AGUAS NACIONALES EPM S.A. E.S.P

AGUAS NACIONALES EPM S.A. E.S.P. PROCESO DE CONTRATACIÓN PR 2016-050 SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTA PLIEGO DE CONDICIONES PARA “COMPRA EQUIPOS AUDIOVIS...
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AGUAS NACIONALES EPM S.A. E.S.P.

PROCESO DE CONTRATACIÓN PR 2016-050 SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTA PLIEGO DE CONDICIONES PARA

“COMPRA EQUIPOS AUDIOVISUALES PARA LAS EDIFICACIONES CONSTRUIDAS EN LAS INSTALACIONES DEL PARQUE AGUAS CLARAS CONTIGUO A LA PTAR DE BELLO” DICIEMBRE DE 2016

1.

CONDICIONES PARTICULARES COMPRAVENTA ............................................................... 4

1.1. 1.2. 1.3. 1.4. 1.5. 1.6.

INFORMACIÓN GENERAL ....................................................................................... 4 FINANCIACIÓN .......................................................................................................... 4 OBJETO DEL CONTRATO ........................................................................................ 4 ALCANCE .................................................................................................................... 4 ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ................................. 4 INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO ................................................................ 5

2.

PARTICIPANTES Y REQUISITOS ........................................................................................... 6

2.1. 2.2. 2.3. 2.4. 2.5. 2.6. 2.7. 2.8. 2.9. 2.10.

REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN .......................................................................... 7 CONTENIDO Y DOCUMENTOS DE LA OFERTA................................................ 11 OFERTAS ALTERNATIVAS.................................................................................... 12 ASPECTOS ECONÓMICOS ..................................................................................... 12 MODALIDADES Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES ............................. 13 ASPECTOS TÉCNICOS ............................................................................................ 14 ENTREGA DE LAS OFERTAS ................................................................................ 15 RETIRO O MODIFICACIÓN .................................................................................... 16 VALIDEZ DE LA OFERTA ...................................................................................... 16 Formularios ................................................................................................................. 16

3.

EVALUACIÓN ......................................................................................................................... 17

3.1. 3.2. 3.3. 3.4. 3.5. 3.6. 3.7.

RECHAZO Y ELIMINACIÓN .................................................................................. 17 DESVIACIONES ........................................................................................................ 19 REGLAS DE SUBSANABILIDAD ........................................................................... 19 ASPECTOS TÉCNICOS ............................................................................................ 20 PONDERACIÓN ........................................................................................................ 21 PUNTAJE TOTAL Y COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS ................................. 23 ACEPTACIÓN DE LA OFERTA O DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO ................................................................................................................... 24

4.

CONTRATO ............................................................................................................................ 25

4.1. 4.2. 4.3. 4.4. 4.5.

VALOR DEL CONTRATO ....................................................................................... 25 PLAZO DE EJECUCIÓN ........................................................................................... 25 FORMA DE PAGO .................................................................................................... 25 GARANTÍAS Y SEGUROS ...................................................................................... 26 EXTENSIÓN DE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES A OTRAS EMPRESAS DEL GRUPO EMPRESARIAL EPM. .............................................. 31

5.

EJECUCIÓN ........................................................................................................................... 31

5.1. 5.2. 5.3. 5.4. 5.5. 5.6. 5.7.

ORDEN DE INICIO ................................................................................................... 32 RESPONSABILIDAD POR LOS BIENES ............................................................... 32 DEBER DE INFORMACIÓN DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO ... 33 CUMPLIMIENTO ...................................................................................................... 33 CLÁUSULA PENAL ................................................................................................. 34 DESCUENTOS OPERATIVOS Y MEDIDAS DE APREMIO ................................ 34 RECLAMACIONES DE AGUAS NACIONALES EPM A EL CONTRATISTA RELACIONADAS CON LA CALIDAD DE LOS BIENES Y EQUIPOS SUMINISTRADOS EN EL CONTRATO ................................................................. 37

6.

TERMINACIÓN ....................................................................................................................... 38

6.1. ACEPTACIÓN TÉCNICA ......................................................................................... 38 6.2. DEVOLUCIÓN DE LA MERCANCÍA ..................................................................... 38 Compra 06-12-2016

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6.3. TERMINACIÓN ......................................................................................................... 39 6.4. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO ................................................ 39 7. ANEXO TÉCNICO ......................................................................................................................... 58 8. ANEXO CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN BIENES Y SERVICIOS AGUAS NACIONALES EPM S.A. E.S.P. ...................................................................................................... 63

8.1 INFORMACIÓN GENERAL Y DEFINICIONES.................................................... 63 8.2. Oferta.......................................................................................................................... 70 8.3. Contrato ...................................................................................................................... 76 8.4. Ejecución .................................................................................................................... 82

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1.

CONDICIONES PARTICULARES COMPRAVENTA

1.1. INFORMACIÓN GENERAL El interesado en el proceso de contratación, cuyo contenido y reglas fija el presente pliego de condiciones, deberá evaluar su capacidad para participar teniendo en cuenta lo aquí estipulado, lo previsto en el ANEXO CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN BIENES Y SERVICIOS DE AGUAS NACIONALES EPM S.A. E.S.P, lo previsto en el ANEXO TÉCNICO Este documento contiene las condiciones básicas para la presentación de la oferta. El interesado debe verificarlas completamente y cerciorarse de que no albergan dudas. El hecho de que los interesados no se informen y documenten debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales se contratará, no se considerará como excusa válida para la eventual formulación de posteriores reclamaciones. Con la presentación de la oferta el representante legal o apoderado de la persona jurídica, el representante de la forma asociativa, o la persona natural, según corresponda, manifestará que han analizado todos los documentos del proceso y obtenido todas las aclaraciones necesarias sobre los puntos que consideraba inciertos o dudosos. 1.2. FINANCIACIÓN Las obligaciones que AGUAS NACIONALES EPM asumirá dentro del contrato al que dé lugar el presente proceso de contratación serán cubiertas con recursos propios de la entidad. 1.3. OBJETO DEL CONTRATO AGUAS NACIONALES, EPM está interesada en celebrar un contrato para la “Compra equipos audiovisuales para las edificaciones construidas en las instalaciones del Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR de Bello. 1.4. ALCANCE A través de este proceso de contratación se pretende celebrar un contrato de compra venta de equipos audiovisuales; para las edificaciones construidas en las instalaciones del Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR de Bello. Las características técnicas se detallan el en Anexo Técnico a éstas condiciones. 1.5. ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación se desarrollará en las etapas y dentro de los plazos que se indican a continuación en el orden correspondiente, además de las indicadas en las condiciones generales para la contratación de bienes y servicios: Compra 06-12-2016

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Apertura: En este proceso la apertura se da el 06 de diciembre de 2016 a las 4:00 PM Adquisición del derecho a participar Aclaración: Las consultas o solicitudes de aclaración se recibirán hasta un (1) día hábil antes de la fecha de cierre para la presentación de oferta. AGUAS NACIONALES EPM no se responsabilizará por correspondencia o comunicaciones mal dirigidas o con desatención de lo previsto en el numeral 1.6.2. Cierre para la presentación de ofertas: Para los efectos del presente proceso el cierre se hará el día 15 de diciembre de 2016, a las 11:00 a.m., en la Oficina 07- 244, del Edificio Empresas Públicas de Medellín E.S.P., ubicado en la carrera 58 No. 42-125. AGUAS NACIONALES EPM se reserva el derecho de ampliar el plazo para realizar el cierre, hasta en un término igual al que corre entre la apertura y cierre señalados, cuando por cualquier circunstancia no sea posible o conveniente hacerlo en la fecha indicada. En la dirección antes anotada, existe un control previo para autorizar el ingreso de personas a las instalaciones, por lo tanto, el oferente o su delegado deberá presentarse con suficiente anticipación respecto a la hora límite para la entrega de ofertas. AGUAS NACIONALES EPM no se responsabiliza por demoras o retardos en la entrega de ofertas causados por el ejercicio de los controles de acceso mencionados. 1.6. INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO

Las respuestas a las inquietudes que surjan por parte de los interesados que no se incluyan mediante adendas al pliego de condiciones no se consideran incluidas en el mismo. 1.6.1.

Correspondencia y comunicaciones

Para efectos del Proceso de Contratación, con excepción de la oferta, se establece el siguiente modelo para dirigir cualquier comunicación a AGUAS NACIONALES EPM:

«AGUAS NACIONALES EPM «HERNÁN ANDRÉS RAMÍREZ RÍOS Edificio Empresas Públicas de Medellín «Carrera 58 42-125, Oficina 244, piso 7 «Medellín «Asunto: Proceso de Contratación PR-2016-050 Objeto: “Compra de equipos audiovisuales para las edificaciones construidas en las instalaciones del Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR de Bello”.

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Toda comunicación o documentación que se entregue personalmente se recibe en el sótano dos (2) del Edificio Empresas Públicas de Medellín, Departamento Gestión Documental carrera 58 N° 42-125. Si la comunicación es enviada por correo electrónico debe ser dirigida a [email protected] y confirmar su recibo con la funcionaria Diana Marcela Varela en el número telefónico 3804444 (Medellín). La fecha, tanto de recibo como de entrega de cualquier documento, será la que se registre por el Departamento Gestión Documental de EPM., y será la única considerada válida. Cuando la correspondencia sea enviada por parte de AGUAS NACIONALES EPM usando el correo electrónico, se tendrá como fecha de aquella, la fecha en que sea enviada al destinatario, y si no aparece fecha de recibo, se presume que fue recibida el quinto (5) día calendario siguiente a aquel en que salió de AGUAS NACIONALES EPM. 1.6.2

Información sobre el proceso, AGUASNACIONALES EPM

comunicaciones

y

notificaciones

de

Las comunicaciones y/o notificaciones al oferente y contratista se remitirán a la dirección por él consignada en su oferta. Si se presenta algún cambio, éste deberá ser informado a AGUAS NACIONALES EPM, con la debida anticipación, a la dirección citada anteriormente. 1.6.3. Moneda El oferente deberá cotizar todos los precios de la oferta en pesos colombianos COP. 1.6.4. Idioma La oferta deberá presentarse en idioma español. En caso de que la oferta incluya dibujos, planos, etc., los textos correspondientes podrán presentarse en idioma inglés; otros documentos, como certificados y constancias, deberán ser acompañados de su traducción efectuada a idioma español. El certificado de existencia y representación legal y los poderes, deberán ser acompañados de su traducción efectuada por un traductor oficial acreditado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

2.

PARTICIPANTES Y REQUISITOS

El interesado en presentar oferta deberá tener en cuenta, los requisitos o condiciones de carácter subjetivo o personal que se exigen y asegurarse de cumplirlos cabalmente; deberá acoger a las reglas de presentación formal de la oferta que contienen estas condiciones particulares y completar toda la información exigida. Las omisiones, vacíos, contradicciones o información inexacta que aparezca en la oferta, habilitarán a AGUAS NACIONALES EPM para descartarla o para aplicar las reglas de corrección explícitas que el pliego contenga. Se deberán aportar los demás documentos que se requieran en el proceso de contratación y que se indican en estas condiciones. Compra 06-12-2016

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2.1. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN 2.1.1. Habilitación. El oferente deberá estar habilitado para presentar ofertas ante AGUAS NACIONALES EPM, esto es, no debe encontrarse incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para celebrar contratos con entidades estatales prestadoras de servicios públicos domiciliarios, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8º(modificado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y los artículo 1, 4 y 84 de la Ley 1474 de 2011), 9º y 10º del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública Ley 80 de 1993, artículos 2.2.1.1.2.2.5 y 2.2.1.1.2.2.8 del Decreto 1082 de 2015, artículo 66 de la Ley 142 de 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios, modificado por el artículo 11 de la Ley 689 de 2001; artículos 44 y 49 de la Ley 617 de 2000 modificado, el último, por el artículo 1º de la Ley 1148 de 2007 (modificado a su vez por artículo 1 de la Ley 1296 de 2009), artículo 44 literal a) de la Ley 842 de 2003, artículos 35 numerales 22 (modificado por el artículo 3 de la Ley 1474 de 2011), y artículos 3, 5, 27 y 90 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas legales pertinentes. En consecuencia, al presentar la oferta, por sí o por interpuesta persona, el oferente estará afirmando, bajo la gravedad del juramento, que no se halla comprometido en las mencionadas inhabilidades o incompatibilidades. No podrá presentar oferta la persona jurídica que se desempeña como auditor externo de AGUAS NACIONALES EPM. Esta prohibición se extiende a las sociedades matrices y sus subordinadas; a aquellas que tienen una matriz común o que pertenecen a un mismo grupo empresarial, y a aquellas que participen de las licencias, franquicias, metodologías o políticas impartidas por la firma titular de la marca que utiliza el auditor externo, cualquiera sea la forma como estas les hayan sido transferidas. (Circular 1519 de 2016). 2.1.2.

2.1.2.1.

Existencia, capacidad jurídica y representación legal. Certificado de Existencia y Representación Legal.

La capacidad, existencia y representación legal de las personas jurídicas colombianas se prueba mediante el certificado de existencia y representación expedido por la respectiva Cámara de Comercio (salvo casos especiales donde la competencia para expedir la certificación es de otra entidad). El certificado de las entidades inscritas en las Cámaras de Comercio deberá tener una antigüedad menor de tres (3) meses. Las sociedades deberán acreditar como mínimo una duración igual a la del plazo de ejecución del contrato y un (1) año más. En el certificado debe constar que la sociedad esté constituida con anterioridad a la presentación de la oferta, que la capacidad de la persona jurídica se circunscribe al desarrollo de la actividad prevista en su objeto social, el cual debe estar directamente relacionado con el objeto del proceso de contratación. 2.1.2.2. Compra 06-12-2016

Acta de Junta Directiva o Asamblea. Pliego de condiciones particulares- diciembre de 2016

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Si del documento se desprende que el representante legal requiere de una habilitación especial, para celebrar contratos de determinada cuantía, se deberá anexar copia del acta correspondiente en donde se le habilite expresamente para la presentación de la oferta, los actos que se deriven de ella, así como para la celebración del contrato y todos los actos que se deriven de él. 2.1.2.3.

Poder especial.

Cuando el oferente concurre por intermedio de un representante o apoderado, deberá allegar poder mediante el cual se confiere la representación. Dicho documento deberá contener expresamente los términos y el alcance de la representación, si se trata una persona jurídica se debe aportar además el certificado de existencia y representación de quien recibe el poder; para el caso de personas naturales se aportará fotocopia de la cédula de ciudadanía o del documento que haga sus veces. 2.1.3. Firma y abono de la oferta El oferente deberá adjuntar la carta de presentación de la oferta, para lo cual utilizará el Formulario 2. Adicionalmente, certificará que para la preparación de su oferta tuvo en cuenta las adendas recibidas. La carta de presentación deberá estar suscrita por el representante legal o apoderado, si se trata de una persona jurídica, o por el oferente o su representante, si se trata de una persona natural, o por el representante designado por los asociados en la conformación del consorcio o de la unión temporal, de ser el caso” 2.1.4.

Derecho a participar

El oferente debe haber adquirido el derecho a participar en el proceso de contratación de conformidad con lo establecido en el numeral 1.5. 2.1.5. Experiencia.

Experiencia del oferente: El oferente deberá acreditar, mediante certificaciones que permitan evidenciar que en los últimos tres (3) años, contados hasta el día antes de la fecha de cierre para la presentación de ofertas del presente proceso, ha celebrado uno (1) o más contratos, en los cuales ha distribuido o comercializado equipos audiovisuales. 2.1.6. Certificación de pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales. En cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002- Ley de reforma laboral, y el artículo 9 de la Ley 828 de 2003, relacionados con los aportes a la SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y PARAFISCALES (Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Sena), los interesados Compra 06-12-2016

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en participar en los procesos de suministro de bienes y servicios deberán cumplir con la siguiente obligación: Las PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES deberán aportar en la(s) oferta(s), certificado que acredite estar a paz y salvo con el pago de dichos aportes; expedido por el Revisor Fiscal (si la empresa cuenta con revisoría fiscal), o en su defecto por el Representante Legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. Las PERSONAS NATURALES deberán acreditar el pago de los aportes a la seguridad social integral, conforme a la Ley 100 de 1993, la Ley 797 de 2003; inciso 1° del artículo 23 del Decreto 1703 de 2002, esto es, aportes para la seguridad social y pensiones. Si tiene trabajadores a su servicio, deberá acreditar además el pago de aportes a la seguridad social por éstos, así como de los parafiscales antes señalados. Las PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS, que no tengan trabajadores o empleados en Colombia, no deberán aportar esta certificación, pero acreditaran que por esta situación no son sujetos pasivos de dichos aportes parafiscales. UNIONES TEMPORALES Y CONSORCIOS. Cada parte que la conforma deberá aportar el certificado que acredita estar a paz y salvo en el pago de aportes a la Seguridad Social Integral y Parafiscales. En la siguiente tabla que es indicativa, se presentan las obligaciones mencionadas anteriormente, las cuales pueden sufrir modificaciones de acuerdo con la ley. El oferente y/o contratista deberán prever, de conformidad con la legislación colombiana, dichas modificaciones durante todas las etapas del proceso de contratación y del contrato. CONCEPTO O ENTIDAD

APORTE 12,5 % del ingreso Base de Cotización, Salud (ver nota 1) de los cuales el 4% está a cargo del trabajador y el 8,5% del empleador. 16 % del ingreso Base de Cotización, de los cuales el 4% está a cargo del Pensiones trabajador y el 12% a cargo del empleador. De acuerdo con la clasificación Sistema General de Riesgos establecida y totalmente a cargo del Laborales (ver nota 2) empleador. Cajas de Compensación Familiar 4% totalmente a cargo del empleador. Instituto Colombiano de Bienestar 3% totalmente a cargo del empleador. Familiar (ver nota 1) SENA (ver nota 1)

2% totalmente a cargo del empleador.

FUNDAMENTO LEGAL Artículo 204 de la Ley 100 de 1993 Artículo 7 de la Ley 797 de 2003 Artículo 6° de la ley 1562 de 2012. Artículo 7, 9 y 12 de la Ley 21 de 1982 Artículo 1 de la Ley 89 de 1988 Artículo 7, 9 y 12 de la Ley 21 de 1982

Nota 1: Tener en cuenta lo previsto en el artículo 7 del Decreto 1828 del 27 de agosto de 2013, reglamentario de la Ley 1607 de 2012, sobre exoneración de aportes.

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Nota 2: Los trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo deberán afiliarse en forma obligatoria al Sistema General de Riesgos Laborales. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante. (Artículo 13, literal a) numeral 5 del Decreto-ley 1295 de 1994, modificado por el artículo 2 de la Ley 1562 de 2012). La Afiliación a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), también será obligatoria para todas las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios, con entidades o instituciones públicas o privadas con una duración superior a un (1) mes, toda vez que así lo señala la norma. 2.1.7. Certificado de gestión de calidad del oferente.

Para participar en esta solicitud de ofertas se deberá adjuntar certificado vigente del Sistema de Gestión de Calidad (SGC) oferente con base en la norma ISO 9001, otorgado por una institución debidamente acreditada como organismo certificador. El certificado debe estar vigente a la fecha de cierre para la presentación de las ofertas. 2.1.8. Garantía de seriedad de la oferta Cada oferta deberá acompañarse de una garantía emitida por un banco o por una compañía de seguros que garantice la seriedad de los ofrecimientos presentados por el oferente. La garantía de seriedad de la oferta se regirá por las condiciones establecidas en el numeral 4.4. Garantías y Seguros. 2.1.9. Certificado de la Junta Central de Contadores. Se deberá aportar el certificado de la Junta Central de Contadores de la inscripción como Contador Público, correspondiente al Contador Público y al Revisor Fiscal, según corresponda. 2.1.10. Forma de participación. AGUAS NACIONALES EPM recibirá las ofertas presentadas por personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en forma individual. No se aceptará ofertas presentadas en consorcio o unión temporal u otra forma asociativa. El interesado extranjero podrá participar si tiene sucursal establecida en Colombia o en su defecto, mediante apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para presentar la oferta y celebrar el contrato en el evento que resulte favorecido, así como para representarlo judicial y extrajudicialmente, por un lapso no menor al término de duración de las restantes etapas precontractuales, al señalado para la celebración, ejecución y hasta por un (1) año más. AGUAS NACIONALES EPM no aceptará ofertas presentadas en consorcio, unión temporal o cualquier otro tipo de asociación. Compra 06-12-2016

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2.1.11. Requisitos específicos de participación Autorización para ser distribuidor o comercializador El oferente debe presentar un certificado, documento, permiso o acuerdo, emitido por el (los) fabricante(es) de los bienes referenciados en el “Formulario 3 - Cantidades y precios”, donde conste que tiene autorización para ser distribuidor o comercializador, y que conservará dicha condición por mínimo una vigencia igual al plazo del contrato y un (1) año más. Si dentro de las políticas de comercialización del fabricante, está contemplado que un distribuidor mayorista para Colombia, otorgue la distribución autorizada, éste será aceptado siempre y cuando se anexe la autorización del fabricante al distribuidor mayorista de otorgar autorización de distribución, situación que se debe declarar en la certificación expresamente. Las certificaciones no deben tener una fecha de elaboración superior a noventa (90) días calendario respecto de la fecha límite para la presentación de ofertas del presente proceso de contratación. El Oferente deberá adjuntar estos documentos “Anexos a la oferta”. Certificado de conformidad de producto con norma: El oferente deberá suministrar, con su oferta, el certificado de conformidad de producto con la norma técnica junto con sus anexos. Este certificado deberá corresponder al TIPO ofrecido para cada uno de los ítems como mínimo, que son objeto del proceso de contratación. 2.2. CONTENIDO Y DOCUMENTOS DE LA OFERTA La oferta debe presentarse en la forma y con los contenidos que señalan las condiciones; para el efecto se entregan en medio magnético. La información del archivo se encuentra protegida y, en consecuencia, si el interesado requiere modificar o diligenciar algún formulario que allí se encuentre, puede copiarlo en otro archivo y así podrá manipularlo. Sin embargo, deberá tener en cuenta que la información válida es la que se encuentra en el archivo original del disco. Los ítems se describen en forma concisa y no en detalle (amplia y detallada si es este el caso adecuar el texto siguiente); por lo tanto, el interesado, antes de señalar o incluir el valor unitario de cada uno de ellos, deberá consultar en el pliego, en la sección correspondiente a las especificaciones, cómo debe ejecutarse cada ítem y su forma de medida y pago. Si se encontraren discordancias, discrepancias, incongruencias u omisiones entre la descripción del ítem y lo indicado en la sección del pliego indicada, se deberá solicitar la aclaración correspondiente a AGUAS NACIONALES EPM en la forma prevista para ello dentro del mismo pliego. Las modificaciones hechas por el oferente a los formularios de los documentos exigidos, no serán válidas. AGUAS NACIONALES EPM se abstendrá de considerar aquellos documentos que no cumplan las condiciones estipuladas en este pliego de condiciones.

