AYUNTAMIENTO DE SIERO

AYUNTAMIENTO DE SIERO Refª.: Acta de Pleno ordinario, 26 de julio de 2.012. Negociado y Funcionario SECRETARÍA GENERAL ACTAS Y/FV Hermenegildo Feli...
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Refª.: Acta de Pleno ordinario, 26 de julio de 2.012.

Negociado y Funcionario

SECRETARÍA GENERAL ACTAS Y/FV Hermenegildo Felipe Fanjul Viña

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Asunto

Interesado

Acta del Pleno ordinario celebrado el 26 de Julio de 2.012.

AYUNTAMIENTO DE SIERO PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N 33510-SIERO ASTURIAS

ACTA DEL PLENO ORDINARIO CELEBRADO EL DIA VEINTISÉIS DE JULIO DE DOS MIL DOCE En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, en la Villa de Pola de Siero, a las nueve horas y cuatro minutos del día veintiséis de julio de dos mil doce, se reúne el Pleno Municipal del Ayuntamiento de Siero, en sesión ordinariay en primera convocatoria, bajo la presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, D. Eduardo Martínez Llosa y con asistencia de los señores Concejales, D. Angel Antonio García González, Dña. María Luz Quince Cifuentes, D. Gonzalo González Alvarez, Dña. María Nachón Alvarez, D. Vicente Presa Arboleya, Dña. María José Suárez Alonso, D. Javier Vigil Fabián, Dña. María Josefa Justina Sánchez Alonso, D. Valeriano Rodríguez Vigil, D. Rubén Arbesú Arias, Dña. Paula Onís Lorenzo, D. José Carlos García de Castro, Dña. María Jesús García Gutiérrez, D. Rafael Paulino Rodríguez González, D. José Manuel Llera Muñio, D. David Ordóñez Palacio, D. Nicolás Fernández Palicio, D. José María Viesca Alvarez, Dña. María González González, D. Luis Vázquez Suárez, Dña. María Engracia Valle Quirós y D. Mauricio Adrián Bogomak Medeiro. Excusa su asistencia, el Concejal D. Manuel José Ballestero Rodríguez. La Sra. Concejala Dña. María Jesús Berdasco Sierra, se incorpora a la sesión a las nueve horas y diez minutos, al comienzo del punto 2º del orden del día. Actúa de Secretario el de la Corporación, D. Hermenegildo Felipe Fanjul Viñay asiste el Técnico de Administración General D. Angel Alberto Muñoz González, por ausencia de la Sra. Interventora Dña. Aída Gayol Méndez. La sesión es pública. De orden del Sr. Presidente se procede al despacho de los asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria. PRELIMINAR: TOMA DE POSESIÓN DE CONCEJAL DEL AYUNTAMIENTO DE SIERO, DE DON JAVIER VIGIL FABIAN.

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Por parte del Secretario General, se da cuenta a la Corporación de que se ha recibido en el Ayuntamiento, expedida por la Junta Electoral Central, credencial de Concejal a nombre de Don JAVIER VIGIL FABIAN, de fecha 12 de julio de 2.012, quien ha hecho entrega de la misma en la Secretaría General, y cuyo contenido es el siguiente: “JUNTA ELECTORAL CENTRAL ELECCIONES LOCALES 2011 CREDENCIAL DE CONCEJALA DON ANTONIO MARTÍN VALVERDE, Presidente de la Junta Electoral Central, expido la presente CREDENCIAL expresiva de que ha sido designado CONCEJAL del Ayuntamiento de Siero (ASTURIAS) DON JAVIER VIGIL FABIAN por estar incluído en la lista de candidatos presentada por el PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL a las elecciones locales de 22 de mayo de 2011, en sustitución, por renuncia, de Dña. Tomasa Tarsila Arce Bernardo. A los efectos de su presentación en el Ayuntamiento de SIERO (ASTURIAS), expido la presente en Madrid, a 12 de julio de 2012. JUNTA ELECTORAL CENTRALPRESIDENCIA.”

El Señor Secretario General continúa informando de que el Sr. Vigil Fabían ha sido debidamente identificado mediante su DNI, y que ha formulado declaración sobre causas de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que le proporcione o pueda proporcionarle ingresos económicos, así como declaración de sus bienes patrimoniales. Indica asimismo que ambas declaraciones, efectuadas en el modelo aprobado por el Pleno, se han inscrito en los registros de intereses constituidos en el Ayuntamiento, y que son custodiados por la Secretaría General. Continúa diciendo que procede pasar a la toma de posesión de su condición de Concejal electo y que para ello es preciso que preste juramento o promesa en la forma legalmente establecida en el R.D. 707/1979 de 5 de abril. El Sr. Alcalde, en pie, acompañado del Sr. Secretario General, toma juramento o promesa al Sr. Vigil Fabián, Don Javier, también en pie, preguntándole: ¿Juráis o prometéis por vuestra conciencia y honor, cumplir fielmente las obligaciones del cargo de Concejal del Ayuntamiento de

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Siero, con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado?

Don Javier Vigil Fabián, en pie desde su estrado, contesta: “Sí, prometo.” Posteriormente el Sr. Vigil Fabián, Don Javier, se acerca hasta la presidencia de la sesión. Por parte del Sr. Alcalde, se le impone la medalla de la Corporación, haciéndole entrega asimismo de una insignia del Ayuntamiento, siendo felicitado tanto por el Sr. Alcalde como por el Sr. Secretario General, regresando posteriormente el Sr. Vigil Fabián, Don Javier, a su asiento. El Sr. Vigil Fabián, Don Javier toma posesión de su puesto de Concejal, ocupando su asiento en el Salón de Plenos. Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “Antes de pasar al segundo punto, comentar que por parte de Foro Asturias, se va a presentar una moción de urgencia, por si procede aceptarla.” Intervención del Secretario General de la Corporación, Sr. Fanjul Viña: “Se tendrá que votar en el momento de las mociones de urgencia.” Intervención del Portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sr. García González: “Yo esperaba que, tras el anuncio hecho por este grupo el pasado Pleno diciendo que retirábamos una moción con el objeto de que fuesen previamente dictaminadas en la correspondiente Comisión y el primer Pleno después de esa propuesta nos vienen con una moción con urgencia, y veremos a ver la moción qué contenido tiene, que desconozco pero yo creo que podían habérnoslo dicho incluso ayer que estuvimos aquí todos en el Ayuntamiento, no me parece que sea la forma más apropiada. Y bueno, dura poco la mano que hemos tendido en el Pleno pasado, a la primera de cambio ya...; no sé, lamentamos mucho esta situación.” Intervención del Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Sr. Fernández Palicio: “En la línea de lo que comenta el Portavoz del Partido Socialista sumar además a ello que además de que ya vemos por otros casos que el gobierno es muy olvidadizo en los compromisos que se adoptan en los Plenos, sí es cierto que había un compromiso previo de buen tratamiento entre los grupos por el que se facilitaban estas mociones previamente para poder estudiarlas y poder analizarlas. No sé cuál es el objeto de la moción, lo miraremos, pero

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es muy dudoso que sea algo que tenga que ser tan urgente para no verse y no nos poder facilitar en el día de ayer, es muy dudoso en ese sentido que aquí se trata.” Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal de Foro, Sra. Sánchez Alonso: “Por eso yo tenía interés en que se anunciara ahora la moción con carácter de urgencia al principio, para que el resto de grupos pueda valorarlo e incluso, si quieren pedir un receso, poder analizarlo. No es una moción trascendental para la marcha del municipio, pero sí consideré que, ya que no había ninguna otra moción en este Pleno, pues en previsión de que en otros próximos hubiera más, era por adelantar tiempo. De todas formas no requiere ninguna toma de decisión urgente ni es relevante ahora mismo, la pueden sopesar, si les parece que pueden tomar una decisión, sobre la marcha en el Pleno de hoy, bien, y si no, no pasaría nada por dejarla para el próximo Pleno. Yo, simplemente hago la sugerencia y lo observan, si les parece que la deben analizar más despacio, no pasa nada, la pasaríamos para el próximo Pleno.” Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “María José, la presenta ahora y cuando llegue el momento, la debatimos si procede.” PRIMERA PARTE RESOLUTORIA Se incorpora a la sesión la Sra. Berdasco Sierra, Dña. María Jesús. 2º.- Comunicaciones: A) Generales Por la Secretaría General se da cuenta de los siguientes escritos: • De la Subdirección General de la Organización y Coordinación Territorial de la Administración de Justicia, acusando recibo de escrito de este Ayuntamiento, sobre la reforma de la demarcación judicial. • De convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Siero y la asociación Marketing y Comunicación del Principado de Asturias, para el desarrollo de la XV Escuela de Verano de Dirección y Administración de Empresas de Siero. • De convenio regulador de subvención prevista nominativamente en el presupuesto del Ayuntamiento de Siero, a favor de la Asociación Amigos del Roble. • De convenio regulador de subvención prevista nominativamente en el presupuesto del Ayuntamiento de Siero, a favor de la Asociación Sierense de Amigos de la Música.

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De convenio regulador de subvención prevista nominativamente en el presupuesto del Ayuntamiento de Siero, a favor de la Asociación de Vecinos de La Fresneda.

No se formulan observaciones. B) Judiciales Por EL SECRETARIO GENERAL, se da cuenta de las siguientes Sentencias: -

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo ContenciosoAdministrativo, en el Procedimiento Ordinario nº 1218/2010, incoado por D. JOSE ANTONIO GONZÁLEZ CAUNEDO y otros contra Resolución de fecha 13 de septiembre de 2010, por la que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle para modificación y ampliación de viario en Paredes, promovido por "Funerarias Reunidas S.A.". DESESTIMATORIA DEL RECURSO. FAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

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Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 en el Procedimiento Abreviado nº 184/2011, incoado por D. MARCO ANTONIO QUIDIELLO MARTÍNEZ contra sanción en materia de tráfico por no obedecer las ordenes de los agentes de tráfico. ESTIMATORIA DEL RECURSO. DESFAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES. Sentencia del Juzgado de lo Social nº 5 en la Demanda nº 939/2011, incoado por D. MANUEL SUÁREZ FRANCISCO en materia de reclamación de cantidad por realizar funciones superiores a la categoría de ordenanza. ESTIMATORIA PARCIALMENTE DE LA DEMANDA.

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Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº4 en el Procedimiento Abreviado nº 170/2012, incoado por D. DAVID GARCÍA VEGA en materia de responsabilidad patrimonial, por daños en el vehículo matrícula 1850-BWJ ocasionados por un bache existente en las inmediaciones de Parque Principado. ESTIMATORIA DEL RECURSO. DESFAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

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Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº4 en el Procedimiento Abreviado nº 149/2012, incoado por BILBAO COMPAÑIA ANÓNIMA DE SEGUROS en materia de responsabilidad patrimonial, por los daños ocasionados en el vehículo matrícula 1717-BZW producidos por un bache en la carretera local SI-2. ESTIMATORIA DEL RECURSO. DESFAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

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Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº5 en el Procedimiento Abreviado nº 31/2011, incoado por D. DAVID MARTÍNEZ FIERRO y la entidad

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LIBERTY SEGUROS S.A. en materia de responsabilidad patrimonial, por daños en el vehículo al encontrarse con un socavón sin señalizar en Ferrera. ESTIMATORIA DEL RECURSO. DESFAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES. -

Decreto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº3 en el Procedimiento Abreviado nº 147/2012, incoado por la D. ALADINO CUETO PERALES en materia de responsabilidad patrimonial, por daños en el vehículo matrícula 9425BTRC a consecuencia de un bache existente en Granda. DESISTIMIENTO DEL RECURSO. FAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

Intervención del Concejal de Conceyu, integrado en el Grupo Mixto, Sr. Rodríguez González: “Solamente comentar sobre la sentencia del tanatorio que nos tenemos que felicitar y en especial felicitar a los técnicos, felicitar al Secretario aunque a veces reñimos con él, felicitarle porque tuvo gran parte en ello, para que esta sentencia sea favorable. A todos los técnicos, y en especial al Secretario porque sus alegaciones fueron importantes a la hora de que esa sentencia sea favorable al Ayuntamiento. Y felicitarnos porque por fin vamos ganando juicios donde nos van dando la razón, y muy pronto Lugones podrá tener ese tanatorio, donde es muy necesario.”

RÉGIMEN INTERIOR

3º.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA, DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE MUNICIPAL EN EL CONSORCIO DE TRANSPORTES. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad, aprobar la siguiente propuesta de la AlcaldíaPresidencia, de fecha 5 de julio de 2.012, obrante en el expediente, y que fue dictaminada por la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Organización Municipal y Régimen Interior de fecha 9 de julio de 2.012: “Tras la constitución de la Corporación en el mes de junio de 2011 y en atención a lo previsto en el artículo 38 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Pleno Municipal procedió al nombramiento de representantes de la Corporación en diversos organismos y entidades en los que se cuenta con representación municipal, entre otras el Consorcio de Transportes del Principado de Asturias, para el que se había designado a un Concejal perteneciente al Grupo Municipal de Izquierda Xunida-Los Verdes de Asturias.

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Posteriormente, con motivo del cambio en la Alcaldía, en el mes de marzo se hicieron algunos reajustes en la representación de órganos colegiados y entidades que en principio no afectaron al Consorcio de Transportes, respecto del que no se adoptó acuerdo de modificación. No obstante, dado que el Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Xunida-Los Verdes de Asturias, comunico la renuncia del mismo a ostentar la representación municipal en dicho Consorcio, es necesario asignar un nuevo representante por lo que se somete al Pleno de la Corporación, la siguiente PROPUESTA Primero.- Asignar la representación municipal en el Consorcio de Transportes de Asturias al Grupo Mixto. Segundo.- En el plazo de los 5 días siguientes al de adopción de este acuerdo, la Portavoz del Grupo Mixto propondrá a la Alcaldía el nombre de la persona integrante del mismo, que ejercerá dicha representación.”

El Sr. García de Castro, D. José Carlos, Concejal de la Plataforma Vecinal de La Fresneda integrada en el Grupo Mixto, interviene para decir que en la Comisión Informativa del día 9 de julio de 2012 que dictaminó este asunto, también se acordó que la representante del Grupo Mixto en el Consorcio de Transporte fuera la Concejala Dña. María Jesús García Gutiérrez, y solicita que se vote el que sea la Sra. García Gutiérrez la designada como representante municipal en el Consorcio de Transportes, sin falta de que el Grupo Municipal Mixto proponga al Alcalde el nombre del concejal que ocupe esta representación. D. Angel Alberto Muñoz González, Técnico de Administración General de la Intervención Municipal y Secretario Delegado de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Organización Municipal y Régimen Interior, confirma lo dicho por el Sr. García de Castro D. José Carlos, aunque no viene recogido en el dictamen de la Comisión. Sometida a votación por la Alcaldía-Presidencia la propuesta, el Pleno Municipal acuerda por unanimidad, designar a la Concejala del Grupo Mixto Dña. María Jesús García Gutiérrez, representante del Ayuntamiento en el Consorcio de Transportes de Asturias.” En la deliberación previa a la adopción de este acuerdo, se produjeron las siguientes intervenciones por parte de los Sres. Concejales:

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Intervención del Concejal de la PVF, integrada en el Grupo Mixto, Sr. García de Castro: “En primer lugar, felicitar a Javier por su toma de posesión y desearle lo mejor en esto que queda de mandato y esperar que sea la última toma de posesión que se hace en este plenario. En relación con el punto que salía de la representación en el Consorcio de Transportes, ya pasó por Comisión de Hacienda, quiero recordar, la nominación de María Jesús García Gutiérrez como representante del Grupo Mixto en el Consorcio, ya pasó como tema y se aprobó por unanimidad.” Intervención del Secretario General de la Corporación, Sr. Fanjul Viña: “El acuerdo es igual, si se quiere ya adoptar el acuerdo también, porque el acuerdo se puede adoptar en el sentido de poner un nombre de un concejal, o que el grupo decida, se ha hecho indistintamente. Cuando hicimos el Pleno organizativo, a veces, no se sabía qué concejal iba a ser, no había nadie atribuido, se le atribuyó a ese grupo y otras veces sí se sabía qué concejal y ya se ponía el nombre del concejal que representaba al Ayuntamiento en determinado organismo. Por lo visto aquí ya ha habido las dos cosas.” Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “Si quieren, por parte del Grupo Mixto, proponer al candidato...” Intervención del Concejal de la PVF, integrada en el Grupo Mixto, Sr. García de Castro: “Yo lo comentaba porque la propuesta ya se había hecho efectiva con nombre y apellidos, por lo tanto, volver ahora a hacer un escrito nombrando el representante del Grupo Mixto en el Consorcio, cuando ya había pasado por Comisiones ese nombramiento, esa propuesta, ya había sido aceptada por unanimidad, creo que fue en la Comisión de Hacienda de hace dos semanas, quiero recordar.” Intervención del Secretario General de la Corporación, Sr. Fanjul Viña: “En el dictamen de la Comisión no tiene ningún nombre, yo no sé si es que hubo más dictámenes o es el único el del día 9 de julio.” Intervención del Técnico de Administración General, Sr. Muñoz González: “En esa sesión, el Presidente de la Comisión, propuso también para el nombramiento a Dña. María Jesús como representante en el Consorcio, es cierto.” PATRIMONIO

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4º.- EXPTE. 223WC005.- ESTACIÓN DE AUTOBUSES DE SIERO S.L. SOLICITUD DE CUARTA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE EXPLOTACIÓN DE LA ESTACIÓN DE AUTOBUSES DE POLA DE SIERO. A propuesta de la Concejalía Delegada de Economía, Hacienda, Organización Municipal y Régimen Interior, previo dictamen de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Organización Municipal y Régimen Interior, de fecha 16 de julio de 2012. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad, prorrogar el contrato de explotación de la Estación de Autobuses de La Pola Siero, a la entidad mercantil “Estación de Autobuses de Siero S.L.” por dos años más, a partir del 16 de octubre del 2.012, de acuerdo a la cláusula segunda del citado contrato de explotación, entendiendo que no se modifica ninguna de las condiciones establecidas en el contrato inicial, salvo aquellas que afectan a la actualización de precios. Intervención del Concejal del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sr. González Alvarez: “Buenos días a todos, en especial a Javier, compañero de grupo, que sé que lo va a hacer muy bien en este plenario y en la colaboración con este grupo, en particular. En relación a este asunto simplemente comentar que no va directamente al punto que estamos, pero sí decir si el Alcalde o el resto del gobierno tiene alguna constancia de que, al parecer las dársenas y algunos métodos más de seguridad que tiene que tener la estación, no cumplían. Nosotros en aquel entonces, se estaba dibujando qué se podía hacer en la parte de arriba, si era reformarlas, o bien pasar todos los tráficos como se aconsejaba más bien, a la parte de abajo. Y ello entrañaría también entrar a hablar de la moción que presentan de la obra de Ildefonso. Entonces, simplemente si se puede comentar un poco a ese respecto de cómo está el asunto, si está solucionado, si hay un proyecto para solución de las dársenas, temas de seguridad, etc. Simplemente eso. Es verdad que no tiene nada que ver con la votación, pero me gusta comentarlo ya que pasa un asunto de tema material.” Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal de Foro, Sra. Sánchez Alonso: “La moción está un poco supeditada también a la solución del problema de la estación de autobuses, iría relacionado uno con otro. La aprobación de esta moción implicaría la conservación de ese paraguas, porque es imprescindible para llegar a una solución de cara a la estación.” 5º.- EXPTE. 223VV004.- D. JOSÉ LUIS VIGIL GONZÁLEZ. DESAFECTACIÓN DE TRAMO DE CAMINO SITO EN EL PUEBLO (MUÑÓ).

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El Pleno Municipal acuerda por unanimidad, aprobar la siguiente propuesta del Concejal Delegado de Economía, Hacienda, Organización Municipal y Régimen Interior de fecha 11 de julio de 2.012, obrante en el expediente y dictaminada por la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Organización Municipal y Régimen Interior de fecha 18 de julio de 2.012: “PROPUESTA Visto el expediente tramitado a instancia de D. José Luis Vigil González, para la adquisición de un tramo de camino sito en El Pueblo (Muñó), anexo a finca de su propiedad, al Pleno de la Corporación, formula la siguiente propuesta: Primero.- La alteración de calificación jurídica del tramo de camino en cuestión, para dotarlo de carácter patrimonial, declarándolo como parcela sobrante. Segundo.- Alta del bien en el inventario municipal, con la siguiente descripción: Parcela sobrante de 151,13 metros cuadrados, sita en El Pueblo, parroquia de Muñó, que linda: - Norte: parcelas 75 y 76 del polígono 23, según referencia catastral. - Sur: parcela 74 del polígono 23, según referencia catastral. - Este: camino. - Oeste: camino. Tercero.- Enajenación al propietario o propietarios colindantes, en el precio de tasación, más IVA o impuestos que procedan, de forma que las parcelas resultantes se ajusten al más racional criterio de ordenación del suelo, según dictamen técnico. Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios en ejecución del presente acuerdo.” URBANISMO

6º.- EXPT.: 242P101I.- GANADERA ASTURIANA, S.A. CESIÓN DE VIALES EN EL POLÍGONO DE MERES.

