AYUNTAMIENTO DE SIERO

AYUNTAMIENTO DE SIERO BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN PARA LA FORMACIÓN DE BOLSAS DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSO...
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AYUNTAMIENTO DE SIERO BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN PARA LA FORMACIÓN DE BOLSAS DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAL DE DIFERENTES CATEGORIAS DEL PLAN LOCAL DE EMPLEO 2015-2016 ANTECEDENTES El Acuerdo por el Empleo y el Progreso de Asturias 2013-2015 señala que el Servicio Público de Empleo diseñará y gestionará las políticas activas de empleo y la intermediación laboral con dos grandes objetivos, uno de los cuales es el promover la inserción de las personas en el mercado de trabajo, reconociendo el propio documento que las políticas activas de empleo no crean puestos de trabajo pero sí deben facilitar el acceso a un empleo en el tiempo más rápido posible, en especial en el caso de los colectivos con mas dificultades para lograrlo por sí mismos. Así, se apoyará la contratación temporal de las personas en desempleo, con mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo y riesgo de exclusión social. Para ello, como una de las medidas, se pondrá en marcha un plan de empleo para que las entidades locales puedan contratar personas desempleadas con el objeto de realizar obras y/o servicios de interés general determinando el Consejo Rector del Servicio Público de Empleo los colectivos beneficiarios de estos planes. El artículo 3.2 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre de empleo, dispone, de conformidad con la Constitución y los Estatutos de Autonomía, que corresponde a las Comunidades Autónomas, en su ámbito territorial, el desarrollo de la política de empleo, el fomento del autoempleo y la ejecución de la legislación laboral y de los programas y medidas que les hayan sido transferidas. Y el Artículo 4, establece que las políticas de empleo, en su diseño y modelo de gestión, deben tener en cuenta su dimensión local para ajustarse a las necesidades del territorio, de manera que favorezcan y apoyen las iniciativas de generación de empleo en el ámbito local. En tal sentido, los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas en ejecución de las acciones y medidas de políticas activas, podrán establecer los mecanismos de colaboración oportunos con las entidades locales. Por Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de 22 de mayo de 2014 se aprobaron las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado de Asturias con dicha finalidad. A poder pretender el Servicio Público de Empleo de Asturias que este contrato sea susceptible de ser cofinanciado por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo de 2014/2020, se reformaron dichas Bases reguladoras para acomodarlas al artículo 14.4 del Reglamento (UE) n.º 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo, y el 6 de Julio de 2015, el BOPA publica la Resolución de 24 de Junio de 2015 de la Consejería de Economía y empleo, por la que se aprueban las nuevas Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los ayuntamientos del Principado de Asturias para la ejecución de planes de Empleo. Por Resolución de 25 de junio de 2015, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, aprueba la convocatoria 2015 de concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado de Asturias en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias cuya finalidad es promover, a través de un contrato temporal por los ayuntamientos, durante un periodo máximo de un año, la inserción laboral de personas desempleadas. En este sentido, el Ayuntamiento de Siero ha realizado el diseño de un Plan global de actuación para la puesta en marcha de un Plan Local de Empleo, mediante el que se han definido las necesidades eventuales a satisfacer y se ha fijado el marco de actuaciones a desarrollar, puestos de trabajo precisos para su logro, y descripción individualizada de cada uno de esos puestos de trabajo. Dicho documento se puede consultar íntegramente por los interesados en el proceso de selección, durante el plazo de presentación de instancias, en las dependencias del Servicio de Promoción Económica y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Siero .

1

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la formación de Bolsas de Empleo para proceder, en su caso, a la contratación, para las ocupaciones que se indican, de las personas seleccionadas en los procesos selectivos correspondientes, y en el orden de preferencia que resulte, en el marco del Plan Local de Empleo 2015-2016. 2. OCUPACIONES, PROYECTOS Y REQUISITOS DE ACCESO. 2.1 Ocupaciones: Inicialmente se ofertan los siguientes empleos , de los cuales 17 están reservados a personas mayores de 45 años, según la normativa reguladora de la subvención, bajo dos modalidades contractuales (contrato en prácticas y contrato de obra o servicio):

Puestos ofertados 1 Grado en ciencias de la actividad física y deporte 4 Ingenieros/as 2 Ingenieros/as Forestales (plazas reservadas a mayores de 45 años) 1 Ingeniero/a Técnico/a Topógrafo/a 2 Informadores/as turísticos (plazas reservadas a mayores de 45 años) 2 Técnicos/as informáticos/as 1 Técnico/a en Poda Arbórea 3 Oficiales/as de jardinería (plazas reservadas a mayores de 45 años) 6 Oficiales/as pintores/as (plazas reservadas a mayores de 45 años) 3 Delineantes (plazas reservadas a mayores de 45 años) 1 Licenciado/a en Historia (plazas reservadas a mayores de 45 años)

2.2 Proyectos y requisitos de acceso:

Además de los requisitos generales y específicos previstos en las bases 4 y 5, las personas solicitantes deberán cumplir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse a la fecha de inicio del contrato, los siguientes requisitos de acceso:

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A. Ocupaciones a contratar bajo la modalidad de contrato en prácticas ( cláusulas específicas de trabajos de interés social): Nº

1

Puestos ofertados

Requisitos de acceso (además de los específicos para un contrato en prácticas) Estar en posesión del Título de Grado en Ciencias de la 1 Grado en Accion 1.Estudio del funcionamiento interno actividad física y deporte o equivalente . ciencias de la de las instalaciones deportivas del Patronato Estar en posesión del permiso de conducción de la actividad física y Deportivo Municipal y propuesta de mejora. clase B1. deporte

Ingenieros/as.

4

1

Para estas plazas, se realizará una única selección, asignándose por elección de los aspirantes por orden de puntuación, a la acción 2 ó 3.