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2.3. OFERTAS ALTERNATIVAS AGUAS NACIONALES EPM no considerará ningún tipo de “oferta alternativa” y, en consecuencia, los oferentes deben abstenerse de elaborar o entregar ofertas clasificables como tales. Tampoco se admitirá la presentación de dos (2) ofertas básicas por un mismo oferente, en el evento de hacerlo sólo se considerará la que sea presentada primero, la otra será eliminada. 2.4. ASPECTOS ECONÓMICOS Además de lo previsto en el numeral 8.4.2 de las Condiciones Generales Contratación Bienes y Servicios, en este numeral se fijan las reglas con las cuales se deberá atender las obligaciones de contenido económico que asumen LAS PARTES entre sí y las que deban atender frente a terceros en virtud exclusivamente de lo pactado en el contrato y para garantizar el cumplimiento del mismo. El oferente debe incluir los costos inherentes a los recursos necesarios para administrar el contrato, entendiendo por este concepto los requeridos para mantener la disponibilidad de su organización y operación, tales como arrendamientos de bienes inmuebles, pago de nómina, cargas tributarias, servicios públicos, pólizas, el área normal de ejecución del contrato y/o costos de contingencia por traslado de riesgos ordinarios, desplazamientos, forma de entrega y en general, todos los costos que le permitirían mantener condiciones de normalidad en la ejecución del contrato. El oferente deberá gestionar los riesgos propios de la actividad y/o servicio a prestar, entendiéndose que son conocedores de la misma, cuidando de hacer una oferta que propenda por cuidar la competitividad y la productividad. Por lo tanto, cada oferente al estructurar los costos de su oferta, deberá tener en cuenta todos y cada uno de los factores y los riesgos previsibles que influyan o puedan influir en la ejecución de los servicios o bienes encomendados; por lo tanto, para la formulación y la atención de posibles reclamaciones, se tendrá en cuenta dicha estructura de costos. Valor - precios El oferente deberá indicar, en el formulario correspondiente, el precio unitario, para todos y cada uno de los bienes ofrecidos, y los valores totales que resulten de multiplicar las cantidades por los precios unitarios. En caso de que el valor sea “cero”, así deberá expresarse, en caso de no incluirse ningún valor se procederá de acuerdo con las reglas de subsanabilidad contempladas en este pliego. Cuando el formulario exija incluir totales o valores sumados, o cuando el oferente quiera incluirlos, AGUAS NACIONALES EPM se reserva el derecho de verificar la adecuación de las operaciones con las cuales éstos se obtienen y, en todo caso, se tomará como referente el valor unitario y el resultado corregido que AGUAS NACIONALES EPM encuentre. Las enmendaduras de precios que aparezcan en la oferta deberán confirmarse con nota al margen y firma del oferente, tanto en el original como en las copias. Compra 06-12-2016

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Los precios cotizados por los oferentes, en el Formulario de cantidades y precios, deben considerar y contener el pago de los bienes debidamente terminados, de conformidad con las especificaciones, y deberán comprender todos los gastos necesarios en diseños, en equipos, materiales, herramientas, maquinaria, transporte, mano de obra, prestaciones sociales, dirección y administración, utilidad del oferente, y todos los gastos que puedan afectar el costo directo e indirecto de las mismas. Al preparar su oferta, el oferente deberá tener en cuenta todos los impuestos que puedan afectar sus precios y hayan de causarse por la ejecución del contrato, tales como: el impuesto de renta, de timbre, y el de industria y comercio, entre otros, así como las deducciones y retenciones a que haya lugar, de acuerdo con la ley y demás disposiciones normativas aplicables acorde con el objeto. Es entendido que el CONTRATISTA estará obligado a reconocerle a los trabajadores que emplee, el salario y las prestaciones sociales cotizadas, o las mínimas legales, cuando aquél o aquéllas fueren inferiores a éstas, de ser el caso. El oferente deberá indicar las unidades monetarias en que cotiza los diferentes bienes ofrecidos. Los valores unitarios de los bienes cotizados en la oferta serán a precios firmes durante todo el plazo del contrato. 2.5. MODALIDADES Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES 2.5.1. Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR:Entregada la mercancía en las oficinas del Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR - Municipio de Bello (Antioquia) Diagonal 50 A No. Transversal 30-31 Interior 5. El descargue será por cuenta del CONTRATISTA. Si se ofertan bienes nacionalizados antes de la fecha de presentación de oferta, será de obligatorio cumplimiento para el oferente presentar con su oferta la declaración de importación y la factura de venta. Todo el personal de EL CONTRATISTA que lleve a cabo labores de cargue y descargue de los bienes, deberá estar debidamente afiliado al sistema de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales. Sin este requisito, AGUAS NACIONALES EPM no permitirá el ingreso y descargue de los bienes. 2.5.2 Forma de entrega Al vencimiento del plazo de ejecución del contrato y previo el aviso de entrega a AGUAS NACIONALES EPM por parte de EL CONTRATISTA, éste hará entrega formal y material de los equipos a los empleados responsables de AGUAS NACIONALES EPM. La entrega consistirá en la revisión visual de los equipos, la comprobación de la operación de cada componente que tenga alguna funcionalidad y el levantamiento de un acta en la que consten las condiciones en las cuales se halla en general y cada uno de los detalles que la definen. Se considerará que hay incumplimiento en la entrega o ejecución del contrato cuando en el proceso de su recepción AGUAS NACIONALES EPM encuentre que hay productos, labores o actividades incompletas o no funcionales. Compra 06-12-2016

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Cualquier entrega que EL CONTRATISTA intente con omisión de las condiciones antes fijadas se tendrá por no efectuada y no será considerada como eximente de la responsabilidad, tanto de entrega como de custodia de los equipos. No habrá lugar a entregas parciales. EL CONTRATISTA entregará la totalidad de equipos en las instalaciones indicadas. EL CONTRATISTA avisará por lo menos con dos (2) días calendario de anticipación la fecha en la que se propone hacer la entrega total y definitiva de los equipos, dentro del plazo del contrato. Dentro de los tres (3) días calendario siguiente al recibo de dicha comunicación, AGUAS NACIONALES, EPM, si lo considera conveniente, designará una comisión que dará la aprobación definitiva y hará las observaciones que sean necesarias para que EL CONTRATISTA las termine a satisfacción, según corresponda. La administración del contrato o la comisión que se designe, dispondrá de cinco (5) días calendario para efectuar el recibo y verificación de los equipos y podrá ordenar durante este término las modificaciones y reparaciones a que haya lugar y que puedan exigirse de acuerdo con el contrato. Con las condiciones y formalidades contempladas en este pliego, EL CONTRATISTA cumplirá con la entrega de los equipos y AGUAS NACIONALES EPM efectuará su recibo. El momento en el cual ello se cumpla determinará si coinciden o no el plazo otorgado para la ejecución y su realización efectiva. Sólo la entrega a entera satisfacción de AGUAS NACIONALES EPM relevará a ELCONTRATISTA de responsabilidades derivadas o inherentes a los equipos y, en consecuencia, mientras esto no suceda EL CONTRATISTA estará obligado a responder por los efectos de no realizar la entrega formal.

2.6. ASPECTOS TÉCNICOS Los detalles de carácter técnico, operativo y similares, han de buscarse en el “Anexo Técnico” que hace parte integral de este pliego y, en todo caso cuando del “estado de la ciencia”, la “técnica” o la “práctica” no se logre definir la forma de llevar a cabo una actividad, o la forma que el producto ha de tener una vez acabado o en funcionamiento, EL CONTRATISTA estará en la obligación de consultar expresamente a AGUAS NACIONALES EPM acerca de la forma de proceder y ha de atenerse estrictamente a lo que éstas le indiquen expresamente. Si el CONTRATISTA considera que la forma como AGUAS NACIONALES EPM ha definido la ejecución del objeto del contrato comporta una modificación a los términos inicialmente pactados y que ello le genera un costo adicional, deberá presentar por escrito y dentro de los ocho (8) días siguientes a la definición que haya tomado AGUAS NACIONALES EPM, la reclamación correspondiente con la expresión clara y razonada de los argumentos que le asisten y el aporte de las pruebas que sustentan su petición. AGUAS NACIONALES EPM resolverá la reclamación oportunamente y de ser el caso, se realizará una modificación Compra 06-12-2016

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bilateral al contrato para efectos de hacer los respectivos reconocimientos a EL CONTRATISTA. Todas las previsiones contempladas en ese aparte deben interpretarse con aplicación del principio de la buena fe y con base en las reglas y criterios imperantes en cada una de las disciplinas que les sirven de base; esto se aplica de manera estricta a los establecido en el “Anexo Técnico” y, en consecuencia, salvo por las instrucciones expresas que EL CONTRATISTA obtenga de AGUAS NACIONALES EPM, se hace responsable de una inadecuada interpretación o de la incursión en omisiones o errores que el conocimiento vigente -y que AGUAS NACIONALES EPM supone cuando acepta su oferta- exige detectar y corregir.

2.7. ENTREGA DE LAS OFERTAS 2.7.1. Fecha y ampliación Las ofertas deben entregarse en el lugar y hasta la fecha y hora que se indica en el numeral 1.5. En caso de que AGUAS NACIONALES EPM considere necesario ampliar el plazo para la entrega, lo hará saber a los interesados a través de una adenda expedida antes del vencimiento del día y hora señalados para expedir adendas. En tal caso, la vigencia de la garantía de seriedad de todas las ofertas debe comenzar a partir de la nueva fecha de cierre del proceso de contratación. En el lugar de entrega existe un control previo para autorizar el ingreso de personas a las instalaciones, por lo tanto, el oferente o su delegado deberá presentarse con suficiente anticipación respecto a la hora límite para la entrega de ofertas. AGUAS NACIONALES EPM no se responsabiliza por demoras o retardos en la entrega de la oferta causados por el ejercicio de los controles de acceso mencionados. AGUAS NACIONALES EPM no se responsabiliza por los retardos, extravíos y otros hechos desfavorables para el Oferente, cuando las ofertas no se entreguen en la oficina indicada en este pliego de condiciones, antes o en la fecha y hora señaladas. 2.7.2. Forma original y copias Las ofertas deberán estar debidamente identificadas con el nombre y el número del proceso de contratación, y acompañadas con todos los documentos anexos. Los documentos deben presentarse en forma ordenada y de fácil manejo, numerados todos sus folios y refrendados con la firma del oferente los que así lo requieran. Debe presentarse, además, una relación de los documentos que componen la oferta, con la indicación de los folios correspondientes a cada uno de ellos. Ver Formulario 1. Deberán presentarse en medio magnético y/o número 2 ejemplares impresos, en sobres cerrados, separados y marcados: “Original” y “Copia”[, respectivamente, en los cuales se hará constar, además, el nombre del oferente y su dirección completa, así: PROCESO DE CONTRATACIÓN Objeto: “Compra de equipos audiovisuales para las edificaciones construidas en las instalaciones del Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR de Bello” Compra 06-12-2016

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Original [copia1] En caso de discrepancia entre los ejemplares, el marcado como “Original” primará sobre los otros. No se aceptará presentación de ofertas enviadas vía fax o por correo electrónico. AGUAS NACIONALES EPM no será responsable por la apertura prematura de una oferta, o por no abrirla y, en consecuencia, no tenerla en cuenta, cuando no esté correctamente dirigida y marcada como se exige en este pliego. Tampoco se responsabilizará por los retardos, extravíos u otros hechos desfavorables para el oferente, que puedan presentarse cuando la oferta sea enviada por correo. Si se incluyen medios magnéticos, tales como memorias USB, discos, etc., el oferente deberá informarlo al momento de entregar la oferta. 2.8. RETIRO O MODIFICACIÓN Ningún oferente puede modificar, adicionar o retirar su oferta después del cierre para la presentación de ofertas del presente proceso de contratación, so pena de que se haga efectiva la garantía de seriedad. AGUAS NACIONALES EPM puede pedir aclaraciones o informaciones adicionales a cualquiera de los oferentes sobre el contenido de sus ofertas, pero ello no significa que surja para éstos el derecho a modificarlas o adicionarlas. 2.9. VALIDEZ DE LA OFERTA La oferta tendrá una validez de 30 días calendario, contados a partir de la fecha de cierre para la presentación en este proceso de contratación, término dentro del cual AGUAS NACIONALES EPM aceptará la oferta o declarará desierto el proceso. El término para aceptar la oferta o declarar desierto el proceso podrá ser ampliado por AGUAS NACIONALES EPM, antes de su vencimiento y por un término que no será superior a la mitad del plazo inicialmente fijado, en cuyo caso todos los oferentes deberán ampliar la validez de sus ofertas y la vigencia de las garantías de seriedad. 2.10. Formularios En la elaboración de la oferta el interesado deberá tener en cuenta que determinado tipo de información que AGUAS NACIONALES EPM requiere para evaluar las ofertas, debe consignarse en formularios suministrados por la entidad con este pliego. En consecuencia, y salvo casos especiales en los que pueda demostrarse que la omisión es subsanable, el no consignar debidamente la información de cada formulario o diligenciarlo indebida o incompletamente, supondrá la calificación de la oferta como “incompleta”. Los formularios y/o formatos a diligenciar se encuentran al final de estas condiciones.

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3.

EVALUACIÓN

La evaluación consiste en una serie de pasos que se inician con la revisión de los aspectos formales y documentales de la oferta, tendiente a determinar el cumplimiento de los requisitos de participación y el carácter “completo” de la oferta y terminan con la aplicación de los factores, criterios y fórmulas de ponderación que permiten hacer comparables las ofertas en términos de puntajes. 3.1. RECHAZO Y ELIMINACIÓN Se entiende por “rechazo” la determinación de no considerar una oferta por la carencia de alguno de los requisitos de participación previstos en este pliego o por incumplimiento de algún requisito legal. Se entiende por “eliminación” la decisión de excluir del proceso una oferta cuando dentro de su análisis, se detectan errores, faltas, incoherencias, o en general información no admisible, o cuando se presente alguna (s) de las causales descritas más adelante. 3.1.1. Causales de rechazo Serán causales para rechazar la oferta el incumplimiento de cualquiera de los requisitos de participación previstos en el numeral 2.1. de este pliego o en la ley. 3.1.2. Causales de eliminación Podrán ser causales de eliminación de las ofertas, cuando no se ajusten a las exigencias del pliego de condiciones o de la ley, y las que a continuación se enuncian, a menos que hubiere posibilidad de subsanarse conforme a lo aquí previsto en este pliego: 3.1.2.1. Cuando la oferta fuere presentada por una persona, natural o jurídica, que haya intervenido, directa o indirectamente, en los diseños o en la asesoría técnica del proyecto (Construcción de edificaciones y obras de urbanismo en la PTAR Bello.), para el que se requieren los bienes objeto de este proceso de contratación, o participado en la elaboración de éstos pliegos de condiciones, o por las compañía cuyos socios o personal a su servicio hayan tenido tal intervención. 3.1.2.2. Cuando un socio o empleado de quien presente oferta, haya participado en la elaboración de la oferta de otro oferente, que igualmente participe en este proceso de contratación. 3.1.2.3. Cuando la oferta presente desviaciones sustanciales en los términos del numeral 3.2. 3.1.2.4. Cuando la oferta o sus aclaraciones contengan información inexacta, contradictoria, confusa, indefinida o ambigua. 3.1.2.5. Cuando la oferta se modifique por el oferente de manera unilateral o ante una solicitud de aclaración de AGUAS NACIONALES EPM.

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3.1.2.6. Cuando uno o varios precios presentados en la oferta presenten desequilibrios no justificados en relación con los precios normales del mercado. 3.1.2.7. Cuando los oferentes celebren acuerdos entre sí, con el fin de restringir o distorsionar la libre competencia o para que sea seleccionado uno de ellos o pongan en riesgo los derechos de AGUAS NACIONALES EPM. 3.1.2.8. Cuando el oferente ejecute cualquier acción tendiente a influenciar o presionar a los empleados de AGUAS NACIONALES EPM encargados del estudio y evaluación de las ofertas, o de la aceptación de la oferta. 3.1.2.9. Cuando hayan cambiado sustancialmente las condiciones del oferente desde la presentación de su oferta por cualquier causa que, a juicio de AGUAS NACIONALES EPM, limite seriamente la capacidad técnica, operacional o financiera del oferente. 3.1.2.10. Cuando el oferente no haya respondido requerimientos de información de AGUAS NACIONALES EPM, o los responda de manera insatisfactoria o inconsistente, o lo haga modificando la oferta. 3.1.2.11. Cuando el oferente se encuentre incluido en la lista internacional vinculante para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas) o en la lista emitida por la Oficina de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (Lista OFAC), así como en listas o bases de datos nacionales o internacionales relacionadas con actividades ilícitas, fraude o corrupción (listas del Banco Mundial y del Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo-). Cuando el oferente sea una persona jurídica, esta causal se extiende a los socios o accionistas, Revisores Fiscales, Auditores Externos, miembros de junta directiva y representantes legales que tengan directa, o indirectamente más del cinco por ciento (5%) de participación o acciones. 3.1.2.12. Cuando el oferente, sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, o sus representantes legales y miembros de Junta Directiva, se encuentren en el “Listado de firmas y personas naturales inhabilitadas por el Banco Mundial” por haber transgredido las disposiciones sobre fraude y corrupción o en la “Lista de empresas y personas sancionadas por el Grupo BID (Banco Interamericano de Desarrollo)” por haberse determinado que estuvieron involucradas en prácticas fraudulentas, corruptas, colusorias, coercitivas u obstructivas en violación de las políticas anticorrupción del Grupo BID. 3.1.2.13. Cuando el oferente haya sido condenado en cualquier país, mediante sentencia judicial en firme, por la comisión de los delitos de lavado de activos, alguno de sus delitos fuente o por financiación del terrorismo. Esta causal se extiende en caso de personas jurídicas a los socios o accionistas que tengan directa o indirectamente más del cinco por ciento (5%) de participación o acciones, miembros de junta directica, Revisores Fiscales, Auditores Externos y representantes legales. 3.1.2.14. Cuando el objeto del contrato involucre activos y el o los activos se encuentren con medidas cautelares por estar vinculado a un proceso de extinción de domino y sobre el cual la Dirección Nacional de Estupefacientes o la entidad quien haga sus veces no se haya tomado el control o no haya nombrado un depositario directo. Compra 06-12-2016

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3.1.2.15. Cuando se presenten dos ofertas básicas, la segunda será eliminada, salvo que el pliego lo permita; así mismo, cuando se presente oferta básica y oferta alternativa sin que el pliego lo permita, se eliminará la oferta alternativa. 3.1.2.16. Cuando la oferta esté condicionada (artículo 855 del Código de Comercio). 3.1.2.17. Cuando se presente oferta en forma individual y a la vez como integrante de una unión temporal o un consorcio; evento en el cual se eliminarán las dos ofertas. 3.1.2.18. Cuando se presente oferta como integrante de más de una unión temporal o consorcio, se considerará la que primero se haya presentado. Si se presentan al mismo tiempo, todas serán eliminadas. 3.1.2.19. Cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras entidades diferentes, que igualmente participen en este proceso de contratación, se considerará la que primero se haya presentado. Si se presentan al mismo tiempo, todas serán eliminadas. 3.1.2.20. Cuando el oferente se encuentre sancionado por la autoridad competente, por conductas violatorias de las normas sobre protección de la competencia y las conductas que ocasionaron la sanción afecten los intereses de AGUAS NACIONALES EPM. 3.2. DESVIACIONES Se considera desviación la disconformidad de la oferta frente a las condiciones del pliego. Desviaciones sustanciales. Son sustanciales las desviaciones que: a. Afectan de manera “esencial” la forma, el alcance, la calidad o el funcionamiento de los bienes o servicios especificados. b. Limita los derechos de AGUAS NACIONALES EPM o las obligaciones del oferente emanadas del contrato. Las demás desviaciones son no sustanciales y serán corregidas directamente por AGUAS NACIONALES EPM cuando ello sea factible a partir de la información consignada por el oferente; en caso contrario, AGUAS NACIONALES EPM se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones, precisiones o correcciones que sean necesarias, sin que ello suponga el derecho del oferente a modificar los otros aspectos de la oferta. El oferente requerido deberá atender el llamado de AGUAS NACIONALES EPM dentro del término que para el efecto se le señale; en caso de no hacerlo AGUAS NACIONALES EPM podrá eliminar su oferta. 3.3. REGLAS DE SUBSANABILIDAD Serán subsanables los aspectos de forma de la oferta y en tal sentido primará lo sustancial sobre lo meramente formal. AGUAS NACIONALES EPM se reserva el derecho de sanear las informalidades u omisiones no sustantivas de las ofertas, y de pedir información o Compra 06-12-2016

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aclaraciones adicionales sin que ello implique el derecho de los oferentes a modificarlas, teniendo en cuenta las siguientes reglas: En caso de identificar inconsistencias, errores o ausencia de documentos para la acreditación de los requisitos de participación, dentro del término que se establezca en estos pliegos o en la comunicación en la cual se requiera al oferente para el efecto, AGUAS NACIONALES EPM podrá solicitar la prueba del cumplimiento de los requisitos de participación. En caso de que el oferente presente en su oferta la información a través de la cual pretenda obtener puntaje en algún(os) factor(es) de ponderación y no anexe la prueba que lo demuestra, se le podrá solicitar que subsane tal omisión, si la información fue relacionada en la oferta. En todo caso, los hechos o circunstancias acreditados deben ser anteriores a la fecha de cierre para la presentación de ofertas. No obstante, cuando un requisito de participación sea a la vez factor de ponderación, se podrá solicitar su subsanabilidad conforme a lo indicado, pero sólo se tendrá en cuenta como requisito de participación y no en la ponderación. Los errores de carácter matemático, aritmético o formal que presenten las ofertas serán corregidos directamente por AGUAS NACIONALES EPM de la siguiente manera: a. Si existiesen discrepancias entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que exista un error evidente en el punto decimal del precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; b. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y c. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a los literales a y b precedentes. 3.4. ASPECTOS TÉCNICOS AGUAS NACIONALES EPM revisará exhaustivamente la oferta en cuanto a la descripción de los bienes que incluye, con miras a determinar la capacidad técnica que ello proporciona para el cumplimiento del “objeto” del contrato. En este aspecto de la evaluación no sólo se considerará la cantidad de bienes, sino las características que ellos tienen según el ofrecimiento. Si las calidades de los bienes merecen algún reparo a AGUAS NACIONALES EPM, el oferente estará obligado a hacer las aclaraciones del caso, siempre sin que ello comporte la facultad de modificar su oferta; si los bienes resultan insuficientes a la luz de las prácticas o conocimientos vigentes y habida cuenta de una programación racional de los mismos, AGUAS NACIONALES EPM podrá eliminar la oferta.

