Boletín Oficial Municipal de la Ciudad de Almafuerte

L M TE AF UE R de la Ciudad de Almafuerte A CORDOBA Boletín Oficial Municipal DEPARTAMENTO EJECUTIVO DECRETOS TOMO XI - AÑO 2013DECRETO MUNICIPAL ...
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Boletín Oficial Municipal DEPARTAMENTO EJECUTIVO DECRETOS TOMO XI - AÑO 2013DECRETO MUNICIPAL Nº 683/13 VISTO: La solicitud por parte del Sr. Carlos Dante Llanes, DNI Nº 14.366.193, de un aporte económico por la suma de $ 2.500 (pesos dos mil quinientos), en concepto de sponsorización, ya que ha sido invitado a participar de la Feria Internacional Agritechnica, entre los días 12 y 16 de noviembre de 2013, en la Ciudad de Hanóver, Alemania; Y CONSIDERANDO: Que esta Feria es una de las muestras de maquinarias agro-industriales más grande e importante del mundo; Que el Sr. Llanes ejerce la profesión de periodista agropecuario de la Provincia de Córdoba, es socio del Círculo Argentino de Periodistas Agropecuarios, trabajando en esta tarea desde hace 14 años en medios de radio y televisión; Que este Departamento Ejecutivo comparte el interés por la actividad agropecuaria planteada por el Sr. Llanes, por lo que entiende viable posibilitar a este periodista de cumplir este sueño profesional, además de conocer y recoger las últimas novedades en materia técnica de la maquinaria internacional, la cual los productores locales intentan tener acceso; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE al Sr. Carlos Dante Llanes, DNI Nº 14.366.193, la cantidad de $ 2.500 (pesos dos mil quinientos), en concepto de aporte económico para participar de la Feria Internacional Agritechnica, entre los días 12 y 16 de noviembre de 2013, en la Ciudad de Hanóver, Alemania, a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.02.01.04 Subsidios, Gastos y Ayudas del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 683/13 ALMAFUERTE, 01 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 684/13 VISTO: La necesidad de contar con los Servicios de un particular con la capacidad e idoneidad suficiente para realizar los siguientes trabajos: comisión por cobranza de impuestos, durante mes de octubre 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Martín Minardi, D.N.I. Nº 29.961.935, con domicilio en calle Alberdi Nº 105, Responsable Monotributo, presentó factura ―C‖, Nº 0003-00000140, de fecha 01 de noviembre de 2013, con un importe total de $ 1.619,82 (pesos mil seiscientos diecinueve con 82/100) y se comprometió a realizar los trabajos mencionados, por su cuenta y riesgo, eximiendo a la Municipalidad de responsabilidad por accidente de cualquier índole que pudiera ocurrir, mientras efectúe estas tareas; Que la operación es conveniente a los intereses económicos municipa les; Que este Departamento Ejecutivo está facultado por la Ordenanza Municipal Nº 1314/11 a contratar en forma directa la locación de ser vicios determinada, conforme el monto de la misma en este caso; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación;

Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ABONASE al Sr. Martín Minardi, D.N.I. Nº 29.961.935; con domicilio en calle Alberdi Nº 105, Responsable Monotributo, la factura de servicios Nº 0003-00000140, de fecha 01 de noviembre de 2013, por un importe total de $ 1.619,82 (pesos mil seiscientos diecinueve con 82/100) para realizar los trabajos especificados en el visto del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.03. Comunicaciones, Telégrafos, Teléfonos y Postales del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Oficina de Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 684/13 ALMAFUERTE, 01 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 685/13 VISTO: El Contrato de Alquiler entre la Municipalidad de Almafuerte y ―Corporate Eventos S.A‖, CUIT Nº 33-71233761-9 , de fecha 01 de noviembre de 2013, en el que se efectuó el alquiler de una carpa de 30 x 15 mts y 15 carpas de 5 x 5 mts, para ser destinadas al evento ―Colectividades y Sabores 2013‖ de la Ciudad de Almafuerte, el día 10 de noviembre de 2013, en el Complejo Piedras Moras; Y CONSIDERANDO: Que en esa jornada se desarrollará esta tradicional celebración, con la compañía de los vecinos de nuestra Ciudad; Que el precio convenido fue de $ 30.582 (pesos treinta mil quinientos ochenta y dos), por todo concepto; y Que este Departamento Ejecutivo cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el Contrato de Alquiler, de fecha 01 de noviembre de 2013, con ―Corporate Eventos S.A‖, CUIT Nº 3371233761-9, de una carpa de 30 x 15 mts y 15 carpas de 5 x 5 mts, para ser destinadas al evento ―Colectividades y Sabores 2013‖ de la Ciudad de Almafuerte, el día 10 de noviembre de 2013, en el Complejo Piedras Moras y abonase al Proveedor la cantidad total de $ 30.582 (pesos treinta mil quinientos ochenta y dos), serán pagados de la siguiente manera: un depósito de $ 21.500 (pesos veintiún mil quinientos) a la cuenta corriente Nº 17043/1, de la Sucursal 159 del Banco Santander Río de la Ciudad de Río Cuarto, y dos cheques a 15 y 30 días a partir del momento de la firma de este Contrato de Alquiler, por la suma de $ 4.541 (pesos cuatro mil quinientos cuarenta y uno), conforme lo expuesto en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.02.06 Eventos, Organización y Auspicio, del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 685/13 ALMAFUERTE, 01 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 686/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: tareas generales de servicios públicos en Corralón Municipal, entre los días 01 y 30 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Marcelo Cuello, DNI Nº 23.808.815, con domicilio en calle Antártida Argentina N° 639, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 3.200 (pesos tres mil doscientos), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 01 de noviembre de 2013;

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Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Marcelo Cuello, DNI Nº 23.808.815, con domicilio en calle Antártida Argentina Nº 639, firmado el 01 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 3.200 (pesos tres mil doscientos), que serán pagados en cuatro cuotas semanales de $ 800 (pesos ochocientos) por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 1.1.02.10.06 Consumo y Mantenimiento Corralón Mcpal del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 686/13 ALMAFUERTE, 04 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 687/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: cambiar junta de tapa de cilindro, regular válvulas de vehículo municipal pala Crybsa; sacar pérdidas de aceite de motor, ajustar caja de marchas y cambiar filtros de vehículo municipal Ford 600 volcador; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Juan Carlos Romero, D.N.I. Nº 18.785.992, con domicilio en calle Sargento Cabral N° 65, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 1.600 (pesos mil seiscientos), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 15 de octubre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Juan Carlos Romero, DNI Nº 18.785.992, con domicilio en calle Sargento Cabral Nº 65, firmado el 15 de octubre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 1.600 (pesos mil seiscientos) por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.11 Conservaciones y Reparaciones del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 687/13 ALMAFUERTE, 04 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 688/13 VISTO: La necesidad de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: tareas extras de armado guión exhibición del Museo Antropológico Camiare; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Andrea Kranewitter, D.N.I. Nº 23.681.640, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 4.000 (pesos cuatro mil), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 01 de octubre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Gobierno, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y

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Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con la Sra. Andrea Kranewitter, DNI Nº 23.681.640, firmado el 01 de octubre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 4.000 (pesos cuatro mil) por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.16.08 Servicios Otros del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 688/13 ALMAFUERTE, 04 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 689/13 VISTO: La Comunicación por parte de la Oficina de Personal, mediante la cual solicita la interrupción de la Beca de Capacitación Laboral, a partir del 01 de noviembre de 2013, de Yanina Beatriz Argüello, DNI Nº 35.103.393, otorgada por Decreto Nº 374/13; Y CONSIDERANDO: Que corresponde instrumentar la baja de esta persona del Registro Municipal de Becarios, donde figura; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a interrumpir la Beca de Capacitación Laboral para la que se la incluyó en el Decreto Nº 374/13, y a dar de baja del Registro Municipal de Becarios donde figura, a partir del 01 de noviembre de 2013, a Yanina Beatriz Argüello, DNI Nº 35.103.393. Art.2º) CUMPLASE por las Áreas de Contaduría y Personal. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 689/13 ALMAFUERTE, 04 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 690/13 VISTO: La Comunicación por parte de la Oficina de Personal, mediante la cual solicita la interrupción de la Beca de Capacitación Laboral, a partir del 30 de octubre de 2013, de Carina Guadalupe Villalba, DNI Nº 25.046.979, otorgada por Decreto Nº 404/13; Y CONSIDERANDO: Que corresponde instrumentar la baja de esta persona del Registro Municipal de Becarios, donde figura; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a interrumpir la Beca de Capacitación Laboral para la que se la incluyó en el Decreto Nº 404/13, y a dar de baja del Registro Municipal de Becarios donde figura, a partir del 30 de octubre de 2013, a Carina Guadalupe Villalba, DNI Nº 25.046.979. Art.2º) CUMPLASE por las Áreas de Contaduría y Personal. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 690/13 ALMAFUERTE, 04 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 691/13 VISTO: La elaboración de un Proyecto de Ordenanza, de autoría de este Departamento Ejecutivo, que prevé la compensación de partidas del Presupuesto de Gastos correspondiente a noviembre 2013; Y CONSIDERANDO: Que este Departamento Ejecutivo entiende como necesario para instrumentar esta iniciativa, la aprobación por parte del Concejo Deliberante de la Ordenanza referida; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ELEVASE al Concejo Deliberante para su tratamiento el Proyecto de Ordenanza que consta de 3 (tres) artículos, que prevé la compensación de partidas del Presupuesto de Gastos correspondiente a noviembre 2013.

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Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 691/13 ALMAFUERTE, 05 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 692/13 VISTO: La solicitud por parte del Consejo Económico de la Parroquia San Pedro Apóstol Almafuerte, de una ayuda económica para ser destinados a gastos de servicios brindados por la misma; Y CONSIDERANDO: Que la Religión Católica es seguida y practicada por muchos habitantes de Almafuerte; Que esta Iglesia posee adeptos netamente involucrados en la enseñanza, vida y obra de Jesucristo; Que a pesar de la generosa ayuda de los fieles y las instituciones de la Comunidad, ésta no es suficiente para cubrir los mismos; Que este Gobierno Municipal apoya en medida de sus posibilidades, este tipo de adhesión; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE un aporte económico a la Parroquia San Pedro Apóstol Almafuerte, por la cantidad de $ 2.000 (pesos dos mil) por los motivos y a los fines expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) EL importe mencionado en el artículo anterior, se abonará de manera mensual, desde el 01 de noviembre de 2013 al 30 de Diciembre de 2013. Art.3º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.01.02.04 Subsidios, Gastos y Ayudas del Presupuesto de gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.4º) CUMPLASE por la Oficina de Contaduría Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 692/13 ALMAFUERTE, 05 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 694/13 VISTO: La necesidad de contar con los Servicios de un particular con la capacidad e idoneidad suficiente para realizar los siguientes trabajos: reparto de cedulones Tasa Servicios Propiedad cuota 10/13 y Tasa Comercio cuota 05/13; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Martín Minardi, D.N.I. Nº 29.961.935, con domicilio en calle Alberdi Nº 105, Responsable Monotributo, presentó factura ―C‖, Nº 0003-00000142, de fecha 01 de noviembre de 2013, con un importe total de $ 1.388 (pesos mil trescientos ochenta y ocho) y se comprometió a realizar los trabajos mencionados, por su cuenta y riesgo, eximiendo a la Municipalidad de responsabilidad por accidente de cualquier índole que pudiera ocurrir, mientras efectúe estas tareas; Que la operación es conveniente a los intereses económicos municipales; Que este Departamento Ejecutivo está facultado por la Ordenanza Municipal Nº 1314/11 a contratar en forma directa la locación de servicios determinada, conforme el monto de la misma en este caso; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ABONASE al Sr. Martín Minardi, D.N.I. Nº 29.961.935; con domicilio en calle Alberdi Nº 105, Responsable Monotributo, la factura de servicios Nº 000300000142, de fecha 01 de noviembre de 2013, por un importe total de $ 1.388 (pesos mil trescientos ochenta y ocho) para realizar los trabajos especificados en el visto del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.03. Comunicaciones, Telégrafos, Teléfonos y Postales del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Oficina de Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 694/13 ALMAFUERTE, 05 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 695/13 VISTO: La exposición pictórica inspirada en el ―centenario de la ciudad de Almafuerte‖, concretada por artistas locales bajo la dirección de la Profesora Vilma Cristina OSELLA, en su taller de pintura;

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Y CONSIDERANDO: Que con el fin de rescatar las raíces históricas de nuestra ciudad de Almafuerte surgió por proposición de Fabián TARQUINI, historiador local, y Mónica H. OSELLA, licenciada en historia, la idea de realizar un relevamiento de la zona con el fin de llevar un registro del patrimonio natural, arqueológico y arquitectónico que existía para proteger; Que este relevamiento se plasmó mediante un registro fotográfico de la zona comprendida por El Salto Norte, Corralito, Las Bajadas, Monsalvo, Soconcho, El Montecillo, El Quebracho, La Cruz y Embalse, que fue realizado por las artistas plásticas Martha TIBURZI, María del Rosario OLIVA y Vilma Cristina OSELLA; Que en el taller de pintura de la Profesora OSELLA las fotografías fueron transformadas en veintisiete bellísimos cuadros que fueron expuestos y constituyeron el primer acto de los festejos por el centenario de la ciudad; Que con el objetivo de reconocer el valor patrimonial y artístico de las obras pictóricas, llevar un registro de las mismas y sus autores, y encuadrar el marco histórico de su creación es necesario individualizar las obras y declarar administrativamente la importancia e interés que los mismos tienen para la cultura de Almafuerte; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) DECLARASE de “Interés Municipal” la muestra pictográfica denominada ―Álbum del Centenario de Almafuerte‖ compuesta por 27 cuadros, que se describen a continuación: 1) Iglesia ―San José‖ de El Salto Norte. (1914-1978): óleo sobre tela de 50 x 70 realizado en 2011 por Vilma Cristina Osella. Esta iglesia fue levantada entre los años 1911 y 1914, en reemplazo de un antiguo Oratorio erigido por la familia Molina en honor a San José hacia el año 1790 aproximadamente, y que por esos años ya se encontraba prácticamente en ruinas. La iglesia fue utilizada hasta fines del año 1978 que se embalsaron las aguas del dique ―Piedras Moras‖ tras lo cual quedó sumergida en el lago. La presente obra pictográfica está basada en una fotografía perteneciente a la colección del Sr. Raúl Esteban Pérez, que fue tomada aproximadamente en 1975. 2) Juzgado de El Salto Norte: óleo sobre tela de 60 x 80 realizado en 2009 por Vilma Cristina Osella. Vista actual de la casa que perteneció a Don Pedro Fonsfrías que fue Juez de Primera Instancia de El Salto Norte; también algunos de sus hijos lo fueron durante varios periodos. Esta construcción data de comienzos del siglo pasado y aún se conserva. 3) Almacén de Urquiza: óleo sobre tela de 50 x 70 realizado en 2010 por Gabriela Lahuerta. Es una vista del frente de lo que fue uno de los negocios de ramos generales del Salto Norte. Aunque fueron varios los dueños que se sucedieron en el lugar, el nombre más recurrente del mismo fue ―El Boliche de Urquiza‖. Esta construcción es anterior al año 1910 y se presume que perteneció originariamente a la familia Ortiz Molina. 4) Casa del Almacén de Urquiza: óleo sobre tela de 60 x 80 realizado en 2009 por Vilma Cristina Osella. Es una vista parcial de la casa que perteneció a la familia Urquiza, tal como se ve en la actualidad. Son varios cuartos contiguos orientados hacia el naciente que se encuentran conectados por una galería abierta con el salón donde estaba el almacén de ramos generales. 5) Casa de la Estancita de Don Roberto Ortiz: óleo sobre tela de 50 x 70 realizado en 2010 por Marisa Beatriz. Frente de la que fuera la primitiva casa de la estancia de Don Roberto Ortiz Moscoso. Es una construcción de la década del 20 aproximadamente y aunque está muy deteriorada aún se mantiene en pie. En esta casa, que luego pasó a ser propiedad de los hermanos Palombarini, empezó a funcionar a fines de la década del 50 la Escuela Rural ―Joaquín V. González‖ o la comúnmente llamada escuelita de los Palombarini. 6) Casa de la Estancia ―Los Lirios‖: óleo sobre tela de 60 x 80 realizado en 2011 por Noemí Olga Osella. Frente de la casa que constituía el casco de la Estancia de Don Paciano Cabrera y su construcción data de comienzos de la década del 20. Cuando pasó a manos de la familia Osella se le realizaron ampliaciones pero se respetó la construcción original. 7) ―Atardecer en Los Lirios‖: óleo sobre tela de 60 x 80 realizado en 2011 por Noemí Olga Osella. Entrada principal de la Estancia ―Los Lirios‖. La misma fue adquirida primitivamente por Don Mateo Osella a la familia Cabrera Molina a fines de la década del 20 y ha pertenecido a esta familia por tres generaciones. Actualmente es dueño de la antigua casa el Sr. Jorge Osella. 8) Casa de la Esmeralda: óleo sobre tela de 60 x 80 realizado en 2010 por Noemí Olga Osella. Antigua casa que perteneció a Doña Esmeralda Villafañe. La construcción de la misma data de comienzos del siglo pasado. Es una de las pocas casonas de la época que aún se mantiene en pie en ese paraje del Salto Norte. Hacia el oeste de la casa existe un tala, añoso y corpulento, que debe contar más de cien años de vida y es uno de los pocos testigos de la historia del lugar. 9) Casa de la Estancia ―La Ventura‖: óleo sobre tela de 50 x 70 realizado en 2011 por Gabriela Lahuerta. Ángulo panorámico que muestra la casa principal del casco de la Estancia ―La Ventura‖, propiedad que perteneció originariamente a Don Pedro C. Molina. La construcción de la misma se realizó entre los años 1912 y 1913; y su estilo arquitectónico es único dentro de la región ya que, a diferencia de las demás casas existentes, ésta tiene algunas líneas bien marcadas de los estilos europeos de comienzos de siglo pasado, que no poseen las demás. La importancia que cuenta esta estancia es que encierra, dentro de sus límites primitivos, el plano de la Ciudad de Almafuerte; localidad que fuera fundada por el Dr. Pedro C. Molina el 12 de septiembre de 1912. 10) Casa de la Estancia ―La Plata del Cerrillo‖: técnica mixta sobre tela 60 x 80 realizado en 2011 por Cristina Osella. Vista parcial de una de las construcciones que integran el casco de la antigua estancia ―La Plata del Cerrillo‖ propiedad que fuera de Don Eugenio Carranza Báez. El conjunto arquitectónico que muestra esta

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propiedad es interesante ya que pueden distinguirse en la misma los periodos diferentes de su construcción. La primera parte fue levantada alrededor del año 1885, fecha en que también se construyó un galpón de chapa que ya no existe, en donde Don Eugenio Carranza instaló su negocio de ramos generales. 11) Arroyo ―Tocomé‖: técnica mixta sobre tela de 35 x 45 realizado en 2009 por Martha Tiburzi. Vista de un tramo del arroyo que cruza por el paraje de Las Bajadas, a la altura del Balneario de dicha Comuna. El antiguo nombre que ostenta el arroyo en ese paraje se debe a la denominación con que los aborígenes lo llamaban a la llegada de los españoles. El final de su recorrido se funde en el lago ―Piedras Moras‖. 12) Capilla ―Nuestra Señora del Carmen‖ de Las Bajadas: acrílico sobre tela de 50 x 70 realizado en 2009 por Amanda E. Sasia. Dicen que por una manifestación particular de la familia Acuña se erigió esta Capilla en honor a la Virgen del Carmen a mediados del siglo pasado. Luego, la fe del vecindario, la consagró en pública devoción. Todos los años, en el mes de agosto, se congregan los fielesmuchos de los cuales llegan desde diferentes puntos de la zona- para seguir la novena y procesión que se realiza ya por tradición generacional. 13) ―Raíces‖ (Casa del campo de Angeleri): óleo sobre tela de 40 x 60 realizado en 2012 por Alberto Angeleri. Esta casa fue mandada a construir por Don José Angeleri en un campo adquirido a la familia Ortiz Molina. Su construcción data de la década del 30. 14) ―Dr. Pedro C. Molina junto a su esposa Leocadia‖: óleo sobre la tela de 60 x 70 realizado en 2012 por María Rosa García. Esta obra está tomada en base a una fotografía sacada en 1919 aproximadamente en los parques de la Estancia ―La Ventura‖. Es probable que esta sea una de los últimos retratos que se tomaron del Fundador de Almafuerte. 15) ―Dr. Ernesto Gallardo con su hija Rosa‖: óleo sobre tela de 50 x 60 realizado en 2012 por María Rosa García. Esta pintura fue trabajada en base a una fotografía sacada en las galerías de la antigua casona de ―La Ventura‖ aproximadamente en 1950. Ellos son los últimos moradores de la casa que fuera del fundador de la localidad de Almafuerte y los celosos custodios del Patrimonio histórico que encierra el lugar. El Dr. Gallardo fue un eminente hombre de ciencia con destacada actuación en la Medicina y dentro de ella en su especialidad: la otorrinolaringología. Al casarse con la viuda del fundador de Almafuerte, con la que tuvo una sola hija, recayó sobre sus hombros la responsabilidad de continuar los lineamientos progresivos de la localidad. 16) Primitiva casa del administrador de la Estancia ―La Ventura‖: óleo sobre tela de 50 x 70 realizado en 2012 por Gabriela Lahuerta. La construcción de esta casa data de fines de la década del 10. Allí vivió el administrador de La Ventura, Don Cipriano Vidaurre, mientras sus dueños estaban radicados en la Ciudad Capital. Luego estuvieron viviendo ahí los choferes de la misma. 17) Casa de las antiguas ―Aguas Corrientes‖: óleo sobre tela de 50 x 60 realizado en 2012 por Hilda Phileas. Esta casa fue construida en 1912 por encargo del fundador de la localidad con el fin de albergar al administrador del servicio de aguas corrientes. Almafuerte tuvo el privilegio de ser uno de los pocos pueblos que al momento de fundarse contaba con ducho servicio. 18) ―Puente de Hierro‖: óleo sobre tela de 50 x 70 realizado en 2012 por Amanda Sasia. La misma muestra el puente desde la banda norte del Río por eso puede apreciarse la antigua casa de piedra. Este puente fue inaugurado en 1915 y fue muy bendecido por años ya que permitió agilizar el paso sobre el caudaloso Río Ctalamochita que a veces se volvía intransitable especialmente en la época estival de grandes lluvias. Su existencia se prolongó hasta el año 1978 que fue desarmado a causa del embalse de las aguas del ―Piedras Moras‖. 19) Estación de Trenes de Almafuerte: óleo sobre tela de 50 x 70 realizado en 2012 por Amanda Sasia. El estilo arquitectónico particular de las estaciones terminales de trenes que adoptaron los concesionarios del F.C.C.A, aún se conserva en la Estación ―Almafuerte‖ del ramal Cruz Alto-Río Cuarto dentro de la Provincia de Córdoba. En esta estación hacia la última parada el famoso ―tren turista‖ que salía de Buenos Aires con la misión de transportar turistas que venían a veranear a la Unidad Turística de Embalse entre las décadas del 40 a la del 60 inclusive. 20) ―La Carneada‖: óleo sobre tela de 60 x 90 realizado en 2012 por Vilma Cristina Osella. Esta pintura, reproducida de un retrato de época, representa un poco a los inmigrantes que vinieron a radicarse en nuestra zona. En este caso, una familia italiana hace un alto en la faena para perpetuar una costumbre familiar que en la actualidad casi no se realiza. 21) ―La puerta del Sol‖: óleo sobre tela de 40 x 60 realizado en 2012 por Patricia Mengo. Uno de los primeros comercios de ramos generales que se instalaron en Almafuerte fue precisamente ―La Puerta del Sol‖. Hoy su fisonomía está remodelada pero su antigua estructura sirvió de base para la instalación de un cine; el mismo que existe bajo la denominación de Cine Ideal Cooperativo en la primera cuadra de la calle Tucumán y sigue dando vida a esa primitiva construcción que data del año 1913 aproximadamente. En los disimulados salientes de una de las paredes laterales pueden adivinarse aún la disposición de las aberturas y en el desnivel del piso, lo que fue el sótano del salón. 22) Casa de Schnebelli: óleo sobre tela de 40 x 60 realizado en 2012 por Marisa Beatriz. Don Alfredo Schnebelli fue uno de los primeros pobladores de Almafuerte y siempre se dedicó al comercio. Primero instaló una carnicería sobre la calle Alberdi mientras que su vivienda particular fue edificada sobre la calle Pedro C. Molina pero enseguida puso un negocio de ramos generales que fue expandiéndose en tres espaciosos salones sobre la calle Molina. En esta pintura puede apreciarse la época en que había solo dos de los salones a comienzos de la década del 20. 23) ―La espiga de Oro‖: óleo sobre tela de 90 x 70 realizado en 2012 por Olga Noemí Osella. La panadería La espiga de Oro pertenecía a Don Miguel Sánchez Haro y comenzó con sus actividades en la década del 20. A pesar que cambió de dueños en varias oportunidades aún sigue abierta al público en la segunda cuadra

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de la calle Rawson. 24) Hotel ―Universal‖: óleo sobre tela 50 x 60 realizado por Martha Tiburzi. La construcción de este edificio fue realizada a fines de la década del 20 por Don Joaquín Ruiz, luego cuando le vende esta propiedad a Don Modesto Nassi, a mediados de la década del 30, éste lo convirtió en hotel y lo bautizó ―Universal‖. Su último dueño fue Don Anacleto Tiburzi, quien tuvo además la iniciativa de inaugurar allí una Estación Terminal de Ómnibus que funcionó hasta el año 1977. 25) Iglesia del ―Apóstol San Pedro‖: óleo sobre tela de 50 x 70 realizado en 2012 por Vilma Acosta. La Iglesia de Almafuerte se erige por iniciativa del fundador de la localidad: Dr. Pedro C. Molina y los detalles de su arquitectura fueron diseñados para que fueran únicos en su tipo dentro de la zona, llevando impresas en su estructura fuertes detalles del neo románico italiano. Esta obra, que demoró quince años en terminarse, tuvo la dirección de dos especialistas en la materia: Juan Kronfuss y Eduardo del Rosso. 26) ―Avenida de los Ciruelos‖: óleo sobre tela de 50 x 60 realizado en 2012 por Patricia Mengo. En el recorrido de la acequia que atraviesa el plano de Almafuerte por la avenida Buenos Aires puede apreciarse esta escena; donde el follaje de los ciruelos realza la estructura de la Iglesia Parroquial que se halle de fondo como una nota mística del paisaje. 27) ―Oh, río soñador‖: acrílico sobre madera de 60 x 70 realizado en 2012 por Teresita Storello. Vista del Río Ctalamochita en su recorrido por el Balneario Municipal de Almafuerte en la época invernal. Esta pintura expresa toda la versatilidad de los sueños furtivos asociados con el continuo peregrinar de sus aguas. Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 695/13 ALMAFUERTE, 06 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 696/13 VISTO: La solicitud del Sr. Ginés Antonio López, DNI Nº 6.567.228, con domicilio en Av. Gral. Paz Nº 48, para que se le compute correctamente la suma de $ 110,38 (pesos ciento diez con 38/100) abonados en concepto por un error de desembolso de la deuda Tasa Automotor, dominio EJL455, la cual canceló la cuota 05/2013 y no la correspondiente cuota 04/2013; Y CONSIDERANDO: Que esta situación fue constatada por la Coordinadora del Área de Atención al Ciudadano, Marina Mariela Ramírez, que comunicó esta situación ya que el contribuyente solicitó la baja del Automotor por cambio de radicación del vehículo; Que para tal fin debe tener cancelada la deuda hasta la cuota 04/2013 inclusive, por lo que deberá computarse el pago de la cuota 05/2013 abonada erróneamente por la 04/2013 adeudada; y Que este Departamento Ejecutivo encuentra justificado realizar los procedimientos administrativos necesarios, a fin de solucionar el problema planteado; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a computar el pago efectuado por el Sr. Ginés Antonio López, DNI Nº 6.567.228, con domicilio en Av. Gral. Paz Nº 48, por la cantidad de $ 110,38 (pesos ciento diez con 38/100), a la cuota 04/2013 de cuenta Automotor dominio EJL455, por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) CUMPLASE por el Área de Atención al Ciudadano. Art.3º) EL solicitante deberá presentar el comprobante de lo abonado, al momento computar debidamente el pago efectuado. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 696/13 ALMAFUERTE, 06 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 698/13 VISTO: La decisión por parte del Departamento Ejecutivo Municipal de otorgar un reconocimiento a los Agentes que han sido acogidos con el beneficio de la jubilación; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Clarisa Alejandra Rozzi, DNI Nº 5.995.121; obtuvo esta rentabilidad a través de la comunicación emanada de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, referente al Expediente Nº J-159747 y Resolución Serie ―A‖ N°000938; Que por ende, la Sra. Rozzi fue dada de baja del Registro de Empleados Municipales, a través del Decreto Municipal Nº 265/13; Que la Sra. Rozzi demostró, capacidad, idoneidad y entrega en los trabajos realizados; y Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente entregar a la Sra. Rozzi, una placa en reconocimiento a sus servicios prestados en esta Municipalidad, ya culminados; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA:

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Art.1º) ENTREGASE a la Sra. Clarisa Alejandra Rozzi, DNI Nº 5.995.121, un diploma en reconocimiento a sus servicios prestados en esta Municipalidad, culminados con el beneficio de la jubilación, a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) ENTREGASE copia del presente Decreto a la Sra. Rozzi. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 698/13 ALMAFUERTE, 06 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 699/13 VISTO: La elaboración de un Proyecto de Ordenanza, de autoría de este Departamento Ejecutivo, que acepta la transferencia a favor de este Municipio del inmueble propiedad de la Dirección Nacional de Vialidad que fuera expropiado con motivo de la traza de la Ruta Nacional Nº 36; Y CONSIDERANDO: Que este Departamento Ejecutivo entiende como necesario para instrumentar esta iniciativa, la aprobación por parte del Concejo Deliberante de la Ordenanza referida; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ELEVASE al Concejo Deliberante para su tratamiento el Proyecto de Ordenanza que consta de 5 (cinco) artículos, que acepta la transferencia a favor de este Municipio del inmueble propiedad de la Dirección Nacional de Vialidad que fuera expropiado con motivo de la traza de la Ruta Nacional Nº 36. Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 699/13 ALMAFUERTE, 06 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 700/13 VISTO: La comunicación por parte de la Oficina de Personal, para que Alejandra Cingolani, DNI N° 34.965.495, acceda a una Beca de Capacitación Laboral en el marco de la Ordenanza Municipal Nº 1024/05; Y CONSIDERANDO: Que el Art.12º) del Anexo Único de la referida Ordenanza establece que por Decreto se incorporan los beneficiarios a este programa, y se determina el área de las partidas y la modalidad de la beca; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE una Beca de Capacitación Laboral a Alejandra Cingolani, DNI Nº 34.965.495, quien desarrollará tareas de auxiliar de enfermería en la Residencia de la Tercera Edad ―Emma y María Coraglia‖, a partir del 06 de noviembre de 2013, hasta el 30 de diciembre de 2013, por la suma de $ 2.550 (pesos dos mil quinientos cincuenta) mensuales, bajo el concepto de Beca + 50%, Cat. B1. Art.2º) CUMPLASE por la Sección Contaduría y el Área de Personal. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 700/13 ALMAFUERTE, 07 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

DECRETO MUNICIPAL Nº 701/13 VISTO: La comunicación por parte de la Oficina de Personal, para que Alejandra Soledad Yarossi Lazarte, DNI N° 33.705.918, acceda a una Beca de Capacitación Laboral en el marco de la Ordenanza Municipal Nº 1024/05; Y CONSIDERANDO: Que el Art.12º) del Anexo Único de la referida Ordenanza establece que por Decreto se incorporan los beneficiarios a este programa, y se determina el área de las partidas y la modalidad de la beca; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE una Beca de Capacitación Laboral a Alejandra Soledad Yarossi Lazarte, DNI Nº 33.705.918, quien desarrollará tareas de maestranza y en la Cocina de la Residencia de la Tercera Edad ―Emma y María Coraglia‖, a partir del 01 de noviembre de 2013, hasta el 30 de diciembre de 2013, por la suma de $ 2.292 (pesos dos mil doscientos noventa y dos) mensuales, bajo el concepto de Beca + 50%, Cat. A2. Art.2º) CUMPLASE por la Sección Contaduría y el Área de Personal.

