BLOQUE DE DIPUTADOS JUSTICIALISTAS LEGISLATURA DE JUJUY Gorriti 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288 - 4239248 - 4239285 - 4239251 - 4600 S. S. de Jujuy

San Salvador de Jujuy, 23 de mayo de 2016

Al Señor Presidente de la LEGISLATURA DE JUJUY. C. P. N. CARLOS HAQUIM.SU DESPACHO

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., con el objeto de solicitar tenga a bien disponer, de acuerdo al Reglamento de la Legislatura de Jujuy, dar entrada al siguiente Proyecto de Ley referente: "PAYASOS DE HOSPITAL", que se adjunta con la presente, compuesto de cinco (5) fojas útiles, (incluyendo antecedentes y nota de presentación) para ser tratado en la próxima Sesión Ordinaria.

Sin otro particular aprovecho la oportunidad para saludarlo a Ud. con atenta consideración.

MESA DE EÍITSAOA PARLAMENTABA LEGISLATURA DE JUJUY

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Dipl. ALEJ/ JD&TW CEJAS DIPUTAD, PROVINCIAL BLOQUE. STICIALjSTA Legislat ra de Jujuy

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PROYECTO DE LEY FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Este Proyecto de Ley tiene por objeto efectivizar y legislar una práctica que se viene desarrollando en Nuestra Provincia hace un par de años, como es la figura del Payaso de Hospital, por diversas agrupaciones sin fines de lucro, cuya única labor es ayudar a mejorar la calidad de vida de las personas hospitalizadas, en especial niños. El Payaso de Hospital es una persona que está especializado en el arte clown y recursos expresivos, dedicado a la difícil tarea de hacer reír dentro de las vicisitudes de la vida, es un creador, un provocador de emociones, y sobretodo y fundamentalmente... de risa. El payaso nos hace reír, sentir y reflexionar con su visión del mundo y sus intentos de posarse por encima de sus fracasos. El clown es por decirlo de alguna manera, el niño que todos llevamos dentro, que no tiene tabúes, que disfruta jugando y que quiere ser como los demás, como los adultos, aunque nunca pueda conseguirlo, es humilde y valiente. Un payaso no es un actor, un payaso es un payaso. El Payaso de Hospital, utiliza todas esas técnicas en el afán de de crear un mundo diferente y mas cálido del que se vive y se percibe dentro de las paredes de un hospital. Con esa finalidad es que contribuye a tornar más ameno el dolor y la angustia que implica estar hospitalizado o tener un familiar en esas condiciones, más aún cuando se tratan de niños. Los

niños

que

deben

ser

hospitalizados

por

diferentes

situaciones, algunas curables, otros terminales, no dejan de ser niños, es por eso que estos payasos tienden a brindarle la posibilidad de no olvidar lo que son y preservar la esencia de la niñez a través de la risa, mirar la realidad que les tocó vivir con alegría y esperanza, mirada de niño. Los Payasos de Hospital no curan, es por eso que su labor debe estar diferenciada de los médicos especialistas de cada área, pero si contribuyen como sus técnicas a hacer reír, de esa manera favorecer el desarrollo y pre disponibilidad a los tratamientos médicos que a veces se tornan invasivos. La técnica que ofrecen es la "Risoterapia", que se diseminó por todo el mundo con resultados increíbles. La risa es la energía del alma y alimento del espíritu. Produce un enorme bienestar a las personas. Cuando reímos en

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nuestro

cerebro se

liberan

endorfinas

(neurotransmisores

secretados por

la glándula pituitaria del cerebro, que tienen un efecto de tipo opiáceo similar a la morfina). Por eso las endorfinas se conocen corno "opiáceos naturales". También se libera un neurotransmisor cerebral llamado dopamina rnuy relacionado con los estados de bienestar psicológico. Al mismo tiempo, cuando una persona se ríe de verdad, disminuyen sus niveles de cortisol, que es una hormona conocida como la "hormona del estrés". Reírse ayuda a curar la depresión y la angustia. Nos ayuda a sentirnos mejor, más confortables. Limpia

y ventila los pulmones. Mejora

la oxigenación del cerebro y del cuerpo en general. Regulariza el pulso cardíaco. Ayuda a trabajar al aparato digestivo y regula el intestino. Relaja los músculos tensos. Disminuye la producción de hormonas que causan el estrés. Disminuye la presión arterial de la sangre. Son enormes los beneficios que ofrece el poder afrontar la vida que

