Bases de la convocatoria

CURSO: EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL1 Segunda edición -Formación virtual18 de mayo a 14 ...
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CURSO: EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL1 Segunda edición -Formación virtual18 de mayo a 14 de junio de 2016  

Bases de la convocatoria

Primera.- Objetivos, contenido, fecha y metodología. I.- Objetivos En el presente curso se pretende ofrecer una especialización en materia de Accidente de Trabajo y Enfermedad profesional. Para ello, se parte del concepto de Accidente de Trabajo que aparece recogido en el artículo 156 y del concepto de la enfermedad profesional del artículo 157 de la Ley General de Seguridad Social, nuevo texto refundido RDL 8/2015, de 30 de octubre y se desgranan todos los supuestos que la norma y la jurisprudencia han descrito como supuestos que encajan en lo que se denomina contingencias profesionales. El curso se enmarca en el ámbito del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y, desde la perspectiva jurídica, se realiza un especial énfasis en los aspectos conceptuales que a la luz de la jurisprudencia se han realizado del accidente de trabajo y de la enfermedad profesional. Se abordan los distintos supuestos de Accidente de Trabajo, tales como el Accidente “in itinere”, “in misión”, las enfermedades del trabajo, además de las enfermedades profesionales. Igualmente, se aborda el acoso laboral como otra forma de accidente de trabajo. También se abordan lo que se ha denominado enfermedades medioambientales. De otro lado, se abordan los problemas de responsabilidad empresarial en sus distintas vertientes, de incumplimientos en las obligaciones de Seguridad Social, como desde el punto de vista indemnizatorio como reparación del daño causado al trabajador o empleado público cuando se produce el Accidente de Trabajo o la Enfermedad Profesional. Para ello se analizan los criterios interpretativos elaborados por los tribunales en aras a clarificar la determinación y cuantía de la indemnización y los problemas en orden a la carga de la prueba en el proceso social. Del mismo modo, se aborda el papel de las Mutuas de Accidente de Trabajo como entidades colaboradoras en lo referente al Accidente de Trabajo y la Enfermedad Profesional y se hace un estudio pormenorizado de las enfermedades profesionales. II.- Contenido (Avance de Programa): Unidad Didáctica I (del 18 al 24 de mayo): El accidente de trabajo en la Administración Local. 1. Consideraciones generales. 2. El concepto de Accidente de Trabajo en el artículo 156 de la Ley General de Seguridad Social y la relación de causalidad. 3. Las distintas formas de Accidente de Trabajo. 4. Las enfermedades medioambientales del siglo XXI. 5. Ampliaciones legislativas del concepto de Accidente de Trabajo. 6. Otras situaciones de Accidente de Trabajo. 7. Exclusiones de la consideración de Accidente de Trabajo: la imprudencia temeraria y otros supuestos. 1

Actividad homologada por el Instituto Andaluz de Administración Pública (Resolución de 4 de febrero de 2016).