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Visto el expediente tramitado para la cesión al Ayuntamiento por parte de Ganadera Asturiana S.A. de viales sitos en el Polígono Industrial de Meres, en cumplimiento de las obligaciones derivadas de la tramitación del expediente de Reparcelación voluntaria 242I1017. Visto el informe de la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Siero de fecha 21 de junio de 2.012 obrante en el expediente, cuyo tenor literal es el siguiente: “ Examinado el expediente de referencia 242P101I, se informa: Se ha detectado en la Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Siero la existencia de una cesión de 1.415m² con destino viario sita en el Polígono Industrial de Meres, derivada de la tramitación del expediente de Reparcelación voluntaria 242I1017. Se ha constatado en el Registro de la Propiedad que la finca pertenece aún inscrita a nombre de sus anteriores titulares (Ganadera Asturiana, S.A. y otros), pendiente su inscripción a nombre del Ayuntamiento por falta de aceptación plenaria de la cesión. El proyecto de reparcelación voluntaria tenía como fundamento la regularización de las parcelas intervinientes en el proceso reparcelatorio para así obtener unidades prediales que satisficiesen tanto los deseos de propietarios como las directrices emanadas al respecto por el PGOU de Siero vigente en aquel momento. Dicho expediente fue tramitado por la entidad Ganadera Asturiana S.A., D. Santiago Iglesias Vincelle y dos interesados más. Después de diversas consideraciones entre técnicos municipales y propiedades, dicho proyecto de Reparcelación fue aprobado por Resolución del Concejal de Urbanismo de 17 de diciembre de 1998, quedando configuradas las superficies de las siguiente manera: -Parcela de 1.867m². -Parcela de 14.313m² -Parcela de 2.468m² -Parcela de 1.415m², con destino cesión de viales, sita en la parroquia de San Miguel de la Barreda, lindando: Norte, vial del Ayuntamiento de Siero; Sur, herederos

de Juana Suárez; Este, Santiago Iglesias Vincelle, CB y herederos de Juana Suárez; y Oeste, finca inscrita al folio 74 del libro 839 de Siero (Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero al Tomo 983, Libro 839, folio 77, finca 94.395). Tal y como se señala en los informes emitidos con ocasión de la tramitación de dicho expediente, esta parcela es objeto de cesión “ como terreno con destino a cesión

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de calle prevista en el Plan Octogonal a la calle de servicio paralela a la Autoría del Cantábrico y CN-634” . La cesión propuesta, que aún no ha sido formalizada, constituye condición necesaria para la edificación de las parcelas del interesado, calificadas como Suelo Urbano No Consolidado, tratándose por tanto del cumplimiento de una obligación urbanística de cesión obligatoria de terrenos destinados a viales tal y como se establece en el artículo 119 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo aprobado por Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de abril (desarrollado en el artículo 316 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias) así como en el artículo 2.08 del TR del PGOU de Siero definitivamente aprobado por la CUOTA el 15 de abril de 2003, en vigor en el momento de otorgar la correspondiente licencia de obras (en idéntico sentido se recoge en el artículo 2.08 del vigente POMO definitivamente aprobado por el Pleno de la Corporación el 1 de junio de 2006). Por lo que respecta al Proyecto de Urbanización de la calle, se tramitó expte. 242I1016, siendo aprobado definitivamente en sesión plenaria de 27 de mayo de 1999. Sobre la recepción de las obras de urbanización, no consta tramitado expediente con tal fin. Consta incorporado al expediente una Escritura de Agrupación, Segregación, Disolución de Comunidad, Adjudicación y Cesión de viales otorgada a favor del Ayuntamiento de Siero de 29 de Enero de 1999 ante el Notario D. Tomás Agustín Martínez Fernández. En dicha escritura se decía que D. Pedro Iglesias Vincelle y Doña Maria Friera González, “ Vicente Iglesias e hijos, S.L.” , Los cónyuges Don Santiago Iglesias Vincelle y Doña Maria Josefa Fernández Ardura y la entidad “ Ganadera Asturiana, S.A.” , cedían pura, simple y gratuitamente, la finca número 94.395m² de 1.415m² de superficie. Desconociéndose el motivo, quedó suspendida de inscripción la finca registral Nº 94.395 por falta de aceptación del Ayuntamiento de Siero. No llegándose a formalizar la cesión por aquel entonces, en el año 2009 se incorpora al expediente otra Escritura de Cesión Unilateral (36% propiedad) de fecha 14 de Julio de 2009, en la que intervienen D. Santiago Iglesias Vincelle y Maria Josefa Fernández Ardura; Pedro Vicente Iglesias Friera y Covadonga Martínez Prieto; Roberto Iglesias Friera; Antonio- Alberto Iglesias Friera, Vicente Iglesias Álvarez, siendo otorgada ante el Notario D. Luis- Ignacio Fernández Posada bajo el número 1.279 de su protocolo.

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Todos ellos exponen ser dueños en pleno dominio de una participación indivisa del 36% de la finca 94.395, distribuyéndose las cuotas de participación de la siguiente manera:

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• D. Santiago Iglesias Vincelle: Con carácter ganancial un 12% por adjudicación en escritura de agrupación, segregación y extinción de condominio, otorgada en escritura nº 276 del año 1999. Un 4,80% por compra a Doña Maria del Mar- Ángeles Iglesias Álvarez y otros, en escritura autorizada con fecha de 30 de Octubre de 2007, bajo el número 2.634 de protocolo.

• D. Pedro- Vicente Iglesias Friera: Con carácter privativo un 2% en nuda propiedad, por herencia de madre Doña Maria Friera González y adjudicación que se le hizo en pago de parte de sus derechos, en la escritura de Liquidación de Sociedad Conyugal y Aceptación y Adjudicación de Herencia autorizada con fecha de 5 de febrero de 2.008, bajo el número 251, habiendo consolidado el pleno dominio por fallecimiento del usufructuario, su padre, su padre Don Pedro Iglesias Vincelle, fallecido el 31 de Marzo de 2008. - Un 2,72768% por herencia de su padre Don Pedro Iglesias Vincelle, y adjudicación que se le hizo en pago de parte de sus derechos, en la escritura autorizada con fecha de 19 de Diciembre de 2008, bajo el número 2.382. - Con carácter ganancial de un 1,16352% por compra a Doña Maria del MarÁngeles Iglesias Álvarez y otros, en escritura autorizada con fecha de 30 de Octubre de 2007, bajo el número 2.634 de su protocolo. -

• D. Luis – Roberto Iglesias Friera: Con carácter privativo un 2% en nuda propiedad, por herencia de su madre Doña Maria Friera González y adjudicación que se le hizo en pago de parte de sus derechos, en la escritura de Liquidación de Sociedad Conyugal y Aceptación y Adjudicación de Herencia, autorizada con fecha de 5 de febrero de 2.008, bajo el número 2.514, habiendo consolidado el pleno dominio por fallecimiento del usufructuario, su padre Don Pedro Iglesias Vincelle, fallecido el día 31 de marzo de 2.008. - Un 2,72768% por herencia de su padre Don Pedro Iglesias Vincelle, y adjudicación que se le hizo en pago de parte de sus derechos, en escritura autorizada con fecha de 19 de diciembre de 2.008, bajo el número 2.382. - Un 0,72672% por Adjudicación que se hizo en Convenio Regulador aprobado por Auto del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Pola de Siero, de fecha 20 de abril de 2.009, expediente 646/2008. -

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• D. Vicente Iglesias Álvarez: - Adquirió una participación del 2,40% por adjudicación que se les hizo como consecuencia de la liquidación de la entidad mercantil “ Vicente Iglesias e hijos, S.L.” , otorgada en escritura de 30 de Diciembre de 2.003, autorizada por el Notario de Oviedo, Don José- Miguel Sánchez Andrade Fernández, bajo el número 1.965 de su protocolo. En el otorgamiento primero de esta escritura se establece que los comparecientes ceden al Excelentísimo Ayuntamiento de Siero de forma pura, simple y gratuitamente la participación indivisa de finca (36%) con destino a viales. Constan asimismo como se ha dicho, como antecedentes los siguientes expedientes: - Expediente 242I1017, relativo al Proyecto de Reparcelación voluntaria en el Polígono Industrial de Meres. - Expediente 242I1016, relativo a Proyecto de Urbanización de la Calle. Como se ha indicado con anterioridad, figura en el expediente una escritura de Agrupación, Segregación, Disolución de comunidad, Adjudicación y Cesión de viales del año 1999, en la que comparecían Ganadera Asturiana y el resto de propietarios titulares de la misma. Se desconoce porque motivo no se llegó a formalizar tal cesión y quedó suspendida su inscripción a nombre del Ayuntamiento por falta de aceptación de éste. En el año 2009 se otorga nueva escritura de cesión unilateral en la que intervienen los titulares en proindiviso del 36% de la finca. Se otorga esta nueva escritura de cesión debido a los cambios de titularidad que se produjeron sobre esa parte indivisa de la finca. De la Nota extraída del Registro de la Propiedad de la finca 94.395, de fecha 19 de Enero de 2012, se ha podido constatar que la finca pertenece en un 64% a la sociedad Ganadera Asturiana, S.A. y el 36% restante pertenece en proindiviso a los mismos titulares y con las mismas cuotas de participación que en el año 2009 otorgaron la escritura de Cesión unilateral de la finca. De conformidad con lo expuesto, se propone: 1- Que por el Pleno de la Corporación se acepte la cesión de la parcela descrita en la Escritura de Agrupación, Segregación, Disolución de Comunidad, Adjudicación y Cesión de viales otorgada a favor del Ayuntamiento de Siero de fecha 29 de Enero de 1999 ante el Notario D. Tomás Agustín Martínez Fernández, así como en la escritura de Cesión unilateral (36% propiedad) de fecha 14 de Julio de 2009, otorgada por el Notario Don Luis – Ignacio Fernández Posada, bajo el número 1.279 de su protocolo, del siguiente modo:

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“ RUSTICA a prado llamada TORINA, REBOLLA, LA FACINA, PRADO DE SAN MIGUEL Y TIERRA DEL CURA, sita en términos de su nombre, parroquia de San Miguel de la Barreda, concejo de Siero, de 1.415m². Linda: Norte, vial del Ayuntamiento de Siero; Sur, herederos de Juana Suárez; Este, Santiago Iglesias Vincelle, CB y herederos de Juana Suárez; y Oeste, finca inscrita al folio 74 del Libro 839 de Siero” . Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero al tomo 983, libro 839, folio 77, finca Nº 94.395. 2- Facultar al Sr. Alcalde- Presidente D. EDUARDO MARTÍNEZ LLOSA, o a la persona que legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación.”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Promoción Económica, Polígonos Industriales y Personal en su reunión ordinaria, celebrada con fecha 25 de junio de 2012. Vistos los informes obrantes en el expediente. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Aceptar la cesión de la parcela descrita en la Escritura de Agrupación, Segregación, Disolución de Comunidad, Adjudicación y Cesión de viales otorgada a favor del Ayuntamiento de Siero de fecha 29 de Enero de 1999 ante el Notario D. Tomás Agustín Martínez Fernández, con el número 276 de su protocolo, así como en la escritura de Cesión unilateral (36% propiedad) de fecha 14 de Julio de 2009, otorgada por el Notario Don Luis – Ignacio Fernández Posada, bajo el número 1.279 de su protocolo, cuya descripción es la siguiente: “RUSTICA a prado llamada TORINA, REBOLLA, LA FACINA, PRADO DE SAN MIGUEL Y TIERRA DEL CURA, sita en términos de su nombre, parroquia de San Miguel de la Barreda, concejo de Siero, de 1.415m². Linda: Norte, vial del Ayuntamiento de Siero; Sur, herederos de Juana Suárez; Este, Santiago Iglesias Vincelle, CB y herederos de Juana Suárez; y Oeste, finca inscrita al folio 74 del Libro 839 de Siero. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero al tomo 983, libro 839, folio 77, finca Nº 94.395.” Segundo: Facultar al Sr. Alcalde- Presidente D. Eduardo Martínez Llosa, o a la persona que legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos

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sean necesarios con motivo de la aceptación, así como para la firma de cuantos documentos fueran necesarios con motivo de la misma.” 7º.- EXPT.: 242Q802E.- RAMÓN ARGÜELLES GONZÁLEZ. CESIÓN DE VIALES, EN PAREDES (LUGONES). Visto el expediente tramitado para cesión al Ayuntamiento de Siero por parte de D. Vicente José Rodríguez Fernández y su esposa Dña. Sandra María Argüelles Piniella, de viales sitos en Paredes-Lugones, en cumplimiento de las obligaciones derivadas del desarrollo urbanístico de la zona, concretamente de la cesión obligatoria de terrenos destinados a viales. Visto el informe de la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión del Ayuntamiento de Siero de fecha 18 de junio de 2.012 obrante en el expediente, que literalmente señala: “Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa: Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 1 de julio de 2009, se autorizó la segregación de una superficie de 12,87 m2 que han de ser de cesión al Ayuntamiento de Siero para la ampliación del viario existente. Consta incorporada al expediente nota simple del Registro de la Propiedad, por la que se acredita la configuración de esta parcela como parcela independiente, con la descripción y linderos que en la misma se recogen y bajo el número registral 108.854. La cesión propuesta, que aún no ha sido formalizada, constituye condición necesaria para la edificación de la parcela de los interesados, calificada como Suelo Urbano Consolidado NRRU, tratándose por tanto del cumplimiento de una obligación urbanística de cesión obligatoria de terrenos destinados a viales tal y como se establece en el artículo 118 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo aprobado por Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de Abril (desarrollado en el artículo 314 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias) así como en el artículo 2.08 del del vigente PGMO definitivamente aprobado por el Pleno de la Corporación el 1 de junio de 2006. Constan asimismo como se ha dicho, como antecedentes los siguientes expedientes: -

Expediente 241Q10US en el que, mediante Resolución de Alcaldía de fecha 13 de junio de 2007 se otorga licencia de obras para la construcción de vivienda unifamiliar en Paredes, Lugones.

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Expediente 241U3015 por el se tramita la licencia de uso y ocupación de dicha vivienda.

De conformidad con lo expuesto, se propone: 1.- Que por el Pleno de la Corporación se acepte la cesión de la siguiente parcela: “ Rústica a pasto llamada Finca del Marqués, en Paredes, parroquia de Lugones, Siero, de doce metros ochenta y siete decímetros cuadrados. Linda: Norte, resto de finca matriz; Sur, camino; Este, resto de finca matriz y herederos de Francisco Heres y Oeste, resto de finca matriz y de Manuel Blanco. “ 2.- Estos terrenos serán objeto de la debida recepción una vez estén total y correctamente urbanizados y así sea verificado por los Servicios Técnicos Municipales. 3.- Facultar al Sr Alcalde-Presidente o a la persona que legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación.”

De conformidad con lo dispuesto en la escritura de segregación de firma y cesión de fecha 6 de octubre del 2.010 otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Asturias con residencia en Pola de Siero, D. Andrés Santiago Güervos, con el número 2.317 de su protocolo. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Promoción Económica, Polígonos Industriales y Personal de fecha 25 de junio de 2.012. Vistos los informes obrantes en el expediente. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Aceptar la cesión al Ayuntamiento de Siero, por parte de D. Vicente José Rodríguez Fernández y su esposa Dña. Sandra María Argüelles Piniella, de la siguiente parcela: “ Rústica a pasto llamada Finca del Marqués, en Paredes, parroquia de Lugones, Siero, de doce metros ochenta y siete decímetros cuadrados. Linda: Norte, resto de finca matriz; Sur, camino; Este, resto de finca matriz y herederos de Francisco Heres y Oeste, resto de finca matriz y de Manuel Blanco. “

Segundo: Estos terrenos serán objeto de la debida recepción una vez estén total y correctamente urbanizados y así sea verificado por los Servicios Técnicos Municipales.

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Tercero: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente D. Eduardo Martínez Llosa, o a la persona que legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación, así como para la firma de cuantos documentos fueran necesarios con motivo de la misma. “ En la deliberación previa a la adopción de este acuerdo, se produjeron las siguientes intervenciones por parte de los Sres. concejales: Intervención del Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. García González: “En estos puntos, en los que hay una cesión de terreno para el Ayuntamiento, que en este caso son 12,87 metros, en el anterior otros metros, en el siguiente son 140,20 metros, textualmente los acuerdos siempre vienen diciendo textualmente, como mencionó el Señor Secretario, terrenos que son objeto de la debida recepción, una vez estén total y correctamente urbanizados y así sea verificado por los servicios técnicos municipales. Hay algunas situaciones, no sé éstas en concreto, ni cuántas, en las que se toma el acuerdo, se recepcionan esos metros cuadrados por parte del Ayuntamiento, pero luego ese condicionamiento posterior no se lleva a efecto, en muchos casos con el perjuicio que conlleva puesto que supone en la mayoría de las ocasiones un mayor ensanche para el camino. Suele ser cesión para amplitud del camino, o de la carretera, o de una acera, o de un paso público. Por lo tanto, la pregunta o la duda es que, si habría forma de regular previo acuerdo, cuando hay una cesión de terreno, que esté ya esa urbanización ejecutada, no venir a traer el acuerdo con que se ceden los metros cuadrados y que posteriormente lo acondicionará, sino que cuando se tome el acuerdo en firme éste ya hecho el acondicionamiento para garantizar que se lleve a efecto. Porque, por lo que hemos podido observar en algún expediente, esa supervisión posterior, a veces no se llega a efectuar por múltiples razones, en perjuicio de lo que al final el beneficio del ciudadano, más allá de que el patrimonio municipal se enriquezca, es que ese ensanche o ese camino, o esa acera se lleve a efecto. Entonces, poner de manifiesto esa situación, que es una situación que se viene dando de siempre en el Ayuntamiento y que si se puede subsanar de alguna manera para garantizar que se lleve a efecto esa situación. Simplemente, no es que este caso esté mal, sino que es una situación que viene dándose, se detecta y, si se puede subsanar de alguna manera, sería estupendo.” 8º.- EXPT.: 242U1015.- MIGUEL ÁNGEL JIMÉNEZ ABELLA. CESIÓN DE TERRENOS EN LOS POZOS (SANTA MARTA DE CARBAYÍN). Visto el expediente tramitado para la cesión al Ayuntamiento de Siero, por parte de D. Miguel Angel Jiménez Abella y Dña. Rebeca de la Torre Calvo, de unos terrenos para ensanche de vial en Los Pozos (Santa Marta de Carbayín), en cumplimiento de las obligaciones urbanísticas derivadas de la construcción de vivienda unifamiliar en la zona.

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Visto el acta de segregación y cesión de terrenos, obrante en el expediente de fecha 27 de junio del 2.012, que literalmente señala: “ ACTA DE SEGREGACIÓN Y CESIÓN DE TERRENOS En Pola de Siero, a 27 de Junio de 2012 , ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Siero D. EDUARDO ENRIQUE MARTINEZ LLOSA asistido del Secretario General de la Corporación, D. HERMENEGILDO FELIPE FANJUL VIÑA, que da fe del acto COMPARECEN D. Miguel Ángel Jiménez Abella, mayor de edad, casado en régimen de gananciales, vecino de Siero, con domicilio en Los Pozos 31 A, Carbayín, con DNI 53138378-Y; y su cónyuge, Dña. Rebeca de la Torre Calvo, mayor de edad, con el mismo domicilio y DNI 14304637-V. D. Roberto Manuel González Fernández, mayor de edad, con DNI 10.866.666-V, domiciliado, a efectos de notificaciones en la C/Marquesa de Canillejas 28-Bajo 33510 (Pola de Siero) en calidad de Apoderado con carácter solidario, en nombre y representación de Bankia con NIF / CIF A14010342 Esta entidad se constituyó mediante escritura pública otorgada en Granada el día 05/12/1963, ante el Notario D. D. Antonio Tejero Romano. Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia Tomo 9341, Folio 104. Libro 6623 Hoja V-17274, inscripción 183ª y en el Registro de Bancos y Banqueros del banco de España con el número 2.038. Fue nombrado para el cargo que ocupa mediante escritura de apoderamiento suscrita ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, ante el notario D. Antonio Pérez-Coca Crespo con fecha 08/07/2011 y número de Protocolo 2.084. Se describe dicha cláusula de apoderamiento con el siguiente tenor literal: “ OTORGAN: Que en la representación que ostentan designan apoderados de la clase C a las personas físicas, todas ellas mayores de edad, empleados de banca y con domicilio a estos efectos en Madrid, Paseo de la Castellana, 189, que figuran en el listado: Apellido 1: GONZÁLEZ Apellido 2: FERNÁNDEZ Nombre: ROBERTO MANUEL

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NIF: 10866666V Nacionalidad Española Las facultades que se les confieren a los indicados apoderados son aquellas que, estando incluidas, de acuerdo con el Anexo I en el “ Catálogo de Facultades Generales” (aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad en virtud de acuerdo aprobado en fecha 6 de Abril de 2011, que fue objeto de elevación a publico mediante escritura autorizada por el notario de Madrid Don Ignacio Paz-Ares Rodríguez, el día 10 de Mayo de 2011, número 716 de orden de protocolo)se atribuyen – de acuerdo con el anexo II- a los apoderados de la clase C en la forma y cuantía previstas en el “ Sistema de Ejercicio de Facultades” Este anexo I, concretamente en el apartado de contratos de obras, servicios en general, transporte y fletamentos, y dentro de éste, en el epígrafe destinado a la regulación de los poderes conferidos en materia de garantías, en su número 10) confiere poderes para:

“ 10) cancelar o liberar, total o parcial, dando o no carta de pago respecto de las obligaciones principales garantizadas, hipotecas mobiliarias e inmobiliarias, prendas con o sin desplazamiento y cancelar, dando carta de pago, total o parcial, prestamos y créditos de toda índole constituidos por la Sociedad determinando, en su caso, los bienes que deban librarse de garantía, a si como posponer hipotecas mobiliarias e inmobiliarias. ” INTERVIENEN Los primeros en su propio nombre y derecho y el apoderado de la entidad bancaria en representación de los derechos de ésta. EXPONEN PRIMERO.- D. Miguel Ángel Jiménez Abella adquirió, mediante escritura pública autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Oviedo, D. Miguel Ángel Bañegil Espinosa, con número de protocolo mil cuatrocientos setenta y uno, la finca que se describe en el expositivo segundo. SEGUNDO.- D. Miguel Ángel Jiménez Abella, según escritura de aportación a sociedad ganancial y declaración de obra nueva, autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Oviedo, D. MANUEL VALENCIA BENÍTEZ, con fecha de 7 de Noviembre de 2008 y con número DOS MIL TRESCIENTOS OCHO, aporta a su sociedad ganancial la finca que a continuación se describe, pasando por ello, a formar parte de dicha sociedad:

“ RÚSTICA a prado, nombrada PRADO DEL COLEGIAL, sita en términos de este último nombre, Parroquia de Santiago de Arenas, Concejo de Siero, de mil novecientos dieciocho metros cuadrados. Linda al Norte, con calleja antigua; al Sur,

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con la carretera de Valdesoto a Bimenes; Este, bienes de Manuel Antonio Villa, y Oeste, finca de Manuel Fernández Muñiz.” Consta Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero al Tomo 1229, Libro 1043, Folio 129, finca n º 103. 436. TERCERO.- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, con fecha 24 de Octubre de 2008, se concedió licencia de obras para construcción de vivienda unifamiliar, sobre la parcela antes referenciada, conforme al proyecto técnico presentado, suscrito por los arquitectos Alfonso Álvarez Calleja y Dña. Ana Masero Garrido (expediente 241S100M y 241U115D, de modificación de proyecto) La eficacia de dicha licencia se condicionó entre otros requisitos, a la cesión gratuita al Ayuntamiento de Siero, de los terrenos previstos por el planeamiento vigente para el ensanche del vial existente y a la aceptación del compromiso de participar económicamente en los gastos de urbanización del vial previsto en el plan general en la proporción que corresponda. CUARTO.- Mediante Resolución de la Concejalía Delegada de Urbanismo, de fecha 24 de Febrero de 2012, se autoriza la segregación de la finca matriz, con referencia expresa a la posterior cesión de la superficie segregada, cuantificada en 140,20 m2, para ampliación de viales, y que se describiría como sigue:

“ FRANJA DE TERRENO, de 140,20m² de superficie, sita en los Pozos (Santa Marta de Carbayín- Santiago de Arenas) y que linda al Norte, con resto de finca matriz; Sur, carretera de Valdesoto a Bimenes; Este, bienes de Manuel Antonio Villa, y Oeste, finca de Manuel Fernández Muñiz.” QUINTO.- La finca matriz se encuentra gravada con hipoteca a favor de la entidad bancaria Bankia, representada en este acto por D. Roberto Manuel González Fernández. SEXTO.- La cesión a efectuar ha de ser libre de toda carga o gravamen, por lo que resulta preciso que se libere la superficie a ceder de la carga hipotecaria anteriormente descrita, a favor de Bankia. Como consecuencia de todo lo anteriormente expuesto, los comparecientes ESTIPULAN

PRIMERO.- Los comparecientes, D. Miguel Ángel Jiménez Abella y Dña Rebeca de la Torre Calvo, SEGREGAN, conforme a la Resolución de la Concejalía Delegada de Urbanismo, de fecha 24 de Febrero de 2012 de la finca descrita en el expositivo segundo la parcela que a continuación se describe para su cesión gratuita al Ayuntamiento de Siero:

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“ FRANJA DE TERRENO, de 140,20m² de superficie, sita en los Pozos (Santa Marta de Carbayín- Santiago de Arenas) y que linda al Norte, con resto de finca matriz; Sur, carretera de Valdesoto a Bimenes; Este, bienes de Manuel Antonio Villa, y Oeste, finca de Manuel Fernández Muñiz.” Una vez efectuada la segregación, la finca matriz queda con una superficie de 1.777,8 m2, lindando Norte, calleja antigua, Sur, parcela segregada, Este, bienes de Manuel Antonio Villa, y Oeste, finca de Manuel Fernández Muñiz.”