Ingeniero/a Técnico/a Topógrafo/a

2

Informadores/as turísticos/as

2

Técnicos/as informáticos/as

(reservadas a mayores de 45 años)

Proyecto/s

Acción 2.Programa de eficiencia energética, Estar en posesión del Título de Grado en Ingeniería Civil, Grado en Ingeniería de Tecnologías Industriales, energías limpias. Grado en Ingeniería Mecánica, Grado en Ingeniería eléctrica, Grado en Ingeniería Electrónica Industrial y Acción 3.Redacción de Proyectos de automática, Ingeniería Técnica en Obras Públicas, o Saneamiento y Depuración para ampliación y Ingeniería Técnica Industrial . mejora de los sistemas de saneamiento del Estar en posesión del permiso de conducción de la municipio. clase B1. Estar en posesión del Título de Grado en Ingenieria Geomática y Topografía o equivalente (1). Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B1. Estar en posesión del certificado de profesionalidad de Promoción Turística Local e Información al Visitante . Estar en posesión del permiso de conducción de la Acción 5.Dinamización turística del Concejo clase B1. Ser mayor de 45 años a la fecha de formalización del contrato. Estar en posesión de un título de Formación Profesional de Grado Medio o Superior en la familia de Acción 6. Programa de optimización de las Informática y Comunicaciones. redes informáticas municipales Acción 4.Inventario Municipal de Caminos

(1) En el caso de que los solicitantes aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en el apartado de requisitos de acceso, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación en tal sentido del Organismo competente. Para estas ocupaciones, los aspirantes deberán cumplir a fecha de inicio del contrato ( fecha prevista :según la ocupación, entre el 21 y el 30 de diciembre de 2015) los requisitos específicos para ser contratado bajo la modalidad de prácticas (Estar en posesión de un título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002 de 19 de junio de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional. Asi mismo, que no hayan transcurrido más de cinco años, o de siete cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, desde la terminación de los estudios, o si el trabajador es menor de 30 años, no se tiene en cuenta la fecha de terminación de los estudios).

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B. Ocupaciones a contratar bajo la modalidad de contrato temporal de obra o servicio determinado (claúsulas específicas de trabajos de interés social): Plazas reservadas a personas mayores de 45 años (excepto Técnico/a en poda arbórea) a fecha 21 de diciembre de 2015. Nº

Ocupación

Proyecto

3

Oficiales/as jardinería

Acción 7. Plan de choque para mejora de la eficiencia del alumbrado público, redes municipales e instalaciones de aguas. Fase I.

1

Técnico/a en poda arbórea

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Oficiales/as pintores/as

Ingenieros/as Forestales 2

1

Para estas plazas, se realizará una única selección, asignándose por elección de los aspirantes por orden de puntuación, a la acción 9 ó 10.

Licenciado/a en Historia

Delineantes 3

Para estas plazas, se realizará una única selección, asignándose por elección de los aspirantes por orden de puntuación, dos personas a la acción12 y una a la 13.

Requisitos de acceso Tener formación reglada u ocupacional de más de 400 horas , certificado de profesionalidad o experiencia laboral acreditable documentalmente de al menos SEIS MESES en la ocupación y especialidades formativas relacionadas con la profesión de jardinería. Se entenderá así mismo cumplido el requisito en el caso de haber estado dado de alta como autónomo al menos seis meses en una actividad económica relacionada con la jardinería. Haber nacido con anterioridad al 21 de diciembre de 1970. Estar en posesión del Título de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural o equivalente (1).

Acción 8.Pintura exterior e interior de varias escuelas municipales desafectados del uso docente , quiosco de la música , colegios y mercado de ganado. Acción 9. Catálogo de árboles notables del concejo

Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B1 Tener formación reglada u ocupacional de más de 400 horas , certificado de profesionalidad o experiencia laboral acreditable documentalmente de al menos SEIS MESES en la ocupación y especialidades formativas relacionadas con la profesión de pintor. Se entenderá así mismo cumplido el requisito en el caso de haber estado dado de alta como autónomo al menos seis meses en una actividad económica relacionada con la pintura. Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B1 Haber nacido con anterioridad al 21 de diciembre de 1970 Estar en posesión del Título de Grado en Ingeniería Forestal y del Medio Ambiente, Ingeniería Forestal o Ingeniería de Montes o equivalente (1).

Acción 10. Programa de Medio Ambiente y Gestión de Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B1. Residuos Acción 11. Informatización y digitalización del archivo histórico municipal de la primera mitad del siglo XIX. Acción 12. Inventario de instalaciones de alumbrado y puntos de luz en la zona rural del concejo. Inventario de antenas de telefonía.

Haber nacido con anterioridad al 21 de diciembre de 1970. Estar en posesión del Título de Licenciatura en Historia o equivalente (1). Haber nacido con anterioridad al 21 de diciembre de 1970. Estar en posesión del Título de:

Técnico Superior en Proyectos de Edificación (LOE),Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil (LOE),Técnico Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción (LOGSE),Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas(LOGSE),Técnico Especialista de Edificios y Obras (Ley 14/70),Técnico Especialista de Delineante en Edificios y Urbanismo (Ley 14/70),Técnico Especialista en Diseño de Interiores(Ley Acción 13. Recopilación 14/70),Técnico Especialista en Topografía(Ley 14/70),Técnico documentos segregación Especialista en Vías y Obras(Ley 14/70),Técnico Especialista en 2006/2014.Generación Sobrestantes(Ley 14/70) o Maestro Industrial Delineante (Ley soporte gráfico. Orgánica de Formación Profesional Industrial, de 20 de julio de 1955) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B. Haber nacido con anterioridad al 21 de diciembre de 1970.

(1) En el caso de que los solicitantes aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en el apartado de requisitos de acceso, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación en tal sentido del Organismo competente.

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3. DESTINATARIOS El Plan Local de Empleo irá destinado a personas desempleadas que pertenezcan al colectivo de parados de larga duración, priorizándose los siguientes sectores de población: • •

Mujeres víctimas de violencia de género Parados de larga duración mayores de 45 años

