Clave de Biblioteca: Material del Participante

Programa Formativo para Terceros Autorizados por el SAT, que ofrecen servicios a los contribuyentes de certificación de comprobantes fiscales digitale...
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Programa Formativo para Terceros Autorizados por el SAT, que ofrecen servicios a los contribuyentes de certificación de comprobantes fiscales digitales por internet “CFDI”. Clave de Biblioteca: 008361

Material del Participante

TEMA 1 FACTURA ELECTRÓNICA EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

PROGRAMA FORMATIVO PARA TERCEROS AUTORIZADOS POR EL SAT, QUE OFRECEN SERVICIOS A LOS CONTRIBUYENTES DE CERTIFICACIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET “CFDI”

TEMA 1 1. FACTURA ELECTRÓNICA EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

Objetivo: • Conocer las condiciones de operación y aplicación del complemento de factura electrónica en operación de comercio exterior.

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TEMA 1 FACTURA ELECTRÓNICA EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

Diagnóstico en factura de comercio exterior  Discrepancias en documentación de valor de las mercancías exportadas y CFDI. p  Ausencia de trazabilidad de la operación. Pedimento Factura electrónica Proforma

COVE

 Procesos de control fragmentados. El control del proceso productivo o comercial que culmina en una venta de exportación está fragmentado.  No se cumple la normatividad relativa al traslado.  La documentación y operaciones asociadas a las exportaciones, las realiza de manera preponderante el agente o apoderado aduanal.  La exportación se centra en la facilitación del despacho.

¿En qué consiste el cambio?  Empleo de factura electrónica en exportaciones A1  Referencia del identificador fiscal del importador en el país receptor  Validación de la identidad fiscal del importador de las mercancías, mercancías por parte de la Autoridad Tributaria del país receptor  Transparencia y trazabilidad de las operaciones de exportación  Uso de firmado electrónico, lo que da certeza sobre la identidad del exportador, quien emite la factura  Vinculación de la información de factura y documentos de exportación con implicaciones en simplificación y congruencia en el ámbito de impuestos internos y de comercio exterior

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TEMA 1 FACTURA ELECTRÓNICA EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

Sustento normativo La implementación del proyecto implicó adecuaciones a la normatividad en impuestos internos y a las Reglas Generales de Comercio Exterior. (DOF noviembre y diciembre de 2015). 2.7.1.22 Regla de impuestos internos relacionada con las de Comercio Exterior. • Hace referencia al uso del complemento en las facturas de exportación tipo A1. Se a a la a inclusión c us ó del de • Señala Identificador Fiscal del importador o receptor de las mercancías.

3.1.35 Reglas Generales de Comercio Exterior • Refiere que debe asentarse el folio fiscal del o los CFDI en el pedimento, exportaciones en definitiva con clave A1. • Se deberá transmitir la información que corresponda, contenida en el CFDI. • Se deberán incorporar al CFDI de exportación los datos contenidos en el complemento.

3.1.36 Reglas Generales de Comercio Exterior • Refiere que exportadores, así como los agentes o apoderados aduanales, deberán verificar el número de folio fiscal del CFDI.

VIGENCIA A PARTIR DEL 1º DE JULIO DE 2016

Simplificación Pedimento

COVE

Proforma

3

Factura electrónica

TEMA 1 FACTURA ELECTRÓNICA EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

Factura electrónica de exportación (complemento)

Información de la operación ió comercial

Complemento de Comercio Exterior ( COVE + Pedimento)

Certificados

• Folio • Fecha de operación • Forma de Pago Número de certificado • RFC del emisor • RFC Receptor • Condiciones de pago

• Monto de la operación • Tipo de comprobante • Método de pago • Lugar de la expedición • Tipo de cambio • Moneda

• Datos del emisor RFC nombre, RFC, b d domicilio i ili fi fiscal,l llugar d de expedición di ió d dell comprobante, régimen fiscal. • Datos del emisor RFC genérico de exportación, nombre, domicilio fiscal. • Desglose de mercancías y conceptos Cantidad unidades, descripción , valor unitario, importe • Impuestos • Versión • Tipo Operación • Clave de pedimento A1 • Certificado Origen • Incoterm

• Subdivisión • Tipo Cambio USD • Total USD • Emisor

• Receptor Identificador Fiscal • Destinatario Identificador Fiscal, Domicilio • Mercancías Mercancía, No Identificación Fracción Arancelaria Valor en dólares Unidad de Medida

Factura electrónica de exportación Prueba Piloto  Propósito: afinar la implementación de la factura en operaciones de comercio exterior a nivel nacional, así como el complemento y las reglas de comercio exterior y de impuestos p internos.  Periodo: 

Noviembre, 2015 – Enero 16, 2016.

 Participantes:  Cuatro empresas.  Cuatro PAC PAC’ss.  Seis Aduanas: Mexicali, Reynosa, Veracruz, Manzanillo, Puebla, CDMX.  Customs and Border Protection (CBP), representación del SAT en EEUU.

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TEMA 1 FACTURA ELECTRÓNICA EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

Factura electrónica de exportación  Resultados:  Se confirmó la viabilidad de la vinculación de la información.  Inconsistencias en el 20% de Tax ID  Mejora de procesos en materia de comercio exterior para la empresa.  Control de procesos en la generación de CFDI de exportación en la empresa.  Emisión del 87% de facturas electrónicas de exportación A1 en promedio, a EEUU.