SEGUNDO.- D. Roberto Manuel González Fernández, apoderado de la entidad Bankia, en nombre de la misma, CONSIENTE en este acto, el levantamiento de la carga hipotecaria recaída sobre esta porción de terreno que se segrega, destinada a cesión para la ampliación de viario existente, quedando por tanto la parcela de 140, 20 m² liberada de la misma.

TERCERO.- Los comparecientes D. Miguel Ángel Jiménez Abella y Dña. Rebeca de la Torre Calvo, CEDEN libre y gratuitamente al Ayuntamiento de Siero para su destino a ampliación del viario público, la finca objeto de segregación descrita en el apartado primero, de 140,20 m² de superficie. CUARTO.- El Sr. Alcalde-Presidente, a reserva de su ratificación por el Pleno Municipal ACEPTA LA CESION de los terrenos objeto de la misma, es decir, “ FRANJA DE TERRENO, de 140,20m² de superficie, sita en los Pozos (Santa Marta de Carbayín- Santiago de Arenas) y que linda al Norte, con resto de finca matriz; Sur, carretera de Valdesoto a Bimenes; Este, bienes de Manuel Antonio Villa, y Oeste, finca de Manuel Fernández Muñiz.” QUINTO.- Ambas partes solicitan del Sr. Registrador de la Propiedad la inscripción de la finca que se cede a nombre del Ayuntamiento de Siero, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.4 del Real Decreto1093/1997 de 4 de julio por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de naturaleza urbanística. SEXTO.- Todos los gastos e impuestos en que se incurra con motivo de la segregación, serán de cuenta de la parte que segrega, correspondiendo los derivados de la cesión a la parte cesionaria, beneficiaria de dicha cesión. Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar y fecha fijados en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretario, doy fe.-

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Visto el informe de la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión del Ayuntamiento de Siero, de fecha 27 de junio de 2.012, obrante en el expediente y que literalmente señala: “Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa: Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 25 de enero de 2012 (rectificada mediante Resolución de fecha 24 de febrero de 2012) se autoriza la segregación de una superficie de 140,20 m2 que han de ser de cesión al Ayuntamiento de Siero para la ampliación del viario existente. Consta incorporada al expediente Acta de Cesión en el que se configura esta parcela como parcela independiente, con la descripción y linderos que en dicha escritura se recogen y donde, en el mismo acto, se libera la finca de carga hipotecaria. La cesión propuesta, que aún no ha sido formalizada, constituye condición necesaria para la edificación de las parcelas del interesado, calificadas como Suelo Urbano Consolidado, Núcleo Rural Régimen Urbano, tratándose por tanto del cumplimiento de una obligación urbanística de cesión obligatoria de terrenos destinados a viales tal y como se establece en el artículo 118 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo aprobado por Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de Abril (desarrollado en el artículo 314 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias) así como en el artículo 2.08 del vigente PGMO definitivamente aprobado por el Pleno de la Corporación el 1 de junio de 2006. Constan asimismo como se ha dicho, como antecedentes los siguientes expedientes: - Expediente 241S100M por el que, mediante Resolución de Alcaldía de fecha 24 de octubre de 2008 se concede licencia de obras para la construcción de vivienda unifamiliar sobre la parcela de referencia. - Expediente 241U115D de modificación de dicho proyecto. - Expediente 241T305X, en trámite, relativo a la licencia de uso y ocupación de la vivienda. De conformidad con lo expuesto, se propone: 1.- Que por el Pleno de la Corporación se acepte la cesión de la siguiente parcela: “ Franja de terreno de 140,20 m2 de superficie, sita en Los Pozos (Santa Marta de Carbayín-Santiago de Arenas) y que linda al Norte, con resto de finca matriz; Sur Carretera de Valdesoto a Bimenes; Este bienes de Manuel Antonio Villa y Oeste, finca de Manuel Fernández Muñiz”. Procede, por segregación de la parcela registral número 103.436, inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero, al tomo 1229, libro 1043, folio 129.

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2.- Estos terrenos serán objeto de la debida recepción una vez estén total y correctamente urbanizados y así sea verificado por los Servicios Técnicos Municipales. 3.- Facultar al Sr Alcalde-Presidente D Eduardo Enrique Martínez Llosa, o a la persona que legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación.”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Promoción Económica, Polígonos Industriales y Personal en reunión ordinaria, de fecha 2 de julio de 2.012. Vistos los informes obrantes en el expediente. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Aceptar la cesión al Ayuntamiento de Siero, por parte de D. Angel Jiménez Abella y Dña. Rebeca de la Torre Calvo, de la siguiente parcela: “ Franja de terreno de 140,20 m2 de superficie, sita en Los Pozos (Santa Marta de Carbayín-Santiago de Arenas) y que linda al Norte, con resto de finca matriz; Sur Carretera de Valdesoto a Bimenes; Este bienes de Manuel Antonio Villa y Oeste, finca de Manuel Fernández Muñiz. Procede, por segregación de la parcela registral número 103.436, inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero, al tomo 1229, libro 1043, folio 129.” Ratificando en todos sus términos el acta de la segregación y cesión de terrenos de 27 de junio de 2.012, antes transcrito. Segundo: Estos terrenos serán objeto de la debida recepción una vez estén total y correctamente urbanizados y así sea verificado por los Servicios Técnicos Municipales. Tercero: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente D Eduardo Enrique Martínez Llosa, o a la persona que legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación, así como para la firma de cuantos documentos fueran necesarios con motivo de la misma.” En la deliberación previa a la adopción de este acuerdo, se produjeron las siguientes intervenciones por parte de los señores concejales:

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Intervención del Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. García González: “Antes me quedé un poco con las ganas de si el Secretario podría decirnos si es posible hacerlo de otra forma para garantizar eso, no sé si legalmente es posible este paso que celebramos ya que venga con esa ejecución correspondiente en cada caso, para poder garantizar, como decía, que se lleve a efecto. No sé si puede ser por facilitar el trámite y garantizar ...” Intervención del Secretario General de la Corporación, Sr. Fanjul Viña: “Habría que ver caso por caso, la mayoría de los casos son terrenos que hay que urbanizar porque se va a edificar allí, en esos casos me imagino que será sobre todo una casa. Para poder edificar la casa tienen que ceder los terrenos. Seguramente en la mayoría de los casos son urbanizaciones simultáneas al frente de las fachadas de las casas, o en la parte de atrás, que tienen que hacer simultáneamente cuando se realiza la casa. En principio sí puede ser, pero creo que en algunos casos, o en muchos, deben de ceder los terrenos, deben ser públicos para poder construir, si no, no podrían construir, habría que ver el caso.” Previamente el Pleno Municipal acuerda por unanimidad, ratificar la inclusión de los puntos 9º, 10º, 11º, 12º y 13º en el orden del día del Pleno, al no estar dictaminados por la Comisión Informativa correspondiente cuando fue convocada la sesión.

9º.- EXPT.: 242T100I.- CONSTRUCCIONES MARIÑANAS, S.L. PLAN PARCIAL DEL ÁMBITO CONCEYÍN B, EN BOBES. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad ratificar la inclusión de este punto en el orden del día, al no estar dictaminado por la Comisión Informativa correspondiente cuando fue convocada la sesión.

“Visto el expediente tramitado par la aprobación del Plan Parcial para el desarrollo del ámbito “El Conceyín B” en Bobes-Siero, presentado por Construcciones Mariñanas, S.L y suscrito por los Arquitectos D. Jorge Pérez Parrado y D. Ramón Somolinos Zaldívar. Teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: Primera: La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Siero, en sesión celebrada el día 23 de junio de. 2.010, acordó aprobar inicialmente el Plan Parcial anteriormente referenciado y someterlo a información pública durante el plazo de un mes en la forma legalmente establecida. Segunda: La aprobación inicial se realizó con las siguientes condiciones: “ a) A cumplir con carácter previo a la remisión del expediente a la CUOTA para informe preceptivo:

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a. Aclarar que el aprovechamiento de 744 m2 destinados a comercial se detraerán del aprovechamiento total del sector. b. Aportar nota registral de cada finca incluida en el Sector, de forma que permita identificar correctamente a todos los propietarios afectados. c. Deberán corregirse o aclararse los art. 1.2.1; 1.81; 1.13.3 y 2.2. de las Normas Urbanísticas en los términos señalados en el informe jurídico de fecha 16 de Julio de 2010. b)

A cumplir con carácter previo a la aprobación definitiva:

a. Aportar todos los planos de planta adecuadamente georeferenciados en la red local municipal, con reseña de las bases empleadas en el levantamiento topográfico de la parcela realizado. b. Aclarar el carácter del camino que transcurre entre las parcelas 4 y 5 c. Deberá corregirse la alteración en la superficie de la parcela nº 4 de Baja Densidad. d. Deberá recogerse correctamente como una servidumbre de la parcela 4, la canalización subterránea de la línea eléctrica de Alta Tensión que cruza el Ámbito. e. Definir si se mantiene la asunción de la reserva de suelo para vivienda protegida. c)

A cumplir en el Proyecto de Urbanización:

a. Resolver el acondicionamiento de las zonas verdes según las directrices de los servicios municipales. b. Resolver en detalle las soluciones de infraestructura, y en particular definir correctamente la red separativa propuesta para el saneamiento, aportando las autorizaciones sectoriales correspondientes que posibiliten el adecuado funcionamiento de la misma. d)

A cumplir en el Proyecto de Compensación:

a. Concretar las superficies de las parcelas de BD y la equivalencia en el módulo resultante aprovechamiento/parcela con el que se señala para la parcela nº 3 de cesión del 10% municipal La adopción de dicho acuerdo corresponde a la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo dispuesto en el art. 89 del DL 1/2004, en relación con el art. 21.2.j) de la Ley 7/85 y en relación con la Resolución de la Alcaldía de fecha 22 de Marzo de 2010 de Delegación de atribuciones a favor de la Junta de Gobierno Local. El Sistema de Actuación será el de Compensación, el plazo de ejecución para la tramitación de los instrumentos de desarrollo y la ejecución de las obras de

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urbanización será de 4 años, y el plazo para la ejecución de las obras de edificación, otros 4 años.”

Tercera: En cumplimiento de lo acordado, el expediente se sometió a información pública mediante anuncios publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Asturias número 199 de 27 de agosto de 2.010, en el diario La Nueva España de Oviedo de fecha 12 de agosto de 2.010 y en los tablones de edictos de la Casa Consistorial en Pola de Siero y en el de la Tenencia de Alcaldía de Lugones. Cuarta: Del mismo modo, se dio traslado del Plan Parcial para que emitieran el informe en el marco de sus competencias sectoriales, a las siguientes entidades: Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, Confederación Hidrográfica del Cantábrico, CADASA, ENAGAS, Telefónica e Hidrocantábrico. Quinta: Durante el período de información pública no se presentó reclamación ni alegación alguna, según consta en certificación del Secretario General del Ayuntamiento de Siero D. Hermenegildo Felipe Fanjul Viña, de fecha 8 de julio del 2.011, que obra en el expediente. Sexta: Constan en el expediente escritos de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, del Consorcio de Aguas de Asturias (CADASA) y de Hidrocantábrico, donde estos organismos realizan al Plan Parcial, las observaciones que tienen por conveniente. Por parte de ENAGAS y de Telefónica no consta que se haya formulado ningún tipo de observación. Séptima: Previa remisión del expediente a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, la Permanente de la CUOTA en sesión de 19 de octubre del 2.011 emitió el informe que a continuación se transcribe a los efectos previstos en el artículo 89.4 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Ordenación el Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias aprobada por Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de abril, es decir informe de carácter preceptivo y no vinculante: “Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.Dirección Generla de Ordenación del Territorio y Urbanismo.Se definen los trazados de la red de saneamiento, que será separativo, red de suministro de agua, red de energía eléctrica, red de aguas, red de alumbrado público y red de telecomunicaciones. Los viarios realizados presentan pendientes inferiores al 6%, por lo que se adaptan al Reglamento de la Ley 5/95 de promoción de la accesibilidad y supresión de

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barreras. Se deberá justificar igualmente el cumplimiento de la Orden Ministerial VIV/561/2010, de 1 de febrero, por el que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de espacios públicos urbanizados, de obligado cumplimiento para los planeamientos de desarrollo que se aprueben con posterioridad a la entrada en vigor de la misma. Lo que se informa a los efectos de lo dispuesto en el artículo 250 del TROTU, en relación con el Decreto 16/2008, de 27 de febrero, por el que se regula composición, competencias y funcionamiento de la CUOTA (BOPA 12/03/2008).- El Secretario de la CUOTA.- Fdo. José Antonio Cullía de la Maza.-“

Octava: Con fecha 19 de julio del 2.012 la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Siero, emite el informe que a continuación se transcribe: “ Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa: Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 23 de julio de 2010 se aprobó inicialmente la propuesta del Plan Parcial para el desarrollo del ámbito “ El Conceyín B” en Bobes, presentado por CONSTRUCCIONES MARIÑANAS S.L. y suscrito por los Arquitectos D Jorge Pérez Parrado y D Ramón Somolinos Zaldivar. El acuerdo de aprobación inicial establecía una serie de condicionantes a cumplir, tanto con carácter previo a la remisión del expediente a la CUOTA para informe preceptivo como con carácter previo a la aprobación definitiva del presente documento. Las primeras fueron objeto de comprobación en el momento indicado, emitiéndose informe jurídico por parte de quien suscribe con fecha 10 de enero de 2010. En cuanto a las segundas, serán objeto de comprobación en este momento. Se establecían igualmente una serie de condiciones a cumplir en el futuro Proyecto de Urbanización y también en el futuro Proyecto de Compensación que entiendo, habrán de ser recogidas igualmente en el acuerdo de aprobación definitiva, para una mayor claridad del expediente. El expediente fue sometido al correspondiente periodo de información pública mediante publicación de anuncio en el BOPA de fecha 27 de agosto de 2010 , en el Diario La Nueva España de 12 de agosto de 2010 y en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Siero y de la Tenencia de Alcaldía de Lugones sin que conste se haya formulado alegación alguna. Así consta debidamente acreditado en el expediente (folio 347 del mismo). En el acuerdo de aprobación inicial se recogía la necesidad de dar traslado del expediente a distintos organismos, siendo la documentación recibida en el Registro

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General de todos y cada uno de ellos en una misma fecha, el 25 de agosto de 2010. A pesar del tiempo transcurrido desde entonces, no se ha recibido indicación alguna de dos de ellos, concretamente, ni de ENAGAS ni de TELEFÓNICA, lo que, entiendo, en modo alguno ha de ser obstáculo para continuar la tramitación del presente expediente hasta su conclusión. En cuanto al resto de los Organismos Sectoriales afectados, sí se han recibido escritos de todos ellos, procediéndose a continuación al análisis individualizado de cada uno de ellos. DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN ASTURIAS: Con fecha 3 de noviembre de 2010 se recibe escrito del citado organismo, en el que se explicitan una serie de inexactitudes o cálculos erróneos y que resulta desfavorable por cuanto que “ la red de saneamiento de pluviales propuesta

conectaría con una obra de drenaje transversal existente bajo la autovía A-64” . Con fecha 14 de diciembre de 2010 se presenta escrito de aclaraciones por parte de la promotora a quien se le había dado cumplido traslado. Con fecha 28 de diciembre de 2010 se emite informe técnico sobre el particular. Remitido nuevamente el expediente a informe del citado organismo, con fecha 30 de marzo de 2011 tiene entrada en el Registro General de la Corporación un nuevo escrito en el que se concluye la necesidad de que por parte del Ayuntamiento se solicite documentación complementaria en la que se “ incluyan los cálculos

empleados para el cálculo del caudal a desaguar, según lo dispuesto en la Instrucción 5.2-IC de Drenaje superficial, así como un estudio de la capacidad y el nivel de servicio en la glorieta, analizando también las demoras y las longitudes de cola que se ocasionarían y justificando adecuadamente el valor de la densidad de tráfico empleada para la superficie comercial” . Previa emisión de un nuevo informe técnico, de fecha 4 de abril de 2011, se remite una copia de dicho escrito a la entidad promotora, a efectos de aportación de dicha documentación, documentación que es aportada con fecha 25 de mayo de 2011. Remitida nuevamente a informe de este Organismo, finalmente, con fecha 24 de junio de 2011 se recibe en el Registro General de la Corporación informe favorable de fecha 20 de junio de 2011. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO: Con fecha 3 de noviembre de 2010 se aporta al expediente informe del citado Organismo, favorable al Plan Parcial, exclusivamente en el ámbito competencial de dicho

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organismo. En el mismo se recogen una serie de condiciones que con carácter general, resultan de obligado cumplimiento. Entiendo que ha de dársele traslado de las mismas al interesado a los efectos que procedan. CADASA: Con fecha 13 de septiembre de 2010 se incorpora un escrito en el que, básicamente se concluye que “ solamente le desarrollo del Plan Parcial ahora presentado supone un

incremento de población estimada de 1.116 habitantes respecto de la actual, lo que difiere sustancialmente de los parámetros utilizados en el diseño del aliviadero que en la actualidad está construyendo el Ayuntamiento” . Y añaden que “ teniendo en cuenta la incidencia que pueda tener este hecho, se propone comunicar al Ayuntamiento de Siero que debe adecuar el diseño del aliviadero que está ejecutando a la nueva población y modificar la autorización de vertido que está tramitando” . Con fecha 14 de diciembre de 2010 se presente escrito de aclaraciones por parte de la promotora a quien se le había dado cumplido traslado. Con fecha 28 de diciembre de 2010 se emite informe técnico sobre el particular. Remitida la documentación aportada, con fecha 12 de diciembre de 2011 se recibe un último informe por parte de dicha entidad. En el mismo se concluye que

1.- “ La modificación de las características del Plan Parcial , con mas viviendas y caudales superiores requiere la modificación de la autorización de vertido a dominio público hidráulico del aliviadero Bobes, así como la reforma de la instalación conforme a los requerimientos que de ella se desprendan. 2.- De acuerdo a la actual autorización de vertido del sistema público de saneamiento, no es posible admitir los vertidos del Plan Parcial. 3.- Dada la situación de agotamiento del bombeo de Venta del Gallo, es preciso reducir la incorporación de aguas de escorrentía a la red de alcantarillado municipal, así como vigilar que los vertidos industriales cumplan con los niveles de contaminación que figuran en las autorizaciones” . Consta emitido informe técnico por parte de la Ingeniera Industrial con fecha 9 de julio de 2012 en el que se dan cumplida respuesta a todas estas objeciones. Por lo que al vertido de aguas de escorrentía e industriales se refiere, señala la técnico municipal que “ tiene sencilla respuesta puesto que se trata de un ámbito en

el que la zonificación recoge exclusivamente edificación de viviendas, equipamientos o una parcela comercial, pero no se prevé ninguna edificación industrial. Y con una red separativa, tal como consta en los planos, cuyos colectores de recogida de pluviales no se conectan a la actual red municipal ni al aliviadero de Bobes, pues se vierten a cauce público. ”