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3.5. PONDERACIÓN Entre las ofertas que cumplan con los requisitos legales, técnicos y económicos, y previa ponderación se seleccionará la oferta más favorable en su conjunto para AGUAS NACIONALES EPM, de acuerdo con el puntaje máximo que le sea asignado a cada uno de ellos. La ponderación se hará teniendo en cuenta el valor inicial de la oferta o el valor ajustado, en caso de haber optado por el ajuste económico o la negociación directa. Factores de ponderación Factor Cumplimiento Valor de la oferta

Puntaje 10.00 90.00

3.5.1. Cumplimiento En el formulario correspondiente, el oferente individual, deberá relacionar las multas, medidas de apremio, sanciones u otros incumplimientos que se le hayan aplicado o declarado en por sus contratantes, dentro de los tres (3) años anteriores a la fecha de cierre para presentación de ofertas. En el caso de medidas de apremio, sanciones u otros incumplimientos en que haya incurrido el oferente durante la ejecución de contratos celebrados con AGUAS NACIONALES EPM, se deberá informar el número del contrato (incumplido). No obstante lo anterior, AGUAS NACIONALES EPM verificará en sus archivos, y si encuentra medidas de apremio u otros incumplimientos adicionales a los relacionados en la oferta, se considerarán en la evaluación de este criterio. 3.5.1.1.

Ponderación cumplimiento

Al oferente que no tenga relacionada ninguna sanción, multa o incumplimiento o medidas de apremio en el período señalado, no se le demeritará puntaje. En los casos de incumplimiento que den lugar a la terminación de un contrato, no se reconocerá puntaje alguno al oferente en este factor. A quien presente una (1) medida de apremio con AGUAS NACIONALES EPM se le restará cuatro (4) puntos, y en todo caso, a quien presente dos (2) o más medidas de apremio, se le disminuirán diez (10) puntos del total de la evaluación. A quien presente una (1) multa, sanción u otro incumplimiento definitivo se le restarán seis (6) puntos, y en todo caso, a quien presente dos (2) o más eventos, se le disminuirán diez (10) puntos del total de la evaluación. Por multa, sanción u otro incumplimiento definitivo, debe entenderse tanto los eventos explícitamente calificados como tales, así como los que bajo cualquier otra denominación, Compra 06-12-2016

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hayan dado lugar a sanciones al contratista o a su obligación de resarcir perjuicios causados a la entidad contratante. En los casos señalados el demérito se aplicará sólo cuando el acto respectivo se encuentre en firme o ejecutoriado, o haya sido efectivamente aplicado por la entidad pública o privada correspondiente. En el caso de incumplimientos se entiende en firme o aplicado el acto correspondiente, así: (i) En la fecha de la comunicación mediante la cual se le informa al contratista que se ratifica la declaratoria de incumplimiento con base en la causal respectiva, cuando el contratista haya hecho uso del derecho que le otorgan las reglas de contratación aplicables en cada caso, de exponer los argumentos con los cuales pretende justificar el incumplimiento, y (ii) Al día hábil siguiente de la fecha de vencimiento del término que se le concede al contratista para que exponga las razones de su incumplimiento, sin que haya hecho uso de dicha facultad. En el caso de medidas de apremio aplicadas por AGUAS NACIONALES EPM se entiende en firme o aplicado el acto correspondiente, según lo indicado en el numeral 5.6.4., de estas condiciones. Para la aplicación de los deméritos en puntaje que aquí se establecen, no se requiere que las multas o incumplimientos o medidas de apremio se encuentren registrados o reportadas ante la cámara de comercio. Nota: En la ponderación del cumplimiento se tendrá especial cuidado en verificar que el oferente no esté incurso en la causal de inhabilidad prevista en el artículo 90 Ley 1474 de 2011. La aplicación de los factores que modifican el pago o contraprestación al CONTRATISTA, relacionados con los Descuentos Operativos o los Acuerdos de Niveles de Servicios – ANS -, no serán tenidos en cuenta para la evaluación y ponderación de este factor, salvo que en estas condiciones particulares (pliegos) u otras normas o reglas contractuales expresamente les hayan dado el carácter de incumplimientos o factores sancionatorios del CONTRATISTA. La interpretación y aplicación de las reglas precedentes debe hacerse en forma integral, entendiendo que cada una es complementaria de las otras. 3.5.2. Valor. Se considerará como “valor” de la oferta, el que el oferente señale explícitamente como tal en el aparte correspondiente, dentro de los formularios contenidos en el pliego. Encontrándose errores o incongruencias subsanables –porque, por ejemplo, puedan inferirse de los datos explícitos suministrados por el oferente- AGUAS NACIONALES EPM asumirá como valor el que resulte de hacer las correcciones o adecuaciones legalmente pertinentes. Si el oferente incluye en los precios de su oferta valores correspondientes a especificaciones o características no solicitadas, AGUAS NACIONALES EPM no suprimirá o modificará la forma del ofrecimiento, ni podrá hacerlo el oferente so pena de considerarse Compra 06-12-2016

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modificada su oferta. En todo caso, si la oferta es la más conveniente, al momento de la aceptación AGUAS NACIONALES EPM definirá si acepta o no las especificaciones o características no solicitadas, de no aceptarlas del valor de la oferta se descontará el valor de lo no solicitado. Descuentos Los descuentos no condicionados consignados en la oferta serán aplicados, para lo cual el oferente deberá indicar cuál es el descuento específico que ofrece para cada uno de los ítems y los deberá indicar en los precios de la oferta. Los descuentos condicionados ofrecidos no serán tenidos en cuenta para la evaluación y comparación de la oferta. Estos serán tenidos en cuenta para la aceptación de la oferta siempre y cuando sean favorables para AGUAS NACIONALES EPM. Ponderación valor Al oferente que ofrezca el menor precio comparable y total, se le asignarán Noventa (90) puntos y a los demás se les asignará un puntaje inversamente proporcional de acuerdo con la siguiente fórmula: Po(i) = Vo x 90 V (i) Donde: Po(i) = Puntaje de la oferta analizada. V(i) = Valor comparable de la oferta analizada Vo = Valor comparable de la oferta más económica

3.6. PUNTAJE TOTAL Y COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS Una vez evaluadas las ofertas en cada uno de los factores señalados, se sumarán los puntajes obtenidos en cada uno de éstos y se asignará el puntaje total de cada oferta; con base en éste se hará la comparación correspondiente mediante la elaboración de una lista que ubique respectivamente a cada oferente elegible desde el que ha obtenido el mayor puntaje total hasta el que obtiene el menor. La oferta que ocupe el primer lugar se recomendará al empleado competente para la aceptación. Si al hacer las ponderaciones resultaren dos o más ofertas con igual puntaje, se preferirá la oferta con mayor puntaje en el factor Precio. Si permaneciere la igualdad, se preferirá la oferta con el menor número de incumplimientos en contratos. En ningún caso la lista incluirá oferentes que no hayan obtenido un mínimo del sesenta por ciento (60%) del puntaje máximo señalado.

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3.7. ACEPTACIÓN DE LA OFERTA O DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO La aceptación de la oferta la hará el empleado competente de AGUAS NACIONALES EPM dentro del período de validez de la oferta, y se comunicará al oferente(s) favorecido(s) y se informará a los demás a través de los medios o canales que tiene AGUAS NACIONALES EPM. Así mismo, el empleado competente, dentro del periodo de validez de la oferta declarará desierto el proceso de contratación en el evento en que no se reciba ninguna oferta, o ninguna de las recibidas resulte válida para AGUAS NACIONALES EPM, lo cual se informará a los oferentes.

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4.

CONTRATO

4.1. VALOR DEL CONTRATO El valor total del contrato será el que resulte de multiplicar las cantidades solicitadas por AGUAS NACIONALES EPM y realmente entregadas por EL CONTRATISTA y recibidas a satisfacción por AGUAS NACIONALES EPM, por los precios unitarios aceptados. 4.2. PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución del contrato – tiempo que tiene EL CONTRATISTA para cumplir el objeto del contrato, corresponde al plazo para la entrega de los bienes.

4.2.1. Plazo para la entrega para bienes Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR Municipio de Bello (Antioquia) Diagonal 50 A No. Transversal 30-31 Interior 5. El plazo para la entrega de los bienes será de Treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha que se señale en la orden de inicio dada por AGUAS NACIONALES EPM. El descargue será por cuenta del CONTRATISTA. Todo el personal de EL CONTRATISTA que lleve a cabo labores de cargue y descargue de los bienes, debe estar debidamente afiliado al sistema de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales. Sin este requisito, AGUAS NACIONALES EPM no permitirá el ingreso y descargue de los bienes.

4.2.2. Lugar de entrega de los bienes Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR: Los bienes deben entregarse en el Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR - Municipio de Bello (Antioquia), ubicado en la Diagonal 50 A No. Transversal 30-31 Interior 5 de Bello, Colombia, libre de todo costo. El descargue de los bienes será por cuenta del CONTRATISTA, con personal idóneo debidamente afiliado al sistema de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, y que además deberá contar con los elementos de seguridad apropiados para la labor.

4.3. FORMA DE PAGO

Los pagos se harán en la forma aceptada por AGUAS NACIONALES EPM, a favor de EL CONTRATISTA o a quien él designe como beneficiario, previa presentación por parte de EL CONTRATISTA y aprobación por parte de AGUAS NACIONALES EPM de los documentos requeridos para el efecto. Para los bienes entregados en el Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR - Municipio de Bello (Antioquia) por EL CONTRATISTA en pesos colombianos, mediante consignación a una cuenta bancaria que debe figurar a nombre del beneficiario de la orden de pago. AGUAS NACIONALES EPM pagará los bienes en moneda nacional colombiana, y de la factura correspondiente, elaborada con el cumplimiento de todos los requisitos tributarios y legales, tanto de forma como de contenido, dentro de los treinta (30) días calendario a la Compra 06-12-2016

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fecha de radicación de la factura, previo recibo y aceptación de los bienes por parte de AGUAS NACIONALES EPM. Quien tenga la obligación de expedir factura de venta deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la DIAN. En caso de mora en los plazos estipulados para el pago de las obligaciones contraídas, imputable a AGUAS NACIONALES EPM, se reconocerá una tasa de interés anual equivalente a DTF+5 puntos para los pagos en moneda nacional, según la referencia vigente al vencimiento de la obligación. No se aceptarán formas de pago alternativas distintas a las establecidas por AGUAS NACIONALES EPM. Pago de los bienes entregados Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR:

- Ciento por ciento (100%) del valor de cada una de las entregas realizadas en el Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR - Municipio de Bello (Antioquia), el cual se consignará en la cuenta del beneficiario del pago, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes al recibo de la factura aprobada por AGUAS NACIONALES EPM. 4.4. GARANTÍAS Y SEGUROS

El Oferente o contratista deberá constituir a favor de AGUAS NACIONALES EPM las garantías de seriedad y cumplimiento en las condiciones que se enuncian a continuación. Las garantías de seriedad y cumplimiento podrán ser amparadas mediante una póliza de seguros o una garantía bancaria, emitida por una compañía de seguros o un banco, respectivamente. Las garantías se expedirán teniendo como asegurado/beneficiario de las mismas a AGUAS NACIONALES EPM y NIT 830112464-6. IMPORTANTE: En todos los casos en los que haya modificación del plazo y/o los precios del contrato, EL CONTRATISTA deberá modificar el valor y/o el plazo de las garantías y seguros respectivos según corresponda, en la proporción correspondiente a los nuevos valores y plazos. Igualmente, cuando se presenten modificaciones en el contrato que no impliquen variación del valor estimado o del plazo, EL CONTRATISTA deberá aportar la constancia de la comunicación a la compañía de seguros o al banco, según sea el caso, en la cual les notifica las modificaciones realizadas en el contrato. 4.4.1. Condiciones de las pólizas emitidas por compañías de seguros Las garantías de Seriedad y de Cumplimiento, así como el seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual que se soliciten dentro de los procesos de contratación con AGUAS NACIONALES EPM, se suscribirán con base en un clausulado único diseñado a la medida de las necesidades de las empresas del Grupo EPM, denominado Póliza Matriz y que sólo puede ser expedido por las compañías designadas para este fin. Compra 06-12-2016

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De conformidad con lo anterior, en lo que respecta a estas garantías otorgadas a través de seguros, el Contratista y/o Oferente conoce y acepta que AGUAS NACIONALES EPM es el titular del riesgo a ser asegurado mediante los seguros a los que se refiere esta cláusula y que, por lo tanto, está legalmente facultado para determinar las condiciones de aseguramiento que deben cumplir las pólizas por medio de las cuales será transferido este riesgo a las aseguradoras, y en los cuales asume la condición de tomador, asegurado y beneficiario. En consecuencia, el Contratista y/o Oferente conoce y acepta que las condiciones de aseguramiento que satisfacen los lineamientos sobre seguros y transferencia de riesgos de AGUAS NACIONALES EPM son cumplidos por la Póliza Matriz que se ha negociado con las compañías de seguros Chubb de Colombia S.A., Compañía Aseguradora de Fianzas S.A. (Confianza), Liberty Seguros S.A., y Seguros Generales Suramericana S.A. Por lo tanto, el Contratista/Oferente contratará los seguros a los que se refiere esta cláusula solamente con tales aseguradoras y bajo las condiciones del Programa Póliza Matriz, cuyas definiciones y condiciones se pueden encontrar en el siguiente link: http://www.AGUAS NACIONALES, EPM.com.co/site/Portals/3/documentos/proveedores/contratacion/poliza-matriz.pdf Para la expedición de la garantía mediante póliza de seguros, el Oferente/Contratista deberá contactarse con el Programa Póliza Matriz, de la siguiente forma: -

-

Dirigiéndose a las taquillas de atención ubicadas en la Dirección Seguros Corporativos de EPM, en las oficinas 06-480 y 06-483, en el Piso 6 del Edificio EPM, ubicado en la Carrera 58 No. 42-125, en Medellín. O vía telefónica, a los teléfonos (4) 380 7590 o (4) 380 7589. O vía correo electrónico a la dirección [email protected]

Para el trámite de las pólizas se deberán aportar, con una antelación de seis (6) días hábiles a la fecha de cierre para la presentación de la oferta, los siguientes documentos: Para Personas Jurídicas: -

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Estados Financieros actualizados de los dos (2) últimos años contables. Declaración de Renta, último periodo gravable. RUT. Certificado de existencia y representación, con vigencia no superior a 3 meses. Listado de socios con una participación superior al 5%, incluyendo nombre o razón social, cédula o NIT. Hoja de Vida o record de obras (Experiencia del Contratista). Formulario SARLAFT (Formulario de conocimiento del Cliente del sector asegurador exigido por la Superintendencia Financiera, que se encuentra adjunto en el link de la página web). Cedula de ciudadanía del representante legal. Pagaré firmado en garantía a la aseguradora.

Para Personas Naturales:

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Estados Financieros actualizados de los dos (2) últimos años contables, o Constancia de Ingresos (Honorarios laborales, Certificado de Ingresos y Retenciones o el documento que corresponda). Declaración de Renta del último período gravable disponible (Si declara). Copia del documento de identidad. RUT. Hoja de Vida o record de obras (Experiencia del Contratista). Formulario SARLAFT (Formulario de conocimiento del Cliente del sector asegurador exigido por la Superintendencia Financiera, que se encuentra adjunto en el link de la página web). Pagaré firmado en garantía a la aseguradora.

El Oferente podrá indicar al Programa Póliza Matriz, con cuál aseguradora prefiere que se emita la póliza (de entre las que hacen parte del Programa). Si dicha aseguradora no pudiera otorgar el seguro, se tramitará su expedición con otra de las aseguradoras seleccionadas para este programa. Con tres (3) días de antelación a la fecha de cierre para la presentación de ofertas, se le informará al Oferente si la aseguradora indicada u otra de las que hace parte del Programa Póliza Matriz emitirá la póliza. En caso de que fuera declinada por todas, se le informará al Oferente para que realice las gestiones para obtener una garantía bancaria a efectos de presentar su propuesta. Se aclara que el pago de la prima que se cause con ocasión de las garantías de seriedad y de cumplimiento, y de la póliza de responsabilidad civil extracontractual correrá por cuenta del Oferente, así como la que se cause por las modificaciones efectuadas las mismas. Para que la póliza pueda ser adjuntada a la oferta, la póliza se entregará hasta el mismo día de cierre, hasta una hora antes de la hora fijada para el cierre de la presente solicitud de ofertas, siempre que se entregue el respectivo certificado de pago de la misma o se pueda verificar. 4.4.2. Condiciones de las garantías emitidas por entidades bancarias

Si se opta por otorgar una garantía bancaria (aval o carta de crédito Stand By) emitida por entidades bancarias, deberán reunir los siguientes requisitos: -

Deberán ser irrevocables y a la vista.

-

Deberán otorgarse en idioma español.

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Deberán ser expedidas por establecimientos bancarios vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia o quien haga sus veces, que cuenten con una calificación vigente a la fecha de expedición de la garantía, otorgada por una sociedad calificadora autorizada en Colombia. Dicha calificación deberá corresponder a la máxima calificación para el corto plazo y como mínimo la segunda mejor calificación para el largo plazo, según las escalas utilizadas por la sociedad calificadora que la otorga.

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Cuando las garantías sean emitidas por un banco del exterior, éstas deberán ser confirmadas por un establecimiento bancario en Colombia que cumpla con los criterios definidos anteriormente.

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En caso de que la garantía bancaria sea expedida por entidades financieras del exterior, en cumplimiento de la normatividad cambiaria vigente al momento de la expedición, se deberá entregar copia del registro de la misma ante el Banco de la República.

-

El garante debe haber renunciado al beneficio de excusión.

-

En cuanto a la reclamación para el pago tener en cuenta:

· Deberán ser a primer requerimiento o a primera demanda, sin que se exijan requisitos o formalidades adicionales a la reclamación presentada en español para su pago. En consecuencia, no se requerirá al Beneficiario la exhibición o el acompañamiento del original o copia de esta Garantía Bancaria ni requerimiento judicial, extrajudicial, o requisito de cualquier otro tipo. Se entenderá en consecuencia, que este documento constituye título ejecutivo con su simple presentación acompañada de la manifestación de “Beneficiario” sobre el monto del incumplimiento. ·

Se deberá indicar la sucursal del banco en la que se deberá presentar la reclamación.

· El banco deberá pagar la suma garantizada a más tardar en los 3 días bancarios siguientes a la radicación de la solicitud de pago. - La garantía podrá ser utilizada durante su vigencia, parcialmente y cuantas veces sea necesario, hasta completar el monto total de la misma. - La garantía estará vigente como se indica, sin perjuicio de los cambios que se realicen por el Banco a petición del ordenante, los cuales constarán en la nueva garantía emitida por el Banco que reemplazará en su totalidad la garantía existen, previa aprobación de los cambios y recibo de la nueva garantía por parte del beneficiario. - La garantía bancaria deberá especificar, la fecha de emisión, la vigencia, la cobertura que otorga, el valor garantizado, así como el número del proceso de contratación en el caso de la garantía de seriedad o el número del contrato garantizado para las garantías de cumplimiento. - Cuando el oferente opte por otorgar la garantía de seriedad de la oferta a través de una garantía bancaria, se compromete a tramitar las garantías contractuales igualmente a través de este tipo de garantía. No obstante se podrá gestionar, sin que al respecto se le dé ninguna certeza, el otorgamiento de las garantías contractuales, a través del programa de póliza matriz. Lo anterior, siempre que sea aceptado por las aseguradoras del mismo y cumpla los requisitos para la expedición de las garantías respectivas. 4.4.3. Amparos de las Garantías de Seriedad de la Oferta, Cumplimiento, y seguros aplicables a la solicitud de ofertas.