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Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 701/13 ALMAFUERTE, 07 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 702/13 VISTO: La solicitud por parte del Coordinador de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social, Lic. Jorge A.B. Wolyniec, mediante nota de fecha 04 de noviembre de 2013, la cual expresa la necesidad de otorgarle un subsidio a la Sra. María Elena Rivero, DNI Nº 32.390.173, por el término de seis meses; Y CONSIDERANDO: Que este pedido se fundamenta en que esta persona se encuentra embarazada y de este modo no puede continuar trabajando en las funciones que desempeñaba, en la Residencia de la Tercera Edad ―Emma y María Coraglia‖, como personal auxiliar de enfermería; Que la Sra. Rivero, no posee los recursos económicos suficientes para subsistir; Que esta situación fue verificada por la Oficina de Recursos Humanos y aprobado por el Jefe de Contabilidad, Sr. Fernando Rodríguez; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE una ayuda económica a la Sra. María Elena Rivero, DNI Nº 32.390.173, por $ 1.300 (pesos mil trescientos) mensuales, a partir del mes de noviembre de 2013 hasta el mes de abril de 2014 inclusive, a los fines y por los motivos expresados en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.02.01.04 Subsidios, Gastos y Ayudas del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 702/13 ALMAFUERTE, 07 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 703/13 VISTO: La decisión conjunta por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, de continuar la prórroga del ―Premio al Desempeño‖ a la Sra. Marta Norberta Galiano, DNI Nº 10.418.937, otorgado por Decreto Municipal Nº 201/13; Y CONSIDERANDO: Que esta nueva prórroga se otorgará por el lapso de seis meses, a partir del 02 de octubre de 2013; y Que lo dispuesto está reglamentado a través del Decreto Municipal Nº 300/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PRORROGASE el ―Premio al Desempeño‖ a la Sra. Marta Norberta Galiano, DNI Nº 10.418.937, a partir del 02 de octubre de 2013 hasta el 31 de marzo de 2014, por un importe total de $ 1.455,30 (pesos mil cuatrocientos cincuenta y cinco con 30/100) mensuales, a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) CUMPLASE por Contaduría. Art.3º) COMUNICASE a la Oficina de Personal. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 703/13 ALMAFUERTE, 07 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 704/13 VISTO: El expediente administrativo caratulado “Daniel E. López c/ Municipalidad de Almafuerte – Petición Administrativa Necesaria – 12/11/2012”, donde tramita el reclamo por supuesta deuda de dietas y la Sentencia número 55, de fecha 22/05/2013, Cámara Apelaciones Civil, Comercial, Trabajo y Familia de Río Tercero, que resolvió ordenar a la Municipalidad de Almafuerte que en 20 días hábiles administrativos, resuelva expresamente el pedido de pago de las remuneraciones o dietas de LOPEZ, correspondientes a los meses de junio y julio (saldo), y el total de los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2011; Y CONSIDERANDO: Que mediante la presentación administrativa LOPEZ indica “que viene a reclamar el pago de remuneraciones salariales adeudadas, acreencias correspondientes a la época de mi desempeño en el cargo supra aludido (intendente)”; Que indica se le adeudan: saldo junio 2011: $6.772,42; saldo julio 2011: $7.272,42; y salarios completos de agosto, septiembre octubre y noviembre de 2011, cada uno por la suma de pesos $9.772,42, y que toda la deuda reclamada pertenece al mandato como intendente municipal del propio reclamante;

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Que el reclamo, atento las disposiciones municipales y la presentación del amparo por mora, la Carta Orgánica Municipal y las ordenanzas que rigen la materia del pedido, es sin lugar a dudas de naturaleza administrativo; Que la recopilación de material y pruebas de la propia municipalidad, para determinar son: 1) si la deuda existía, 2) causa por la que no fue abonada, 3) persona que determinó no pagar la misma, 4) toda otra cuestión que ayude a resolver el pedido, arrojo las siguientes conclusiones: “No existe en la administración municipal ninguna disposición que hubiese determinado proceder al no pago de las dietas del intendente durante el periodo reclamado”; Que otro elemento a tener presente para la verificación de la deuda sería el acta de transferencia de gestión municipal, el mismo no fue presentado conforme a derecho y no hay por ello constancias documentales en la municipalidad de Almafuerte, en consecuencia tampoco se permite por este medio acreditar la existencia de deuda; Que si bien no existen recibos de pagos firmados por el ex intendente por los periodos reclamados, las circunstancias expresadas supra hacen que estos por si mismos no alcancen para acreditar la existencia de la deuda; Que otro razonamiento nos lleva al análisis de ¿Por qué no se abonó oportunamente la deuda reclamada?, en la administración municipal no hay indicios para producir una respuesta, ya que, no fue declarada emergencia económica, no hay hecho administrativo trasuntado en decreto y/o resolución que disponga y fundamente el no pago, así se puede especular con que la deuda no existía, ya que no fue reclamada sino hasta la salida del ex intendente, el 09 de marzo de 2012, es decir 5 meses después de terminado su mandato; Que por último, la naturaleza jurídica del pago a la figura de ―intendente municipal‖ es de remuneración o dieta, tal como lo sostiene la Excma Cámara en su fallo. LOPEZ reclama salarios, el salario es la suma de dinero que recibe de forma periódica un trabajador de su empleador por un tiempo de trabajo determinado. La municipalidad de Almafuerte no es ni fue empleador de LOPEZ. En este caso hablamos de remuneración o dieta, que hace referencia a la compensación que la municipalidad de Almafuerte abona a su intendente por la dedicación de este a su dirección. Por ello la solo falta de recibos de pago firmados no acredita la existencia de la deuda, ya que la suma compensatoria pudo haberse obtenido de otra manera, ejemplo por viáticos; Que así, por ejemplo los viáticos percibidos por LOPEZ durante los periodos reclamados ascienden a la suma de pesos diecinueve mil doscientos cincuenta y siete con sesenta y nueve centavos ($19.257,69), con más dos anticipos de haberes por la suma total de cinco mil quinientos pesos ($5.500,00); Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) Rechazar el ―reclamo administrativo previo necesario‖ caratulado: “Daniel E. López c/ Municipalidad de Almafuerte – Petición Administrativa Necesaria – 12/11/2012”, interpuesto por Daniel E. LOPEZ, en base y con fundamento en los considerandos de la presente. Art.2º) NOTIFICASE a sus efectos. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 704/13 ALMAFUERTE, 11 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

DECRETO MUNICIPAL Nº 705/13 VISTO: Las actividades permanentes que desarrollan los Centros Vecinales constituidos en la Ciudad, conforme la Ordenanza Municipal Nº 848/01; Y CONSIDERANDO: Que estas entidades vecinales poseen y mantienen edificios propios para las actividades desarrolladas por el Centro Vecinal, las que prestan al Municipio cuando se requieren; Que en ningún caso perciben recursos directos de los vecinos de cada Jurisdicción Territorial, conforme lo dispones el Art. 45º) de la Ordenanza Nº 848/01, ni tampoco de parte del Gobierno Municipal; Que este Departamento Ejecutivo considera necesario contribuir al sostenimiento de los gastos fijos que le demandan a los Centros Vecinales sus Sedes propias; y Que se cuenta con partidas presupuestarias suficientes para cubrir esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE una ayuda económica de $ 1.000 (pesos mil) para cada uno de los Centros Vecinales de la Ciudad, para aplicar a gastos de mantenimiento de sus Sedes y al desarrollo de las actividades y del funcionamiento de los mismos. Art.2º) LA ayuda dispuesta en el Artículo anterior se liquida en forma mensual y por mes vencido, con retroactividad a partir de octubre de 2013 y hasta el mes de octubre 2015 inclusive, a los siguientes Centros Vecinales: a) Barrio Parque b) Barrio Pinares c) Barrio Villa El Salto d) Barrios Sol de Mayo y Belgrano Art.3º) EL presente aporte regirá por lo establecido en el Art. 2º) del Decreto Municipal Nº 658/13.

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Art.4º) IMPUTASE las erogaciones establecidas por el presente Decreto, a las partidas del Presupuesto de Gastos vigente, denominadas con los nombres de cada uno de estos Centros Vecinales, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.5º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.6º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 705/13 ALMAFUERTE, 11 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 706/13 VISTO: La comunicación por parte del Secretario de Gobierno, Sr. Gerardo Vélez, para que se le abone a la Sra. Marcela Sánchez la cantidad de $ 900 (pesos novecientos); Y CONSIDERANDO: Que esta situación fue contemplada por la Jefa de Personal, Sra. Silvia Edyd Castelli, en razón del programa previsto para las prácticas desarrolladas; Que el Departamento Ejecutivo encuentra justificado abonar lo solicitado; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ABONASE la cantidad de $ 900 (pesos novecientos), a la Sra. Marcela Sánchez, DNI Nº 23.253.795, a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 1.3.05.02.03.02.07 Becarios Otros del Presupuesto de gastos vigentes, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 706/13 ALMAFUERTE, 11 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 707/13 VISTO: La comunicación por parte del Secretario de Gobierno, Sr. Gerardo Vélez, para que se le abone a la Sra. Verónica Tourn la cantidad de $ 900 (pesos novecientos), por realizar trabajos extraordinarios durante jornadas no laborables; Y CONSIDERANDO: Que esta situación fue contemplada por la Jefa de Personal, Sra. Silvia Edyd Castelli, en razón del programa previsto para las prácticas desarrolladas; Que el Departamento Ejecutivo encuentra justificado abonar lo solicitado; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ABONASE la cantidad de $ 900 (pesos novecientos), a la Sra. Verónica Tourn, DNI Nº 27.054.890, a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 1.3.05.02.03.02.07 Becarios Otros del Presupuesto de gastos vigentes, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 707/13 ALMAFUERTE, 11 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 708/13 VISTO: La solicitud por parte del Tesorero de CARITAS Almafuerte, Sr. Jacinto Bargas, de un aporte económico en concepto del servicio prestado con la provisión de mozos en el Almuerzo por el 101º Aniversario de la Fundación de Almafuerte, llevado a cabo el pasado 12 de septiembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que a este evento concurrieron 350 personas, las cuales disfrutaron en todo su esplendor de este importante acontecimiento; Que el valor estipulado por este servicio es de $ 5 (pesos cinco) por persona atendida; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE un aporte económico a CARITAS Almafuerte, a través de su Tesorero Sr. Jacinto Bargas, por la cantidad de $ 1.750 (pesos mil setecientos cincuenta) por los motivos y a los fines expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.01.02.04 Subsidios, Gastos y Ayudas del Presupuesto de gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12.

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Art.3º) CUMPLASE por la Oficina de Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 708/13 ALMAFUERTE, 11 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 709/13 VISTO: La necesidad de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: fletes ida y vuelta con camión y personal a cargo para carga y descarga, a la Ciudad de Córdoba para trasladar elementos gastronómicos y decorativos e insumos para la Fiesta de las Colectividades: jueves 07 de noviembre de 2013: traslado colectividad Brasileña, calle Obispo Salgueiro Nº 182; colectividad Peruana y Boliviana, calle Rafael Núñez Nº 6092. Vienes 08 de noviembre de 2013: traslado colectividad Cubana, calle Rivadavia y San Martín; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Jorge Juri, D.N.I. Nº 14.220.806, con domicilio en Zona Rural Almafuerte, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 6.500 (pesos seis mil quinientos), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 07 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Turismo, Cultura y Deportes, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Jorge Juri, DNI Nº 14.220.806, con domicilio en Zona Rural, firmado el 07 de noviembre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 6.500 (pesos seis mil quinientos), por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.12 Servicios Públicos Ejecutados por Terceros del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 709/13 ALMAFUERTE, 11 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

DECRETO MUNICIPAL Nº 710/13 VISTO: El Decreto Municipal Nº 122/13, de fecha 28 de febrero de 2013, en el cual se aplican en base a la Ordenanza Nº 1344/12, porcentajes por adicionales e incrementos de categorías, que se ajusten a cada Agente Municipal en relación de las tareas que desempeñan; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Miryam Haydee Otero, DNI Nº 14.164.192, posee los conocimientos necesarios para asistir a las distintas tareas específicas que se desarrollan en el Área de Desarrollo Humano y Acción Social; Que a tal fin y por lo expuesto es procedente otorgarle un porcentaje por adicional, en su haber mensual; Que la mejora salarial será a partir del 01 de noviembre de 2013; Que con esta medida este Departamento Ejecutivo reconoce, incentiva y premia el desempeño laboral de esta Empleada; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) AGREGASE a partir del 01 de noviembre de 2013, un 20% de adicional por Responsabilidad Administrativa a la Sra. Miryam Haydee Otero, DNI Nº 14.164.192, la que asciende a un total del 40% a la fecha y por todo concepto. Art.2º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.3º) ENTREGASE copia de esta resolución a la Oficina de Personal para que se incorpore en el Legajo de esta Agente Municipal. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 710/13 ALMAFUERTE, 11 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

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DECRETO MUNICIPAL Nº 711/13 VISTO: La necesidad de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: reparto de cedulones de Tasas Servicios a la Propiedad y Automotor, correspondientes al mes de octubre; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Vilma Esther Acosta, D.N.I. Nº 14.827.243, con domicilio en calle Salta N° 1057, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 1.218 (pesos mil doscientos dieciocho), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 11 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Oficina de Cobranzas Prejudiciales, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con la Sra. Vilma Esther Acosta, DNI Nº 14.827.243, con domicilio en calle Salta Nº 1057, firmado el 11 de noviembre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 1.218 (pesos mil doscientos dieciocho) por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.03 Comunicaciones, Telégrafos, Teléfonos y Postales del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 711/13 ALMAFUERTE, 12 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 712/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un particular, para realizar las siguientes tareas: coordinación técnica del mantenimiento de espacios verdes, verificación y control de inspección de pedidos de poda y/o extracción de árboles, desarrollo de actividades específicas relacionadas a las actividades agrícolas ganaderas y/o de explotación de los recursos naturales, en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos; Y CONSIDERANDO: Que la Srta. Gisela Cecilia Aceretto, D.N.I. Nº 32.664.555, reúne a criterio de este Departamento Ejecutivo y en base a antecedentes presentados y solicitados, las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia, para desarrollar la tarea a encomendar; Que en consecuencia esta Municipalidad de Almafuerte abonará la cantidad de $ 3.000 (pesos tres mil), por mes y por todo concepto; Que la Srta. Aceretto llevará a cabo la tarea encomendada a su cargo y riesgo, liberando a esta Municipalidad de toda responsabilidad que se le pudiera reclamar por su parte o por parte de terceros; Que la naturaleza de la tarea y su objeto faculta a este Departamento Ejecutivo a contratar los servicios de este Profesional en forma directa, conforme lo prevén los Artículos Nº 12) y Nº 13) de la Ordenanza Municipal Nº 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para cubrir la erogación que demanda esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCÉDASE a contratar en forma directa la Locación de Servicios con la Srta. Gisela Cecilia Aceretto, D.N.I.Nº 32.664.555, para que efectúe las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE a la Srta. Gisela Cecilia Aceretto la cantidad de $ 3.000 (pesos tres mil) mensuales, desde el 01 de octubre de 2013 y hasta el 30 de septiembre de 2014 y en base al Contrato de Servicios firmado el 01 de octubre de 2013. Art.3º) LA Srta. Aceretto realizará la tarea encomendada, liberando a esta Municipalidad de todo riesgo o responsabilidad que se le pudiera reclamar en razón de la misma. Art.4º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09. Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 712/13 ALMAFUERTE, 12 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

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DECRETO MUNICIPAL Nº 713/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para realizar las siguientes tareas: controlar y supervisar todo el proceso de las faltas y contravenciones. Dictar la resolución final en el juzgamiento de las faltas y contravenciones dentro del CIM. Proponer soluciones procesales, mejoras administrativas, coordinación jurídica/administrativa, todo para mejorar las actuaciones del CIM. Resolver las clausuras (comercios, etc.), previo análisis del expediente. Aplicar todas las sanciones administrativas por faltas y contravenciones de todas las áreas municipales; Y CONSIDERANDO: Que la Dra. Julieta Federici, DNI Nº 34.501.808; aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 3.167,20 (pesos tres mil ciento sesenta y siete con 20/100) mensuales en concepto de honorarios profesionales y previa presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y la confidencialidad de la información a su cargo; Que el Cuerpo de Inspectoría Municipal (C.I.M) proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por la profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través del Cuerpo de Inspectoría Municipal; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal N° 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza N° 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Dra. Julieta Federici, DNI Nº 34.501.808, para que realice las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE a la Dra. Julieta Federici, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 3.167,20 (pesos tres mil ciento sesenta y siete con 20/100) mensuales, previa presentación de la factura correspondiente. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) EL Cuerpo de Inspectoría Municipal (C.I.M) proveerá a la Profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal N° 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 713/13 ALMAFUERTE, 12 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 714/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para realizar las siguientes tareas: atención individualizada a niños con dificultades en sus aprendizajes, en el Área de Educación; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Marianela Vanesa Carradori, DNI Nº 27.870.762, de profesión Psicopedagoga, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 1.200 (pesos mil doscientos) mensuales en concepto de honorarios profesionales; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y la confidencialidad de la información a su cargo; Que el Área de Educación proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por la profesional y evaluará sus resultados;

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Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través del Área de Educación; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal N° 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza N° 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Sra. Marianela Vanesa Carradori, DNI Nº 27.870.762, para que realice las tareas de atención psicológica individual de niños en edad escolar, en el Área de Educación. Art.2º) ABONASE a la Sra. Marianela Vanesa Carradori, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 1.200 (pesos mil doscientos) mensuales. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 05 de diciembre de 2013. Art.5º) EL Área de Educación proveerá a la Profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal N° 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 714/13 ALMAFUERTE, 12 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 715/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para cumplir los siguientes trabajos: coordinar y supervisar todas las actividades del Taller Esperanza; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Marta Roxana Ramallo, DNI Nº 18.338.462, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 1.200 (pesos mil doscientos) mensuales; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y la confidencialidad de la información a su cargo; Que el Área de Desarrollo Humano y Acción Social proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por la profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través del Área de Desarrollo Humano y Acción Social; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal N° 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza N° 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Sra. Marta Roxana Ramallo, DNI Nº 18.338.462, para que realice las tareas de coordinar y supervisar todas las actividades del Taller Esperanza Municipal. Art.2º) ABONASE a la Sra. Marta Roxana Ramallo, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 1.200 (pesos mil doscientos) mensuales. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) EL Área de Desarrollo Humano y Acción Social proveerá a la Profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte.

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Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal N° 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 715/13 ALMAFUERTE, 12 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 716/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de una profesional, para realizar las siguientes tareas: Trabajadora Social en el Área de Desarrollo Humano y Acción Social; Y CONSIDERANDO: Que la Srta. María Belén Fiornovelli D.N.I. Nº 32.467.258, de profesión Lic. en Trabajo Social, reúne a criterio de este Departamento Ejecutivo y en base a antecedentes presentados y solicitados, las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia, para desarrollar la tarea a encomendar; Que en consecuencia esta Municipalidad de Almafuerte abonará la cantidad de $ 5.760 (pesos cinco mil setecientos sesenta) por mes y por todo concepto; Que la Lic. Fiornovelli llevará a cabo la tarea encomendada a su cargo y riesgo, liberando a esta Municipalidad de toda responsabilidad que se le pudiera reclamar por su parte o por parte de terceros; Que la naturaleza de la tarea y su objeto faculta a este Departamento Ejecutivo a contratar los servicios de este Profesional en forma directa, conforme lo prevén los Artículos Nº 12) y Nº 13) de la Ordenanza Municipal Nº 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para cubrir la erogación que demanda esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCÉDASE a contratar en forma directa la Locación de Servicios Profesionales con la Lic. en Trabajo Social María Belén Fiornovelli, D.N.I. Nº 32.467.258, con domicilio en Champaquí Nº 10 de la ciudad de Córdoba, para que efectúe las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE a la Lic. Fiornovelli la cantidad de $ 5.760 (pesos cinco mil setecientos sesenta), mensuales, desde el 01 de octubre hasta el 30 de septiembre de 2014 y en base al Contrato de Servicios Profesionales, firmado el 01 de octubre de 2013. Art.3º) LA Lic. Fiornovelli realizará la tarea encomendada, liberando a esta Municipalidad de todo riesgo o responsabilidad que se le pudiera reclamar en razón de la misma. Art.4º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09. Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 716/13 ALMAFUERTE, 12 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 717/13 VISTO: La solicitud por parte del Cr. Javier Brutti, de un aporte económico en concepto de apoyo por la proyección del documental ―Mercedes Sosa, la voz de Latinoamérica‖; Y CONSIDERANDO: Que la proyección tuvo lugar el pasado sábado 9 de noviembre en el Cine Ideal Cooperativo de la Ciudad; Que este evento ha constituido un hecho de relevancia para esta región y fue declarado de interés cultural por el Concejo Deliberante mediante resolución Nº 03/13; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE un aporte económico al Cr. Javier Brutti, por la cantidad de $ 1.500 (pesos mil quinientos) por los motivos y a los fines expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.01.02.04 Subsidios, Gastos y Ayudas del Presupuesto de gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Oficina de Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 717/13 ALMAFUERTE, 12 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

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DECRETO MUNICIPAL Nº 718/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para realizar las siguientes tareas: atención individualizada a niños con dificultades en sus aprendizajes, en el Área de Educación; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Yanina Alejandra Ferreyra, DNI Nº 29.093.724, de profesión Psicopedagoga, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 1.200 (pesos mil doscientos) mensuales en concepto de honorarios profesionales; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y la confidencialidad de la información a su cargo; Que el Área de Educación proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por la profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través del Área de Educación; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal N° 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza N° 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Sra. Yanina Alejandra Ferreyra, DNI Nº 29.093.724, para que realice las tareas de atención psicológica individual de niños en edad escolar, en el Área de Educación. Art.2º) ABONASE a la Sra. Yanina Alejandra Ferreyra, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 1.200 (pesos mil doscientos) mensuales. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 05 de diciembre de 2013. Art.5º) EL Área de Educación proveerá a la Profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal N° 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 718/13 ALMAFUERTE, 13 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 719/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para Coordinar y Supervisar todas las actividades del Taller Esperanza; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Claudia Aranda, DNI Nº 24.961.718, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 1.260 (Pesos mil doscientos sesenta) mensuales en concepto de honorarios profesionales; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y a la confidencialidad de la información a su cargo; Que la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por la profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal Nº 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza Nº 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA:

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Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Sra. Claudia Aranda, DNI Nº 24.961.718, para que realice las tareas de Coordinar y Supervisar todas las actividades del Taller Esperanza. Art.2º) ABONASE a la Sra. Claudia Aranda, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 1.260 (Pesos mil doscientos sesenta) mensuales. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de noviembre de 2013. Art.5º) LA Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social proveerá al profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por si misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 719/13 ALMAFUERTE, 30 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

DECRETO MUNICIPAL Nº 720/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para realizar las siguientes tareas: profesora de Educación Especial, encargada de la atención de los asistentes, brindando los Contenidos Formativos y Supervisando las Actividades de los demás colaboradores del Taller Esperanza, desde el 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Marina Elizabeth Ferreyra, DNI Nº 30. 634.575; aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 3.480 (pesos tres mil cuatrocientos ochenta) mensuales en concepto de honorarios profesionales y previa presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y la confidencialidad de la información a su cargo; Que la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por la profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal N° 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza N° 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Sra. Marina Elizabeth Ferreyra, DNI Nº 30.634.575, para que realice las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE a la Sra. Marina Elizabeth Ferreyra, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 3.480 (pesos tres mil cuatrocientos ochenta) mensuales, previa presentación de la factura correspondiente. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) LA Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social proveerá a la Profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal N° 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase.

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DECRETO MUNICIPAL Nº 720/13 ALMAFUERTE, 13 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 721/13 VISTO: La necesidad de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: carga y descarga de mesas, sillas y tablones con caballetes, para la Fiesta de las Colectividades con personal a cargo; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Esteban Almada, D.N.I. Nº 21.409.838, con domicilio en Atahualpa Yupanqui Nº 43, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 1.500 (pesos mil quinientos), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 07 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Turismo, Cultura y Deportes, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Esteban Almada, DNI Nº 21.409.838, con domicilio en Atahualpa Yupanqui Nº 43, firmado el 07 de noviembre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 1.500 (pesos mil quinientos), por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.3.05.02.06 Eventos, Organización y Auspicio del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 721/13 ALMAFUERTE, 13 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 722/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un particular, para realizar las siguientes tareas: mantenimiento y limpieza del Predio del Complejo Lago Piedras Moras; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Antonio Roberto Morán, D.N.I. Nº 10.250.530, con domicilio en Brasil Nº 544, reúne a criterio de este Departamento Ejecutivo las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia, para desarrollar la tarea a encomendar; Que en consecuencia esta Municipalidad de Almafuerte abonará la cantidad de $ 3.000 (pesos tres mil) mensuales; Que el Sr. Morán llevará a cabo la tarea encomendada a su cargo y riesgo, liberando a esta Municipalidad de toda responsabilidad que se le pudiera reclamar por su parte o por parte de terceros; Que la naturaleza de la tarea y su objeto faculta a este Departamento Ejecutivo a contratar los servicios de este Profesional en forma directa, conforme lo prevén los Artículos Nº 12) y Nº 13) de la Ordenanza Municipal Nº 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para cubrir la erogación que demanda esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCÉDASE a contratar en forma directa la Locación de Servicios con el Sr. Antonio Roberto Morán, D.N.I. Nº 10.250.530, con domicilio en Brasil Nº 544, para que efectúe las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE al Sr. Antonio Roberto Morán la cantidad de $ 3.000 (pesos tres mil), mensuales, desde el 01 de octubre de 2013 y hasta el 30 de septiembre de 2014 y en base al Contrato de Servicios firmado el 01 de octubre de 2013. Art.3º) EL Sr. Morán realizará la tarea encomendada, liberando a esta Municipalidad de todo riesgo o responsabilidad que se le pudiera reclamar en razón de la misma. Art.4º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.16.08 Servicios Otros del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 722/13 ALMAFUERTE, 13 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

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DECRETO MUNICIPAL Nº 723/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un Profesional para realizar la tarea de Responsable del Seguimiento, Notificaciones, Llamados y Entrevistas con Contribuyentes con más de seis meses de atraso en sus pagos; con un total de 30 hs (treinta) horas semanales; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Acevedo, Zaida Fabiana DNI Nº 16.051.482, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 3.000 (Pesos tres mil), mas el 2,5% de la recaudación mensual, en concepto de honorarios profesionales, contra presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría; Que la Profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la Profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y a la confidencialidad de la información a su cargo; Que el Área de Rentas y Finanzas Municipal proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por el Profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través del Área de Rentas y Finanzas Municipal; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza municipal Nº 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza Nº 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Sra. Acevedo, Zaida Fabiana, DNI Nº 16.051.482, con domicilio en calle Justo Abel Cartas Nº 859, para que realice las tareas de Responsable del Seguimiento, Notificaciones, Llamados y Entrevistas con Contribuyentes con más de seis meses de atraso en sus pagos, con un total de 30 (treinta) horas semanales. Art.2º) ABONASE a la Sra. Acevedo, Zaida Fabiana en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 3.000 (Pesos tres mil), mas el 2,5% de la recaudación mensual. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) EL Área de Rentas y Finanzas Municipal proveerá al profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 723/13 ALMAFUERTE, 13 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 724/13 VISTO: El Contrato de Servicios entre la Municipalidad de Almafuerte y ―Guajiro Eventos‖, representada por la Sra. Eldis López Paredes, DNI Nº 93.966.155 de fecha 07 de noviembre de 2013, en el que se contrató la animación y musicalización del evento ―Fiesta Brasilera-Cubana‖ realizada en el Complejo Piedras Moras, el día 09 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que en esa jornada se desarrolló esta celebración, como anticipo de los eventos a realizarse por la apertura de la Temporada de Verano 2013-2014; Que el precio convenido fue de $ 5.000 (pesos cinco mil), por todo concepto; y Que este Departamento Ejecutivo cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el Contrato de Servicios, de fecha 07 de noviembre de 2013, con ―Guajiro Eventos‖, representada por la Sra. Eldis López Paredes, DNI Nº 93.966.155, destinado al evento ―Fiesta Brasilera-Cubana‖, el día 09 de noviembre de 2013, en el Complejo Piedras Moras y abonase al Proveedor la cantidad total de $ 5.000 (pesos cinco mil), serán pagados en un depósito a la Caja de Ahorro Nº 41-00035960/2, del Banco Supervielle Sucursal Plaza Colón de la

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Ciudad de Córdoba, conforme lo expuesto en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.02.06 Eventos, Organización y Auspicio, del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 724/13 ALMAFUERTE, 13 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 725/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para que desarrolle las tareas de Profesor en la Escuela de Hockey Municipal; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Rolando Emanuel Barberis, DNI Nº 30.024.154, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 2.000 (pesos dos mil), mensuales, en concepto de honorarios profesionales; Que el profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que el profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y a la confidencialidad de la información a su cargo; Que la Secretaría de Deportes Municipal proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por el profesional y evaluará sus resultados; Que el Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Deportes Municipal; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal Nº 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza Nº 1356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar los Servicios de Rolando Emanuel Barberis, DNI Nº 30.024.154, para que realice las tareas de Profesor en la Escuela de Hockey Municipal. Art.2º) ABONASE al Sr. Rolando Emanuel Barberis, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 2.000 (pesos dos mil) mensuales. Art.3º) EL Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) La Secretaría de Deportes Municipal proveerá al profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por si misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) EL Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 725/13 ALMAFUERTE, 13 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 726/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para realizar las siguientes tareas: médica clínica con asistencia en consultorio evacuando la atención en niños y adultos y desarrollar actividad, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Salud para el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo, cumpliendo doce horas semanales; Y CONSIDERANDO: Que la Dra. Delia Nabia Chied, DNI Nº 22.693.890, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 3.120 (Pesos tres mil ciento veinte) mensuales en concepto de honorarios profesionales, contra presentación de recibo conformado en la Sección Contaduría; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación;

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Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y a la confidencialidad de la información a su cargo; Que la Dirección del Hospital Dr. Salvador Scavuzzo proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por la profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección del Hospital Dr. Salvador Scavuzzo; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal Nº 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza Nº 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Dra. Delia Nabia Chied, DNI Nº 22.693.890, para que realice las tareas especificadas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE a la Dra. Delia Nabia Chied, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 3.120 (Pesos tres mil ciento veinte) mensuales. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) LA Dirección del Hospital Dr. Salvador Scavuzzo proveerá a la profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por si misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 726/13 ALMAFUERTE, 13 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 727/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para que desarrolle las tareas de Médico Generalista con dedicación a la Gineco – Obstetricia en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Diosma Silvina Cisneros, DNI Nº 20.224.846, Profesional Matriculada, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 4.032 (pesos cuatro mil treinta y dos) por todo concepto, previa presentación de la factura debidamente conformada en tiempo y forma, en concepto de honorarios profesionales; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y a la confidencialidad de la información a su cargo; Que la Dirección del Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por la profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección del Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal Nº 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza Nº 1356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de Diosma Silvina Cisneros, DNI Nº 20.224.846, Profesional Matriculada, Médica Generalista con dedicación a la Gineco - Obstetricia, para que realice distintas tareas en el área de salud del Hospital Municipal, Dr. Salvador Scavuzzo. Art.2º) ABONASE a la Sra. Cisneros Diosma Silvina, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 4.032 (pesos cuatro mil treinta y dos), contra presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría.