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Y en relación al segundo aspecto, referido a la necesidad de modificar la autorización de vertido y las instalaciones del aliviadero conforme a la misma, entiende la técnico municipal que “ se ha de informar que se ha justificado por los redactores del

proyecto del aliviadero la capacidad del mismo a pesar de la variación del número de viviendas ya que la estimación de la población actual de 1.272 habitantes ya consideraba como desarrollado en Plan Parcial con 200 viviendas, y se comprueba el diseño para las 375 finales previstas en el Plan, justificación sobre la que se vuelve a incidir en la necesidad de modificar la autorización de vertido y acomodar a la misma las instalaciones del aliviadero. Teniendo en cuenta que además de las justificaciones que se han aportado al expediente, la red de fecales se conectaría a una red municipal, que no se vierten agua pluviales, se podría detallar nuevamente en este momento y de forma más exhaustiva las justificaciones y formular nuevas alegaciones o incluso la solución de la ampliación de las instalaciones del aliviadero. Pero también se ha de valorar que puesto que solución para la red de aguas negras existe y que ésta, en el caso de no aceptar las justificaciones que se propongan, consistiría en la adecuación de la autorización de vertido y la ampliación de instalaciones del aliviadero, cuestión que se entiende que se habría de describir y detallar en el Proyecto de Urbanización, se ha de evaluar la conveniencia de continuar con la tramitación del Plan Parcial con las oportunas prevenciones a los interesados de que ha platearse durante la autorización del Proyecto de Urbanización ante CADASA tal justificación y que de no prosperar la misma, habrán de costear y tramitar la anunciada adecuación de la autorización de vertido y la ampliación de instalaciones del aliviadero.” Entiendo por tanto que, en el Acuerdo de aprobación definitiva ha de recogerse expresamente esta previsión, debiendo añadirse evidentemente, entre aquellas a cumplir durante la tramitación del proyecto de urbanización. HIDROCANTÁBRICO: Con fecha 30 de septiembre de 2010 se presenta un escrito en el que comunican que “ la solución de alimentación eléctrica

reflejada en el proyecto aportado no ha sido resuelta ni aprobada por HCDE. En concreto no es posible atender al suministro eléctrico de este ámbito desde las actuales líneas aéreas existentes en la zona, como por otra se cita en el proyecto. La solución de electrificación de este ámbito se le aportará al solicitante según nuestro expediente de referencia....” Con fecha 14 de diciembre de 2010 se aclaraciones por parte de la promotora a quien se le había dado Con fecha 28 de diciembre de 2010 se emite el particular en el que se indica que “ dicha propuesta

presenta escrito de cumplido traslado. informe técnico sobre

es aportada por los interesados con fecha 14 de diciembre, mediante documentación expedida por la propia compañía eléctrica con fecha 18 de octubre de 2010, en la que establecen las condiciones técnico-económicas para dotar de suministro el ámbito y por tanto

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constituye la solución que debe recogerse en el Proyecto de urbanización que se redacte para el desarrollo del ámbito.” En el informe de fecha 9 de julio de 2012 se añade que “ se ha de advertir que se ubican los tres centros de transformación en las parcelas edificables 4 y 8, pero también en la denominada B y destinada a zona verde, por lo que habida cuenta que según el artículo 1.29 del PGOU de Siero, no consume volumen edificado a efectos de cómputos de aprovechamiento y que la propia compañía indica que ha de modificarse la Propuesta, en el Proyecto de urbanización se ubicará dicho CT dentro de parcela privada.” Entiendo que esta previsión ha de figurar expresamente recogida en el acuerdo de aprobación definitiva en su caso. Este es, en resumen, el análisis de los informes correspondientes a los distintos Organismos sectoriales afectados. Con fecha 26 de julio de 2011 se remite el expediente a informe de la CUOTA, de conformidad con lo previsto en los artículos 89 del TR 1/2004 de 22 de abril y 250 del Decreto 278/2007 de 4 de abril, incorporándose al expediente con fecha 31 de octubre de 2011, informe favorable emitido por la Permanente de dicho organismo de fecha 19 de octubre. En dicho informe se solicitaba la aportación de documentación y la formulación de una serie de aclaraciones que habrían de ser debidamente cumplimentadas por la entidad promotora del expediente, así como una observación relacionada con la cesión de equipamientos que fue debidamente aclarada en informe emitido por la Arquitecta Municipal con fecha 8 de noviembre de 2011. Con fecha 28 de febrero de 2012 se incorpora al expediente escrito aclaratorio por parte de la entidad promotora, tanto respecto de aquellos aspectos a que hacía referencia el informe de la CUOTA como respecto a aquellos extremos recogidos en el acuerdo de aprobación inicial. Tal y como se recoge en el informe jurídico de fecha 23 de marzo de 2012 dicha documentación fue objeto del correspondiente informe técnico previa emisión de informe topográfico sobre el particular. Respecto al informe topográfico ha de indicarse que, tras la emisión de un primer informe desfavorable y la correspondiente aportación de documentación por parte del interesado, se emite finalmente informe favorable de fecha 28 de mayo de 2012. Con posterioridad se emiten sendos informes por parte de la Ingeniera Industrial Municipal, convenientemente analizado con anterioridad, y por parte de la Arquitecta Municipal, este último con fecha 12 de junio de 2012. Respecto a este último, que entiendo, resulta favorable a la aprobación definitiva del documento, han de efectuarse una serie de precisiones:

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Se indica en el mismo que, si bien de la Memoria del documento

“ parece deducirse que no se reserva el 30% de vivienda protegida por no ser de obligado cumplimiento conforme a justificación en el expediente, en el plano se mantiene esta reserva en las parcelas 4,5 y 6” debiendo quedar este extremo, suficientemente aclarado para la aprobación definitiva. Con fecha 19 de julio de 2012 se ha presentado una nueva copia del plano nº 7 del que se elimina esta previsión. Queda por tanto suficientemente aclarado. Se indica igualmente la conveniencia de que la denominada parcela C de cesión definitiva como zona verde de dominio público se defina como zona privada, a tenor de su ubicación, “ en el interior de las parcelas de vivienda unifamiliar” puesto que además “ no resulta imprescindible para el obligatorio cumplimiento de

los suelos de cesión en cuanto a que la superficie de ordenación de los suelos públicos están muy por encima de dichos parámetros” . En la documentación aportada al expediente con fecha 19 de julio de 2012 así se recoge, por lo que ha de entenderse convenientemente aclarado este punto. Se efectúa igualmente una indicación sobre el mobiliario de juegos infantiles que “ vendrá convenientemente analizado en el proyecto de urbanización “ y que se “ ubicará principalmente en las zonas C y F” Esta previsión se recogerá expresamente en el acuerdo como condición a imponer en el proyecto de urbanización. Indicar por último que si bien se había solicitado y aportado al expediente el correspondiente Texto Refundido en orden a disponer de toda la documentación aportada durante la tramitación del expediente en un único documento, con posterioridad a su aportación aún se ha aportado nueva documentación corrigiendo los errores detectados en los informes técnicos, por lo que resulta necesario volver a insistir sobre este particular, aportando un único documento que recoja todas cuantas modificaciones se han ido efectuando al expediente. En particular deberá velarse por el cumplimiento de la objeción formulada por la Ingeniera Industrial Municipal en su informe de fecha 9 de julio de 2012 en el que se indica que “ en los planos de la

versión de 8 de junio de 2012, aportados para la aprobación definitiva, en los que se recogen las propuestas de las redes de servicios e infraestructuras, e incluso el número 8 relativo al sistema viario, se plasman sobre los viales de 12 metros de la propuesta inicial, posteriormente modificada...” Si bien considera la Técnico que no resulta decisivo a los efectos de definición de infraestructuras que corresponden a un documento como es el Plan Parcial, es indudable que TODOS Y CADA UNO DE LOS PLANOS objeto de aprobación definitiva resulten correctos, al objeto de evitar erróneas interpretaciones futuras, por lo que ha de insistirse en tal sentido. Por todo lo expuesto se propone por tanto que, por el Pleno de la Corporación, órgano competente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local en

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relación con lo dispuesto en el artículo 89 del TR 1/2004 de 22 de abril por el que se aprueban las Disposiciones legales vigentes en Materia de Ordenación del Territorio Urbanismo del Principado de Asturias y artículo 250 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre, se adopte acuerdo: 1.- Aprobando definitivamente el Plan Parcial para el desarrollo del ámbito “ El Conceyín B” en Bobes, presentado por CONSTRUCCIONES MARIÑANAS S.L. y suscrito por los Arquitectos D Jorge Pérez Parrado y D Ramón Somolinos Zaldivar con las siguientes condiciones expresas: a) A cumplir en el Proyecto de Urbanización:

a. Resolver el acondicionamiento de las zonas verdes según las directrices de los servicios municipales. b. Resolver en detalle las soluciones de infraestructura, y en particular definir correctamente la red separativa propuesta para el saneamiento, aportando las autorizaciones sectoriales correspondientes que posibiliten el adecuado funcionamiento de la misma. c. Habrán de justificarse adecuadamente los parámetros de caudales que permitan la conexión directa con las infraestructuras existentes en cumplimiento de las objeciones formuladas por CADASA. En caso contrario habrá de costearse y tramitarse la adecuación de autorización de vertido y ampliación de instalaciones del aliviadero en su caso, tal y como se indica en el informe del citado organismo. d. Ubicar los centros de transformación (CT) dentro de parcela privada y no en la parcela destinada a zona verde denominada parcela B. e. El mobiliario de juegos infantiles se ubicará principalmente en las zonas C y F. b) A cumplir en el Proyecto de Compensación:

a. Concretar las superficies de las parcelas de BD y la equivalencia en el módulo resultante aprovechamiento/parcela con el que se señala para la parcela nº 3 de cesión del 10% municipal La adopción de dicho acuerdo corresponde a la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo dispuesto en el art. 89 del DL 1/2004, en relación con el art. 21.2.j) de la Ley 7/85 y en relación con la Resolución de la Alcaldía de fecha 22 de Marzo de 2010 de Delegación de atribuciones a favor de la Junta de Gobierno Local. El Sistema de Actuación será el de Compensación, el plazo de ejecución para la tramitación de los instrumentos de desarrollo y la ejecución de las obras de urbanización será de 4 años, y el plazo para la ejecución de las obras de edificación, otros 4 años.

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Habrá de aportarse un Texto Refundido que recoja en un solo documento la documentación que es objeto de aprobación definitiva, debiendo reflejarse correctamente el ancho viario en todos los planos, incluidos aquellos relativos a las redes de servicios. 2.- Notificando expresamente el acuerdo de aprobación definitiva a todos cuantos figuran como interesados en el expediente. 3.- Condicionando la eficacia del acuerdo de aprobación definitiva a la prestación de la garantía a que se refiere la letra a) del artículo 378.3 del ROTU dentro del plazo de quince días desde que se requiera para ello al promotor. 4.- Acordando la publicación del acuerdo de aprobación definitiva así como de las ordenanzas o normas urbanísticas contenidas en el Plan Parcial en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, publicando igualmente el acuerdo en los Tablones de Anuncios de la Casa Consistorial y de la Tenencia de Alcaldía de Lugones. Para la publicación del acuerdo de aprobación definitiva será preciso que se haya prestado la garantía a que se refiere el punto 3. 5.- Remitiendo dos ejemplares del instrumento, debidamente diligenciados con los planos correspondientes y la documentación técnica y administrativa completa y tres copias en soporte digital de la documentación técnica del instrumento a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias a efectos de información, coordinación y archivo a través del Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística del Principado de Asturias. 6.- Remitiendo un ejemplar a la Gerencia Territorial de Catastro a los efectos fiscales correspondientes. “

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Promoción Económica, Polígonos Industriales y Personal, de fecha 25 de Julio de 2.012. Vistos los informes obrantes en el expediente. El Pleno Municipal acuerda por mayoría, con los votos a favor de las Sras. Quince Cifuentes, Nachón Alvarez, Suárez Alonso, Sánchez Alonso, Onís Lorenzo, García Gutiérrez, Berdasco Sierra y Valle Quirós y de los Sres. García González, González Alvarez, Presa Arboleya, Vigil Fabián, Martínez Llosa, Rodríguez Vigil, Arbesú Arias, García de Castro, Rodríguez González, Llera Muñío, Ordóñez Palacio, Vázquez Suárez y Bogomak Medeiro (total veintiun votos a favor del PSOE, FAC, PVF, PP y Conceyu integrados en el Grupo Mixto y concejales no adscritos), ningún voto en contra y la abstención de la Sra. González González y de los Sres. Fernández Palicio y Viesca Alvarez (total tres

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abstenciones de IU), ausente el Sr. Ballestero Rodríguez : Primero: Aprobar definitivamente el Plan Parcial para el desarrollo del ámbito “El Conceyín B” en Bobes, presentado por CONSTRUCCIONES MARIÑANAS S.L. y suscrito por los Arquitectos D. Jorge Pérez Parrado y D. Ramón Somolinos Zaldivar con las siguientes condiciones expresas: a) A cumplir en el Proyecto de Urbanización: a. Resolver el acondicionamiento de las zonas verdes según las directrices de los servicios municipales. b. Resolver en detalle las soluciones de infraestructura, y en particular definir correctamente la red separativa propuesta para el saneamiento, aportando las autorizaciones sectoriales correspondientes que posibiliten el adecuado funcionamiento de la misma. c. Habrán de justificarse adecuadamente los parámetros de caudales que permitan la conexión directa con las infraestructuras existentes en cumplimiento de las objeciones formuladas por CADASA. En caso contrario habrá de costearse y tramitarse la adecuación de autorización de vertido y ampliación de instalaciones del aliviadero en su caso, tal y como se indica en el informe del citado organismo. d. Ubicar los centros de transformación (CT) dentro de parcela privada y no en la parcela destinada a zona verde denominada parcela B. e. El mobiliario de juegos infantiles se ubicará principalmente en las zonas C y F. b) A cumplir en el Proyecto de Compensación: a. Concretar las superficies de las parcelas de BD y la equivalencia en el módulo resultante aprovechamiento/parcela con el que se señala para la parcela nº 3 de cesión del 10% municipal La adopción de dicho acuerdo corresponde a la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo dispuesto en el art. 89 del DL 1/2004, en relación con el art. 21.2.j) de la Ley 7/85 y en relación con la Resolución de la Alcaldía de fecha 22 de Marzo de 2010 de Delegación de atribuciones a favor de la Junta de Gobierno Local. El Sistema de Actuación será el de Compensación, el plazo de ejecución para la tramitación de los instrumentos de desarrollo y la ejecución de las obras de

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urbanización será de 4 años, y el plazo para la ejecución de las obras de edificación, otros 4 años. Habrá de aportarse un Texto Refundido que recoja en un solo documento la documentación que es objeto de aprobación definitiva, debiendo reflejarse correctamente el ancho viario en todos los planos, incluidos aquellos relativos a las redes de servicios. “ Segundo: Notificar expresamente el acuerdo de aprobación definitiva a todos cuantos figuran como interesados en el expediente, y comunicarlo a la CUOTA. Tercero: Condicionar la eficacia del acuerdo de aprobación definitiva a la prestación de la garantía a que se refiere la letra a) del artículo 378.3 del ROTU dentro del plazo de quince días desde que se requiera para ello al promotor. Cuarto: Acordar la publicación del acuerdo de aprobación definitiva así como de las ordenanzas o normas urbanísticas contenidas en el Plan Parcial en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, publicando igualmente el acuerdo en los Tablones de Anuncios de la Casa Consistorial y de la Tenencia de Alcaldía de Lugones. Para la publicación del acuerdo de aprobación definitiva será preciso que se haya prestado la garantía a que se refiere el punto 3. Quinto: Remitir dos ejemplares del Plan Parcial, debidamente diligenciados con los planos correspondientes y la documentación técnica y administrativa completa y tres copias en soporte digital de la documentación técnica del instrumento a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias a efectos de información, coordinación y archivo a través del Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística del Principado de Asturias. Sexto: Remitir un ejemplar a la Gerencia Territorial de Catastro a los efectos fiscales correspondientes.” En la deliberación previa a la adopción de este acuerdo, se produjeron las siguientes intervenciones por parte de los Sres. Concejales: Intervención del Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Sr. Fernández Palicio: “Previamente dar la bienvenida y felicitar a Javier Vigil, a esta Corporación. Son épocas difíciles, el resultado del trabajo no sabemos cuál va a ser, pero lo que se garantiza seguro es que no va a haber lugar al aburrimiento. En cualquier caso darle la bienvenida y desearle lo mejor de los éxitos en su trabajo.

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Ya en relación a este punto, nuestro grupo va a mantener la abstención, evidentemente es todo legal, todo aparece justificado pero consideramos que no es positivo para los intereses generales del municipio el que se pierda una de las condiciones que inicialmente tenían, que era la reserva del 30% para la vivienda protegida, dentro de lo que era el diseño de las parcelas. Ciertamente en el expediente está justificado, pero entendíamos que ese criterio interpretativo inicial era mejor para los intereses generales.” Intervención del Secretario General de la Corporación, Sr. Fanjul Viña: “La pregunta de antes, que la situación que planteaba es difícil que se de, porque en principio la situación que planteaba, si no se ha urbanizado, no se va a poder dar la primera ocupación, con lo que esa situación no se debería de dar nunca.” Intervención del Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. García González: “Efectivamente si se sigue a rajatabla todos los procedimientos no debería de hacerse, pero yo pregunto si se va a comprobar todas una vez finalizadas y si hay informe al respecto.” Intervención del Concejal de Conceyu, integrado en el Grupo Mixto, Sr. Rodríguez González: “Hablando del tema de las cesiones, normalmente por el interés del Ayuntamiento lo que se pide es esa cesión anticipada porque lo que se trata es de urbanizar todo un tramo, entonces ... No es lo normal, pero cuando se está urbanizando se pide una cesión anticipada para poder urbanizar el tramo entero. No es lo que está diciendo el Sr. García González, pero bueno, eso a veces pasa por el interés del Ayuntamiento, o de la zona.” Intervención de la Concejal no adscrita, Sra. Valle Quirós: “Para responder lo que estaba comentando el Sr. García González, es que está confundiendo, yo creo que depende del tipo de suelo del que estemos hablando. Y respecto a la cesión, la obligación de urbanizar, en ese caso es la del Ayuntamiento, de lo que se trata es de ir logrando lo que es ir ganando los anchos de viales necesarios para en su momento, cuando se obtiene el tramo importante, ser el Ayuntamiento el que hace esa urbanización, el que consigue esos anchos.” Intervención del Secretario General de la Corporación, Sr. Fanjul Viña: “La obligación de urbanizar era del cesionario, no de que cedieran terrenos para el Ayuntamiento. Se establecía la obligación por parte del cesionario.” 10º.- EXPT.: 242V100O.- HIDROCANTÁBRICO DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U. ESTUDIO DE IMPLANTACIÓN PARA SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN 20 KV. A BOMBEO RÍO NORA.

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El Pleno Municipal acuerda por unanimidad ratificar la inclusión de este punto en el orden del día, al no estar dictaminado por la Comisión Informativa correspondiente cuando fue convocada la sesión.

Visto el expediente tramitado ara la aprobación de Estudio de Implantación presentado por Hidrocantábrico Distribución Eléctrica S.A.U y suscrito por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, D. José Manuel Suárez Martínez, para las obras de instalación de suministro de energía eléctrica de Alta Tensión (20 KV) a bombeo Río Nora (Siero). Teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: Primera: La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Siero, en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2.011 acordó aprobar inicialmente el Estudio de Implantación anteriormente referenciado y someterlo a información pública durante un plazo de dos meses, en la forma legalmente establecida. Segunda: La aprobación inicial se condicionó a que durante el periodo de información pública se aportara la documentación a que hace eferencia el apartado d) de los artículos 71 del TR 1/2004 de 22 de Abril y el artículo 203 del Decreto 278/2007 de 4 de Diciembre. Tercera: En cumplimiento de lo acordado, el expediente se sometió a información pública mediante anuncios publicados en el Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 9 del 13 de enero del 2.012, en el diario La Voz de Asturias de Oviedo, de fecha 30 de diciembre del 2.011 y en los tablones de edictos de la Casa Consistorial en Pola de Siero y en el de la Tenencia de la Alcaldía de Lugones. Cuarta: Del mismo modo, se remitió el expediente a la Dirección General de Carreteras del Principado de Asturias y a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, para la emisión de los informes sectoriales preceptivos, notificando personalmente el acuerdo a todos quienes resultasen afectados como titulares de bienes y derechos afectados por el Estudio de Implantación, conforme a la relación de propietarios aportada por el promotor y obrante en el expediente. Quinta: Durante el período de información pública no se presentó reclamación ni alegación alguna según se desprende de certificado del Secretario General del Ayuntamiento de Siero D. Hermenegildo Felipe Fanjul Viña, de fecha 20 de marzo del 2.012 obrante en el expediente. Sexta: Consta incorporado al expediente con fecha 15 de febrero el 2.012 informe de la Dirección General de Carreteras del Principado de Asturias, y con fecha 1 de marzo del 2.012 consta incorporado igualmente al expediente informe de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico. Séptima: Remitido el expediente a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) de la Consejería de Fomento, Ordenación el Territorio y Medio Ambiente para la

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emisión, por parte de este organismo del informe previsto en el artículo 90 del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo, y el artículo 253 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio del Principado de Asturias, teniendo en este caso el informe carácter de vinculante en cuanto que el estudio de implantación afecta a una instalación en suelo no urbanizable de protección de vegas, que requiere autorización previa de la CUOTA. La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias (CUOTA) en sesión de su Permanente de fecha 22 de julio del 2.012, emitió el informe que a continuación se transcribe: “EXPTE. CUOTA 272/2012. SIERO. HIDROCANTÁBRICO DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA. ESTUDIO IMPLANTACIÓN SUMINISTRO A.T. 20 KV BOMBEO RÍO NORA. La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias (CUOTA), en Permanente, en sesión de fecha 22 de junio de 2012, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: 1. ANTECEDENTES Y OBJETO DEL ESTUDIO DE IMPLANTACIÓN El Ayuntamiento de Siero remite para su informe el Estudio de Implantación para el suministro de energía eléctrica en Alta Tensión (20 Kv) a bombeo Río Nora, redactado por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos D. José Manuel Suárez Martínez en agosto de 2011, visado. Se justifica la necesidad de esta instalación para dar servicio a la nueva estación de bombeo del Río Nora, que lleva las aguas procedentes de la red de drenaje establecida para la carretera e reciente ejecución que enlaza la población de Lugones con la A-II Oviedo-Gijón. La instalación comprende la construcción de una Línea Aérea de Alta Tensión (20 Kv) en el entorno de La Tejera. La LAT constará de un solo vano, para lo que será necesaria la instalación de un nuevo apoyo. Tendrá una longitud total de 66 m. Según se señala en el documento, se ha redactado un Estudio Preliminar de Impacto Ambiental que cuenta con determinación de aprobatoria con condiciones por parte de la Comisión de Asuntos Medioambientales de fecha 15 de noviembre de 2010. En el expediente constan además los siguientes informes sectoriales: Dirección General de Carreteras y Transportes Terrestres de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Favorable. De Confederación Hidrográfica del Cantábrico. Se hacen las siguientes consideraciones: Por la naturaleza de la instalación no es necesario pronunciamiento sobre la existencia o no de recursos hídricos.