Flujo de operación Cliente 1

Exportador

SAT

PAC 5

Crea orden de venta

Recibe interface y valida la estructura, sintaxis y atributos fiscales del vendedor (exportador mexicano)

Inicio 3 Envía Pedido

2

Orden de compra (Negociación y contrato de condiciones de entrega), Incoterm, términos de factura: FCA, FOB, etc. Transportación

Se integran datos aduanales y complementarios para facturación. Se genera interface para generar CFDI (Art. 29 CFF) para el comprador según lineamientos: Tax ID Domicilio Incoterms Fracción arancelaria

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Tax ID verificados a través de CBP

Valida:

La sintaxis del Tax ID importador La existencia del TaxID en base de datos previamente verificados por CBP, o, Verifica el TaxID en Web Service

Transportista 11

• Traslada la mercancía de Planta a Aduana. En el traslado se acompaña carta de porte con requisitos ffiscales CFDI Art. 74 Reglamento de Autotransporte Federal, Art. 581 y 583 Código de Comercio, último párrafo Art. 29 CFF, Regla 2.7.1.9 RMF 2015 • Recibe lista de embarque

12

4

Envía la factura a un Proveedor de Servicios d de C Certificación ifi ió Autorizado (PAC)

7

Certifica y envía SAT

Elabora orden de embarque

13

8

9

Devuelve la factura electrónica validada al exportador

Prepara embarque con especificaciones, pedimento y documentos

10

Elabora CFDI por Servicios

Elabora documentos para traslado local: Carta Porte

5

Avisa al agente o apoderado aduanal su arribo a la aduana

Elabora CFDI por Servicios de Transporte

TEMA 1 FACTURA ELECTRÓNICA EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

Flujo de operación Exportador

Agente o Apoderado Aduanal

SAT

Envía: • CFDI • Info para pedimento • Certificados • Lista de empaque

Sube al sistema información para Aduana Norteamericana y otras agencias de acuerdo al sector

Verifica: • Fracción arancelaria • Folio y estatus de factura electrónica • Campos requisitados en factura electrónica

Recibe factura electrónica

Recibe pedimento y espera llegada de conocimiento de embarque

Validación de pedimento

Certificados Lista de empaque

Cliente (importador)

Recibe correo con documentos

• Recibe correo electrónico con documentos • Procesa información para subir a sistema de aduanas Factura electrónica

Agente Aduanal EUA

Revisión de mercancía VS lista de empaque en caso de selección

Genera pedimento de exportación y documenta embarque de acuerdo a carta de instrucciones, refiere folio de factura en pedimento, anexa factura y certificados.

Realiza despacho de mercancía en aduana

Reconocimiento previo de mercancía VS lista de empaque

Elabora CFDI por derechos

Verifica conocimiento de embarque, otorga Vo. Bo.

Recibe embarque

Gracias

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TEMA 2 OBLIGACIONES: NOVEDADES Y RECOMENDACIONES

TEMA 2. OBLIGACIONES: NOVEDADES Y RECOMENDACIONES

Objetivo: • Cumplir en tiempo obligaciones fiscales.

1

y

forma

sus

TEMA 2 OBLIGACIONES: NOVEDADES Y RECOMENDACIONES

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de autorizar a Proveedores de Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (PCCFDI) conforme a lo dispuesto en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación F d ió para que operen como auxiliares ili en la l certificación ifi ió de d CFDI. CFDI

La certificación de CFDI consiste en: • • • •

Validar el cumplimiento de requisitos del CFDI (29-A del CFF). Asignar el folio del CFDI. I Incorporación ió ell sello ll digital di it l que proporcione i ell SAT para dicho di h caso. Entregar o poner a disposición de los contribuyentes el archivo electrónico del CFDI.

Los requisitos y obligaciones que tendrá que cumplir y mantener el tercero autorizado los establece la sección 2.7.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2016.

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

29. - Expedición de comprobantes 29-A. - Requisitos de comprobantes

Publicado el 12 de enero de 2016

ANEXO 20

Estándar Técnico del CFDI

Publicados el 14 de mayo de 2015

REGLAS DE RESOLUCIÓN MISCELANEA

2.7.2.De los Proveedores de Certificación de CFDI Anexo 1-A

2RMRMF Publicación el 6 de mayo de 2016.

2

TEMA 2 OBLIGACIONES: NOVEDADES Y RECOMENDACIONES

Sección 2.7.2. de la RMF 2016 Regla 2.7.2.8. RMF 2016

•Obligaciones y requisitos de los Proveedores de Certificación de CFDI. Estar al corriente obligaciones fiscales.

de

las

Tener el capital social suscrito y pagado. Presentar dictamen estados financieros.

de

los

Permitir y facilitar la realización de actos de verificación y de supervisión por parte del SAT. Permitir que el SAT aplique en cualquier momento evaluaciones de confiabilidad al personal del proveedor.

Cumplir con la reserva de información contenida en los CFDI que certifiquen.

Cumplir con los requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos establecidos

Validar y certificar de manera gratuita los CFDI que generen los contribuyentes a partir de la aplicación gratuita, misma que deberán mantener en todo momento a disposición del público

Presentar Presentar conforme a lo señalado en la ficha de trámite 114/CFF “Avisos del proveedor de certificación de CFDI”, contenida en el Anexo 1-A.

Devolver a los contribuyentes el CFDI validado conforme a lo que establecen los artículos 29 y 29-A del CFF, con folio asignado y con el sello digital del SAT, SAT emitido para dicho efecto. Enviar al SAT los CFDI, al momento en que realicen su certificación, con las características y especificaciones técnicas que le proporcione el SAT.