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Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) LA Dirección del Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo proveerá a la profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por si misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 727/13 ALMAFUERTE, 13 de noviembre de 2012 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 728/13 VISTO: La necesidad de contar con los Servicios de un profesional con la capacidad e idoneidad suficiente para realizar los siguientes trabajos: asesoramiento en materia judicial, en autos que involucran al ex intendente Daniel E. López en causas penales donde se vio damnificado el Municipio; Y CONSIDERANDO: Que el Dr. Carlos Julio Pajtman, D.N.I. Nº 18.059.842, de profesión abogado, con domicilio en calle 9 de julio Nº 59, Responsable Monotributo, presentó factura ―C‖, Nº 0001-00000380, de fecha 28 de octubre de 2013, con un importe total de $ 1.100 (pesos mil cien) y se comprometió a realizar los trabajos mencionados por su cuenta y que el profesional citado tiene experiencia y especialidad tanto en el área del Derecho Municipal como en el Derecho Penal; Que la operación es conveniente a los intereses jurídicos, políticos y económicos municipales; Que este Departamento Ejecutivo está facultado por la Ordenanza Municipal Nº 1314/11 a contratar en forma directa la locación de servicios determinada, conforme el monto de la misma en este caso; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ABONASE al Dr. Carlos Julio Pajtman, D.N.I Nº 18.059.842; con domicilio en calle 9 de julio Nº 59, Responsable Monotributo, la factura de servicios Nº 0001000000380, de fecha 28 de octubre de 2013, por un importe total de $ 1.100 (pesos mil cien) para realizar los trabajos especificados en el visto del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09. Estudios, Investigaciones y Asist. Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por el Área de Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 728/13 ALMAFUERTE, 13 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

DECRETO MUNICIPAL Nº 729/13 VISTO: La necesidad de alquilar la provisión de diferentes insumos para ser utilizados en diferentes Áreas y eventos, organizados por este Municipio; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Andrea Trucco, DNI Nº 17.608.165, con domicilio en Av. Vélez Sarsfield Nº 492, dispone de estos diferentes utensilios; Que la Sra. Trucco cotizó un precio total de $ 703 (pesos setecientos tres) por el servicio prestado durante el evento por los festejos del Día del Empleado Municipal, el pasado 07 de noviembre de 2013; Que la Municipalidad de Almafuerte no dispone actualmente con los insumos requeridos para satisfacer las diferentes necesidades, en el caso que se presenten; Que la situación descripta es conveniente a los fines e intereses municipales; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ABONASE a la Sra. Andrea Trucco, DNI Nº 17.608.165, la cantidad de $ 703 (pesos setecientos tres), a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.06 Alquileres Varios del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por Contaduría Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase.

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DECRETO MUNICIPAL Nº 729/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 730/13 VISTO: La solicitud por parte de la Sra. Inés Ciletti, en su carácter de Directora de la Escuela Paula Albarracín, ubicada en la Zona Rural de esta Ciudad, de una ayuda económica para destinar a la realización de los festejos por el 75º Aniversario de su creación; Y CONSIDERANDO: Que este Establecimiento no dispone de recursos y/o ingresos para ninguna acción al respecto; Que asisten niños procedentes de la Zona Rural a cursar sus estudios primarios; Que este Gobierno Municipal apoya, en la medida de sus posibilidades al sostenimiento de las Escuelas Públicas, entre ellas los Establecimientos Rurales como en este caso; Que encuentra justificado otorgar la ayuda económica requerida; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE a la Escuela Paula Albarracín, ubicada en la Zona Rural, una ayuda económica por la cantidad de $ 3.000 (pesos tres mil), para ser aplicada a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.06.01.01.06 Escuela Paula Albarracín del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 730/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 731/13 VISTO: La necesidad de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: reacondicionamiento total de la instalación eléctrica en el Hospital Municipal ―Dr. Salvador Scavuzzo‖, desde el 14 de noviembre de 2013 hasta el 14 de diciembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que los Sres. Sergio Andrés Ferreyra, DNI Nº 37.439.656 y César Javier Cerqueira, DNI Nº 37.439.689, de profesión Técnicos Electromecánicos, cotizaron un precio final y por todo concepto de $ 22.000 (pesos veintidós mil), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 13 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con los Sres. Sergio Andrés Ferreyra, DNI Nº 37.439.656 y César Javier Cerqueira, DNI Nº 37.439.689, firmado el 13 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 22.000 (pesos veintidós mil), que serán abonados en cuatro pagos semanales de $ 5.500 (pesos cinco mil quinientos) por este servicio y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) CUMPLASE por la Comisión Cooperadora del Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 731/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 732/13 VISTO: El Decreto Municipal Nº 35/13, que otorga ayudas económicas a los Centros Vecinales de Almafuerte, por el periodo enero 2012-enero 2013; Y CONSIDERANDO: Que estas entidades vecinales poseen y mantienen edificios propios para las actividades desarrolladas por el Centro Vecinal, las que prestan al Municipio cuando se requieren;

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Que en ningún caso perciben recursos directos de los vecinos de cada Jurisdicción Territorial, conforme lo dispones el Art. 45º) de la Ordenanza Nº 848/01, ni tampoco de parte del Gobierno Municipal; Que este Departamento Ejecutivo considera necesario prorrogar este subsidio a fines de contribuir al sostenimiento de los gastos fijos que le demandan a los Centros Vecinales sus Sedes propias; y Que se cuenta con partidas presupuestarias suficientes para cubrir esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PRORROGASE la ayuda económica de $ 150 (pesos ciento cincuenta) para cada uno de los Centros Vecinales de la Ciudad, para aplicar a gastos de mantenimiento de sus Sedes y al desarrollo de las actividades y del funcionamiento de los mismos, a través del Decreto Municipal Nº 35/13. Art.2º) LA ayuda dispuesta en el Artículo anterior se liquidará en su totalidad con retroactividad a partir del periodo febrero–septiembre 2013 inclusive a los siguientes Centros Vecinales: a) Barrio Parque b) Barrio Pinares c) Barrio Villa El Salto d) Barrios Sol de Mayo y Belgrano Art.3º) IMPUTASE las erogaciones establecidas por el presente Decreto, a las partidas del Presupuesto de Gastos vigente, denominadas con los nombres de cada uno de estos Centros Vecinales, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.4º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 732/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 733/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: tareas de adecuación de las instalaciones eléctricas del sistema de alumbrado del Parque Presidente Perón, entre los días 11 de noviembre y 10 de diciembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que la Srta. Janet Lara Miñana, DNI Nº 36.480.420, con domicilio en calle F. Ameghino N° 250, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 12.000 (pesos doce mil), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 11 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con la Srta. Janet Lara Miñana, DNI Nº 36.480.420, con domicilio en calle F. Ameghino Nº 250, firmado el 11 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 12.000 (pesos doce mil), por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) LA cantidad de $ 12.000 (pesos doce mil) se abonarán en dos pagos de la siguiente manera: 1º Pago de $ 6.000 (pesos seis mil) al 22 de noviembre de 2013 y 2º Pago de $ 6.000 (pesos seis mil) al 20 de diciembre de 2013. Art.3º) IMPUTASE esta erogación a la partida 2.1.08.01.02.05 Obra en Paseos y Espacios Públicos del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.4º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 733/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 734/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: tareas de ejecución de micro cemento cubo en Obra Ferrocarril, entre el 11 y 30 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Luis Arnaldo Burgos, DNI Nº 27.937.271, con domicilio en calle Florencio Varela N° 4.340, de la Ciudad de Córdoba, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 11.041,26 (pesos once mil cuarenta y uno con 26/100), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 11 de noviembre de 2013;

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Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Luis Arnaldo Burgos, DNI Nº 27.937.271, con domicilio en calle Florencio Varela Nº 4.340, de la Ciudad de Córdoba firmado el 11 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 11.041,26 (pesos once mil cuarenta y uno con 26/100), por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) LA cantidad de $ 11.041,26 (pesos once mil cuarenta y uno con 26/100) se abonarán en dos pagos de la siguiente manera: 1º Pago de $ 5.000 (pesos cinco mil) como anticipo y un 2º Pago de $ 6.041,26 (pesos seis mil cuarenta y uno con 26/100) al finalizar estas tareas. Art.3º) IMPUTASE esta erogación a la partida 2.1.08.02.01.01.04 Obra Ferrocarril del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.4º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 734/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 735/13 VISTO: La solicitud de extender la licencia sin goce de sueldo, requerida por el agente municipal Sr. Juan José Ortiz, a partir del día 11 de noviembre hasta el día 02 de diciembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que esta situación fue comunicada por el Coordinador del GIRSU, Sr. Ever López, a través de la Oficina de Personal; y Que este Departamento Ejecutivo encuentra justificado el pedido del agente municipal Sr. Juan José Ortiz, sin que produzca alteraciones en ese lapso en el desenvolvimiento de las tareas, pudiendo ser cubierto sin inconvenientes por el resto del personal; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) AUTORIZASE al agente municipal Sr. Juan José Ortiz, DNI Nº 32.664.532, a extender la licencia solicitada sin goce de haberes, a partir del 11 de noviembre hasta el 02 de diciembre de 2013, debiendo reintegrarse a sus tareas habituales el día 03 de diciembre de 2013. Art.2º) NOTIFICASE a las Oficinas de Personal y Contaduría a los efectos que correspondan. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 735/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 736/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: pintura exterior de la Escuela Justo A. Cartas, con aproximadamente 615 mts 2 sin aberturas, entre los días 08 de noviembre de 2013 y el 08 de diciembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Walter Jaimez, D.N.I. Nº 16.484.439, con domicilio en calle Catamarca N° 218, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 10.000 (pesos diez mil), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 08 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA:

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Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Walter Jaimez, DNI Nº 16.484.439, con domicilio en calle Catamarca Nº 218, firmado el 08 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 10.000 (pesos diez mil) por este servicio y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) LA cantidad de $ 10.000 (pesos diez mil) se abonarán en tres pagos semanales de la siguiente manera: 1º Pago de $ 3.333,33 (pesos tres mil trescientos treinta y tres con 33/100) al 07 de febrero de 2014; 2º Pago de $ 3.333,33 (pesos tres mil trescientos treinta y tres con 33/100) al 14 de febrero de 2014 y un 3º Pago de $ 3.333,34 (pesos tres mil trescientos treinta y tres con 34/100) al 21 de febrero de 2014. Art.3º) IMPUTASE esta erogación a la partida 2.1.08.01.02.11 Obra Instituciones y Escuelas del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.4º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 736/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 737/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de una profesional, para realizar las siguientes tareas: Médica Generalista en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo; Y CONSIDERANDO: Que la Dra. Mónica Andrea Beroch D.N.I. Nº 28.103.505, de profesión Médica Cirujana, reúne a criterio de este Departamento Ejecutivo y en base a antecedentes presentados y solicitados, las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia, para desarrollar la tarea a encomendar; Que en consecuencia esta Municipalidad de Almafuerte abonará la cantidad de $ 4.160 (pesos cuatro ciento sesenta) mensuales contra presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría; Que la Dra. Beroch llevará a cabo la tarea encomendada a su cargo y riesgo, liberando a esta Municipalidad de toda responsabilidad que se le pudiera reclamar por su parte o por parte de terceros; Que la naturaleza de la tarea y su objeto faculta a este Departamento Ejecutivo a contratar los servicios de esta Profesional en forma directa, conforme lo prevén los Artículos Nº 12) y Nº 13) de la Ordenanza Municipal Nº 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para cubrir la erogación que demanda esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCÉDASE a contratar en forma directa la Locación de Servicios Profesionales con la Dra. Mónica Andrea Beroch, Médica Cirujana, D.N.I. Nº 28.103.505 con domicilio en calle Brasil Nº 224 de la ciudad de Almafuerte para que efectúe las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE a la Dra. Beroch la cantidad de $ 4.160 (pesos cuatro mil ciento sesenta), mensuales, desde el 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014 y en base al Contrato de Servicios Profesionales, firmado el 01de Octubre de 2013. Art.3º) LA Dra. Beroch realizará la tarea encomendada, liberando a esta Municipalidad de todo riesgo o responsabilidad que se le pudiera reclamar en razón de la misma. Art.4º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09. Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 737/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 738/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para realizar las siguientes tareas: atención en consultorio en el rubro de crecimiento y desarrollo, atención de patología específica, confección de historias clínicas, derivación a especialistas en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo, por un total de 6 (seis) horas semanales; Y CONSIDERANDO: Que la Dra. Gisela Berrino, DNI Nº 31.267.736; aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $1.814,40 (pesos mil ochocientos catorce con 40/100) mensuales en concepto de honorarios profesionales y previa presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación;

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Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y la confidencialidad de la información a su cargo; Que el Área de Salud proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por el profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través del Área de Salud; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal N° 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza N° 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Dra. Gisela Berrino, DNI Nº 31.267.736, para que realice las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE a la Dra. Gisela Berrino, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $1.814,40 (pesos mil ochocientos catorce con 40/100) mensuales, previa presentación de la factura correspondiente. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) EL Área de Salud proveerá a la Profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal N° 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 738/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 739/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para que desarrolle tareas comunitarias de acuerdo a lo establecido en el Plan de Salud, en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Rinaudo, Edgar Augusto, DNI Nº 22.508.159, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 3.780 (pesos tres mil setecientos ochenta), mensuales, en concepto de honorarios profesionales, contra presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría; Que el profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que el profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y a la confidencialidad de la información a su cargo; Que el Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través del Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal Nº 1356/12, y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar los Servicios de Rinaudo, Edgar Augusto, DNI Nº 22.508.159, para que realice tareas comunitarias de acuerdo a lo establecido en el Plan de Salud, en el Municipal Dr. Salvador Scavuzzo, por un total de 15 (quince) horas semanales. Art.2º) ABONASE al Sr. Rinaudo, Edgar Augusto, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 3.780 (pesos tres mil setecientos ochenta) mensuales. Art.3º) EL Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y la confidencialidad de la información a su cargo.

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Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) El Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo proveerá al profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por si mismo a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) EL Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 739/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 740/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para que desarrolle tareas comunitarias de acuerdo a lo establecido en el Plan de Salud, en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo; Y CONSIDERANDO: Que la Srta. Jimena Vacondío, DNI Nº 32.664.501, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 4.780 (pesos cuatro mil setecientos ochenta), mensuales, en concepto de honorarios profesionales, contra presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y a la confidencialidad de la información a su cargo; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través del Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal Nº 1356/12, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar los Servicios de Vacondio, Jimena, DNI Nº 32.664.501, para que realice tareas comunitarias de acuerdo a lo establecido en el Plan de Salud, en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo, por un total de 15 (quince) horas semanales. Art.2º) ABONASE a la Srta. Jimena Vacondío, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 4.780 (pesos cuatro mil setecientos ochenta) mensuales. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) El Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo proveerá al profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 740/13 ALMAFUERTE, 14 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 741/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de una profesional, para realizar las siguientes tareas: Trabajadora Social en la Formación del Equipo de Atención Primaria de la Salud, durante 20 horas semanales. Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Silvana Gabriela Raimunda, D.N.I.Nº 27.717.049, de profesión Licenciada en Trabajo Social, reúne a criterio de este Departamento Ejecutivo y en base a antecedentes presentados y solicitados, las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia, para desarrollar la tarea a encomendar;

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Que en consecuencia esta Municipalidad de Almafuerte abonará la cantidad de $ 5.040 (pesos cinco mil cuarenta) mensuales, contra presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría; Que la Sra. Raimunda llevará a cabo la tarea encomendada a su cargo y riesgo, liberando a esta Municipalidad de toda responsabilidad que se le pudiera reclamar por su parte o por parte de terceros; Que la naturaleza de la tarea y su objeto faculta a este Departamento Ejecutivo a contratar los servicios de este Profesional en forma directa, conforme lo prevén los Artículos Nº 12) y Nº 13) de la Ordenanza Municipal Nº 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para cubrir la erogación que demanda esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCÉDASE a contratar en forma directa la Locación de Servicios Profesionales con la Lic. en Trabajo Social, Silvana Gabriela Raimunda, D.N.I. Nº 27.717.049 con domicilio en Armando Nerva Nº 125 de la ciudad de Rio Tercero para que efectúe las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE a la Sra. Raimunda la cantidad de $ 5.040 (pesos cinco mil cuarenta) mensuales, desde el 01 de octubre de 2013 y hasta el 30 de septiembre de 2014 y en base al Contrato de Servicios Profesionales, firmado el 01 de octubre de 2013. Art.3º) LA Sra. Raimunda realizará la tarea encomendada, liberando a esta Municipalidad de todo riesgo o responsabilidad que se le pudiera reclamar en razón de la misma. Art.4º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09. Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 741/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 742/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional, para realizar las siguientes tareas: atención en consultorio de pediatría en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo, por un total de 20 horas semanales; Y CONSIDERANDO: Que el Dr. Roberto Alfredo Bagur, D.N.I. Nº 10.903.285, de profesión Médico Cirujano, reúne a criterio de este Departamento Ejecutivo y en base a antecedentes presentados y solicitados, las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia, para desarrollar la tarea a encomendar; Que en consecuencia esta Municipalidad de Almafuerte abonará la cantidad de $ 5.600 (pesos cinco mil seiscientos) mensuales, contra presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría; Que el Dr. Bagur llevará a cabo la tarea encomendada a su cargo y riesgo, liberando a esta Municipalidad de toda responsabilidad que se le pudiera reclamar por su parte o por parte de terceros; Que la naturaleza de la tarea y su objeto faculta a este Departamento Ejecutivo a contratar los servicios de este Profesional en forma directa, conforme lo prevén los Artículos Nº 12) y Nº 13) de la Ordenanza Municipal Nº 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para cubrir la erogación que demanda esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCÉDASE a contratar en forma directa la Locación de Servicios Profesionales con el Dr. Roberto Alfredo Bagur, Médico Cirujano, D.N.I. Nº 10.903.285, con domicilio en calle Suipacha Nº 1163 de la ciudad de Río Tercero, para que efectúe las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE al Dr. Bagur la cantidad de $5.600 (pesos cinco mil seiscientos) mensuales, desde el 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014 y en base al Contrato de Servicios Profesionales, firmado el 01 de 01 de Octubre de 2013. Art.3º) EL Dr. Bagur realizará la tarea encomendada, liberando a esta Municipalidad de todo riesgo o responsabilidad que se le pudiera reclamar en razón de la misma. Art.4º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09. Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 742/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 743/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional, para realizar las siguientes tareas: implementar en la Municipalidad de Almafuerte, un servicio de salud ocupacional y laboral, conforme las Ordenanzas Municipales y

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disposiciones supletorias previstas por la Carta Orgánica Municipal, que rigen en la materia, que fundamentan y determinan esta contratación de servicios, que incluye control de ausentismo y seguimiento de carpetas médicas y de salud mental, examen pre-ocupacional, confección de historias clínicas, donde se registra el estado actual, enfermedades pre-existentes, evolución y todo certificado que presente el empleado municipal, examen anual periódico, capacitación y prevención de enfermedades y accidentes laborales; Y CONSIDERANDO: Que el Dr. Roberto Alfredo Bagur, D.N.I. Nº 10.903.285, de profesión Médico Cirujano, reúne a criterio de este Departamento Ejecutivo y en base a antecedentes presentados y solicitados, las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia, para desarrollar la tarea a encomendar; Que en consecuencia esta Municipalidad de Almafuerte abonará la cantidad de $ 5.000 (pesos cinco mil) mensuales y contra presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría; Que el Dr. Bagur llevará a cabo la tarea encomendada a su cargo y riesgo, liberando a esta Municipalidad de toda responsabilidad que se le pudiera reclamar por su parte o por parte de terceros; Que la naturaleza de la tarea y su objeto faculta a este Departamento Ejecutivo a contratar los servicios de este Profesional en forma directa, conforme lo prevén los Artículos Nº 12) y Nº 13) de la Ordenanza Municipal Nº 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para cubrir la erogación que demanda esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCÉDASE a contratar en forma directa la Locación de Servicios Profesionales con el Dr. Roberto Alfredo Bagur, Médico Cirujano, D.N.I. Nº 10.903.285, con domicilio en calle Suipacha Nº 1163 de la ciudad de Río Tercero, para que efectúe las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE al Dr. Bagur la cantidad de $5.000 (pesos cinco mil) mensuales, desde el 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014 y en base al Contrato de Servicios Profesionales, firmado el 01 de octubre de 2013. Art.3º) EL Dr. Bagur realizará la tarea encomendada, liberando a esta Municipalidad de todo riesgo o responsabilidad que se le pudiera reclamar en razón de la misma. Art.4º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09. Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 743/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 744/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para realizar las siguientes tareas: atención en el Consultorio de Oftalmología y provisión de aparatología necesaria (Oftalmoscopio, Otoreflactómetro-aparato para medición de presión ocular), en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo, por la cantidad de 4 horas semanales; Y CONSIDERANDO: Que la Dra. Sabina María Beltrame, DNI Nº 22.184.723; aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 2.000 (pesos dos mil) mensuales en concepto de honorarios profesionales y previa presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría, estando a su cargo el seguro de vida y por mala praxis, ART, aportes, impuestos, etc; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y la confidencialidad de la información a su cargo; Que la Dirección del Hospital Dr. Salvador Scavuzzo proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por el profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección del Hospital Dr. Salvador Scavuzzo; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal N° 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza N° 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Dra. Sabina María Beltrame, DNI Nº 22.184.723, para que realice las tareas descriptas en el visto del presente Decreto.

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Art.2º) ABONASE a la Dra. Sabina María Beltrame, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 2.000 (pesos dos mil) mensuales, previa presentación de la factura correspondiente. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) LA Dirección del Hospital Municipal Dr. Scavuzzo proveerá a la Profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal N° 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 744/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 745/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para que desarrolle las tareas de Radiología en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Colipil Omar Ariel, DNI N° 26.851.448, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 1.400 (pesos mil cuatrocientos) mensuales, en concepto de honorarios profesionales; Que el profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que el profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y a la confidencialidad de la información a su cargo; Que la Dirección del Hospital Municipal proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por el profesional y evaluará sus resultados; Que el Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección del Hospital Municipal; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal Nº 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza Nº 1356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar los Servicios de Colipil, Omar Ariel, DNI N° 26.851.448, para que realice tareas de Radiología en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo. Art.2º) ABONASE al Sr. Colipil, Omar Ariel, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 1.400 (pesos mil cuatrocientos) mensuales. Art.3º) EL Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) EL presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) EL Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo proveerá al profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, el que además podrá requerir por sí mismo a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) EL Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica, del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 745/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 746/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de una profesional, para realizar las siguientes tareas: odontología en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo;

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Y CONSIDERANDO: Que la Dra. Valeria Soledad Zulatto, DNI Nº 29.966.854, de profesión odontóloga, reúne a criterio de este Departamento Ejecutivo y en base a antecedentes presentados y solicitados, las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia, para desarrollar la tarea a encomendar; Que en consecuencia esta Municipalidad de Almafuerte abonará la cantidad de $ 960 (pesos novecientos sesenta) por mes y por todo concepto, contra presentación de la factura correspondiente; Que la Dra. Zulatto llevará a cabo la tarea encomendada a su cargo y riesgo, liberando a esta Municipalidad de toda responsabilidad que se le pudiera reclamar por su parte o por parte de terceros; Que la naturaleza de la tarea y su objeto faculta a este Departamento Ejecutivo a contratar los servicios de este Profesional en forma directa, conforme lo prevén los Artículos Nº 12) y Nº 13) de la Ordenanza Municipal Nº 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para cubrir la erogación que demanda esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCÉDASE a contratar en forma directa la Locación de Servicios Profesionales con la Dra. Valeria Soledad Zulatto, DNI Nº 29.966.854, con domicilio en Mendoza Nº 781, para que efectúe las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE a la Dra. Zulatto la cantidad de $ 960 (pesos novecientos sesenta) mensuales, desde el 01 de octubre 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014 y en base al Contrato de Servicios Profesionales, firmado el 01 de octubre de 2013. Art.3º) LA Dra. Zulatto realizará la tarea encomendada, liberando a esta Municipalidad de todo riesgo o responsabilidad que se le pudiera reclamar en razón de la misma. Art.4º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09. Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 746/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 747/13 VISTO: Que se ha dispuesto la Contratación de Personal para Asesoramiento de Gabinete, para la prestación de servicios en distintas dependencias de la Municipalidad; Y CONSIDERANDO: Que las Contrataciones se realizan en el marco de las facultades legales atribuidas por la Carta Orgánica Municipal de la Municipalidad de la Ciudad de Almafuerte; y Que existen las partidas presupuestarias para atender las erogaciones que demande el cumplimiento del presente Decreto; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar los servicios personales de las siguientes personas: a) Peralta, Ignacio Rubén, DNI Nº 22.563.391, para Tareas de Gestión del Área de Servicios Públicos, Obra Pública y Obras Privadas de la Municipalidad de Almafuerte percibiendo una retribución mensual por la suma de $ 8.820 (pesos ocho mil ochocientos veinte), comenzando a regir su Contrato el día 01 de octubre de 2013 y hasta el día 30 de septiembre de 2014. b) Fernández, Pablo Daniel, DNI Nº 24.450.960, para realizar la tarea de Coordinador General de la Secretaría de Deportes, Turismo y Cultura de la Municipalidad de Almafuerte, percibiendo una retribución mensual por la suma de $ 6.300 (pesos seis mil trescientos), comenzando a regir su Contrato el día 01 de octubre de 2013 y hasta el día 30 de septiembre de 2014. c) Pettiti, Nancy Valeria, DNI Nº 24.961.714, para realizar tareas de la Dirección de Turismo de la Secretaría de Deportes, Turismo y Cultura de la Municipalidad de Almafuerte en todas las actividades que competan a su Área, percibiendo una retribución mensual por la suma de $ 4.410 (pesos cuatro mil cuatrocientos diez), comenzando a regir su Contrato el día 01 de octubre de 2013 y hasta el día 30 de septiembre de 2014. d) Kranewitter, Andrea Fernanda, DNI Nº 23.681.640, para realizar Tareas de Encargada Museo, gestionar reconocimiento a nivel Provincial y Municipal en la parte legal y armado de muestras, percibiendo una retribución por la suma de $ 4.410 (pesos cuatro mil cuatrocientos diez), comenzando a regir su Contrato el día 01 de octubre de 2013 y hasta el día 30 de septiembre de 2014. e) Giménez Villafañe, Gerardo, DNI Nº 28.025.456, para realizar tareas de la Dirección de Deporte de la Secretaría de Deportes, Turismo y Cultura de la Municipalidad, percibiendo una retribución mensual por la suma de $ 3.150 (pesos tres mil ciento cincuenta), comenzando a regir su Contrato el día 01 de octubre de 2013 y hasta el día 30 de septiembre de 2014. f) Pratto, Omar Alberto; DNI Nº 12.948.990, para realizar tareas de Coordinación General en el Cuerpo de Inspectoría Municipal, para agrupar y controlar el funcionamiento de las Áreas de Bromatología, Defensa Civil, Comercio y Oficina de Tránsito, percibiendo una retribución mensual por la suma de $ 8.820 (pesos ocho mil ochocientos veinte), comenzando a regir su Contrato el día 01 de octubre de 2013 y hasta el día 30 de septiembre de 2014.

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g) Ventura, Genaro; DNI Nº 33.705.984, para realizar tareas de Inspector en el Área de Defensa Civil Municipal y como complemento a la actividad de Coordinador de área, percibiendo una retribución mensual por la suma de $ 5.040 (pesos cinco mil cuarenta), comenzando a regir su contrato el día 01 de octubre de 2013 y hasta el día 30 de septiembre de 2014. h) Williams, Leonardo Guillermo; DNI Nº 12.746.181, para realizar tareas de CoDirección del Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo, de lunes a viernes de 14 hs a 18 hs, percibiendo una retribución mensual por la suma de $ 6.870 (pesos seis mil ochocientos setenta), comenzando a regir su Contrato el día 01 de octubre de 2013 y hasta el día 30 de septiembre de 2014. h) Vittone, Viviana Andrea; DNI Nº 20.220.767, para realizar tareas de asesoramiento en la Oficina de Personal Municipal-Recursos Humanos, percibiendo una retribución mensual por la suma de $ 4.410 (pesos cuatro mil cuatrocientos diez), comenzando a regir su Contrato el día 01 de octubre de 2013 y hasta el día 30 de septiembre de 2014. i) Ventura, Julieta Inés; DNI Nº 28.958.151, para realizar tareas de asesoramiento en la Oficina de Personal Municipal-Recursos Humanos, percibiendo una retribución mensual por la suma de $ 4.410 (pesos cuatro mil cuatrocientos diez), comenzando a regir su Contrato el día 01 de octubre de 2013 y hasta el día 30 de septiembre de 2014. Art.2º) CUMPLASE por las Áreas de Contaduría y Personal. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 747/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 748/13 VISTO: La solicitud por parte de la Responsable de la Oficina de Tele Taxis Almafuerte, Ana María del Carmen Rojo, DNI Nº 17.146.477, de una ayuda económica para cubrir gastos de alquiler de local en donde cumplen sus tareas habituales; Y CONSIDERANDO: Que esta colaboración se otorga por única vez y tiene como finalidad cumplir en todos sus términos con lo expresado en el visto; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE una ayuda económica por la cantidad de $ 6.000 (pesos seis mil), a la empresa ―Tele Taxis Almafuerte‖, a través de su responsable, Sra. Ana María del Carmen Rojo, DNI Nº 17.146.477, a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 1.3.05.02.01.04 Subsidios, Gastos y Ayudas del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12 Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 748/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 749/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para la Coordinación y Supervisión en el Área de Desarrollo Humano y Acción Social y sus Dependencias y Personal a cargo; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Roberto José Oliva, DNI Nº 24.267.062, de Profesión Asistente Social, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 3.780 (pesos tres mil setecientos ochenta) por todo concepto, mensuales, en concepto de honorarios profesionales; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que el profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y a la confidencialidad de la información a su cargo; Que el Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre sus actividades y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal Nº 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza Nº 1356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios del Sr. Roberto José Oliva, DNI Nº 24.267.062, para la Coordinación y Supervisión en el Área de Desarrollo Humano y Acción Social y sus Dependencias y Personal a cargo.

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Art.2º) ABONASE al Sr. Roberto José Oliva, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 3.780 (pesos tres mil setecientos ochenta) mensuales. Art.3º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.4º) El Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.5º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.6º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 749/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 750/13 VISTO: La comunicación del Concejo Deliberante receptada con fecha 11 de noviembre de 2013, mediante la que se informa y acompaña copias de los asuntos tratados y resueltos en la Trigésima Sesión Ordinaria, de fecha 31 de octubre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que se aprobó la Declaración N°03/13, que Declara de Interés Municipal la proyección del filme ―Mercedes Sosa, La Voz de Latinoamérica‖, exhibido el sábado 09 de noviembre de 2013, en el Cine Ideal Cooperativo; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) TENGASE por recibida la Declaración N°03/13 del Concejo Deliberante, de fecha 31 de octubre de 2013. Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 750/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 751/13 VISTO: La comunicación del Concejo Deliberante receptada con fecha 11 de noviembre de 2013, mediante la que se informa y acompaña copias de los asuntos tratados y resueltos en la 30º Sesión Ordinaria, de fecha 31 de octubre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que se sancionó la Ordenanza Municipal Nº 1.397/13, que declara de interés municipal a los tres grupos de morteros ubicados en cercanías del Balneario de Almafuerte, delimitados geográficamente según plano adjunto y autoriza al D.E.M a diseñar un circuito con cartelería para el auto guiado del sendero generado y dispuesto en la exhibición de estos morteros; y Que corresponde su promulgación por el Departamento Ejecutivo, conforme lo prevé el inciso 2 del Art. 87º) de la Carta Orgánica Municipal; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROMULGUESE y CUMPLASE lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 1.397/13, sancionada por el Concejo Deliberante, con fecha 31 de octubre de 2013, de acuerdo a los considerandos del presente Decreto. Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 751/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 752/13 VISTO: La comunicación del Concejo Deliberante receptada con fecha 11 de noviembre de 2013, mediante la que se informa y acompaña copias de los asuntos tratados y resueltos en la 30º Sesión Ordinaria, de fecha 31 de octubre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que se sancionó la Ordenanza Municipal Nº 1.398/13, que aprueba el Proyecto de Reparación de Badenes de Hormigón, de calles con sentido este-oeste y su intersección con calle Pedro C. Molina y faculta al D.E.M a gestionar y tomar del ―Fondo Permanente para la Financiación de Proyectos y Obras de los Gobiernos Locales de la Provincia de Córdoba‖, un préstamo de $ 300.000 (pesos trescientos mil) destinados a la ejecución de esta Obra; y Que corresponde su promulgación por el Departamento Ejecutivo, conforme lo prevé el inciso 2 del Art. 87º) de la Carta Orgánica Municipal; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROMULGUESE y CUMPLASE lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 1.398/13, sancionada por el Concejo Deliberante, con fecha 31 de octubre de 2013, de acuerdo a los considerandos del presente Decreto.