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Las garantías de seriedad y cumplimiento, con sus diferentes amparos contractuales y poscontractuales, se constituirán en la misma moneda del contrato, y deberán cubrir los riesgos que se indican a continuación. Debido a que las compañías de seguros sólo pueden emitir primas en pesos colombianos o dólares americanos, en caso de que la moneda del contrato sea diferente, se efectuará la conversión correspondiente a las tasas de cambio vigentes en el momento de la expedición. Garantía de Seriedad de la Oferta Cobertura

Valor asegurado

Garantía de Seriedad de la Oferta

10 % del valor del contrato

Vigencia Vigencia (mínimo el plazo de validez de la oferta más 90 días calendario)

En todo caso, la garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. Garantías de Cumplimiento Se deberán contratar los siguientes amparos: 



Amparo de Cumplimiento Cobertura

Valor asegurado

Vigencia

Amparo de cumplimiento

20% del valor del contrato

Vigencia igual a la totalidad del plazo del contrato del contrato más 30 días.

Amparo de calidad de los elementos o bienes suministrados Cobertura

Valor asegurado

Vigencia

Amparo de calidad de los elementos o bienes suministrados

10% del valor total del contrato

12 meses, que empezará a correr a partir de la aceptación final de los bienes o servicios).

Aclaraciones respecto de las Garantías y Seguros

1. Se aclara que el pago de la prima o valor de la garantía bancaria, que se cause con ocasión de este proceso de contratación correrá por cuenta del Oferente, así como la Compra 06-12-2016

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que se cause por las modificaciones en valor o vigencia del contrato y que impliquen el ajuste de la garantía y/o el seguro. 2. La modificación o ajuste de las vigencias de los amparos pos-contractuales será requisito previo para la entrega de las sumas que por cualquier concepto se encuentren pendientes de pago al CONTRATISTA. 3. Queda entendido y acordado por las partes que ni los valores asegurados de las garantías con las que debe contar EL CONTRATISTA y/o Proveedor de conformidad con esta cláusula ni las garantías en sí mismas, limitan o reducen la responsabilidad del CONTRATISTA y/o Proveedor o sus obligaciones.

4.5. EXTENSIÓN DE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES A OTRAS EMPRESAS DEL GRUPO EMPRESARIAL EPM. En caso de que una o varias empresas del Grupo Empresarial EPM no incluidas en este proceso de contratación, llegare(n) a requerir los mismos bienes y/o servicios durante el término de ejecución del contrato a que dé lugar este proceso de contratación, que para estos efectos se denomina contrato originario, (los) CONTRATISTA(s) asume(n) la obligación de extender las mismas condiciones contractuales para la venta o suministro de los bienes y/o servicios objeto del contrato originario, a la(s) empresa(s) que presente(n) su solicitud de compra a través de la modalidad de selección establecida para tal efecto, dentro del término indicado. Los precios de los bienes y/o servicios, deberán ser iguales o más favorables a los inicialmente pactados, más el valor que corresponda al transporte y a las condiciones de entrega diferentes a los aquí establecidas, si es del caso. Este valor debe ser negociado con cada empresa antes de la firma del respectivo contrato. En todo caso, el oferente tendrá en cuenta que EL CONTRATANTE, con quien suscriba el contrato originario, no se hace responsable de ninguna obligación contraída por las demás empresas con motivo de la firma de contratos que surjan en virtud de lo aquí estipulado. 5.

EJECUCIÓN

Una vez formada la relación jurídica contractual –perfeccionamiento y formalización del contrato- las partes darán inicio al cumplimiento de sus respectivas obligaciones, con atención estricta a los términos que se consignan en los documentos del contrato, siempre con atención y respeto de las normas legales vigentes, consultando los intereses, objetivos y propósitos de ambos y con aplicación de los principios de la buena fe y la fidelidad contractual. Los pasos y elementos que componen esta etapa del contrato son los que se listan en forma genérica a continuación, pero las partes reconocen que el contenido de cada uno de ellos se determina por particularidades que definen las disciplinas, prácticas y costumbres vigentes y que, en caso de desconocer dichos factores determinantes, no se procederá unilateralmente o sin consultar debidamente a su contraparte.

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5.1. ORDEN DE INICIO Cumplidas las obligaciones referentes a la formalización del contrato, AGUAS NACIONALES EPM, a través del empleado competente y por escrito, dará la orden de inicio para la ejecución del contrato. La fecha fijada como de inicio será el punto de partida para contabilizar el plazo de ejecución contrato. En todo caso AGUAS NACIONALES EPM podrá, con atención a sus normas de contratación, dar la orden de inicio para la ejecución del objeto con anterioridad a la formalización del contrato. Cuando de la valoración de riesgo se advierta que es necesario contar con la aprobación de uno o varios de los amparos de las garantías, el inicio anticipado deberá contar con dicha aprobación. 5.2. RESPONSABILIDAD POR LOS BIENES EL CONTRATISTA será responsable de todo riesgo o siniestro sobre los bienes, equipos, materiales, elementos, partes y componentes, hasta su entrega en las oficinas del Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR., ubicado en la Diagonal 50 A No. Transversal 30-31 Interior 5 de Bello, Colombia. EL CONTRATISTA asumirá todos los riesgos sobre el suministro rechazado a partir de la fecha en que AGUAS NACIONALES EPM le comunique dicho rechazo. 5.2.1

Lista de materiales de despacho

Antes de proceder al despacho de los elementos, EL CONTRATISTA deberá presentar a AGUAS NACIONALES EPM el modelo de la lista de materiales de despacho que pretende utilizar para el control de los despachos. La lista de los materiales de despacho deberá detallar la identificación que se usará en las distintas unidades de empaque (fardos, cajas, huacales, etc.), y la cuantificación de su contenido. Cada elemento deberá identificarse de acuerdo con los planos del material, por nombre, número de código, sub-ensamble o ensamble a que pertenece y demás indicaciones que permitan identificar a cada parte despachada sin llegar a dudas. Además la lista deberá contener información sobre el número de partes de los bienes, el número de partes despachadas y el número de partes pendientes de despacho, en tal forma que se tenga control permanente de los despachos. Aprobada la lista por AGUAS NACIONALES EPM, se procederá a dar las instrucciones sobre identificación de las unidades de empaques. 5.2.2. Embalaje y transporte El CONTRATISTA será responsable y asumirá todos los costos, reemplazos, reparaciones y perjuicios ocasionados a AGUAS NACIONALES EPM derivados de cualquier desajuste, deterioro, daño, extravío que se produzca a cualquiera de las piezas de los elementos durante el transporte, manejo y almacenamiento desde el sitio de despacho hasta el sitio de recepción, por una inapropiada preparación, embalaje o marca de los elementos y adicionalmente será responsable por todos los daños ocasionados a terceros derivados de ello.

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Las unidades de mercancía se agruparán para conformar unidades de carga (pallets, estibas, huacales, etc.), dependiendo del medio de transporte a utilizar, aunque por el peso se requiera el uso de equipo mecánico. Las piezas sueltas pequeñas y expuestas a pérdida o extravío se agruparán y empacarán en cajas o fardos marcados adecuadamente para su identificación. Deberá incluir una copia de la lista de empaque, en español, empacada en sobre a prueba de agua y la cual debe contener como mínimo la siguiente información: peso bruto, el peso neto, las dimensiones, el número de empaque con la descripción completa del contenido en cuanto a cantidad, valor unitario, valor de cada pieza y descripción, lo anterior por exigencia de la compañía de seguros. Si para el transporte de la carga EL CONTRATISTA utiliza embalajes de madera o soportes para acomodación de la carga que sean de madera, deberá cumplir con las norma NIMF 15 (Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias No.15) de la Secretaría de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), al igual que con la Resolución 01079 del 3 de junio de 2004 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). En caso de que el empaque y soportes de madera no cumplan con las anteriores normas, el CONTRATISTA deberá asumir todos los gastos y extra costos ocasionados por las actividades necesarias para la liberación del cargamento y por las demoras generadas.

5.3. DEBER DE INFORMACIÓN DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 5.3.1. Relacionada con la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo. EL CONTRATISTA se obliga a entregar a AGUAS NACIONALES EPM la información veraz y verificable que esta última le exija para dar cumplimiento a la normatividad relacionada con la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, así como a actualizar los datos suministrados mínimo una vez al año. De la misma forma, EL CONTRATISTA deberá informar a AGUAS NACIONALES EPM del inicio de cualquier proceso penal, sin importar si se encuentra en etapa de investigación o juicio, que lleve a cabo la autoridad competente en donde EL CONTRATISTA sea parte del proceso, así como cualquier citación que le realice dicha autoridad para que comparezca dentro de una investigación o proceso penal, sin importar en la calidad que sea citado. 5.4. CUMPLIMIENTO El contrato se considerará cumplido cuando cada una de las partes lleva a cabo las acciones que explícita o implícitamente quedan comprendidas en los compromisos u obligaciones que asume, y con atención a las características formales y de tiempo previstas para ello. Cualquier desviación, modificación u omisión de dichas acciones que no haya sido consentida expresamente por la contraparte, constituirá legalmente un caso de Compra 06-12-2016

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“incumplimiento” del contrato y será suficiente para que se produzcan los efectos legal o contractualmente previstos para ello. Es un caso especial de incumplimiento la renuencia del CONTRATISTA a firmar el contrato en los casos en los cuales esta formalidad se establezca, de conformidad con lo previsto en estas condiciones o no aportar la documentación necesaria para la formalización del contrato y, por tanto, para hacer posible dar la orden de inicio. AGUAS NACIONALES EPM considerará que esta circunstancia se ha dado cuando transcurran diez (10) días calendario después del vencimiento del plazo para cumplir con los actos señalados. Dicho término no es un plazo adicional al fijado para la formalización del contrato. En ambos casos, AGUAS NACIONALES EPM podrá aceptar la oferta del oferente clasificado en la lista de elegibles en segundo lugar, frente a quien se procederá de manera similar a la del primer caso; en consecuencia, de darse una circunstancia semejante de renuencia por parte del nuevo oferente seleccionado, se acudirá al clasificado en tercer lugar y bajo los mismos mecanismos de conformación del acuerdo. En todo caso y frente a los oferentes que incurran en el incumplimiento acabado de relacionar, AGUAS NACIONALES EPM hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y el oferente quedará en la situación de inhabilidad para contratar que contempla la Ley 80 de 1993. 5.5. CLÁUSULA PENAL De conformidad con el artículo 1592 del Código Civil Colombiano, las partes convienen que en caso de incumplimiento del CONTRATISTA en las obligaciones del contrato, o de la terminación del mismo por hechos imputables a él, éste pagará a AGUAS NACIONALES EPM en calidad de cláusula penal una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato que corresponde a una tasación anticipada de los perjuicios derivados de dicho incumplimiento, para lo cual se aclara que esta suma será considerada como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios causados a AGUAS NACIONALES EPM, por eso, en exceso de esta suma AGUAS NACIONALES EPM podrá cobrar los perjuicios adicionales que demuestre ha causado el incumplimiento del contratista, en otras palabras, AGUAS NACIONALES EPM descontará de los perjuicios totales del incumplimiento el valor de la cláusula penal y sobre este valor no tendrá necesidad de probar el monto de los perjuicios. El valor de la cláusula penal se tomará directamente de cualquier suma que se adeude al CONTRATISTA, de ser posible, o se cobrará directamente a EL CONTRATISTA, o se hará efectiva la garantía de cumplimiento del contrato; si lo anterior no es posible, se cobrará por la vía judicial. Si posteriormente EL CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo exoneren de responsabilidad, y éstas son aceptadas por AGUAS NACIONALES EPM, habrá lugar a la entrega a EL CONTRATISTA de los dineros deducidos o pagados. Los dineros que deban ser entregados a EL CONTRATISTA en este concepto serán reajustados en el porcentaje igual al índice de precios al consumidor para el año en que se proceda a la devolución y en proporción al tiempo durante el cual fueron retenidos. 5.6. DESCUENTOS OPERATIVOS Y MEDIDAS DE APREMIO Con fundamento en el principio de la autonomía de la voluntad consagrado en el 1602 del Código Civil Colombiano, en la costumbre mercantil y las normas internas de contratación de AGUAS NACIONALES EPM, con la presentación de la oferta y la celebración del Compra 06-12-2016

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contrato, EL CONTRATISTA acuerda y acepta como descuentos operativos y medida de apremio, acorde con lo establecido en este numeral. La aplicación de descuentos operativos o medidas de apremio no libera ni atenúa la responsabilidad de EL CONTRATISTA del cumplimiento de las obligaciones adquiridas con la celebración del contrato. Los perjuicios que se ocasionen como consecuencia del retardo o del incumplimiento podrán hacerse efectivos en forma separada. 5.6.1. Descuentos operativos EL CONTRATISTA acuerda y acepta como descuentos operativos los siguientes: 5.6.1.1. Descuento por calidad en los bienes, por mermas o deterioro imputable a EL CONTRATISTA: Si la inspección indica que cualquiera de los materiales, partes, bienes y sistemas que conforma el objeto del contrato no cumplen con las especificaciones, o no funciona correcta y seguramente bajo todas las condiciones de operación, AGUAS NACIONALES EPM podrá hacer efectivo un descuento, equivalente al diez por ciento (10%), del valor total de la entrega incumplida. 5.6.1.2. Descuento por demoras en la entrega de los bienes: En el caso de que EL CONTRATISTA no cumpliere con la entrega de los bienes objeto del contrato en el plazo de entrega pactado o del plazo otorgado para la nueva entrega de los bienes devueltos por defectos de calidad, EL CONTRATISTA otorga un descuento del uno por ciento (1%), del valor de la entrega atrasada por cada día calendario de retardo hasta la entrega completa a plena satisfacción, hasta un tope del diez por ciento (10%) del valor de la entrega inconforme. 5.6.2. Procedimiento para la aplicación de los descuentos operativos: LAS PARTES acuerdan que para aplicar los descuentos operativos antes mencionados, se adelantará la siguiente actuación: Si EL CONTRATISTA incurre en una de las causales de descuentos pactadas en el contrato, AGUAS NACIONALES EPM a través del jefe de la dependencia que tiene a su cargo la administración del contrato, adelantará el siguiente trámite, según la clasificación: En contratos con pagos nacionales-residentes cambiarios: AGUAS NACIONALES EPM elaborará un documento de cobro con el valor a descontar, EL CONTRATISTA deberá responder informando a cuál factura se le debe hacer el descuento, en caso de no hacerlo dentro del tiempo señalado, AGUAS NACIONALES EPM lo pueda descontar de cualquier suma que le adeude al CONTRATISTA. En caso de que AGUAS NACIONALES EPM no cuente con dineros retenidos a favor de EL CONTRATISTA, éste deberá proceder con el pago del documento de cobro dentro de los ocho días calendario siguientes a su recibo y lo deberá entregar en al administrador del contrato. De no realizar el pago en el término que se le señale en el documento de cobro, se procederá a accionar la garantía de cumplimiento. AGUAS NACIONALES EPM comunicará con el documento de cobro a EL CONTRATISTA la aplicación del descuento y ordenará la retención de todos los pagos pendientes en este contrato, hasta tanto, EL CONTRATISTA haga entrega de los documentos que soportan el Compra 06-12-2016

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descuento (tales como: la factura o una nota de abono o crédito o factura de rectificación) correspondiente a dicho descuento. Esta retención no genera intereses a favor del CONTRATISTA. 5.6.3. Medida de apremio El incumplimiento o la mora de cualquiera otra de las obligaciones contenidas en las condiciones del contrato, diferente de los eventos a que se refiere de manera explícita los descuentos operativos, causará una medida de apremio por un monto de un (1) SMMLV, por cada día de retardo en el cumplimiento de la obligación correspondiente, hasta por un tope del diez por ciento (10%) del valor del contrato. Las medidas de apremio serán reportadas a la dependencia o instancias pertinentes., más no a la cámara de comercio. 5.6.4. Procedimiento para la aplicación de la medida de apremio Si EL CONTRATISTA incurre en una de las causales de medida de apremio pactadas en el contrato, AGUAS NACIONALES EPM a través de la dependencia administradora del contrato, le informará por escrito la causal en que presuntamente ha incurrido. EL CONTRATISTA contará con un término de dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de la comunicación, para exponer o justificar las razones de su atraso o del incumplimiento. Finalizado el término indicado, el jefe de la dependencia administradora del contrato procederá al análisis de las razones o justificaciones expuestas por EL CONTRATISTA, de haberlas presentado, y le enviará comunicación escrita debidamente motivada, informando: 1. Que no hay lugar a la aplicación de la medida de apremio, de aceptarse las justificaciones y explicaciones presentadas, o, 2. Que se tramitará la aplicación de la medida de apremio, si no manifestó las razones que justifiquen el incumplimiento de la respectiva obligación, o de haberlas presentado, no se encuentra justificado el incumplimiento. En la comunicación del trámite de aplicación de la medida de apremio, se concederá a EL CONTRATISTA un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente al recibo de la misma, para que presente los argumentos que sustentarían la inaplicabilidad de la medida de apremio. Cumplido este término se procederá al análisis de los argumentos que presente EL CONTRATISTA y se enviará una nueva comunicación escrita confirmando la aplicación de medida de apremio o indicando que no se aplicará. En el evento de que EL CONTRATISTA no presente ningún argumento dentro del término previsto, la medida de apremio quedará en firme. Cuando la comunicación establezca la aplicación de la medida de apremio, se procederá así:

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• En contratos con pagos nacionales-residentes cambiarios: AGUAS NACIONALES EPM elaborará un documento de cobro con el valor a descontar, el contratista deberá responder informando a cuál factura se le debe hacer el descuento, en caso de no hacerlo dentro del tiempo señalado, AGUAS NACIONALES EPM lo podrá deducir de cualquier suma que le adeude al CONTRATISTA. En caso de que AGUAS NACIONALES EPM no cuente con dineros retenidos a favor del CONTRATISTA, éste deberá proceder con el pago del documento de cobro y lo deberá entregar en al administrador del contrato. De no realizar el pago en el término que se le señale en el documento de cobro, se procederá a accionar la garantía de cumplimiento.

La medida de apremio se entenderá en firme el día en que vence el término para que EL CONTRATISTA presente argumentos que sustenten la no aplicación de la misma, sin que los hubiera presentado, o desde la fecha en la cual se le comunique la confirmación de la aplicación de la medida de apremio. 5.6.5. Pérdida de efectos de la medida de apremio y devolución de las sumas cobradas o pagadas. La medida de apremio deberá dejarse sin efectos cuando: 1. Cuando se profiera y esté ejecutoriada la sentencia judicial que determine la improcedencia de su aplicación. El valor de la medida de apremio se devolverá en las condiciones que se fijen en el fallo. 2. Cuando EL CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo exoneren de responsabilidad. En este caso habrá lugar a la entrega del dinero cobrado o descontado, indexado con el Índice de Precios al Consumidor (Circular 1295 de diciembre 27 de 2004 o el acto que la modifique). 5.7. RECLAMACIONES DE AGUAS NACIONALES EPM A EL CONTRATISTA RELACIONADAS CON LA CALIDAD DE LOS BIENES Y EQUIPOS SUMINISTRADOS EN EL CONTRATO Si durante la vigencia del contrato o dentro del período de validez de la garantía de calidad y correcto funcionamiento de los bienes, se encuentra que cualquier parte de los bienes no cumple en un todo con las especificaciones, o muestra defectos por diseño, materiales, mano de obra, procesos de fabricación, actos u omisiones de EL CONTRATISTA o el fabricante, o cualquier defecto o mal funcionamiento imputable al CONTRATISTA o al fabricante, AGUAS NACIONALES EPM notificará al CONTRATISTA y éste tendrá un plazo máximo de cinco (05) días hábiles para dar una respuesta por escrito a AGUAS NACIONALES EPM, luego de los análisis por parte de AGUAS NACIONALES EPM y si se aceptan los argumentos presentados por EL CONTRATISTA y si se llega a un acuerdo con EL CONTRATISTA, éste ejecutará inmediatamente todas las acciones que sean necesarias para subsanar las anomalías dentro del plazo fijado por AGUAS NACIONALES EPM. Si EL CONTRATISTA habiendo sido notificado no toma acción remedial inmediata o descuida la reparación del defecto en forma tal que se obligue a mantener por fuera de servicio todo o parte de los bienes por un término superior a ocho (8) días hábiles, AGUAS Compra 06-12-2016

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NACIONALES EPM podrá ejecutar cualquier acción remedial que consideren necesaria a riesgo y costo de EL CONTRATISTA, con cargo a cualquier pago debido a éste o a la garantía de calidad y correcto funcionamiento. Lo anterior se entenderá sin menoscabo de cualquier acción que pueda emprender AGUAS NACIONALES EPM en contra de EL CONTRATISTA y tendiente al reconocimiento de los perjuicios recibidos. En caso de que sea necesario el reemplazo o reposición de una parte defectuosa del bien o equipo entregado, EL CONTRATISTA deberá cumplir con estas obligaciones de reemplazo en los términos de la garantía técnica o de calidad de sus productos, de conformidad con la normatividad respectiva. La revisión que AGUAS NACIONALES EPM de los documentos suministrados por EL CONTRATISTA o a los bienes o a la inspección que ejecuten durante el desarrollo del contrato no relevará, liberará, exonerará, atenuará o trasladará la obligación de EL CONTRATISTA de garantizar la calidad y correcto funcionamiento de los bienes o equipos suministrados o instalados en la forma establecida en los documentos del contrato.

6.