Sección 2.7.2. de la RMF 2016

•Obligación de los proveedores de certificación en el proceso de certificación de CFDI. No exceder de 72 horas entre el periodo de generación y la certificación del CFDI. Que el documento haya sido certificado. Que el CSD con el que se certificó el documento, documento sea vigente. Que el CSD corresponda contribuyente emisor del CFDI Regla 2.7.2.9. RMF 2016

al

Que el documento cumpla con la especificación del anexo 20.

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Cumplir con la matriz de control publicada en el Portal del SAT. Comunicar a la AGCTI los cambios tecnológicos que se pretendan realizar con posterioridad a la obtención de la autorización como proveedor de certificación de CFDI, por lo menos 15 días antes, en términos de la ficha de trámite 194/CFF “Aviso de cambios tecnológicos para los proveedores de certificación de CFDI” contenida en el Anexo 1-A.

TEMA 2 OBLIGACIONES: NOVEDADES Y RECOMENDACIONES

Avisos del proveedor de certificación de CFDI ¿Dónde se presenta? • En el Portal del SAT

¿Cuándo se presenta? • Dentro de los tres días siguientes a aquél en que el proveedor obtenga el acuse por haber presentado cualquiera de los avisos a que se refiere el artículo 29 del Reglamento del CFF.

• Cinco días antes de que se genere alguno de los supuestos que se indican a continuación, señalando la fecha específica del cambio o actualización: • Cambio de contactos tecnológicos. • Cambio de representante legal que promovió la solicitud de autorización. • Cambio de marca o de nombre comercial, utilizado que dio a conocer para obtener la autorización. • Actualización de datos, teléfono, correo electrónico o cualquier otro que incida en la operación como proveedor de certificación de CFDI. • Actualización de la dirección electrónica de la página de Internet en dónde se presta el servicio de certificación de CFDI y de la aplicación gratuita. • Cuando se trate de proporcionar datos complementarios del proveedor de certificación de CFDI, para su publicación en el Portal del SAT, dentro de los tres días siguientes a aquel en que fue otorgada su autorización. ó • Nombre comercial. • Máximo 3 números telefónicos. • Domicilio fiscal. • Sitio de Internet. • Dirección electrónica del servicio gratuito de generación de CFDI.

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TEMA 2 OBLIGACIONES: NOVEDADES Y RECOMENDACIONES

Documento en archivo digitalizado que contenga la manifestación de la persona moral del aviso de cambio, actualización t li ió o solicite li it dejar d j sin i efectos f t su autorización t i ió según ú corresponda, en el cual deberá señalar la fecha específica del cambio, así como los motivos y circunstancias del cambio o actualización; en el caso de que solicite dejar sin efectos su autorización deberá señalar dicha manifestación y la fecha y hora en que dejará de operar como proveedor de certificación de CFDI. Acuse obtenido en la presentación de cualquiera de los avisos a que se refiere el artículo 29 del Reglamento del CFF.

Sección 2.7.2. de la RMF 2016

•Requisitos para que los PCCFDI renueven la vigencia de l autorización. la i ió Tramitar la renovación en el mes de agosto del ejercicio en el que pierda la vigencia. La renovación de la autorización podrá ser por dos años más. En su caso de no cumplir con los requisitos de la solicitud de renovación, solventarlos en un plazo de 10 días. Regla 2.7.2.4. RMF 2016

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TEMA 2 OBLIGACIONES: NOVEDADES Y RECOMENDACIONES

Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI ¿Dónde se presenta? • En el Portal del SAT.

¿Cuándo se presenta? • En el mes de agosto del último año en el que tendría vigencia la autorización de conformidad con la regla 2.7.2.3.de la RMF.

Archivo digitalizado de la solicitud de renovación de autorización que contenga la siguiente manifestación: “Que continuará cumpliendo en todo momento por los ejercicios en que se renueve su autorización, con los requisitos y obligaciones establecidos en las reglas 2.7.2.8. y 2.7.2.9. de la RMF.”

Archivo en formato XML, la digitalización de su representación impresa y el CFDI que ampare el pago total de la garantía por el período por el qué se pretende obtener la renovación de la autorización; o bien, una Carta de Crédito la cual se deberá enviar en archivo PDF, dicha garantía deberá ser constituida con los requisitos establecidos en la ficha de trámite 112/CFF “Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI”. Archivo digitalizado de la “Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos” que se encuentra publicada en el Portal del SAT, firmada por el representante legal, apoderado o representante orgánico de la persona moral.

Documentos en archivos digitalizados con los que se acredite la personalidad del representante o apoderado legal y su identidad (identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo).

En caso de que se dude de la autenticidad de la documentación presentada, las autoridades fiscales requerirán al promovente a fin de que, en un plazo de 10 días, presente el original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda.

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TEMA 2 OBLIGACIONES: NOVEDADES Y RECOMENDACIONES

Sección 2.7.2. de la RMF 2016 •Amonestaciones a los PCCFDI. Cuando no se cumplan con los “Avisos” para la actualización de datos. •Verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones del PCCFDI. Permitir y facilitar la realización de actos de verificación y supervisión por parte del SAT. En su caso de presentarse incumplimientos aclararlos incumplimientos, o manifestar lo que a derecho convenga.

Cuando presente la garantía, garantía presente errores de fondo o forma.

la

misma

Cuando el SAT detecte que no tiene a disposición y visible la aplicación gratuita. Cuando se determine el incumplimiento de requisitos y obligaciones en materia tecnológica. que no ha p presentado o Cuando no se detecte q fue presentado de forma extemporánea el dictamen fiscal. Cuando exista reincidencia en incumplimientos determinados en una verificación previa.