4. REQUISITOS GENERALES Además de los requisitos de acceso en cuanto a titulación, permisos de conducción y edad, en su caso, previstos en la base segunda, todas las personas solicitantes deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y mantenerse a la fecha de inicio del contrato, los siguientes requisitos comunes a todos los puestos: a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 57) y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros/as en España y su integración social” que establece en su artículo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios del igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública. b) Tener dieciséis años cumplidos y no exceder el límite de edad previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local, de conformidad con la legislación vigente (en aquellos casos en que se efectúe reserva de puesto para mayores de 45 años, ésta será la edad mínima requerida a fecha 21 de diciembre de 2015 ) c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar. d) Las personas con discapacidad funcional deberán acreditar la compatibilidad funcional para el puesto de trabajo mediante certificación del organismo o entidad calificadora de las incapacidades, junto con el certificado de que ostentan la condición legal de discapacitados, no pudiendo ser contratadas en el supuesto de informe desfavorable del organismo correspondiente o del servicio médico. e) No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas. 5. REQUISITOS ESPECIFICOS En virtud de lo establecido en la convocatoria 2015 de concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado de Asturias en materias del ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias , además de los requisitos previstos en las bases segunda y cuarta, las personas aspirantes deberán de cumplir a la fecha de formalización del contrato (fecha prevista :según la ocupación, entre el 21 y el 30 de diciembre de 2015) los siguientes requisitos específicos: a) Estar desempleada y pertenecer al colectivo de Parados/as de larga duración. A los efectos de esta convocatoria, se consideran paradas de larga duración las personas que en los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de formalización del contrato, no hayan estado ocupadas más de noventa y tres días .Para el cómputo de días se tendrán en cuenta las fechas de alta y de baja que figuren en el informe de vida laboral. En los supuestos de jornada a tiempo parcial se tendrá en cuenta el equivalente en días trabajados que bajo tal epígrafe figure en el certificado de vida laboral. A tales efectos se computarán también las fechas de alta y baja en la cotización, aún cuando sea en el

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concepto de prácticas, cuidado de personas dependientes, vacaciones no disfrutadas y otras circunstancias similares que den lugar a cotización y que se asimilan a períodos de actividad laboral. b) No ser perceptoras de prestación por desempleo de nivel contributivo. c) Estar inscritos/as como demandantes de empleo no ocupados/as en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias . d) No haber tenido una relación laboral con el Ayuntamiento, la Fundación Municipal de Cultura o el Patronato Municipal de Deportes de Siero, de duración superior a cuatro meses, que hubiera sido subvencionada por el Principado de Asturias al amparo de: •



La convocatoria de 2013 de concesión de subvenciones con destino a entidades locales del Principado de Asturias en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias en la siguiente línea de actuación: Planes Locales de Empleo (convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo de 22 de mayo de 2013, Boletín Oficial del Principado de Asturias de 27 de mayo) La convocatoria de 2014 de concesión de subvenciones con destino a Entidades Locales del Principado de Asturias en materias del ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias en la siguiente línea de actuación: Planes Locales de Empleo (convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias de 5 de junio de 2014, Boletín Oficial del Principado de Asturias de 13 de junio)

6.FUNCIONES Las funciones que corresponda desempeñar a las personas contratadas serán aquéllas que resulten adecuadas y conformes a sus respectivas categorías profesionales, siguiendo al efecto las órdenes e instrucciones del personal que ejerza la jefatura en los respectivos departamentos municipales en los que presten sus servicios y dentro del ámbito de los proyectos para los que se realiza la oferta, que se describen a continuación.

Proyecto/s

Funciones Estudio del funcionamiento interno de las instalaciones deportivas del Patronato Deportivo Municipal y Acción1.Estudio del funcionamiento interno de las propuesta de mejora (Reglamento de Régimen Interno del Patronato Municipal de Deportes) así instalaciones deportivas del Patronato Deportivo como con relación a la oferta de actividades deportivas. Organización de eventos municipales Municipal y propuesta de mejora. deportivos ocasionales. Acción 2.Programa de eficiencia energética, Redacción de proyectos e informes para la implantación y contratación de medidas de ahorro energías limpias energético en edificios e instalaciones municipales. Campaña de sensibilización. Redacción de Proyectos de saneamiento en diversos zonas de municipio carentes del servicio, como Acción 3. Redacción de Proyectos de la posterior asistencia técnica a la Dirección de obra municipal en las labores de vigilancia, Saneamiento y Depuración para ampliación y comprobación y control de ejecución de estas obras de saneamiento. mejora de los sistemas de saneamiento del Entre los Proyectos planificados se encuentran: Saneamiento de Llames en Granda, Proyecto de municipio. modificación del aliviadero de Folgueras para su puesta en servicio, Saneamiento de Tiñana, Saneamiento de Tiroco de Arriba, Saneamiento de Faes en Valdesoto, Saneamiento del area industrial de La Meana en Argüelles. Toma de datos de campo y tratamiento de los mismos en relación a la actualización del Inventario de Caminos Municipales. Acción 4.Inventario Municipal de Caminos Elaboración de informes relativos a reclamaciones o alegaciones relativos a dicho inventario. Colaboración con el servicio de Topografía municipal en asuntos relacionados con caminos y otros bienes municipales. Diseño de materiales y de proyectos turísticos del concejo. Atención e información a turistas y visitantes. Acción 5.Dinamización turística del Concejo Asistencia a stand institucional en eventos de promoción turística del concejo. Las propias del certificado de profesionalidad.

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Acción 6.Programa de optimización de las redes informáticas municipales

Acción 7.Plan de choque para mejora de la eficiencia del alumbrado público, redes municipales e instalaciones de aguas.

Acción 8.Pintura exterior e interior de varias escuelas municipales desafectados del uso docente , quiosco de la música, colegios y mercado de ganado. Acción9 . Catálogo de árboles notables del concejo Acción 10.Programa de Medio Ambiente y Gestión de Residuos Acción 11.Informatización y digitalización del archivo histórico de la primera mitad del siglo XIX. Acción 12.Realización de inventario de instalaciones de alumbrado y puntos de luz en la zona rural del concejo. Realización de inventario de antenas de telefonía en el concejo