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Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 752/13 ALMAFUERTE, 15 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 753/13 VISTO: La solicitud por parte de la Sra. Inés Ciletti, en su carácter de Directora de la Escuela Paula Albarracín, ubicada en la Zona Rural de esta Ciudad, de una ayuda económica para destinarla a mano de obra de pintura por la realización de los festejos por el 75º Aniversario de su creación; Y CONSIDERANDO: Que este Establecimiento no dispone de recursos y/o ingresos para ninguna acción al respecto; Que asisten niños procedentes de la Zona Rural a cursar sus estudios primarios; Que este Gobierno Municipal apoya, en la medida de sus posibilidades al sostenimiento de las Escuelas Públicas, entre ellas los Establecimientos Rurales como en este caso; Que encuentra justificado otorgar la ayuda económica requerida; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE a la Escuela Paula Albarracín, ubicada en la Zona Rural, una ayuda económica por la cantidad de $ 1.500 (pesos mil quinientos), para ser aplicada a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.06.01.01.06 Escuela Paula Albarracín del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 753/13 ALMAFUERTE, 18 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 754/13 VISTO: La necesidad de otorgar un marco legal a los distintos Actos celebrados por Boletos de Compra-Venta y otros documentos, de diferentes lotes de terrenos, ubicados en el Cementerio Municipal; Y CONSIDERANDO: Que a través de la Sección Cementerio, ubicada en el Edificio Municipal, se verifican y cumplen los requisitos necesarios, a fines de poder cumplimentar fehacientemente con la documentación establecida; Que por medio de estos Boletos de Compra-Venta se conforman los actos administrativos de cesión, transferencia, venta, actualización de datos de las personas que cumplen con el rol de vendedor- comprador y cambio de titularidad de las mismas; Que en el Contrato de Cesión, de fecha 07 de noviembre de 2013, el Sr. Juan Sebastián Baraza, DNI Nº 6.562.278, cede al Sr. Carlos Alfredo Gómez, DNI Nº 13.929.291, una parcela ubicada en el Cementerio Municipal, designada como ―Concesión 00001706-Parcela 00-00-2400124‖ , y por un total de $ 4.000 (pesos cuatro mil); y Que la Ordenanza Municipal Nº 1341/12, de fecha 25 de octubre de 2012, dispone la actualización de los datos de los distintos contratos firmados con particulares para la utilización de los espacios en el Cementerio Municipal de Almafuerte; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE en todas sus cláusulas el Contrato de Cesión celebrado entre el Sr. Juan Sebastián Baraza, DNI Nº 6.562.278 y el Sr. Carlos Alfredo Gómez, DNI Nº 13.929.291, de fecha 07 de noviembre de 2013, en base a lo expresado en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) DISPONGASE a través de la Sección Cementerio, los medios necesarios para los trámites correspondientes al cambio de Titularidad, entre otros menesteres, por la cesión celebrada en dicho Contrato. Art.3º) TENGASE como documentación complementaria, lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 1341/12. Art.4º) CONFECCIONASE un Registro de Titulares donde se deberá consignar las disposiciones de los Decretos correspondientes y otros de interés, a cargo de la Sección Cementerio. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 754/13 ALMAFUERTE, 18 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

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DECRETO MUNICIPAL Nº 755/13 VISTO: La solicitud por parte del Sr. Leonardo Pollastri, DNI Nº 10.981.460, en su carácter de organizador del evento ―Palabras de Paz Global‖ (WO.P.G), de un aporte económico para aplicar al gasto del alquiler del Cine Ideal Cooperativo, el día 19 de diciembre de 2013, para llevar a cabo este acontecimiento; Y CONSIDERANDO: Que ―Palabras de Paz Global‖ (WO.P.G) es una fundación internacional sin fines de lucro y un movimiento apoyado en los esfuerzos comunitarios, basada en la convicción de que la paz en nuestras vidas y en el mundo es una necesidad fundamental; Que este Departamento Ejecutivo, en medida de sus posibilidades, apoya y acompaña en el desempeño y funciones de las distintas organizaciones e instituciones locales; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE un aporte económico al Sr. Leonardo Pollastri, DNI Nº 10.981.460, por $ 750 (pesos setecientos cincuenta) para aplicar al alquiler del Cine Ideal Cooperativo donde se llevará a cabo el evento ―Palabras de Paz Global (WO.P.G), el día 19 de diciembre de 2013 a los fines y por los motivos expresados en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.02.01.04 Subsidios, Gastos y Ayudas del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 755/13 ALMAFUERTE, 18 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 756/13 VISTO: La solicitud por parte del Coordinador de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social, Lic. Jorge A.B. Wolyniec, mediante nota de fecha 18 de noviembre de 2013, la cual expresa la necesidad de otorgarle un subsidio a la Sra. María Susana Freytes, DNI Nº 14.220.874, para destinarlo a compra de máquina de coser, para salida laboral; Y CONSIDERANDO: Que este pedido se fundamenta en que esta persona tiene importantes problemas de salud, que le impiden salir a trabajar; Que la Sra. Freytes, no posee los recursos económicos suficientes para afrontar este gasto; Que esta situación fue verificada por la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social; Que se adjuntaron presupuestos con el fin de obtener datos específicos sobre el costo y la descripción técnica de esta máquina de coser; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE una ayuda económica a la Sra. María Susana Freytes, DNI Nº 14.220.874, por $ 3.899 (pesos tres mil ochocientos noventa y nueve) a los fines y por los motivos expresados en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.02.01.04 Subsidios, Gastos y Ayudas del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) DESIGNASE al Coordinador de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social, Lic. Jorge A.B. Wolyniec, como encargado de fiscalizar y hacer cumplir el correcto destino del subsidio entregado a la Sra. Freytes. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 756/13 ALMAFUERTE, 19 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 757/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para realizar las siguientes tareas: Responsable del Área de Bromatología, Asesoramiento y Supervisión de los controles Bromatológicos, con un total de 12 hs semanales; Y CONSIDERANDO: Que la Srta. Liendo, Andrea Alejandra, DNI Nº 28.394.568; aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 2.000 (pesos dos mil) mensuales en concepto de honorarios profesionales y previa presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría, estando a su cargo el seguro de vida, ART, aportes, impuestos, etc; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza;

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Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y la confidencialidad de la información a su cargo; Que la Dirección del Cuerpo de Inspectoría Municipal (CIM) proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por el profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección del Cuerpo de Inspectoría Municipal (CIM); Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal N° 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza N° 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Sra. Liendo, Andrea Alejandra, DNI Nº 28.394.568, para que realice las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE a la Sra. Liendo, Andrea Alejandra, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 2.000 (pesos dos mil) mensuales, previa presentación de la factura correspondiente. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) EL Cuerpo de Inspectoría Municipal proveerá a la Profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal N° 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 757/13 ALMAFUERTE, 19 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 758/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: tareas de colocación de adoquines en Obra Parque Ferrocarril Almafuerte, entre los días 13 y 22 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Nicolás Gómez, D.N.I. Nº 36.776.352, con domicilio en calle Córdoba Nº 774, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 6.240 (pesos seis mil doscientos cuarenta), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 13 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Nicolás Gómez, DNI Nº 36.776.352, con domicilio en calle Córdoba Nº 774, firmado el 13 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 6.240 (pesos seis mil doscientos cuarenta) por este servicio y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 2.1.08.02.01.01.04 Obra Ferrocarril del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 758/13 ALMAFUERTE, 19 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

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DECRETO MUNICIPAL Nº 759/13 VISTO: El ―Contrato de Locación‖, de fecha 19 de mayo de 2012, entre la Municipalidad de Almafuerte y el Sr. Daniel Eduardo Conte, DNI Nº 12.997.846, aprobada por Decreto Municipal Nº 263/12; Y CONSIDERANDO: Que en esta Locación se aprobó y dispuso los puntos y aspectos para el alquiler del inmueble mencionado en el mismo; Que la cláusula Cuarta-Actualización Valor Locativo, establece que (…) ―las partes procederán a replantear el canon locativo con una antelación no menor a los treinta (30) días al vencimiento de este plazo de trescientos sesenta (360) días, considerando dicho valor de renegociación con respecto al mercado de alquileres de la Ciudad de Almafuerte, Prov. de Córdoba, en afectación a la misma proporción que surge del valor inicial, quedando fijo como precio de alquiler para el año siguiente.”; Que por Decreto Municipal Nº 283/13, se estableció un canon actualizado a ese Contrato de Locación; y Que de acuerdo a lo convenido entre las partes, este canon se incrementará en un 25 %, el cual modifica el importe dispuesto en la cláusula Tercera-Precio; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ESTABLEZCASE a partir del 01 de noviembre de 2013 la suma de $ 4.687,50 (pesos cuatro mil seiscientos ochenta y siete con 50/100) como canon determinado y actualizado en el Contrato de Locación entre la Municipalidad de Almafuerte y el Sr. Daniel Eduardo Conte, DNI Nº 12.997.846, aprobado por Decreto Municipal Nº 263/12 y como complemento de lo otorgado a través del Decreto Municipal Nº 283/13. Art.2º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 759/13 ALMAFUERTE, 19 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 760/13 VISTO: La elaboración de un Proyecto de Ordenanza de Autoría de este Departamento Ejecutivo Municipal, que aprueba el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos para el ejercicio año 2014, que en ambos casos se fija en la suma de $ 56.750.000 (pesos cincuenta y seis millones setecientos cincuenta mil); que se compone de 07 (siete) artículos en un folio, precedidos por la nota elevación, el visto y los considerandos con su respectiva argumentación que incluye ingresos, egresos y plan de obras previstas para el año 2014; conforme el detalle que figuran en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza y que para los ingresos consta de dos folios, mientras que para los egresos cinco folios, en tanto que un folio pertenece a los ingresos consolidados y un folio a los egresos consolidados, figurando en dos folios el personal de planta permanente que asciende a un total de 61 agentes con categoría y función individual; Y CONSIDERANDO: Que para ejecutar las medidas dispuestas es menester elevar al Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza cuyo asunto se describe, con el objeto de obtener su sanción como Ordenanza conforme el Art. 71º) de la Carta Orgánica Municipal; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ELEVASE al Concejo Deliberante para su tratamiento el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio año 2014, que en ambos casos se fija en la suma de $ 56.750.000 (pesos cincuenta y seis millones setecientos cincuenta mil); que se compone de 07 artículos en un folio, precedidos por la nota elevación, el visto y los considerandos con su respectiva argumentación que incluye ingresos, egresos y plan de obras previstas para el año 2014; conforme el detalle que figuran en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza y que para los ingresos consta de dos folios, mientras que para los egresos cinco folios, en tanto que un folio pertenece a los ingresos consolidados y un folio a los egresos consolidados, figurando en dos folios el personal de planta permanente que asciende a un total de 61 agentes con categoría y función individual. Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 760/13 ALMAFUERTE, 19 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 761/13 VISTO: La elaboración del Proyecto de Ordenanza Tarifaria para el Ejercicio año 2014, de autoría de este Departamento Ejecutivo; Y CONSIDERANDO: Que para ejecutar las medidas dispuestas es menester elevar al Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza cuyo asunto se describe, con el objeto de obtener su sanción como Ordenanza conforme el Art. 71º) de la Carta Orgánica Municipal;

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Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ELEVASE al Concejo Deliberante para su tratamiento el Proyecto de Ordenanza Tarifaria año 2014 de autoría de este Departamento Ejecutivo, que consta de 86 Artículos y dos archivos Anexos (gráfico-tabla). Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 761/13 ALMAFUERTE, 19 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 762/13 VISTO: El Decreto Municipal Nº 663/12, de fecha 03 de diciembre de 2012; Y CONSIDERANDO: Que en el mismo se establece la liquidación de Honorarios Profesionales a la Abogada Dra. Claudia Azategui, MP 10-002; Que estos estipendios se basaron en concepto por la gestión de cobro a su cargo de deudas municipales atrasadas, según informe provisto por la Oficina de Cobranzas; y Que es necesario complementar la anterior resolución, a fines de abonar la suma establecida en el Art. 1º) del Decreto en referencia; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) COMPLEMENTASE a través del presente la liquidación de Honorarios Profesionales a la Dra. Claudia Azategui, MP 10-002, por la suma de $ 10.000 (pesos diez mil), por la gestión de cobro a su cargo de deudas municipales atrasadas, cuota Nº 2, según estado de demandas a julio 2012. Art.2º) CUMPLASE por Contaduría. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 762/13 ALMAFUERTE, 20 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A.Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 763/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para cumplir trabajos de Encargado del taller de Huerta del Taller Esperanza Municipal; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Guillermo Schuster, DNI Nº 30.330.672 aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 1.283 (pesos mil doscientos ochenta y tres) mensuales en concepto de honorarios profesionales contra presentación de la factura conformada en la Sección Contaduría; Que el profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que el profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y la confidencialidad de la información a su cargo; Que el Área de Desarrollo Humano y Acción Social proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por el profesional y evaluará sus resultados; Que el Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través del Área de Desarrollo Humano y Acción Social; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal N° 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza N° 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios del Sr. Guillermo Schuster, DNI Nº 30.330.672, para que realice las tareas de Encargado de taller de Huerta en el Taller Esperanza Municipal. Art.2º) ABONASE al Sr. Guillermo Schuster, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 1.283 (pesos mil doscientos ochenta y tres) mensuales, contra presentación de la factura conformada en la Sección Contaduría. Art.3º) EL Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo.

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Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) EL Área de Desarrollo Humano y Acción Social proveerá al Profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) EL Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal N° 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 763/13 ALMAFUERTE, 20 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 764/13 VISTO: La necesidad de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: tendido de red de agua para el predio destinado a la Fiesta de las Colectividades 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Claudio Carrizo, D.N.I. Nº 22.062.370, con domicilio en José Manuel Estrada Nº 571, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 1.200 (pesos mil doscientos), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 15 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Turismo, Cultura y Deportes, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Claudio Carrizo, DNI Nº 22.062.370, con domicilio en José Manuel Estrada Nº 571, firmado el 15 de noviembre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 1.200 (pesos mil doscientos), por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.3.05.02.06 Eventos, Organización y Auspicio del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 764/13 ALMAFUERTE, 20 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 765/13 VISTO: La aprobación de la Ordenanza Municipal Nº 1399/13 que se compone de 6 (seis) artículos y un Anexo que contiene a su vez el Pliego de Bases y Condiciones del asunto ―Llamado a Licitación Pública para la Concesión de la Explotación Comercial y Mantenimiento del Balneario Municipal sobre el Río Ctalamochita, en la Ciudad de Almafuerte, Provincia de Córdoba‖; Y CONSIDERANDO: Que corresponde su promulgación por el Departamento Ejecutivo, conforme lo prevé el inciso 2 del Art. 87º) de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza citada; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROMULGASE y cúmplase lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 1399/13, aprobada con fecha 14 de noviembre de 2013, que dispone el Llamado a Licitación Pública Nº 01/13 para la Concesión de la Explotación Comercial y Mantenimiento del Balneario Municipal sobre el Río Ctalamochita, en la Ciudad de Almafuerte, Provincia de Córdoba, por el término de 4 (cuatro) meses de plazo, en un todo de acuerdo a los 6 (seis) artículos y el Anexo Nº 1 que la conforma, y la reglamentación contenida en el presente Decreto. Art.2º) LA apertura de sobres de la presente Licitación se llevará a cabo el 17 de Diciembre de 2013, a las 13:00 horas en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Almafuerte ubicada en la Planta Alta del Edificio Municipal, sito en calle Tucumán Nº 777, de la Ciudad de Almafuerte, Provincia de Córdoba. Art.3º) EL presente Pliego estará a la venta de acuerdo a lo previsto por el Artículo anterior a partir del 03 de diciembre y hasta el 13 de Diciembre de 2013 inclusive, en el horario de la Administración Municipal de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 horas. Las consultas sobre el particular deberán realizarse en los mismos días, horarios y lugar y a los teléfonos 03571-471110/470202, Asesoría Letrada.

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Art.4º) PUBLICASE el presente llamado a Licitación conforme el Artículo 3 de la Ordenanza Nº1399/13, los que deberán estar realizados el día 07 de Diciembre de 2013, con excepción de los medios alternativos que seguirán utilizando hasta el 09 de Diciembre de 2013. Art.5º) FORMA parte integrante del presente llamado a Licitación Pública Nº 01/13, a todos sus efectos, la documentación que a continuación se detalla y que deberá presentar el interesado en la oferta, conjuntamente a los demás requisitos y condiciones: 1) Ordenanza Municipal Nº 1399/13 y su Anexo2) El presente Decreto Municipal. Art.6º) LA publicidad gráfica que se llevará a cabo por los medios previstos será la siguiente: ―La Municipalidad de la Ciudad de Almafuerte, Provincia de Córdoba, llama a Licitación Pública Nº 01/13, para la Concesión de la Explotación Comercial y Mantenimiento del Balneario Municipal sobre el Río Ctalamochita, en la Ciudad de Almafuerte, Provincia de Córdoba, por el término de 4 (cuatro) meses de acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 1399/13. Fecha de Apertura de Sobres 17 de Diciembre de 2013, hora 13:00, lugar Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Edificio Municipal, Tucumán Nº 777, Almafuerte, Provincia de Córdoba. Valor del Pliego $ 500.- Ventas y Consultas desde el 03 de diciembre hasta el 13 de Diciembre de 2013, De lunes a viernes en horario de 07:00 a 13:00 Hs. en el Edificio Municipal, Teléfonos: 03571-471110/470202.” Art.7º) DESIGNASE conjuntamente al Sr. Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez y a la Encargada de la Dirección de Turismo Valeria Pettiti para que procedan a realizar la Apertura de Sobres de la presente Licitación y labren el Acta donde consten las propuestas presentadas para el proceso correspondiente. Art.8º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.04.01 Publicaciones y Propagandas Varias del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.9º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 765/13 ALMAFUERTE, 20 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez ACTA DE APERTURA DE SOBRES En Almafuerte, Provincia de Córdoba, a los 17 días del mes de diciembre del año dos mil trece, siendo las 13:00 hs, se reúnen en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante y/o Salón de Actos, ubicada en la Planta Alta del Edificio Municipal, sito en calle Tucumán Nº 777, de la Ciudad de Almafuerte, el Secretario de Gobierno Sr. Gerardo Andrés Vélez y la Encargada de la Dirección de Turismo Sra. Valeria Pettiti, para dar cumplimiento a la Apertura de Sobres de la Licitación Pública Nº 01/13, de conformidad a lo dispuesto por Decreto Nº 765/13, cuyo objeto es la Concesión de la Explotación Comercial y Mantenimiento del Balneario Municipal sobre el Río Ctalamochita, en la Ciudad de Almafuerte, Provincia de Córdoba. Abierto el Acto, en presencia de los Funcionarios Municipales mencionados se procede a transcribir la/s propuesta/s presentada por el Sr. Raúl Montanaro, DNI Nº 10.659.462, con domicilio en Av. Gral. Paz Nº 455 de la ciudad de Almafuerte, cuya denominación del Proyecto lleva el nombre de ―Proyecto para Explotación Comercial de Proveeduría-Camping y Quincho. Balneario Municipal Río Ctalamochita Almafuerte; la Srta. Sofía Phileas, DNI Nº 32.276.787, con domicilio en Barros Pazos Nº 55 de la Ciudad de Almafuerte, cuya denominación del Proyecto lleva el nombre de ―Proyecto Verano Pileta del Balneario Municipal Almafuerte‖ y de la Sra. Mariana Reyna, DNI Nº 31.677.427, con domicilio en Av. Vélez Sarsfield Nº 49 de la Ciudad de Almafuerte, cuya denominación del Proyecto lleva el nombre de ―Pileta de Natación del Balneario Municipal. Temporada 2013-2014‖ Cumplido el procedimiento descripto y previsto, se eleva al Área Legal y Técnica la documentación leída en alta voz, conjuntamente a esta Acta, para su posterior análisis y proceso correspondiente, a sus efectos, firmando los Funcionarios actuantes ut-supra mencionados para constancia de la misma. Asimismo firman los presentes que lo deseen y se entregan copias de esta a quien lo solicita. Siendo las 13:30 hs, se da por concluido el presente Acto Público. Conste.------------------Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez Dirección de Turismo Valeria Pettiti DECRETO MUNICIPAL Nº 766/13 VISTO: La necesidad de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: fletes varios traslado de mesas, tablones con caballetes y sillas destinados a la Fiesta de las Colectividades 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Walter Mélica, DNI Nº 17.259.317, con domicilio en Italia Nº 220, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 1.600 (pesos mil seiscientos), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 15 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Turismo, Cultura y Deportes, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA:

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Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Walter Mélica, DNI Nº 17.259.317, con domicilio en Italia Nº 220, firmado el 15 de noviembre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 1.600 (pesos mil seiscientos), por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.3.05.02.06 Eventos, Organización y Auspicio del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 766/13 ALMAFUERTE, 20 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 767/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: mantenimiento, realizando dos desmalezados y cortes de pasto en margen de calle Tierra del Fuego por 2450 mts2 y Plaza ―Mis Sueños‖ de Barrio El Salto, entre los días 11 de noviembre y 11 de diciembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Reinaldo Félix Suárez, DNI Nº 20.523.998, con domicilio en calle Cabo de Hornos Nº 549, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 4.400 (pesos cuatro mil cuatrocientos), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 11 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Reinaldo Félix Suárez, DNI Nº 20.523.998, con domicilio en calle Cabo de Hornos Nº 549, firmado el 11 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 4.400 (pesos cuatro mil cuatrocientos) por este servicio y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 1.1.03.16.09 Servicio de Mantenimiento de Espacios Verdes del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 767/13 ALMAFUERTE, 20 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 768/13 VISTO: La solicitud por parte de los Responsables de la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Almafuerte, de una ayuda económica con la finalidad de reintegrar monto abonado por factura B Nº 0001-00000065, de fecha 27 de septiembre de 2013 a la Empresa Nauticar-Hipernáutica, por la compra de dos asientos con respaldo universal y una bolsa estanca que utiliza el grupo de buceo y rescate acuático de esa Institución; Y CONSIDERANDO: Que esta Dependencia no cuenta con recursos suficientes para satisfacer esta necesidad; Que con esta ayuda económica, se le brinda a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Almafuerte la posibilidad de reintegrar la suma abonada por esta compra; Que este Departamento Ejecutivo colabora, en manera de sus posibilidades, con todas las entidades e instituciones de esta Ciudad; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE una ayuda económica a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Almafuerte, por la cantidad de $ 655 (pesos seiscientos cincuenta y cinco) a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.02.01.04 Subsidios, Gastos y Ayudas del Presupuesto de gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Oficina de Contaduría.

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Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 768/13 ALMAFUERTE, 20 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 769/13 VISTO: La comunicación por parte de la Oficina de Personal, para que Celia Hilaria Ramírez, DNI N° 21.646.198, acceda a una Beca de Capacitación Laboral en el marco de la Ordenanza Municipal Nº 1024/05; Y CONSIDERANDO: Que el Art.12º) del Anexo Único de la referida Ordenanza establece que por Decreto se incorporan los beneficiarios a este programa, y se determina el área de las partidas y la modalidad de la beca; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE una Beca de Capacitación Laboral a Celia Hilaria Ramírez, DNI Nº 21.646.198, quien desarrollará tareas de auxiliar de enfermería en la Residencia de la Tercera Edad ―Emma y María Coraglia‖, a partir del 01 de noviembre de 2013, hasta el 30 de diciembre de 2013, por la suma de $ 2.605,50 (pesos dos mil seiscientos cinco con 50/100) mensuales, bajo el concepto de Beca + 50%, Cat. B2. Art.2º) CUMPLASE por la Sección Contaduría y el Área de Personal. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 769/13 ALMAFUERTE, 20 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 770/13 VISTO: La necesidad de alquilar la provisión de diferentes insumos para ser utilizados en diferentes Áreas y eventos, organizados por este Municipio; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Andrea Trucco, DNI Nº 17.608.165, con domicilio en Av. Vélez Sarsfield Nº 492, dispone de estos diferentes utensilios; Que la Sra. Trucco cotizó un precio total de $ 655 (pesos seiscientos cincuenta y cinco) por el servicio prestado durante la Fiesta de las Colectividades, el pasado 16 y 17 de noviembre de 2013; Que la Municipalidad de Almafuerte no dispone actualmente con los insumos requeridos para satisfacer las diferentes necesidades, en el caso que se presenten; Que la situación descripta es conveniente a los fines e intereses municipales; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ABONASE a la Sra. Andrea Trucco, DNI Nº 17.608.165, la cantidad de $ 655 (pesos seiscientos cincuenta y cinco), a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.06 Alquileres Varios del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por Contaduría Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 770/13 ALMAFUERTE, 20 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 771/13 VISTO: Que se ha dispuesto la Contratación de Personal en los términos contemplados por el Estatuto del Personal de la Municipalidad de la Ciudad de Almafuerte, Ordenanza Nº 1236/09, Art. 5 ―b‖, para la prestación de servicios en distintas dependencias de la Municipalidad; Y CONSIDERANDO: Que las Contrataciones se realizan en el marco de las facultades legales atribuidas por la Carta Orgánica Municipal de la Municipalidad de la Ciudad de Almafuerte; y Que existen las partidas presupuestarias para atender las erogaciones que demande el cumplimiento del presente Decreto; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar los servicios personales de Deolinda Elizabeth Guevara; DNI Nº 25.308.767, para realizar tareas de Encargada de la Residencia de la Tercera Edad ―Emma y María Coraglia‖ y Hogar de Día Nº 25, percibiendo una remuneración mensual equivalente a la Cat.01, comenzando a regir su Contrato el día 02 de diciembre de 2013 y hasta el día 31 de marzo de 2014.

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Art.2º) CUMPLASE por las Áreas de Contaduría y Personal. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 771/13 ALMAFUERTE, 21 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 772/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar la locación de servicios de un particular propietario de un camión para realizar los siguientes trabajos: alquiler de su vehículo particular Dodge 500, dominio XBJ781, asegurado en la Compañía de Seguros ―Orbis‖, para tareas a realizar en el Corralón Municipal, entre los días 22 de octubre y 22 de noviembre de 2013 en turno mañana; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Claudio Gerardo Caballero, D.N.I. Nº 20.373.103, con domicilio en calle Barros Pazos N° 267, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 4.500 (pesos cuatro mil quinientos), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 22 de octubre de 2013; Que están a su cargo los gastos de repuestos, reparaciones y seguro e impuestos de la misma, como así también el pago de salarios, seguros, aportes provisionales y demás cargas de ley, liberando a la Municipalidad de toda responsabilidad laboral o por accidentes a su personal, bienes propios o de terceros; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Claudio Gerardo Caballero, DNI Nº 20.373.103, con domicilio en calle Barros Pazos Nº 267, firmado el 22 de septiembre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 4.500 (pesos cuatro mil quinientos) por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.12 Servicios Públicos Ejecutados por Terceros del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 772/13 ALMAFUERTE, 21 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 773/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: desmalezado y corte de pasto en Escuela Arturo Capdevila y Jardín de Infantes de Barrio El Salto, entre los días 18 y 22 de noviembre 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Sergio David González, DNI Nº 12.923.627, con domicilio en calle Abraham Molina Nº 149, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 600 (pesos seiscientos), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 18 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Sergio David González, DNI Nº 12.923.627, con domicilio en calle Abraham Molina Nº 149, firmado el 18 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 600 (pesos seiscientos) por este servicio y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 1.1.03.16.09 Servicio de Mantenimiento de Espacios Verdes del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12.

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Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 773/13 ALMAFUERTE, 21 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 774/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: reparar motor, sacar tapa de cilindro, 4 pistones, gruñir camisas, colocar pistones con aros y cojinetes, colocar tapa de cilindro y regular válvulas de vehículo municipal tractor Fiat 700; sacar pérdidas de aire, pérdidas de gasoil y cambiar mangueras de vehículo municipal Dodge 800; reparar palanca de caja de cambio de vehículo municipal Jeep IKA, entre los días 15 y 20 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Juan Carlos Romero, D.N.I. Nº 18.785.992, con domicilio en calle Sargento Cabral N° 65, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 4.000 (pesos cuatro mil), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 15 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Juan Carlos Romero, DNI Nº 18.785.992, con domicilio en calle Sargento Cabral Nº 65, firmado el 15 de noviembre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 4.000 (pesos cuatro mil) por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.11 Conservaciones y Reparaciones del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 774/13 ALMAFUERTE, 22 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 775/13 VISTO: La elaboración de un Proyecto de Ordenanza de Autoría de este Departamento Ejecutivo Municipal, que aprueba el loteo ―Barrancas del Río‖, propiedad del Sr. Marcelo Alberto Mallo, DNI Nº 16.070.772; Y CONSIDERANDO: Que para ejecutar las medidas dispuestas es menester elevar al Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza cuyo asunto se describe, con el objeto de obtener su sanción como Ordenanza conforme el Art. 71º) de la Carta Orgánica Municipal; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ELEVASE al Concejo Deliberante para su tratamiento el Proyecto de Ordenanza adjunto, que en 12 (doce) artículos aprueba el loteo ―Barrancas del Río‖, propiedad del Sr. Marcelo Alberto Mallo, DNI Nº 16.070.772. Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 775/13 ALMAFUERTE, 22 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 776/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para que desarrolle las tareas de Profesora de Educación Física en la Residencia ―Emma y María Coraglia‖ y Guardería Municipal; Y CONSIDERANDO: Que la Srta. Sofía Phileas, DNI Nº 32.276.787, aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 800 (pesos ochocientos), mensuales, en concepto de honorarios profesionales; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza;

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Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y a la confidencialidad de la información a su cargo; Que la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por la profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal Nº 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza Nº 1356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar los Servicios de Sofía Phileas, DNINº 32.276.787, para que realice las tareas de Profesora de Educación Física en la Residencia ―Emma y María Coraglia‖ y Guardería Municipal. Art.2º) ABONASE a la Srta. Sofía Phileas, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 800 (pesos ochocientos) mensuales. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) La Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social proveerá a la profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por si misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 776/13 ALMAFUERTE, 22 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 777/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un profesional para realizar las siguientes tareas: atención en consultorio de clínica médica, eventual atención de niños y embarazadas de bajo riesgo, apoyo de actividad de atención comunitaria, en el Hospital Municipal Dr. Salvador Scavuzzo, por un total de 15 (quince) horas semanales; Y CONSIDERANDO: Que la Dra. Gisela Gladys Bernardi, DNI Nº 30.474.809; aceptó realizar las tareas descriptas en el visto del presente Decreto, percibiendo una retribución de $ 3.780 (pesos tres mil setecientos ochenta) mensuales en concepto de honorarios profesionales y previa presentación de la factura debidamente conformada en la Sección Contaduría; Que la profesional no percibirá viáticos y movilidad, o gastos por traslado o por cualquier naturaleza; Que cualquiera de las partes puede renunciar a continuar con la locación de servicios, sin justa causa, pre-avisando fehacientemente a la otra como mínimo con 30 días de anticipación; Que la profesional se compromete a mantener vigente su matrícula en el desempeño de las funciones descriptas y la confidencialidad de la información a su cargo; Que el Área de Salud proveerá los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar por el profesional y evaluará sus resultados; Que la Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte; Que se obliga a informar por escrito sobre su actividad y resultados, cuantas veces lo requiera el Departamento Ejecutivo, a través del Área de Salud; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a llevar a cabo esta Locación de Servicios en forma directa, conforme la Ordenanza Municipal N° 1314/11, y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar la erogación que demande la presente Locación de Servicios de acuerdo a la Ordenanza N° 1.356/12; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar la Locación de Servicios de la Dra. Gisela Gladys Bernardi, DNI Nº 30.474.809, para que realice las tareas descriptas en el visto del presente Decreto.

