Febrero 15, 2008

Calendario de obligaciones fiscales febrero 2008 PERSONAS MORALES Contribuyente

Régimen General de Ley, incluyendo controladoras y controladas.

Régimen Simplificado

Fecha de presentación

Forma Fiscal

Concepto a declarar

Vía Internet

Pago provisional ISR Pago provisional IETU Entero de retenciones de ISR, IVA e IEPS Pago de IVA Pago de IEPS

** A más tardar el 18 de febrero de 2008. Vía Internet * Ver ampliación de plazo

Pago provisional ISR Pago provisional IETU Entero de retenciones de ISR, IVA e IEPS Pago de IVA Pago de IEPS

A más tardar el 18 de febrero de 2008. * Ver ampliación de plazo

PERSONAS FÍSICAS Contribuyente Actividades empresariales y profesionales Arrendamiento de inmuebles. De los demás ingresos que obtengan las personas físicas.

Fecha de presentación A más tardar el 18 de febrero de 2008. * Ver ampliación de plazo *** Ver Facilidades Administrativas

Forma Fiscal 1) Vía Internet 2) Contribuyentes con ingresos por actividades empresariales que no excedan de $1’967,870.00 y los que no realicen actividades empresariales cuyos ingresos no excedan $337,350.00 podrán acudir previa cita a la ALSC 1 . Opcional Vía Internet. (Regla 2.15.1 de la RMF para 2007).

Concepto a declarar Pago provisional ISR Pago provisional IETU Entero de retenciones de ISR, IVA e IEPS Pago de IVA Pago de IEPS

3) Información de las razones cuando no se efectúa pago. Acudiendo a la ALSC o vía Internet- Portal SAT. Salarios cuando el servicio se A más tardar el 18 de preste a personas no obligadas febrero de 2008. a efectuar la retención. * Ver ampliación de plazo

Régimen de pequeños contribuyentes

Arrendamiento de inmuebles para casa habitación. Contribuyentes que únicamente obtengan ingresos por ese concepto y que no excedan 10 veces el SMGM.

1) Vía Internet Pago provisional ISR 2) Contribuyentes con ingresos que no excedan $337,350.00 podrán acudir a la ALSC. 3) Información de las razones cuando no se efectúa pago. Vía Internet- Portal SAT o acudiendo a la ALSC. Pago definitivo de ISR. Determinación de cuota de IVA: Consultar capítulo 5.7 de la RMF para 2007.

Primer bimestre de 2008: 18 de febrero de 2008. *Ver ampliación de plazo Entidades Federativas con convenio. Los pagos de ISR e IVA se efectuarán en los periodos y forma que la Entidad establezca. No obligados a efectuar pagos provisionales de ISR e IETU. LISR, Art. 143, cuarto párrafo RMF para 2007, regla 17.10.

1 ALSC. Administración Local de Servicios al Contribuyente.

PERSONAS FÍSICAS Y MORALES Contribuyente

Fecha de presentación

Declaración informativa de operaciones con terceros de Febrero de 2008. personas morales (completa)

Forma Fiscal A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”. Art. 32-V y VIII de la LIVA y reglas 5.1.12. de la RMF para 2007.

Concepto a declarar Información correspondiente al mes de enero de 2008

Entrega de constancias de A más tardar el 28 de remuneraciones y febrero de 2008. retenciones a sus empleados

Ver nota 2.

Declaración mensual de contraprestaciones recibidas A más tardar el 17 de en efectivo en moneda febrero de 2008. nacional o extranjera, en piezas de oro y plata.

Mediante aplicación electrónica.

LISR. Artículo 118, fracción III. RMF para 2007. Regla 3.13.5.

LISR. Artículo 86-A. Vía Internet Mediante aplicación electrónica 86-A. “Aviso de Personas morales. préstamos, Información sobre préstamos, aportaciones para aportaciones para futuros futuros aumentos de Dentro de los 15 días aumentos de capital o siguientes a su obtención. capital o aumentos aumentos de capital de capital recibidos recibidos en efectivo mayores en efectivo”. a $600,000.00 Anexo 1 de la RMF para 2007, publicado 9 de enero de 2008. LISR. Artículo 31, fracción XVI, inciso a), último párrafo.

Información sobre créditos incobrables deducidos en 2007 por imposibilidad práctica de cobro.

Febrero 15, 2008.

Declaración informativa de sueldos

Febrero 15, 2008

Programa electrónico LISR. Artículo 118, DIM 2007 fracción V. Anexo 1

Febrero 15, 2008

LISR. Artículo Programa electrónico tercero transitorio, fracción V, DIM 2007 publicado el 1º de Anexo 1 octubre de 2007.

