ARGENTINA LA LEY DE MEDIOS

ARGENTINA LA LEY DE MEDIOS SITUACIÓN ACTUAL La ley de medios: sancionada en 2009 El conflicto: Gobierno vs. Grupo Clarín En la causa judicial: 3 per...
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ARGENTINA LA LEY DE MEDIOS

SITUACIÓN ACTUAL La ley de medios: sancionada en 2009 El conflicto: Gobierno vs. Grupo Clarín En la causa judicial: 3 peritos de oficio El juez omitió evaluar los peritajes El juez declaró constitucional la ley Apelación – Cámara Federal – Corte Suprema

CLIMA DE OPRESIÓN Campañas contra medios/periodistas (371 ataques) Persecución por organismos oficiales (AFIP, UIF, CNV). Inversión estatal en política comunicacional (u$s 1800 millones) Distribución discrecional de publicidad (2003/12: creció 1300 %). El Gobierno controla 80 % de los medios (son independientes 1/5 canales analógicos; 1/31 canales digitales; 1/7 señales de noticias; 80 % emisoras AM y FM). En forma directa y empresarios amigos. Fútbol para Todos (u$s 250 millones). Instalación de estaciones digitales y antenas (u$s 1000 millones). Señales de TV Digital: no se hicieron concursos. Son oficialistas. Ataques a Papel Prensa. Nueva ley de mercado de capitales. Prohibición a empresas de anunciar ofertas de precios. Ataque final: fuerte escalada contra la Justicia.

ART. 45 – MÚLTIPLES LICENCIAS Beneficia a medios estatales, paraestatales y extranjeros / perjudica a los privados. Los medios estatales pueden alcanzar el 100 % del país; un privado, 35 %. (En Bs. As. 39 % población argentina). Es un límite a las cadenas de TV (no se permiten repetidoras-afiliadas) Con 1 licencia, las empresas de telecomunicaciones y satelitales pueden cubrir todo el país (2200 localidades), mientras que un cable sólo puede poseer 24 licencias (1 por ciento). 1 canal de TV abierta sólo pueden tener 1 señal audiovisual. 1 cable sólo puede producir una señal de generación propia. No hay razón técnica ni competitiva para limitar producción de señales. Menos pluralidad. Desigualdad: los extranjeros -no producen informativos locales-, pueden superar ese límite. Límites locales: 1 licencia TV abierta no puede tener 1 licencia de cable en la misma área. Separa producción de contenidos y su distribución. Va a contramano: Fox y Direct TV; Globo y Net. Objetivo: ¿provocar que el GC se desprenda en la Bs. As. de Canal 13 o Cablevisión.

TRES PERITOS DE OFICIO La ley perjudica sinergias y economías de escala, densidad y alcance. Aumentan los costos medios por usuario. Disminuye audiencias. Pérdidas en el marcado publicitario. Disminuyen incentivos para hacer inversiones. Demora la penetración de banda ancha y mejoras de calidad. Donde no se pueda dar TV paga, no será rentable dar Internet por cable. P. Ingeniero y perito economista: “Separación de redes tendrá efectos negativos sobre la calidad del servicio”. (Corte EE.UU Caso Reno 1997). Para evitar que empresa de cable favorezca a sus propias señales, se debió aplicar ley de defensa competencia o una obligación de transportar. Viola Principio 12 sobre Libertad de Expresión CIDH: los medios de prensa están sujetos a leyes anti-monopólicas generales, no a leyes especiales.

ART. 41 - 48 - 161 41: Prohíbe la libre transferencia de licencias sin previa autorización. Sólo permite ceder el 49 % acciones. 48: Aún adecuándose al artículo 45, no se pueden invocar derechos adquiridos a futuro. Se consagra inestabilidad en las reglas de juego. 161: obligación de desinvertir. Es retroactivo. Desconoce derechos adquiridos y licencias plenamente vigentes (por ejemplo, Canal 13 vence en 2024). Desconoce DNU 527/05 aprobado por el Congreso, CN y Art 13 CADH. Afecta retroactivamente derecho de propiedad.

PRESIONAR Y QUE SE NOTE El Gobierno intentó designar un juez oficialista Recusó a miembros del Consejo Magistratura Acusaciones, recusaciones, excusaciones y renuncias de los camaristas. Cambio del régimen de subrogancias. Denuncias del Gobierno contra los jueces y camaristas, ante la Justicia y el Consejo. Per saltum y presiones sobre la Corte Suprema

¿QUÉ DIJO HASTA AHORA UN JUEZ? El juez de 1ª. Instancia no controló la razonabilidad de la ley ni –lo reconoció- aceptó controlar las consecuencias de su aplicación. Reconoció que no estaba dispuesto a evaluar ninguno de los tres peritajes, ni siquiera para desecharlos conclusiones. Afirmó que las licencias no generan derecho de propiedad. Afirmó que las licencias pueden ser rescatadas por el Estado en cualquier momento (servicios públicos). Omitió considerar DNU 527/05 que prorrogó las licencias. Todo se resuelve con un futuro reclamo indemnizatorio.

LEY DE MEDIOS O LEY DE MIEDO LIBERTAD DE EXPRESIÓN O LIBERTAD DE OPRESIÓN