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Art.2º) ABONASE a la Dra. Gisela Gladys Bernardi, en concepto de honorarios profesionales la cantidad de $ 3.780 (pesos tres mil setecientos ochenta) mensuales, previa presentación de la factura correspondiente. Art.3º) LA Profesional no percibirá viáticos movilidad o gastos por traslado o de cualquier naturaleza, comprometiéndose a mantener vigente la matrícula y a la confidencialidad de la información a su cargo. Art.4º) LA presente Locación de Servicios tiene vigencia a partir de la fecha 01 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. Art.5º) EL Área de Salud proveerá a la Profesional de los medios físicos para el cumplimiento de la tarea a desarrollar, la que además podrá requerir por sí misma a pedido del Departamento Ejecutivo cuantas veces lo considere pertinente información por escrito sobre su actividad. Art.6º) LA Profesional no guarda relación de dependencia con la Municipalidad de Almafuerte. Art.7º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09 Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal N° 1356/12. Art.8º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 777/13 ALMAFUERTE, 26 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Geardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 778/13 VISTO: La necesidad de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: actuación del Grupo ―Mama Reggae‖ en el Lago Piedras Moras, el día 21 de septiembre de 2013, por los festejos del Día del Estudiante y el comienzo de la primavera; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Ariel Pratto, DNI Nº 31.267.644, en representación del Grupo ―Mama Reggae‖, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 1.500 (pesos mil quinientos), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 20 de septiembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Turismo, Cultura y Deportes, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Ariel Pratto, DNI Nº 31.267.644, en representación del Grupo ―Mama Reggae‖, firmado el 20 de septiembre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 1.500 (pesos mil quinientos), por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.3.05.02.06 Eventos, Organización y Auspicio del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 778/13 ALMAFUERTE, 26 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 779/13 VISTO: La necesidad producida de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: desmalezado de canales camino al Lago Piedras Moras, ambos márgenes; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Ítalo Magnini, D.N.I. Nº 6.597.626, con domicilio en calle Mendoza N° 150, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 6.500 (pesos seis mil quinientos), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 27 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA:

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Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Ítalo Magnini, DNI Nº 6.597.626, con domicilio en calle Mendoza Nº 150, firmado el 27 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 6.500 (pesos seis mil quinientos) por este servicio y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.12 Servicios Públicos ejecutados por terceros del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 779/13 ALMAFUERTE, 27 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 780/13 VISTO: La necesidad producida de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: desmalezado camino alternativo de Barrio Pinares; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Ángel Aníbal Cavegnio, DNI. Nº 12.316.028, con domicilio en calle Chubut N° 488, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 4.450 (pesos cuatro mil cuatrocientos cincuenta), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 27 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Ángel Aníbal Cavegnio, DNI Nº 12.316.028, con domicilio en calle Chubut Nº 488, firmado el 27 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 4.450 (pesos cuatro mil cuatrocientos cincuenta) por este servicio y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.12 Servicios Públicos ejecutados por terceros del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 780/13 ALMAFUERTE, 27 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 781/13 VISTO: La necesidad producida de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: desmalezado camino Cementerio; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Enrique Cingolani, DNI. Nº 20.020.183, con domicilio en Av. Alem N° 1267, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 4.500 (pesos cuatro mil quinientos), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 27 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Enrique Cingolani, DNI Nº 20.020.183, con domicilio en Av. Alem Nº 1267, firmado el 27 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 4.500 (pesos cuatro mil quinientos) por este servicio y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.12 Servicios Públicos ejecutados por terceros del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 781/13 ALMAFUERTE, 27 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

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DECRETO MUNICIPAL Nº 782/13 VISTO: La comunicación del Concejo Deliberante receptada con fecha 27 de noviembre de 2013, mediante la que se informa y acompaña copias de los asuntos tratados y resueltos en la 33º Sesión Ordinaria, de fecha 14 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que se sancionó la Ordenanza Municipal Nº 1.401/13, que aprueba el Convenio Complementario al Contrato de Concesión del Servicio de Provisión y Distribución de Agua Potable en la Ciudad de Almafuerte, Ordenanza Nº 981/05, firmado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la Cooperativa de Servicios Públicos Almafuerte Limitada y autoriza al Consejo de Administración de la misma, a aplicar cuadro tarifario base para cada usuario afectado al servicio de agua potable en la Ciudad de Almafuerte; Que corresponde su promulgación por el Departamento Ejecutivo, conforme lo prevé el inciso 2 del Art. 87º) de la Carta Orgánica Municipal; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROMULGUESE y CUMPLASE lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 1.401/13, sancionada por el Concejo Deliberante, con fecha 14 de noviembre de 2013, de acuerdo a los considerandos del presente Decreto. Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 782/13 ALMAFUERTE, 27 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 783/13 VISTO: La necesidad de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: perforación para desagote cloacal, en la vivienda de Nélida Blanca Bassi, entre el 22 y 26 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Marcos Jaime, D.N.I. Nº 26.193.165, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 1.800 (pesos mil ochocientos), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 22 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Marcos Jaime, DNI Nº 26.193.165, firmado el 22 de noviembre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 1.800 (pesos mil ochocientos) por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 2.1.08.01.02.12 Obras Eventuales e Imprevistas del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 783/13 ALMAFUERTE, 27 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 784/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: desmalezado y corte de pasto en Centro Vecinal de Barrio El Salto, entre el 15 y 16 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Eduardo del Valle Sosa, DNI Nº 17.716.030, con domicilio en calle Abraham Molina Nº 109, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 400 (pesos cuatrocientos), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 15 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación;

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Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Eduardo del Valle Sosa, DNI Nº 17.716.030, con domicilio en calle Abraham Molina Nº 109, firmado el 15 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 400 (pesos cuatrocientos) por este servicio y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 1.1.03.16.08 Servicios Otros del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 784/13 ALMAFUERTE, 27 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 785/13 VISTO: La Comunicación por parte de la Oficina de Personal, mediante la cual solicita la interrupción de la Beca de Capacitación Laboral, a partir del 01 de diciembre de 2013, de Norma Beatriz Sánchez, DNI Nº 23.617.266, otorgada por Decreto Nº 360/13; Y CONSIDERANDO: Que corresponde instrumentar la baja de esta persona del Registro Municipal de Becarios, donde figura; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a interrumpir por renuncia, la Beca de Capacitación Laboral para la que se la incluyó en el Decreto Nº 360/13, y a dar de baja del Registro Municipal de Becarios donde figura, a partir del 01 de diciembre de 2013, a Norma Beatriz Sánchez, DNI Nº 23.617.266. Art.2º) CUMPLASE por las Áreas de Contaduría y Personal. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 785/13 ALMAFUERTE, 28 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 786/13 VISTO: El Decreto Municipal Nº 122/13, de fecha 28 de febrero de 2013, en el cual se aplican en base a la Ordenanza Nº 1344/12, porcentajes por adicionales e incrementos de categorías, que se ajusten a cada Agente Municipal en relación de las tareas que desempeñan; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Juan Carlos Rodríguez, DNI Nº 11.760.339, reúne las condiciones de capacidad y conocimiento en sus funciones, siendo hoy chofer del camión de recolección de residuos domiciliarios, a través de la Dirección del G.I.R.S.U; Que este Agente posee muy buenos antecedentes durante los años de servicios prestados; Que a tal fin y por lo expuesto es procedente otorgarle un porcentaje por adicional, en su haber mensual; Que la mejora salarial será a partir del 01 de diciembre de 2013; Que con esta medida este Departamento Ejecutivo reconoce, incentiva y premia el desempeño laboral de esta Empleado; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE a partir del 01 de diciembre de 2013, un adicional por Responsabilidad Técnica correspondiente al 20% al Sr. Juan Carlos Rodríguez, DNI Nº 11.760.339. Art.2º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.3º) ENTREGASE copia de esta resolución a la Oficina de Personal para que se incorpore en el Legajo de este Agente Municipal. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 786/13 ALMAFUERTE, 28 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 787/13 VISTO: La evaluación realizada por el Departamento Ejecutivo sobre el Agente Municipal Sr. Pablo Leonardo Belisle, DNI N° 29.961.886; revistando en la categoría y tramo que figura en el Registro de Empleados Municipales y que cumple funciones en la Sección Contaduría;

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Y CONSIDERANDO: Que este empleado reúne excelentes antecedentes durante los años de servicios prestados; Que se destacó por su idoneidad y responsabilidad laboral en cada tarea que desempeñó a su cargo; Que a tal fin y por lo expuesto es procedente otorgarle a este Agente Municipal un incremento de categoría; Que la mejora salarial será a partir del 01 de diciembre de 2013; Que con esta medida este Departamento Ejecutivo reconoce, incentiva y premia el desempeño laboral del Sr. Belisle; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) DISPONGASE un incremento a la Categoría 18 del Escalafón Municipal vigente, al Agente Municipal Sr. Pablo Leonardo Belisle, DNI Nº 29.961.886, a partir del 01 de diciembre de 2013. Art.2º) ENTREGASE copias del presente Decreto a este agente y a la Sección Personal para su incorporación a su legajo correspondiente. Art.3º) PASE a la Sección Contaduría para su imputación, liquidación y demás efectos que correspondan para su cumplimiento. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 787/13 ALMAFUERTE, 28 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 788/13 VISTO: La Comunicación por parte de la Oficina de Personal, mediante la cual solicita la interrupción de la Beca de Capacitación Laboral, a partir del 30 de noviembre de 2013, de Verónica Anabel Becerra, DNI Nº 20.025.693, otorgada por Decreto Nº 25/13; Y CONSIDERANDO: Que corresponde instrumentar la baja de esta persona del Registro Municipal de Becarios, donde figura; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a interrumpir la Beca de Capacitación Laboral para la que se la incluyó en el Decreto Nº 25/13, y a dar de baja del Registro Municipal de Becarios donde figura, a partir del 30 de noviembre de 2013, a Verónica Anabel Becerra, DNI Nº 20.025.693. Art.2º) CUMPLASE por las Áreas de Contaduría y Personal. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 788/13 ALMAFUERTE, 28 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 789/13 VISTO: Que se ha dispuesto la Contratación de Personal en los términos contemplados por el Estatuto del Personal de la Municipalidad de la Ciudad de Almafuerte, Ordenanza Nº 1236/09, Art. 5 ―b‖, para la prestación de servicios en distintas dependencias de la Municipalidad; Y CONSIDERANDO: Que las Contrataciones se realizan en el marco de las facultades legales atribuidas por la Carta Orgánica Municipal de la Municipalidad de la Ciudad de Almafuerte; y Que existen las partidas presupuestarias para atender las erogaciones que demande el cumplimiento del presente Decreto; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar los servicios personales de Verónica Anabel Becerra; DNI Nº 28.025.693, para realizar tareas en el Área de Prensa y Comunicación, percibiendo una remuneración mensual equivalente a la Cat.01, comenzando a regir su Contrato el día 01 de diciembre de 2013 y hasta el día 31 de marzo de 2014. Art.2º) CUMPLASE por las Áreas de Contaduría y Personal. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 789/13 ALMAFUERTE, 28 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

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DECRETO MUNICIPAL Nº 790/13 VISTO: Que se ha dispuesto la Contratación de Personal en los términos contemplados por el Estatuto del Personal de la Municipalidad de la Ciudad de Almafuerte, Ordenanza Nº 1236/09, Art. 5 ―b‖, para la prestación de servicios en distintas dependencias de la Municipalidad; Y CONSIDERANDO: Que las Contrataciones se realizan en el marco de las facultades legales atribuidas por la Carta Orgánica Municipal de la Municipalidad de la Ciudad de Almafuerte; y Que existen las partidas presupuestarias para atender las erogaciones que demande el cumplimiento del presente Decreto; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a contratar los servicios personales de Guillermo Medina; DNI Nº 36.366.587, para realizar tareas de recolección de residuos a través del GIRSU, percibiendo una remuneración mensual equivalente a la Cat.01, más un adicional del 15% en concepto de Riesgo e Insalubridad, comenzando a regir su Contrato el día 01 de diciembre de 2013 y hasta el día 31 de marzo de 2014. Art.2º) CUMPLASE por las Áreas de Contaduría y Personal. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 790/13 ALMAFUERTE, 28 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 791/13 VISTO: La comunicación por parte del Secretario de Gobierno, Sr. Gerardo Vélez, para que se le abone a la Sra. Marcela Sánchez la cantidad de $ 900 (pesos novecientos); Y CONSIDERANDO: Que esta situación fue contemplada por la Oficina de Personal, en razón del programa previsto para las prácticas desarrolladas; Que el Departamento Ejecutivo encuentra justificado abonar lo solicitado; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ABONASE la cantidad de $ 900 (pesos novecientos), a la Sra. Marcela Sánchez, DNI Nº 23.253.795, a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 1.3.05.02.03.02.07 Becarios Otros del Presupuesto de gastos vigentes, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 791/13 ALMAFUERTE, 28 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 792/13 VISTO: La comunicación por parte del Secretario de Gobierno, Sr. Gerardo Vélez, para que se le abone a la Sra. Verónica Tourn la cantidad de $ 900 (pesos novecientos), por realizar trabajos extraordinarios durante jornadas no laborables; Y CONSIDERANDO: Que esta situación fue contemplada por la Oficina de Personal, en razón del programa previsto para las prácticas desarrolladas; Que el Departamento Ejecutivo encuentra justificado abonar lo solicitado; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) ABONASE la cantidad de $ 900 (pesos novecientos), a la Sra. Verónica Tourn, DNI Nº 27.054.890, a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 1.3.05.02.03.02.07 Becarios Otros del Presupuesto de gastos vigentes, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 792/13 ALMAFUERTE, 28 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 793/13 VISTO: La comunicación del Concejo Deliberante receptada con fecha 26 de noviembre de 2013, mediante la que se informa y acompaña copias de los asuntos tratados y resueltos en la 33º Sesión Ordinaria, de fecha 21 de noviembre de 2013;

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Y CONSIDERANDO: Que se sancionó la Ordenanza Municipal Nº 1.400/13, que establece el régimen tarifario que deberán abonar a la Empresa prestataria del Servicio de Recolección de Líquidos Cloacales y Planta de Tratamiento de Efluentes, para los frentistas titulares de inmuebles dentro del Loteo Tierras del Fundador; y Que corresponde su promulgación por el Departamento Ejecutivo, conforme lo prevé el inciso 2 del Art. 87º) de la Carta Orgánica Municipal; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROMULGUESE y CUMPLASE lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 1.400/13, sancionada por el Concejo Deliberante, con fecha 14 de noviembre de 2013, de acuerdo a los considerandos del presente Decreto. Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 793/13 ALMAFUERTE, 29 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 794/13 VISTO: La comunicación del Concejo Deliberante receptada con fecha 26 de noviembre de 2013, mediante la que se informa y acompaña copias de los asuntos tratados y resueltos en la 33º Sesión Ordinaria, de fecha 21 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que se sancionó la Ordenanza Municipal Nº 1.402/13, que tiene por objeto regular, sin perjuicio de las normas de tránsito vigentes, las condiciones que además deberán cumplir los cuatriciclos para poder circular en la vía pública, en todo el territorio comprendido por el ejido urbano de la Ciudad de Almafuerte; y Que corresponde su promulgación por el Departamento Ejecutivo, conforme lo prevé el inciso 2 del Art. 87º) de la Carta Orgánica Municipal; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROMULGUESE y CUMPLASE lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 1.402/13, sancionada por el Concejo Deliberante, con fecha 14 de noviembre de 2013, de acuerdo a los considerandos del presente Decreto. Art.2º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 794/13 ALMAFUERTE, 29 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 795/13 VISTO: El dictado de la Ordenanza 1389/2013; ―Servicio de Transporte Público y Semipúblico de autos de alquiler con chofer de la ciudad de Almafuerte‖ por el Concejo Deliberante Local y la previsión de que la misma debe ser reglamentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, para la implementación de la misma; Y CONSIDERANDO: Que al momento de aprobación de la Ordenanza 1389/2013, el propio Concejo Deliberante ya previó que distintos aspectos regulados en la misma deberían ser reglamentados por el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM); Que la reglamentación dispuesta en la presente atañe a los aspectos administrativos que corresponden al (DEM), especialmente los relacionados a las características técnicas de las unidades involucradas en el servicio; Que por ser un servicio público debe prevalecer el interés general por sobre el particular y es responsabilidad del municipio velar por ello; Que los artículos que no sean reglamentados en el presente decreto y lo sean en el futuro, deberán ser incorporados en un solo cuerpo administrativo, a efectos de una mejor y completa interpretación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) Reglamentase la ordenanza Nº 1389/2013; ―Servicio de Transporte Público y Semipúblico de autos de alquiler con chofer de la ciudad de Almafuerte‖, con base y fundamento en los considerandos de la presente, en la forma y con los alcances que para este caso a continuación se detalla: ―Reglamentación Ordenanza 1389/2013‖: ART. 01°: El órgano competente para otorgar las habilitaciones es la Secretaria de Gobierno, a través de la división administrativa que al respecto tenga competencia para el caso específico. Crease el “Registro Municipal de Permisionarios de automóviles con chofer de Almafuerte”, donde estarán inscriptas todas las licencias otorgadas con su número de decreto correspondiente, sus titulares, transferencias y otras novedades pertinentes. Las constancias de habilitación serán entregadas por RENTAS – AREA COMERCIO, previo cumplimiento de todas las exigencias requeridas La Secretaria de Gobierno solicitará la emisión de Decreto Municipal fundamentado donde constará la habilitación correspondiente para cada una de las licencias. Se considerará inexistente la licencia que no cuente con el correspondiente decreto.

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ART. 02°: Determinase para el ―Servicio de Transporte Público y Semipúblico de autos de alquiler con chofer de la ciudad de Almafuerte‖: a) Horarios: Las Agencias y/o los responsables del servicio deberán garantizar la prestación durante las 24 hs de todos los días del año; b) paradas fijas y zonas de ascenso y descenso de pasajeros: Significan el espacio para dos vehículos de transporte con chofer, uno podrá ser ocupado por un vehículo estacionado (solo Taxis) y el otro espacio para descenso y/o ascenso de pasajeros. Serán determinadas por Decreto respectivo. ART. 03°: No requiere reglamentación. ART. 04°: No requiere reglamentación. ART. 05°: Será exigencia para otorgar la transferencia de licencias la autorización previa de la Secretaria de Gobierno Municipal, que será emitida en forma de Resolución Administrativa, la que deberá ser adjuntada al expediente de la licencia. ART. 06°: No requiere reglamentación. ART. 07°: No requiere reglamentación. ART. 08°: El límite establecido al número máximo de licencias de automóviles de alquiler con chofer, en todas sus modalidades, en la ordenanza 1389/2013 está referido a las que se otorguen a partir de la presente. El artículo 66 dispondrá la armonización futura. ART. 09°: No requiere reglamentación. ART. 10°: No requiere reglamentación. ART. 11°: No requiere reglamentación. ART. 12°: No requiere reglamentación. ART. 13°: Solo se estará en condiciones de prestar el servicio una vez cumplidos los requisitos exigidos por la Ordenanza 1389/13, no existe la calidad de licencia precaria. ART. 14°: No requiere reglamentación. ART. 15°: No requiere reglamentación. ART. 16°: La Secretaría de Gobierno proveerá a cada vehículo habilitado de las patentes extraíbles y las demás marcas identificatorias, según modelo propio del municipio. ART. 17°: No requiere reglamentación. ART. 18°: No requiere reglamentación. ART. 19°: Inciso f): La disposición de contar con reloj taxímetro está referida a las nuevas licencias generadas a partir de la Ordenanza 1389/2013. ART. 20°: No requiere reglamentación. ART. 21°: No requiere reglamentación. ART. 22°: No requiere reglamentación. ART. 23°: No requiere reglamentación. ART. 24°: No requiere reglamentación. ART. 25°: No requiere reglamentación. ART. 26°: No requiere reglamentación. ART. 27°: No requiere reglamentación. ART. 28°: No requiere reglamentación. ART. 29°: No requiere reglamentación. ART. 30°: No requiere reglamentación. ART. 31°: No requiere reglamentación. ART. 32°: No requiere reglamentación. ART. 33°: No requiere reglamentación. ART. 34°: Las paradas de Taxis serán determinadas por Decreto respectivo. ART. 35°: Determinase como Sector de Parada de la Terminal de Ómnibus Municipal, al comprendido en Avenida San Martín, frente al ingreso/egreso principal de la Terminal de Ómnibus Municipal. El mismo cuenta con una zona exclusiva para descenso de pasajeros, permitiéndose dos vehículos Taxi estacionados en la zona especialmente delimitada para ello. Las unidades de transporte público, Taxis, que presten servicio en este sector, deberán estar previamente autorizadas por el Órgano Competente y se sujetarán al Reglamento de Servicio para la Terminal de Ómnibus Municipal, que al efecto se concretara por decreto del Poder Ejecutivo Municipal. ART. 36°: No requiere reglamentación. ART. 37°: No requiere reglamentación. ART. 38°: Inciso h): La Secretaría de Gobierno, a través de sus distintas dependencias, elaborará un listado de personas con discapacidad que requieran del servicio e informará a la agencia del mismo para que sea cumplido. ART. 39°: No requiere reglamentación. ART. 40°: No requiere reglamentación. ART. 41°: No requiere reglamentación. ART. 42°: No requiere reglamentación. ART. 43°: La Secretaría de Gobierno, a través de las divisiones respectivas, convocará a inscripción de las licencias correspondientes a personas con discapacidades físicas hasta el 20% de las ya concedidas. A dicho fin realizará un censo de las licencias actuales. ART. 44°: No requiere reglamentación. ART. 45°: No requiere reglamentación. ART. 46°: No requiere reglamentación. ART. 47°: No requiere reglamentación. ART. 48°: La Secretaría de Gobierno, a través de sus distintas dependencias, elaborará un listado de personas con discapacidad que requieran del servicio e informará a la agencia del mismo para que sea cumplido. ART. 49°: No requiere reglamentación. ART. 50°: No requiere reglamentación. ART. 51°: No requiere reglamentación. ART. 52°: No requiere reglamentación. ART. 53°: No requiere reglamentación. ART. 54°: No requiere reglamentación. ART. 55°: No requiere reglamentación.

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ART. 56°: Según procedimiento establecido en el CIM. ART. 57°: No requiere reglamentación. ART. 58°: No requiere reglamentación. ART. 59°: Se considerará el primer incumplimiento falta leve, el segundo incumplimiento falta grave. El tercer incumplimiento producido en el año calendario será causal de suspensión de la licencia, dando inicio al procedimiento para determinar la veracidad o no de los hechos atribuidos al permisionario, similar al establecido en la Ordenanza 1236/09, capítulo V, sumarios. De resultar acreditados los incumplimientos podrá revocarse la licencia otorgada. ART. 60°: Hace referencia al CIM. ART. 61°: Hace referencia al Funcionario Administrativo de Faltas (FAF). ART. 62°: No requiere reglamentación. ART. 63°: No requiere reglamentación. ART. 64°: No requiere reglamentación. ART. 65°: No requiere reglamentación. ART. 66°: A los fines de armonizar el número máximo de tres (3) licencias, más una (1) especial de licencias de automóviles con chofer en todas sus modalidades, por permisionario y cónyuge, dispuesto en la ordenanza 1389/2013, con el número actual de licencias existente al momento de la promulgación y puesta en vigencia de esta Ordenanza, se actuará de la siguiente manera: A partir de la vigencia del presente Decreto, y con la creación del ―Registro Municipal de Permisionarios de Automóviles con Chofer de Almafuerte‖ se procederá a la verificación anual del mismo, notificando a quienes posean un número mayor de licencias que las permitidas que deberá ajustarse en un plazo máximo, a contar de la primera notificación, de cinco (5) años a lo establecido en la Ordenanza 1389/13. Vencido el plazo otorgado se revocarán las licencias que superen el máximo permitido. Art.2º) Comuníquese a las Oficinas de Rentas, Cuerpo de Inspectoría Municipal, a sus efectos. Art.3º) Dispóngase por Asesoría Letrada que las futuras reglamentaciones de artículos de la Ordenanza 1389/2013; ―Servicio de Transporte Público y Semipúblico de autos de alquiler con chofer de la ciudad de Almafuerte‖, sean concentradas en un solo cuerpo administrativo, que se caratulará: “Reglamentación Ordenanza 1389/2013”. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Municipal y pagina web oficial, y Archívese. DECRETO MUNICIPAL Nº 795/13 ALMAFUERTE, 29 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 796/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar las siguientes tareas en Obra Parque Ferrocarril Almafuerte: remoción de estructura de madera en el Edificio ex Radio Municipal, refacción cocina y área de depósito, reparación de revoques interiores en diferentes sectores de Edificio Ferrocarril, entre los días 28 de octubre y 28 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Abelardo Félix Guzmán, D.N.I. Nº 23.104.953, con domicilio en calle 2 de Abril N° 880, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 6.500 (pesos seis mil quinientos), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 28 de octubre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Abelardo Félix Guzmán, DNI Nº 23.104.953, con domicilio en calle 2 de Abril Nº 880, firmado el 28 de octubre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 6.500 (pesos seis mil quinientos), por este servicio y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 2.1.08.02.01.01.04 Obra Ferrocarril del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 796/13 ALMAFUERTE, 29 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 797/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: desmalezado y corte de pasto en Plazoleta, Capilla y Centro Vecinal de Barrio Pinares, entre los días 18 y 22 de noviembre 2013;

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Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Rubén Osvaldo Minardi, DNI Nº 13.929.243, con domicilio en calle F. Ameghino N° 103, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 900 (pesos novecientos), por los trabajos mencionados en el visto, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 18 de noviembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de este servicio, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Rubén Osvaldo Minardi, DNI Nº 13.929.243, con domicilio en calle F. Ameghino Nº 103, firmado el 18 de noviembre de 2013, para llevar a cabo los trabajos descriptos en el visto y abonase un precio final y por todo concepto de $ 900 (pesos novecientos), por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE esta erogación a la partida 1.1.03.16.09 Servicios de Mantenimiento de Espacios Verdes del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 797/13 ALMAFUERTE, 29 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 798/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar la locación de servicios de un particular propietario de un vehículo Ford cargo 1416 dominio BIL 1113 para realizar trabajos en el Corralón durante 30 días, entre el 01 y el 30 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Carlos Alberto Tissera, D.N.I. Nº 20.523.909, con domicilio en calle Islas Malvinas N° 132, propietario de un vehículo Ford cargo 1416 Dominio BIL 113, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 4.000 (pesos cuatro mil), y la provisión de gasoil que consuma el camión durante esta locación, según consta en el contrato suscripto entre las partes el 01 de noviembre de 2013; Que están a su cargo los gastos de repuestos, reparaciones y seguro e impuestos de la misma, como así también el pago de salarios, seguros, aportes provisionales y demás cargas de ley, liberando a la Municipalidad de toda responsabilidad laboral o por accidentes a su personal, bienes propios o de terceros; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con Carlos Alberto Tissera, DNI Nº 20.523.909, con domicilio en calle Islas Malvinas Nº 132, firmado el 01 de noviembre del 2013, para llevar a cabo trabajos en su vehículo Ford cargo 1416 Dominio BIL 113, y abonase un precio final y por todo concepto de $ 4.000 (pesos cuatro mil) por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.12 Servicios Públicos Ejecutados por Terceros del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 798/13 ALMAFUERTE, 29 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 799/13 VISTO: La Comunicación por parte de la Oficina de Personal, mediante la cual solicita la interrupción de la Beca de Capacitación Laboral, a partir del 30 de noviembre de 2013, de Deolinda Elizabeth Guevara, DNI Nº 25.309.767, otorgada por Decreto Nº 25/13;

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Y CONSIDERANDO: Que corresponde instrumentar la baja de esta persona del Registro Municipal de Becarios, donde figura; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a interrumpir la Beca de Capacitación Laboral para la que se la incluyó en el Decreto Nº 25/13, y a dar de baja del Registro Municipal de Becarios donde figura, a partir del 30 de noviembre de 2013, a Deolinda Elizabeth Guevara, DNI Nº 25.309.767. Art.2º) CUMPLASE por las Áreas de Contaduría y Personal. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 799/13 ALMAFUERTE, 29 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 800/13 VISTO: La solicitud por parte del Sr. Emanuel Barberis, DNI Nº 30.024.154, de un aporte económico para costear los gastos de viaje a la Provincia de Tucumán, para presenciar el Congreso Internacional de Hockey, los días 4, 5, 6, 7 y 8 de diciembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que esta persona no posee los recursos económicos suficientes para afrontar este gasto; Que este Departamento Ejecutivo, en medida de sus posibilidades, apoya y acompaña en el desempeño y funciones de las distintas personas, organizaciones e instituciones locales; y Que se cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) OTORGASE un aporte económico al Sr. Emanuel Barberis, DNI Nº 30.024.154, por $ 2.000 (pesos dos mil) para costear los gastos de viaje a la Provincia de Tucumán, para presenciar el Congreso Internacional de Hockey, los días 4, 5, 6, 7 y 8 de diciembre de 2013, a los fines y por los motivos expresados en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.02.01.04 Subsidios, Gastos y Ayudas del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 800/13 ALMAFUERTE, 29 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 801/13 VISTO: La solicitud de una ayuda económica por parte de los organizadores del encuentro de teatro vocacional ―Almafuerte en escena‖ para solventar gastos de entrega de premios, en base a nota y balance adjunto, de fecha 14 de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que en este evento se constituyó una genuina expresión vocacional de la Comunidad de Almafuerte; Que a través de numerosas obras puestas en escena los diversos grupos de teatro colaboraron solidariamente con Establecimientos Educativos y Entidades de bien público; Que por su parte la Municipalidad de Almafuerte decidió colaborar con un aporte de $ 30.000 (pesos treinta mil) con este objetivo; y Que este Departamento Ejecutivo cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCEDASE a entregar la cantidad de $ 30.000 (pesos treinta mil), en concepto de ayuda económica a los integrantes del Encuentro de Teatro Vocacional ―Almafuerte en Escena‖, a través del Sr. Claudio Lo Duca, DNI Nº13.929.300, que serán liquidados de la siguiente manera: un pago de $ 10.000 (pesos diez mil) para el día 02 de diciembre de 2013 y cuatro pagos mensuales, iguales y consecutivos de $ 5.000 (pesos cinco mil), a los fines y por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.3.05.02.04.01 Gastos Culturales, de Recreación y Otros del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 801/13 ALMAFUERTE, 29 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

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DECRETO PERTENECIENTE A LA PAG. Nº1 DECRETO MUNICIPAL Nº 682/13 VISTO: La necesidad de compensar cuentas del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el cierre de la ejecución mensual presupuestaria correspondiente al mes de noviembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que en la misma partida del Presupuesto, existen cuentas que poseen excedente suficiente para cubrir las compensaciones; Que es necesario realizar los movimientos dentro de las partidas de Personal, Bienes de Consumo, Servicios, Transferencias para Financiar Erogaciones Corrientes, Transferencias para Financiar Erogaciones de Capital, Trabajos Públicos y Cuentas de Orden que permitan efectuar las imputaciones de los movimientos del mes de noviembre de 2013, y reflejarlas debidamente en el Balance mensual; y Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal, de acuerdo a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en sus Art. Nº 134 y Nº 135; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) COMPENSASE en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos año 2013, las cuentas contables correspondientes a las mismas partidas, conforme al Anexo I, que se adjunta y forma parte integrante del presente Decreto. Art.2º) CON las presentes modificaciones no se alteran los montos asignados a cada partida ni el total de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigentes año 2013. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 682/13 ALMAFUERTE, 01 de noviembre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO PERTENECIENTE A LA EDICION Nº 179 DECRETO MUNICIPAL Nº 245/12 VISTO: La necesidad de la ciudad de Almafuerte, de coordinar la acción de los inspectores de las distintas áreas municipales; Y CONSIDERANDO: Que en la administración municipal existen diversas áreas que cuentan con inspectores para la verificación del cumplimiento de las ordenanzas municipales; Que estos inspectores no presentan en la actualidad una actuación sistemática para el desarrollo de sus verificaciones; Que esta descoordinación implica bajo o nulo nivel de control, mayores gastos en recursos e insuficiente cumplimiento de los objetivos; Que a los efectos de revertir esta situación, este DEM estima conveniente, centralizar la dirección de los mandatos de las distintas inspectorías, reforzando así las estrategias que se tracen para cada situación en particular, permitiendo una actuación conjunta de todas las áreas involucradas en la operación; Que esta centralización no significará para los distintos inspectores municipales involucrados, cambios de tareas o labores, distinto nivel o categoría laboral, sino la dependencia inmediata de un superior idóneo en la materia, que brindará mayor respaldo y seguridad en las labores diarias; Que al abrigo de la Ordenanza 1181/08, art. 21, es facultad del Intendente crear organismos municipales cuando las tareas especificas están ya previstas la estructura orgánica; Que el responsable de coordinar las tareas de Inspectoría municipal, deberá ser personal idóneo, con experiencia en la materia y con dedicación full time; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) CREASE la ―Dirección General de Inspectoría Municipal‖, dependiente de la Secretaria de Gobierno, que estará a cargo de un funcionario de rango político y con nivel de ―Director‖. Art.2º) LA ―Dirección General de Inspectoría Municipal‖, tendrá a su cargo a todos los inspectores de las distintas áreas de la Municipalidad de Almafuerte, como son: Transito, Salud, Finanzas, Planeamiento Urbano, y toda otra creada o a crearse, que implique la verificación de cumplimiento de requisitos administrativos municipales establecidos legalmente; Art.3º) EL ―Director General de Inspectores Municipales‖, cumplirá las siguientes funciones, sin perjuicio de otras que su responsabilidad le imponga: 1) Coordinar los trabajos de inspección según le sea requerido por Intendencia, Secretaria de Gobierno, Hacienda, Dirección de Salud, y/u otros que pudieran surgir. 2) Poner en funcionamiento programas de verificación, preventivos, de contención o correctivos, tendientes a obtener el cumplimiento de las disposiciones legales dictadas por el municipio. 3) Asignar las funciones y métodos de tareas a los inspectores municipales, según los planes estratégicos trazados para la materia. 4) Propondrá las capacitaciones que estime pertinentes para la formación y perfeccionamiento de los inspectores municipales. 5) Anualmente presentara un ―Informe de Gestión‖, con especial indicación de metas cumplimentadas y objetivos futuros. 6) Podrá requerir el auxilio de la fuerza Policial de la Provincia de Córdoba, para sus tareas, pudiendo firmar convenios de colaboración con esta Institución y otras que sirvan a los propósitos de la Dirección.