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El proyecto constructivo que se remita posteriormente deberá adoptar las cautelas precisas para minimizar el riesgo en caso de avenidas. La ejecución de las obras, tanto de cruce de la línea como del apoyo precisarán autorización administrativa previa del Organismo de cuenca. 2. TRAMITACIÓN Se resume a continuación la tramitación seguida en el Ayuntamiento: Aprobación Inicial: por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de diciembre de 2011, sometiendo el expediente a un periodo de información pública de dos meses con anuncio en el BOPA del 13 de enero de 2012, en La Voz de Asturias del 30 de diciembre de 2011 y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Siero. Según Certificado de la Secretaría General de dicho Ayuntamiento, de fecha 20 de marzo de 2012, durante el período de exposición pública no se presentó alegación alguna. -

3. INFORME La estación de regulación y medida de gas afecta a parcelas que, según el PGO de Siero (BOPA 16.09.06) está clasificada como SNU de Protección de Vegas. El artículo 4.012 del PGO, sobre usos en el SNU de Protección, considera autorizables las obras públicas e infraestructuras en general, siempre que vengan amparados por planes y proyectos regulados en la normativa sectorial correspondiente, respondan a un interés supramunicipal, no supongan un deterioro significativo para los valores objeto de protección y se justifique la imposibilidad de utilizar suelo con menor grado de protección. El PGO de Siero, regula, en la sección 2º del Capítulo IV de la norma segunda del título IV, las infraestructuras en el SNU. En el artículo 4.59 sobre disposiciones comunes señala que como norma general las infraestructuras aquí recogidas son instalaciones de utilidad pública e interés social, y que se calificarán como usos autorizables o incompatibles y que deben contar, de acuerdo con su envergadura, con las oportunas evaluaciones de impacto. Y dentro de las instalaciones incluidas en este artículo están los tendidos por cable y repetidores de energía eléctrica, teléfonos, comunicaciones inalámbricas,... El artículo 4.62 del PGO señala las condiciones que deberán cumplir las instalaciones de energía eléctrica y alta tensión. En su punto 5 señala que los nuevos tendidos eléctricos deberán compatibilizarse con los núcleos rurales, haciéndose en subterráneo, o modificando su trazado, y asimismo procurarán no incidir negativamente en el paisaje, evitando zonas protegidas por conservación del medio rural o lugares donde su presencia sea notablemente inoportuna, como las cotas más elevadas. El Ayuntamiento señala que, tratándose de un uso no recogido expresamente dentro de los usos autorizables en el SNU de Protección, pero que sin embargo tiene la consideración de utilidad pública, sería de aplicación el artículo 128 del TROTU, que señala

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que, para actividades de interés público o social que sea necesaria su implantación en el medio rural, y que el PGO no contemple expresamente esta actividad, será necesario aprobar, antes de proceder a la autorización, un Estudio de Implantación. Es por lo tanto, en base a este artículo, donde se justifica la redacción y tramitación del documento presentado. Respecto al Estudio de Implantación presentado se informa lo siguiente: Documentación La documentación presentada se compone de una memoria que contiene antecedentes y objeto del estudio de implantación, impacto ambiental, descripción de la instalación a realizar, estudio de implantación (justificación del estudio de implantación, justificación de la necesidad y del emplazamiento, estudio sobre el medio físico, estudio de impacto sobre la red de transporte y redes de infraestructuras, análisis de la incidencia urbanística y territorial y de la adecuación en el área de implantación, estudio del abastecimiento de agua, así como recogida, eliminación de residuos y depuración de vertidos, y gestión del estudio de implantación), bienes afectados y conclusión. Se acompaña de dos planos, de situación y de implantación. Contenido El documento presentado describe la instalación a realizar en Siero. En la memoria se hace una breve descripción de la instalación, que, como ya se ha dicho, consiste en una LAT de 66 m. de longitud, sobre un nuevo apoyo. Se justifica esta actuación para poder dar servicio a la estación de bombeo Río Nora. Se justifica además el emplazamiento elegido por ser el más próximo a la instalación a alimentar. Respecto al análisis de los distintos impactos que conlleva la instalación, respecto al impacto en el medio físico se señala que no será necesario abrir nuevos caminos, pues los del nuevo apoyo que se prevé tiene acceso, será necesario talar un número reducido de árboles (Carballo y abedul), no se afectará el medio hídrico y las perturbaciones electromagnéticas serán mínimas y siempre dentro de los valores reglamentarios. Respecto al impacto visual se considera que no se observará desde lugares pintorescos ni interferencias con edificios monumentales. Sin embargo, la LAT proyectada realizará un cruzamiento de dos caminos municipales. Señala finalmente que no se va a producir impacto alguno sobre la red de transporte o las redes de infraestructura; las actividades de las fincas colindantes no alterarán su funcionamiento; no necesita abastecimiento de agua; y respecto a los residuos, no se prevé que se generen habitualmente. Conclusión El documento presentado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 203 del ROTU, por lo que no se pone objeción a la aprobación del mismo:

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El presente informe, que se emite a los efectos previstos en el artículo 90 del DL 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo y 253 del Decreto 278/2007, de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (ROTU), tiene carácter vinculante, en cuanto que el Estudio de Implantación se refiere a una instalación en SNU de Protección de Vegas que requiere autorización previa de la CUOTA.-El Secretario de la CUOTA:”

Octava: La Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Siero con fecha 18 de julio del 2.012 emitió el informe que a continuación se transcribe, obrante en el expediente: “Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa: Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de diciembre de 2011, se aprobó inicialmente el Estudio de Implantación para la obra de instalación de suministro de energía eléctrica en alta tensión (20 kv) a bombeo Río Nora (Siero) presentado por Hidrocantábrico Distribución Eléctrica S.A.U. y redactado por el Ingeniero de Caminos Canales y Puertos D José Manuel Suárez Martínez. Sometido el expediente a trámite de información pública por plazo de dos meses, mediante anuncio publicado en el BOPA de fecha 13 de enero de 2012, en el Diario La Voz de Asturias de fecha 30 de diciembre de 2011 y en los tablones de anuncios de la Casa Consistorial y de la Tenencia de Alcaldía de Lugones, no consta se haya formulado alegación alguna tal y como queda debidamente acreditado en el expediente. Se ha efectuado igualmente notificación personal a los propietarios que disponen de terrenos afectados por la actuación, sin que tampoco se haya formulado alegación alguna. Remitido el expediente a la CUOTA para informe previo preceptivo, conforme a lo dispuesto en el art. 90 del TROTU y 253 en relación con el artículo 251 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre, la Permanente de dicho órgano, en sesión de fecha 22 de junio de 2012, acordó informar favorablemente el Estudio de Implantación. El expediente ha sido igualmente remitido, tal y como señalaba el acuerdo de aprobación inicial, a informe, tanto de la Dirección General de Carreteras, como de Confederación Hidrográfica del Cantábrico.

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Consta incorporado al expediente, con fecha 15 de febrero de 2012, informe de la Dirección General de Carreteras en el que se comunica que las obras ya disponen de informe favorable. Con fecha 1 de marzo de 2012 se incorporó a su vez, escrito de Confederación Hidrográfica del Cantábrico, del que se habrá de dar el correspondiente traslado a la entidad promotora del expediente, y en el que se señala que “el proyecto

constructivo que se remita para autorización de este Organismo de Cuenca deberá de adoptar las cautelas precisas para minimizar los riesgos en el caso de avenidas, no asumiendo este Organismo de Cuenca responsabilidades al respecto” y donde se indica igualmente que “la ejecución de las obras tanto de cruce de la línea (LAT 20 KV) como del apoyo en la margen derecha del río Nora, precisará autorización administrativa previa del Organismo de Cuenca. Esta autorización será independiente de cualquier otra que haya de ser otorgada por los distintos órganos de las Administraciones Públicas”. El acuerdo de aprobación inicial se condicionaba igualmente a la aportación de la documentación a que hace referencia el apartado d) de los artículos 71 del TR 1/2004 de 22 de abril y el artículo 203 del Decreto 278/2007, la cual fue aportada con fecha 6 de febrero de 2012 y objeto de informe favorable por parte de la Ingeniera Industrial Municipal con fecha 24 de febrero de 2012, por lo que nada ha de objetarse al respecto. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el art. 90 del DL 1/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias, y artículo 253 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias, procede que por el Pleno de la Corporación, órgano competente según lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 7/85 de 2 de Abril, de Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de Abril, se adopte el siguiente acuerdo: 1.- Aprobar definitivamente el Estudio de Implantación para la obra de instalación de suministro de energía eléctrica en alta tensión (20 kv) a bombeo Río Nora (Siero) presentado por Hidrocantábrico Distribución Eléctrica S.A.U. y redactado por el Ingeniero de Caminos Canales y Puertos D José Manuel Suárez Martínez en las condiciones señaladas en el informe de Confederación Hidrográfica del Cantábrico incorporado al expediente, del cual se adjunta copia. 2. - Ordenar la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOPA.

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3.- Remitir dos ejemplares del Estudio de Implantación al Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística del Principado de Asturias.”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Promoción Económica, Polígonos Industriales y Personal, de fecha 25 de Julio de 2012. Vistos los informes obrantes en el expediente. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Aprobar definitivamente el Estudio de Implantación para la obra de instalación de suministro de energía eléctrica en alta tensión (20 Kv) a bombeo Río Nora (Siero) presentado por Hidrocantábrico Distribución Eléctrica S.A.U. y redactado por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos D. José Manuel Suárez Martínez en las condiciones señaladas en el informe de Confederación Hidrográfica del Cantábrico, incorporado al expediente. Segundo: Publicar en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en los tablones de edictos de la Casa Consistorial en Pola de Siero y en el de la Tenencia de Alcaldía de Lugones, el presente acuerdo de aprobación definitiva, así como en su caso la normativa urbanística en él contenida. Tercero: Remitir dos ejemplares del Estudio de Implantación, debidamente diligenciados con los planos correspondientes, al órgano competente de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias. Cuarto: Notificar el presente acuerdo a todos los interesados en el expediente y comunicarlo a la CUOTA.” 11º.- EXPT.: 242W1005.- SABINO HOME, S.L. CESIÓN DE VIALES PARA AMPLIACIÓN DE VIARIO EXISTENTE, EN POLÍGONO DE PRONI. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad ratificar la inclusión de este punto en el orden del día, al no estar dictaminado por la Comisión Informativa correspondiente cuando fue convocada la sesión.

Visto el expediente tramitado para la cesión al Ayuntamiento de Siero por parte de D. José Sabino Antuña de Alaíz, en nombre de “SABINO HOME, S.L.” de viales para ampliación de viario sito en el Polígono de PRONI en Granda. Visto el acta de segregación y cesión de terrenos obrante en el expediente, de fecha 18 de julio del 2.012 que literalmente señala:

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“ACTA DE SEGREGACIÓN Y CESIÓN DE TERRENOS En Pola de Siero, a 18 de julio de 2012, ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Siero D. EDUARDO ENRIQUE MARTINEZ LLOSA, asistido del Secretario General de la Corporación, D. HERMENEGILDO FELIPE FANJUL VIÑA, que da fe del acto COMPARECE D. José Sabino Antuña de Alaiz, mayor de edad, divorciado, vecino de Gijón, con domicilio a efectos de notificaciones en c/ Avenida de la Constitución nº 62- Bajo y provisto de DNI 12.360.950-Z. INTERVIENE D. José Sabino Antuña de Alaiz, comparece en nombre de la entidad “Sabino Home SL”, de la que es administrador solidario, tal y como se recoge en la escritura de Constitución de Sociedad Limitada autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Oviedo D. Manuel Tuero Tuero, con fecha 17 de Diciembre de 2007, con número 4.651 de su protocolo. En dicha escritura se le faculta “con carácter solidario para llevar la representación y administración de la Sociedad y para que en nombre y representación de la misma, puedan ejercitar, sin limitación alguna, todas y cada una de las facultades que para tal cargo se reseñan en el artículo 17º de los Estatutos sociales, salvo las que por la Ley o los estatutos sean indelegables.” Del tenor literal del citado artículo 17.7 se extrae la facultad de “Hacer manifestaciones y declaraciones de obra nueva, agrupaciones, agregaciones, segregaciones, deslindes, divisiones en propiedad horizontal, sometiendo el régimen de comunidad a la ley de propiedad horizontal, a las que se dicten en el futuro o a los estatutos que quiera” EXPONE PRIMERO.- La entidad “Sabino Home SL” es propietaria, según escritura de constitución de Sociedad Limitada autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Oviedo D. Manuel Tuero Tuero, con fecha 17 de Diciembre de 2007, con número 4.651 de su protocolo, de la finca siguiente: “ URBANA, finca llamada “La Riva”, sita en términos de su nombre, Concejo de Siero, enclavada en la denominada zona industrial de Granda, de 15 áreas, 13 centiáreas, y 8 decímetros cuadrados. Linda: Norte: don Rafael Fernández; Sur,

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viales ayuntamiento de Siero; Este con Joaquín Cueva, y Oeste con calle de acceso al Polígono de Granda ” Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero, al Tomo 928, Libro 793, Folio 15, Finca 92.665 Referencia Catastral: 7373802TP7077S0001PB SEGUNDO.- Por Resolución de Alcaldía de fecha 10 de mayo de 2012 se autorizó la segregación de una parcela de 163,08 m² procedente de la finca registral número 92.665, íntegramente destinada a cesión al Ayuntamiento de Siero. TERCERO – La cesión de la superficie antes citada, constituye condición necesaria para la edificación de la parcela del interesado calificada como Suelo Urbano Consolidado, con la tipología de Industrial. Como consecuencia de todo lo anteriormente compareciente, representada como anteriormente se recoge,

expuesto,

la

entidad

ESTIPULA PRIMERO.- “Sabino Home SL”, SEGREGA de la finca descrita en el expositivo primero, conforme a la autorización otorgada mediante la Resolución de Alcaldía de fecha 10 de mayo de 2012, antes citada, la parcela que a continuación se describe para su cesión gratuita al Ayuntamiento de Siero: “Franja de terreno de forma rectangular de 163,08 m² de superficie, sita en el tramo sur izquierdo (visto en sentido Sur-Norte de la c/ F del Polígono Industrial de Proni y que se prolonga por el frente de la finca matriz de la cual se segrega, y que lindaría al Norte con Rafael Fernández; al Sur con la CN 634, Este, finca de la que se segrega y descrita en el expositivo primero; y Oeste con c/ F del Polígono Industrial de Proni.” Una vez efectuada la segregación, la finca matriz queda con una superficie de 1.350 m2, que linda al Norte con Rafael Fernández, al Sur con la parcela segregada en su día segregada de 421,92 m², destinada a viales; al Este con “Sabino Home SL” y al Oeste con la parcela segregada de 163,08 m² y la c/ F del Polígono industrial.

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SEGUNDO.- La entidad “Sabino Home SL” CEDE libre y gratuitamente al Ayuntamiento de Siero para su destino a ampliación del viario público, la finca descrita por segregación en la estipulación precedente, esto es: “Franja de terreno de forma rectangular de 163,08 m² de superficie, sita en el tramo sur izquierdo (visto en sentido Sur-Norte de la c/ F del Polígono Industrial de Proni y que se prolonga por el frente de la finca matriz de la cual se segrega, y que lindaría al Norte con Rafael Fernández; al Sur con la CN 634, Este, finca de la que se segrega y descrita en el expositivo primero; y Oeste con c/ F del Polígono Industrial de Proni.” Procede, por segregación de la registral número 92.665, que consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero, al Tomo 928, Libro 793, Folio 15,. TERCERO.- El Sr. Alcalde-Presidente, a reserva de su ratificación por el Pleno Municipal ACEPTA LA CESION de terrenos objeto de la misma. CUARTO.- Ambas partes solicitan del Sr. Registrador de la Propiedad la inscripción de la finca que se cede a nombre del Ayuntamiento de Siero, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.4 del Real Decreto1093/1997 de 4 de julio por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de naturaleza urbanística. QUINTO.- Todos los gastos e impuestos en que se incurra con motivo de la segregación, serán de cuenta de la parte que segrega, correspondiendo los derivados de la cesión a la parte cesionaria, beneficiaria de dicha cesión. Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar y fecha fijados en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretario, doy fe.”Visto el informe de la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Siero, de fecha 18 de julio de 2.012, obrante en el expediente, cuyo tenor literal es el siguiente: “Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa: Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 10 de mayo de 2005 se autoriza la segregación de una superficie de 163,08 m2 que han de ser de cesión al Ayuntamiento de Siero para la ampliación del viario existente. Consta incorporada al expediente acta suscrita por el interesado con esta misma fecha en el que se efectúa la cesión de dicha superficie de terreno.

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La cesión propuesta, que aún no ha sido formalizada, constituye condición necesaria para la edificación de las parcelas del interesado, calificadas como Suelo Urbano Consolidado, tratándose por tanto del cumplimiento de una obligación urbanística de cesión obligatoria de terrenos destinados a viales tal y como se establece en el artículo 118 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo aprobado por Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de Abril (desarrollado en el artículo 314 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias) así como en el artículo 2.08 del vigente PGMO definitivamente aprobado por el Pleno de la Corporación el 1 de junio de 2006. De conformidad con lo expuesto, se propone: 1.- Que por el Pleno de la Corporación se ratifique la aceptación de la cesión de la siguiente parcela: “Franja de terreno de forma rectangular, de 163,08 m2 de superficie sita en el tramo sur izquierdo (visto el sentido Sur-Norte de la Calle F del Polígono Industrial de PRONI y que se prolonga por el frente de la finca matriz de la cual se segrega, y que lindaría al Norte con Rafael Fernández, al Sur con la N-634, Este finca de la que se segrega y descrita en el expositivo primero y Oeste con Calle F del Polígono Industrial de Proni. “ 2.- Facultar al Sr Alcalde-Presidente D. Eduardo Enrique Martínez Llosa, o a la persona que legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación.”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Promoción Económica, Polígonos Industriales y Personal, de fecha 25 de Julio de 2012. Vistos los informes obrantes en el expediente. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Aceptar la cesión al Ayuntamiento de Siero, por parte de D. José Sabino Antuña de Alaíz, en nombre de “SABINO HOME, S.L.” de la siguiente parcela: “Franja de terreno de forma rectangular, de 163,08 m2 de superficie sita en el tramo sur izquierdo (visto el sentido Sur-Norte de la Calle F del Polígono Industrial de PRONI y que se prolonga por el frente de la finca matriz de la cual se segrega, y que lindaría al Norte con Rafael Fernández, al Sur con la N-634,

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Este finca de la que se segrega y descrita en el expositivo primero y Oeste con Calle F del Polígono Industrial de Proni. “ Ratificar en todos sus términos el acta de segregación y cesión de terrenos de 18 de julio del 2.012 antes transcrito. Segundo: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente D. Eduardo Enrique Martínez Llosa, o a la persona que legalmente le sustituya, tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación, así como para la firma de cuantos documentos fueran necesarios con motivo de la misma.” 12º.- EXPT.: 242W100G.- NATIVIDAD FERNÁNDEZ DÍAZ. CESIÓN DE VIALES PARA AMPLIACIÓN DEL VIARIO EXISTENTE, EN LA BOYINA (SANTIAGO DE ARENAS). El Pleno Municipal acuerda por unanimidad ratificar la inclusión de este punto en el orden del día, al no estar dictaminado por la Comisión Informativa correspondiente cuando fue convocada la sesión.

Visto el expediente tramitado para la cesión al Ayuntamiento de Siero, por parte de Dña. Natividad Fernández Díaz, de viales para ampliación de viario existente en La Boyina (Santiago de Arenas), en cumplimiento de las obligaciones urbanísticas derivadas de la licencia de obras para la construcción de vivienda unifamiliar por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 3 de julio del 2.009. Visto el acta de segregación y cesión de terrenos obrante en el expediente, de fecha 18 de julio de 2.012, que literalmente señala: “ ACTA DE SEGREGACIÓN Y CESIÓN DE TERRENOS En Pola de Siero, a 18 de julio de 2012 , ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Siero D. EDUARDO ENRIQUE MARTINEZ LLOSA, asistido del Secretario General de la Corporación, Dª HERMENEGILDO FELIPE FANJUL VIÑA, que da fe del acto, COMPARECEN Dña. Natividad Fernández Díaz, mayor de edad, casada, vecina de Santiago de Arenas, con domicilio en Lugar La Boyina nº 100 y con DNI 52.617.481- J. D. Miguel Morilla Ramos mayor de edad, con DNI 45.428.298-D en calidad de Apoderado con carácter solidario, en nombre y representación de EFFIBANK S.A. con CIF A-86201993.