nos toca

vivir

con

una sonrisa, especialmente

para los pacientes

hospitalizados, los familiares de los mismos, los equipos médicos y la comunidad en general, que comparte día a día la vivencia dentro de un hospital público. Los Payaso de Hospital tiene a su precursor en un médico estadounidense "Hunter Dohertv Patch Adams" conocido como el Doctor de la Risa, inventor de la Risoterapia como método alternativo médico y terapéutico. En sus primeros años Adams era infeliz y se convirtió en una persona con tendencias suicidas. Después de haber sido hospitalizado tres veces en un año por querer terminar con su vida, decidió que no se mataría a sí mismo. Es un médico diferente. No sólo es payaso sino que cree que "curar puede ser un intercambio de amor y no una transacción económica". Patch empezó a soñar con un lugar donde los pacientes pudiesen ir a curarse, un lugar amistoso, alegre, donde nadie temiese estar, no como en los hospitales, que asustan a muchas personas. Patch estudió medicina para usarla como herramienta de cambio social. Estaba convencido de que la salud de una persona no se puede separar de la salud de la familia, de la comunidad y del mundo. Y su ideología se diseminó por todo el mundo es así que aparecieron diversas ONG y agrupaciones no gubernametales dedicadas a esta tarea corno por ejemplo; Puenteclown, Saniclown, CownCareUnií, U.S.A., Doctores de Alegría, Brasil, Le RireMedecin, Francia, Pallapupas, España, Payamédicos, Alegría Intensiva, Argentina. En nuestra provincia hay diversas agrupaciones voluntarias que realizan esta actividad, Dibujando Sonrisas, Los Payamédicos Jujuy, entre otros, todos ellos unidos por el deseo de ayudar y mejorar la calidad de vida de las personas hospitalizadas o en hogares. En razón del carácter de voluntariedad, muchas veces no pueden dedicar el tiempo que realmente quisieran a esta actividad, debiendo priorizar sus medios de vida, y luego dedicarse a esta tarea. Es por eso que se establece en la Ley que dicha actividad sea remunerada. La

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Autoridad de Aplicación determinará cuales los requisitos y condiciones para poder desempeñarse como Payasos de Hospital, teniendo en cuenta que se interactúa con personas en estado de vulnerabilidad. Si bien el Payaso de Hospital hoy brinda beneficios a niños, la Ley permite a la Autoridad de Aplicación poder determinar otra área que necesite de este servicio. Principalmente debe quedar claro que los Payasos de Hospital no son médicos, no se dedican a curar, sino a hacer reír y de esa manera mejor la calidad de vida de las personas hospitalizadas y su grupo familiar, brindándole la herramientas, como música, juegos, para sentir que es posible ser feliz a pesar de las dolencias y pormenores de la vida. Cambiar el ambiente rutinario de aquellos que ven pasar largas horas y días dentro de un hospital. Esta proyecto de Ley tiene como antecedente legislativo la Ley N° 14.726 de la provincia de Buenos Aires, promulgada el 3 de julio del 2015, siendo un puntapié para generar en la diversas provincias la implementación de esta figura que tan bien hace a la vida hospitalaria, no solo a pacientes y familiares sino a toda la comunidad hospitalaria, desde médicos, directores, maestranzas, enfermeros, etc. Por todo lo expuesto creo que no se necesita explicitar mas, y reconocer que es una figura que se torna necesaria para ayudar a nuestra comunidad a sentirse mas contenida desde distintos ámbitos, en este caso el Área Salud, donde sentimos la vulnerabilidad a flor de piel y donde la contención emocional es tan necesaria. Es por esta razón que solicito el acompañamiento de mis pares en este Proyecto de Ley.-

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LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE LEY N°

"PAYASOS DE HOSPITAL"

ARTÍCULO 1°.-Esta Ley tiene por objeto establecer en el ámbito del Sistema de Salud Pública de la Provincia de Jujuy la figura del Payaso de Hospital.-

ARTÍCULO 2°.-Se considera Payasos de Hospital las personas especializadas en la técnica clown, expertos en recursos expresivos y capacitados psicológica y emocionalmeníe para ser intermediarios en el ámbito hospitalario, su finalidad es contribuir con la salud emocional de los pacientes hospitalizados.-

ARTÍCULQ 3°.-Su rol es independiente de la labor de los médicos especializados en cada área, que cumplen el mismo en los Hospitales Públicos.-

ARTÍCULQ 4°.-Cada área de Pediatría de los hospitales incorporados al Sistema de Salud Pública Provincial deberá contar con el servicio de Payasos de Hospital, en la cantidad que determine la Autoridad de Aplicación; así mismo la Autoridad de Aplicación podrá determinar otras áreas que cuenten con dicho servicio.ARTÍCULO 5°.-La Autoridad de Aplicación determinará las condiciones y requisitos de estos especialistas en la técnica clown para el desempeño de dicha tarea, los mismos deberán ser mayores de edad. Su actividad será remunerada.-