Instalar y configurar software básico y de aplicación, redes locales cableadas, inalámbricas o mixtas y conectadas a redes públicas. Instalar, configurar y mantener servicios multiusuario, aplicaciones y dispositivos compartidos en un entorno de red local. Montar y configurar ordenadores y periféricos. Determinar la logística asociada a las operaciones de instalación, configuración y mantenimiento de sistemas microinformáticos. Diagnosticar disfunciones en sistemas microinformáticos y redes mediante pruebas funcionales. Replantear el cableado y la electrónica de redes locales en pequeños entornos y su conexión con redes de área extensa. Ejecutar procedimientos establecidos de recuperación de datos y aplicaciones ante fallos y pérdidas de datos en el sistema. Mantenimiento y actualización de páginas web. Asistencia en herramientas ofimáticas. Poda selectiva de ejemplares arbóreos que impidan la eficiencia de las luminarias así como el roce con el cableado aéreo. Limpieza y acondicionamiento de puntos de luz y elementos auxiliares. Adecuación de las parcelas en las que se ubican los depósitos municipales de aguas e instalaciones de la red de aguas. Realización de labores propias de la poda y limpieza de toda clase de árboles y palmeras con trepa o medios mecánicos Siega del césped. Transporte, carga y descarga de planta o cualquier otro género. Recogida de elementos vegetales (ramas, hojas, césped, etc.). Limpieza y mantenimiento de las maquinas y herramientas que utilice para la realización de su trabajo. Preparar el soporte para pintar o empapelar. Aplicar pintura sobre cualquier tipo de superficie .Empapelar. De entre los candidatos, el oficial pintor con más puntuación en la fase de oposición del proceso selectivo ejercerá de responsable del grupo, siendo sus funciones organizar el trabajo, materiales, medios y equipos. Toma de datos de campo y tratamiento de los mismos para la realización de un catálogo de árboles notables del concejo. Realización de fichas de identificación botánicas de cada ejemplar, recogidas por parroquias. Elaboración de mapas de ubicación y redacción de materiales para realizar una publicación con el resultado del trabajo. Desarrollo de un programa de gestión medioambiental y de gestión de residuos, contaminación ambiental, realización de campañas de sensibilización, formación e información en colegios, asociaciones, etc. Redacción de proyectos de adecuación de instalaciones. Valoración, descripción, informatización y digitalización de expedientes del archivo histórico de la primera mitad del siglo XIX.

Realización de trabajo de campo para comprobar situación, estado y características de las luminarias . Ubicación y dibujo en planos de las instalaciones y señalización de las mismas. Ubicación y dibujo en planos de las antenas y señalización de las mismas. Comprobación de la realización de demoliciones de antenas. Solicitar al archivo las segregaciones. Examinar la documentación. Dibujar en autocad map aquella Acción 13.Recopilación de documentos de que no tuviera soporte gráfico (la mayoría de las tramitadas), escanear y montar los planos y preparar segregación tramitados de 2006 a 2014 y la documentación (gráfica y escrita) en pdf. Trasladar la documentación a Local Gis. Preparar un preparación de esta en soporte gráfico para documento final con todo el trabajo realizado, en formato .dwg, .shp y .pdf. generar los planos en autocad map y Local GIS

7.PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. Las presentes bases, previa autorización de las mismas por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, se publicarán en TRABAJASTUR, los Tablones de Edictos del Ayuntamiento de Siero, en su página web (www.ayto-siero.es) y en las oficinas del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias de Siero. Las solicitudes de admisión al proceso de selección, que irán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Siero y en las que se hará constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, se formularán en modelo Anexo I. Las solicitudes se presentarán:  

En las oficinas de registro del Ayuntamiento de Siero (La Pola Siero, Lugones y La Fresneda) o en la Sede Electrónica www.ayto-siero.es; Según lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan b) En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las

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Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Cuando la solicitud se presente a través de otros registros, los/as solicitantes deberán remitir el documento de registro de entrada en otro organismo al Fax del Registro del Ayuntamiento de Siero (nº 985 725 042), antes de que finalice el plazo de presentación de instancias, para reclamar dichas solicitudes si no fuesen remitidas al Ayuntamiento de Siero en el momento de confeccionar la lista de admitidos y excluidos . Las solicitudes se presentarán desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en los Tablones de Edictos del Ayuntamiento de Siero y hasta el 26 de noviembre inclusive. A la instancia de solicitud se acompañará necesariamente la siguiente documentación, que habrá de presentarse mediante originales o fotocopias acompañadas de original para compulsa, o copias compulsadas por notario o funcionario competente: 1) Documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de residencia en vigor. 2) Titulación requerida en las bases (titulación universitaria, formación profesional, certificado de profesionalidad o título de formación ocupacional de más de 400 horas). 3) Permiso de conducción, para las ocupaciones en las que se solicita dicho requisito. 4) Para las ocupaciones en las que se requiere experiencia laboral, copia de nómina o certificado de empresa en la que figure la categoría laboral solicitada o alta en el I.A.E. en el epígrafe correspondiente. Para valorar las circunstancias personales en la fase de concurso: 5) En el caso de que alegue ser víctima de violencia de género, deberá presentar alguno de los siguientes documentos: Resolución judicial acreditativa de la existencia de episodios de violencia de género Orden de protección dictada a favor de la víctima Informe de la Consejería competente en materia de igualdad, o de otros organismos públicos que certifiquen la existencia de episodios de violencia de género. Deberá incluir un plan individual de atención, elaborado por un órgano competente, en el cual se concreten los apoyos destinados a dichas víctimas Al efecto, tanto la resolución judicial como la orden de protección tendrán que haber recaído en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Igualmente el informe de acreditación, habrá de ser realizado dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.   

6) En el caso de acreditar discapacidad: Fotocopia compulsada del Certificado acreditativo de la discapacidad igual o superior al 33%, expedido por el IMSERSO u Organismo Autónomo equivalente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.(bases FACC) La presentación de los documentos previstos en esta base, apartados 1 al 4, es imprescindible para la valoración de la participación de los/las aspirantes en el proceso de selección, figurando excluidas de la lista de inscritos/as quienes no los aporten junto con la solicitud. Los documentos previstos en la cláusula cuarta, apartados 5 y 6 se deberán de presentar necesariamente para poder valorar las circunstancias personales de la fase de concurso, entendiéndose que la persona solicitante renuncia al baremo de los puntos correspondientes si no presenta la documentación prevista como valorable.