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Esta compañía se constituyó por tiempo indefinido en escritura autorizada por el Notario de Madrid, D Manuel González – Meneses García-Valdecasas, con fecha 23 de mayo de 2011, bajo el número 1.549 de su Protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 28.887, folio 1, sección 8ª, hoja número M-520.137 , Inscripción 1ª. Mediante escritura de elevación a público de un contrato de integración y adhesión al mismo por EFFIBANK S.A. otorgada con fecha 23 de mayo de 2011, ante el Notario de Madrid, D Manuel González – Meneses García-Valdecasas, al número 1550 de su protocolo, Effibank se ha convertido en la Entidad Central del Sistema Institucional de Protección (el SIP) promovido por Caja de Ahorros de Asturias, Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Extremadura y Caja de Ahorros de Santander y Cantabria, pasando a ser la cabecera del grupo consolidable de entidades de crédito formado por todas las anteriores. Las partes integrantes del SIP han acordado ejecutar un plan de aportación a EFFIBANK que se consumará mediante la ejecución de la escisión por segregación que implicará el traspaso simultáneo y en bloque de los respectivos negocios financieros de las Cajas de Ahorros participantes en el SIP a favor de EFFIBANK, quien los adquirirá por sucesión universal. En el caso Caja de Ahorros de Asturias esta segregación ha sido aprobada por la Asamblea General con fecha 29 de junio de 2011. Fue nombrado para el cargo que ocupa mediante escritura de apoderamiento suscrita ante el notario del Ilustre Colegio de Asturias D. Luis Ignacio Fernández Posada, con fecha 29 de julio de 2011 y número de Protocolo 1.616. Se describe dicha cláusula de apoderamiento con el siguiente tenor literal:

“ Para que solidariamente y en representación de EFFIBANK S.A. (actualmente en proceso de cambio y gestionando operar próximamente bajo la denominación de LIBERBANK S.A.) puedan ejercitar, con entera libertad, las facultades que se transcriben a continuación....: 7º) Constituir o celebrar todo tipo de relaciones contractuales, ya lo sean de compraventa, permuta, de donación, de arrendamiento, de comodato, de depósito, de sociedad, civil y mercantil, de fundación, de asociación, de renta vitalicia, de servicios, de ora, de transacción , de arbitraje, de decisión por suerte, de seguro, de leasing, de mandato, de prenda, con o sin desplazamiento, de hipoteca inmobiliaria.....y cualesquiera otros unilaterales , bilaterales, gratuitos, onerosos, principales o accesorios, de contenido real u obligacional, que recaigan sobre bienes muebles, inmuebles, derechos, acciones, incluso expectativas y para que con plena libertad establezca las formas, pactos y condiciones que tengan a bien, sin limitación de ningún tipo; suscribiendo los documentos públicos o privados que fueren precisos,

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declarando incluso la modificación o aceptación de otros anteriores, la agrupación, división, cesión , ratificación, extinción, cancelación, segregación, división material, obra nueva, deslinde, división horizontal, promover expediente de dominio, por el precio que libremente se acuerde, abonando o percibiendo su precio al contado o a plazos, aceptando o constituyendo las garantías que convenga y fijando la diferencia de valor que en los casos de permuta se pueda dar...” INTERVIENEN La primera en su propio nombre y derecho y el apoderado de la entidad bancaria en representación de los derechos de ésta. EXPONEN PRIMERO.- Dña. Natividad Fernández Díaz, según escritura de SEGREGACIÓN autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Oviedo, D. ANDRÉS SANTIAGO GUERVOS, con fecha de 12 de Abril de 2012, y con número TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO de su protocolo, es dueña, a título privativo, de la finca que a continuación se describe:

“ Rústica a labor y prado, llamada “ DE LA CALLEJA” , sita en la parroquia de Santiago de Arenas, Concejo de Siero, de SEISCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS, de los cuales quinientos cincuenta metros un decímetro cuadrado se corresponden con la parcela neta y el resto, con una superficie de setenta y cuatro metros tres decímetros cuadrados con la superficie de cesión para la ampliación del viario existente. Linda: Norte, finca segregada inscrita bajo el número 108.898, al folio 94, libro 1.1133 de Siero; este, parcela 838 del Polígono 160, Sur, parcela 842 del mismo polígono; y Oeste, camino. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero al tomo 1259, libro 1069, folio 87, finca número 105.007. SEGUNDO.- Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 3 de Julio de 2009 le fue concedida licencia de obras para la construcción de vivienda unifamiliar sobre la parcela descrita en el expositivo primero e identificable con el número registral 105.007 La eficacia de dicha licencia se condicionó entre otros requisitos, a la cesión gratuita al Ayuntamiento de Siero, de los terrenos previstos por el planeamiento vigente para el ensanche del vial existente y a la aceptación del compromiso de participar económicamente en los gastos de urbanización del vial previsto en el plan general en la proporción que corresponda.

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TERCERO.- La superficie a ceder se cuantifica en 74,03 m² tal y como se recoge en la Resolución de Alcaldía de fecha 8 de Mayo de 2012, y se describiría como sigue:

“ FRANJA DE TERRENO, de 74,03 m² de superficie, sita en Santiago de Arenas, que linda, al Norte, con resto de finca matriz, concretamente con la superficie que será destinada a ampliación de viales; al Sur con parcela catastral 842; al Este con resto de finca matriz, y al Oeste, con camino público. CUARTO.- La finca matriz se encuentra gravada con hipoteca a favor de la entidad bancaria Caja de Ahorros de Asturias representada en este acto por D Miguel Morilla Ramos. QUINTO .- La cesión a efectuar ha de ser libre de toda carga o gravamen, por lo que resulta preciso que se libere la superficie a ceder de la carga hipotecaria anteriormente descrita, Como consecuencia de todo lo anteriormente expuesto, los comparecientes ESTIPULAN PRIMERO.- La compareciente, Dña. Natividad Fernández Díaz, SEGREGA de la finca descrita en el expositivo primero la parcela que a continuación se describe para su cesión gratuita al Ayuntamiento de Siero:

“ FRANJA DE TERRENO, de 74,03 m² de superficie, sita en Santiago de Arenas, que linda, al Norte, con resto de finca matriz, concretamente con la superficie que será destinada a ampliación de viales; al Sur con parcela catastral 842; al Este con resto de finca matriz, y al Oeste, con camino público.” Una vez efectuada la segregación, la finca matriz queda con una superficie de 550,01 m² , lindando Norte, finca segregada inscrita bajo el número 108.898, al

folio 94 del Libro 1.133 de Siero); Este: parcela 838 del Polígono 160; Sur, parcela 842 del mismo Polígono; Oeste, camino. SEGUNDO.- D. Miguel Morilla Ramos, apoderado de la entidad Cajastur, en nombre de la misma, CONSIENTE en este acto, el levantamiento de la carga hipotecaria recaída sobre esta porción de terreno que se segrega, destinada a cesión para la ampliación de viario existente, quedando por tanto la parcela de 74,03 m² liberada de la misma. TERCERO.- La compareciente, Dña. Natividad Fernández Díaz, CEDE libre y gratuitamente al Ayuntamiento de Siero para su destino a ampliación del viario

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público, la finca objeto de segregación descrita en el apartado primero, de 74,03 m² de superficie. CUARTO.- El Sr. Alcalde-Presidente, a reserva de su ratificación por el Pleno Municipal ACEPTA LA CESION de los terrenos objeto de la misma, es decir,

“ FRANJA DE TERRENO, de 74,03 m² de superficie, sita en Santiago de Arenas, que linda, al Norte, con resto de finca matriz, concretamente con la superficie que será destinada a ampliación de viales; al Sur con parcela catastral 842; al Este con resto de finca matriz, y al Oeste, con camino público.” Proviene por segregación de la Registral 105.007, inscrita al tomo 1.259, Libro 1069, Folio 87. QUINTO.- Ambas partes solicitan del Sr. Registrador de la Propiedad la inscripción de la finca que se cede a nombre del Ayuntamiento de Siero, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.4 del Real Decreto1093/1997 de 4 de julio por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de naturaleza urbanística. SEXTO.- Todos los gastos e impuestos en que se incurra con motivo de la segregación, serán de cuenta de la parte que segrega, correspondiendo los derivados de la cesión a la parte cesionaria, beneficiaria de dicha cesión. Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar y fecha fijados en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretario, doy fe.”

Visto el informe de la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Siero de fecha 1 de julio de 2.012, obrante en el expediente, cuyo tenor literal es el siguiente: “Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa: Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 20 de julio de 2011, modificada por otras posteriores de fechas 27 de febrero y 8 de mayo de 2012, se autoriza la segregación de una superficie de 74,03 m2 que han de ser de cesión al Ayuntamiento de Siero para la ampliación del viario existente. Consta incorporada al expediente Acta suscrita con esta misma fecha, en la que por parte de la interesada se efectúa la cesión de dicha parcela. La finca dispone de

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carga hipotecaria, consintiendo un representante de la entidad bancaria en este mismo acto, el levantamiento de la carga en lo que a la superficie de cesión afecta. La cesión propuesta, que aún no ha sido formalizada, constituye condición necesaria para la edificación de la parcela de la interesada, calificada como Suelo Urbano Consolidado, Núcleo Rural Régimen Urbano, tratándose por tanto del cumplimiento de una obligación urbanística de cesión obligatoria de terrenos destinados a viales tal y como se establece en el artículo 118 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo aprobado por Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de Abril (desarrollado en el artículo 314 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias) así como en el artículo 2.08 del vigente PGMO definitivamente aprobado por el Pleno de la Corporación el 1 de junio de 2006.

-

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Constan como antecedentes los expedientes: Expediente 241T1063 por el que mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 10 de julio de 2009 se concede licencia de obras para edificación de vivienda unifamiliar. Expediente 242T8017 por el que se autoriza la segregación , entre otras superficies, de aquella que ha de ser objeto de cesión.

De conformidad con lo expuesto, se propone: 1.- Que por el Pleno de la Corporación se acepte la cesión de la siguiente parcela: “ Franja de terreno de 74,03 m2 de superficie, sita en Santiago de Arenas,

que linda, al Norte con resto de finca matriz, concretamente con la superficie que será destinada a ampliación de viales, al Sur con parcela catastral 842, al Este con resto de finca matriz y al Oeste con camino público”. Proviene por segregación de la parcela registral número 105.007, inscrita al Tomo 1.259, libro 1069, folio 67 del Registro de la Propiedad de Pola de Siero. 2.- Estos terrenos serán objeto de la debida recepción una vez estén total y correctamente urbanizados y así sea verificado por los Servicios Técnicos Municipales. 3.- Facultar al Sr Alcalde-Presidente Eduardo Enrique Martínez Llosa o a la persona que legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación.”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Promoción Económica, Polígonos Industriales y Personal, de fecha 25 de Julio de 2.012.

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Vistos los informes obrantes en el expediente. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Aceptar la cesión al Ayuntamiento de Siero de la siguiente parcela: “ Franja de terreno de 74,03 m2 de superficie, sita en Santiago de Arenas, que linda, al Norte con resto de finca matriz, concretamente con la superficie que será destinada a ampliación de viales, al Sur con parcela catastral 842, al Este con resto de finca matriz y al Oeste con camino público”. Proviene por segregación de la parcela registral número 105.007, inscrita al Tomo 1.259, libro 1069, folio 67 del Registro de la Propiedad de Pola de Siero.” Ratificar en todos sus términos el acta de segregación y cesión de terrenos de 18 de julio del 2.012 antes transcrito. Segundo: Estos terrenos serán objeto de la debida recepción una vez estén total y correctamente urbanizados y así sea verificado por los Servicios Técnicos Municipales. Tercero: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente Eduardo Enrique Martínez Llosa, o, a la persona que legalmente le sustituya, tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación, así como para la firma de cuantos documentos fueran necesarios con motivo de la misma.” 13º.- EXPT.: 242U801O.- SABINO HOME, S.L. CESIÓN DE VIALES PARA AMPLIACIÓN DE VIARIO EXISTENTE, EN POLÍGONO INDUSTRIAL DE MERES. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad ratificar la inclusión de este punto en el orden del día, al no estar dictaminado por la Comisión Informativa correspondiente cuando fue convocada la sesión.

Visto el expediente tramitado para la cesión al Ayuntamiento de Siero, por parte de D. José Sabino Antuña de Alaíz, actuando en nombre y representación de SABINO HOME, S.L, de viales para ampliación de viario existente en el Polígono Industrial de Meres, en Granda, en cumplimiento de las obligaciones derivadas de resolución de la Alcaldía de 17 de febrero de 2011, donde se autorizó la segregación de una parcela de 234,83 m2., para cesión de la misma al Ayuntamiento, siendo ésta condición necesaria para la edificación en una parcela del interesado. Visto el acta de segregación y cesión de terrenos de fecha 18 de julio del 2.012, obrante en el expediente y que literalmente señala:

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“ACTA DE SEGREGACIÓN Y CESIÓN DE TERRENOS En Pola de Siero, a 18 de julio de 2012, ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Siero D. EDUARDO ENRIQUE MARTINEZ LLOSA, asistido del Secretario General de la Corporación, D. HERMENEGILDO FELIPE FANJUL VIÑA, que da fe del acto COMPARECE D. José Sabino Antuña de Alaiz, mayor de edad, divorciado, vecino de Gijón, con domicilio a efectos de notificaciones en c/ Avenida de la Constitución nº 62- Bajo y provisto de DNI 12.360.950-Z. INTERVIENE D. José Sabino Antuña de Alaiz, comparece en nombre de la entidad “Sabino Home SL”, de la que es administrador solidario, tal y como se recoge en la escritura de Constitución de Sociedad Limitada autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Oviedo D. Manuel Tuero Tuero, con fecha 17 de Diciembre de 2007, con número 4.651 de su protocolo. En dicha escritura se le faculta “con carácter solidario para llevar la representación y administración de la Sociedad y para que en nombre y representación de la misma, puedan ejercitar, sin limitación alguna, todas y cada una de las facultades que para tal cargo se reseñan en el artículo 17º de los Estatutos sociales, salvo las que por la Ley o los estatutos sean indelegables.” Del tenor literal del citado artículo 17.7 se extrae la facultad de “Hacer manifestaciones y declaraciones de obra nueva, agrupaciones, agregaciones, segregaciones, deslindes, divisiones en propiedad horizontal, sometiendo el régimen de comunidad a la ley de propiedad horizontal, a las que se dicten en el futuro o a los estatutos que quiera” EXPONE PRIMERO.- La entidad “Sabino Home SL” es propietaria, según escritura de constitución de sociedad Limitada autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Oviedo D. Manuel Tuero Tuero, con fecha 17 de Diciembre de 2007, con número 4.651 de su protocolo, de la finca siguiente: “Rústica a prado y pomarada, llamada la Barreda, sita en el Lugar de la Riva, parroquia de San Miguel de la Barreda, Concejo de Siero, de diecisiete áreas cuarenta y cinco centiáreas, por haber sido expropiados doscientos cincuenta y cinco metros por la Jefatura de Obras Públicas para el acondicionamiento de la carretera

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de Pola de Siero a Oviedo. Linda: Este, bienes de la Fábrica de San Miguel; Sur, carretera de Oviedo a Siero, antigua carretera de Santander a Oviedo; Oeste hijos de Joaquín Cueva y Norte herederos de Josefa Fernández” Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero, al Tomo 895, Libro 767, Folio 133, Finca 23.544 Referencia Catastral: 7373803TP7077S0001LB SEGUNDO.- Por Resolución de Alcaldía de fecha 17 de Febrero de 2011 se autorizó la segregación de una parcela de 234,83 m² procedente de la finca registral número 23.544, íntegramente destinada a cesión al Ayuntamiento de Siero. TERCERO.- La cesión de la superficie antes citada, constituye condición necesaria para la edificación de la parcela del interesado calificada como Suelo Urbano Consolidado, con la tipología de Industrial. Como consecuencia de todo lo anteriormente compareciente, representada como anteriormente se recoge,

expuesto,

la

entidad

ESTIPULA PRIMERO.- “Sabino Home SL”, SEGREGA de la finca descrita en el expositivo primero, y conforme a la Resolución de Alcaldía de fecha 17 de febrero de 2011 antes mencionada, la parcela que a continuación se describe para su cesión gratuita al Ayuntamiento de Siero: “Franja de terreno de forma rectangular de 234,83 m² de superficie, sita en el frente de la CN 634 de la parcela matriz, y que lindaría al Norte con parcela de la cual se segrega; al Sur con la CN 634, Este, bienes de la fábrica de San Miguel y Oeste con más bienes de “Sabino Home SL” Una vez efectuada la segregación, quedaría un resto de finca matriz de 1.510,17 m², que lindaría: al Norte, herederos de Josefa Fernández, al Sur con la parcela segregada destinada a viales; al Este con bienes de la fábrica de San Miguel y al Oeste con más bienes de “Sabino Home SL”. SEGUNDO.- La entidad “Sabino Home SL” CEDE libre y gratuitamente al Ayuntamiento de Siero para su destino a ampliación del viario público, la finca descrita por segregación en la estipulación precedente, esto es:

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“Franja de terreno de forma rectangular de 234,83 m² de superficie, sita en el frente de la CN 634 de la parcela matriz, y que lindaría al Norte con parcela de la cual se segrega; al Sur con la CN 634, Este, bienes de la fábrica de San Miguel y Oeste con más bienes de “Sabino Home SL” Procede, por segregación, de la Registral número 23.544, inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero, al Tomo 895, Libro 767, Folio 133. TERCERO.- El Sr. Alcalde-Presidente, a reserva de su ratificación por el Pleno Municipal ACEPTA LA CESIÓN de terrenos objeto de la misma. CUARTO.- Estos terrenos serán objeto de la debida recepción una vez estén total y correctamente urbanizados y así sea verificado por los Servicios Técnicos Municipales. QUINTO.- Ambas partes solicitan del Sr. Registrador de la Propiedad la inscripción de la finca que se cede a nombre del Ayuntamiento de Siero, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.4 del Real Decreto1093/1997 de 4 de julio por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de naturaleza urbanística. SEXTO.- Todos los gastos e impuestos en que se incurra con motivo de la segregación, serán de cuenta de la parte que segrega, correspondiendo los derivados de la cesión a la parte cesionaria, beneficiaria de dicha cesión. Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar y fecha fijados en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretario, doy fe.” Visto el informe de la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión del Ayuntamiento de Siero, de fecha 18 de julio del 2.012, obrante en el expediente y que literalmente señala: “Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa: Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 17 de febrero de 2012 se autoriza la segregación de una superficie de 234,83 m2 que han de ser de cesión al Ayuntamiento de Siero para la ampliación del viario existente.

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Consta incorporada al expediente Acta suscrita con esta misma fecha, en la que por parte del interesado se efectúa la cesión de esta superficie de terreno. La cesión propuesta, que aún no ha sido formalizada, constituye condición necesaria para la edificación de las parcelas del interesado, calificadas como Suelo Urbano Consolidado, tratándose por tanto del cumplimiento de una obligación urbanística de cesión obligatoria de terrenos destinados a viales tal y como se establece en el artículo 118 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo aprobado por Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de Abril (desarrollado en el artículo 314 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias) así como en el artículo 2.08 del vigente PGMO definitivamente aprobado por el Pleno de la Corporación el 1 de junio de 2006. Constan como antecedentes, entre otros, los siguientes: -Expte. 241U102D relativo a construcción de nave industrial sin uso determinado que, dispone de licencia concedida mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 28 de enero de 2011 (plena eficacia concedida mediante Resolución de fecha 16 de marzo de 2011). De conformidad con lo expuesto, se propone: 1.- Que por el Pleno de la Corporación se ratifique la aceptación de la cesión de la siguiente parcela: “Franja de Terreno de forma rectangular de 234,83 m2 de superficie, sita en el frente de la N-634 de la parcela matriz y que lindaría al norte con parcela de la cual se segrega, al Sur con la N-634, Este bienes de la fábrica de San Miguel y Oeste con más bienes de “Sabino Home S.L.”. Procede por segregación de la registral número 23.544, inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero, al tomo 895, libro 767, folio 133. 2.- Estos terrenos serán objeto de la debida recepción una vez estén total y correctamente urbanizados y así sea verificado por los Servicios Técnicos Municipales. 3.- Facultar al Sr Alcalde-Presidente D. Eduardo Enrique Martínez Llosa, o a la persona que legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación.”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Promoción Económica, Polígonos Industriales y Personal, de fecha 25 de Julio de 2.012. Vistos los informes obrantes en el expediente.

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El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Aceptar la cesión de la siguiente parcela: “Franja de Terreno de forma rectangular de 234,83 m2 de superficie, sita en el frente de la N-634 de la parcela matriz y que lindaría al norte con parcela de la cual se segrega, al Sur con la N-634, Este bienes de la fábrica de San Miguel y Oeste con más bienes de “Sabino Home S.L.”. Procede por segregación de la registral número 23.544, inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero, al tomo 895, libro 767, folio 133.” Ratificar en todos sus términos el acta de segregación y cesión de terrenos de 18 de julio del 2.012, antes transcrito. Segundo: Estos terrenos serán objeto de la debida recepción una vez estén total y correctamente urbanizados y así sea verificado por los Servicios Técnicos Municipales. Tercero: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente D. Eduardo Enrique Martínez Llosa, o a la persona que legalmente le sustituya, tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación, así como de la firma de cuantos documentos fueran necesarios con motivo de la misma.” SEGUNDA PARTE DE CONTROL PLENARIO Y DE ORGANOS DE LA CORPORACIÓN 14º.- RESOLUCIONES DE COMUNICACIÓN ESPECÍFICA. Se da cuenta de las siguientes resoluciones de la Alcaldía: •

• •

De fecha 2 de julio de 2012, nombrando a Dña. María José Suárez Alonso, en representación del Grupo Municipal del PSOE, miembro de la Comisión Informativa de Cultura y Deporte, Bienestar Social, Igualdad y Seguridad Ciudadana. De fecha 10 de julio de 2012, delegando las funciones de la Alcaldía en el Primer Teniente de Alcalde, D. Luis Vázquez Suárez durante el día 11 de julio de 2012. De fecha 12 de julio de 2012, nombrando miembros del Grupo Municipal Socialista en las Comisiones informativas.

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Refª.: Acta de Pleno ordinario, 26 de julio de 2.012.

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• •

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De fecha 13 de julio de 2012, delegando las funciones de la Alcaldía en el Primer Teniente de Alcalde D. Luis Vázquez Suárez, los días 14 y 15 de julio de 2012. De fecha 17 de julio de 2012, nombrando nuevos Alcaldes de Barrio en las parroquias de Marcenado, Viella, Santiago de Arenas/Carbayín y El Cuto (antes San Juan de Arenas).