ARTÍCULO 6°.- El Poder Ejecutivo Provincial designará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.-

ARTÍCULO 7°.-El Poder Ejecutivo Provincial realizará las adecuaciones necesarias en el presupuesto para la entrada en vigencia de esta Ley.ARTÍCULO 8°.-Comuniquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

Dipl. ALEJANDRA N CEJA^x DIPUTADA PROVIN-ertC BLOQUE JUSTIQAUSTA Legislatura de Jujuy

ff.Cámara de Diputados tt&faNación PROYECTO DE LEY

Texto facilitado por los firmantes de! proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación. N° de Expediente

4964-D-2015

Trámite , : Parlamentario

119(11/09/2015)

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¡FIGURA DEL PAYASO DE HOSPITAL. INCORPORACIÓN EN EL ÁMBITO DEL SISTEMA * i DE SALUD PUBLICA. __ _ __ _ J GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO. Firmantes Giro a Comisiones "I ACCIÓN SOCIAL Y SALUD PUBLICA; PRESUPUESTO Y HACIENDA. Sumario

El Senado y Cámara de Diputados,...

ARTICULO 1°: La presente ley tiene como objetivo incorporar en el ámbito del Sistema de Salud Pública la figura del Payaso de Hospital. ARTÍCULO 2°: Se define como Payaso de Hospital a aquella persona capacitada en la técnica del clown, en recursos expresivos, preparada emocionalrnente para intermediar lúdicarnente en el medio hospitalario. Su finalidad es contribuir con la salud emocional del paciente hospitalizado. ARTÍCULO 3°: Su rol es independiente de la labor de los médicos especialistas en cada materia designados en cada hospital público. ARTÍCULO 4°: Los hospitales públicos deberán contar con Payasos de Hospital en las áreas que determine la autoridad de aplicación. Para realizar dicha actividad, los Payasos de Hospital deberán ser mayores de edad y cumplir ciertos requisitos y condiciones que establecerá la Autoridad de Aplicación. Su actividad será remunerada. ARTÍCULO 5°: Desígnese como Autoridad de Aplicación al Ministerio de Salud de la Nación y sus equivalentes en el ámbito provincial y municipal o aquel organismo que corresponda. ARTÍCULO 6°: Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley. ARTÍCULO 7°: Comuniqúese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Señor presidente: La presente ley tiene corno objetivo incorporar la figura del Payaso de Hospital en la labor cotidiana de las instituciones hospitalarias públicas. Para definir a los payasos de hospital diremos que son personas capacitadas en la técnica del clown, en recursos expresivos, para intermediar lúdicamente en el medio hospitalario, en centros de salud y en la acción territorial. Su acción es terapéutica, por su método y por su esencia. En cuanto al método que aplican,

consiste en generar un espacio imaginario y lúdico que permita al paciente, familiar, equipo de salud o comunidad, transformar por un instante la realidad que vive e incorporar recursos expresivos y lúdicos para recrearla cuando sea necesario. Utilizan recursos psicológicos y artísticos relacionados con el payaso teatral, juegos, música, teatro, magia y el arte humorístico en general. ' Su labor data de largo tiempo atrás y ocurre a nivel mundial. Tal es así que encontramos varias GNG, en Argentina y en el mundo, que vienen desenvolviéndose en esta cuestión y sus resultados son muy positivos. Citamos en Argentina a Puente Clown, Alegría Intensiva, Payamédicos, entre otras. Cuando hablamos de las actividades que desarrollan los payasos de hospital podemos destacar a la risa como una de sus princiaples. Está científicamente demostrado que la risa desencadena en el cerebro impulsos eléctricos que ponen en marcha una serie de reacciones químicas. El sistema endocrino (glandular) ordena al cerebro la secreción de tranquilizantes y analgésicos naturales que disminuyen la ansiedad y alivian el dolor. Algunas sustancias que se liberan bajo el estímulo de la risa ayudan a la digestión, otras hacen que las arterias se contraigan y se relajen, lo que favorece la circulación de la sangre y probablemente alivie la hipertensión arterial. La actitud mental reflejada en un buen sentido del humor es un importante factor que predispone a algunas personas a una larga vida. En el caso de los niños con patologías importantes como el cáncer, a través de la risa y la emoción, los universos del payaso y del niño se encuentran. Al payaso podemos gastarle una broma, echarle de la habitación o contarle nuestro secreto más íntimo (1) . Sin embargo, los payasos de hospital pueden cumplir este tipo de tareas en diferentes áreas del hospital, no solo en las pediátricas, ya que la risa contribuir a la mejora de la calidad de vida de todas las personas, incluso adultos. Es por esto que consideramos que la risa, la distracción para una persona en situación hospitalaria es un factor de relevancia en el tratamiento médico que transita. Actualmente se habla de la "risoíerapia", es decir un proceso terapéutico en el que mediante la risa y otras técnicas se busca la forma de sentirse plenos y satisfechos. La risa moviliza la columna vertebral, mejora la tensión arterial y da nías oxígeno. Segrega hormonas de la felicidad: serotonina, dopamina, adrenalina y endorfínas. De esta forma la risa tiene beneficios fisiológicos y por eso la risoterapia existe y se puede utilizar como el motor de un cambio positivo en nuestras vidas. Un ejemplo de esto son los denominados "payamédicos". Ellos suelen ser profesionales del área de la salud que transitan muchos hospitales de nuestro país con visitas cotidianas a las áreas de terapia intensiva o internación pediátrica y la entrega de juguetes en ocasiones especiales. Para ellos provocar risa es relevante en el contexto de una mejoría continua del estado de ánimo del paciente internado, desdramatizando mediante eventos teatrales humorísticos la situación cruel de la . internación, demostrando al niño, familiares y equipo médico que la risa, el humor y la fantasía pueden y deben tener un lugar en el hospital (2) . En el presente proyecto establecemos un marco general para incorporar en el ámbito del Sistema de Salud Pública la figura del Payaso de hospital y actuar en las áreas que determine la autoridad de aplicación. Como ya se hizo mención, con esto