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Art.4º) NOTIFÍQUESE a todas las dependencias municipales del presente a los efectos de su cabal cumplimiento. Notifíquese a Recursos Humanos y Dirección de Personal a los efectos de la afectación del personal involucrado. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 245/12 ALMAFUERTE, 15 de mayo de 2012 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETOS PERTENECIENTES A LA EDICION Nº 197 DECRETO MUNICIPAL Nº 616/13 VISTO: La necesidad de compensar cuentas del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el cierre de la ejecución mensual presupuestaria correspondiente al mes de octubre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que en la misma partida del Presupuesto, existen cuentas que poseen excedente suficiente para cubrir las compensaciones; Que es necesario realizar los movimientos dentro de las partidas de Personal, Bienes de Consumo, Servicios, Transferencias para Financiar Erogaciones Corrientes, Trabajos Públicos, Amortización de la Deuda y Cuentas de Orden que permitan efectuar las imputaciones de los movimientos del mes de octubre de 2013, y reflejarlas debidamente en el Balance mensual; y Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal, de acuerdo a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en sus Art. Nº 134 y Nº 135; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) COMPENSASE en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos año 2013, las cuentas contables correspondientes a las mismas partidas, conforme al Anexo I, que se adjunta y forma parte integrante del presente Decreto. Art.2º) CON las presentes modificaciones no se alteran los montos asignados a cada partida ni el total de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigentes año 2013. Art.3º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 616/13 ALMAFUERTE, 01 de octubre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 626/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: adaptar palanca de giro, hacer parte de la instalación de giro y balizas, llave de balizas, techo con instalación, instalar llave y faros blancos traseros (marcha atrás), instalar fusileras y bocinas del vehículo Ford 700 regador ex compacto, entre los días 20 y 27 de septiembre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Martín Federico Diez Gómez, D.N.I. Nº 24.961.705, con domicilio en calle Corrientes N° 669, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 2.000 (pesos dos mil), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 20 de septiembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Martín Federico Diez Gómez, DNI Nº 27.571.104, con domicilio en calle Corrientes Nº 669, firmado el 20 de septiembre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 2.000 (pesos dos mil) por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.11 Conservaciones y Reparaciones del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 626/13 ALMAFUERTE, 03 de octubre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

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DECRETO MUNICIPAL Nº 635/13 VISTO: La necesidad de contar con los servicios de un particular, para realizar las siguientes tareas: Inspectoría del G.I.R.S.U (Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos), Inspectoría común, tareas administrativas generales de la Dirección de Ambiente; Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Laura Elisa Roggiapane, D.N.I. Nº 25.595.323, con domicilio en Av. Gral. Paz Nº 228, reúne a criterio de este Departamento Ejecutivo y en base a antecedentes presentados y solicitados, las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia, para desarrollar la tarea a encomendar; Que en consecuencia esta Municipalidad de Almafuerte abonará la cantidad de $ 3.500 (pesos tres mil quinientos) mensuales; Que la Sra. Roggiapane llevará a cabo la tarea encomendada a su cargo y riesgo, liberando a esta Municipalidad de toda responsabilidad que se le pudiera reclamar por su parte o por parte de terceros; Que la naturaleza de la tarea y su objeto faculta a este Departamento Ejecutivo a contratar los servicios de este Profesional en forma directa, conforme lo prevén los Artículos Nº 12) y Nº 13) de la Ordenanza Municipal Nº 1314/11; y Que se cuenta con partida presupuestaria para cubrir la erogación que demanda esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) PROCÉDASE a contratar en forma directa la Locación de Servicios con la Sra. Laura Elisa Roggiapane, D.N.I. Nº 25.595.323, con domicilio en Av. Gral. Paz Nº 228, para que efectúe las tareas descriptas en el visto del presente Decreto. Art.2º) ABONASE a la Sra. Laura Elisa Roggiapane la cantidad de $ 3.500 (pesos tres mil quinientos), mensuales, desde el 16 de septiembre de 2013 y hasta el 30 de septiembre de 2014 y en base al Contrato de Servicios firmado el 16 de septiembre de 2013. Art.3º) La Sra. Roggiapane realizará la tarea encomendada, liberando a esta Municipalidad de todo riesgo o responsabilidad que se le pudiera reclamar en razón de la misma. Art.4º) IMPUTASE la presente erogación a la partida 1.1.03.09. Estudios, Investigaciones y Asistencia Técnica del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1356/12. Art.5º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 635/13 ALMAFUERTE, 04 de octubre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez DECRETO MUNICIPAL Nº 636/13 VISTO: La necesidad producida en la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, de contratar los servicios de un particular para realizar los siguientes trabajos: reparación de vehículo municipal Dodge 800 según detalle: instalación eléctrica, cambiar bulbo de freno, reparar línea de posición delantero y trasero, balizas y giro, poner dos testigos de posición por corto circuito; reparación de vehículo municipal Ford 7000 regador según detalle: soldar soporte de dos guardabarros y agregar chapa, soldar guardabarro interior y exterior y enderezar chapas, entre los días 28 de septiembre y 02 de octubre de 2013; Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Martín Federico Diez Gómez, D.N.I. Nº 24.961.705, con domicilio en calle Corrientes N° 669, cotizó un precio final y por todo concepto de $ 2.200 (pesos dos mil doscientos), según consta en el contrato suscripto entre las partes el 28 de septiembre de 2013; Que este Departamento Ejecutivo encuentra conveniente la contratación de esta locación de servicios, en las condiciones citadas, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Obras, Hábitat y Servicios Públicos, quien impartirá las directivas para el cumplimiento de su objeto; Que este Departamento Ejecutivo está facultado a contratar en forma directa esta locación de servicios de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 1314/11; y Que cuenta con partida presupuestaria para imputar esta erogación; Atento a ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE EN USO DE SUS FACULTADES, DECRETA: Art.1º) APRUEBASE el contrato de servicios con el Sr. Martín Federico Diez Gómez, DNI Nº 27.571.104, con domicilio en calle Corrientes Nº 669, firmado el 28 de septiembre del 2013, para llevar a cabo los trabajos mencionados y abonase un precio final y por todo concepto de $ 2.200 (pesos dos mil doscientos) por los motivos expuestos en el visto y los considerandos del presente Decreto. Art.2º) IMPUTASE la presente erogación a la Partida 1.1.03.11 Conservaciones y Reparaciones del Presupuesto de Gastos vigente, Ordenanza Municipal Nº 1.356/12. Art.3º) CUMPLASE por la Sección Contaduría. Art.4º) PROTOCOLIZASE, Comunicase, Publicase en el Boletín Municipal y Archivase. DECRETO MUNICIPAL Nº 636/13 ALMAFUERTE, 08 de octubre de 2013 Intendente Cdor. Adrián R. Scorza Secretario de Gobierno Gerardo A. Vélez

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CONCEJO DELIBERANTE ORDENANZAS ORDENANZA Nº 1399/2013 EL CONCEJO DELIBERANTE DE ALMAFUERTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: Art.1º) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar a Licitación Pública Nº 01/2013 para la concesión de la Explotación comercial y el mantenimiento del Balneario Municipal de la (cuatro) meses de plazo, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la presente Ordenanza Ciudad de Almafuerte, Provincia de Córdoba, sobre el Río Ctalamochita, por el término de 4 y lo establecido en la Carta Orgánica Municipal sobre servicios públicos y concesiones. Art.2º) APRUEBASE el Pliego de Bases y condiciones para la presente Licitación Pública, de acuerdo al inciso 9, del Art. 87 de la Carta Orgánica Municipal, que se adjunta como anexo Nº 1, y que se complementa con lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 1314/11. Art.3º) EL Departamento Ejecutivo Municipal procederá al llamado a Licitación Pública por Decreto según lo previsto por el Art. Nº 15, de la Ordenanza Municipal Nº 1314/11, cumpliendo en particular con los siguientes plazos: -60 (sesenta) días corridos como máximo, desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, para la fecha de apertura de sobres. -20 (veinte) días hábiles, como mínimo, para la venta y adquisición de pliegos por parte de los interesados. -La publicidad obligatoria se llevará a cabo durante 4 ediciones consecutivas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, 2 ediciones consecutivas en el periódico semanal Tribuna Regional, como mínimo, sin perjuicio de instrumentar las demás alternativas previstas en el Art. Nº 52 y con la anticipación estipulada en el Art. Nº 53, ambos de la Ordenanza Municipal Nº 1314/11. Art.4º) La erogación que demande la publicidad contratada del presente llamado a Licitación Pública se imputará a la partida 1.1.03.04.01 ―Publicaciones y Propagandas Varias‖ del Presupuesto de gastos vigente. Art.5º) La propuesta que no se ajuste al pliego de licitación quedará desestimada. Art.6º) COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO Y ARCHIVESE.ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1399/2013.APROBADA POR UNANIMIDAD, EN LA TRIGESIMO SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DEL XL PERÍODO LEGISLATIVO. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE, A CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.Presidente Luis R. Giacinti Secretario Mario L. Rodríguez ORDENANZA Nº 1400/2013 EL CONCEJO DELIBERANTE DE ALMAFUERTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: Art.1º) Establézcase el presente régimen tarifario que deberán abonar a la Empresa prestataria del Servicio de Recolección de Líquidos Cloacales y planta de tratamiento de estos efluentes, aquellos frentistas titulares de inmuebles dentro del loteo Tierras del Fundador, de acuerdo a la siguiente categorización: CUADRO TARIFARIO Las tarifas establecidas en el presente cuadro, estarán expresadas en Unidades de Compra (U.C.) de acuerdo a lo establecido en los Artículos 5 y 6 de la Ordenanza General de Contrataciones N° 1314/11 — U.C.= 100 litros de nafta súper. Categoría Residencial No conectados al Servicio Cargo único = 0,03 U.C. Categoría Residencial Conectados al Servicio = Cargo único = 0,05 U.C. Art.2º) Los valores expresados en el Art.1* son sin incluir el impuesto at valor agregado (I.V.A.) y cualquier otro tributo de orden nacional, provincial o municipal que pudiera corresponder por ley. Art.3º) El presente cuadro tarifario entrare en vigencia a partir de la aprobación de la presente Ordenanza y por todo el término del contrato aprobado según Ordenanza N° 1390/13. Art.4º) A los efectos de la valorización del cargo único, se tomare el precio promedio de las agencias de combustible Y.P.F. locales. Art.5º) El valor del cargo único se fijará semestralmente de acuerdo a los siguientes criterios: Para el primer semestre de cada año, se considerare el valor obtenido según lo establecido en el artículo 4º de la presente Ordenanza al primero de Enero del año que se trate. Para el segundo semestre de cada año, se considerare el valor obtenido según lo establecido en el artículo 4º de la presente Ordenanza al primero de Julio del año que se trate. Para la aplicación de la tarifa correspondiente a la fracción de semestre en curso, y hasta la finalización del mismo, se considerare el valor obtenido según lo establecido en el artículo 4º de la presente Ordenanza a la fecha de promulgación de la presente Ordenanza. Art.6º) COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO Y ARCHIVESE.ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1400/2013.APROBADA POR UNANIMIDAD, EN LA TRIGESIMO TERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL XL PERÍODO LEGISLATIVO. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA

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CIUDAD DE ALMAFUERTE, A CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.Presidente Luis R. Giacinti Secretario Mario L. Rodríguez ORDENANZA Nº 1401/2013 EL CONCEJO DELIBERANTE DE ALMAFUERTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: Art.1º) Apruébese el Convenio Complementario al Contrato de Concesión del Servicio de Provisión y Distribución de Agua Potable en la Ciudad de Almafuerte Ordenanza 981/05, firmado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Consejo de Administración de la Cooperativa de Servicios Públicos de Almafuerte Limitada que se adjunta como Anexo I y forma parte de la presente ordenanza.Art.2º) Autorizase al Consejo de Administración de la Cooperativa de Servicios Públicos de Almafuerte Limitada, Concesionaria del Servicio de Provisión y Distribución de Agua Potable en la Ciudad de Almafuerte, otorgado por Ordenanza Municipal N° 981/2005, a aplicar el siguiente cuadro tarifario base para cada usuario del servicio, de acuerdo a los valores que se fijan en Anexo II que se adjunta y forma parte de la presente ordenanza.Art.3º) Las tarifas establecidas en el Anexo II comienzan a regir a partir de los Consumos facturados en los meses expresados en el mismo.Art.4º) COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO Y ARCHIVESE.ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1401/2013.APROBADA POR MAYORIA, EN LA TRIGESIMO TERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL XL PERÍODO LEGISLATIVO. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE, A CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.Presidente Luis R. Giacinti Secretario Mario L. Rodríguez ORDENANZA Nº 1402/2013 EL CONCEJO DELIBERANTE DE ALMAFUERTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: Art.1º) OBJETO: El objeto de la presente Ordenanza Municipal es regular, sin perjuicio de las normas de tránsito vigentes, las condiciones que, además, deberán cumplir los cuatriciclos para poder circular en la vía pública.Art.2º) ÁMBITO DE APLICACIÓN: La presente será de aplicación en todo el territorio comprendido por el ejido urbano de la Ciudad de Almafuerte.Art.3º) DEFINICIÓN: Se entiende por cuatriciclo, a todo vehículo de cuatro ruedas, con motor a tracción propia, mayores de 70 centímetros cúbicos de cilindrada.Art.4º) CONDICIONES DE SEGURIDAD: Los cuatriciclos deberán cumplir con las siguientes exigencias: a) Contar con los dispositivos originales de seguridad, tanto activa como pasiva, en buen estado de funcionamiento, especialmente los correspondientes a dirección, iluminación, frenado, suspensión, guardabarros y paragolpes. b) Espejos retrovisores. c) Equipo silenciador de escape de gases, con niveles de sonoridad de un máximo de setenta y cinco (75) decibeles para motores de más de setenta (70) centímetros cúbicos. d) Bocina de sonoridad reglamentaria. e) Dispositivo para corte rápido de energía. Art.5º) SISTEMAS DE ILUMINACIÓN: Deberán tener los siguientes sistemas y elementos de iluminación: a) Faros delanteros: de luz blanca o amarilla con alta y baja. b) Luces de posición: que indiquen junto con las anteriores, dimensión y sentido de marcha desde los puntos de observación reglamentados. 1. Delanteras: de color blanco o amarillo. 2. Traseras: de color rojo. c) Luces de giro: intermitentes de color amarillo, delante y atrás. d) Luces de freno traseras: de color rojo. Art.6º) PATENTE IDENTIFICATORIA: El Cuatriciclo deberá llevar bien visible las placas de identificación de dominio, conforme a la normativa nacional respectiva.Art.7º) DOCUMENTACIÓN: El conductor deberá estar habilitado para conducir ese tipo de Cuatriciclo, debiendo portar: a) Licencia correspondiente. b) Comprobante de seguro a que hace referencia el artículo 8º, con cobertura vigente. c) Comprobante pago del impuesto al vehículo. d) Cédula de identificación del vehículo. Art.8º) SEGURO OBLIGATORIO: Todo Cuatriciclo deberá estar cubierto por seguro de responsabilidad civil por eventuales daños que pudieran ocasionarse a terceros, transportados o no. El mismo podrá contratarse, con cualquier entidad autorizada para operar en el ramo, quien deberá otorgar al asegurado el comprobante al que hace referencia el artículo 7º inciso b).Art.9º) LICENCIA DE CONDUCIR: El régimen para el otorgamiento de la licencia habilitante para conducir este tipo de vehículos, se encuadrará dentro de la categoría A y se ajustará a lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 24449 y la Ley Provincial Nº 8560.Art.10º) AGRÉGUESE al carnet referido en el inciso anterior la siguiente leyenda: ―habilitado sólo en jurisdicción de la Municipalidad de Almafuerte‖.-

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Art.11º) CASCO REGLAMENTARIO: El conductor deberá circular en la vía pública con casco de seguridad reglamentaria, y en caso de transportar un acompañante también deberá circular con el mismo.Art.12º) PROHIBICIONES: Queda prohibido la circulación en la vía pública de los modelos infantiles, menores a 70 c.c., no matriculables, los cuales no son considerados por esta normativa, por lo que su uso está restringido a lugares privados o circuitos cerrados al tráfico.Art.13º) Queda prohibido a los conductores de vehículos en marcha, la utilización de auriculares y/o sistemas de telefonía móvil.Art.14º) El conductor del vehículo podrá transportar como máximo a un acompañante.Art.15º) El estacionamiento de estos vehículos sólo se permitirá en los espacios destinados a las motocicletas.Art.16º) DISPOSICIÓN TRANSITORIA: Los titulares de cuatriciclos tendrán un plazo máximo de noventa (90) días de corridos, a partir de la promulgación de la presente, a fin de que procedan a regularizar su situación. Vencido dicho plazo el cual operará por el solo transcurso del tiempo, sin que hubieren cumplido los recaudos exigidos por las disposiciones de la presente, se procederá a la aplicación de las sanciones correspondientes.Art.17º) Sin perjuicio de las atribuciones propias del Departamento Ejecutivo Municipal se establece como autoridad de aplicación al Cuerpo de Inspectoría Municipal.Art.18º) Los conductores deberán respetar y acatar las normas de tránsito establecidas bajo apercibimiento de aplicar las multas establecidas por las reglamentaciones vigentes.Art.19º) Tasa. Incorporase en la Ordenanza Tarifaria el ítem relacionado a cuatriciclos.Art.20º) REGISTRO – OBJETIVO: Créase en el ámbito de la Ciudad de Almafuerte el ―Registro Municipal de Cuatriciclos‖, con el objetivo de identificar a todos aquellos que no cuenten con documentación pertinente, tomar conocimiento de la precedencia de los mismos e incorporarlos al sistema de contralor por parte de la autoridad, como así también verificar las condiciones de seguridad de los rodados. El registro será realizado por personal Municipal a través del Cuerpo de Inspectoría Municipal.Art.21º) Los requisitos que deberán cumplir para la circulación de estos rodados en la vía pública, ante el organismo Municipal son los siguientes: a) Documentación que acredite titularidad del o los vehículos. b) Factura de compra y certificado de importación, o bien la documentación que otorgue el Registro de la Propiedad del Automotor para estos vehículos. c) Chapa patente delantera o trasera u oblea identificatoria otorgada por el Municipio con la creación del registro, para el asiento de los cuatriciclos en el área respectiva, cuya validez será por el periodo de 1 (un) año, renovable por el mismo periodo, previa inspección técnica del cuatriciclo por parte del Municipio de los ítems mencionados en el Artículo Nº4, Nº 5, Nº 6 y Nº 7 inclusive. d) El vehículo deberá estar provisto de placas retrorreflectivas, delanteras, laterales y traseras, ubicadas en lugares que permitan su visualización a no menos de 100 mts.Art.22º) Los vehículos que se habiliten a circular, deberán estar radicados y registrados en la Municipalidad de Almafuerte, conforme a las condiciones y requisitos establecidos en la presente Ordenanza.Art.23º) Al momento de registrar el rodado, cualquiera sea su situación legal, la persona poseedora y/o titular del mismo deberá firmar una declaración jurada en la cual queda debidamente informado de que al momento de utilizarlo, tanto ella como terceros, deberán utilizar cascos protectores homologados por el INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial). Así mismo se especificará que se hace responsable por los eventuales daños que el conductor pudiera causar a personas y bienes.Art.24º) Eximición de deudas: El acogimiento a las disposiciones de la presente Ordenanza no eximirá a los titulares de estos rodados las deudas generadas a la fecha de la inscripción en el Registro en concepto de patentes y/o multas si las hubiera.Art.25º) Datos de la credencial: Una vez formalizada la inscripción, se entregará a cada titular una credencial en la que se dejará constancia de los siguientes datos: - Nombre y apellido del titular - D.N.I. - Domicilio - Tipo, marca y modelo - Nº de motor - Nº de chasis - Nº de registro asignado Así mismo se entregará una oblea o chapa identificatoria que acredite haber realizado el trámite de inscripción ante el Registro Municipal de Cuatriciclos de la Ciudad de Almafuerte, el cual deberá ser colocado en la carrocería del rodado.Art.26º) El Cuerpo de Inspectoría de la Municipalidad de Almafuerte, o cualquier otro organismo con atribuciones semejantes que pudiera crearse en el futuro con competencia en la órbita Municipal, tendrá a su cargo el control y la aplicación de las disposiciones de la Ordenanza regulatoria de los vehículos denominados cuatriciclos.Art.27º) COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO Y ARCHIVESE.ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1402/2013.APROBADA POR UNANIMIDAD, EN LA TRIGESIMO TERCER SESIÓN ORDINARIA DEL XL PERÍODO LEGISLATIVO.

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DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE, A CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.Presidente Luis R. Giacinti Secretario Mario L. Rodríguez

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Al 31/10/2013 PLANILLA GENERAL DE DISPONIBILIDADES PLANILLA GENERAL DE DISPONIBILIDADES PERÍODO: 01/10/2013 AL 31/10/2013 DISPONIBILIDADES SEGUN BALANCE I - Saldo liquido ejercicios anteriores............................................................................................................................ II – Recaudaciones percibidas acumuladas totales al 31/10/2013 según balance de ejecución presupuestaria................................................................................................................ Subtotal ............................................................................................................... III - Erogaciones efectivamente pagadas acumuladas totales al 31/10/2013 según balance de ejecución presupuestaria............................................................................................................... Disponibilidades totales según balance al 31/10/2013……………………………………………………………. DISPONIBILIDADES SEGUN ARQUEOS DE CAJA Y VERIFICACION DE SALDOS BANCARIOS I - DISPONIBILIDADES TOTALES (Caja y Bancos) Saldo total mes anterior (Caja – Bancos)..................................................................................................................... Saldo liquido ejercicios anteriores............................................................................................................................... Ingresos genuinos por todo concepto en el corriente mes .......................................................................................... Subtotal .......................................................................................... Egresos genuinos por todo concepto en el corriente mes ........................................................................................... Saldo total de disponibilidades al 31/10/2013 ............................................................................................................

II - DESCOMPOSICION DEL SALDO ANTERIOR SALDO CUENTAS CAJA: BANCO MUNICIPALIDAD NRO.: 1 (MUNICIPALIDAD - 1 - PESOS).............................................................. BANCO MUNICIPALIDAD NRO.: 1001 (MUNICIPALIDAD-1001-CC)............................................................... SUBTOTAL SALDOS CUENTAS CAJA………………………………………… SALDO CUENTAS FONDO FIJO: BANCO MUNICIPALIDAD NRO.: 2 (MUNICIPALIDAD – 2 – FONDO FIJO .……………….……………….. SUBTOTAL SALDOS CUENTAS FONDOS FIJOS………………………………………… SALDO CUENTAS BANCARIAS: BANCO DE LA NACION ARGENTINA NRO.: 4360020299-MICROEMPRENDIMIENTOS…………………. BANCO DE LA NACION ARGENTINA NRO.: 4360020508-PROG. NACIONALES………………………….. BANCO DE LA NACION ARGENTINA NRO.: 4362005442-MULTAS………………………………………… BANCO DE LA PCIA DE CORDOBA NRO.: 300027/04 –PLAN NACER………………………………………. BANCO DE LA PCIA.DE CORDOBA NRO.: 32573-OBRA DE GAS NATURAL……………………………… BANCO DE LA PCIA.DE CORDOBA NRO.: 32658-OBRA PAVIMENTO Y CORDON CUNETA………….. BANCO DE LA PCIA.DE CORDOBA NRO.: 659-FUNCIONAMIENTO………………………………………. BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO NRO.: 25149-FUNCIONAMIENTO………………………….. BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO Nº. 26769/3-PROCURACION………………………………… BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO Nº. 26998/9-HOSPITAL DR. SALVADOR SCAVUZZO…… SUBTOTAL SALDOS CUENTAS BANCARIAS…………………………………………………….. SALDO TOTAL DE DISPONIBILIDADES AL 31/10/2013……………………………………………………

III - ANALISIS DEL MOVIMIENTO DE CUENTAS CAJA Saldo cuentas caja cierre anterior al 30/09/2013…………………………... Ingresos genuinos por todo concepto en el corriente periodo……………... Total extracciones (excepto caja) ................................................................ Subtotal ........................................................................................................ Egresos genuinos por todo concepto en el corriente periodo……………… Total depósitos (excepto caja)…………………………………………….. Subtotal ........................................................................................................ Saldo cuentas caja al 31/10/2013………………………………………….. IV - ANALISIS DEL MOVIMIENTO DE CUENTAS DE FONDO FIJO CUENTA MUNICIPALIDAD NRO.: 2 (MUNICIPALIDAD-2-FONDO F) TOTAL CUENTAS DE FONDO FIJO

V - ANALISIS MOV. CUENTAS BANCARIAS CUENTA BANCO DE LA NACION ARGENTINA NRO.: 4360020299 BANCO DE LA NACION ARGENTINA NRO.: 4360020508 BANCO DE LA NACION ARGENTINA NRO.: 4362005442 BANCO DE LA PCIA DE CORDOBA NRO.: 300027/04 BANCO DE LA PCIA.DE CORDOBA NRO.: 32573 BANCO DE LA PCIA.DE CORDOBA NRO.: 32658 BANCO DE LA PCIA.DE CORDOBA NRO.: 659 BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO NRO.: 25149 BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO NRO.: 26769/3 BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO NRO.: 26998/9 TOTAL CUENTAS BANCARIAS

VI - CONCILIACIONES RESUMENES BANCARIOS CUENTA BANCO DE LA NACION ARGENTINA NRO.: 4360020299 BANCO DE LA NACION ARGENTINA NRO.: 4360020508 BANCO DE LA NACION ARGENTINA NRO.: 4362005442 BANCO DE LA PCIA DE CORDOBA NRO.: 300027/04 BANCO DE LA PCIA.DE CORDOBA NRO.: 32573 BANCO DE LA PCIA.DE CORDOBA NRO.: 32658 BANCO DE LA PCIA.DE CORDOBA NRO.: 659 BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO NRO.: 25149 BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO NRO.: 26769/3 BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO NRO.: 26998/9 TOTALES

RESUMEN BANCARIO 0.00 78,031.57 1,148.32 31,834.31 2,732.56 1,056.07 515,573.05 212,807.23 0.00 234,817.00 1,078,000.11

DEPOSIT. NO CONCILIADOS 0,00 0,00 0.00 6.570.00 0.00 21,732.41 5,471,434.09 783,897.07 0.00 203,909.00 6,478,542.57

603,183.43 30,313,675.23 30,916,858.66 30,103,168.27 813,690.39

-255,103.50 0.00 3,696,830.60 3,441,727.10 2,628,036.71 813,690.39

167,861.45 206,953.76 374,815.21 45,000.00 45,000.00 0.00 78,314.71 129,062.41 26,189.09 3,410.16 -825.12 -59,874.32 163,687.98 0.00 393,875.18 813,690.39

290,195.59 3,696,830.60 3,064,194.65 7,051,220.84 2,628,036.71 4,048,368.92 6,676,405.63 374,815.21

SALDO AL 30/09/2013 45,000.00 45,000.00

ENTRADAS

SALIDAS

0.00 0.00

0.00 0.00

SALDO AL 30/09/2013 0.00 78,314.71 129,062.41 19,619.09 3,410.16 20,907.29 -1,256,952.55 291,947.53 95.50 123,296.77

DEPOSITOS

EXTRACC

0,00 0,00 0.00 6,570.00 0.00 0.00 3,187,347.18 650,542.74 0.00 203,909.00

0,00 0.00 0.00 0.00 0.00 21,732.41 1,990,268.95 778,802.29 95.50 273,295.50

SALDO AL 31/10/2013 0.00 78,314.71 129,062.41 26,189.09 3,410.16 -825.12 -59,874.32 163,687.98 0.00 53,910.27

-590,299.09

4,048,368.92

3,064,194.65

393,875.18

EXTRACCIONES NO CONTABILIZADAS 0,00 283.14 269,168.91 2,689.78 677.60 678.81 308,294.28 8,342.64 0.00 2,691.27 592,826.43

EXTRACC. NO CONCILIADAS 0,00 0.00 0,00 1,540.00 0.00 24,292.41 6,259,442.56 783,745.09 0.00 273,295.50 7,342,315.56

SALDO AL 31/10/2013 45,000.00 45,000.00

DEPOSITOS NO CONTABILIZADOS 0.00 0,00 141,254.82 13,365.00 0.00 0.00 95,733.18 57,613.87 0.00 114,211.50 422,178.37

SALDO LIBRO BANCO 0.00 78,314.71 129,062.41 26,189.09 3,410.16 -825.12 -59,874.32 163,687.98 0.00 53,910.27 393,875.18

Saldo éstos de las respectivas cuentas bancarias que han sido cotejados con los libros banco respectivos y que debidamente conciliados son correctos y se ajustan en todo a las reales disponibilidades bancarias. Se deja constancia de que se han efectuado las verificaciones respectivas, estando las mismas en un todo de conformidad a la real situación de disponibilidades a la fecha de los cuadros precedentes, correspondientes a ésta Administración Municipal.

BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL

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AL

RT M AF U E

13 de Dic - 2013. Edición Nº 198

E

DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE

Pag. 35

EJECUCION MENSUAL PRESUPUESTARIA – INGRESOS FECHA BALANCE: 31/10/2013 CUENTA

CONCEPTO

DESIGNACION

PRESUP. AUT.

MONT. COB

MONT COB. ACU

REC. MENOS

REC.MAS

1

PT

INGRESOS CORRIENTES

33548000

3367727.32

26811594.31

6736405.69

0.00

1.1

PT

INGRESOS DE JURISDICCION MUNICIPAL

15877000

1064982.51

10143725.93

5733274.07

0.00

1.1.1

PT

10821000

928227.24

8585780.54

2235219.46

0.00

1.1.1.01

PI

INGRESOS TRIBUTARIOS (TASAS Y CONTRIBUCIONES) CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LOS INMUEBLES

2500000

126358.71

2036405.00

463595.00

0.00

1.1.1.02

PI

1000000

163870.21

845196.18

154803.82

0.00

1.1.1.03

PI

20000

0.00

0.00

20000.00

0.00

1.1.1.04

PI

CONTRIBUCION QUE INCIDEN SOBRE COMERCIO E IND. CONTRIB.QUE INC.S/ESPECTACULOS Y DIVERSIONES PUBL. CONTRIB.QUE INC.S/LA OCUP. Y COMER. EN LA VIA PUB.