TERMINACIÓN

6.1. ACEPTACIÓN TÉCNICA A criterio de AGUAS NACIONALES EPM, los bienes se someterán a las pruebas a que haya lugar y/o a las pruebas en operación pertinentes, antes de emitir la comunicación de aceptación técnica, la cual se dará siempre y cuando los resultados obtenidos estén acordes con los fines para los cuales fueron adquiridos los bienes y cumplan con las especificaciones técnicas. Si AGUAS NACIONALES EPM se abstiene de realizar las citadas pruebas, la aceptación técnica se dará luego de la inspección física por parte del área técnica o los designados, siempre y cuando los bienes cumplan las condiciones y especificaciones de este pliego. Si la aceptación no ha sido expedida dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la fecha de la entrega, por causas no imputables al CONTRATISTA, éste podrá solicitar a AGUAS NACIONALES EPM un documento en que conste que la totalidad de los bienes han sido entregados y que ha aportado la documentación exigida. Dicho documento hará las veces de la aceptación técnica para efectos de la liberación de cualquier suma retenida. 6.2. DEVOLUCIÓN DE LA MERCANCÍA Si luego de la fecha de recepción de los bienes y aceptación de los mismos por parte del área técnica de AGUAS NACIONALES EPM, aparecen daños o defectos en los bienes, AGUAS NACIONALES EPM lo comunicará por escrito al CONTRATISTA, para darle oportunidad de inspeccionarlos y/o corregirlos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al comunicado. Pasado este tiempo si aún los bienes continúan dañados o defectuosos, EL CONTRATISTA los deberá reponer, sin costo para AGUAS NACIONALES EPM, en un término que no podrá exceder los sesenta (60) días calendario, de lo contrario se considerará que hay incumplimiento del plazo de entrega, por lo tanto, se podrá aplicar la deducción que se estipula en el numeral (5.6.1.2) y se podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Compra 06-12-2016

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En todos los casos la reposición de los bienes se hará en el Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR - Municipio de Bello (Antioquia) y por tanto EL CONTRATISTA correrá con todos los costos asociados. 6.3. TERMINACIÓN La terminación del contrato se dará en las siguientes causas: (a) en primer lugar cuando se ha efectuado la entrega de los bienes objeto del contrato dentro del plazo o plazos fijados en el contrato; (b) si, vencido el plazo de ejecución, los bienes no han sido entregados, AGUAS NACIONALES EPM podrá declarar el incumplimiento del contrato y exigir del contratista la indemnización de los perjuicios ocasionados. 6.4. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO 6.4.1. Por incumplimiento de una de las partes Con fundamento en los artículos 1602 y 1546 del Código Civil Colombiano, en concordancia con el artículo 870 del Código de Comercio, las partes acuerdan que el contratante cumplido podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada, cuando se presente un incumplimiento grave, total o parcial, de las obligaciones a cargo de la otra parte. Se considera, entre otros, como incumplimiento grave de:

EL CONTRATISTA la ocurrencia de uno de los siguientes eventos: a) Cuando haya incurrido en causales de medidas de apremio que superen el diez por ciento (10%) del valor del contrato; b) El incumplimiento que dé lugar a que AGUAS NACIONALES EPM incumpla una obligación de carácter regulatorio o legal; c) El incumplimiento de lo previsto en la cláusula de las Condiciones Generales para Contratar Bienes y Servicios en cuanto a las obligaciones de protección a la información personal Para garantizar el debido proceso y el derecho de contradicción, la parte que invoca la causal de terminación anticipada comunicará a la otra por medio del correo electrónico indicado para recibir comunicaciones y notificaciones o en su defecto por medio de correo certificado, la decisión de iniciar el proceso de terminación del contrato, indicándole la causal que se invoca. En caso de que la parte incumplida demuestre claramente en un plazo no superior a diez (10) días calendario que está en capacidad de cumplir sus obligaciones, la parte cumplida determinará si continúa la ejecución del contrato y en tal caso se definirán los hitos de seguimiento que garanticen el efectivo cumplimiento del mismo, los cuales, en el evento de ser incumplidos, darán lugar a la terminación del contrato. Tanto en el incumplimiento de los hitos a los que hace relación el párrafo anterior, como si la parte incumplida no demuestra su capacidad para atender sus obligaciones en el plazo fijado, las partes acuerdan que habrá lugar a la terminación del contrato, lo cual se comunicará inmediatamente a la parte incumplida y se procederá al cierre de cuentas del contrato en el estado en que se encuentre. Compra 06-12-2016

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Nota: La parte que dé lugar a la terminación anticipada del contrato, por las causales antes previstas deberá indemnizar los perjuicios causados.

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FORMULARIO 1 PR 2016-050 RELACIÓN DE DOCUMENTOS

El OFERENTE __________________________________________, somete la presente oferta a consideración de AGUAS NACIONALES EPM, cuyo contenido es el siguiente: Folio

DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO

DESDE

HASTA

Folios de la oferta

xx

xx

FORMULARIO 1 – Relación de documentos

xx

xx

FORMULARIO 2 – Carta de presentación

xx

xx

FORMULARIOS 3 – Cantidades y precios

xx

xx

FORMULARIO 4 - Prevención lavado de activos y financiación del terrorismo

xx

xx

FORMULARIO 5 – Certificado de Gestión de Calidad del oferente

xx

xx

FORMULARIO 6 – Experiencia del Oferente

XX

xx

FORMULARIO 7 – Cumplimiento contratos

xx

xx

FORMULARIO 8 – Adendas y aclaraciones recibidas por el oferente.

xx

xx

Anexos

xx

xx

Certificado de autorización otorgado por el Fabricante

xx

xx

Garantía de seriedad de la oferta

xx

xx

Certificación de pago de aportes de seguridad y parafiscales, cuando sea el caso

xx

xx

Certificado de Existencia y Representación Legal.

xx

xx

Certificado de la Junta Central de Contadores

xx

xx

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FORMULARIO 2 PR 2016-050 CARTA DE PRESENTACIÓN

Lugar: ____________, fecha: ____________________

« AGUAS NACIONALES EPM.» «Edificio Empresas Públicas de Medellín» «Carrera 58 42-125, Oficina 244, piso 7 «Medellín» Asunto: Proceso de contratación PR-2016-050, Compra de equipos audiovisuales para las edificaciones construidas en las instalaciones del Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR de Bello.

El (los) suscrito(s) __________________________________habiendo examinado cuidadosamente los documentos de la contratación y (sus adendas), _______recibidas las aclaraciones solicitadas, presento oferta para ___________________________________relacionados con el objeto del proceso de contratación del asunto. Manifestamos que hemos comprendido el contenido del pliego de condiciones, incluidas sus informaciones, aclaraciones y/o modificaciones (si las hubiere), las Condiciones generales de contratación bienes y servicios y demás anexos del proceso, aceptamos las exigencias contenidas en ellos y garantizamos que la oferta cumple con las mismas. De ser aceptada la oferta nos comprometemos a formalizar un contrato de conformidad con lo establecido en los documentos de la contratación y a presentar la documentación requerida, dentro del período indicado para el efecto. Ejecutaremos el contrato por los precios cotizados en nuestra oferta, según procedimiento establecido en el pliego, en las condiciones contractuales y técnicas exigidas en los documentos de esta contratación y previstas por las normas que rigen la contratación con AGUAS NACIONALES EPM de conformidad con la aceptación que se nos haga y en el plazo estipulado en el pliego. Mantendremos válida nuestra oferta durante el término que se establece en los documentos de esta contratación, contados desde la fecha de cierre para la presentación de ofertas; procederemos a ampliar su validez y la vigencia de la garantía de seriedad, si se diere el supuesto contemplado en el pliego. Manifestamos que a la fecha no incurrimos en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con AGUAS NACIONALES EPM y en caso de sobrevenir alguna, informaremos inmediatamente a AGUAS NACIONALES EPM y cederemos el Compra 06-12-2016

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contrato, previa autorización escrita de AGUAS NACIONALES EPM y de no ser posible la cesión, renunciaremos a continuar con su ejecución. Declaramos que la información contenida en nuestra oferta es exacta y veraz, y que aportaremos las pruebas que AGUAS NACIONALES EPM considere necesarias para verificar su exactitud y en caso de no ser ello satisfactorio para AGUAS NACIONALES EPM conforme a las exigencias de los documentos de esta contratación, aceptamos que nuestra oferta sea eliminada. Con la presentación de esta oferta autorizo a AGUAS NACIONALES EPM y a sus subordinadas para utilizar la información referente a datos personales para actividades propias de su negocio y su tratamiento estará regulado por la Ley 1581 de 2012. Cuando el contrato implique transmisión internacional de datos, con la presentación de la oferta aceptamos las condiciones del contrato de transmisión internacional de datos anexo. Declaramos expresamente que la presente oferta si XX no XX tiene información reservada y la información que tiene dicho carácter es: XXXX Lo anterior con fundamento en las siguientes normas: XXXXXXXX, Declaramos que estamos informados y aceptamos las condiciones y procedimientos que para los ajustes de informalidades y de precios unitarios se han estipulado en el pliego, así mismo aceptamos que AGUAS NACIONALES EPM realice el ajuste de precios a los que tiene previamente determinados de acuerdo con los presentados en el formulario de precios y aceptamos el contrato único con dichos precios, en caso de que nos sea aceptada la oferta y las demás condiciones y especificaciones contenidas en el mismo. Nombre del oferente: _____________________________NIT: __________________ Dirección del oferente: xxx

Teléfono No: Xxxx

Dirección electrónica para recibir comunicaciones y notificaciones del oferente y/o contratista: ___________________________ Teléfono No: ____________ Fax No.: ___________________________E-mail: ___________________________

Atentamente, Representante legal: ___________________________ Cédula de Ciudadanía: ___________________________

Firma: ______________________

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FORMULARIO 3 PR 2016-050 CANTIDADES Y PRECIOS ítem

Descripción

Unidad

Cantidad

Un Un Un Un Un Un Un Un

4 2 2 2 4 1 1

22

Radios con manos libres Cable micrófono 7 metros Base micrófono de piso Base trípode para parlante Cable micrófono 15 metros Parlante computador 2.1 radio-USB Micrófono inalámbrico de mano Micrófono inalámbrico de solapa takstar Monitor industrial 48" Bafle con parlante mp3 con forro Consola pasiva 10 canales con efectos Rack esqueleto con bandejas y forro Video beam 3600 lumenes hdmi-usb Multitoma eléctrico 6 tomas dobles 12 salidas 20 metro Extensión eléctrica 50 metros encauchetada Extensión eléctrica 10 metros encauchetada Multitoma eléctrico 3 tomas dobles 6 salidas econom Sistema portátil con mic de solapa diadema Disco duro 2tb 3.0/tbolt ext.lacie Telón móvil con trípode 180x18070"x70" Soporte ref sm-260 47/55 ecualizable Cable de señal para patchcord xlr de 1 mt

23

Diadema

24

Tablero blanco para marcador borrable

Un Un

25

Micrófono alámbrico de mano

26

Bluray

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21

Un Un Un Un Un Un Un Un Un Un Un Un Un Un

Un Un

Precio unitario sin IVA

Total

1 1 2 1 1 2 1 1 1 1 1 1 1 1 2 2

4 2 2

Valor total de la oferta, sin incluir el IVA Compra 06-12-2016

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ítem

Descripción

Unidad

Cantidad

Precio unitario sin IVA

Total

Valor del IVA Valor total incluido el IVA

Moneda en que cotiza: ____________________________________________________ Firma del Representante Legal: ______________________________________________

Notas: 1. Si los precios cotizados contienen cifras decimales, máximo deben ser dos (2) 2. El oferente puede cotizar para entregar en la forma Almacén General de EPM.

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FORMULARIO 4 PR 2016-050 PREVENCIÓN LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Formulario _______ Introducción e instrucciones Aguas Nacionales EPM S.A E.S.P., en su calidad de sujeto responsable de contar con un sistema de gestión de riesgos Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, en adelante LA/FT, ha dispuesto el presente formulario para quienes deseen vincularse con ella, en coherencia con sus actuales Políticas de Gestión Integral de Riesgos y de Responsabilidad Social Empresarial. El presente formato debe ser entregado con la propuesta y ser diligenciado totalmente. Tenga en cuenta que: a) Es posible que alguna información no aplique, en cuyo caso así se deberá expresar. b) En el caso de personas jurídicas, el formato debe ser rubricado por el Representante Legal. c) En el caso de empresas que no cuenten con un Certificado de Existencia y Representación Legal, anexar el documento equivalente, fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal y copia del RUT de la empresa. d) Para el caso de las personas naturales, el formato debe ser rubricado por el proponente (persona natural) adjuntando fotocopia de su cédula de ciudadanía. e) Diligenciar los siguientes datos:

N° de PC: __________________ SMMLV:_____________

Valor en $: ____________________

Información básica de la Empresa o Persona Natural

Nombre, razón o denominación social: Identificación:

Fecha de Expedición*:

Dirección: Ciudad: Teléfono:

Celular:

e-mail 1: e-mail 2: * Para persona Natural

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Información del Representante Legal

Principal

Suplente

Nombres: Apellidos: Identificación: Fecha de Expedición: Teléfono: Dirección: Ciudad: e-mail: Información de miembros de Junta Directiva, Consejo de Administración o su equivalente - PRINCIPALES

1

2

3

4

5

Nombres: Apellidos: Identificación: Fecha de Expedición: Teléfono: Dirección: Ciudad: e-mail: Información de miembros de Junta Directiva, Consejo de Administración o su equivalente - SUPLENTES

1

2

3

4

5

Nombres: Apellidos: Identificación: Fecha de Expedición: Teléfono: Dirección: Ciudad: e-mail: Información de Revisores Fiscales o Auditores Externos

Principal

Suplente

Nombres: Apellidos: Identificación: Compra 06-12-2016

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Fecha Expedición: Teléfono: Dirección: Ciudad: e-mail:

de

En caso de tener una firma o persona jurídica como Revisor Fiscal o Auditor, indicar los datos de la misma: Razón social: Identificación: Observaciones o Aclaraciones: Accionistas o socios con participación superior o igual al cinco por ciento (5%) Certifico que los asociados, accionistas o socios que tienen una participación superior o igual al CINCO POR CIENTO (5%) de participación en el capital social de la entidad que represento son las personas naturales o jurídicas que aparecen en la siguiente relación: Nombres y apellidos*/Razón Social

Identificación o ID*

Fecha de Expedición del Documento

Participación en el capital social (%)

Dirección

Ciudad

*En caso que uno de los accionistas sea una persona jurídica, especifique la Razón Social y la identificación de la misma. Nota: utilizar un cuadro aparte para detallar todos los socios en caso de requerir más espacio. Manifestaciones Con la presentación de la oferta declaro que:  Los recursos con los cuales se ejecutará el contrato no provienen de ninguna actividad ilícita y aquellos que eventualmente recibiré por ejecución del contrato no serán destinados a financiar ninguna actividad ilícita.  La información consignada y anexa a este formulario es veraz y admito que cualquier omisión o inexactitud en estos documentos podrá ocasionar el rechazo de esta solicitud y la devolución de la documentación, como también la cancelación de mi inscripción.  En caso de ser persona jurídica, declaro que los recursos con los cuales fue constituida no provienen de ninguna actividad ilícita. Autorización Mediante la presente, autorizo a Empresas Públicas de Medellín E.S.P., para que consulte las listas establecidas para el control de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, así como las centrales de información y/o bases de datos públicas, correspondiente a la persona jurídica que represento, a sus Compra 06-12-2016

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representantes legales, revisores fiscales, miembros de Junta Directiva y Socios. Para el caso de personas jurídicas, autorizo la consulta, tanto de la persona jurídica, como de los representantes legales, accionistas con participación igual o superior al 5% del capital social.

Manifiesto que cualquier variación en la información suministrada será puesta en conocimiento de AGUAS NACIONALES EPM . De igual forma, se procederá cuando AGUAS NACIONALES EPM lo requiera durante la ejecución del proceso de contratación o del contrato (en caso que éste llegue a concretarse).

Para la constancia,

Firma (Representante del proponente/ proponente persona natural) Nombres y apellidos: Identificación:

Fecha y Lugar de Expedición:

Fecha:

“Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley 1581 de 2012 Ley de Protección de Datos, reglamentado parcialmente por el Decreto 1377 de 2013 y en el Decreto de Gerencia General 1946 del 26 de julio de 2013”

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FORMULARIO 5 PR 2016-050 CERTIFICADO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL OFERENTE

Se refiere al certificado que debe acreditar el Oferente, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.1.7 del presente pliego de condiciones.

Firma del Oferente: _________________________________

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FORMULARIO 6 PR 2016-050 EXPERIENCIA DEL OFERENTE

Este formulario será suministrado y diligenciado por el oferente.

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FORMULARIO 7 PR 2016-050

CUMPLIMIENTO CONTRATOS

El oferente deberá relacionar en este formulario tanto los incumplimientos contractuales que se le han declarado durante los últimos tres (3) años, así como las multas aplicadas en firme durante los últimos tres (3) años a través de vínculos contractuales celebrados con entidades públicas o privadas y las medidas de apremio aplicadas por AGUAS NACIONALES EPM, este término se contabilizará hasta la fecha de cierre para la presentación de ofertas. En su defecto declarará la no ocurrencia de ninguna de las anteriores situaciones. A. Declaración de incumplimientos y/o multas y/o medidas de apremio. (Relacionar el Nro. del contrato, objeto del contrato, entidad contratante, ciudad del trabajo, fechas del plazo contractual, valor del contrato y motivos del incumplimiento y/o la multa): 1.______________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ 2.______________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ B. Declaración de la no ocurrencia de incumplimientos y/o multas y/o medidas de apremio. Si al OFERENTE no se le ha declarado ningún tipo de incumplimiento, aplicado multa y/o medida de apremio durante los últimos tres (3) años, contados hasta la fecha de cierre para la presentación de ofertas, debe manifestar esta aseveración: _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________

Firma del Oferente: __________________________________

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FORMULARIO 8 PR 2016-050 ADENDAS Y ACLARACIONES RECIBIDAS POR EL OFERENTE

ADENDA Nro.

FECHA DE RECIBO

ACLARACIONES (Nro. del oficio de AGUAS NACIONALES EPM)

FECHA DE RECIBO

Firma del Oferente: _________________________________

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DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ANEXAR A LA OFERTA CERTIFICACIÓN DE PAGO DE LOS APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

Lugar: __________________________, fecha: __________________________ « AGUAS NACIONALES EPM.» «Edificio Empresas Públicas de Medellín» «Carrera 58 42-125, Oficina 244, piso 7 «Medellín» Asunto: Proceso de contratación PR-2016-050, Compra de equipos audiovisuales para las edificaciones construidas en las instalaciones del Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR de Bello. Certifico que la sociedad oferente (o la persona natural, de ser el caso), __________________________, con Nit. (o cédula de ciudadanía, de ser el caso), __________________________ se encuentra a paz y salvo con las obligaciones del pago de los aportes de nuestros empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. Atentamente,

____________________________________________________________ Nombre y firma del Revisor Fiscal o representante legal

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CERTIFICADO DE AUTORIZACIÓN OTORGADO POR EL FABRICANTE

Lugar y fecha

Señores AGUAS NACIONALES EPM Edificio Empresas Públicas de Medellín Carrera 58 42-125, Of. 244, piso 7 Medellín

Asunto: Oferta para el proceso de contratación PR-2016-050 Objeto: Compra de equipos audiovisuales para las edificaciones construidas en las instalaciones del Parque Aguas Claras contiguo a la PTAR de Bello. Certifico que la sociedad ________________________________________ con NIT ____________ (escribir el nombre y NIT del oferente) es nuestro ___________________ (escribir si es filial, o subordinada de una casa matriz del fabricante o distribuidor autorizado, según corresponda) ____________________. Así mismo, lo respaldamos técnicamente y con la garantía técnica en los términos y especificaciones definidas en el pliego de condiciones, tanto en el presente proceso de contratación como durante la ejecución del contrato en el evento de que ______________ (citar nuevamente el nombre del oferente) resulte favorecido con el mismo. Declaro que conozco y me acojo a las condiciones de pago establecidas en el pliego de condiciones. Este certificado tiene vigencia hasta el ___________________ (dd/mm/aa) y debe ser por lo menos igual al plazo del contrato a celebrar con AGUAS NACIONALES EPM, y XX (X) años más.

Atentamente, __________________________________________________________ Nombre del fabricante, y Firma del correspondiente Representante Legal (Adjuntar certificado de existencia y Representación legal del Fabricante, según condiciones del numeral 2.1.2.1. de este pliego de condiciones)

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Certificado de existencia y representación legal (Si es del caso)



Certificado de la Junta Central de Contadores

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Garantía de seriedad de la oferta

VALOR Y TÉRMINOS DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD. Adjuntamos la garantía de seriedad de la oferta Garantía No:

________________________________________________

Asegurador:

________________________________________________

Tomador:

________________________________________________

Afianzado:

________________________________________________

Asegurado:

AGUAS NACIONALES EPM. S.A. E.S.P.

Suma asegurada:

________________________________________________

Vigente desde:

_____________

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Hasta: ____________

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7. ANEXO TÉCNICO ESPECIFICACIONES DE EQUIPOS AUDIOVISUALES PARA LAS EDIFICACIONES DEL PARQUE AGUAS CLARAS DE AGUAS NACIONALES EPM 7.1

RADIOS CON MANOS LIBRES . . . . . . . . . .

Radio empresarial de dos vías Banda VHF: Frecuencia 150-161.05 MHZ. Banda UHF: Frecuencia 450-470 MHZ. Canales: 8 Batería: Ion-litio estándar Duración Batería: Hasta 24 horas Espaciamiento: 12,5 / 25 khz. Grado protección IP: IP55 Medidas: 115.6 x 57.6 x 40.5 mm Peso: 244 g INCLUYE MANOS LIBRES

Observación: Radio para comunicación punto a punto entre los empleados de la UVA Aguas Claras.

7.2

CABLE MICROFONO 7 METROS . Cable de micrófono XLR XLR DE 7 mts

Observación: Utilizado para el sonido Móvil, objetivo conectar los parlantes

7.3

BASE MICROFONO DE PISO

. Base de piso para micrófono, con ajuste de altura y articulación giratoria, pluma de nylon, plegable, dimensiones base 680mm, altura mínima 790mm, altura máxima 1450mm, color negro Observación: Soporte para micrófono de mano, para el sonido móvil

7.4

BASE TRIPODE PARA PARLANTE . Soporte trípode para parlante

Observación: Bases para parlantes de sonido móvil, esto evita que se pongan las cabinas de sonido sobre el piso

7.5 CABLE MICROFONO 15 METROS . Cable de señal con conectores XLR de 15 metros C/U Observación: Cables para conectar equipos de sonido, micrófonos y parlantes Compra 06-12-2016

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7.6

PARLANTE COMPUTADOR 2.1 RADIO-USB . Parlante para computador, potencia 40w, salida 10w, garantía 2 años.