Regla 2.7.2.10. RMF 2016

Cuando se detecte que no se permite la verificación de operación por usuarios simulados del SAT.

Sección 2.7.2. de la RMF 2016

•Causas de revocación de la autorización del PCCFDI. Cuando se graven, cedan o transmitan parcial o totalmente los derechos derivados de la autorización. Cuando incumpla con las obligaciones de la autorización para operar como PCCFDI. Cuando el PCCFDI no facilite u obstaculice un alguna verificación a realizarse por el SAT. Cuando no se desvirtúe los requerimientos en materia tecnológica. Cuando en un mismo ejercicio se haga acreedor a tres o más amonestaciones. Cuando se detecte que no se valido la información de al certificar algún CFDI. Cuando el PCCFDI se encuentre publicado en la lista a que se refiere el artículo 69-B del CFF. Regla 2.7.2.12. RMF 2016

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Regla 2.7.2.11. RMF 2016

TEMA 3 NUEVOS DESARROLLOS DE COMPLEMENTOS DE FACTURA ELECTRÓNICA 2016

TEMA 3. NUEVOS DESARROLLOS DE COMPLEMENTOS DE FACTURA ELECTRÓNICA 2016

Objetivo: • Dar a conocer los complementos de reciente publicación, en desarrollo y los próximos a ser liberados, así como reforzar el proceso que deben p los p proveedores p para la cumplir implementación de los comprobantes.

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TEMA 3 NUEVOS DESARROLLOS DE COMPLEMENTOS DE FACTURA ELECTRÓNICA 2016

Temas: 1. Diferencia de Complemento y Complemento Concepto. 2. Esquema Actual 3. Proceso de implementación de complementos 4. Difusión del SAT con el proveedor autorizado 5. Información que deben enviar al SAT los proveedores autorizados con la implementación un nuevo complemento. 6. Listado de Complementos 6.1 ¿Qué se ha hecho? 6.2 Situación actual

Diferencia de Complemento y Complemento Concepto.

Complementos

• Permiten incluir información adicional específica para los conceptos registrados en la factura electrónica Ejemplo: venta de vehículos • Permiten incluir información ó adicional específica í en la factura electrónica para un sector o un grupo de contribuyentes Ejemplo: nómina

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TEMA 3 NUEVOS DESARROLLOS DE COMPLEMENTOS DE FACTURA ELECTRÓNICA 2016

Complementos

Esquema Actual Proceso de implementación de complementos para la Factura Electrónica.

Generación del estándar del complemento en coordinación con los usuarios versión preliminar

Identificació n de la necesidad del sector o normativo.

Análisis

Se circula con el área involucrada al interior del SAT y con los terceros autorizados para recibir propuestas de mejora

Se define la versión final del complemento y se comunica a los terceros la fecha f h de d liberación

Definición y diseño

Desarrollo, implementación y comunicación

Los terceros autorizados inician prueba piloto y envían evidencias en ambiente bi de d prueba.

* 30 días previos a la publicación en el portal del SAT.

Análisis

Proceso de implementación de

1.

Identificación de la necesidad y sector.

2.

Diagnóstico del sector.

3.

Simplificación de información. 

4.

Elaboración de estándar.

Inicio de operación

Complementos

Definición y diseño 5.

Retroalimentación interna.

6.

Retroalimentación  externa.

7.

Propuesta final de estándar y ajuste de procesos internos.

8.

Definición de tiempos para el desarrollo e  implementación

Desarrollo, implementación y comunicación 9.

complementos

El complemento se publica en el portal del SAT y los terceros confirman la implementació n en ambiente productivo.

Desarrollo y pruebas de las aplicaciones del SAT.

10 Periodo de pruebas en el sector.  10. Periodo de pruebas en el sector 11. Publicación del sustento normativo y el documento electrónico en el portal del SAT. 12. Comunicación al contribuyente. 13. Inicio de operación, supervisión, monitoreo e indicadores.

Inicio de operación obligatorio 14. Implementación en ambiente  productivo    

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TEMA 3 NUEVOS DESARROLLOS DE COMPLEMENTOS DE FACTURA ELECTRÓNICA 2016

Difusión del SAT con el proveedor autorizado

Complementos

Comunicación con el proveedor • Comparte documentación del nuevo complemento que será implementado (XSD estándar, estándar etc) (XSD, • Envía correo electrónico informando la instalación del nuevo complemento. • Ventana de mantenimiento. • Fecha de límite de implementación. • Solicitud de evidencias de implementación en ambiente de pruebas (Matriz de validaciones adicionales). .xslt

Publicación

.xsd

LCO

• Cuando un nuevo complemento es liberado, los archivos correspondientes serán publicados en el apartado del complemento en el Portal del SAT (catálogos, xsd, xslt, listados como LCO, etc.

Difusión del SAT con el proveedor autorizado

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Complementos

TEMA 3 NUEVOS DESARROLLOS DE COMPLEMENTOS DE FACTURA ELECTRÓNICA 2016

Complementos

Información que deben enviar al SAT los proveedores autorizados con la implementación un nuevo complemento.