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8. Recargo de prestaciones de Seguridad Social. 8.1. El deber del empresario en la seguridad de los trabajadores. 8.2. El cómputo de la prescripción. 9. Responsabilidades empresariales. 9.1. Responsabilidad por incumplimientos en las obligaciones de afiliación, alta y cotización. La infracotización. 9.2. Responsabilidades compartidas. Unidad Didáctica II (del 25 al 31 de mayo): El acoso moral, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. La obligación  de la protección. 1. El acoso laboral (mobing). 2. Concepto de acoso. 3. Tipos de acoso laboral (vertical y horizontal). 4. El derecho de la víctima a no sufrir acoso en la empresa. 4.1 El bien jurídico a proteger en el acoso. 4.2 La obligación empresarial frente al acoso. 5. Novedades legislativas y jurisprudenciales. Unidad Didáctica III (del 1 al 7 de junio). Indemnizaciones derivadas de la responsabilidad empresarial por accidentes de trabajo. Problemas esenciales. 1. La obligación empresarial de seguridad y salud laboral y las responsabilidades como garantía de la misma. 1.1. La normativa internacional de protección del Accidente de Trabajo. Los Tratados Internacionales y los Convenios de la OIT. La Carta Social Europea. 2. Reconocimiento legal de la responsabilidad indemnizatoria privada en materia de Accidente de Trabajo y la competencia judicial sobre la misma. 3. Reglas en materia probatoria: Carga y objeto de la prueba. 3.1. La concurrencia de conducta imprudente del trabajador. 3.2. La regla general sobre la carga de la prueba. 4. El objeto de la prueba. 5. Otras cuestiones en materia de prueba. 6. La cuantía de las reparaciones. Las indemnizaciones. 6.1. La determinación de la cuantía de la indemnización y su fundamentación en la sentencia. 6.1.1. La concurrencia de culpa del trabajador. 6.1.2. Las posibles deducciones por compensaciones ya recibidas. 6.2. Los criterios concretos para la cuantificar los daños. 6.3. La forma de practicar las compensaciones de las cantidades ya recibidas por el trabajador o sus causahabientes. 6.4. Los posibles intereses sobre las cantidades ya reconocidas. Unidad Didáctica IV (del 8 al 14 de junio): La enfermedad profesional. Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la seguridad social. 1. La enfermedad profesional. 1.1. El concepto de enfermedad profesional. 1.2 El cuadro de enfermedades profesionales. 1.3. La lista complementaria de enfermedades profesionales. 1.4. El parte electrónico de enfermedad profesional. 2. Las mutuas de Accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPS). 2.1. El concepto y los caracteres de las MATEPSS. 2.2. Las competencias de las MATEPSS. 2.3. La Constitución, Fusión, Absorción y Disolución de las MATEPSS. 2.4. Los órganos de gobierno, participación y control de las MATEPSS.

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Coordinadora académica: Dª María Antonia Pérez Alonso. Profesora Titular de Derecho del trabajo y Seguridad Social. Universidad de Valencia. Tutores: Dª María Antonia Pérez Alonso. Profesora Titular de Derecho del trabajo y Seguridad Social. Universidad de Valencia. Dª Gemma Fabregat Monfort. Profesora Titular de Derecho del trabajo y Seguridad Social. Universidad   de Valencia. D. Carlos Luis Alfonso Mellado. Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Universidad de Valencia. D. José F. Blasco Lahoz. Profesor Titular de Derecho del trabajo y Seguridad Social. Universidad de Valencia. III.- Fecha y metodología: Esta actividad formativa se desarrollará durante los días 18 de mayo a 14 de junio de 2016. La celebración efectiva de la actividad queda supeditada a que exista un número idóneo de alumnos matriculados. La metodología utilizada será íntegramente virtual, con orientación teórico-práctica. Para la eficacia de la formación que se pretende impartir, y que se llevará a cabo a través de una plataforma de teleformación, se hace necesario un sistema fluido de intercambio de información entre alumno y tutor, jugando las tutorías un papel fundamental en esta modalidad de formación virtual. A.- Tutorías. Las tutorías se realizarán íntegramente a través de internet haciendo uso de una plataforma de teleformación habilitada para el seguimiento de la actividad formativa. B.- Material de apoyo. Se facilitará a cada alumno un material de apoyo, que constituye el instrumento metodológico esencial del proceso de aprendizaje, compuesto por un manual con los contenidos de la actividad formativa, subdividido en unidades didácticas, así como documentación complementaria de la actividad formativa y pruebas de evaluación de cada unidad. Estas pruebas serán utilizadas por los alumnos para verificar su nivel de aprendizaje y permitirán al tutor conocer y evaluar el nivel adquirido. Dicho material se facilitará a través de la plataforma de teleformación. Segunda.- Destinatarios. Cargos electos, directivos, funcionarios con habilitación de carácter nacional y empleados públicos de las entidades locales con titulación superior, media o asimilada, que tengan a su cargo funciones relacionadas con la materia objeto de la actividad formativa. Si el número de solicitudes lo permitiese, podrán ser admitidos solicitantes que presten servicios en la Junta de Andalucía u otras administraciones y entidades públicas. Tercera.- Criterios de selección. El número de asistentes será limitado, por lo que, si fuera necesario, la selección de solicitantes se efectuará atendiendo a los siguientes criterios: • •

Puesto de trabajo desempeñado. Prioridad en la presentación de solicitudes y en el pago de los derechos de matrícula.