Observación: Sonido (2.1) pequeño para utilizar en salas de internet

7.7

MICROFONO INALAMBRICO DE MANO

. Micrófono inalámbrico de mano vocal con cápsula . Banda UHF. 8 canales seleccionables. Receptor Diversificado de dos antenas, salida XLR y 1/4". Pilas AA con duración de 10 horas en uso continuo. Switch On/Off en el transmisor. Hasta 4 canales compatibles. Observación: para el sonido móvil

7.8

MICROFONO INALAMBRICO DE SOLAPA TAKSTAR

. Sistema inalámbrico de solapa con transmisor y receptor banda UHF. 8 canales seleccionables. Receptor Diversificado (dos antenas) con salida XLR y 1/4". Pilas AA con duración de 10 horas en uso continuo. Switch On/Off en el transmisor. Hasta 4 canales compatibles. Observación: para el sonido móvil

7.9

MONITOR INDUSTRIAL 48"

. Monitor Industrial . Tamaño: 48" . Resolución 1920X1080 (16:9) . Brillo 350nit . Contraste: 5000:1 . Características: uso 16 horas/día, altavoces 10Wx2 , Reproductor embebido (SSSP2+), WiFi, 8GB almacenamiento. . Entradas: Analog D-SUB, DVI-

MagicInfo S3

Observación: Esta pantalla está pensada como elemento de comunicación y divulgación de la programación cultural de los espacios de la Fundación EPM

7.10

BAFLE CON PARLANTE MP3 CON FORRO

. Altavoz Activo Conexión WIRELESS, Función MP3 alto rendimiento, 1000W, sistema de altavoces de refuerzo de sonido, mezclador de 2 canales con entradas individuales de micro / línea, controles de volumen y LEDs de saturación. Dimensiones 12.3 x 16.8 x 28.1 pulgadas, Observación: para el sonido móvil 7.11

CONSOLA PASIVA 10 CANALES CON EFECTOS

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. Consola de sonido de 16 canales, 10 entradas de micrófono, 4 auxi, preamplificadores micro D-PRE, procesador SPX con 24 programas, Funciones de audio USB: 2 entradas/2 salidas a 24 bits/192 kHz. nterruptor de atenuación (PAD) en las entradas mono, salidas XLR balanceadas, Kit para montaje en rack incluido, Chasis metálico, Dimensiones (ancho x alto x profundo): 444 mm x 130 mm x 500 mm Observación: para sonido móvil, la consola permite la conexión de varios equipos (micrófonos, instrumentos musicales, pc) al tiempo

7.12

RACK ESQUELETO CON BANDEJAS Y FORRO

. Rack Esqueleto para consola de sonido con rodachines, dos bandejas de 19" y 40cms de fondo, incluye forro impermeable en lona hasta el piso. Observación: para ubicar la consola del sonido móvil, facilita el transporte y asegura el equipo

7.13

VIDEO BEAM 3600 LUMENES HDMI-USB

. VIDEO PROYECTOR 3600 Lumens en blanco y color. Contraste: 15.000:1. Resolución: XGA (1024x768). Wi Fi incluido. Peso: 2.4 Kg.Lámpara 200W UHE, 5000 horas modo normal y 10.000 horas en baja luminosidad. Apagado Instantáneo. Corrección trapezoidal automática vertical de +/- 30º y manual horizontal de +/- 30º. Conectividad: 1 VGA, 1 Video, 1 S-Video, USB tipo A y B tres en uno, 1 HDMI, 2 Entradas de Audio. Color: Blanco. Garantía: 2 años en el proyector y 3 meses en la lámpara. Contraste 15000:1 Maletín Blando. Parlante con salida de Audio 2W. Observación: Para realizar las presentaciones en los espacios de la uva

7.14

MULTITOMA ELECTRICO 6 TOMAS DOBLES 12 SALIDAS 20 METRO . Multitoma Eléctrico 6 tomas dobles, 12 salidas cable 3x12, 2o mts

Observación: Para el sonido móvil

7.15

EXTENSION ELECTRICA 50 METROS ENCAUCHETADA . Cable 3x12 encauchetado 50 mts

Observación: Conexión de equipos

7.16

EXTENSION ELECTRICA 10 METROS ENCAUCHETADA Cable 3x12 encauchetado 10 mts

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Observación: Conexión de equipos 7.17 MULTITOMA ELECTRICO 3 TOMAS DOBLES 6 SALIDAS ECONOM . Multitoma eléctrico 3 tomas dobles 6 salidas econom Observación: Conexión de equipos

7.18

SISTEMA PORTATIL CON MIC DE SOLAPA DIADEMA . Sistema portátil con micrófono de solapa y diadema, Amplificador Portátil Inalámbrico . Micrófonos: Lavalier – Cintillo . Rango de Frecuencia: VHF 180-270Mhz . Relación Señal/Ruido: Mayor que 100dB . T.H.D.: < 0.5% . Respuesta de Frecuencia: 100Hz-16KHz . Potencia de Transmisión: 13 mW . Consumo: 15mA . Fuente del Receptor: AC 115V/230V, DC9V & DC12V . Señal de Entrada: MICx1 jack desbalanceado . Conector de Salida: 1 x 3,5 mm jack desbalanceado para auricular . Parlante: 6 ½” 4º . Potencia de Salida: 35W . Batería Recargable: 1.2Ah . Distancia de Trabajo: 30m . Peso Neto: 1.8kg

Observación: Megáfono para ampliación de voz en eventos en el exterior

7.19

DISCO DURO 2TB 3.0/TBOLT EXT.LACIE

. Disco duro externo USB 3.0 de 2TB, resistente a golpes grado militar MIL-STD-810G 516.6 , agua y polvo, certificación IP68, indicador de LED de encendido. Observación: Respaldo de información

7.20

TELON MOVIL CON TRIPODE 180X180-70"X70"

. Telon movil con tripode TL-310 Dimensiones: 1,80 x 1,80 mts / 70''x70'' Pulgadas/100" Pulgadas diagonal.Formato: 1:1. Carcasa: 1,95 mts. Peso: 9,13 Kg. Observación: Telón para proyección, con trípode para utilizar en varios espacios, la cantidad va ligada al número de aulas de la uva 7.21

SOPORTE REF SM-260 47/55 ECUALIZABLE

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. Soporte móvil acordeón inclinación 15° giro 75°, fabricado en lámina CR-16 Pintura electrostática. Soporta 50kg, brazo extensor de 35cms, VESA 400 X 400MM, Para monitor de 37" a 55" Observación: Para los monitores industriales

7.22

CABLE DE SEÑAL PARA PATCHCORD XLR DE 1 MT . Cable de señal para Patchord XLR DE 1 mt

Observación: Cablear Consola con receptor de micrófonos inalámbricos 7.23

Diadema

. Audífonos plegables con unidad de diafragma de 30mm, tipo cúpula, capacidad 1000 mw, respuesta 10-24.000 hz, peso 125g (sin cable), tipo cerrado, impedancia 24 ohms (1khz), enchufe mini estéreo de cuatro conductores bañado en oro en forma de L. Observación: Para el control del sonido (retorno para control master)

7.24

Tablero blanco para marcador borrable

. Tablero blanco para marcador borrable, en formica nacional, contra enchapado en MDF De 9 mm, enmarcado en aluminio con codos plásticos. De 1.23x2.00 mts. (incluye porta-borrador) Observación: Tablero blanco para marcador borrable, en formica nacional, contra enchapado en MDF De 9 mm, enmarcado en aluminio con codos plásticos. De 1.23x2.00 mts. (Incluye portaborrador)

7.25

MICROFONO ALAMBRICO DE MANO

. Micrófono Alámbrico de mano, conector XLR-3, Principio transductor (micrófono) dinámico, cardioide, Sensibilidad (a campo abierto, sin carga, a 1 kHz), 2,7 mV/Pa, Impedancia nominal 350 Ω, Impedancia terminal min 1000 Ω, incluye pinza y funda. Observación: Micrófono de mano, para sonido móvil

7.26

BLURAY

. Reproductor de blu-ray disc con WI-FI, full hd, duplicado de pantalla, explorador web, SALIDA DE DVD A 24P, INTERFAZ Salida HDMI (1 posterior), salida de audio coaxial (1 posterior), entrada USB (1 frontal), conexión Ethernet (1 posterior) Observación: Para reproducir las películas de las actividades de cine

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8. ANEXO CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN BIENES Y SERVICIOS AGUAS NACIONALES EPM S.A. E.S.P.

8.1

INFORMACIÓN GENERAL Y DEFINICIONES

8.1.1 Información General 8.1.1.1 Código de conducta para proveedores y contratistas Coherentes con el direccionamiento estratégico de AGUAS NACIONALES EPM, y con el objetivo de establecer criterios de conducta para sus proveedores y contratistas en aspectos legales, éticos, ambientales, sociales y de gobierno, como expresión de la cultura corporativa y del concepto de empresa extendida, AGUAS NACIONALES EPM teniendo en cuenta su evolución implementa el Código de Conducta para Proveedores y Contratistas, tendiente a que cada proveedor y contratista garantice que sus empleados, representantes y grupos de interés comprendan y cumplan sus lineamientos relacionados con Derechos Humanos, estándares laborales, protección de la información, calidad y medioambiente, corrupción y soborno. 8.1.1.2 Políticas y principios de Responsabilidad Social Empresarial En los procesos de contratación de AGUAS NACIONALES EPM, se observarán los siguientes principios y políticas: Principio de comportamiento responsable en la contratación Las relaciones de AGUAS NACIONALES EPM con sus contrapartes contractuales estarán basadas en el reconocimiento y seguimiento de las reglas y principios de la ética y la ley y, en consecuencia, en un ambiente de respeto y confianza que genere valor para las partes y para la sociedad en general. El principio de comportamiento responsable implica para las partes, los siguientes compromisos: • Mantener relaciones basadas en el respeto mutuo y el de todos los involucrados con el desarrollo de la relación contractual, incluyendo el respeto por las diferencias. • Fomentar un ambiente de confianza y abstenerse de realizar acciones malintencionadas o que atenten contra el buen nombre y la reputación de AGUAS NACIONALES EPM, los competidores en el proceso, el sector y el país. • Mostrarse dispuesto a participar de un diálogo abierto, trasparente y respetuoso de las normas vigentes y aplicables a la relación y a las actividades de cada uno. Anticorrupción y Transparencia En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1474 de 2011 “Nuevo Estatuto Anticorrupción”, reglamentado por el Decreto 2641 de 2012, las empresas del sector público deben Compra 06-12-2016

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propender por el rechazo de las prácticas corruptas y delictivas en general; prevenir y combatir el fraude, el soborno, la extorsión y otras formas de corrupción. AGUAS NACIONALES EPM, comprometida con los programas que se impulsan desde la Alcaldía del Municipio de Medellín para combatir la corrupción en las diferentes esferas de la administración, y en desarrollo de los principios que rigen su contratación; está interesada en garantizar la absoluta transparencia en los procedimientos que se realicen para la selección objetiva de sus contratistas. Por lo anterior, ante el conocimiento de cualquier indicio o evidencia que vincule o pueda vincular a sus empleados en prácticas o actos indebidos para el favorecimiento de quienes aspiren a la aceptación de sus ofertas, solicita se denuncie todo acto indebido a la línea 380-44-44 dispuesta por AGUAS NACIONALES EPM S.A. E.S.P. La información registrada será manejada con la más alta discreción. Sostenibilidad Entendiendo la importancia de sumar voluntades en pro de la sostenibilidad, las partes propenderán por el equilibrio entre el desarrollo empresarial y el impacto en su entorno buscando lograr condiciones económicas, sociales y ambientales que favorezcan la permanencia y el desarrollo de las empresas en una relación de beneficio mutuo con la comunidad. Directriz de Conducta Transparente Con el fin de fortalecer los lazos de confianza entre AGUAS NACIONALES EPM y sus grupos de interés, en adelante, AGUAS NACIONALES EPM solo recibirá objetos promocionales de marca como práctica normal de las relaciones comerciales con clientes, usuarios, proveedores y contratistas. Política Institucional de Derechos Humanos AGUAS NACIONALES EPM respeta, cumple y promueve el acatamiento de lo consagrado en la Carta Universal de los Derechos Humanos y sus protocolos, convenciones y pactos vinculantes, incluidos el Derecho Internacional Humanitario y lo dispuesto por la Constitución Política y el marco legal colombiano y espera que sus contratistas se alineen con dichos preceptos. 8.1.1.3 Objetivo del contrato Fijar las condiciones de carácter legal, económico, material y demás de cualquier tipo que ambos consideraron necesario definir para llevar a cabo las actividades con las cuales se cumpla con el “objeto” del contrato. 8.1.1.4 Normatividad aplicable Este proceso de contratación estará regido por las leyes colombianas aplicables, tales como las civiles y comerciales, la Ley 142 de 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios, Compra 06-12-2016

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modificada por la Ley 689 de 2001, las normas de contratación vigentes para AGUAS NACIONALES EPM 1 y las demás de rango legal o reglamentario pertinentes. 8.1.1.5 Descripción general del proceso Este documento contiene las condiciones que tendrá en cuenta AGUAS NACIONALES EPM para iniciar los procesos de selección o escogencia de uno o varios contratistas que, en las condiciones y con los requisitos exigidos entregue los bienes, o realice las actividades, o las obras, que se determinan en pliego de condiciones o solicitud de oferta, en el numeral que define el “objeto” del respectivo proceso. De entre las personas que participen en el proceso y con aplicación de los procedimientos, criterios y reglas que el pliego de condiciones señala para evaluar las correspondientes condiciones, AGUAS NACIONALES EPM seleccionará a quien (es) ofrezca (n) las mejores condiciones para cumplir con el “objeto”, vinculándolo jurídicamente en calidad de “CONTRATISTA”. Efectuada la selección y aceptada (s) la (s) oferta (s) correspondiente (s) mediante la comunicación respectiva al oferente favorecido, éste procederá a la respectiva formalización del contrato, y una vez obtenida, AGUAS NACIONALES EPM y el “contratista” darán inicio a la ejecución del contrato con sujeción estricta a los términos aquí fijados y siempre dentro del marco de la ley colombiana. En casos especiales, debidamente justificados se podrá ordenar a “EL CONTRATISTA” el inicio de ejecución del contrato una vez se haya aceptado la oferta, esto es, antes de su formalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 2090 de 2015. Al terminar la ejecución del contrato, si el pliego de condiciones así lo indica o entre AGUAS NACIONALES EPM y el “CONTRATISTA” se acuerda, se suscribirán los documentos mediante los cuales conste el cumplimiento de las obligaciones respectivas y se liquiden las sumas o valores que entre las partes se hayan causado. 8.1.1.6 Interpretación, aclaración y modificaciones del pliego de condiciones o solicitud de ofertas. Interpretación. El interesado deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones, especificaciones y anexos que figuren en los documentos del proceso de contratación, los cuales constituyen la única fuente de información válida para la preparación de la oferta. Si la interpretación de los documentos genera alguna duda para el interesado, deberá formular consulta, por escrito, a AGUAS NACIONALES EPM, dentro del término establecido para tales efectos. Aclaración. Si el interesado encuentra ambigüedades, discrepancias, omisiones, contradicciones o errores, deberá solicitar, por escrito, a AGUAS NACIONALES EPM, las aclaraciones que sean del caso, antes de presentar la oferta, dentro del término establecido para tales efectos.

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Modificación. Cualquier modificación al pliego de condiciones o el aplazamiento de la fecha de cierre de la contratación, que AGUAS NACIONALES EPM considere oportuno hacer, será comunicada, por medio de adenda, a todos y cada uno de los interesados y será de obligatoria observancia para la preparación de las ofertas. Estas aclaraciones y modificaciones harán parte del pliego de condiciones. Las interpretaciones o inferencias que el interesado haga de las estipulaciones del pliego de condiciones o de las aclaraciones hechas por AGUAS NACIONALES EPM, serán de su exclusiva responsabilidad. Las respuestas dadas a los interesados sobre las solicitudes que realicen por escrito (o en las reuniones o visitas obligatorias o no, si es el caso), sobre la interpretación, aclaración y modificación del pliego de condiciones, que impliquen complementar o modificar el texto inicial del mismo, se harán explicitas mediante adendas que serán comunicadas a todos y cada uno de los interesados y serán de obligatoria observancia tanto para AGUAS NACIONALES EPM como para los interesados quienes las deberán tener en cuenta para la preparación de sus ofertas. Las adendas a la solicitud de ofertas (pliego) se darán hasta un (1) día antes de la fecha de cierre para la presentación de ofertas. 8.1.1.7 Publicidad: Todos los procesos de contratación de bienes y servicios que se adelanten mediante la modalidad de solicitud pública de ofertas, independientemente de su cuantía, serán publicados en el sistema de información corporativo, página www.aguasnacionalesepm.com La información del proceso generada por AGUAS NACIONALES EPM permanecerá publicada hasta la selección del contratista. La publicación en este medio constituirá la notificación de las actuaciones de AGUAS NACIONALES EPM a los interesados. Nota: De las respuestas a las solicitudes de interpretación, aclaración y modificación de la solicitud de ofertas, que no impliquen complementar o modificar el texto del pliego de condiciones o la solicitud de ofertas, se enviará copia a todos y cada uno de los interesados o invitados, según corresponda. Para lo anterior, aplica lo referente al uso de medios electrónicos para notificaciones, en cumplimiento de la Ley 1437 de 2011. 8.1.1.8 Sujeción a la ley colombiana. Para todos los efectos, y, de manera particular para la determinación de la validez del contrato y los actos a que LAS PARTES se comprometen, así como para la interpretación de todos esos aspectos, la normatividad aplicable es la nacional colombiana, no obstante, en casos especiales LAS PARTES podrán acordar explícitamente aplicar normas extranjeras y siempre que ello sea posible a la luz de la “ley colombiana”. 8.1.1.9 Jurisdicción Competente Los conflictos que surjan con ocasión o como consecuencia directa de la celebración del contrato o los contratos a que dé lugar el proceso de contratación serán resueltos, por los jueces y tribunales colombianos, salvo pacto expreso entre LAS PARTES. Compra 06-12-2016

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8.1.1.10 Domicilio Para todos los efectos y consecuencias que se deriven del proceso de contratación y el contrato a que dé lugar, se entiende como domicilio el municipio de Medellín. 8.1.2 Definición de términos Siempre que aparezcan en el pliego de condiciones, en el contrato y en los documentos complementarios, las siguientes expresiones, se entenderán como se indica a continuación: Documento producido por AGUAS NACIONALES EPM o el OFERENTE mediante el cual se aclara el contenido o se Aclaración determina el alcance del pliego de condiciones o la oferta, respectivamente. Documento suscrito entre AGUAS NACIONALES EPM y EL Acta de acuerdo CONTRATISTA, mediante el cual se definen condiciones específicas para el desarrollo de las actividades del contrato. Documento emitido por AGUAS NACIONALES EPM con fecha posterior a la de apertura del proceso de contratación y anterior a Adenda su cierre o presentación de ofertas, mediante el cual se modifica el pliego de condiciones y que, por tanto, entra a formar parte de éste. Instalaciones de AGUAS NACIONALES EPM, ubicadas en la Parque Aguas Diagonal 50 A No. Transversal 30-31 Interior 5, Bello, Colombia, Claras contiguo a la o en el lugar que se indique expresamente en el pliego de PTAR condiciones o solicitud de ofertas. Es el momento en el cual AGUAS NACIONALES EPM da a conocer su interés en vincular a un CONTRATISTA y pone a Apertura disposición de los interesados el pliego que fija las condiciones de selección y contratación. Cierre para la Es el momento hasta el cual el interesado tiene la posibilidad de presentación de la presentar su(s) oferta(s), fijado en términos de día, hora y lugar. oferta Es el oferente seleccionado a quien AGUAS NACIONALES EPM Contratista ha comunicado oficialmente la aceptación de su oferta. Es todo evento, normal o anormal, que ocurra dentro de las Desarrollo del etapas y plazos señalados para el proceso y que determine-o proceso simplemente haga parte de - el curso del proceso. Con el archivo -magnético o en papel- que constituye el cuerpo de la oferta, son, además, todos los archivos -igualmente, Documentos de la magnéticos o en papel- que el oferente presente como parte de oferta dicha oferta. Aquí se incluyen los certificados, constancias, recibos y demás formas de acreditar requisitos para el proceso. AGUAS AGUAS NACIONALES EPM E.S.P. NACIONALES EPM Herramienta o maquinaria necesaria para llevar a cabo las obras, Equipo las actividades o entrega de los bienes requeridos por AGUAS NACIONALES EPM Compra 06-12-2016

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Conjunto de requisitos y normas que definen las características de las obras, los bienes o actividades o servicios requeridos por Especificaciones AGUAS NACIONALES EPM y las condiciones en las cuales éstas aceptarán la oferta. Persona que se encarga de la elaboración de los elementos ya Fabricante sea en calidad de contratista, subcontratista o simple proveedor de aquél. Jefe superior de la administración de AGUAS NACIONALES EPM Presidente y su representante legal. Persona designada por el Interventor para inspeccionar la ejecución de los trabajos objeto del contrato, dentro de las Inspector limitaciones que abarcan las labores particulares conferidas a él por el Interventor. Persona que adquiere el pliego de condiciones del proceso de Interesado contratación; no se considera “interesado” simplemente al que se autocalifica como tal. Persona jurídica o natural a quien AGUAS NACIONALES EPM le envía el documento “Solicitud de ofertas”, o las condiciones para participar en un proceso específico, o las condiciones iniciales con Invitado base en las cuales se hará la solicitud de oferta no vinculante; no se considera “invitado” simplemente al que se autocalifica como tal. Administrador del Persona designada por AGUAS NACIONALES EPM para llevar a Contrato cabo la “administración” o la supervisión del contrato. Cada uno de los elementos en los que se desagrega, para efectos de la contratación, el tipo de servicios o trabajos que deberá llevar Ítem a cabo EL CONTRATISTA para cumplir con el objetivo del contrato, conforme con la descripción que figura en el listado de ítems y cantidades. Junta Directiva Órgano general de dirección de AGUAS NACIONALES EPM. Documentos suscritos por AGUAS NACIONALES EPM y EL Modificación CONTRATISTA mediante los cuales se acuerda introducir Bilateral modificaciones a las condiciones, monto o cantidades en el contrato. Condición en la que se encuentra un contrato una vez ha sido comunicada al oferente la aceptación de su oferta y de lo cual se Perfeccionamiento derivan las obligaciones y derechos de cada una de las partes. del contrato Cuando la ley exige formalidades especiales para ello, el contrato sólo se perfeccionará una vez esas formalidades se cumplan. Personal del Personas que trabajan en la ejecución de las actividades del Contratista contrato para el CONTRATISTA. Sumatoria de los tiempos que tiene EL CONTRATISTA para llevar Plazo de ejecución a cabo las actividades a que se refiere el contrato. Es el conjunto de etapas y procedimientos a través de los cuales AGUAS NACIONALES EPM se propone seleccionar una o más Proceso ofertas para la realización del “objeto” definido dentro de un pliego de condiciones o solicitud de oferta. Compra 06-12-2016

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Oferente

Oferente seleccionado Oferta alternativa

Oferta básica

Recomendación

Empleado competente

Es la persona que presenta formalmente una oferta a AGUAS NACIONALES EPM dentro de un proceso de contratación. Se conserva esta calidad hasta que la situación individual se define mediante “eliminación”, “rechazo” o “aceptación” de la oferta. Es la persona a quien AGUAS NACIONALES EPM, previo el proceso de evaluación indicado, considera que ha presentado la mejor oferta para el proceso correspondiente. Oferta que se aparta de lo estipulado en los pliegos, pero conservando el contenido de las obras que son “objeto” de la solicitud de AGUAS NACIONALES EPM. Oferta presentada con atención a las condiciones fijadas por AGUAS NACIONALES EPM en el pliego de condiciones o solicitud de ofertas. Es el acto por el cual, con base en el estudio y la evaluación de los diferentes aspectos de las ofertas, se aconseja aceptar alguna(s) oferta (s), o declarar total o parcialmente desierto el proceso. De igual manera, se podrá recomendar la terminación del proceso de contratación en el estado en que se encuentre. Es el “empleado” de AGUAS NACIONALES EPM que tiene la facultad o función de tomar una o más de las decisiones correspondientes al proceso.