Declaración informativa de crédito al salario

Clientes y proveedores Sólo personas físicas Febrero 15, 2008 con actividades empresariales y profesionales

Programa DIMM

Retenciones por servicios profesionales de personas físicas

Febrero 15, 2008

Programa electrónico LISR. Artículo 86, DIM fracción IV Anexo 2

Febrero 15, 2008

Programa electrónico LISR. Artículo 143, DIM último párrafo. Anexo 2

Retenciones a personas físicas con ingresos por arrendamiento

Información sobre donativos Febrero 15, 2008 otorgados

LISR. Artículo 86, fracción VIII y 133 fracción VII.2

Programa electrónico LISR. Artículo 86, DIM fracción IX, inciso b). Anexo 3.

Retenciones de ISR y pagos a residentes en el extranjero Febrero 15, 2008 con fuente de riqueza en territorio nacional.

LISR. Artículo 86, Programa electrónico fracción IX, inciso a). DIM Anexo 4

Préstamos del extranjero

Febrero 15, 2008

Programa electrónico LISR. Artículo 86, DIM fracción VII. Anexo 4

Febrero 15, 2008

LISR. Artículo 84, Programa electrónico fracción III. DIM Anexo 6

Empresas integradoras. Declaración anual sobre operaciones realizadas por cuenta de sus integradas. Información sobre operaciones a través de fideicomisos

Febrero 15, 2008

Declaración informativa sobre dividendos pagados o Febrero 15, 2008 utilidades distribuidas Contribuyentes que paguen intereses. Declaración en la que informen sobre los intereses Febrero 15, 2008 pagados en el año de calendario anterior y de las retenciones efectuadas. Contribuyentes que paguen premios. Declaración en la que informen sobre premios pagados en el año de calendario anterior y de las retenciones efectuadas.

LISR. Artículo 86, fracción XVI.

Febrero 15, 2008

Personas morales del régimen general que realicen Febrero 15, 2008 pagos por otros ingresos

Programa electrónico LISR. Artículo 86, DIM fracción XIV, inciso c). Anexo 2 LISR. Artículo 59. Programa electrónico DIM Anexo 2

Programa electrónico DIM Anexo 2

LISR. Artículo 164. Fracción IV

Programa electrónico LISR. Artículo 170, DIM séptimo párrafo. Anexo 2

Personas Morales con fines no lucrativos: ■

Declaración informativa determinando remanente distribuible.

LISR. Artículo 101, Forma 21 fracción III. Programa electrónico Febrero 15, 2008



Declaración informativa de ingresos y erogaciones cuando no se determine remanente distribuible.

www.sat.gob. mx

Presentación vía Internet

LISR. Artículo 101, quinto párrafo.

Personas Morales con fines no lucrativos. Constancias de Febrero 15, 2008 remanente distribuible a sus miembros

Forma 37

Ingresos sujetos a regímenes Febrero 28, 2008 fiscales preferentes.

Programa electrónico LISR. Artículo 214, DIM primer párrafo. Anexo 5

Operaciones con partes Conjuntamente con la relacionadas residentes en el declaración del ejercicio extranjero. 2007.

Programa electrónico LISR. Artículo 86, DIM fracción XIII. Anexo 9

Declaración de prima en el Febrero 28, 2008 seguro de riesgos de trabajo.

CLEM 22

Fabricantes, ensambladores, distribuidores autorizados, así como empresas comerciales que cuenten con registro de la Secretaría de Economía como empresa A más tardar el 17 de comercial para importar autos febrero de 2008. usados. Información mensual del precio de enajenación al consumidor de cada unidad vendida en territorio nacional.

Información trimestral de clientes y proveedores. Contribuyentes que enajenen bebidas con contenido alcohólico y cerveza, alcohol Primer trimestre de 2008 en abril de 2008. y alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables, tabacos labrados, refrescos y jarabes o concentrados para preparar refrescos.

Productores e Importadores de Tabacos labrados. A más tardar el 17 de Informe mensual de precio de febrero de 2008. enajenación, valor y volumen de tabacos labrados.

LISR. Artículo 101, fracción IV.

En medios magnéticos. Administración Local de Asistencia al Contribuyente. LISTUV, Artículo 17. RMF 2007, regla 7.3.1.

Contribuyentes que enajenen o importen vinos de mesa, deberán presentar Programa electrónico información “MULTI-IEPS”. semestral de las Anexo 1 personas a las que les trasladó el IEPS LIEPS, Artículo 19, en forma expresa y fracción VIII. por separado, en el RMF 2007, reglas apartado 6.20, 6.1. correspondiente al segundo trimestre del semestre que se declara. Programa electrónico “MULTI-IEPS”. Anexo 2 LIEPS, Art.19, fracción IX. RMF 2007, regla 6.21, 6.1.