El Centro podrá reservar el 10% de las plazas para su adjudicación discrecional a los colaboradores del mismo o al personal de las Instituciones o Entidades con las que mantenga relaciones de colaboración. Cuarta.- Solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes durará hasta el día 3 de mayo. Pasada esa fecha sólo se admitirán solicitudes en caso de existir plazas vacantes.

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Las solicitudes deberán dirigirse, según modelo adjunto, al CEMCI, Plaza Mariana Pineda, 8, 18009, Granada (información telf.: 958-24 72 17 – 958-24 71 32), por fax al 958-24 72 18, o bien a través de internet, en la página web: http://www.cemci.org y también podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Los datos personales que se aportan en las solicitudes se incorporarán a un fichero informático del CEMCI que será el responsable de su tratamiento, con el fin de mantener al interesado informado de las distintas actividades solicitadas por él mismo. Puede acceder, rectificar o cancelar sus datos enviando un escrito a Plaza Mariana Pineda, 8, 18009, Granada o a la cuenta de correo electrónico   [email protected]

Quinta.- Derechos de matrícula y bonificaciones. Derechos de matrícula: Los solicitantes deberán abonar antes de la fecha de finalización del plazo de inscripción, la cantidad de 250 euros como derechos de matrícula y expedición de las oportunas certificaciones. Finalizado el plazo de inscripción y para el caso de que pudieran haberse admitido solicitantes que no hubieran abonado los derechos de matrícula, éstos deberán efectuar su pago en el plazo que expresamente señale el CEMCI en la carta de admisión, resultando requisito indispensable para la firmeza de la misma. El abono de los derechos de matrícula podrá realizarse en efectivo o cheque nominativo, por giro postal o telegráfico, tarjeta de crédito o débito, y preferentemente por transferencia bancaria a BMN - Caja Granada código IBAN ES57 0487 3009 8120 0005 2740, siendo en este caso imprescindible especificar en el campo del “concepto”, NIF del solicitante, apellidos y el código de la actividad formativa. En el caso de que por cualquier circunstancia no fuera definitivamente admitida la solicitud o se cancelase la actividad, será reintegrado su importe en el plazo de treinta días desde el inicio de la actividad o desde la comunicación de su cancelación, una vez se tengan los datos necesarios para su devolución (datos del IBAN desde el que se realizó la transferencia y persona o institución titular del mismo). Para que la cancelación de matrícula conlleve la devolución del importe de los derechos abonados, deberá comunicarse por escrito al CEMCI al menos cinco días hábiles antes del comienzo de la actividad. Pasado ese plazo, sólo se procederá a la devolución del 50% del importe de los derechos y una vez comenzada la actividad, no procederá devolución alguna. Bonificaciones: •

Bonificación por tercera actividad: En el supuesto de que ésta sea la tercera o siguiente actividad formativa en la que se matricula el alumno en este año 2016, y siempre y cuando haya abonado los derechos de matrícula de las dos primeras actividades, el precio será de 185 euros.



Bonificación para los 15 primeros empleados públicos locales de la provincia de Granada solicitantes de la misma, que hubieran abonado en plazo su precio general (250 euros). La devolución de la cantidad bonificada (60 euros) deberá solicitarla el interesado en el momento de inscribirse en la actividad al correo [email protected] y se hará efectiva una vez finalizada la misma y comprobada la asistencia. El requisito de ser empleado público de administración local de la provincia de Granada deberá acreditarse, al solicitar la bonificación, con la cabecera de la última nómina o certificado actual acreditativo correspondiente. La bonificación se hará efectiva una vez se tengan los datos necesarios para su abono (datos del IBAN desde el que se realizó el pago y persona o institución titular del mismo). Si pasados 15 días desde la