Proveedores autorizados • Llevar a cabo las acciones preventivas y de comunicación con sus clientes • Enviar evidencias en ambiente de pruebas conforme a la matriz de validaciones adicionales proporcionadas por el SAT. • Cumplir con la fecha de implementación requerida por el SAT. • Confirmación del complemento en ambiente productivo Ejemplo INE: o Ejemplos de envíos exitosos, adjuntar XML, mensajes SOAP´s (request y response) y xml acuse de recepción. o Ejemplos por cada caso de validación, con el correspondiente número de código y descripción del mensaje, enviar XML, mensajes SOAP´s (request y response de su servicio con el código de error)

Complementos

1. INE Listado de Complementos 2. Comercio Exterior 

2016

3. Pagos  4. Pago de salarios a través de un tercero 5. Notarios Públicos: • Complemento Enajenación y  Adquisición. • Complemento Servidumbre 6. Hidrocarburos: • Gastos • Ingresos 7. Liquidación de coordinados 8. Viáticos 9. Complemento concepto de CFDI de nómina  Complemento concepto de CFDI de nómina emitido por diferencias o errores  detectados al cierre del ejercicio. 10. Complemento Concepto de CFDI para  especificar gastos relacionados a una  incapacidad o discapacidad.

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Canales de recepción Canales de recepción

Aplicación  SAT Proveedor de  Certificación

TEMA 3 NUEVOS DESARROLLOS DE COMPLEMENTOS DE FACTURA ELECTRÓNICA 2016

Complementos

¿Qué se ha hecho? Inicio de operación INE

Definicion nes



Actualización tercer trimestre

Comercio Exterior •

Actualización tercer trimestre. Actualización tercer trimestre

Desarrollo, implementación y comunicación Pagos •

80%

Publicación tercer trimestre.

Pago de salarios a través de un tercero •

80%

Publicación tercer trimestre

Definición y diseño Notarios Públicos Notarios Públicos •

50%

Publicación tercer trimestre

Hidrocarburos •

50%

Publicación tercer trimestre

* El resto de los complementos esta por iniciar. Etapa de Análisis

Complementos

Situación actual

• INE. versión 1.1 Tipo de Comité – Directivo Estatal Reglas de validación para  Tipo Comité Catálogo (CDMX)

Próximas  liberaciones

• Comercio Exterior. versión 1.1 Cambio de regla de validación para: Número de identificación Valor en dólares

SAT

Cambio en catálogos: Fracción arancelaria Colonias • Pagos  Versión 1.0 portal del SAT

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TEMA 3 NUEVOS DESARROLLOS DE COMPLEMENTOS DE FACTURA ELECTRÓNICA 2016

Gracias

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TEMA 4 CONTRATO DE ADHESIÓN

TEMA 4. CONTRATO DE ADHESIÓN Ó

Objetivo: • Conocer el contrato de adhesión como nueva obligación bli ió fiscal, fi l asíí como su aplicación. li ió

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TEMA 4 CONTRATO DE ADHESIÓN

Antecedentes regulación contractual en la RMF • Los proveedores cuentan con la obligación de celebrar contratos comerciales con los contribuyentes cuando les ofrezcan servicios complementarios a la certificación. • Regla 2.7.2.5., fracción III de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Los pro eedores proveedores cuentan con diversas obligaciones, entre otras:

• La certificación de CFDI, (SAT) • Contar con una sana relación comercial ( (proveedor/consumidor). d / id ) (LFPC) • El SAT, cuenta con la facultad de amonestar o revocar a los proveedores, en caso de incumplir con sus obligaciones. • Adicionando la implementación del contrato de adhesión. adhesión

2

TEMA 4 CONTRATO DE ADHESIÓN

CONTRATO DE ADHESIÓN Objetivo



Brindar seguridad jurídica y transparencia a los contribuyentes que contratan servicios adicionales o complementarios a la certificación con un proveedor autorizado por el SAT.



Reforzar la percepción positiva y de confianza que debe reflejar a un contribuyentes el contratar con una empresas autorizada por el SAT.



Establecer un esquema claro para que los contribuyentes puedan decidir la mejor opción al contratar servicios.

El contrato de adhesión registrado como obligación  Estará establecida en la RMF, pretendiendo sea publicada en la 3a RMRMF, antes de la presentación de la renovación de autorización (agosto 2016).  Transitorio:  Nuevos contratos, se usara a partir del 1 de enero de 2017.  Contratos previos, se usara a partir de 2017.  Sin perder de vista que el contrato de adhesión no limita los servicios adicionales, ni tampoco contrapone los actuales.

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TEMA 4 CONTRATO DE ADHESIÓN

El contrato de adhesión estará publicado en el Portal del SAT, mismo que deberán descargar los proveedores de certificación de CFDI para su registro ante la PROFECO.

Cabe destacar que la PRODECON, velara por los derechos fiscales de los contribuyentes, ya sean protegidos de manera directa SAT, o indirecta por sus proveedores. • El objetivo: proteger los derechos de los contribuyentes en las diversas relaciones jurídicas fiscales o comerciales. jurídicas, comerciales

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TEMA 4 CONTRATO DE ADHESIÓN

Concepto de la certificación de CFDI que autoriza el SAT 2.7.2.5. Para los efectos de la regla 2.7.2.1., los proveedores de certificación de CFDI estarán a lo siguiente: [ ] […] IV. Prestarán los servicios de certificación de CFDI para los cuales han sido autorizados por el SAT, utilizando para ello el Contrato Tipo de Prestación de Servicios de Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet y Servicios Adicionales o Complementarios, p publicado p p por el SAT en su portal, mismo que deberá ser registrado por cada proveedor autorizado ante la Procuraduría Federal del Consumidor.