Contribuyentes obligados a llevar un control físico del Primer trimestre de 2008 volumen fabricado, producido en abril de 2008. o envasado. Información trimestral.

Programa DIMM LIEPS, Art. 19, fracción X. RMF 2007, regla 6.22.

2 En el caso de personas morales la obligación se tendrá por cumplida siempre que hubieran presentado la

información a la que obliga la LIVA (DIOT); artículo tercero transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones ala RMF para 2007.

Nota 1. Envío de la información contenida en el programa DIM: ■



En el caso de que se hayan capturado hasta 500 registros, el archivo con la información se presentaría vía Internet, a través de la página www.sat.gob.mx Si la totalidad de los registros capturados son más de 500 registros, la información se deberá presentar en medios magnéticos (Disco de 3.5”, CD o DAT)

Nota 2. Emisión de constancias. Los contribuyentes que deban expedir constancias a través de las forma oficiales 37 (Constancia de sueldos, salarios, viáticos, conceptos asimilados y crédito al salario); 37-A (Constancias de pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPS); 28 (Constancias por pagos a residentes en el extranjero); podrán optar por utilizar en lugar de dichas formas, la impresión de los anexos 1, 2 y 4 del programa DIM. Tratándose del Anexo 1 del DIM, el mismo deberá contener sello y firma del empleador que lo imprime. (El anteproyecto de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2007, publicado en la página de Internet del SAT este 13 de febrero indica que la constancia deberá contener “el sello, en caso de que se cuente con él”. Está Cuarta modificación no ha sido publicada en el DOF). * Por Decreto Presidencial, los contribuyentes que de conformidad con las disposiciones fiscales deban presentar declaraciones provisionales o definitivas de impuestos federales a más tardar el día 17 del mes siguiente al periodo al que corresponda la declaración, ya sea por impuestos propios o por retenciones, podrán presentarlas a más tardar el día que a continuación se señala, considerando el sexto dígito numérico del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), de acuerdo a lo siguiente: Sexto dígito numérico de la clave del RFC

Fecha límite de pago

1y2

Día 17 más un día hábil

3y4

Día 17 más dos días hábiles

5y6

Día 17 más tres días hábiles

7y8

Día 17 más cuatro días hábiles

9y0

Día 17 más cinco días hábiles

Lo dispuesto anteriormente no será aplicable tratándose de: I. Los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales. II. Sociedades mercantiles autorizadas para operar como controladoras y controladas. III. Sujetos y entidades señalados en las fracciones I a VIII y XI del Apartado B del artículo 17 del Reglamento interior del SAT. IV. Personas Morales que en 2000 hayan declarado (declaración normal), cantidades iguales o

superiores a cualquiera de las señaladas en la fracción XII del Apartado B del artículo 17 del Reglamento interior del SAT. ** El artículo 81, fracción I, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que las Personas Morales del Régimen Simplificado que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, podrán realizar pagos provisionales semestrales, respecto del impuesto que corresponda a dichas actividades. Adicionalmente, la regla 1.4 de las Facilidades Administrativas para 2007, establece que, los contribuyentes que opten por realizar pagos provisionales de ISR en forma semestral, deberán presentar en el mismo plazo la declaración correspondiente a IVA. Mediante Resolución Miscelánea también se les brinda la opción de efectuar pagos semestrales del IETU cuando el contribuyente hubiera optado por efectuar pagos provisionales semestrales de ISR (Ver regla 17.10 de la RMF para 2007). *** Facilidades Administrativas. Las personas físicas dedicadas a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, podrán realizar pagos provisionales semestrales de ISR, en cuyo caso deberán presentar en el mismo plazo la declaración correspondiente al IVA e IMPAC. Asimismo, podrán enterar las retenciones de ISR efectuadas a terceros en los mismos plazos en que realicen sus pagos provisionales de ISR. Adicionalmente se estableció a las personas físicas, la obligación de presentar aviso de opción ante las autoridades fiscales, en el caso de haber optado por pagos semestrales (Regla 1.4 de Facilidades Administrativas para 2007).

Este boletín ha sido preparado cuidadosamente por los profesionales de Ernst & Young, contiene comentarios de carácter general sobre la aplicación de las normas fiscales, sin que en ningún momento, deba considerarse como asesoría profesional sobre el caso concreto. Por tal motivo, no se recomienda tomar medidas basadas en dicha información sin que exista la debida asesoría profesional previa. Asimismo, aunque procuramos brindarle información veraz y oportuna, no garantizamos que la contenida en este documento sea vigente y correcta al momento en que se reciba o consulte, o que continuará siendo válida en el futuro; por lo que Ernst & Young no se responsabiliza de eventuales errores o inexactitudes que este documento pudiera contener. Derechos reservados en trámite.