Empleado de Es cada persona que interviene en el proceso desempeñando una AGUAS labor para AGUAS NACIONALES EPM o en su representación. NACIONALES EPM Es la persona que, en nombre de AGUAS NACIONALES EPM, Empleado actúa frente a los interesados y/o los oferentes y tiene capacidad responsable del para comunicar las decisiones que aquellas toman dentro del proceso proceso. Persona que contrata directamente con EL CONTRATISTA para suministrarle mano de obra, bienes, servicios y materiales Subcontratista procesados según diseño especial, pero sin incluir en esta denominación al que simplemente suministra materias primas no elaboradas. Período comprendido entre la fecha de comunicación de la Vigencia del aceptación al CONTRATISTA y la fecha de recibo a satisfacción contrato y/o aprobación de la liquidación definitiva, según corresponda.

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8.2.

Oferta

8.2.1 Aspectos Legales En el concepto de “Aspectos legales”, se determina el alcance de los elementos que, fundamentalmente, por disposición legal o por la estructura jurídica del acuerdo que mediante el proceso se construye, son esenciales para garantizar la validez de lo pactado y su ejecución. Se considera bajo este concepto –“aspectos legales”- aparte de algunos que se contemplan expresamente como requisitos de participación, el cumplimiento de aquellas condiciones que la ley ha fijado a las personas potencialmente contratistas de AGUAS NACIONALES EPM en razón de su formación o constitución, la actividad que cumplen y las obligaciones que tienen tanto frente al Estado como frente a terceros. Por regla general, tales condiciones se acreditan mediante la exhibición de documentos, y cuando así esté contemplado en normas vigentes, no se admitirá otra forma de acreditarlas. Cuando la ley dispone la obligación de contar con un documento que acredite la capacidad o habilitación para intervenir en alguna actividad o negocio –como es el caso en las profesiones regladas - ninguna prueba tendiente a demostrar la posesión de las habilidades o capacidades será aceptada en sustitución de aquél. 8.2.2. Información reservada El oferente, en la carta de presentación de su oferta deberá indicar cuál información de la consignada en ella, tiene el carácter de reservada y cuáles normas jurídicas prevén dicha reserva, relacionando expresamente las normas específicas correspondientes. Cuando el oferente manifieste que existe información de su oferta que tiene el carácter de reservada, no es suficiente con hacer mención simplemente de las normas que en su criterio le otorgan tal carácter, sino que adicionalmente, en documento anexo a la carta de presentación, suscrito por el representante legal, o por la persona natural o su representante, si es el caso, debe señalar expresa y debidamente los fundamentos mediante los cuales considera que le otorgan el carácter mencionado. En el evento de no citar las normas legales, o habiéndolas citado no señale los fundamentos correspondientes, se entenderá que ningún documento o parte de la oferta tiene el carácter de reservado y que AGUAS NACIONALES EPM se encuentra autorizada para suministrar la información que le sea solicitada por otro oferente o un tercero. 8.2.3. Declaraciones del oferente y/o contratista 8.2.3.1. Declaración de origen de los bienes y recursos del oferente y/o contratista. Con la presentación de la oferta, se entienden presentadas bajo la gravedad de juramento la siguiente declaración, que se entenderá incorporada al contrato en el evento de ser aceptada su oferta: a) Que los ingresos o bienes del oferente y/o EL CONTRATISTA no provienen de ninguna actividad ilícita contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione o modifique. En consecuencia declara que sus ingresos o bienes Compra 06-12-2016

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b)

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d)

e)

f)

g)

h)

están ligados al desarrollo normal de actividades lícitas propias de su objeto social en el caso de personas jurídicas o del ejercicio de su profesión u oficio en el caso de ser persona natural. Que el oferente y/o EL CONTRATISTA no ha efectuado transacciones u operaciones destinadas a la realización o financiamiento de actividades ilícitas contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione, o modifique, o a favor de personas relacionadas con dichas actividades. Que los recursos o bienes objeto del contrato, no provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal colombiano o en cualquier norma que lo modifique, adicione o sustituya. Que en la ejecución del contrato, EL CONTRATISTA se abstendrá de tener vínculos con terceros que se conozca por cualquier medio estén vinculados a actividades de lavado de activos o financiación del terrorismo, fraude o corrupción. Que EL CONTRATISTA cumple con las normas sobre prevención y control al lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT), fraude o corrupción que le resulten aplicables, teniendo implementados las políticas, procedimientos y mecanismos de prevención y control al Lavado de activos o financiación del terrorismo, prevención del Fraude y Corrupción que se derivan de dichas disposiciones legales. Que ni EL CONTRATISTA ni sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, ni sus representantes legales, ni sus Revisores Fiscales, ni sus Auditores Externos y miembros de Junta Directiva, se encuentran en la lista internacional vinculante para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas) o en la lista emitida por la Oficina de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (Lista OFAC), así como en listas o bases de datos nacionales o internacionales relacionadas con actividades ilícitas, fraude o corrupción (listas del Banco Mundial y del Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo-), estando AGUAS NACIONALES EPM facultado para efectuar las verificaciones que considere pertinentes y podrá dar por terminada cualquier relación contractual si verifica que alguna de tales personas figuran en dichas listas. Que no existe en contra de EL CONTRATISTA ni de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, ni de sus representantes legales y sus miembros de la Junta Directiva, ni de sus Revisores Fiscales o Auditores Externos, una sentencia judicial en firme que los condene por la comisión de delitos dolosos o que se encuentren vinculados a investigaciones penales por delitos dolosos, estando AGUAS NACIONALES EPM facultado para efectuar las verificaciones que considere pertinentes en bases de datos y en informaciones públicas nacionales o internacionales y podrá dar por terminada cualquier relación comercial si verifica que contra alguna de tales personas existen investigaciones o procesos o existen informaciones en dichas bases de datos públicas que puedan colocar a AGUAS NACIONALES EPM frente a un riesgo legal o reputacional. EL CONTRATISTA se obliga a indemnizar a AGUAS NACIONALES EPM por todos los perjuicios probados que le llegare a causar por el incumplimiento de esta declaración.

8.2.3.2. Declaración sobre bienes sujetos a extinción de dominio. El oferente y/o EL CONTRATISTA declara que los activos objeto del presente contrato, no se encuentran incursos en las siguientes circunstancias consagradas en el artículo 16 la Ley 1708 de 2014 sobre extinción de dominio: Compra 06-12-2016

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a. Que sean producto directo o indirecto de una actividad ilícita. b. Que correspondan al objeto material de la actividad ilícita, salvo que la ley disponga su destrucción. c. Que provengan de la transformación o conversión parcial o total, física o jurídica del producto, instrumentos u objeto material de actividades ilícitas. d. Que formen parte de un incremento patrimonial no justificado, cuando existan elementos de conocimiento que permitan considerar razonablemente que provienen de actividades ilícitas. e. Que hayan sido utilizados como medio o instrumento para la ejecución de actividades ilícitas. f. Que de acuerdo con las circunstancias en que fueron hallados, o sus características particulares, permitan establecer que están destinados a la ejecución de actividades ilícitas. g. Que constituyan ingresos, rentas, frutos, ganancias y otros beneficios derivados de los anteriores bienes. h. Que sean de procedencia lícita, utilizados para ocultar bienes de ilícita procedencia. i. Que sean de procedencia lícita mezclados material o jurídicamente con bienes de ilícita procedencia. j. Que sean de origen lícito cuyo valor sea equivalente a cualquiera de los bienes descritos en los numerales anteriores, cuando la acción resulte improcedente por el reconocimiento de los derechos de un tercero de buena fe exenta de culpa. k. Que sean de origen lícito cuyo valor corresponda o sea equivalente al de bienes producto directo o indirecto de una actividad ilícita, cuando no sea posible la localización o afectación material de estos. l. Que sean bienes objeto de sucesión por causa de muerte, cuando en ellos concurra cualquiera de las causales previstas en la Ley 1708 de 2014. 8.2.3.3. Declaración sobre la información Declaro que la información contenida en la oferta es exacta y veraz, y que se aportarán las pruebas que AGUAS NACIONALES EPM considere necesarias para verificar su exactitud y en caso de no ser ello satisfactorio para AGUAS NACIONALES EPM conforme a las exigencias de la solicitud de ofertas, se acepta que la oferta sea eliminada. Así mismo declaro que he actuado con buena fe exenta de culpa, que he suministrado toda la información relevante que poseo y que puede afectar la oferta y en caso de aceptación, la celebración y ejecución del contrato. 8.2.4. Autorización de verificación de listas y de base de datos EL oferente y/o EL CONTRATISTA autoriza para que AGUAS NACIONALES EPM verifique en la lista internacional vinculante para Colombia de conformidad con el derecho internacional (lista de las Naciones Unidas), la lista emitida por la Oficina de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América, Banco Mundial, Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo- y aquellas otras listas o bases de datos públicas o privadas donde se relacionen personas presuntamente vinculadas a cualquier actividad ilícita, fraude o corrupción a EL CONTRATISTA y a sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, a sus representantes legales, miembros de la Junta Directiva, Revisores Fiscales y/o Auditores Externos. Compra 06-12-2016

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Para el efecto, EL CONTRATISTA deberá informar el nombre e identificación de los accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación. El CONTRATISTA autoriza a AGUAS NACIONALES EPM a comunicar o reportar a las autoridades nacionales cualquiera de las causales descritas en la cláusula (terminación unilateral del contrato), así como a suministrar a dichas autoridades las informaciones que ellas requieran. 8.2.5. Costos de elaboración de la oferta AGUAS NACIONALES EPM no asume ningún costo por la elaboración de las ofertas que reciba todos los costos serán a cargo del oferente. 8.2.6. Presentación de ofertas Acto mediante el cual, con las formalidades señaladas en el pliego, los interesados presentan una oferta a AGUAS NACIONALES EPM para que se evalúe dentro del proceso de contratación. La oportunidad para ello transcurre entre la fecha de la apertura y la que se establece como de cierre para presentación de ofertas. La presentación de la oferta se tomará como constancia de que el oferente ha examinado completamente las “Condiciones Generales Suministro Bienes y Servicios AGUAS NACIONALES EPM” y el pliego de condiciones, que ha obtenido las aclaraciones satisfactorias sobre cualquier punto que haya considerado incierto o dudoso, y que ha aceptado que los documentos están completos y que son compatibles y adecuados para definir los trabajos/ servicios/ actividades/ bienes que se contratan. Las interpretaciones o deducciones que los oferentes hagan de los documentos del proceso de contratación y de las aclaraciones hechas por AGUAS NACIONALES EPM, serán de exclusiva responsabilidad de aquellos. En caso de no presentar oferta, se solicita el favor de comunicar por escrito a AGUAS NACIONALES EPM los motivos para ello. 8.2.7. Acta de ofertas recibidas En el lugar, día y hora señalados para el “cierre”, los empleados de AGUAS NACIONALES EPM responsables del desarrollo del proceso abrirán una a una las ofertas oportuna y debidamente entregadas y constatarán los aspectos generales más importantes tales como nombre del oferente y valor global ofertado. De todo ello se dejará constancia en un acta que firmarán al menos dos de dichos empleados y los representantes de los oferentes que concurran y deseen hacerlo. 8.2.8. Evaluación Una vez verificados los aspectos generales antes indicados, AGUAS NACIONALES EPM, a través de sus empleados y con aplicación de las reglas y criterios contenidas en este documento y en el pliego de condiciones y en las leyes aplicables, hará la evaluación de las ofertas. Compra 06-12-2016

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8.2.9. Facultades de AGUAS NACIONALES EPM durante la etapa de evaluación de ofertas 8.2.9.1. Ajuste económico Previos los estudios y análisis pertinentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto 2090 de 2015, cuando se presenten una o más ofertas y se considere que se pueden obtener mejores condiciones económicas, el competente de la dependencia que adelanta el proceso de contratación decidirá si se procede a la etapa de ajuste económico, previos los estudios y análisis pertinentes. En este caso, se solicitará a los oferentes que presenten una nueva oferta económica en sobre cerrado, dentro del término que para tal fin se fije, vencido el cual se procederá a la evaluación de las ofertas, considerando los factores de ponderación establecidos. Durante la etapa de ajuste económico ningún oferente podrá retirar su oferta, ni introducir modificaciones diferentes a las económicas, ni hacerlas más desfavorable para AGUAS NACIONALES EPM. La etapa de ajuste económico podrá adelantarse en cualquier momento hasta antes de la aceptación de la oferta. Si alguno o algunos de los oferentes no presentan nueva oferta económica, se entenderá que mantienen su ofrecimiento inicial. 8.2.9.2. Negociación directa De conformidad con lo previsto en el artículo 17 del Decreto 2090 de 2015, se podrá adelantar cuando exista una o más ofertas elegibles y se considere que se pueden obtener condiciones más favorables de carácter técnico, comercial, económico o de cualquier otra índole. Se podrá realizar con los oferentes invitados a participar bajo cualquiera de las modalidades de solicitud de ofertas: única, privada y pública. En la solicitud pública de ofertas, la negociación se hará como mínimo con el oferente elegible que haya obtenido el mayor puntaje, y máximo con tres (3) oferentes elegibles de mayor puntaje, salvo que en el pliego de condiciones o en la solicitud de oferta se estipule algo diferente. El equipo evaluador se reunirá con los oferentes llamados a esta etapa, con el fin de que AGUAS NACIONALES EPM. y los oferentes conozcan en detalle los elementos de la oferta sobre los cuales se llevará a cabo la negociación y sobre los cuales se pretende obtener una mejora técnica, comercial, económica o de cualquier otra índole. El empleado competente podrá aclarar inquietudes y listar los elementos que no han sido solicitados y que afecten el valor económico. Surtida esta etapa, se solicitará que se presente una nueva oferta con las condiciones objeto de negociación, dentro del término que para tal fin se fije, vencido el cual se Compra 06-12-2016

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procederá a la evaluación de las ofertas, considerando los factores de ponderación establecidos en el caso de la solicitud pública o privada de ofertas. Durante la etapa de negociación ningún oferente podrá retirar su oferta. Si el oferente guarda silencio o las respuestas no satisfacen las expectativas de AGUAS NACIONALES EPM, se evaluará la conveniencia de aceptar la oferta en su forma original y en caso de no considerarla conveniente se dejará constancia por escrito de los motivos que así lo indican. En los procesos cuyo valor sea superior a cinco mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (5000 SMLMV) después de resueltas las observaciones al informe de análisis y conclusiones, se podrá adelantar la etapa de negociación directa. En los procesos cuyo valor sea igual o inferior a cinco mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (5000 SMLMV), la negociación directa, en caso de proceder, se hará antes de elaborar el informe de recomendación y aceptación de la oferta. 8.2.9.3. Suspensión del proceso El proceso de contratación podrá suspenderse antes de la comunicación de la aceptación de la oferta y reiniciarse cuando desaparezcan las causas que la motivaron. Una vez el proceso se reanude las ofertas deberán mantener su validez y en tal sentido se deberá informar a los oferentes. 8.2.9.4. Terminación del proceso Cuando se presenten circunstancias que hagan perder la competencia de AGUAS NACIONALES EPM para la aceptación o declaración de desierto del proceso, o aparezca un vicio en éste que pueda generar una nulidad de lo actuado, o cuando las exigencias del servicio lo requieran o las circunstancias de orden público lo impongan, o cuando a juicio de AGUAS NACIONALES EPM el proceso resulte inconveniente, AGUAS NACIONALES EPM dará por terminado el proceso de contratación en el estado en que se encuentre, decisión que será informada a los oferentes interesados. 8.2.10. Selección Efectuada la evaluación y cumplidos los pasos complementarios tanto internos como externos - básicamente: “recomendación” y “audiencia pública”, según el caso – AGUAS NACIONALES EPM elegirá aquella que haya alcanzado el máximo puntaje y se encuentre habilitada por todos los demás aspectos correspondientes para vincularse contractualmente con ellas en su condición de entidad pública. 8.2.11. Aceptación Acto mediante el cual se comunica al oferente seleccionado que su oferta reúne las condiciones fijadas por AGUAS NACIONALES EPM para la entrega de los bienes, o realizar las actividades, o las obras indicadas en el “objeto”.

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8.3. Contrato 8.3.1. Perfeccionamiento. El los contratos a que dé lugar el proceso de contratación se entiende(n) perfeccionados en la fecha en la que los oferentes seleccionados reciban la comunicación de la aceptación de la oferta y en consecuencia, nace la relación jurídica en los términos de la ley, lo que implica la generación y exigibilidad de los mutuos derechos y obligaciones que el contrato crea para las partes. AGUAS NACIONALES EPM, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, se abstendrá de celebrar el contrato con las personas que se encuentren registradas en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, para lo cual harán las consultas que en tal sentido les corresponde. AGUAS NACIONALES EPM se abstendrá de celebrar el contrato cuando el oferente, sus accionistas, asociados o socios, sus representantes legales o miembros de Junta Directiva, estén reportados en alguna de las listas asociadas al Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo LA/FT, o cuando se encuentren en el “Listado de firmas y personas naturales inhabilitadas por el Banco Mundial” por haber transgredido las disposiciones sobre fraude y corrupción o en la “Lista de empresas y personas sancionadas por el Grupo BID (Banco Interamericano de Desarrollo)” para lo cual se harán las consultas que en tal sentido correspondan. Nota: Si durante la ejecución del contrato el administrador o área responsable identifica alguna señal de alerta relacionada con los riesgos antes mencionados, deberá informarlo oportunamente a la dependencia competente. AGUAS NACIONALES EPM declara que dentro del proceso de contratación ha actuado con buena fe exenta de culpa, que cumplió con las obligaciones establecidas en la normatividad que le aplica relacionada con la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, así como con los procedimientos internos establecidos en esta materia. En consecuencia AGUAS NACIONALES EPM en la suscripción del presente contrato obró con la máxima diligencia establecida en la normatividad aplicable y sus procedimientos internos relacionados con esta materia. 8.3.2. Formalización El contrato se entiende formalizado cuando AGUAS NACIONALES EPM apruebe los documentos que sean necesarios para la iniciación de la ejecución del contrato. 8.3.2.1. Presentación de los documentos para la formalización ELCONTRATISTA dispone de diez (10) días hábiles, si es nacional, o de veinte (20) días hábiles si es extranjero, para allegar los documentos requeridos, así: si se trata de un contrato no escrito, el plazo corre a partir de la fecha del recibo de la comunicación en la cual se informa la aceptación de la oferta. Si el contrato es escrito, el término corre desde la fecha de recibo del texto del contrato para la firma por parte del oferente al que se le aceptó su oferta. Compra 06-12-2016

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8.3.2.2. Documentos para la formalización. Los siguientes documentos deberán escanearse y enviarse con carta remisoria vía email al correo [email protected]. El asunto del email será el Número del contrato (Ej: PR-0xxx-) y el nombre del contratista. El radicado que se asigna a la carta es el referente para asociación del documento al expediente del contrato en MERCURIO. Al inicio del contenido del correo electrónico digite la siguiente información: « AGUAS NACIONALES EPM E.S.P. «Nombre del profesional de contratación responsable «Número del Centro de Actividad de la dependencia que adelanta el proceso La fecha, tanto de recibo como de entrega de cualquier documento, será la que se registre por el Departamento Gestión Documental de EPM, y será la única considerada válida. Cuando la correspondencia sea enviada por parte de AGUAS NACIONALES EPM usando el correo ordinario, se tendrá como fecha de aquella, la fecha en que sea recibida por el destinatario, y si no aparece fecha de recibo, se presume que fue recibida el quinto día calendario siguiente a aquel en que salió de AGUAS NACIONALES EPM. 