Obligaciones y requisitos de los proveedores de certificación de CFDI 2.7.2.8. Para los efectos del artículo 29, fracción IV, segundo g a quinto q párrafos p del CFF, el p proveedor de certificación de CFDI, deberá cumplir y mantener lo siguiente: […] XXII. C XXII Cumplir li con llo establecido t bl id en la l fracción f ió IV d de lla regla 2.7.2.5.

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TEMA 4 CONTRATO DE ADHESIÓN

Amonestaciones a los proveedores de certificación de CFDI 2.7.2.11.Para los efectos del artículo 29, fracción IV, párrafo cuarto del CFF, se aplicará una amonestación al proveedor de certificación de CFDI que actualice cualquiera de los siguientes supuestos: […] IX. Cuando el SAT detecte que ha incumplido con lo dispuesto en la fracción IV de la regla 2.7.2.5.

• Lo dispuesto en la fracción IV de la regla 2.7.2.5., será aplicable a partir del 1 de enero de 2017. • Para el caso de aquellos contribuyentes que tengan contrato vigente de servicios de certificación al 1 de enero de 2017, los derechos y obligaciones contraídos permanecerán vigentes hasta su conclusión, por lo que al término del mismo, y en caso de que el contribuyente desee continuar con los servicios de certificación ofrecidos por el proveedor, se deberá celebrar el contrato a que hace referencia f i la l fracción f ió IV, IV de d la l regla l 2.7.2.5. 2 7 2 5 contrato. t t

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TEMA 4 CONTRATO DE ADHESIÓN

• El contrato de adhesión fue actualizado con los comentarios que emitieron los proveedores de certificación de CFDI, en la reunión que se llevó a cabo el día 24 de febrero de 2016.

Gracias

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TEMA 5 INCORPORACIÓN DE NUEVOS SECTORES AL ESQUEMA DEL ADQUIRIENTE DE BIENES Y SERVICIOS DE PERSONAS FÍSICAS

TEMA 5. INCORPORACIÓN Ó DE NUEVOS SECTORES AL ESQUEMA DEL ADQUIRIENTE DE BIENES Y SERVICIOS DE PERSONAS FÍSICAS

Objetivo: • Identificar los sectores que se incorporan al esquema de emisión de CFDI a través del adquiriente de bienes y servicios, así como la operación que proveedores q que han deben observar los p optado por ofrecer servicios de facturación en este esquema.

1

TEMA 5 INCORPORACIÓN DE NUEVOS SECTORES AL ESQUEMA DEL ADQUIRIENTE DE BIENES Y SERVICIOS DE PERSONAS FÍSICAS

Incorporación de sectores al esquema del adquirente

2015

2014

• Sector  primario  • Pequeños  mineros mineros 

• Arrendadores  antenas  • Servidumbres

• Artes plásticas  • Artesanos

• Vehículos  e cu os usados * • Recicladores 

Regla 2.4.3.Sección 2.7.3.RMF 2016

2016

• Autores o  compositores* *

* Regla 2.7.1.11., fracción II * * Regla 2.7.6.1., 2.7.6.2.

Sectores impactados esquema del adquirente

Servidumbre de paso Propietarios o titulares de terrenos que permitan a otra persona física o moral a cambio de una contraprestación periódica, el uso, goce o afectación de los mismos.

Sector primario Actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras.

Recolección de desperdicios materiales destinados a la industria del reciclaje.

Pequeños mineros Arrendamiento temporal de inmuebles para la colocación de anuncios publicitarios y antenas de telefonía.

Autores o compositores

Enajenadores de vehículos usados

Artesanos

Obras de artes plásticas y antigüedades que no sean de su producción.

Elaboración y enajenación de artesanías .

2

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PF con las siguientes actividades Sector primario

o Se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras. o Ingresos que no superan un monto equivalente al valor anual de 40 UMA´s. o No tengan la obligación de presentar declaraciones periódicas o Primera enajenación.

Pequeños mineros

o Pequeños mineros, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieren excedido de $4´000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.). o Que se dediquen a la comercialización de minerales sin beneficiar, con excepción de metales y piedras preciosas, como son el oro, la plata y los rubíes, así como otros minerales ferrosos.

Enajenadores de vehículos usados o Enajenen vehículos usados. o Excepto aquéllas personas que tributen en los términos de las Secciones I y II, del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR. o Contraprestación es en dinero, (2.4.3.). o Contraprestación puede ser vehículo usado y dinero, (2.7.1.11.). Recolección de desperdicios o Se dediquen exclusivamente a la actividad de recolección de desperdicios y materiales destinados a la industria del reciclaje para su enajenación por primera vez. o Que no tengan establecimiento fijo. o Sus ingresos sean menores a $2´000,000.00.

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Arrendamiento temporal o Otorguen el uso o goce temporal de inmuebles para la colocación de anuncios publicitarios panorámicos y promocionales. p la colocación de antenas utilizadas en o Así como para la transmisión de señales de telefonía. Servidumbre de paso o Siendo propietarios o titulares de terrenos, bienes o derechos, incluyendo derechos reales, ejidales o comunales, permitan a otra PF o PM a cambio de una contraprestación periódica, el uso, goce o afectación de los mismos, a través de d las l figuras fi de: d  Arrendamiento,  Servidumbre,  Ocupación superficial,  Ocupación temporal o cualquier otra que no contravenga a la Ley.

Obras de artes o Enajenen obras de artes plásticas y antigüedades que no sean de su producción o No hayan sido destinadas o utilizadas por el enajenante p g , a PM residentes en para la obtención de sus ingresos, México que se dediquen a la comercialización de las mismas. Artesanos o PF que elaboren y enajenen artesanías elaboradas por sí mismos. o Que sus ingresos no excedan de un monto equivalente a $250,000.00 en el ejercicio anterior y que estimen que en el presente ejercicio no lo excederán. o Que sus ingresos por dichas actividades representen cuando menos el 90% de sus ingresos totales.