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Los/las aspirantes con discapacidad que soliciten las adaptaciones necesarias para la realización de las pruebas, deberán hacerlo constar junto con la instancia de solicitud, mediante escrito en el que manifiesten las necesidades específicas que tengan para acceder y desarrollar el proceso de selección. A dicha solicitud deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, que acredite de forma fehaciente las deficiencias que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido. La adaptación de tiempos no se otorgará de forma automática, debiendo valorarse que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar. 8.TRÁMITE DE ADMISIÓN. Expirado el plazo de presentación de instancias, se publicará a la mayor brevedad en el Tablero de Edictos del Ayuntamiento de Siero la lista provisional de inscritos/as al proceso de selección, sin que el hecho de figurar en dicha lista implique el reconocimiento por el Ayuntamiento de Siero del cumplimiento de los requisitos de acceso. La inclusión en la lista de inscritos/as implica (salvo error) que se ha comprobado que el/la aspirante está en posesión de la titulación o experiencia laboral exigida, del permiso de conducir - cuando así se pida-, que tiene la edad requerida -en el caso de optar a las plazas con reserva a mayores de 45 años. La comprobación del cumplimiento del resto de condiciones requeridas en las bases solo se valorará a quienes, como consecuencia del proceso selectivo, resulten propuestos/as para su contratación. En el plazo de 3 días hábiles desde su publicación se podrá reclamar contra las exclusiones u omisiones, elevándose la lista a definitiva una vez transcurrido el mencionado plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas. 9.- ORGANO DE SELECCIÓN A efectos de proceder a la selección de los trabajadores/as, se constituirán, las Comisiones de Selección, cuya composición se publicará en los Tablones de Edictos y página web municipales, con una antelación mínima de tres días a la fecha de celebración de cada una de las respectivas pruebas. Contra los integrantes de las citadas Comisiones podrán presentarse las recusaciones pertinentes, de concurrir causa legal al efecto. 1. Las Comisiones de Selección estarán formadas por los siguientes miembros: •

Presidente/a: El Secretario del Ayuntamiento, como titular, nombrándose dos suplentes de entre el personal municipal. • Secretario/a: Un Técnico/a de Administración General, como titular, nombrándose dos suplentes de entre el personal municipal. • Vocales: Mínimo de dos y máximo de cuatro personas, técnicas o especialistas en la materia, en función de los puestos objeto de la convocatoria, designadas por el Alcalde, que en todo caso deberán de tener titulación igual o superior a la requerida para acceder al puesto de que se trate. En la composición de dicha Comisión se tenderá a que sea equilibrada entre ambos sexos, salvo razones debidamente fundadas y objetivas. 2.- Para que el órgano de selección pueda constituirse válidamente y actuar, habrán de estar presentes, al menos, la mitad más uno de sus miembros, y en todo caso el Presidente/a y el Secretario/a. 3.- El órgano de selección está facultado para resolver cualquier incidencia no prevista en estas bases o en la legislación aplicable, tomando los acuerdos necesarios para el cumplimiento de lo prevenido en ellas y en la normativa complementaria

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4.-El órgano de selección deberá resolver cualquier reclamación que no tenga carácter de recurso, siempre que se formule ante el mismo antes de su disolución. Asimismo deberá facilitar a los aspirantes que lo soliciten, la posibilidad de revisar sus exámenes escritos, revisión que habrá de tener lugar en presencia de un empleado municipal y en el plazo máximo de tres días a contar desde la publicación de los resultados de la prueba de que se trate. 5.- El órgano de selección queda facultado para adoptar las medidas necesarias para el mantenimiento del orden y la buena marcha del proceso selectivo, incluida la descalificación y expulsión de aquellos aspirantes que vulneren las leyes, las bases de la convocatoria o se conduzcan de modo que incurran en abuso, fraude o falta de respeto a la Comisión de selección. 6.-El régimen de recursos contra los actos y acuerdos adoptado, será el establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 10.SELECCIÓN. El sistema de acceso para participar en los procesos de selección para la formación de las correspondientes Bolsas de Empleo a las que se refiere la base primera, será: A. Fase de oposición: La selección en esta fase consistirá en la realización de una prueba de aptitud teórica y/o un supuesto práctico, a elección de la Comisión de selección, relacionadas con las funciones a desempeñar en el ámbito de los proyectos a desarrollar en cada caso, y con el temario correspondiente. Las fechas, hora y lugar de realización de las pruebas se publicarán en el Tablero de Edictos del Ayuntamiento de Siero con una antelación mínima de tres días naturales a la fecha de celebración de cada una de las respectivas pruebas. En el caso de que la Comisión de Selección opte por la realización de una prueba teórica, esta estará compuesta de uno o varios ejercicios, que podrán ser de tipo test y versar sobre: • • •

Conocimiento del municipio de Siero. Conocimientos en materia de igualdad de oportunidades . A tales efectos se publicará en la página web para su consulta un tema sobre Conceptos clave en igualdad de oportunidades y perspectiva de género, sobre el que podrá recaer alguna pregunta. Conocimientos específicos de la ocupación. Los conocimientos específicos, en su caso, deberán de versar sobre los temas descritos en el anexo II para cada especialidad.

Para superar la prueba de aptitud correspondiente, los/las participantes deberán obtener una puntuación mínima de cinco puntos sobre un máximo de diez para ser declarados/as APTOS/AS. Las personas que no alcancen dicha puntuación serán declaradas NO APTAS, finalizando su participación en el proceso selectivo. No obstante, el órgano de selección podrá acordar rebajar el mínimo exigido para superar la prueba, en aquellos casos en que no existan candidatos/as o éstos/as sean insuficientes para continuar o concluir el proceso de selección. La convocatoria para la realización de la prueba se efectuará en llamamiento único, quedando eliminados quienes no comparecieran, salvo causa de fuerza mayor, acreditada, que apreciará la Comisión de Selección, resolviendo lo que proceda. La Comisión podrá decidir que los ejercicios escritos sean leídos públicamente por los aspirantes una vez finalizada su realización y en las fechas y horas en que disponga.

