se haga uso de éstos. Si después del reporte se realizan cargos, éstos no serán responsabilidad de EL CLIENTE, por lo que “BANCOMER” devolverá dichas cantidades. DÉCIMA SÉPTIMA.- SUSTITUCIÓN DE LA FIRMA AUTÓGRAFA Ambas “PARTES” convienen en que el número telefónico que EL CLIENTE asocie al servicio, la “CONTRASEÑA DE ACCESO son las llaves para ingresar a “EL SERVICIO” y sirven de identificación en el sistema. Estos serán utilizados en este servicio por “BANCOMER” de la misma manera y para los mismos propósitos y alcances que el nombre y la firma autógrafa de EL CLIENTE. Por lo que LAS PARTES convienen en que el uso de las “CLAVES” y CONTRASEÑAS” sustituirá la firma autógrafa de EL CLIENTE y producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos firmados autógrafamente por EL CLIENTE y en consecuencia tendrá el mismo valor probatorio. DÉCIMA OCTAVA.- HORARIOS DE SERVICIO EL CLIENTE podrá tener acceso a “EL SERVICIO” los trescientos sesenta y cinco días del año, las veinticuatro horas del día, excepto en las operaciones que requieran un horario específico, mismo que se dará a conocer en “EL SERVICIO” y/o en www.bancomer.com DÉCIMA NOVENA.- NOTIFICACIONES “BANCOMER” notificará a EL CLIENTE las operaciones que impliquen transferencias de recursos de dinero a cuentas de terceros a través del medio de notificación designado por EL CLIENTE, en el Anexo de Datos Generales del presente Contrato. “BANCOMER” puede enviar dichas notificaciones por medio de mensajes de texto, avisos en los mismos “SERVICIOS” o mensajes de correo electrónico, al número celular o a la dirección de correo electrónico, que EL CLIENTE le haya proporcionado por cualquier medio. EL CLIENTE puede dar de alta o modificar el medio de notificación en sucursal “BANCOMER”, a través del centro de atención telefónica o por cualquier otro canal electrónico que “BANCOMER” autorice para esto. “BANCOMER” no estará obligado a realizar la notificación a que se refiere la presente cláusula por causa de caso fortuito o fuerza mayor, en caso de que el cliente no proporcione algún medio de contacto o por cualquier causa ajena al control de “BANCOMER”. En caso de que EL CLIENTE no desee proporcionar un medio de notificación, absuelve de cualquier responsabilidad a “BANCOMER” por la falta de notificación respectiva. EL CLIENTE reconoce que, derivado de la inmediatez del aviso, la información puede variar entre la versión de sus documentos impresos y la versión electrónica de los mismos.

“BANCOMER” recomienda a EL CLIENTE adoptar medidas adecuadas para proteger la confidencialidad de la información, como custodiar el medio electrónico, para prevenir que dicha información pueda ser conocida por persona no autorizada. VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD La información e instrucciones que EL CLIENTE transmita o comunique a “BANCOMER” mediante “LOS SERVICIOS”, tendrán pleno valor probatorio y fuerza legal para acreditar la operación realizada, el importe de la misma, su naturaleza, así como las características y alcance de sus instrucciones. En los términos de la Ley de Instituciones de Crédito, el uso de las claves y contraseñas previstas en este Contrato sustituirán la firma autógrafa para realizar las operaciones autorizadas a través del “SERVICIO”, lo cual producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos firmados autógrafamente, por lo que tendrán el mismo valor probatorio. En el caso de fallas del servicio como rendimiento, errores, omisiones, interrupciones, defectos o demoras en la operación o transmisión, que no sean imputables a “BANCOMER”, éste no será responsable de afectación alguna, incluyendo sin límite, daños, pérdidas, gastos directos, indirectos, inherentes o consecuentes al uso o imposibilidad de uso del “SERVICIO”. La responsabilidad de EL CLIENTE sobre el uso del “IDENTIFICADOR DE USUARIO”, o “LA CONTRASEÑA DE ACCESO” para acceder y/u operar “LOS SERVICIOS” cesará en el momento que “BANCOMER” sea notificado de la defunción de EL CLIENTE, el robo o extravío de los elementos mencionados, o EL CLIENTE solicite la terminación del “SERVICIO” correspondiente de acuerdo con la cláusula de vigencia de este contrato. VIGÉSIMA PRIMERA.- SOPORTE Y ASESORIA Si EL CLIENTE tiene alguna duda, sugerencia o requiere de algún soporte, asesoría o efectuar una consulta o reportar alguna contingencia relacionadas con “LOS SERVICIOS”, puede llamar al centro de atención telefónica que para tal efecto tenga establecido “BANCOMER”, cuyo número y horarios de servicio podrán ser consultados en www.bancomer.com, o contactar a “BANCOMER” en la misma página en sección de en que Bancomer proporcione ayuda o y seguir las instrucciones para el soporte de las operaciones que requiera. VIGÉSIMA SEGUNDA.TERMINACIÓN ANTICIPADA. BANCOMER podrá dar por terminado el presente Contrato, mediante aviso por escrito o envío de un mensaje de texto al teléfono celular de EL CLIENTE, el presente contrato, sin responsabilidad, en los siguientes casos de incumplimiento por parte de EL CLIENTE. a)