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Autores o compositores Regla 2.7.6.1. RMF vigente o Las asociaciones de intérpretes y de actores, los sindicatos de trabajadores de la música y las sociedades de gestión colectiva que realicen la distribución de ingresos a personas físicas o Personas físicas que realicen actividades artísticas, literarias o de derechos de autor que tengan el carácter de agremiados, socios, asociados o miembros integrantes de asociaciones de intérpretes y de actores, actores los sindicatos de trabajadores de la música y las sociedades de gestión colectiva.

Proceso para optar por operar en el esquema de proveedor de certificación de  expedición de CFDI. 2.7.2.16. 1

7  Solicitar especificaciones técnicas .

 Publicación de datos  como PCECFDI en el  Portal del SAT.

Ficha de trámite 221/CFF

6 2

Ficha de trámite  118/CFF

 Solicitar la validación tecnológica.

5

Ficha de trámite 222/CFF

3

 Presentación de aviso.

 Solicitud de CSD.

Ficha de trámite 117/CFF

 Obtener oficio favorable que acredite  contar con los de requisitos  tecnológicos y de seguridad.

4  Proporcionar al SAT el acceso  a una herramienta de  monitoreo. Ficha de trámite 223/CFF

5

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Principales cambios normativos 2.7.2.14.

Requisitos para operar como PCECFDI C t id Contenido 

Fi h d t Ficha de tramite. it

Para operar conforme al esquema, los proveedores, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

 221/CFF “Solicitud de especificaciones técnicas para operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI”.

1.

Ser proveedor de certificación de CFDI, con autorización vigente.

2.

Solicitar las especificaciones técnicas conforme a la ficha de trámite 221/CFF.

3.

Solicitar y obtener validación y opinión técnica positiva de la herramienta de monitoreo, de conformidad con la ficha de trámite 222/CFF.

2.7.2.14.

 222/CFF “Solicitud de validación y opinión técnica para operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI”.

Requisitos para operar como PCECFDI Contenido 

Ficha de tramite.

4.

Una vez obtenido el oficio favorable, el p proveedor deberá presentar el aviso a que se refiere la ficha de trámite 118/CFF.

5.

Proporcionar al SAT el acceso a la herramienta de monitoreo para conocer la información estadística de la operación de la certificación de emisión del CFDI.

6.

El proveedor deberá solicitar al SAT, el CESD, conforme a la ficha de trámite 117/CFF.

7.

Poner a disposición de las PF, los medios para que puedan consultar y descargar los CFDI emitidos, así como la representación impresa de los mismos.

6

 118/CFF Aviso de q que se ha optado por operar o continuar operando como proveedor de certificación de expedición de CFDI.  223/CFF Aviso de acceso a la herramienta de monitoreo de proveedor de certificación de expedición p de CFDI”.  117/CFF “Solicitud de certificado especial de sello digital (CESD)

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Operación del servicio de certificación y generación de CFDI de los proveedores de certificación de expedición de CFDI 2.7.2.16.

 El proveedor entrega el CFDI al Adquirente y el Adquirente la entrega al Emisor

 Recibir de los contribuyentes la solicitud del servicio de certificación y generación g de CFDI.

 La clave en el RFC de la PF emisora del CFDI.  Supuestos por los cuales la PF puede hacer uso de la facilidad  Datos de la factura.

 El proveedor expedirá el CFDI solicitado utilizando el CESD.

 Validar el RFC de la PF en los sistemas informáticos del SAT para poder emitir CFDI a través de un proveedor de certificación de expedición de CFDI.

2.7.2.17.

Avisos que deben presentar los certificación de expedición de CFDI.

proveedores

de

Contenido 

Ficha de tramite.

Los proveedores de certificación de CFDI, que ya operen como PCECFDI y continúen cumpliendo con los requisitos contenidos en la regla 2.7.2.14., deberán presentar:

 118/CFF “Aviso de que se ha optado por operar o continuar operando como proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios a personas físicas”.



En el mes de enero el aviso de que desean continuar operando en este esquema por el ejercicio en el que se presente dicho aviso, conforme la ficha de trámite 118/CFF.



Los PCECFDI, que no presenten en tiempo y forma el aviso, dejarán de operar en el esquema de emisión y certificación del CFDI a través del adquirente de bienes o servicios., a partir del 1° de febrero del ejercicio correspondiente.

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2.7.2.17.

Avisos que deben presentar los certificación de expedición de CFDI. Contenido 

proveedores

de

Ficha de tramite.

“Solicitud de  El CESD del PCECFDI quedará sin efectos dentro de los 117/CFF certificado especial de sello treinta días siguientes contados a partir del último día del digital (CESD) para operar mes en que se debió haber presentado el aviso,. como proveedor de  A partir del 1 de febrero, deberá de abstenerse de contratar certificación de expedición u ofrecer por cualquier medio la generación y certificación de CFDI a través del de CFDI con nuevos adquirentes de bienes o servicios. g durante este p periodo las obligaciones g adquirente q de bienes o  Deberá extinguir contraídas para la generación y certificación del CFDI con sus servicios a personas físicas”. prestatarios.  Cuando el CESD del proveedor esté por expirar o pierda vigencia, podrá solicitar un nuevo certificado de conformidad con la ficha de trámite 117/CFF.

2.7.2.18.