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B. Fase de Concurso: Baremo de circunstancias personales. A los/las aspirantes que superen la fase de oposición, se les sumará, a la nota resultante de la realización de las pruebas de aptitud, la puntuación que obtengan en la Fase de Concurso, por haberla acreditado documentalmente en el momento de realizar la solicitud de participación en el proceso selectivo, a excepción del certificado de empadronamiento en Siero que se comprobará de oficio, conforme al siguiente baremo: • 2 puntos por ser mujer víctima de violencia de género • 1, 4 puntos por ser mayores de 45 años a 21 de diciembre de 2015 (solamente en aquellos casos en que no sea requisito de participación). • 1 punto por estar empadronado/a en el concejo de Siero a 25 de junio de 2015 . • 0,6 puntos por ser persona con discapacidad Finalizada la puntuación de ambas Fases se procederá a relacionar a los/las aspirantes por orden decreciente de puntuación. En el caso de producirse empate se resolverá a favor de los/las aspirantes que se encuentren en las condiciones que se indican a continuación y en el orden que se señala: 1- Quien lleve más tiempo en situación de desempleo, a fecha de finalización del plazo de presentación de instancias , a cuyo efecto se atenderá a la última fecha de baja en la cotización a la Seguridad Social, en cualquier régimen o situación de cotización, circunstancia que se acreditará con el informe de vida laboral en el que figuren los periodos de inscripción (A tales efectos la cotización por prácticas, cuidado de dependientes, vacaciones no disfrutadas y otras circunstancias de cotización similares se consideraran como periodos de alta a los efectos de esta convocatoria). 2 - Quien tenga más edad De persistir el empate una vez aplicados los anteriores criterios se resolverá por sorteo, que será público, a cuyos efectos se publicará en el tablón de edictos resolución indicando la fecha, hora y lugar de celebración del mismo para conocimiento de los/las aspirantes. La puntuación obtenida en ambas fases será publicada en los Tablones de anuncios del Ayuntamiento, con propuesta concreta a favor de los/las aspirantes seleccionados para ser contratados/as. El hecho de presentar la solicitud de participación, e incluso de superar las pruebas, no creará derecho alguno al aspirante seleccionado/a en caso de incumplimiento de requisitos o de observarse inexactitud o falsedad en la documentación aportada. 11.- CONTRATACIÓN. Los contratos que se formalicen serán de un año de duración, como contratos temporales y jornada a tiempo completo, bajo una modalidad de contrato laboral de duración determinada con las cláusulas específicas de “trabajos de interés social”, resultando de aplicación el convenio colectivo suscrito al efecto por la Federación Asturiana de Concejos y los sindicatos firmantes del Acuerdo por el Empleo y el Progreso de Asturias (AEPA) 2013-2015. Si no se pudiera finalizar el proceso de selección y comprobar la documentación para tener formalizados los contratos a 30 de diciembre de 2015, fecha máxima del periodo de coste elegible de la subvención, salvo que se amplíe por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias el periodo de coste elegible, los contratos , con carácter excepcional y previa autorización expresa del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias , se podrán celebrar por un periodo inferior al año. Así mismo, si finalizado el proceso selectivo, no pudiera llegarse al cumplimiento de la reserva global establecida de 17 personas mayores de 45 años, se podrán incrementar las plazas en la misma u otras ocupaciones en las que haya personas mayores de 45 años en lista de reserva que hayan superado la

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fase de oposición o declararlas desiertas y abrir un nuevo proceso selectivo para otras ocupaciones y proyectos. Quien sea llamado/a para formalizar contrato de trabajo deberá aportar la siguiente documentación acreditativa de las condiciones declaradas, en el plazo que se le indique al efecto: •

Si el/la propuesto/a alegase una minusvalía o discapacidad, la compatibilidad y capacidad funcional se acreditarán mediante certificación del Instituto Nacional de Servicios Sociales u organismo que haya asumido su competencia en la materia.



Copia de la tarjeta de demandante de empleo en la que figure inscrito como demandante de empleo no ocupado/a en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias a la fecha de formalización del contrato.



Para el cumplimiento del requisito de ser parado de larga duración conforme a lo establecido en estas bases, Informe de vida laboral actualizado a la fecha de formalización del contrato.



Certificado de no ser perceptor de prestación por desempleo de nivel contributivo a la fecha de formalización del contrato.



Autorización firmada para que la Administración del Principado de Asturias recabe a través de la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas o a través de otros sistemas que se establezcan, la consulta de la vida laboral del trabajador a la Tesorería General de la Seguridad Social, así como declaración de la cofinanciación del proyecto y el compromiso de facilitar la información precisa para elaborar los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 1304/2013



Certificado médico expedido por la Mutua o Entidad sanitaria que designe el Ayuntamiento, acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño del puesto de trabajo para el que se le contrata. Si a la fecha de formalización del contrato, no se dispusiese de este documento, si una vez obtenido el mismo, el resultado concluyese que el seleccionado no resulte apto para el desempeño de sus funciones, se entenderá no superado el periodo de prueba establecido en el contrato.



Cualquier otra documentación que determine el ayuntamiento en función del puesto a cubrir.

Teniendo como fecha prevista de inicio de contrato entre el día 20 y el 30 de diciembre de 2015 y en función del periodo subvencionable de estos contratos (hasta el 30 de diciembre de 2016), la documentación que se requiere para la formalización del contrato a fin de poder verificar el cumplimiento de requisitos exigidos en las bases y las fechas en la que se produce la contratación, es necesario que quien cumpla con los requisitos para ser contratado en el momento en el que se compruebe los mismos por el Ayuntamiento, los mantenga a la fecha de inicio del contrato, debiendo obtener nuevamente el día de inicio de contrato, si los hubieses aportado con anterioridad, los certificados siguientes: informes relativos a la inscripción como parado no ocupado del Servicio Público de Empleo, Informe de vida laboral y Certificado de no ser perceptor de prestación por desempleo de nivel contributivo. Cualquier ocultación de circunstancias sobrevenidas a la fecha de expedición de estos documentos y que origine su ineficacia será causa de revisión de la propuesta de contratación, conforme al Título VII de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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12. LEGISLACIÓN SUPLETORIA. En todo lo no previsto en las presentes bases será de aplicación en primer lugar el convenio colectivo suscrito entre la Federación Asturiana de Concejos y los agentes sociales, el Estatuto de los Trabajadores (RDL 1/1995), el Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007) y demás legislación que resulte de aplicación. 13.RECURSOS Esta convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas, así como cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y la actuación de los interesados/as, en los casos y la forma prevista en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra las resoluciones y actos de los tribunales y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrán interponerse recurso de Alzada ante el órgano competente de la Entidad Local. 14- COFINANCIACION Las contrataciones realizadas al amparo de las presentes bases reguladoras son objeto de cofinanciación por el Servicio Público del Principado de Asturias (20%) y el Fondo Social Europeo (80%) para el periodo 2014-2020 en el marco del Programa Operativo del Principado de Asturias 2014-2020 (2014ES05SFOP004). ***********************************************************************************************************