Si EL CLIENTE o BANCOMER por cualquier motivo cancela “LAS CUENTAS” de EL CLIENTE.

b)

Si incumple con las obligaciones que contrae sobre el manejo y operación de “EL SERVICIO”.

c)

Si faltare al cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones bajo estos términos y condiciones, como pudiera ser, entre otras, si EL CLIENTE deja de pagar las comisiones y los gastos por los servicios que le preste BANCOMER que se deriven de este servicio o no mantiene saldo disponible para el cargo en cuenta a que se refiere la Cláusula Novena.

Asimismo EL CLIENTE podrá solicitar la terminación del presente contrato en cualquiera de los canales electrónicos que BANCOMER tenga habilitado para ello, o bien en sucursal. VIGÉSIMA TERCERA. DOMICILIOS. “LAS PARTES” señalan como sus domicilios: EL CLIENTE el asentado en la carátula del presente. BANCOMER el ubicado en Av. Paseo de La Reforma 510, Col Juárez, Delg. Cuauhtémoc; C.P. 06600, Ciudad de México Página en Internet www.bancomer.com.

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CONTRATO ALERTAS BANCOMER

EL CLIENTE se obliga a notificar por escrito a BANCOMER de cualquier cambio de su domicilio, asimismo libera a BANCOMER de toda responsabilidad si la correspondencia o notificaciones que se le envían al domicilio registrado no es recibida por él, conviniéndose que lo expresado en ella surtirá efectos por el solo hecho de su envío y producirá plenas consecuencias legales. En “BANCOMER”, se encontrará la unidad especializada de la institución, para lo cual EL CLIENTE podrá acudir a este centro de atención a presentar sus consultas, reclamaciones y aclaraciones o lo podrá hacer directamente en la sucursal a través de cualquier ejecutivo o director de la oficina, en la que aperturó LA CUENTA DE DEPOSITO. El teléfono y correo electrónico de la unidad especializada de la institución es [email protected], con domicilio en: Lago Alberto 320 (entrada por Mariano Escobedo 303), Col. Anáhuac, C.P. 11320, Del. Miguel Hidalgo, Ciudad de México, teléfono 0155 - 19988039.

relacionados con las operaciones que se realicen a través de “EL SERVICIO” correspondiente. VIGÉSIMA QUINTA.- CONDUSEF. En caso de dudas, quejas o reclamaciones EL CLIENTE podrá acudir a la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, con domicilio en Insurgentes Sur 762, Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, C. P. 03100, Ciudad de México, teléfono 01 800 999 8080 y 53 40 09 99, correo electrónico [email protected] o consultar la página electrónica en Internet www.condusef.gob.mx. VIGÉSIMA SEXTA.- JURISDICCION Y COMPETENCIA. Para la interpretación y cumplimiento de este contrato “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales correspondientes al lugar en donde se firma el presente contrato o en su caso a los del Distrito Federal, a la elección de la parte actora renunciando a cualquier otro fuero o domicilio que tuvieren o llegaran a tener.

VIGÉSIMA CUARTA.- OTROS CONTRATOS. Para todo lo no previsto en el presente instrumento se estará en lo conducente a las estipulaciones de aquellos contratos que BANCOMER tenga celebrados con EL CLIENTE,

EL PRESENTE CONTRATO SE SUSCRIBE POR DUPLICADO EN EL LUGAR Y FECHA CONSIGNADAS EN LA CÁRATULA DE ESTE INSTRUMENTO, RECIBIENDO EL CLIENTE UN TANTO EN ORIGINAL DEBIDAMENTE FIRMADO.

BANCOMER BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANÓNIMA INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER

EL CLIENTE

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_______________________________________

EJECUTIVO

NOMBRE Y FIRMA

AUTORIZACIÓN DE PUBLICIDAD (OPCIONAL) Por este medio autorizo para que mis datos personales que he proporcionado a BANCOMER, puedan ser utilizados para fines mercadológicos o publicitarios, asimismo estoy de acuerdo en que se envíe a mi domicilio publicidad que BANCOMER considere más adecuada, relacionada a los productos y servicios ya sean de BANCOMER o bien de un tercero.

________________________ EL CLIENTE

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