Solicitud para dejar de operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI.

Contenido 

Ficha de tramite.

 Los proveedores que operen en el esquema del adquirente y que deseen dejar de operar en dicho esquema deberán presentar el aviso contenido en la ficha de trámite 224/CFF, indicando la fecha y hora en la que dejará de operar.  Dicho aviso deberá ser presentado al menos treinta días antes a la fecha y hora en que dejarán de prestar el servicio.

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224/CFF “Aviso para dejar de operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI en el que manifieste que es su voluntad ya no operar en el esquema establecido en la regla 2.7.2.14.”.

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Solicitud para dejar de operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI.

2.7.2.18.

Contenido   El CESD del proveedor, quedará sin efectos a partir de la fecha manifestada en el aviso, por lo que deberá abstenerse a partir de dicha fecha de contratar u ofrecer por cualquier medio la generación y certificación de CFDI con nuevos adquirentes de bienes o servicios.  Deberá extinguir con sus prestatarios las obligaciones contraídas para la generación y certificación de CFDI antes del vencimiento de la fecha manifestada en el citado aviso.

2.7.2.19.

Cancelación de CFDI certificados por el proveedor de certificación de expedición de CFDI

Contenido 

 Las PF podrán solicitar la cancelación de CFDI emitidos en este esquema mediante escrito debidamente firmado, dirigido al PCECFDI, en el que indique el número de folio del CFDI que pretende cancelar y la causa.  Proveedor deberá conservar el escrito mencionado como parte de su contabilidad.

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Causales de amonestación al PCCFDI Regla 2.7.2.11., fracción VIII Cuando el proveedor de certificación de CFDI además opere como proveedor de certificación y expedición de CFDI a través del adquirente de bienes y servicios, servicios en los siguientes supuestos: o Cuando genere y certifique CFDI sin haber obtenido los datos señalados en la regla 2.7.3.6., fracción I. o Cuando no valide que la clave en el RFC de la persona física emisora del CFDI esté habilitada en los sistemas informáticos del SAT para proporcionados p por un p p proveedor de hacer uso de los servicios p certificación de expedición de CFDI. o Cuando en el proceso de certificación utilice un CSD distinto al CESD obtenido para operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI.

Gracias

10

TEMA 6 PROCEDIMIENTO PARA NOTIFICAR CAMBIOS TECNOLÓGICOS Y APLICATIVOS / REVISIÓN APLICATIVA Y OPERATIVA

TEMA. 6 PROCEDIMIENTO PARA NOTIFICAR CAMBIOS TECNOLÓGICOS Y APLICATIVOS / REVISIÓN APLICATIVA Y OPERATIVA

Objetivo: • Conocer el proceso a seguir al realizar un cambio tecnológico y aplicativo, así como dar seguimiento a las revisiones tanto aplicativas como operativas.

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TEMA 6 PROCEDIMIENTO PARA NOTIFICAR CAMBIOS TECNOLÓGICOS Y APLICATIVOS / REVISIÓN APLICATIVA Y OPERATIVA

Notificación de cambios tecnológicos • ¿Qué es un cambio tecnológico? Es la incorporación, incorporación modificación o reemplazo en los componentes de hardware, software y procesos involucrados en la operación de CFDI.

• Ejemplos – – – – – –

Operando

ABC en servidores (hardware) ABC en aplicativos (software) ABC en HSM (h (hardware) d ) Cambio de centro de datos Virtualización de infraestructura Gestión de riesgos

• ¿Qué proceso sigue?

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TEMA 6 PROCEDIMIENTO PARA NOTIFICAR CAMBIOS TECNOLÓGICOS Y APLICATIVOS / REVISIÓN APLICATIVA Y OPERATIVA

Revisiones de Seguimiento (TI) • ¿Qué es una revisión de seguimiento? Proceso ordenado y periódico de verificación de cumplimiento del marco regulatorio de CFDI en materia de TI, para la identificación oportuna de desviaciones, riesgos y escenarios que impacten a la operación. operación

Revisiones de Seguimiento (TI) A V La ACSMC envía Oficio  de Verificación vía  Buzón Tributario 

El equipo verificador se  presenta e identifica

A partir del  4º día surte efecto

Inicia  el acto de  verificación (acta  de de hechos) hechos)

10 El PCCFDI remite  información 

El PCCFDI tiene 10 días para  mostrar evidencia de  remediación o manifestar lo  q que a su derecho convenga g

Entrega de Resultados  al PCCFDI , buzón  tributario

La ACSMC emite oficio de   resultados vía Buzón  Tributario

ACSMC revisa la  información

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Revisión de Centros de datos y Aplicativo

TEMA 6 PROCEDIMIENTO PARA NOTIFICAR CAMBIOS TECNOLÓGICOS Y APLICATIVOS / REVISIÓN APLICATIVA Y OPERATIVA

Revisión Aplicativa Cumplimiento de Niveles de servicio Disponibilidad del servicio Aplicación Gratuita La aplicación con todos sus servicios deberá estar disponible 7X24X365 El porcentaje en que el servicio del cliente gratuito debe mantenerse en operación, será igual o mayor al 99.3%, donde el 0.7 por ciento es el período de tiempo máximo en que la aplicación podría no estar disponible por causas no planeadas e imputables al proveedor. Tratándose de la evaluación del servicio de envío al SAT El porcentaje mínimo de envíos exitosos, deberá ser mayor o igual al 99.9%. Las operaciones extemporáneas no podrán ser mayores al 3% del total de los envíos exitosos.

Gracias

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