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solicitud por parte del CEMCI de estos datos, no se facilitan, se entenderá que se renuncia a la bonificación. Todos los datos necesarios para el pago de dicha bonificación (certificado ó cabecera de la nómina y datos del IBAN) deberán ser escaneados y remitidos a la siguiente dirección [email protected]

Bonificación a directivos y empleados públicos de la Diputación de Granada: Los derechos de matrícula serán de 125 euros, siempre que junto con la inscripción al curso se acompañe un certificado que indique la condición de empleado público o directivo de la Diputación de Granada en el   que conste el cargo y grupo de pertenencia. En su defecto, podrán remitir una fotocopia de la cabecera de la nómina más reciente. Tanto el certificado como la cabecera de la nómina deberán ser escaneados y remitidos a la siguiente dirección [email protected] Hasta tanto no se cumpla este requisito no serán admitidos en firme a la actividad formativa.

Estas bonificaciones son excluyentes entre sí, pudiendo optar por la que se considere más beneficiosa. Sexta.- Puntuación para habilitados nacionales. De conformidad con la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE núm. 267, de 8 de noviembre), la puntuación otorgada a este curso, a efectos de los concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, será de 0,40 puntos por la participación en el curso (40 horas) y de 0,70 puntos por hacerlo con aprovechamiento evaluado mediante trabajo individualizado.  Séptima.- Certificado de Asistencia/Aprovechamiento. Finalizada la actividad, tendrán derecho a la expedición del certificado de asistencia (40 horas) quienes hayan superado las actividades de evaluación previstas en la plataforma virtual o, en su caso, de aprovechamiento (50 horas), a quienes además presenten un trabajo de evaluación y sea considerado apto por la Dirección Académica de la actividad formativa. En el caso del personal al servicio de la Junta de Andalucía sus certificaciones acreditativas recogerán en ambos casos el total de horas presenciales (40), si bien especificando si se trata de asistencia o de aprovechamiento. El CEMCI podrá disponer de los sistemas de control que estime oportunos para comprobar la asistencia.

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PROGRAMA DE PERFECCIONAMIENTO Y PROFESIONALIZACIÓN CURSO: EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL Segunda edición - Formación virtual 18 de mayo a 14 de junio de 2016 Apellidos y nombre: NIF:  

Dirección para notificaciones: Indicar si la dirección expresada es: PARTICULAR

TRABAJO

Población:

C.P.:

Teléfono de trabajo:

Teléfono particular:

Móvil:

Fax:

Provincia:

E-mail:

Institución:

CIF:

Vinculación con la misma:

Funcionario

Laboral

Interino

Otros

Puesto de trabajo que desempeña:

Grupo:

¿Es o ha sido funcionario con habilitación nacional? MATRICULA: marcar con X la casilla que corresponda PRECIO GENERAL

250 €

DESCUENTO POR TERCERA ACTIVIDAD: si es la tercera o siguiente actividad formativa en la que se inscribe en 2016, siempre y cuando haya abonado los derechos de matrícula de las dos primeras actividades con anterioridad. Este descuento podrá aplicarse a entidades públicas previa suscripción de convenio de colaboración con el CEMCI.

185 €

EMPLEADOS PÚBLICOS LOCALES DE LA PROVINCIA GRANADA: para los 15 primeros solicitantes de bonificación que hayan abonado en plazo el precio general (sin deducciones) y hayan acreditado dicha condición conforme a lo dispuesto en las bases de la convocatoria. La devolución de la cantidad bonificada se realizará una vez finalizada la actividad y comprobada la asistencia.

250 € (se devolverán 60 euros)

DIPUTACIÓN DE GRANADA: cuando los solicitantes sean directivos o empleados públicos de la Diputación de Granada (se deberá acreditar dicha condición conforme a lo dispuesto en las bases de la convocatoria)

125 €

Con la firma abajo inserta acepto la política de privacidad del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional disponible en http://www.cemci.org/aviso-legal En ................................ a ............. de ............................. de 2016 (Firma)

Sr. Vicepresidente del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional. Granada. (Rogamos cumplimenten en MAYÚSCULA, todos los datos).

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