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Anexo I: INSTANCIA TIPO PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE BOLSA DE EMPLEO PARA VARIOS PUESTOS DENTRO DEL PLAN DE EMPLEO LOCAL 2015/2016 APELLIDOS Y NOMBRE:

D.N.I.:

EDAD A 21/12/2015 : FECHA DE NACIMIENTO:

DOMICILIO (CALLE O PLAZA):

LOCALIDAD:

TELÉFONO MÓVIL:

E-MAIL:

C.P.:

TELÉFONO :

MUNICIPIO DE EMPADRONAMIENTO (a 25 de junio de 2015): PUESTO QUE SOLICITA:

La persona solicitante: DECLARA: Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases 2 y 4 de la convocatoria a la fecha de presentación de instancias y que reunirá en la fecha de inicio del contrato (fecha prevista :según la ocupación, entre el 21 y el 30 de diciembre de 2015) los establecidos en la Base 5. Asimismo declara no haber sido separada mediante expediente administrativo (disciplinario) del servicio de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme ni hallarse incursa en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo y por el presente documento

SOLICITA: Su admisión para participar en el proceso selectivo para el puesto referenciado, declarando que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones exigidas para ingresar al servicio de la Administración y las especialmente señaladas en las bases de la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente el cumplimiento de los requisitos previstos en las bases en el caso de resultar propuesto para contratación, declarando conocer que en otro caso la propuesta quedará sin efecto. Declara asimismo que: •

He comprobado en mi Informe de la Seguridad Social de vida laboral que en los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de formalización del contrato no ha estado o no va a estar ocupado/a más de 93 días. (A los efectos anteriores, para el cómputo de los días se tendrá en cuenta las fechas de alta y baja que figuran en el informe de vida laboral. En los supuestos de jornada a tiempo parcial, se tendrá en cuenta el equivalente en días trabajados que bajo tal epígrafe figuran en el certificado de vida laboral.)



He comprobado que a la fecha de inicio del contrato, no soy o no voy a ser perceptor de prestación por desempleo de nivel contributivo.



He comprobado que no he tenido una relación laboral con el Ayuntamiento de Siero ni sus órganos autónomos de duración superior a cuatro meses que hubiera sido subvencionada por el Principado de

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Asturias al amparo de las Convocatorias de 2013 y de 2014 de concesión de subvenciones con destino a entidades locales del Principado de Asturias en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias en la siguiente línea de actuación: Planes Locales de Empleo. DOCUMENTACION A APORTAR documentación aportada):

NECESARIAMENTE JUNTO CON LA SOLICITUD (marcar la

Documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de residencia en vigor. Titulación requerida en las bases, para las ocupaciones en las que se solicita dicho requisito. Permiso de conducción, para las ocupaciones en las que se solicita dicho requisito. Para las ocupaciones en las que se requiere experiencia laboral, copia de nómina o certificado de empresa en la que figure la categoría laboral solicitada o alta en el I.A.E. en el epígrafe correspondiente. I

DOCUMENTACIÓN PARA REALIZAR LA BAREMACIÓN (marcar la documentación aportada): En el caso de que acredite ser víctima de violencia de género, documento acreditativo según lo previsto en la base cuarta. En el caso de acreditar discapacidad: Fotocopia compulsada del Certificado acreditativo de la discapacidad igual o superior al 33% de la persona solicitante, expedido por el IMSERSO u Organismo Autónomo equivalente. AUTORIZACIÓN: La documentación requerida para la celebración del contrato deberá ser aportada por el interesado. No obstante, en caso de ser necesario para poder comprobar el cumplimiento de requisitos, por el presente documento, autorizo al Ayuntamiento de Siero para solicitar al SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL la certificación de datos necesarios en relación con mis derechos a prestaciones por desempleo , al SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS la certificación de estar inscrito/a como demandante de empleo no ocupado/a en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, y a la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL para solicitar el informe de vida laboral , en el caso de resultar propuesto para contratación, así como para solicitar dicho informe transcurrido el plazo de un año de la contratación en el Ayuntamiento de Siero para realizar una evaluación de su inserción laboral tras el paso por el Programa. En

................................. a ........ de noviembre de 2015.

Fdo: .......................................................................

AL ALCALDE PRESIDENTE DE SIERO De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, el Ayuntamiento de Siero, le informa que los datos de carácter personal que nos facilite, serán incorporados a un fichero titularidad de dicha entidad, cuya finalidad es servir como fuente de información interna y externa. Se le reconoce la posibilidad de ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos previstos en dicha ley, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Siero

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Ayuntamiento de Siero. PLAN DE EMPLEO LOCAL 2015-2016

Anexo II: Contenido de los ejercicios teóricos específicos para la selección de personal del plan de empleo 2015-2016. -