En cumplimiento de lo acordado en el Pleno de 14 de julio de 2011, sobre delegación de atribuciones al Pleno en la Junta de Gobierno Local, se da cuenta de los siguientes acuerdos: • De fecha 29 de junio de 2012, bonificación en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. • De fecha 6 de julio de 2012, bonificación en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. • De fecha 13 de julio de 2012, exención de pago de precio público en utilización de edificios culturales y teatro auditorio de Siero. Intervención del Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Sr. Fernández Palicio: “Una consulta sobre una de las resoluciones, en concreto sobre la del nombramiento de los nuevos Alcaldes de Barrio, dos consultas, por un lado, si se informó al Alcalde de Barrio, cuando se hizo la resolución o previamente a la misma, al Alcalde de Barrio en este caso que se modifican, su ámbito territorial de esa intención que había por parte del gobierno, si se le comunicó en algún momento ese cambio que se iba a efectuar, o si se tiene que enterar por la prensa o por los políticos de turno del Ayuntamiento. Yo creo que no es una deferencia es una obligación mantener ese trato, sobre todo para aquellas personas que están trabajando en el Ayuntamiento como Alcaldes de Barrio desde toda la legislatura, en este caso, y que lo hacen de un modo completamente desinteresado. Yo creo que debe ser obligatorio. Y no sé si en este caso se hizo. Y luego, la segunda pregunta era ver si consta en el expediente la petición masiva que hicieron los vecinos de San Juan del Coto, a ver si hay algunas firmas recogidas, o hay algún tipo de procedimiento o de lugar donde se pueda mirar esa petición masiva de que tengan un tratamiento diferenciado de modo contrario a como ha sido en los últimos once o doce años. Porque hasta la fecha era un alcalde para las dos parroquias. Tenía curiosidad, esa petición masiva dónde está porque a mí no me llegó. “ Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “La petición existió y lo diferenciaba que era la única parroquia que no lo tenía.”

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Intervención del Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Sr. Fernández Palicio: “Quiero decir que me gustaría verla, esa petición masiva, esas firmas recogidas.” Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “Hubo firmas, a mí me las presentaron, y ya, anteriormente a esto, había una petición del anterior equipo de gobierno que no la admitió porque no lo creyó conveniente y ahora se admitió. Era la única parroquia del Concejo.” Intervención de la Concejala del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sra .Nachón Alvarez: “Antes que nada dar la bienvenida a Javier y desearle suerte. Desde el Grupo Socialista queremos lamentar también el tipo de procedimiento que se llevó a cabo para el nombramiento de estos Alcaldes de Barrio, siendo conscientes de que el Alcalde tiene la potestad de nombrar y decidirlo; y así lo dice el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales y en ningún momento vamos a entrar a discutir si está bien nombrado a dedo o en elección democrática, cada equipo de gobierno o Alcalde es libre de elegir el modo de nombramiento. Sí lamentamos que no se haya notificado al alcalde de Barrio de Santiago y San Juan de Arenas su cese y nombramiento. Yo entiendo que para haber un nombramiento tiene que haber previamente un cese, aquí no se comunicó. Hoy a las 8 de la mañana, el Alcalde de Barrio de San Juan y Santiago de Arenas estaba luchando por los vecinos tanto de San Juan como de Santiago de Arenas, o sea que creo que hay poca deferencia. Por otra parte, el anterior equipo de gobierno no sólo quedó una parroquia sin Alcalde de Barrio, sino que La Paranza es parroquia, no tiene Alcalde de Barrio. La base que utilizó el anterior equipo de gobierno a la hora de establecer las elecciones democráticas a Alcaldes de Barrio, fue el esquema seguido los últimos doce años en este Ayuntamiento. Hay un informe, no de esta última legislatura, sino anterior, en el que se recomienda la fusión de San Juan y Santiago de Arenas porque San Juan tiene muy pocos habitantes, así como se recomienda la segregación de Viella y La Fresneda, siempre en base a algo. Y sí es verdad que hubo una queja por parte de María Carmen García Arias, yo tengo aquí la queja, presentada al anterior equipo de gobierno, que casualmente es la nombrada ahora Alcaldesa de Barrio de San Juan y El Cuto y se le dió contestación a esta señora en base a que era una potestad del Alcalde, yo la tengo aquí y la puedo poner a disposición del resto de las personas. Pero en ningún momento hubo más quejas por ninguno de los habitantes ni de San Juan ni de Santiago. Es la única queja en este caso que hubo, que aquí se presentó como

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Alcaldesa de Barrio pero cuando vio que había una persona con la que tenía que enfrentarse en unas elecciones democráticas, renunció.” Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “¿Cuántos habitantes tiene La Paranza?” Intervención de la Concejala del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sra .Nachón Alvarez: “No llega a doscientos.” Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “Alguno menos que San Juan del Coto. En este caso, como bien dice la Sra. María Nachón, el anterior equipo de gobierno entendió que tenía que haber una fusión en esas dos parroquias, este equipo de gobierno no lo entiende así. Podemos estar equivocados o podemos acertar, decidimos nombrar un Alcalde de Barrio, en cuanto al Alcalde de Barrio de Santiago de Arenas ya lo sabía, si no lo quiso entender es su problema ” Intervención de la Concejala del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sra .Nachón Alvarez: “Puestos en contacto este grupo con el antiguo Alcalde de Barrio, no tiene ni cese ni nombramiento. Y acabo como empecé, en ningún momento, sí entramos a criticar la actitud porque es nuestra labor como oposición siempre que no nos guste cualquier cosa que haga el equipo de gobierno o el Alcalde, en este caso, pero también entendemos que está en toda la potestad de poder hacerlo. Comencé diciendo que lamentamos el procedimiento seguido para el nombramiento de estos Alcaldes de Barrio, aún respetando el nombramiento que se hizo a tenor del reglamento que regula este tipo de nombramientos.” Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “Tiene todo el respeto como nosotros lamentábamos el que el anterior equipo de gobierno no hubiese admitido la parroquia de San Juan del Coto.” Intervención del Concejal del Grupo Municipal de Foro, Sr. Arbesú Arias: “Quiero contestarle a la Sra. María, que comentaba que la parroquia de La Paranza, que no tiene Alcalde de Barrio y es parroquia, no tiene alcalde de barrio y no son doscientos vecinos, son seis censados y vive uno, que es una señora que tiene más de ochenta años. Eso me parece que es un poco de desconocimiento del municipio el decir que tiene doscientos habitantes, que nunca los hubo allí.”

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Intervención de la Concejala del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sra .Nachón Alvarez: “A doscientos no llega El Cuto.” 15º.- COMUNICACIÓN DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA. No se presentan. 16º.- MOCIONES Al amparo de lo establecido en el artículo 46.2.e) de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local y en relación con el mismo, conforme a lo establecido en los artículos 91.4 y 97.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se somete al Pleno la siguiente moción de urgencia, presentada por el Grupo Municipal Foro Asturias Ciudadanos: URGENTE I. MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL DE FORO ASTURIAS CIUDADANOS SOBRE EL DETERIORO DEL EDIFICIO DEL PARAGUAS DE LA ESTACION DE AUTOBUSES, EN POLA DE SIERO. “María José Sánchez Alonso, portavoz del Grupo Municipal Foro Asturias en este Ayuntamiento, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la normativa aplicable, eleva al Pleno de la Corporación, para su debate la siguiente MOCION EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El día 5 de Julio de 2012, fue inaugurada en la sala de exposiciones del centro Cultural de Pola de Siero, la exposición dedicada a la obra de D. Ildefonso Sánchez del Río titulada “ El ingenio de un legado” . Con motivo de esta inauguración, contamos en nuestro Municipio con la presencia de uno de los más importantes expertos y especialista en estructuras en la actualidad, tanto a nivel nacional, como internacional, el Sr. Robert Brufau, a quien se le mostró algunas de las obras que en nuestro Concejo había levantado el protagonista de nuestra exposición Sánchez del Río, como son la Plaza de Abastos de Pola y el Paraguas de la estación de autobuses. Sabemos que Ildefonso Sánchez del Río Pisón (1898-1980), es uno de los destacados ingenieros de la denominada Generación del 27. Actualmente todo el mundo coincide en resaltar la característica más sobresaliente de las variadas actividades de este ingeniero, cuya especial y creativa manera de pensar, le llevó a proyectar y construir innovadoras obras de hormigón

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armado, y de las que en este Municipio poseemos la que está considerada como su obra más emblemática y obra cumbre que es LA PLAZA DE ABASTOS DE POLA DE SIERO. Una de las más ingeniosas construcciones que este ingeniero ideó y llevó a cabo, fueron los famosos paraguas que todos conocemos como “ los paraguas de Sánchez del Río” y que como bien sabemos, aún en la actualidad, continúa sirviendo de modelo para proyectos de algunas de las más relevantes figuras en el ámbito internacional. El paraguas que afortunadamente tenemos en Pola de Siero, fue motivo de especial interés por parte de los especialistas que como anteriormente mencionamos habían visitado nuestro Municipio, y que como bien todos coinciden conforman junto con la Plaza lo más significativo del Patrimonio Municipal. El paraguas está catalogado con el grado máximo de protección, su estado actualmente delata una total ausencia de conservación y su deterioro si no se actúa con rapidez, nos dejaría sin esta importante arquitectura claves para el desarrollo de la Modernidad en nuestra región, desarrollada a partir de los años 40 del siglo pasado. Según opinión de los expertos, abordar las obras de reparación de la cara inferior del Paraguas sería algo imprescindible para su conservación. También aconsejan la conveniencia de contratar una asistencia técnica que elabore una redacción de un documento técnico para ejecutar dichas obras de reparación, a la vez que advierten de la urgencia de estas obras, en previsión para que su mantenimiento fuese menos costoso que lo que el transcurso del tiempo podría transformar, además del peligro de arruinar la estructura que podría ocasionar la NO intervención inmediata en ella. Asimismo entendemos, que el debido mantenimiento de estos edificios, daría a nuestro Concejo una relevancia importante, que bien gestionada tendría un protagonismo fundamental, a la ahora de apostar por la puesta en valor de nuestro Patrimonio. Por lo anteriormente expuesto el Grupo Municipal de Foro Asturias en el Ayuntamiento de Siero somete a la consideración del Pleno los siguientes

ACUERDOS •

Primero.- Encargar la redacción de un documento técnico, que permita valorar el grado de deterioro del edificio. • Segundo.- Hacer estudio de costes adaptando necesidades y posibilidades para una inmediata intervención, que nos garantice la conservación de dicho edificio. En Siero a 26 de Julio de 2012.”

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En relación con la urgencia de la moción, se produjeron las siguientes intervenciones por parte de los señores concejales: Intervención del Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Sr. Fernández Palicio: “Por nuestra parte al hacer una lectura superficial de la misma, entendemos que no es urgente para tratar ahora mismo, sí sería un tema interesante y que sería necesario tratar en Comisión y con los informes técnicos pertinentes por varios aspectos que aquí aparecen. Ciertamente es un problema conocido desde hace más de año y pico por lo menos, que fue cuando, creo que se informó desde la Oficina Técnica de los problemas inminentes, urgentes y estructurales que tenía el paraguas de la Estación de Autobuses. No es urgente para tratar ahora en este Pleno, sino que lo correcto sería llevarlo a la Comisión de Urbanismo de modo inmediato y luego ahí entrar a valorar algunos aspectos que aquí se plantean, que probablemente habría que modificar, me refiero a la contratación exterior completa de toda la asistencia técnica. Otra cuestión es la de alguna prueba que haya que hacer, pero yo creo que hay capacidad municipal para hacerlo con medios propios. Otra cuestión es alguna prueba concreta que haya que hacer de resistencias y demás, eso probablemente no haya capacidad, pero sí para hacer lo que es el conjunto del estudio. En cualquier caso tratarlo ahora mismo, entendemos que no es lo pertinente.” Intervención del Portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sr. García González:

“Quería esperar a que rectificase, creí que iban a rectificar y retirarla para dictaminar en Comisión, que era a lo que nos habíamos comprometido todos en el Pleno anterior. Y el hecho de que hoy no haya ninguna moción no es causalidad, es que entiendo que los grupos asumimos ese compromiso de no traer mociones por traer, como venía siendo una tónica habitual en este Pleno, sino que aquellas que realmente pudiésemos dar cumplimiento de ellas desde el ámbito local y previo dictamen de las Comisiones respectivas. Por otro lado, me gustaría que me argumentasen por algún lado cuál es la urgencia. No obstante insisto que les pediría que en aras de buscar ese entendimiento, al menos mínimo en este plenario que haga que las sesiones sean un poco menos atragantadas por decirlo de alguna manera, pues que la retiren y la dictaminemos en Comisión, que nadie tiene ningún problema con dictaminarla, estudiarla, analizarla y además que haya asistencia técnica en las Comisiones. Es un tema que entendemos que se debería de hacer así.” Intervención del concejal no adscrito, Sr. Vázquez Suárez:

“Antes de entrar en el debate de este punto del orden del día, quiero felicitar y dar la bienvenida a Javier Vigil, por el desempeño del cargo de concejal que va a hacer a partir de hoy. A Javier le conocí hace aproximadamente dos años en una visita que hice como concejal de este Ayuntamiento a las instalaciones de la empresa en la que trabaja, y me dio la impresión

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en aquel momento, que era una persona seria y una persona responsable. Espero, por lo tanto, que eso se traduzca en que su labor como concejal de este Ayuntamiento beneficie a todos los sierenses. En cualquier caso le deseo lo mejor y muchísima suerte en el ejercicio de su cargo. Respecto al asunto del que estamos tratando en este momento, yo creo que sí es claro que la actuación en el paraguas es urgente, y probablemente sea urgente desde hace bastante tiempo, independientemente de que no se ha hecho nada hasta ahora. El asunto para mí, para el grupo de los cuatro concejales del Partido Popular que apoyaron la moción de censura, el asunto de que se debata o no como moción urgente nos parece poco relevante, francamente. No pasa nada porque un día como hoy que tenemos un Pleno bastante descargado de temas, se pueda abordar dentro del orden del día este asunto. Por lo tanto, independientemente de lo que decida el grupo de Foro, si decide mantenerla vamos a apoyar la urgencia, porque sí entendemos que la actuación en sí es urgente, y teniendo en cuenta que es una obra muy importante, una obra catalogada y que es una actuación que realmente, por lo que sabemos, no va a requerir un excesivo desembolso económico por parte de este Ayuntamiento, estamos dispuestos a apoyar la urgencia.” Intervención del concejal de Conceyu, integrado en el Grupo Mixto, Sr. Rodríguez González:

“Lo primero darle la bienvenida a Javier, que sé que es familia de Vigil el que fue concejal en este Ayuntamiento, él lo tuvo más fácil porque estuvo en el equipo de gobierno y usted tiene la labor de estar en la oposición, pero seguramente que lo va a hacer muy bien. En mí va a tener un colaborador, vamos a ver el día a día, porque hoy decimos aquí una cosa y a lo mejor el día a día es diferente, pero bienvenido. Yo solamente decir que podemos estar de acuerdo con esta moción, con el tema del paraguas, se habla del paraguas, se habla de la Plaza de Abastos, pero yo aquí echo de menos, yo creo que en La Pola también pero en Lugones hay un depósito de Sánchez del Río, que ahí el gasto era mínimo, porque es acondicionar este depósito quitarle los “graffiti” que tiene ya que está todo pintado. Es una obra de Sánchez del Río. Y yo pediría que podemos hablar de la Plaza de Abastos pero incluir también, pido por lo menos el depósito de la finca La Acebera que es de Sánchez del Río y yo creo que hasta con medios propios se podía acondicionar.” Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal de Foro, Sra. Sánchez Alonso:

“En primer lugar decirle al Sr. Rafael que en cuanto a la obra que menciona de Sánchez del Río en el parque de La Acebera, depósitos de agua actualmente en desuso, está en marcha un trabajo de investigación porque para empezar, la autoría de Sánchez del Río está en el boca a boca. Sí sabemos que es de él pero no hay documentación que lo avale, por lo tanto hay iniciado un trabajo de investigación para poder documentarlo y que quede claro que sí es de Sánchez del Río, porque, aunque sí lo sabemos hay que documentarlo. Por lo tanto vamos a empezar la casa por la cimentación.

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Segundo, en un intento de racionalizar la circulación y los accesos por parte de los usuarios de los autobuses públicos y con el objeto de obtener un uso más funcional y con mejor aprovechamiento del espacio existente en esa zona, la Oficina técnica ha comenzado un estudio en el que nos dice textualmente: “Para proceder a la citada reforma sería imprescindible el acometer diversas obras que se pasan a relacionar. En primer lugar sería imprescindible para poder usarlo, las obras de reparación de la cara inferior del paraguas que, como se sabe, el acero de su interior tiene un recubrimiento mínimo de hormigón ya que el grueso total de la lámina del proyecto es de 38 mm. , aunque en realidad hay sitios donde tiene menos espesor. Esto ha hecho que al penetrar la humedad en el hormigón se produzca la oxidación del acero, provocando que éste vaya reventando y arrojando piedras de hormigón al suelo, o sobre los usuarios. Por lo que, por parte del Ayuntamiento hace ya tiempo que se ha colocado una red de protección”. Este informe de la Oficina Técnica fue lo que llevó a elaborar esta moción. Si no hubiera sido así sí podríamos esperar, pero demorarla en la aprobación de la rehabilitación del paraguas, es demorar otras intervenciones para sacar adelante la mejora de la zona. Por tanto, no es una moción, como dijo el Sr. García, presentar una moción por presentar, tiene una base y yo creo que el carácter de urgencia es no retrasar otras actuaciones que tiene que abordar concretamente la Concejalía de Urbanismo.” Intervención del Portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sr. García González: “Volvemos a los tiempos gloriosos. A mí me hace mucha gracia escuchar al Sr. Vázquez, que es Concejal de Hacienda, el presupuesto no sé si habrá sido aprobado definitivamente o aún está en exposición pública y él nos viene diciendo que es urgente esta actuación ¿Cómo no la ha consignado en el presupuesto? ¿O no era urgente hace un mes? Cuando queremos justificar aquí hay argumentos para justificarlo todo pero seamos serios que aquí llevamos ya tiempo. Viene diciendo aquí que es urgente, que es una actuación muy urgente que estaba ya prevista, pues consígnelo en el presupuesto. Resulta que no nos preguntan para nada del presupuesto al principal grupo de la oposición la lista más votada del Concejo, no nos han preguntado absolutamente nada y hoy aquí traen que nos van a preguntar para hacer un informe técnico sobre el mantenimiento del paraguas de Ildefonso Sánchez del Río. Si quieren salir en la prensa salgan y díganlo que les preocupa mucho el paraguas de San Ildefonso, o de no sé quién, Sánchez del Río. Pero es que no solamente eso, es que lo urgente y lo prioritario en este Ayuntamiento es un poco confuso, porque venimos diciendo desde hace tiempo que el agua y el saneamiento es una prioridad para este municipio, que es un servicio básico y que debe de requerir una atención pero ahí no hay urgencia. En la Comisión de ayer el informe de la analítica del agua, depuradoras de este municipio y dice cosas tan graves como que, “...debido a lo anteriormente señalado se

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aprecia que la carga de contaminantes de agua bruta es muy elevada debido a la materia inorgánica de arenas. Se han producido casos en los que debido a estos altos índices no se ha podido establecer algunos parámetros aunque se cumplen los de vertido. Con el objeto de mejorar el rendimiento de las depuradoras incluidas en el contrato y en especial de instalaciones mencionadas que han sufrido aportes no controlados de purines o residuos de origen sólido, lo que reduce su eficiencia y aumenta su coste de mantenimiento, el Ingeniero técnico del Ayuntamiento dice: “Se recomienda tomar las medidas oportunas que aseguren un mayor control de los vertidos en las zonas de captación de las citadas instalaciones y son Santa Eulalia, Aramil, Castiello, Llorianes, Aveno, Careses, La Cabaña, La Cruz, La Rasa, pero esto no es urgente, porque a lo mejor esto no se venda ya en la prensa . Entonces dejémonos un poco de la demagogia, si quieran ustedes salir en la prensa como les preocupa mucho la obra que ahora está de moda porque salió en el Auditorio y tuvimos un encuentro ahí maravilloso y fantástico, pues tráiganlo y lo tragaremos. Pero entonces el próximo Pleno vendremos todos con 500 mociones que luego, sea dicho de paso, no valen para nada, porque no cumplen ninguna. Entonces hay Comisión la próxima semana ¿No puede ir a Comisión , que están los técnicos, estamos todos, debatirlo tranquilamente y se habla allí y punto? ¿Qué va a demorar eso? No va a demorarlo nada, va a ir más rápido. Entonces, si quieren, el sistema de relación que tengamos en este plenario es éste, pues nos atenemos a ello todos. Y el próximo Pleno estaremos aquí siete horas porque traeremos todos mociones de que hasta el perro del vecino le molesta. Vamos a votar en contra lógicamente.” Intervención del Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Sr. Fernández Palicio:

“Insisto en lo que habíamos planteado anteriormente, el hecho de la urgencia o no, que es lo que estamos discutiendo aquí ahora no puede estar condicionado por el hecho de que el Pleno sea más o menos largo o más o menos intenso, luego por lo tanto, no es una razón para esa urgencia, el cauce adecuado es como aquí se dijo y en otros plenos, tratarlo en las Comisiones y luego posteriormente discutirlo, demorarlo dos días más no creemos que sea un riesgo añadido para la estructura del paraguas de la Estación de Autobuses. Esperemos que, si aguantó hasta ahora puede aguantar dos días más. En cualquier caso, el estudio podía estar elaborándose ya por parte de la Oficina Técnica y también podía ir elaborándose la secuencia de pasos el procedimiento para la posterior reparación. Por lo tanto no ha lugar a la urgencia y pediría más seriedad en el tratamiento de los asuntos plenarios . “ Intervención del Concejal del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sr. González Alvarez:

“Yo me quedo con las palabras del grupo proponente y una cuestión objetiva, si la debatimos el lunes como se debe debatir asistiendo técnicos a la Comisión que llevaría a

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efecto este asunto, el jueves sabemos que tenemos acta y resolución, el Pleno sabemos que las actas por el contenido estará dentro de tres semanas, con lo cual, el jueves podemos tener una resolución hecha sobre este asunto, si lo llevamos a Comisión el lunes. Y de otro modo, si lo dictaminamos hoy tendremos la resolución del acta más adelante, o sea que desde el punto de vista de la urgencia, si va a la Comisión del lunes, acabamos primero, eso está claro objetivamente. Intervención del Concejal no adscrito, Sr. Vázquez Suárez: “Señor García, como usted sabe dentro del presupuesto municipal, se incluyen varias partidas destinadas al mantenimiento de los edificios de este Ayuntamiento, con lo cual en cualquiera de esas partidas podría tener acomodo esta reparación. Por lo tanto, incluido en el presupuesto, explícitamente no, implícitamente sí, porque ya le digo que cualquiera de esas partidas se pueden destinar a este tipo de obra que repito, es una obra de mantenimiento, no es una inversión. Y en cuanto a algo que dijo, que ya repitió en su día de que no había consultado al equipo de gobierno acerca de la elaboración del presupuesto, yo creo que ya se lo dije en su día, creo que le tenían un poco desinformado porque este equipo de gobierno se puso en contacto con todos los grupos municipales, con el fin de que le transmitiesen las necesidades que dicho grupo municipal consideraba relevantes a la hora de incluir en el presupuesto. Por lo tanto, señor García, ni lo uno ni lo otro.” Intervención del concejal de Conceyu, integrado en el Grupo Mixto, Sr. Rodríguez González:

“Me causa extrañeza oír hablar de que ahora se quiere que las mociones se lleven a Comisión, yo llevo diciendo esto, gobernando el Partido Socialista infinidad de Plenos de que las mociones se llevaran antes a Comisión para que vinieran debatidas a los Plenos y no nos eternicemos debatiéndolas en el Pleno, y ahora porque se trae una moción por vía de urgencia, se quiere que se lleve a Comisión, no lo entiendo. Y solamente decirle una cosa a María José, no quiero y si estoy equivocado lo reconocería, el depósito de La Acebera, yo creo que está funcionado porque además el agua viene de la captación que está en Oviedo, que es de Lladines y no me quisiera equivocar pero está funcionando ese depósito. Y yo sigo siendo Rafa, no señor Rafa.” Intervención del Concejal de la PVF, integrado en el Grupo Mixto, Sr. García de Castro: “Desde luego, si la propuesta esta que se trae va a ser motivo de conflicto, probablemente resulte mejor que el equipo de gobierno haga el anuncio en la prensa directamente de que va a abordar la reparación de este elemento constructivo de aquí de La Pola y no hace falta ni moción ni nada. En definitiva, se lleva a cabo la actuación y punto.