5000

18756.99

92925.92

0.00

87925.92

1.1.1.05

PT

INSPECCION SANITARIA

400000

43003.00

403786.28

0.00

3786.28

1.1.1.05.1

PI

INSPECCION SANITARIA - SENASA

180000

18564.00

153640.38

26359.62

0.00

1.1.1.05.2

PI

INSPECCION SANITARIA - MARCAS Y SEÑALES

130000

11268.00

112817.00

17183.00

0.00

1.1.1.05.3

PI

90000

13171.00

137328.90

0.00

47328.90

1.1.1.06

PI

1400000

120580.38

1184474.76

215525.24

0.00

1.1.1.07

PI

INSPECCION SANITARIA - PUESTOS DE INSPECCION CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LOS AUTOMOTORES CONTRIBUCION AUTOMOTORES EJERCICIOS ANTERIORES

800000

45091.46

495952.82

304047.18

0.00

1.1.1.08

PI

CONTRIB. QUE INC. S/ LOS CEMENTERIO

300000

7598.27

285186.22

14813.78

0.00

1.1.1.09

PI

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

1.1.1.10

PI

1000

180.00

770.00

230.00

0.00

1.1.1.11

PI

CONTRIB. POR VALORES SORTEABLES CON PREMIOS CONTRIB. QUE INCIDEN S/ PUBLICIDAD Y PROPAGANDA CONTRIB. POR SERV. RELAT. A CONSTR. DE OBRAS PRIV.

150000

11436.95

117812.99

32187.01

0.00

1.1.1.12

PI

CONTRIB. POR INSPECCION ELECTRICA Y MECANICA

320000

100000.00

371322.97

0.00

51322.97

1.1.1.13

PI

DERECHOS DE INSP.Y CONTRASTE DE PESAS Y MEDIDAS

1.1.1.14

PI

DERECHOS DE OFICINA

1.1.1.15

PI

TASAS POR SERVICIOS DEL REGISTRO CIVIL

1.1.1.16

PI

RECUPERO GASTOS ADMINISTRATIVOS

1.1.1.17

PI

REDONDEOS DE CAJA

1.1.1.18

PT

1.1.1.18.1

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

600000

36942.77

470372.14

129627.86

0.00

60000

5664.00

37057.00

22943.00

0.00

350000

22791.71

269810.77

80189.23

0.00

3000

17.86

996.15

2003.85

0.00

OTROS TRIBUTOS CORRESP.A EJERC.ANTERIORES

2300000

136100.54

1422000.36

877999.64

0.00

PI

OTROS TRIBUTOS EJERC.ANTER.GESTION ADMINIST.

2000000

136100.54

1421483.40

578516.60

0.00

1.1.1.18.2

PI

OTROS TRIBUTOS EJERC. ANT.GESTION JUDICIAL

300000

0.00

516.96

299483.04

0.00

1.1.1.20

PI

SERVICIOS P/INSPECCION PROV.GAS NATURAL

150000

35779.41

83900.25

66099.75

0.00

1.1.1.21

PI

3 % FONDO PARA PROMOCION TURISTICA

60000

7161.98

36542.73

23457.27

0.00

1.1.1.22

PI

RENOVACION ANUAL Y VENTA DE CARNETS

400000

46893.00

431268.00

0.00

31268.00

1.1.2

PT

OTROS INGRESOS DE JURISDICCION MUNICIPAL

5056000

136755.27

1557945.39

3498054.61

0.00

1.1.2.02

PT

RENTAS QUE PRODUCE EL PATRIMONIO MUNICIPAL

636000

73457.50

606241.00

29759.00

0.00

1.1.2.02.2

PI

ESTACION DE OMNIBUS

50000

0.00

0.00

50000.00

0.00

1.1.2.02.3

PI

BALNEARIO MUNICIPAL

75000

0.00

35340.00

39660.00

0.00

1.1.2.02.4

PI

FONDO PARA LA PROMOCION DESARROLLO LOCAL

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

1.1.2.02.5

PI

CANON POR CONCESION DE SERVICIOS

250000

0.00

107100.00

142900.00

0.00

1.1.2.02.6

PI

FONDO EXCEDENTE DE ALUMBRADO PUBLICO

200000

0.00

0.00

200000.00

0.00

1.1.2.02.7

PI

RADIO MUNICIPAL ALMAFUERTE

25000

7555.50

48419.50

0.00

23419.50

1.1.2.02.8

PI

HOSPITAL MUNICIPAL DR.SALVADOR SCAVUZZO

35000

65902.00

415381.50

0.00

380381.50

1.1.2.03

PT

MULTAS

2640000

4204.32

63615.53

2576384.47

0.00

1.1.2.03.1

PI

MULTAS DE TRANSITO

2500000

2556.00

55408.81

2444591.19

0.00

1.1.2.03.2

PI

MULTAS DE OBRAS Y SERV.PUBLICOS

70000

1648.32

8206.72

61793.28

0.00

1.1.2.03.3

PI

MULTAS VARIAS

70000

0.00

0.00

70000.00

0.00

1.1.2.04

PT

INGRESOS POR CONTRIBUCION DE MEJORAS

1195000

21230.97

520426.72

674573.28

0.00

1.1.2.04.1

PI

OBRA GAS NATURAL-GASODUCTO-

10000

1035.06

16088.05

0.00

6088.05

1.1.2.04.2

PI

OBRA RED DOMICILIARIA GAS NATURAL 1*ETAPA

30000

55.02

15499.77

14500.23

0.00

1.1.2.04.3

PI

OBRA RED DOMICILIARIA GAS NATURAL 2*ETAPA

25000

0.00

4404.63

20595.37

0.00

1.1.2.04.4

PI

OBRA RED DOMICILIARIA GAS NATURAL 3*ETAPA

50000

3586.29

27158.29

22841.71

0.00

1.1.2.04.5

PI

OBRA PAVIMENTO URBANO

1000000

14688.63

433855.38

566144.62

0.00

1.1.2.04.6

PI

OBRA CORDON CUNETA

50000

1207.43

11968.14

38031.86

0.00

1.1.2.04.7

PI

10000

17.94

1071.94

8928.06

0.00

1.1.2.04.8

PI

PRAM 2 -AVDA.BS.AS SAN MARTIN Y P.C.MOLINA FONDO PARA FINANCIAMIENTO DE OBRAS MUNICIPALES

20000

640.60

10380.52

9619.48

0.00

1.1.2.05

PI

SUBVENCIONES DONACIONES Y LEGADOS

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

1.1.2.06

PI

EVENTUALES E IMPREVISTOS

150000

3750.00

69716.71

80283.29

0.00

1.1.2.07

PI

EVENTOS AUSPICIOS Y PUBLICIDADES

20000

0.00

44936.00

0.00

24936.00

1.1.2.08

PI

RECUPERO VIVIENDA FOVICOR

1.1.2.09

PI

APORTE 80 % RESIDENTES TERCERA EDAD

13000

45.00

405.00

12595.00

0.00

400000

34067.48

252604.43

147395.57

0.00

BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL

CORD OBA

AL

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13 de Dic - 2013. Edición Nº 198

E

DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE

1.1.2.10

PI

PRESTACIONES DE HOSPITAL A ASEGURADORAS

1.2

PT

1.2.1

Pag. 36

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

17671000

2302744.81

16667868.38

1003131.62

0.00

PT

DE OTRAS JURISDICCIONES PARTICIPACION IMPUESTOS PROVINCIALES Y NACIONALES

15601000

1438587.49

13968637.11

1632362.89

0.00

1.2.1.02

PI

COOPARTICIPACION IMPOSITIVA DEL EJERCICIO

12800000

1262131.13

11377579.92

1422420.08

0.00

1.2.1.03

PI

COOPARTICIP.EJERCICIOS ANTERIORES

600000

0.00

777480.41

0.00

177480.41

1.2.1.04

PI

FOFINDES- HOSPITAL DR.SALVADOR SCAVUZZO

1200000

106572.38

1000900.51

199099.49

0.00

1.2.1.05

PI

TASA RETRIBUTIBA DE SERVICIO

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

1.2.1.06

PI

FONDO FEDERAL SOLIDARIO

1000000

69883.98

812676.27

187323.73

0.00

1.2.2

PT

2070000

864157.32

2699231.27

0.00

629231.27

1.2.2.01

PT

APORTES NO REINTEGRABLES APORTE PARA EJECUCION DE OBRAS EN COPARTICIPACION

950000

56650.02

628618.47

321381.53

0.00

1.2.2.01.1

PI

PROGRAMAS DE OBRAS NACIONALES Y PROVINCIALES

500000

0.00

0.00

500000.00

0.00

1.2.2.01.2

PI

450000

56650.02

628618.47

0.00

178618.47

1.2.2.02

PI

FDO.DESCENTRALIZ.DEL MANT.EDIF.ESCOLARES PROV. SUBVENCIONES Y SUBSIDIOS PROVINCIALES Y NACIONALES

500000

800937.30

1742841.80

0.00

1242841.80

1.2.2.04

PI

PROGRAMA DE ATENCION AL NIÑO Y LA FAMILIA

120000

0.00

64290.00

55710.00

0.00

1.2.2.05

PI

PROGRAMA DE ATENCION AL ADULTO MAYOR

250000

0.00

188736.00

61264.00

0.00

1.2.2.06

PI

OTROS PROGRAMAS NACIONALES Y PROVINCIALES

200000

0.00

25000.00

175000.00

0.00

1.2.2.07

PI

PLAN NACER

50000

6570.00

49745.00

255.00

0.00

2

PT

INGRESOS DE CAPITAL

1972000

0.00

950833.84

1021166.16

0.00

2.1

PT

USO DEL CREDITO

1201000

0.00

347650.41

853349.59

0.00

2.1.1

PT

DE INSTITUCIONES BANCARIAS

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

2.1.1.01

PI

CREDITOS BANCARIOS

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

2.1.2

PT

1200000

0.00

347650.41

852349.59

0.00

2.1.2.01

PI

DE OTRAS INSTITUCIONES FONDO PARA FINANCIACION DE PROYECTOSPCIA.CORDOBA

1200000

0.00

347650.41

852349.59

0.00

2.3

PT

VENTA DE BIENES PATRIMONIALES

21000

0.00

0.00

21000.00

0.00

2.3.1

PT

BIENES MUEBLES

20000

0.00

0.00

20000.00

0.00

2.3.1.01

PI

10000

0.00

0.00

10000.00

0.00

2.3.1.03

PI

HERRAMIENTAS MAQUINARIAS Y EQUIPOS MEDIOS DE TRANSPORTES VEHICULOS CAMIONES ETC.

10000

0.00

0.00

10000.00

0.00

2.3.2

PT

BIENES INMUEBLES

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

2.3.2.01

PI

TERRENOS

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

2.4

PT

OTROS INGRESOS DE CAPITAL

750000

0.00

603183.43

146816.57

0.00

2.4.2

PT

EXEDENTES LIQUIDOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

750000

0.00

603183.43

146816.57

0.00

2.4.2.01

PI

CAJA

150000

0.00

542406.39

0.00

392406.39

2.4.2.02

PI

BANCOS

600000

0.00

60777.04

539222.96

0.00

3

PT

NO CLASIFICADOS

4440000

329103.28

3154430.51

1285569.49

0.00

3.1

PT

CUENTAS DE ORDEN

4440000

329103.28

3154430.51

1285569.49

0.00

3.1.1

PT

POR TRABAJOS PUBLICOS

50000

0.00

0.00

50000.00

0.00

3.1.1.02

PI

GARANTIA DE LICITANTES

50000

0.00

0.00

50000.00

0.00

3.1.2

PT

OTRAS CAUSAS

4390000

329103.28

3154430.51

1235569.49

0.00

3.1.2.01

PI

RETENCION 18 % APORTE PERSONAL

2300000

177878.49

1697607.80

602392.20

0.00

3.1.2.02

PI

RETENCION I.P.A.M.

600000

57034.27

533020.76

66979.24

0.00

3.1.2.03

PI

RETENCIONES SEGURO DE VIDA

30000

3134.04

28057.15

1942.85

0.00

3.1.2.04

PT

OTRAS RETENCIONES

1340000

86096.81

810877.49

529122.51

0.00

3.1.2.04.1

PI

APORTE SINDICAL

120000

8739.78

86974.84

33025.16

0.00

3.1.2.04.2

PI

IMPUESTOS PERCIBIDOS Y/O RETENIDOS

70000

6756.31

50192.04

19807.96

0.00

3.1.2.04.4

PI

OTRAS RETENCIONES

550000

19691.41

269034.82

280965.18

0.00

3.1.2.04.6

PI

PROVEEDURIA SINDICAL

500000

50799.14

401517.70

98482.30

0.00

3.1.2.04.8

PI

HONORARIOS GESTION DE COBRANZAS

100000

110.17

3158.09

96841.91

0.00

3.1.2.06

PI

CONTRIBUCION BOMBEROS VOLUNTARIOS

120000

4959.67

84867.31

35132.69

0.00

39960000

3696830.60

30916858.66

11687159.25

2644017.91

TOTAL

BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL

CORD OBA

AL

RT M AF U E

13 de Dic - 2013. Edición Nº 198

E

DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE

Pag. 37

EJECUCION MENSUAL PRESUPUESTARIA – EGRESOS FECHA BALANCE: 31/10/2013 CUENTA M.

TCE DESIGNACION

PRESUPUESTO MONTO AUTORIZADO COMP.

MONTO COMP ACUMULADO

CREDITO DISPONIBLE

MONTO A MONTO A PAGAR PAGAR ACUM.

MONTO PAGADO

MONTO PAGADO ACU

1

PT

EROGACIONES CORRIENTES

29254000

1896097.09

22298084.39

6955915.61

2031837.85

21918803.90

2068403.12

21855921.35

1.1

PT

FUNCIONAMIENTO

24614000

1700626.39

18695609.60

5918390.40

1702684.81

18497298.94

1730109.08

18437756.45

1.1.01

PT

PERSONAL

16162000

1287577.88

11910832.80

4251167.20

1287577.88

11910832.80

1287577.88

11859905.60

1.1.01.01

PT

AUTORIDADES SUPERIORES Y PERS. PREMANENTE

11509000

960231.14

8936521.57

2572478.43

960231.14

8936521.57

960231.14

8885594.37

1.1.01.01.01

PT

SUELDOS BASICOS

4300000

379653.88

3407974.32

892025.68

379653.88

3407974.32

379653.88

3357047.12

1.1.01.01.01.01

PT

AUTORIDADES SUPERIORES

1467000

128211.27

1103696.06

363303.94

128211.27

1103696.06

128211.27

1052768.86

1.1.01.01.01.01.01

PI

INTENDENTE MUNICIPAL

280000

28554.85

216757.13

63242.87

28554.85

216757.13

28554.85

216757.13

1.1.01.01.01.01.02

PI

SECRETARIA DE GOBIERNO

185000

19988.39

143855.77

41144.23

19988.39

143855.77

19988.39

143855.77

1.1.01.01.01.01.03

PI

SECRETARIA DE HACIENDA

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.01.04

PI

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.01.05

PI

SECRETARIA DE SALUD Y ACCION SOCIAL

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.01.06

PI

ASESORIA LETRADA

115000

11136.39

101071.11

13928.89

11136.39

101071.11

11136.39

101071.11

1.1.01.01.01.01.07

PI

SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE

60000

7138.71

58126.38

1873.62

7138.71

58126.38

7138.71

58126.38

1.1.01.01.01.01.08

PI

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.01.09

PI

SUB-SECRETARIA DE TURISMO Y CULTURA SUB-SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION Y PROTOCOLO

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.01.10

PI

SUB-SECRETARIA DE DEPORTES

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.01.11

PI

DIRECCION DE HOSPITAL MUNICIPAL

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.01.13

PI

CONCEJO DELIBERANTE

400000

44260.02

379281.61

20718.39

44260.02

379281.61

44260.02

379281.61

1.1.01.01.01.01.14

PI

TRIBUNAL DE CUENTAS

170000

17132.91

153676.86

16323.14

17132.91

153676.86

17132.91

153676.86

1.1.01.01.01.01.15

PI

DEUDAS VARIAS AUTORIDADES SUPERIORES

250000

0.00

50927.20

199072.80

0.00

50927.20

0.00

0.00

1.1.01.01.01.02

PT

AGRUPAMIENTO PERSONAL ADMINISTRATIVO

570000

63176.64

532236.03

37763.97

63176.64

532236.03

63176.64

532236.03

1.1.01.01.01.02.01

PI

PERSONAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO -CAT.19 A 24

450000

48016.06

433529.18

16470.82

48016.06

433529.18

48016.06

433529.18

1.1.01.01.01.02.02

PI

45000

3868.99

35465.77

9534.23

3868.99

35465.77

3868.99

35465.77

1.1.01.01.01.02.03

PI

PERSONAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO -CAT.13 A 18 PERSONAL DE EJECUCION ADMINISTRATIVO -CAT.2 A 12

75000

11291.59

63241.08

11758.92

11291.59

63241.08

11291.59

63241.08

1.1.01.01.01.03

PT

AGRUPAMIENTO PERSONAL PROFESIONAL

3000

0.00

0.00

3000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.03.01

PI

JEFE DE AREA PROFESIONAL -CAT.21 A 24

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.03.02

PI

ASISTENTE PROFESIONAL MAYOR -CAT.19 A 20

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.03.03

PI

ASISTENTE PROFESIONAL -CAT.13 A 18

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.04

PT

AGRUPAMIENTO PERSONAL TECNICO

251000

16949.03

183997.98

67002.02

16949.03

183997.98

16949.03

183997.98

1.1.01.01.01.04.01

PI

PERSONAL SUPERIOR TECNICO -CAT.19 A 24

90000

9162.57

82493.30

7506.70

9162.57

82493.30

9162.57

82493.30

1.1.01.01.01.04.02

PI

PERSONAL AUXILIAR TECNICO -CAT.16 A 18

125000

7786.46

74450.30

50549.70

7786.46

74450.30

7786.46

74450.30

1.1.01.01.01.04.03

PI

36000

0.00

27054.38

8945.62

0.00

27054.38

0.00

27054.38

1.1.01.01.01.05

PT

PERSONAL DE EJECICION TECNICO -CAT.6 A 15 AGRUPAMIENTO.INSP.DE CONTROL VERIF. Y SANIDAD

265000

24313.99

216543.05

48456.95

24313.99

216543.05

24313.99

216543.05

1.1.01.01.01.05.01

PI

INSPECTOR SUPERIOR -CAT.19 A 24

55000

5191.79

47591.40

7408.60

5191.79

47591.40

5191.79

47591.40

1.1.01.01.01.05.02

PI

INSPECTOR AUXILIAR -CAT.13 A 18

45000

3917.48

35910.27

9089.73

3917.48

35910.27

3917.48

35910.27

1.1.01.01.01.05.03

PI

INSPECTOR DE EJECUCION -CAT.3 A 12

1.1.01.01.01.06

PT

AGRUPAMIENTO MAESTR.Y SERV.GRALES.

1.1.01.01.01.06.01

PI

1.1.01.01.01.06.02

PI

1.1.01.01.01.06.03

165000

15204.72

133041.38

31958.62

15204.72

133041.38

15204.72

133041.38

1270000

116188.86

1060680.97

209319.03

116188.86

1060680.97

116188.86

1060680.97

PERS.SUP.DE MAEST.Y SERV.GRALES -CAT.19 A 24

370000

39459.10

327231.83

42768.17

39459.10

327231.83

39459.10

327231.83

PERS.AUXIIAR DE MAEST.Y SERV.GRALES -CAT.13 A 18

200000

11626.40

138172.15

61827.85

11626.40

138172.15

11626.40

138172.15

PI

PERS.EJECUCION MAEST.Y SERV.GRALES -CAT.1 A 12

700000

65103.36

595276.99

104723.01

65103.36

595276.99

65103.36

595276.99

1.1.01.01.01.07

PT

AGRUPAMIENTO ASISTENCIAL

131000

7649.83

86595.26

44404.74

7649.83

86595.26

7649.83

86595.26

1.1.01.01.01.07.01

PI

PERSONAL SUPERIOR ASISTENCIAL -CAT.19 A 24

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.07.02

PI

PERSONAL AUXILIAR ASISTENCIAL -CAT.13 A 18

45000

3848.65

35279.30

9720.70

3848.65

35279.30

3848.65

35279.30

1.1.01.01.01.07.03

PI

PERSONAL DE EJECUCION ASISTENCIAL -CAT.2 A 12

85000

3801.18

51315.96

33684.04

3801.18

51315.96

3801.18

51315.96

1.1.01.01.01.09

PT

52000

4634.77

42485.40

9514.60

4634.77

42485.40

4634.77

42485.40

1.1.01.01.01.09.01

PI

50000

4634.77

42485.40

7514.60

4634.77

42485.40

4634.77

42485.40

1.1.01.01.01.09.02

PI

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.09.03

PI

AGRUPAMIENTO SIST.DE COMPUTACION DE DATOS PERSONAL SUPERIOR.SIST.COMP.DE DATOS -CAT.19 A 24 PERSONAL AUXILIAR.SIST.COMP.DE DATOS -CAT.13 A 18 PERSONAL EJECUCION.SIST.COMP.DE DATOS -CAT.3 A 12

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.10

PT

197000

10699.44

108761.22

88238.78

10699.44

108761.22

10699.44

108761.22

1.1.01.01.01.10.01

PI

AGRUPAMIENTO PROFESIONAL DE SANIDAD PERSONAL SUPERIOR PROFES.DE SANIDAD -CAT.19 A 24

60000

0.00

0.00

60000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.10.02

PI

PERSONAL AUX.PROFES.DE SANIDAD -CAT.16 A 18

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.10.03

PI

PERSONAL DE EJEC.PROFES.DE SANIDAD -CAT.10 A 15

1.1.01.01.01.10.05

PI

PERSONAL PROF. DE SANIDAD HORARIO REDUCIDO

1.1.01.01.01.11

PT

1.1.01.01.01.11.01

PI

1.1.01.01.01.11.02

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

135000

10699.44

108761.22

26238.78

10699.44

108761.22

10699.44

108761.22

AGRUPAMIENTO ASISTENCIAL DE ENFERMERIA

91000

7830.05

72978.35

18021.65

7830.05

72978.35

7830.05

72978.35

PERSONAL SUP.ASIST.DE ENFERMERIA -CAT.19 A 24

45000

3970.78

38148.40

6851.60

3970.78

38148.40

3970.78

38148.40

PI

PERSONAL AUX.ASIST.DE ENFERMERIA -CAT.13 A 18

45000

3859.27

34829.95

10170.05

3859.27

34829.95

3859.27

34829.95

1.1.01.01.01.11.03

PI

PERSONAL EJEC.ASIST.DE ENFERMERIA -CAT.2 A 12

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.12

PT

AGRUPAMIENTO DOCENTE

3000

0.00

0.00

3000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.12.01

PI

DIRECTOR DE ESCUELA

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.01.12.02

PI

MAESTRO DE GRADO

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL

CORD OBA

AL

RT M AF U E

13 de Dic - 2013. Edición Nº 198

E

DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE

Pag. 38

1.1.01.01.01.12.03

PI

MAESTRO DE RAMOS ESPECIALES

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.02

PT

ADICIONALES Y SUPLEMENTOS VARIOS

4339000

406903.21

3744622.59

594377.41

406903.21

3744622.59

406903.21

3744622.59

1.1.01.01.02.03

PI

ANTIGUEDAD

1200000

121571.46

1085740.54

114259.46

121571.46

1085740.54

121571.46

1085740.54

1.1.01.01.02.04

PI

TITULO

318000

28521.44

255777.08

62222.92

28521.44

255777.08

28521.44

255777.08

1.1.01.01.02.05

PI

RESPONSABILIDAD JERARQUICA

190000

21200.54

184430.32

5569.68

21200.54

184430.32

21200.54

184430.32

1.1.01.01.02.06

PI

RIESGO E INSALUBRIDAD EN LAS TAREAS

210000

19381.92

169324.16

40675.84

19381.92

169324.16

19381.92

169324.16

1.1.01.01.02.07

PI

SUBROGANCIA

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.02.08

PI

QUEBRANTO DE CAJA

15000

1427.34

10367.88

4632.12

1427.34

10367.88

1427.34

10367.88

1.1.01.01.02.09

PI

OTROS SUPLEMENTOS

1100000

94675.46

969226.55

130773.45

94675.46

969226.55

94675.46

969226.55

1.1.01.01.02.10

PI

ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

620000

54783.16

500690.59

119309.41

54783.16

500690.59

54783.16

500690.59

1.1.01.01.02.11

PI

RESPONSABILIDAD TECNICA

535000

49564.14

424783.20

110216.80

49564.14

424783.20

49564.14

424783.20

1.1.01.01.02.13

PI

REFRIGERIO

150000

15777.75

144282.27

5717.73

15777.75

144282.27

15777.75

144282.27

1.1.01.01.03

PT

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO

500000

0.00

328647.17

171352.83

0.00

328647.17

0.00

328647.17

1.1.01.01.03.01

PI

AGUINALDO PERSONAL PERMANENTE

500000

0.00

328647.17

171352.83

0.00

328647.17

0.00

328647.17

1.1.01.01.04

PT

APORTE PATRONAL JUBILATORIO

1250000

118052.76

932037.35

317962.65

118052.76

932037.35

118052.76

932037.35

1.1.01.01.04.01

PI

APORTE 20% PERSONAL PERMANENTE

1250000

118052.76

932037.35

317962.65

118052.76

932037.35

118052.76

932037.35

1.1.01.01.05

PT

APORTE PATRONAL OBRAS SOCIALES

670000

55621.29

496272.27

173727.73

55621.29

496272.27

55621.29

496272.27

1.1.01.01.05.01

PI

FONDO MEDICO ASISTENCIAL-I.P.A.M.-

320000

26311.96

207705.51

112294.49

26311.96

207705.51

26311.96

207705.51

1.1.01.01.05.02

PI

SEGUROS

350000

29309.33

288566.76

61433.24

29309.33

288566.76

29309.33

288566.76

1.1.01.01.06

PT

SUPLENCIAS Y LICENCIAS

50000

0.00

26967.87

23032.13

0.00

26967.87

0.00

26967.87

1.1.01.01.06.01

PI

PAGO SUPLENCIAS Y LICENCIAS

50000

0.00

26967.87

23032.13

0.00

26967.87

0.00

26967.87

1.1.01.01.07

PT

DEUDAS PERSONAL PERMANENTE

400000

0.00

0.00

400000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.01.07.01

PI

DEUDAS VARIAS PERSONAL PERMANENTE

400000

0.00

0.00

400000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.02

PT

PERSONAL TEMPORARIO

4247000

290226.74

2652227.63

1594772.37

290226.74

2652227.63

290226.74

2652227.63

1.1.01.02.01

PT

RETRIBUCIONES

2127000

156992.81

1402380.21

724619.79

156992.81

1402380.21

156992.81

1402380.21

1.1.01.02.01.01

PT

PERSONAL CONTRATADO

2127000

156992.81

1402380.21

724619.79

156992.81

1402380.21

156992.81

1402380.21

1.1.01.02.01.01.01

PI

PERSONAL CONTRATADO OBRAS Y SERVICIOS

720000

53546.43

506955.83

213044.17

53546.43

506955.83

53546.43

506955.83

1.1.01.02.01.01.02

PI

PERSONAL CONTRATADO RESIDENCIA 3* EDAD

160000

14539.75

133281.11

26718.89

14539.75

133281.11

14539.75

133281.11

1.1.01.02.01.01.03

PI

PERSONAL CONTRATADO GUARDERIA

110000

3216.76

29486.93

80513.07

3216.76

29486.93

3216.76

29486.93

1.1.01.02.01.01.04

PI

PERSONAL CONTRATADO TALLER ESPERANZA

7000

0.00

0.00

7000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.02.01.01.05

PI

PERSONAL CONTRATADO ADMINISTRACION

570000

40714.90

338430.66

231569.34

40714.90

338430.66

40714.90

338430.66

1.1.01.02.01.01.06

PI

PERSONAL CONTRATADO RADIO MUNICIPAL

70000

6433.52

58973.86

11026.14

6433.52

58973.86

6433.52

58973.86

1.1.01.02.01.01.07

PI

PERSONAL CONTRATADO HOSPITAL MUNICIPAL

250000

21288.81

176218.00

73782.00

21288.81

176218.00

21288.81

176218.00

1.1.01.02.01.01.08

PI

PERSONAL CONTRATADO BROMATOLOGIA

60000

3216.76

35732.88

24267.12

3216.76

35732.88

3216.76

35732.88

1.1.01.02.01.01.09

PI

PERSONAL CONTRATADO HOGAR DE DIA

60000

3801.18

34844.17

25155.83

3801.18

34844.17

3801.18

34844.17

1.1.01.02.01.01.10

PI

80000

7017.94

64331.10

15668.90

7017.94

64331.10

7017.94

64331.10

1.1.01.02.01.01.11

PI

PERSONAL CONTRATADO ACCION SOCIAL PERSONAL CONTRATADO DEPORTES TURISMO Y CULTURA

40000

3216.76

24125.67

15874.33

3216.76

24125.67

3216.76

24125.67

1.1.01.02.02

PT

ADICIONALES Y SUPLEMENTOS VARIOS

390000

33070.66

317976.74

72023.26

33070.66

317976.74

33070.66

317976.74

1.1.01.02.02.01

PI

ANTIGUEDAD PERSONAL TEMPORARIO

280000

26574.29

254302.64

25697.36

26574.29

254302.64

26574.29

254302.64

1.1.01.02.02.02

PI

RIESGO E INSALUBRIDAD EN LAS TAREAS

110000

6496.37

63674.10

46325.90

6496.37

63674.10

6496.37

63674.10

1.1.01.02.03

PT

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO

200000

0.00

138045.62

61954.38

0.00

138045.62

0.00

138045.62

1.1.01.02.03.01

PI

AGUINALDO PERSONAL TEMPORARIO

200000

0.00

138045.62

61954.38

0.00

138045.62

0.00

138045.62

1.1.01.02.04

PT

APORTE PATRONAL JUBILATORIO

950000

78701.84

621358.23

328641.77

78701.84

621358.23

78701.84

621358.23

1.1.01.02.04.01

PI

APORTE 20% PERSONAL TEMPORARIO

950000

78701.84

621358.23

328641.77

78701.84

621358.23

78701.84

621358.23

1.1.01.02.05

PT

APORTE PATRONAL OBRAS SOCIALES

330000

21461.43

172466.83

157533.17

21461.43

172466.83

21461.43

172466.83

1.1.01.02.05.01

PI

FONDO MEDICO ASISTENCIAL I.P.A.M.

180000

17541.30

138470.33

41529.67

17541.30

138470.33

17541.30

138470.33

1.1.01.02.05.02

PI

SEGUROS

150000

3920.13

33996.50

116003.50

3920.13

33996.50

3920.13

33996.50

1.1.01.02.06

PT

DEUDAS PERSONAL TEMPORARIO

250000

0.00

0.00

250000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.02.06.01

PI

DEUDAS VARIAS PERSONAL TEMPORARIO

250000

0.00

0.00

250000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.01.03

PI

SALARIO FAMILIAR

395000

36320.00

320840.00

74160.00

36320.00

320840.00

36320.00

320840.00

1.1.01.04

PI

SERVICIOS EXTRAORDINARIOS

1.1.01.05

PI

ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL

1.1.01.06

PI

CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS

1.1.02

PT

BIENES DE CONSUMO

1.1.02.01

PT

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

1.1.02.01.01

PI

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES OBRAS Y SERV.PUBL.

1.1.02.01.02

PI

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES OTROS

1.1.02.02

PI

ADQ.DE REPUESTOS EN GRAL.

1.1.02.03

PI

1.1.02.04

PI

1.1.02.05

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

10000

800.00

1243.60

8756.40

800.00

1243.60

800.00

1243.60

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2477000

94906.64

1441736.52

1035263.48

85591.61

1414063.28

110210.87

1414062.98

580000

34439.72

437052.68

142947.32

34822.02

429553.68

35765.28

429553.68

490000

33095.22

419270.14

70729.86

33445.52

411771.14

34388.78

411771.14

90000

1344.50

17782.54

72217.46

1376.50

17782.54

1376.50

17782.54

280000

10396.89

230170.38

49829.62

4408.97

224182.46

23051.77

224182.46

UTILES LIBROS IMP.Y PAP.

85000

4265.73

56498.67

28501.33

1684.50

53917.44

4177.20

53917.44

ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y CAF.

10000

0.00

21.75

9978.25

0.00

21.75

0.00

21.75

PI

MATERIALES PARA CONSERVACION

30000

36.00

10495.51

19504.49

36.00

10495.51

36.00

10495.51

1.1.02.06

PI

ADQ.DE CUBIERTAS Y CAMARAS

100000

0.00

765.00

99235.00

0.00

765.00

0.00

765.00

1.1.02.07

PI

ADQ.DE MATERIALES DE CONSTRUCCION

2000

0.00

0.00

2000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL

CORD OBA

AL

RT M AF U E

13 de Dic - 2013. Edición Nº 198

E

1.1.02.08

PI

ADQ.DE MAT.Y PROD.FARMACEUTICOS

1.1.02.09

PI

RACIONAMIENTOS Y ALIMENTOS

1.1.02.10

PT

OTROS

1.1.02.10.03

PI

CONSUMO Y MANTENIMIENTO BALNEARIO MPAL.