lo que se busca es que no solo se desempeñen en áreas pediátricas sino que también puedan hacerlo en otras áreas hospitalarias, extendiendo así su labor, ya que no solo los niños se benefician de la risa. Al mismo tiempo, esta iniciativa torna corno antecedente la recién sancionada ley de ia Provincia de Buenos Aires n° 14.726, promulgada el 3/7/2015. La misma incorpora al sistema de salud de la Provincia de Buenos Aires la labor de payasos de hospital. En nuestro caso se propone que los payasos de hospital sean personas mayores de edad, persona capacitada en la técnica del clown con una actividad remunerada que abarque a la salud pública en su conjunto, en particular los hospitales públicos. Estas personas deben estar preparadas técnica y emocionalrneníe para trabajar con pacientes que se encuentran internados, es decir contar con conceptos de psicología, teoría del juego y vicisitudes de la hospitalización. En consecuencia, a raíz de la delicada situación actual de los hospitales públicos argentinos consideramos de importancia que esta actividad sea remunerada. Consideramos que este proyecto viene a establecer un marco general para una actividad que ya se realiza por varios grupos en nuestro país y permitirá ampliar su labor a todos los niños o adultos que estén en condición hospitalaria y necesiten este tipo de terapia para aliviar en cierta medida el malestar que les genera atravesar su enfermedad. Por todo lo expuesto solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.

LEY 14726 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.,- La presente Ley tiene por objeto incorporar al Sistema de Salud de la Provincia de Buenos Aires la labor del Payaso de Hospital. ARTÍCULO 2.- Se entenderá por Payaso de Hospital aquella persona especialista en el arte de clown que de acuerdo a la Autoridad de Aplicación reúna las condiciones y requisitos para el desarrollo de su tarea en los Hospitales Públicos Provinciales y/o Municipales de nuestra Provincia. ARTÍCULO 3.- Cada Servicio de Terapia Pediátrica deberá contar con un servicio de especialistas en el arte de clown o payasos hospitalarios. ARTÍCULO 4.- El Poder Ejecutivo, a través de la Autoridad de Aplicación, determinará los requisitos y condiciones de los especialistas del arte del clown para el desarrollo de sus tareas, así como la categorización de los Hospitales Públicos Provinciales y/o Municipales en los que se ios requiera. ARTÍCULO 5.-Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones necesarias en el presupuesto de recursos y cálculos correspondientes al ejercicio de entrada en vigencia de esta Ley. ARTÍCULO 6.- Comuniqúese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los trece días del mes de mayo del año dos mil quince.

LEGISLATURA DE JUJUY

ENVIÓ EXPEDIENTE - MESA DE E. PARLAMENTARIA

Expíe

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horma

432-DP-16

SALA DE LAS COMISIONES

10

PROYECTO DE LEY

Enviado por MASTRANDHfcA. SILVIA AütílANA el 24/05/2016 a las 08 45 29

SILeJu

SISIhMA INI-CKÍMAMCO - l'g 13/13