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Entra dentro de lo que es la mejora y el mantenimiento de los elementos emblemáticos del patrimonio histórico de La Pola, y puede salir perfectamente como una propuesta del equipo de gobierno sin necesidad de consenso de los grupos municipales. Simplemente iniciativa del equipo de gobierno. La moción normalmente suele ser para que vaya consensuada por todos los grupos y sea una cuestión aprobada por todos los grupos, pero si lo que se quiere es que sea una iniciativa exclusiva del equipo de gobierno, hágase y ya está. Se saca como iniciativa del equipo de gobierno y no hay más discusión, no hace falta debatirlo en el Pleno. “ Intervención del Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Sr. Fernández Palicio:

“Insisto que lo que estamos debatiendo es la urgencia de la moción de hoy respecto al lunes o el martes, no otra cuestión. Sobre ese particular sí me gustaría que el Sr. Secretario informara, las mociones estas de urgencia presentadas por esta vía, no incluidas en el orden del día ¿Qué se precisa para su inclusión? ¿Mayoría absoluta puede ser.? (El Sr. Secretario General de la Corporación, contesta que sí). Quiero decir que en la prensa que estoy seguro que el equipo de gobierno, lo va a sacar en cualquier caso. O sea que no hay ningún problema ” Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “Yo creo que alargar esto tampoco es muy necesario. Puedo proponer una cosa, los portavoces de cada grupo hacemos un receso de dos o tres minutos y deciden.” Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal de Foro, Sra. Sánchez Alonso: “De todas formas, el no haber llevado esto antes a Comisión, yo creo que el mejor exponente que tenemos la intencionalidad de esta acción, por lo que veo, la única persona que lo captó fue José Carlos, gracias. El hecho de no lo haber presentado a Comisión primero, es la falta de datos, la elaboración de la moción necesitaba ser basada en una serie de datos que a mí me tenían que pasar, no los tenía, los fue acumulando, y todavía me pasaron aportación documental ahora por la mañana. De hecho, estoy esperando, incluso una valoración económica. La valoración económica fue lo primero que se abordó, de hecho yo tuve conversaciones con el Sr. Vázquez para ver si esto podría ser posible antes de empezar a elaborar la moción. Está conceptuado como él dijo como una labor de conservación, por tanto la partida presupuestaria está más que contemplada en los presupuestos de este año. No es ni una obra mayor ni una intervención de las estructuras del paraguas, ni nada por el estilo, es una conservación del edificio, es una intervención para la conservación del edificio. Por lo tanto la partida económica está más que contemplada, no hace falta establecer porque no es una

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cuantía exagerada. Si hubiera sido una cuantía económica exagerada no lo hubiera propuesto, porque evidentemente no la podríamos aportar. Y el no lo haber presentado primero, es única y exclusivamente por falta de documentación, que me fue llegando escalonadamente que, como digo, incluso a primera hora de la mañana todavía recibí información sobre ello.” Intervención del Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Sr. Fernández Palicio: “La polémica sobre la urgencia, no. ¿Cuando habla de la cuantía económica se refiere al estudio, o a la reparación a efectuar? Porque yo creo que las informaciones que teníamos del año pasado, porque la red ya se colocó hace cuatro o cinco años, por lo menos, y el año pasado sí hubo algún informe por parte de la Oficina Técnica, la obra hablaba de varias docenas de miles de euros. Por eso le digo, Sra. Sánchez, que cuando habla de cantidades de coste escaso ¿Es del estudio o de la obra? Salvo que se haya reducido lo que en su momento se planteaba hacer . Pero es sorprendente que hace un año y pico habían hablado de una reforma estructural y tan importante como una proyección o un saneamiento importante y ahora se habla de otra cosa. “ Intervención del Portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sr. García González: “Es una aclaración porque creo que quienes no han entendido el contenido de nuestra réplica precisamente es el Sr. García de Castro y el Sr. Rafael. Lo que estamos diciendo no es que estemos en contra de que se repare el paraguas, cosa que ya es conocida desde hace mucho, no sé qué datos estarán pendientes de recibir porque eso ya salió hace mucho, lo de hacer un estudio y repararlo. Lo que estamos hablando es de las formas. En el pasado Pleno este grupo retiró una moción para dictaminar en Comisión, retiramos una moción para que se dictaminase en Comisión, entonces no es que sea por urgencia, lo que decimos es por qué no se dictaminan en Comisión las mociones previamente. Es lo que estamos diciendo. Usted tiene también una que no sé si se acordará de ella, que es la denominación de Manuel Angel de una calle, que también la retiró. Entonces lo que estamos diciendo es que por dinámica, por organización, por agilidad, por respeto a los tiempos y a la participación con la debida antelación en las Comisiones, llevémoslo a las Comisiones, no pasa nada por llevarlo. Y simplemente es eso, lo que estamos poniendo en evidencia.” Intervención del Concejal de Conceyu, integrado en el Grupo Mixto, Sr. Rodríguez González: “Señor Angel Antonio, yo no le estoy diciendo con el tema de esta moción, yo lo que le estoy diciendo es que llevo diciendo yo creo que años y en especial cuando el Partido Socialista estuvo gobernando que no llevaron ninguna moción a las Comisiones, que porqué

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antes no las llevaban, ¿Es que no querían que la gente participara en el debate de esas mociones? Que las llevaban todas a los Plenos y había que pronunciarse sobre la urgencia, o sobre la inclusión de esas mociones en el Pleno. Es lo que le estoy diciendo. Y le voy a decir otra cosa, que últimamente está en la prensa constantemente.” Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal de Foro, Sra. Sánchez Alonso: “La diferencia económica contestando a Nicolás y a la vez a Angel Antonio, también, una cosa es una reconstrucción o una rehabilitación en profundidad, y otra cosa es una intervención para la conservación, no tiene nada que ver. Una vez examinada por los técnicos expertos en la materia consideraron que el deterioro que tiene el paraguas no es tan grande como se pensaba en un principio. Y la rehabilitación o la intervención que necesita para la conservación, no implica un gasto excesivo. Ese cambio en cuanto al dictamen de los técnicos, lo que varía la aportación económica. Por lo tanto no es que se vaya a hacer una cosa diferente, sino que hay que abordar la obra desde otro punto de vista. No es tan grave como se pensaba, no tiene como por ahí dijeron aluminosis, o cosa por el estilo. Nada que ver, o sea que es por eso la diferencia de la cuantía económica.” Intervención del Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Sr. Fernández Palicio: “Centrándonos en lo que dijo la Portavoz de Foro. Creo que con eso que está diciendo razón demás para que el tema vaya a Comisión y el Arquitecto esté en esa Comisión porque, desde luego, las informaciones que había eran completamente contrarias a eso que está diciendo, hablaban de un daño incluso inminente, estructural, de varias decenas de miles de euros. Por lo tanto yo creo que razón de más para que se toque en una Comisión y esté el Arquitecto presente, el de ahora o el de antes, el que elabore la memoria o la razón para fundamentar este gasto el que sea. Desde luego, si la solución es barata mucho mejor para todos, pero que tenga una solución.” Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “Señor Nicolás, para acabar ya con el tema y en vista de las diferentes opiniones que tenemos, los datos que se están aportando, casi estamos debatiendo la moción y todavía no empezamos. Lo pasamos a estudiar en Comisión de una manera más profunda y seguimos con el orden del día.” El Señor Alcalde retira la moción y ordena que la misma pase a discutirse en la correspondiente Comisión Informativa.”

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17º.- RUEGOS 18º.- PREGUNTAS En estos apartados, se produjeron los siguientes ruegos y preguntas por parte de los Sres. Concejales: Intervención del Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Sr. Fernández Palicio: “Agradecer al Señor Alcalde el buen tacto de retirar la moción anterior, yo creo que es lo adecuado, y en esa línea va a ser la primera reflexión, el primer ruego que voy a plantear. Rogaría al equipo de gobierno y en particular al Alcalde como coordinador o responsable del mismo, que sea coherente como ha sido en este último punto, con este Pleno y que aquellos acuerdos que aquí se tomen en este Pleno se ejecuten como tales. Yo creo que es la única forma de dar coherencia y credibilidad a la actuación política municipal que hoy los vecinos ponen en duda continuamente. No me refiero a anuncios en prensa, que eso es algo habitual de todos los gobiernos con actuaciones que se meten cuatro veces o cinco hasta que al final salen o no salen, eso es algo a lo que ya estamos acostumbrados, a lo que me refiero a los acuerdos plenarios que aquí tomamos y en particular a uno que se tomó aquí hace tres meses, que fue una moción presentada por mi grupo, por Izquierda Unida, relativa a que el Ayuntamiento no contratara publicidad con aquellos medios de prensa que se financiaran a través de anuncios de contactos de carácter sexual. Recuerdo que aquel Pleno hubo una intervención muy contundente por parte de la Portavoz de Foro en particular, hubo alguna abstención por parte de una parte de ese gobierno. Y la sorpresa viene cuando nos encontramos con que algunos de esos medios que tienen anuncios de este contenido que el Pleno había sido muy contundente, tenían esta misma semana insertadas páginas completas de publicidad, que entiendo hayan sido pagadas por el Ayuntamiento, porque era el único logo que figuraba en esas páginas de anuncios. Yo creo que si el propio gobierno aprueba una moción, no tiene ningún sentido, que inmediatamente en un plazo de tiempo muy breve, haga lo contrario. Porque, repito, no es una moción que haya salido en contra del gobierno, sino que el propio gobierno fue muy contundente en la defensa de los argumentos, incluso más allá de los argumentos que en la moción aparecían expresados. Yo pediría coherencia, y si fue por un olvido que se de una respuesta y si fue a sabiendas de que esa moción está para incumplirla yo pediría que se actuara de otro modo porque si no los ciudadanos lo critican como hipocresía política y yo creo que no es lo correcto en estos años y en estos casos que lo que al menos debemos aspirar es a que la actuación política y las instituciones recuperen parte de la credibilidad perdida en años atrás. Un segundo planteamiento ya en otra línea, era pedir que se nos facilitara lo que ya desde hace varios meses venimos pidiendo en Comisiones, que es las bases de los Planes de Empleo que va a convocar el Ayuntamiento, antes de que se convoquen. Pasan los meses ya se nos dijo hace tres semanas que se nos iban a facilitar a la semana siguiente, y de momento no se nos dio traslado de nada. Con lo cual tampoco ayuda a creer en la transparencia de ese proceso.

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Pedir al señor Alcalde que se nos informe sobre los compromisos que haya conseguido arrancar en los encuentros recientemente con el Presidente del Principado y previamente con el Consejero de la Presidencia. Y sobre todo los acuerdos que tengan consecuencias para el Ayuntamiento de Siero. Suponemos que cuando se va a los viajes en la maleta siempre se trae algo, a ver qué es lo que se trajo. Quería información más allá de lo que salió en prensa, en primer lugar para informar aquí en el Pleno. Se nos facilitó un informe por parte del Concejal del Area de Hacienda, como consecuencia del Decreto 20/2012 sobre las medidas económicas, qué repercusión económica van a tener sobre este Ayuntamiento. Pedimos que ese informe se complemente con uno de la Intervención Municipal, y sobre todo que se amplíe, como ya comentamos en la Comisión, a las consecuencias que va a tener para la Fundación de Cultura y para el Patronato Deportivo Municipal, en particular para la Fundación de Cultura por la temática que tienen sus contratos. Y también para otras áreas donde tenemos personal financiado con planes concertados y con otro tipo de subvenciones de otras administraciones. Y por último, pedir que se trate con la máxima deferencia, con el máximo respeto y más allá de lo legalmente imprescindible, a nuestros Alcaldes de Barrio que todos, sean de la parroquia que sean y hayan sido nombrados en el momento que sean, hacen una labor muy importante y muy positiva para los vecinos de las diferentes parroquias. Yo creo que en cualquier caso requieren ir más allá del formalismo y una llamada telefónica no cuesta nada.” Intervención de la Concejala del Grupo Municipal Socialista, Sra. Nachón Alvarez: “Dos cuestiones, sumarme a la petición que hizo el Sr. Nicolás de los Alcaldes de Barrio. Y solicitar que, como estoy viendo en el nombramiento que tengo aquí, no hay expediente, por lo que no podemos ver si realmente hay esa petición masiva por parte de los vecinos de San Juan de Arenas, a la hora que se disgregue de Santiago, o se considere parroquia, solicitar ese escrito. Este nombramiento no está incorporado ni en el expediente del primer nombramiento de los Alcaldes de Barrio, ni hay un nuevo expediente. Y por otra parte, preguntar cuándo se van a convocar , o cuándo se van a hacer las bases de la convocatoria de libre concurrencia a asociaciones culturales, folklóricas, musicales, etc., y de cooperación al desarrollo. Estamos en el mes de julio, entrando agosto, estamos entrando en un momento bastante complicado para las asociaciones porque están funcionando sin tener la ayuda en este caso, del Ayuntamiento.” Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “Lo de San Juan del Coto parece fijación, no se considera parroquia, es parroquia, El Cuto, y es mi parroquia, si hay alguna duda.” Intervención de la Concejala del Grupo Municipal Socialista, Sra. Nachón Alvarez: “No tengo ninguna duda.”

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Muñío:

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Intervención del Concejal del Partido Popular, integrado en el Grupo Mixto, Sr. Llera

“Dar la bienvenida en primer lugar a Javier y que tenga mucho éxito en su labor. Y quería hacer un ruego al señor Alcalde, le rogaría que por favor se respeten las líneas amarillas en la entrada y salida de las cocheras, ya que en las cocheras nuestras concretamente estamos sufriendo todos los días coches aparcados en la raya amarilla, con la consecuencia del peligro que eso entraña el salir. Por lo tanto rogaría que cuando fuese requerida la presencia de la Policía Municipal, que por favor que acudan, y cuando se les llame por teléfono que tengan un poco de respeto hacia la persona que les llama.” Intervención del Portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sr. García González: “En primer lugar, agradecerle que haya considerado nuestra petición y sabe que en ese camino siempre nos encontrará, que la predisposición esa que podamos discrepar, pero sobre lo que hay que discrepar no buscar enfrentamientos innecesarios. Y a Rafael, que se ha ausentado, cuando utilizaba el símil de las gafas no lo hacía de manera despectiva ni mucho menos, él decía que antes no se traían las mociones, no se llevaban previamente las mociones a dictamen y lo que utilizaba era el símil de que él cuando nació no llevaba gafas y ahora las lleva. Antes no se llevaban y eso no le implica para que ahora se tengan que traer. Del mismo modo que en el anterior mandato sí se llevaban a Comisión, como saben algunos de los presentes. Entonces que sirva de aclaración, luego lo demás le agradezco todos los calificativos que me ha dedicado, que seguro que los hizo desde el cariño. Y al Sr. Vázquez, decirle que yo hablo así que no es que esté enfadado, es una forma de expresarme pero normal, por qué me voy a enfadar, si me enfadase no estaría aquí. En lo referente a lo que son ruegos y preguntas, comentar más que nada por justificar mi ausencia en la anterior Junta de Portavoces, que por un error en Secretaría que ya está subsanado, no tuve la convocatoria, por eso el que no haya asistido, no fue dejadez ni nada, simplemente por comunicarlo. También pediría, en el mandato anterior, como también recordaremos algunos, habíamos acordado la presentación y justificación de los gastos de los grupos municipales dentro del trimestre siguiente al año, o sea presentar dentro del primer trimestre si mal no recuerdo, los gastos correspondientes al ejercicio correspondiente. Este año estamos en el mes de julio y nosotros lo hicimos la pasada semana, no lo habíamos hecho dentro del plazo, solamente el PINSI e Izquierda Unida lo tenían hecho y pedimos que se realice por parte de todos los grupos como habíamos acordado y que demos cuenta de los gastos que cada grupo municipal haya tenido, porque, parece que es un acuerdo muy conveniente el justificar esos gastos. Y que en el próximo Pleno, a poder ser que se comunique, o que se meta para dar cuenta del mismo. Preguntar algunos de los ruegos pendientes que hay, simplemente voy a hacer mención a un par de ellos el Sr. Alcalde, por si ha habido alguna evolución en las negociaciones, por la parcela para

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dedicar al Punto Limpio en Lugones, con COGERSA si ha podido mantener algún tipo de reunión, con los técnicos municipales, para localizar alguna parcela existente en las zonas del Concejo que pudiese destinarse a punto limpio, que la que anteriormente habíamos encontrado no reunía los requisitos urbanísticos y que estaba el asunto pendiente. El tema de la eliminación de tráfico pesado en Lugones y la convocatoria de la Comisión de Medio Ambiente, que está pendiente también, un poco para ver la evolución de estas cuestiones. El fin de semana ha habido un corte, ha habido ya cortes de agua en el depósito de Pañeda, que ha hecho necesario que se haya tenido que suministrar cubas. Yo le comentaba al Concejal del Area, que sería conveniente que hiciesen un bando recomendando un uso responsable del agua en estas zonas, que pueden ser sensibles a los cortes, porque hay gente que sigue llenando la piscina o segando el césped, y que hay corte de suministro para los vecinos. Entonces no estaría de más hacer un llamamiento al uso responsable en estas zonas. Siempre debe de haber un uso responsable pero en estas cuestiones más aún. Antes hacía mención a un informe de depuradoras que tuve acceso a él ayer en la Comisión, y que yo creo que es bastante grave, viene siendo habitual desde hace tiempo este tipo de informes, que empezamos a dar cuenta de ellos en el anterior mandato, para sensibilizar un poco a la clase política y estábamos elaborando algún plan de actuación, y creo que más allá de las grandes inversiones, que lógicamente todas no van a poder acometerse de un día para otro, pero sí requeriría más que de una moción de un análisis detallado y de un cronograma de actuaciones, para poder subsanar en la medida de lo posible estas situaciones y que al final es prioritario, el agua que consumimos que no cumple, o que tiene algún parámetro de dudosa salud. Con motivo de las fiestas de ·El Carmín, en el Parque Alfonso X El Sabio, se instalaron atracciones, con la analogía o con el Parque de Lugones, pregunto si en éste no ha habido informe preceptivo para dicha instalación. Sí me gustaría que el señor Alcalde, que sé que en esto medió de manera correcta, que lo pueda utilizar como argumento, que sea consentidor de ello, seguro que ya lo vio y que podrá comprobar lo que en su día se le manifestaba. Otra cosa, que el Sr. Rubén que se preocupa del consumo de las instalaciones, decirle que el día de ayer, toda la noche el Centro de Estudios de Lugones, tenía la luz encendida.” Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal de Foro, Sra. Sánchez Alonso: “Primero pedir disculpas a Javier por no haberle dado la bienvenida todavía, se me pasó, y aunque no se lo haya dicho, sí se lo deseo y encantada de conocerle y espero trabajar conjuntamente. En cuanto al Sr. Nicolás que me reafirmo en todo lo que defendí en su momento en cuanto a la publicidad con contenido pornográfico, desconocía esto que acaba de denunciar, pero lo lamento y que me reafirmo en el énfasis de defender la abolición de ese tipo de publicidad. Desconocía esto que me acaba de comentar.” Intervención de la Concejala del Grupo Municipal Socialista, Sra. Nachón Alvarez: “Ahora me lo recordó el portavoz de mi grupo, que con referencia a las atracciones que se pusieron en El Carmín, yo había preguntado ayer en Comisión si se había pedido el informe porque

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venía siendo práctica habitual por parte de la Concejalía de Festejos y así se hizo el año pasado porque se venía haciendo anteriormente. La Concejala en este caso me dijo que no. Pedir en este caso que se haga una evaluación y valoración de los daños que haya podido producir la instalación de esa atracción, en este caso en el Parque Alfonso X El Sabio.” No habiendo más asuntos a tratar y siendo las diez horas y treinta y siete minutos, el Sr. Alcalde-Presidente, levanta la sesión, de todo lo cual, yo, como Secretario General de la Corporación, doy fe, extendiendo la presente acta.

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