Proyecto/s

Contenidos específicos 1.Las instalaciones deportivas municipales adscritas al Patronato Deportivo Municipal de Siero. Características y equipamiento. 2.La programación deportiva municipal. Actividades continuas y eventos deportivos. Acción 1.Estudio del funcionamiento 3.Ordenanza fiscal nº 22 reguladora de las tasas por prestación de servicios por el Patronato interno de las instalaciones deportivas Deportivo Municipal y uso de instalaciones deportivas municipales. del Patronato Deportivo Municipal y 4.Estatutos del Patronato Deportivo Municipal de Siero. propuesta de mejora 5.Convenio colectivo del Patronato Deportivo Municipal de Siero. 6.La constitución española. Principios Generales 7. La Ley de Bases de Régimen Local. Principios Generales de organización y funcionamiento de las Administraciones Locales. 1.Abastecimiento de agua a poblaciones a.Necesidades y consumos, criterios de dimensionamiento, tipos de captaciones, capacidad de los depósitos, técnicas de potabilización. b.Conducciones en presión, tipos y materiales de tuberías, normativa vigente, cálculo y diseño de redes de distribución, elementos de la red (valvulería, desagües, ventosas, hidrantes, bocas de riego, etc.). 2.Red de saneamiento de aguas residuales a.Esquema de una red, tipos y elementos constitutivos, materiales de tuberías. Acción 2.Programa de eficiencia b.Calculo y dimensionamiento de la red, cálculo de caudales, criterios generales de diseño. energética, energías limpias c.Técnicas de depuración de aguas residuales, en especial depuración biológica. 3.Redacción de proyecto de obra (Abastecimientos de agua y red de saneamientos de aguas Acción 3.Redacción de Proyectos de residuales) Saneamiento y Depuración para a.Elaboración documentos de un Proyecto (Memoria, Delineación Planos, Pliego de ampliación y mejora de los sistemas de Prescripciones Técnicas y Presupuesto) saneamiento del municipio b.Medición y Presupuesto 4.Instalaciones de calefacción, climatización y ACS. Reglamento de instalaciones térmicas en edificios. Proyecto y ejecución de obras de calefacción, climatización y ACS. 5.Instalaciones eléctricas de baja tensión. Reglamento electrotécnico de baja tensión. Proyecto y ejecución de obras de instalaciones eléctricas de baja tensión. 6.Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica de los edificios. Código técnico de la edificación. Proyecto y ejecución de obras de mejora de edificios 7.La constitución española. Principios Generales 1.Conocimiento del Concejo de Siero. Parroquias, vías de comunicación, pueblos, límites municipales, etc. 2.Herramientas informáticas: AutoCAd, AutoCad Map, Base de datos ( Microsoft Access). 3.Manejo de planos y cálculos sobre ellos. Acción 4. Inventario de caminos 4.Métodos topográfios (GPS, polígonales, radiación, intersecciones, nivelaciones..). 5.La constitución española. Principios Generales 6. La Ley de Bases de Régimen Local. Principios Generales de organización y funcionamiento de las Administraciones Locales

Acción 5. Dinamización turística del Concejo

Acción 6. Programa de optimización de las redes informáticas municipales

1.Principales recursos turísticos y atractivos de Asturias. Ubicación geográfica de los mismos en el mapa de Asturias. 2. Principales recursos turísticos y atractivos de Siero. Ubicación geográfica de los mismos en el mapa de Asturias y de Siero. 3. La constitución española. Principios Generales 4. La Ley de Bases de Régimen Local. Principios Generales de organización y funcionamiento de las Administraciones Locales. 1.- Ofimática. Microsoft Word, Excel, Access, Outlook. 2.- Sistemas operativos en red: Servicios de Directorio Activo. 3.- Redes y estructura de computadores. 4.- Administración y configuración de servicios Web. 5.-La constitución española. Principios Generales. 6.-La Ley de Bases de Régimen Local. Principios Generales de organización y funcionamiento de las Administraciones Locales

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Acción 7.Plan de choque para mejora de la eficiencia del alumbrado público, redes municipales e instalaciones de aguas.

Técnico en poda arbórea

1.Conocimientos sobre cultura general (lengua, matemáticas, geografía, historia, etc), 2.Seguridad e higiene. 3.Equipos de trabajo y equipos de protección individual. 4. Herramientas y maquinaria utilizada en jardinería. 5.La constitución española. Principios Generales 6. La Ley de Bases de Régimen Local. Principios Generales de organización y funcionamiento de las Administraciones Locales

Oficiales jardinería

Acción 8.Pintura exterior e interior de varias escuelas municipales desafectados del uso docente, quiosco de la música, aulas en colegios y mercado de ganado.

Acción 9.Catálogo de árboles notables Acción 10.Programa de Medio Ambiente y Gestión de Residuos

Acción 11. Informatización y digitalización del archivo histórico municipal de la primera mitad del siglo XIX.

Acción 12. Ínventario de instalaciones de alumbrado y puntos de luz en la zona rural del concejo. Inventario de antenas de telefonía. Acción 13. Recopilación documentos segregación 2006/2014.Generación soporte gráfico.

1.Conocimientos sobre cultura general (lengua, matemáticas, geografía, historia, etc), 2.Seguridad e higiene. 3.Equipos de trabajo y equipos de protección individual. 4. Herramientas y maquinaria utilizada en jardinería. 5.La constitución española. Principios Generales 6. La Ley de Bases de Régimen Local. Principios Generales de organización y funcionamiento de las Administraciones Locales 1.Conocimientos sobre cultura general (lengua, matemáticas, geografía, historia, etc). 2.Seguridad e higiene. 3.Equipos de trabajo y equipos de protección individual. 4. Herramientas y maquinaria utilizada en pintura. 5.La constitución española. Principios Generales 6. La Ley de Bases de Régimen Local. Principios Generales de organización y funcionamiento de las Administraciones Locales 1.-Ley 22/11 de Residuos y Suelos Contaminados. 2;- Gestión de residuos tóxicos y/o peligrosos 3;- Ley 16/2002 de prevención y control integrados de la contaminación. 4,- Ley 3/2004 de Montes y Ordenación Forestal y su modificación por Ley 10/2006. 5;-Vías y Caminos del término Municipal de Siero. Localidades y parroquias del concejo. 6;-Catálogo de especies amenazadas de flora del Principado de Asturias y Normas para su protección 7.La constitución española. Principios Generales 1.Organización de un archivo: Identificación, clasificación, ordenación, descripción. 2.Los instrumentos de descripción documental. 3. La norma ISAD (G). 4.Gestion de documentos.La norma ISO 15489. 5.La constitución española. Principios Generales. 6. La Ley de Bases de Régimen Local. Principios Generales de organización y funcionamiento de las Administraciones Locales. 1.Plan General de Ordenación Urbana de Siero; Colección de Planos, Interpretacion, Simbología, Clasificación y Calificaciones del suelo. 2.Condiciones para proyectos de Urbanización en Siero. (BOPA 10-V-2007) 3.Informática y Dibujo; Formatos de archivo en sistemas de CAD y GIS, Escalas, Unidades de entrada y Unidades de salida, Capas, Periféricos para edición de planos. Resolución, Formatos raster y vectoriales. 4.Recursos Cartográficos; Ortofotografía, Imágenes de satélite, Recursos Web Map Service, EIEL (Encuesta de Infraestructura y Equipamientos locales). Cartografía 1:5000 del Mapa Topográfico de Asturias. Sistemas de Referencia, Proyección UTM. Traslado de información de soporte papel a formato digital 5. La constitución española. Principios Generales 6. La Ley de Bases de Régimen Local. Principios Generales de organización y funcionamiento de las Administraciones Locales

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