1.1.02.10.04

PI

CONSUMO Y MANTENIMIENTO CEMENTERIO MPAL.

1.1.02.10.05

PI

1.1.02.10.06

PI

1.1.02.10.07

PI

1.1.02.10.08

PI

1.1.02.11

DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE

Pag. 39

5000

0.00

0.00

5000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

40000

484.00

29571.93

10428.07

1693.00

29293.93

1693.00

29293.93

300000

16146.95

224591.67

75408.33

8898.15

217204.87

11270.65

217204.57

35000

0.00

16107.00

18893.00

0.00

16107.00

0.00

16107.00

5000

0.00

2900.90

2099.10

0.00

2762.90

0.00

2762.90

CONSUMO Y MANTENIMIENTO EDIFICIO MPAL.

35000

1135.17

16986.46

18013.54

1016.17

16867.46

1016.17

16867.46

CONSUMO Y MANTENIMIENTO CORRALON MPAL.

30000

796.09

29199.59

800.41

394.79

28798.29

394.79

28798.29

175000

14157.69

144437.34

30562.66

7429.19

137708.84

9801.69

137708.54

20000

58.00

14960.38

5039.62

58.00

14960.38

58.00

14960.38

PI

CONSUMO Y MANTENIMIENTO OTROS CONSUMO Y MANTENIMIENTO OFICINA REINSP.VETERINARIA DEUDAS BIENES DE CONSUMO EJERCICIOS ANTERIORES

200000

0.00

89109.68

110890.32

0.00

89109.68

0.00

89109.68

1.1.02.12

PI

CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS

125000

0.00

0.00

125000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.02.13

PI

INDUMENTARIA AL PERSONAL

140000

7052.32

123113.75

16886.25

7584.92

123043.75

7752.92

123043.75

1.1.02.17

PT

CONSUMO Y MANTENIMIENTO HOSPITAL MUNICIPAL

580000

22085.03

240345.50

339654.50

26464.05

236475.21

26464.05

236475.21

1.1.02.17.01

PI

180000

4579.39

25663.04

154336.96

991.45

22075.10

991.45

22075.10

1.1.02.17.02

PI

MEDICAMENTOS HOSPITAL MUNICIPAL FUNCIONAMIENTO Y MANTENIMIENTO HOSPITAL MUNICIPAL

380000

17505.64

210847.10

169152.90

25472.60

210564.75

25472.60

210564.75

1.1.02.17.03

PI

MEDICAMENTOS HOSPITAL MPAL.EJERC.ANTERIORES

20000

0.00

3835.36

16164.64

0.00

3835.36

0.00

3835.36

1.1.03

PT

SERVICIOS

5975000

318141.87

5343040.28

631959.72

329515.32

5172402.86

332320.33

5163787.87

1.1.03.01

PI

ELECTRICIDAD GAS Y AGUAS CTES.EN DEPEN.MPALES.

15000

2013.96

10504.51

4495.49

2013.96

10504.51

2013.96

10504.51

1.1.03.02

PI

22000

951.48

17981.36

4018.64

951.48

17981.36

951.48

17981.36

1.1.03.03

PI

PASAJES FLETES ACARREOS Y ALMACENAJES COMUNICACIONES TELEGRAFOS TELEFONOS Y POSTALES

240000

19798.62

201359.57

38640.43

18577.27

200138.22

18577.27

200138.22

1.1.03.04

PT

PUBLICACIONES Y PROPAGANDAS

460000

30410.66

400643.63

59356.37

27200.66

397433.63

30740.66

397433.63

1.1.03.04.01

PI

PUBLICACIONES Y PROPAGANDAS VARIAS

460000

30410.66

400643.63

59356.37

27200.66

397433.63

30740.66

397433.63

1.1.03.04.02

PI

PUBLICACION BOLETIN OFICIAL

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.03.05

PT

COMISIONES SELLADOS Y SEG.DE VEH.Y MAQ.

130000

6324.26

115125.52

14874.48

6324.26

115125.52

6324.26

115125.52

1.1.03.05.01

PI

COMISIONES SELLADOS

80000

745.24

67237.84

12762.16

745.24

67237.84

745.24

67237.84

1.1.03.05.02

PI

COMISION POR MULTAS DE TRANSITO

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.03.05.03

PI

SEGUROS DE VEHICULOS Y MAQUINARIAS

50000

5579.02

47887.68

2112.32

5579.02

47887.68

5579.02

47887.68

1.1.03.06

PI

ALQUILERES VARIOS

200000

1400.00

167642.23

32357.77

9250.00

115052.23

9250.00

115052.23

1.1.03.07

PI

GASTOS JUDICIALES E INDEMNIZACIONES

1.1.03.08

PT

VIATICOS Y MOVILIDAD

1.1.03.08.01

PI

GASTOS DE MOVILIDAD Y GESTION

1.1.03.09

PT

ESTUDIOS INVESTIGACIONES Y ASIST.TECNICA

1.1.03.09.01

PI

ESTUDIOS E INVESTIGACIONES

1.1.03.09.02

PI

ASISTENCIA TÉCNICA

1.1.03.10

PI

1.1.03.11

PI

1.1.03.12

65000

0.00

60699.73

4300.27

0.00

60699.73

0.00

60699.73

140000

11372.49

110020.46

29979.54

9872.49

108520.46

9872.49

108520.46

140000

11372.49

110020.46

29979.54

9872.49

108520.46

9872.49

108520.46

2000000

76949.00

1880152.43

119847.57

96081.00

1799002.56

96081.00

1797002.56

350000

8397.00

289842.60

60157.40

8397.00

262342.60

8397.00

260342.60

1650000

68552.00

1590309.83

59690.17

87684.00

1536659.96

87684.00

1536659.96

GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCION

250000

30750.94

231605.20

18394.80

18466.74

219181.00

17143.00

217857.26

CONSERVACIONES Y REPARACIONES

370000

20326.08

327981.38

42018.62

19034.08

326529.38

20984.08

326529.38

PI

SERVICIOS PUBLICOS EJECUTADOS POR TERCEROS

450000

25300.00

429522.51

20477.49

29800.00

420522.51

29800.00

420522.51

1.1.03.13

PI

ALUMBRADO PUBLICO

14000

0.00

6081.00

7919.00

0.00

6081.00

0.00

6081.00

1.1.03.14

PI

PREMIOS ADHESIONES Y OTROS SIMILARES

62000

0.00

46915.25

15084.75

1237.00

44441.25

1237.00

44441.25

1.1.03.15

PI

HOMENAJES Y CORTESIAS

1.1.03.16

PT

OTROS

1.1.03.16.08

PI

1.1.03.16.09 1.1.03.16.10

45000

2464.00

41740.34

3259.66

1648.00

40924.34

1648.00

37304.34

1275000

90080.38

1062576.25

212423.75

89058.38

1057776.25

87697.13

1056415.00

750000

76480.38

622513.58

127486.42

75458.38

617713.58

74097.13

616352.33

PI

SERVICIOS OTROS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE ESPACIOS VERDES

160000

0.00

148295.00

11705.00

0.00

148295.00

0.00

148295.00

PI

SERVICIOS HOSPITAL MUNICIPAL

365000

13600.00

291767.67

73232.33

13600.00

291767.67

13600.00

291767.67

1.1.03.17

PI

DEUDAS POR SERVICIOS EJERCICIOS ANTERIORES

227000

0.00

226876.61

123.39

0.00

226876.61

0.00

226566.61

1.1.03.18

PI

CREDITO ADICIONAL POR REFUERZOS DE PARTIDAS

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.1.03.19

PI

CAPACITACION AL PERSONAL

10000

0.00

5612.30

4387.70

0.00

5612.30

0.00

5612.30

1.2

PT

INTERESES Y GASTOS DE LA DEUDA

30000

0.00

0.00

30000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.2.04

PT

INTERESES Y GASTOS DE LA DEUDA

30000

0.00

0.00

30000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.2.04.01

PT

CON ORGANISMOS PRIVADOS

10000

0.00

0.00

10000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.2.04.01.01

PI

INTERESES VARIOS

10000

0.00

0.00

10000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.2.04.02

PT

CON ORGANISMOS PROVINCIALES

10000

0.00

0.00

10000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.2.04.02.02

PI

AMORT.INTERESES

10000

0.00

0.00

10000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.2.04.06

PI

CREDITO ADICIONAL P/INCREMENTO DE PARTIDAS

1.3

PT

1.3.05

PT

TRANSFERENCIAS TRANSFERENCIAS P/FINANCIAR EROGACIONES CORRIENTES

1.3.05.01

PT

AL SECTOR PUBLICO

1.3.05.01.02

PI

1% TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS

1.3.05.01.03

PI

1.3.05.01.04

PT

1.3.05.01.04.01

PT

1.3.05.01.04.01.01 1.3.05.01.04.01.02

10000

0.00

0.00

10000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

4610000

195470.70

3602474.79

1007525.21

329153.04

3421504.96

338294.04

3418164.90

4482000

195470.70

3551227.88

930772.12

323237.10

3374873.99

332378.10

3371533.93

341000

15081.53

229360.40

111639.60

17581.53

226860.40

18084.53

226860.40

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

PARTICIPACION EN ENTES Y PROGRAMAS

150000

12038.10

106338.69

43661.31

12038.10

106338.69

12038.10

106338.69

154000

1789.22

101275.84

52724.16

4289.22

98775.84

4792.22

98775.84

50000

1212.08

36981.76

13018.24

1212.08

36981.76

1715.08

36981.76

PI

INSUMOS Y FUNCIONAMIENTO INSUMOS Y FUNCIONAMIENTO CONCEJO DELIBERANTE INSUMOS Y FUNCIONAMIENTO CONCEJO DELIBERANTE

40000

655.28

36424.96

3575.04

655.28

36424.96

1158.28

36424.96

PI

DONACIONES ADQUISICIONES Y OTROS- CONC.DELIB.

10000

556.80

556.80

9443.20

556.80

556.80

556.80

556.80

BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL

CORD OBA

AL

RT M AF U E

13 de Dic - 2013. Edición Nº 198

E

DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE

Pag. 40

1.3.05.01.04.02

PI

INSUMOS Y FUNCIONAMIENTO TRIBUNAL DE CUENTAS

20000

0.00

7405.21

12594.79

0.00

7405.21

0.00

7405.21

1.3.05.01.04.07

PI

INSUMOS Y FUNCIONAMIENTO RADIO MUNICIPAL

38000

577.14

23619.09

14380.91

577.14

23619.09

577.14

23619.09

1.3.05.01.04.08

PI

CASA DE ALMAFUERTE EN CORDOBA

1.3.05.01.04.09

PI

CASA DE ALMAFUERTE EN RIO CUARTO

1.3.05.01.05

PI

OTROS

1.3.05.01.06

PI

FUNCIONAMIENTO JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

1.3.05.01.07

PI

FUNCIONAMIENTO AREA JUVENTUD MUNICIPAL

1.3.05.01.08

PI

FUNCIONAMIENTO C.T.C.

1.3.05.01.09

PI

FUNCIONAMIENTO CASA ANEXA

1.3.05.02

PT

AL SECTOR PRIVADO

1.3.05.02.01

PT

AYUDA SOCIAL

1.3.05.02.01.01

PI

MEDICAMENTOS

1.3.05.02.01.02

PI

1.3.05.02.01.03

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

45000

0.00

33269.78

11730.22

2500.00

30769.78

2500.00

30769.78

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

10000

0.00

0.00

10000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2000

0.00

0.00

2000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

23000

1254.21

21745.87

1254.13

1254.21

21745.87

1254.21

21745.87

4141000

180389.17

3321867.48

819132.52

305655.57

3148013.59

314293.57

3144673.53

470000

46148.67

424535.02

45464.98

45028.30

417166.02

47206.30

417166.02

50000

1706.17

48378.78

1621.22

2.30

46674.91

2.30

46674.91

ESTUDIOS ESPECIALES

10000

0.00

623.60

9376.40

0.00

623.60

0.00

623.60

PI

PROTESIS Y ANTEOJOS

10000

0.00

5755.25

4244.75

0.00

5755.25

2178.00

5755.25

1.3.05.02.01.04

PI

SUBSIDIOS GASTOS Y AYUDAS

400000

44442.50

369777.39

30222.61

45026.00

364112.26

45026.00

364112.26

1.3.05.02.03

PT

SUBVENCIONES Y SUBSIDIOS

2617000

67096.62

2037815.40

579184.60

203169.36

1882028.48

203169.36

1878688.42

1.3.05.02.03.01

PI

FUNCIONAMIENTO UNI 3

1.3.05.02.03.02

PT

PROGRAMA DE BECAS MUNICIPALES Y PROVINCIALES

1.3.05.02.03.02.01

PI

1.3.05.02.03.02.02

PI

1.3.05.02.03.02.03

3000

0.00

2000.00

1000.00

0.00

2000.00

0.00

2000.00

1725000

29318.58

1584791.28

140208.72

162129.77

1429682.04

162129.77

1428557.49

BECARIOS OBRAS Y SERVICIOS

340000

4775.66

312651.51

27348.49

25612.66

295685.97

25612.66

295685.97

130000

4700.95

93837.06

36162.94

8938.36

91920.14

8938.36

91920.14

PI

BECARIOS ADMINISTRACION BECARIOS DEPENDENCIAS DE SALUD Y ACCION SOCIAL

880000

17085.47

840828.99

39171.01

92577.66

754966.58

92577.66

753842.03

1.3.05.02.03.02.04

PI

BECARIOS CULTURA DEPORTES Y TURISMO

110000

0.00

97315.55

12684.45

9117.00

81683.43

9117.00

81683.43

1.3.05.02.03.02.05

PI

BECARIOS RADIO MUNICIPAL

25000

0.00

20305.46

4694.54

1945.00

19163.46

1945.00

19163.46

1.3.05.02.03.02.06

PI

BECARIOS ESTUDIANTES

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.3.05.02.03.02.07

PI

240000

2756.50

219852.71

20147.29

23939.09

186262.46

23939.09

186262.46

1.3.05.02.03.03

PT

BECARIOS OTROS SUBS.PARA INFRAESTRUCTURA ENTIDADES DEPORTIVAS

21000

2000.00

4500.00

16500.00

2000.00

4500.00

2000.00

4500.00

1.3.05.02.03.03.01

PI

CLUB ATLETICO ALMAFUERTE

7000

0.00

1500.00

5500.00

0.00

1500.00

0.00

1500.00

1.3.05.02.03.03.02

PI

CLUB SPORTIVO BELGRANO

7000

2000.00

3000.00

4000.00

2000.00

3000.00

2000.00

3000.00

1.3.05.02.03.03.03

PI

CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA

7000

0.00

0.00

7000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.3.05.02.03.04

PI

SUBSIDIOS JARDIN DE INFANTES MUNICIPAL

235000

10996.79

113360.15

121639.85

12261.14

113210.15

12261.14

113210.15

1.3.05.02.03.06

PI

SUBSIDIO CONSUMO Y MANT.HOGAR DE ANCIANOS

300000

12230.63

156051.21

143948.79

12996.73

155695.53

12996.73

155695.53

1.3.05.02.03.08

PI

SUBSIDIO CONSUMO Y MANT.TALLER ESPERANZA

19000

1705.25

16010.31

2989.69

1899.85

15988.31

1899.85

15988.31

1.3.05.02.03.09

PI

SUBS.HOGAR DE DIA COMEDOR N* 25

253000

10845.37

106102.45

146897.55

11881.87

105952.45

11881.87

103736.94

1.3.05.02.03.13

PI

FUNCIONAMIENTO GRUPO INTERDISCIPLINARIO

2000

0.00

0.00

2000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.3.05.02.03.14

PI

SUBSIDIOS REINTEGRABLES

57000

0.00

55000.00

2000.00

0.00

55000.00

0.00

55000.00

1.3.05.02.03.15

PI

0.00

0.00

2000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

PT

OTROS SUBSIDIOS APORTES Y GASTOS DE CULTURA DEP. TURISMO Y PRENSA

2000

1.3.05.02.04

460000

22029.29

319218.02

140781.98

16944.29

313821.02

21954.29

313821.02

1.3.05.02.04.01

PI

GASTOS CULTURALES DE RECREACION Y OTROS

110000

7124.29

100674.83

9325.17

5624.29

99174.83

5624.29

99174.83

1.3.05.02.04.02

PI

GASTOS DEPORTIVOS VARIOS

165000

14905.00

158254.49

6745.51

11320.00

154357.49

16330.00

154357.49

1.3.05.02.04.03

PI

GASTOS DE PROMOCION Y DESARROLLO TURISTICO

130000

0.00

59328.70

70671.30

0.00

59328.70

0.00

59328.70

1.3.05.02.04.04

PI

GASTOS DE PRENSA DIFUSION Y PROTOCOLO

5000

0.00

960.00

4040.00

0.00

960.00

0.00

960.00

1.3.05.02.04.05

PI

GASTOS EN EDUCACION

50000

0.00

0.00

50000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.3.05.02.05

PT

DEVOLUCIONES

14000

495.00

9047.18

4952.82

495.00

9047.18

495.00

9047.18

1.3.05.02.05.01

PI

DEVOLUCIONES TASAS A LA PROPIEDAD

2000

0.00

496.72

1503.28

0.00

496.72

0.00

496.72

1.3.05.02.05.02

PI

DEVOLUCIONES IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES

5000

495.00

2685.71

2314.29

495.00

2685.71

495.00

2685.71

1.3.05.02.05.03

PI

DEVOLUCIONES VARIAS

1.3.05.02.06

PI

EVENTOS ORGANIZACION Y AUSPICIO

1.3.05.02.07

PI

OTROS

1.3.05.02.08

PI

1.3.06

PT

CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS TRANSFERENCIAS PARA FINANC.EROGACIONES DE CAPITAL

1.3.06.01

PT

AL SECTOR PUBLICO

1.3.06.01.01

PT

MANTENIMIENTO EDIFICIOS PUBLICOS LEY7644

1.3.06.01.01.01

PI

1.3.06.01.01.02 1.3.06.01.01.03

7000

0.00

5864.75

1135.25

0.00

5864.75

0.00

5864.75

570000

44619.59

528548.86

41451.14

40018.62

523247.89

41468.62

523247.89

10000

0.00

2703.00

7297.00

0.00

2703.00

0.00

2703.00

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

128000

0.00

51246.91

76753.09

5915.94

46630.97

5915.94

46630.97

128000

0.00

51246.91

76753.09

5915.94

46630.97

5915.94

46630.97

128000

0.00

51246.91

76753.09

5915.94

46630.97

5915.94

46630.97

ESCUELA REMEDIOS ESCALADA DE SAN MARTIN

5000

0.00

0.00

5000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

PI

ESCUELA IPEM N*210

5000

0.00

0.00

5000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

PI

ESCUELA DR. PEDRO C. MOLINA

5000

0.00

2600.00

2400.00

2600.00

2600.00

2600.00

2600.00

1.3.06.01.01.04

PI

ESCUELA RURAL N*412

5000

0.00

4750.00

250.00

500.00

4250.00

500.00

4250.00

1.3.06.01.01.05

PI

ESCUELA IPEM N*299

5000

0.00

0.00

5000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.3.06.01.01.06

PI

ESCUELA PAULA ALBARRACIN

7000

0.00

5250.00

1750.00

500.00

4250.00

500.00

4250.00

1.3.06.01.01.07

PI

ESCUELA NORMAL JOSE M. ESTRADA

5000

0.00

0.00

5000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.3.06.01.01.08

PI

ESCUELA JUSTO A. CARTAS

5000

0.00

0.00

5000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.3.06.01.01.09

PI

ESCUELA ARTURO CAPDEVILLA

5000

0.00

0.00

5000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1.3.06.01.01.10

PI

CENMA

22000

0.00

17043.46

4956.54

1515.94

15527.52

1515.94

15527.52

1.3.06.01.01.11

PI

JARDINES DE INFANTES

15000

0.00

0.00

15000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL

CORD OBA

AL

RT M AF U E

13 de Dic - 2013. Edición Nº 198

E

DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE

Pag. 41

1.3.06.01.01.12

PI

COMISARIA DISTRITO ALMAFUERTE Y JUZGADO DE PAZ

15000

0.00

13467.00

1533.00

800.00

11867.00

800.00

11867.00

1.3.06.01.01.13

PI

CENTRO VECINAL BARRIO PARQUE

2000

0.00

1950.00

50.00

0.00

1950.00

0.00

1950.00

1.3.06.01.01.14

PI

CENTRO VECINAL BARRIO PINARES

2000

0.00

1950.00

50.00

0.00

1950.00

0.00

1950.00

1.3.06.01.01.15

PI

CENTRO VECINAL BARRIO VILLA EL SALTO

4000

0.00

2286.45

1713.55

0.00

2286.45

0.00

2286.45

1.3.06.01.01.16

PI

CENTRO VECINAL B* SOL DE MAYO Y BELGRANO

2000

0.00

1950.00

50.00

0.00

1950.00

0.00

1950.00

1.3.06.01.01.20

PI

CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS

19000

0.00

0.00

19000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2

PT

EROGACIONES DE CAPITAL

6266000

169077.50

4432165.58

1833834.42

177318.34

4331042.68

190512.97

4294155.27

2.1

PT

INVERSION FISICA

5895000

122696.26

4166358.63

1728641.37

130937.10

4065235.73

144131.73

4028348.32

2.1.07

PT

BIENES DE CAPITAL

705000

5525.16

593524.79

111475.21

4436.16

592435.79

6952.06

592435.79

2.1.07.01

PI

MAQUINARIAS-EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

570000

3805.16

525639.81

44360.19

2716.16

524550.81

5232.06

524550.81

2.1.07.02

PI

MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA

100000

1720.00

35113.34

64886.66

1720.00

35113.34

1720.00

35113.34

2.1.07.03

PI

MEDIOS DE TRANSPORTE

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2.1.07.05

PI

BIENES INMUEBLES

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2.1.07.06

PI

OTROS BIENES DE CAPITAL

35000

0.00

32771.64

2228.36

0.00

32771.64

0.00

32771.64

2.1.07.08

PI

CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2.1.08

PT

TRABAJOS PUBLICOS

5190000

117171.10

3572833.84

1617166.16

126500.94

3472799.94

137179.67

3435912.53

2.1.08.01

PT

POR CUENTA DE LA MUNICIPALIDAD

3440000

54084.28

1953165.43

1486834.57

47926.09

1945587.79

55040.77

1913187.79

2.1.08.01.02

PT

POR ADMINISTRACION

3440000

54084.28

1953165.43

1486834.57

47926.09

1945587.79

55040.77

1913187.79

2.1.08.01.02.01

PI

OBRA GAS NATURAL - RED DOMICILIARIA

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2.1.08.01.02.02

PI

OBRA CEMENTERIO MUNICIPAL BS.Y SERV.

50000

120.00

17289.19

32710.81

0.00

17169.19

0.00

14469.19

2.1.08.01.02.03

PI

OBRA BALNEARIO PIEDRAS MORAS BS.Y SERV.

150000

0.00

0.00

150000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2.1.08.01.02.04

PT

OBRA CORDON CUNETA Y PAVIMENTO

980000

0.00

220677.21

759322.79

0.00

220677.21

0.00

220677.21

2.1.08.01.02.04.01

PI

OBRA PAVIMENTO BS.Y SERVICIOS

580000

0.00

6000.00

574000.00

0.00

6000.00

0.00

6000.00

2.1.08.01.02.04.02

PI

OBRA CORDON CUNETA BS.Y SERV.

400000

0.00

214677.21

185322.79

0.00

214677.21

0.00

214677.21

2.1.08.01.02.05

PI

OBRA EN PASEOS Y ESPACIOS PUBLICOS

370000

4754.30

328496.79

41503.21

4429.30

328147.59

4671.14

328147.59

2.1.08.01.02.06

PI

OBRA AMP.Y REMOD.HOSPITAL MUNICIPAL

50000

0.00

33879.86

16120.14

0.00

33879.86

0.00

33879.86

2.1.08.01.02.07

PI

OBRA BALNEARIO MUNICIPAL

200000

0.00

803.59

199196.41

0.00

803.59

0.00

803.59

2.1.08.01.02.08

PI

OBRA PAVIM.BADENES Y LOMOS

400000

1049.30

375366.65

24633.35

0.00

374317.35

871.76

344617.35

2.1.08.01.02.09

PI

OBRA REPARACION DE BOCACALLES

100000

0.00

32907.10

67092.90

0.00

32907.10

0.00

32907.10

2.1.08.01.02.10

PI

OBRA REMOD.EDIFICIOS MUNICIPALES

380000

7028.03

351166.52

28833.48

7672.18

350799.52

8173.61

350799.52

2.1.08.01.02.11

PI

OBRA INSTITUCIONES Y ESCUELAS

2.1.08.01.02.12

PI

OBRAS EVENTUALES E IMPREVISTAS

2.1.08.01.02.12.1

CI

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO HABITACIONAL

2.1.08.01.02.13

PI

OBRA MANT.CANALES PLUVIALES

2.1.08.01.02.14

PI

2.1.08.01.02.15

PI

2.1.08.01.02.16

PI

OBRA DESAGUES PLUVIALES BS. Y SERVICIOS OBRA CONST.Y PINTURA SEÑALES DE TRANSITO Y ACCESOS OBRA MEJORAMIENTO Y AMPLIACION ALUMBRADO PUBLICO

2.1.08.01.02.17

PI

2.1.08.01.02.18

PI

2.1.08.02

PT

2.1.08.02.01 2.1.08.02.01.01

60000

2704.96

51697.83

8302.17

2637.96

51630.83

4981.94

51630.83

170000

23577.09

156086.27

13913.73

19012.65

151137.83

22168.32

151137.83

0

15099.45

86453.46

0.00

14625.95

85979.96

16451.34

85979.96

25000

0.00

2805.00

22195.00

0.00

2805.00

0.00

2805.00

55000

0.00

32607.60

22392.40

0.00

32607.60

0.00

32607.60

180000

13442.80

163682.29

16317.71

13224.00

163463.39

13224.00

163463.39

250000

1407.80

185699.53

64300.47

950.00

185241.73

950.00

185241.73

OBRA DESAGUE CALLES MITRE Y URQUIZA

10000

0.00

0.00

10000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

OBRA GAS NATURAL PLANTA REDUCTORA Y RAMALES

10000

0.00

0.00

10000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

POR CUENTA DE LA PCIA.Y/O NACION

1750000

63086.82

1619668.41

130331.59

78574.85

1527212.15

82138.90

1522724.74

PT

POR CUENTA DE LA PCIA.Y/O NACION

1750000

63086.82

1619668.41

130331.59

78574.85

1527212.15

82138.90

1522724.74

PI

OBRAS PROGRAMAS NACIONALES Y PROVINCIALES

1750000

63086.82

1619668.41

130331.59

78574.85

1527212.15

82138.90

1522724.74

2.1.08.02.01.01.01

CI

FODEMEEP

0

1050.00

183649.39

0.00

1050.00

164914.13

1050.00

164914.13

2.1.08.02.01.01.02

CI

Obra Lago Piedras Moras

0

9279.72

28906.74

0.00

9279.72

28511.55

9279.72

28511.55

2.1.08.02.01.01.03

CI

Obra Balneario Municipal

0

0.00

1609.74

0.00

0.00

1609.74

0.00

1609.74

2.1.08.02.01.01.04

CI

Obra Ferrocarril

0

52757.10

586572.38

0.00

68245.13

568717.13

71809.18

564229.72

2.1.08.02.01.02

PI

OBRA NUEVO EDIFICIO POLICIAL

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2.1.08.03

PI

CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2.3

PT

AMORTIZACION DEUDA

371000

46381.24

265806.95

105193.05

46381.24

265806.95

46381.24

265806.95

2.3.10

PT

AMORTIZACION DE LA DEUDA

371000

46381.24

265806.95

105193.05

46381.24

265806.95

46381.24

265806.95

2.3.10.01

PT

CON ORGANISMOS PRIVADOS

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2.3.10.01.02

PT

OTRAS DEUDAS

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2.3.10.01.02.01

PI

AMORTIZACION DEUDAS VARIAS

1000

0.00

0.00

1000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

2.3.10.02

PT

ORGANISMOS PROVINCIALES

370000

46381.24

265806.95

104193.05

46381.24

265806.95

46381.24

265806.95

2.3.10.02.01

PT

AMORTIZACION DEUDAS CON CONVENIO

362000

46381.24

263812.35

98187.65

46381.24

263812.35

46381.24

263812.35

2.3.10.02.01.01

PI

120000

6381.23

103812.31

16187.69

6381.23

103812.31

6381.23

103812.31

2.3.10.02.01.02

PI

AMORTIZACION CUOTAS PACTO SANEAMIENTO AMORT.CUOTAS FONDO PARA FINANC.DE PROYECTOS

242000

40000.01

160000.04

81999.96

40000.01

160000.04

40000.01

160000.04

2.3.10.02.02

PT

OTRAS DEUDAS

8000

0.00

1994.60

6005.40

0.00

1994.60

0.00

1994.60

2.3.10.02.02.05

PI

OTRAS DEUDAS

8000

0.00

1994.60

6005.40

0.00

1994.60

0.00

1994.60

2.3.10.02.03

PI

CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS

0

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

3

PT

NO CLASIFICADOS

4440000

369755.12

3957326.15

482673.85

369120.62

3953091.65

369120.62

3953091.65

3.1

PT

CUENTAS DE ORDEN

4440000

369755.12

3957326.15

482673.85

369120.62

3953091.65

369120.62

3953091.65

3.1.01

PT

NO CLASIFICADA

4440000

369755.12

3957326.15

482673.85

369120.62

3953091.65

369120.62

3953091.65

BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL

CORD OBA

AL

RT M AF U E

13 de Dic - 2013. Edición Nº 198

E

DE LA CIUDAD DE ALMAFUERTE

Pag. 42

3.1.01.01

PT

POR TRABAJOS PUBLICOS

50000

0.00

0.00

50000.00

0.00

0.00

0.00

3.1.01.01.02

PI

GARANTIA DE LICITACIONES

50000

0.00

0.00

50000.00

0.00

0.00

0.00

0.00 0.00

3.1.01.02

PT

OTRAS CAUSAS

4390000

369755.12

3957326.15

432673.85

369120.62

3953091.65

369120.62

3953091.65

3.1.01.02.01

PI

RETENCION 18% APORTE PERSONAL

2300000

219067.87

2240932.69

59067.31

219067.87

2240932.69

219067.87

2240932.69

3.1.01.02.02

PI

RETENCION I.P.A.M.

600000

56047.24

594423.78

5576.22

56047.24

594423.78

56047.24

594423.78

3.1.01.02.03

PI

RETENCION SEGURO DE VIDA

3.1.01.02.04

PT

OTRAS RETENCIONES

3.1.01.02.04.01

PI

3.1.01.02.04.02 3.1.01.02.04.04

40000

3134.04

31314.92

8685.08

3134.04

31314.92

3134.04

31314.92

1330000

87443.38

992335.32

337664.68

85608.88

990500.82

85608.88

990500.82

APORTE SINDICAL

120000

6183.70

63669.09

56330.91

6183.70

63669.09

6183.70

63669.09

PI

IMPUESTOS PERCIBIDOS Y/O RETENIDOS

140000

8076.70

112573.09

27426.91

6242.20

110738.59

6242.20

110738.59

PI

OTRAS RETENCIONES

540000

22383.84

366909.63

173090.37

22383.84

366909.63

22383.84

366909.63

3.1.01.02.04.06

PI

PROVEEDURIA SINDICAL

500000

50799.14

449183.51

50816.49

50799.14

449183.51

50799.14

449183.51

3.1.01.02.04.08

PI

HONORARIOS GESTION DE COBRANZAS

30000

0.00

0.00

30000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

3.1.01.02.06

PI

CONTRIBUCION BOMBEROS VOLUNTARIOS TOTAL

Cdor. Adrián R. Scorza, Intendente Municipal Gerardo A. Vélez, Secretario de Gobierno

120000

4062.59

98319.44

21680.56

5262.59

95919.44

5262.59

95919.44

39960000

2434929.71

30687576.12

9272423.88

2578276.81

30202938.23

2628036.71

30103168.27