Garantías y seguros del contrato, conforme lo indicado en el pliego de condiciones.



Si se trata de una persona jurídica, el certificado de existencia y representación legal con una fecha de expedición menor a tres (3) meses. 

Certificado de pago de los aportes parafiscales y de seguridad social integral, acorde con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y las demás normas pertinentes. Tratándose de personas jurídicas extranjeras, que no tengan trabajadores o empleados en Colombia, no deberán aportar esta certificación, pero certificarán que por esta situación no son sujetos pasivos de dichos aportes parafiscales. Para el caso de consorcios o de uniones temporales, el certificado debe ser aportado por cada uno de los integrantes de la forma asociativa respectiva.

Nota: En el eventual caso en que EL CONTRATISTA no llegaré a formalizar el correspondiente contrato por cualquier motivo, se procederá a la aceptación de la oferta al oferente que haya resultado elegible de conformidad con los términos del pliego de condiciones, acudiendo en primera instancia a quien haya quedado en segundo lugar, y así sucesivamente. El procedimiento anterior se llevará a cabo, siempre y cuando se encuentre vigente el término de validez de las ofertas y las mismas sean favorables para AGUAS NACIONALES EPM. 8.3.3. Documentos del contrato Constituyen documentos integrantes del contrato los siguientes y su valor relativo para guiar el cumplimiento de las obligaciones y fijar la interpretación será en orden de importancia en el que aparecen: 

Las Condiciones Generales Contratación Bienes y Servicios.



El pliego de condiciones o solicitud de cotización y sus anexos y adendas.

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Comunicaciones mediante las cuales AGUAS NACIONALES EPM aclara el pliego o solicitud de cotización en relación con aspectos consultados por los oferentes.



La oferta aceptada por AGUAS NACIONALES EPM.



El contrato escrito cuando dicha formalidad se establezca.



Contrato transmisión internacional de datos, cuando sea el caso.



Comunicaciones entre LAS PARTES posteriores a la aceptación de la oferta.



Modificaciones acordadas entre las partes o Actas contentivas de la formalización de atribuciones o facultades que el contrato otorga a las partes.



Documentos generados en ejecución del contrato o destinados a dar cumplimiento a obligaciones o derechos derivados de él.

8.3.4. Propiedad de los trabajos y confidencialidad de la información EL CONTRATISTA deberá garantizar que respeta la normas nacionales e internacionales de protección a la propiedad intelectual, respecto a los bienes y activos que emplea para el desarrollo del objeto contractual, y para dar cumplimiento al objeto del contrato, para lo cual deberá verificar la cadena ininterrumpida de cesiones o de licencias que lo facultan para su uso dentro del contrato, y para la entrega a la contratante cuando hubiere lugar a ello. En el evento de que se presente reclamación, denuncia, demanda o requerimiento de un tercero por asuntos referentes a la propiedad intelectual, AGUAS NACIONALES EPM se considerará de buena fe respecto a la infracción. EL CONTRATISTA desde ahora declara indemne a AGUAS NACIONALES EPM y se compromete a asumir la responsabilidad civil y penal que se derive de tales acciones. Con el propósito de cumplir el plazo del contrato, el de sus prórrogas o renovaciones, EL CONTRATISTA deberá sustituir los bienes afectados por otros que cumplan las condiciones de legalidad y que tengan funciones equivalentes y homólogas, caso en el cual la mayor onerosidad que de ello pudiere devenir será asumida por EL CONTRATISTA y no se considerará causal de desequilibrio económico del contrato ni dará lugar a la revisión de los términos económicos originalmente pactados. Salvo acuerdo expreso en contrario, los derechos patrimoniales de propiedad intelectual sobre los estudios, informes, documentos, inventos, entregables, planos, procedimientos y en general las nuevas creaciones desarrolladas por EL CONTRATISTA y/o sus subcontratistas en virtud del contrato, quedarán única y exclusivamente de titularidad de AGUAS NACIONALES EPM - LA CONTRATANTE o ENCARGANTE, los cuales se podrán utilizar para los fines que se estimen convenientes, dando el crédito debido a los autores morales de la creación. EL CONTRATISTA deberá considerar como confidencial toda la información, análisis, estudios y resultados que le sean suministrados y que obtenga en el desarrollo de su trabajo. Compra 06-12-2016

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Además EL CONTRATISTA no podrá hacer uso de los informes, entregables, planos, proyectos, informaciones técnicas, resultados de ensayos y demás trabajos ejecutados para AGUAS NACIONALES EPM - LA CONTRATANTE, para fines diferentes a los contemplados en el mismo, sin la autorización previa y explícita de esta. Para tales efectos se tendrá como confidencialidad cualquier información no divulgada que posea legítimamente su titular que pueda usarse en alguna actividad productiva, industrial o comercial, y que sea susceptible de transmitirse a un tercero, en la medida en que dicha información sea secreta, en el sentido que como conjunto o en la configuración y reunión precisa de sus componentes no sea generalmente conocida ni fácilmente accesible a quienes se encuentran en los círculos que en forma usual manejan la información respectiva, tenga un valor comercial por ser secreta, y haya sido objeto de medidas razonables tomadas por su legítimo poseedor para mantenerla secreta. La obligación de reserva consiste en abstenerse de usar, facilitar, divulgar o revelar, sin causa justificada y sin consentimiento del titular, la información sobre cuya confidencialidad se le haya prevenido en forma escrita; dicha obligación subsistirá durante la vigencia del contrato, y luego de su terminación mientras subsistan las características para considerarla como información confidencial. AGUAS NACIONALES EPM conservará en su totalidad el derecho de propiedad sobre bienes, documentos, escritos, planos, diseños, fotografías, material de informática, plantillas, modelos, maquetas, conceptos, métodos y procedimientos que se comuniquen o entreguen a EL CONTRATISTA y que pongan a su disposición en el desarrollo del contrato y EL CONTRATISTA no podrá, sin la autorización escrita de AGUAS NACIONALES EPM, utilizarlos para fines diferentes a los relacionados con la ejecución del contrato. En los contratos que EL CONTRATISTA suscriba con sus subcontratistas, dentro del desarrollo de los trabajos objeto del contrato, deberá estipularse la obligación que tienen de cumplir con lo escrito en este numeral. 8.3.5. Legalidad del software Legalidad del software de contratistas y proveedores de AGUAS NACIONALES EPM. El software utilizado por contratistas y proveedores para desarrollar los productos y prestar los servicios objeto del contrato debe ser legal. Los contratistas y proveedores a solicitud de AGUAS NACIONALES EPM, deberán acreditar la calidad de titulares del software por haberlo creado o por haberlo adquirido de un tercero, o en caso de que sean licenciatarios, bien de software propietario, bien de software libre, deberán entregar a petición de AGUAS NACIONALES EPM los datos de las licencias del software utilizado, incluyendo: Nombre completo del software, versión del software, número de serie y propietario de la licencia con el que se elaborarán los productos y se prestaron los servicios objeto del contrato. 8.3.6. Indemnidad EL CONTRATISTA mantendrá indemne a AGUAS NACIONALES EPM, es decir, libre de asumir cualquier indemnización o pago originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de actuaciones del CONTRATISTA, de sus subcontratistas o dependientes. Por lo anterior, el CONTRATISTA asumirá todos los gastos e indemnizaciones a que haya lugar por los reclamos, demandas, acciones legales, y en general costos asociados a las mismas que se sustenten u originen en daños materiales, personales, o en general a intereses Compra 06-12-2016

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jurídicos de terceros, ocasionados durante la ejecución del objeto y obligaciones contempladas en la presente acta de trabajo. En caso de que se formule reclamo, demanda o acción legal contra AGUAS NACIONALES EPM por asuntos, que según el acta de trabajo sean de responsabilidad del CONTRATISTA se le comunicará a la mayor brevedad para que adopte oportunamente las medidas previstas por la ley y/o la presente acta de trabajo, para mantener la indemnidad aquí pactada y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto cuando ello fuera posible. 8.3.7. Protección de información personal En aplicación de lo dispuesto para los procesos de gestión de tecnología de información y como consecuencia de la política de Protección de Datos que ha adoptado AGUAS NACIONALES EPM, EL CONTRATISTA asume la obligación de proteger los datos personales a los que acceda con ocasión de este contrato, así como la obligación de cumplir las obligaciones que como responsable o encargado le correspondan acorde con la ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios en cuanto sean aplicables. Por tanto, deberá adoptar las medidas de seguridad, confidencialidad, acceso restringido y de no cesión en relación con los datos personales a los cuales accede, cualquiera que sea la forma de tratamiento. Las medidas de seguridad que deberán adoptarse son de tipo lógico, administrativo y físico acorde a la criticidad de la información personal a la que accede y/o recolecta, para garantizar que este tipo de información no será usada, comercializada, cedida, transferida y no será sometida a tratamiento contrario a la finalidad comprendida en lo dispuesto en el objeto contractual. En caso de tratarse de datos sensibles, de niños, niñas y adolescentes, tales como origen racial, organizaciones sociales, datos socioeconómicos, datos de salud, entre otros, las medidas de seguridad a adoptar serán de nivel alto. EL CONTRATISTA indemnizará los perjuicios que llegue a causar a AGUAS NACIONALES EPM como resultado del incumplimiento de las leyes 1581 de 2012 y 1266 de 2008, aplicables al tratamiento de la información personal, así como por las sanciones que llegaren a imponerse por violación de la misma. En estos casos autoriza de manera expresa a AGUAS NACIONALES EPM, con la presentación de la oferta y al comunicársele la aceptación de la misma, de ser el caso, a deducir de las sumas de dinero que AGUAS NACIONALES EPM le adeude en el momento en que se notifique la decisión desfavorable por la entidad competente, el valor de las multas impuestas, sin perjuicio de que llegaren a demostrarse daños por cuantía superior a la multa impuesta. AGUAS NACIONALES EPM informa a EL CONTRATISTA que en Colombia configura delito el tratamiento no autorizado de datos personales según lo dispuesto en la Ley 1273 de 2009. Por tanto transmitirá esta obligación también a los dependientes, trabajadores y demás personas que actúen por su cuenta y riesgo. EL CONTRATISTA reconoce el derecho que tiene AGUAS NACIONALES EPM de auditar el cumplimiento de esta obligación de protección de datos personales; en este sentido, autoriza el ingreso y/o acceso de los empleados públicos y/o terceros designados para este fin a sus instalaciones e infraestructura, así como el acceso a la información requerida para verificar la adecuada protección de los datos personales custodiados con ocasión de este contrato.

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Es obligación de EL CONTRATISTA informar a AGUAS NACIONALES EPM cualquier sospecha de pérdida, fuga o ataque contra la información personal a la que ha accedido y/o trata con ocasión de este contrato, aviso que deberá dar una vez tenga conocimiento de tales eventualidades. La pérdida, fuga o ataque contra la información personal implica así mismo la obligación de EL CONTRATISTA de gestionar el incidente de seguridad de la información conforme los lineamientos en la materia señalados en las normas ISO 27001/27002. El incumplimiento de las obligaciones derivadas de esta cláusula se considera como un incumplimiento grave por los riesgos legales que conlleva el indebido tratamiento de datos personales, y en consecuencia será considerada justa causa para la terminación del contrato, y dará lugar al cobro de la cláusula penal pactada, sin necesidad de ningún requerimiento, a los cuales renuncia desde ahora.

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8.4. Ejecución 8.4.1. Administración Bajo el concepto de “Administración” AGUAS NACIONALES EPM entiende reunidos los elementos y pasos que deben conducir a la prestación de los servicios y el cumplimiento debido de los compromisos y obligaciones adquiridos mediante el contrato. No obstante, expresamente AGUAS NACIONALES EPM advierte que la enunciación de etapas, actividades y pasos aquí listados y las atribuciones que de ello se derivan para las partes y sus representantes, no tienen carácter exhaustivo ni enervan la posibilidad de realizar gestiones que el logro de los objetivos contractuales impongan en un marco de razonabilidad. 8.4.2. Aspectos económicos En estas condiciones se contemplan mecanismos conforme con los cuales las partes definen el contenido y alcance de sus responsabilidades económicas derivadas de la ejecución de servicios y/o actividades comprometidas. Por tanto, además de lo que aquí se prevé expresa y específicamente según cada estipulación, para llevar a cabo los procedimientos aquí previstos y definir los contenidos que con ellos se buscan, han de tenerse en cuenta la práctica y reglas vigentes en cada área y lo previsto en el pliego de condiciones. 8.4.2.1. Impuestos, deducciones y gastos EL CONTRATISTA deberá pagar por su cuenta todos los gastos legales, tributos, impuestos, tasas, derechos y contribuciones en que incurra por concepto del trabajo contratado, en cumplimiento de las normas aplicables que existan sobre el particular y que hayan sido decretados por las autoridades, incluidos los tributos y gravámenes de otros países. Por lo tanto al preparar su oferta deberá tenerlos en cuenta. AGUAS NACIONALES EPM deducirá del valor del contrato todos los impuestos o retenciones en la fuente del orden internacional, nacional, departamental o municipal a que haya lugar Renta, impuesto sobre las ventas IVA, Industria y Comercio, etcétera, en el momento de hacer los pagos o abonos en cuenta, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Cuando con posterioridad a la fecha de entrega de las oferta el IVA o los impuestos al consumo tengan alguna modificación por aumento, disminución o eliminación, así como la creación de nuevos impuestos al consumo, ello será tenido en cuenta por AGUAS NACIONALES EPM para hacer los ajustes que sean del caso y reconocerle a EL CONTRATISTA los mayores costos o hacerle las deducciones. La modificación por aumento, disminución, eliminación o creación de otro tipo de tributos no será tenida en cuenta por AGUAS NACIONALES EPM ni para hacer ajustes ni para hacer deducciones a EL CONTRATISTA. Los gastos legales en los cuales se incurra para permitir la iniciación y ejecución del contrato, serán por cuenta de EL CONTRATISTA. Compra 06-12-2016

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Entre otros, y sin ser esta lista taxativa, se causan los siguientes tributos y se aplican las siguientes retenciones: 8.4.2.1.1. Retención en la fuente de renta Se aplicará a las tarifas y sobre las bases determinadas en el Estatuto Tributario Nacional y otras normas sobre la materia, de acuerdo con las prestaciones que sean objeto de pago o abono en cuenta. 8.4.2.1.2. Autorretención a título de impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) El contratista se deberá autorretener a título de CREE en caso de ser sujeto pasivo de este impuesto, a las tarifas y sobre las bases determinadas en el Estatuto Tributario Nacional y demás normas sobre la materia, de acuerdo con su actividad económica principal. 8.4.2.1.3. Impuesto sobre las ventas IVA El impuesto sobre las ventas IVA se causa por la prestación de servicios y la venta de bienes en el territorio nacional a la tarifa general, según las normas establecidas en el Estatuto Tributario Nacional y otras normas sobre la materia. 8.4.2.1.4. Retención del IVA Las normas tributarias nacionales establecen la retención en la fuente del impuesto sobre las ventas IVA a la tarifa vigente al momento de expedición de la factura. 8.4.2.1.5. Impuesto de timbre La tarifa del impuesto de timbre para los contratos que se celebren a partir del 1 de enero de 2010 es del cero por ciento (0%), en consecuencia, los oferentes no deberán tener en cuenta en los precios de su oferta suma o costo alguno por el mencionado impuesto. 8.4.2.1.6. Impuesto de Industria y Comercio Se efectuará retención en la fuente de Impuesto de Industria y Comercio siempre y cuando el municipio donde se ejecute el objeto contractual tenga establecida esta obligación de retener a cargo de AGUAS NACIONALES EPM y a las tarifas y sobre las bases determinadas en el respectivo Acuerdo Municipal que ordene dicha retención.

8.4.2.2. Inscripción de proveedores para pago por consignación Igualmente ha de tener en cuenta EL CONTRATISTA que AGUAS NACIONALES EPM sólo efectúa pagos mediante el sistema de consignación electrónica y que, para el efecto, deberá inscribir una cuenta que haga posible dicha forma de pago, llenando los correspondientes formatos que AGUAS NACIONALES EPM pone a su disposición. El incumplimiento de este trámite exonera a AGUAS NACIONALES EPM de cualquier retraso o dificultad que genere la imposibilidad de efectuar el pago tal y como se prevé.

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La cuenta reportada deberá figurar a nombre del beneficiario de la orden de pago. Las personas jurídicas deberán anexar una copia vigente es decir, con no más de tres meses de expedición del certificado de existencia y representación legal, al momento del primer pago y cuando se cambie el representante legal. 8.4.2.3.

Procedimiento para facturación.

Para que la factura, documento equivalente o documento de cobro* que expida EL CONTRATISTA sea pagada, éste deberá tener en cuenta los requisitos que se enuncian a continuación: 1. Estar denominada expresamente como factura de venta. 2. Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio, desarrolla la actividad o ejecuta la obra. 3. Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios, o de las obras, junto con la discriminación del IVA pagado. 4. Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta. 5. Fecha de su expedición. 6. Descripción específica o genérica de los bienes vendidos o servicios prestados, o actividades realizadas, o de la obra ejecutada a pagar. 7. Valor total de la operación. 8. El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura. 9. Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas. 10. Indicar la resolución de autorización de la numeración respectiva expedida por la DIAN, fecha e intervalo. *Las cuentas de cobro deben cumplir como mínimo los numerales 2, 3,5 y 7 sin discriminar IVA. 11. Incluir en el cuerpo de la factura, documento equivalente o cuenta de cobro información relacionada con el contrato:  Número del contrato dentro del cual se factura.  Número de la Orden de Compra “OC” o equivalente que AGUAS NACIONALES EPM le haya asignado.  Centro de responsabilidad de la dependencia que está realizando la transacción.  Nombre del interventor o responsable de la transacción  En la descripción deberá informar si corresponde a pago de reajuste o anticipo.  Unidad de Negocio a la cual corresponde (Se debe presentar una factura por cada Unidad de Negocio, según la información que EL CONTRATISTA haya recibido de la dependencia que contrata la actividad o servicio. Por ejemplo si se contrata para Aguas y Energía, EL CONTRATISTA debe presentar dos facturas por la orden de pago) 12. Detallar en el cuerpo de la factura el nombre del municipio donde se desarrolló la actividad y el código de la actividad económica correspondiente. En caso de ser varios municipios debe indicarse el ingreso que corresponda a cada uno de ellos. Si está exento de impuesto de Industria y Comercio, deberá aportar copia del acto mediante el cual se estableció dicha exención. 13. Los gastos reembolsables deben ser cobrados a través de una cuenta de cobro y no de una factura. La cuenta de cobro debe traer anexas las facturas que soportan el gasto expedidas a nombre de AGUAS NACIONALES EPM y una relación detallada de costos y gastos firmada por Revisor Fiscal y/o Contador Público. Compra 06-12-2016

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14. Los consorcios y uniones temporales deben detallar en el cuerpo de la factura:  Apellidos y nombre o razón y NIT de los consorciados o unidos temporalmente, indicando los atributos fiscales de cada uno. (Autorretenedores, exenciones de Ica si las tienen)  Porcentajes de participación de los consorciados o unidos temporalmente 15. La presentación de facturas, documentos equivalentes o documentos de cobro por parte de EL CONTRATISTA, deberá acompañarse de los soportes, donde el empleador administrador del contrato de AGUAS NACIONALES EPM exprese que la obra fue realizada a entera satisfacción, el informe parcial o final –según correspondade las obras ejecutadas y la constancia de pagos al sistema de seguridad social, parafiscales y salarios y prestaciones sociales. 16. Para efectuar el pago se debe entregar en AGUAS NACIONALES EPM el original de la factura. En caso que no se entregue el original de la factura en el momento de radicarla, AGUAS NACIONALES EPM asume que la factura va a ser negociada y antes del vencimiento el portador del título valor debe enviar a AGUAS NACIONALES EPM el original para realizarle el respectivo pago. El no cumplimiento de los requisitos de facturación será causal de devolución de las facturas, documentos equivalentes o documentos de cobro por parte de AGUAS NACIONALES EPM al CONTRATISTA. 8.4.2.4. Calendario para órdenes de pago El CONTRATISTA ha de tener en cuenta que por requerimientos contables, AGUAS NACIONALES EPM fija unas fechas dentro de cada período mensual, en las cuales deben presentarse las facturas o cuentas de cobro para su cancelación o pago. El desconocimiento de dicho calendario puede originar tropiezos para EL CONTRATISTA, y AGUAS NACIONALES EPM no se hace responsables por los potenciales perjuicios que el desconocimiento de ello pueda generar. 8.4.2.5. Descuentos por pronto pago EL CONTRATISTA podrá ofrecer descuentos por pagos que se efectúen antes del respectivo vencimiento, cuando su valor sea superior a cinco millones de pesos ($5’000.000,00), pero para ser aceptados, dichos descuentos no pueden ser inferiores a la tasa del DTF + 4 puntos para la moneda nacional o Libor + 2 puntos para la moneda extranjera. AGUAS NACIONALES EPM, dependiendo de su situación de liquidez, se reserva el derecho de adelantar los pagos a quienes los soliciten. Para obtener el pago anticipado, EL CONTRATISTA deberá enviar una comunicación a la Unidad Servicios Tesorería de la Vicepresidencia Finanzas Corporativa de EPM, indicando que ofrece un descuento por pronto pago, relacionando el código de proveedor, el número de la factura y su valor. 8.4.2.6. Cesión de los derechos económicos del contrato EL CONTRATISTA sólo podrá ceder los derechos económicos del contrato después de que se haya ejecutado más del cincuenta por ciento (50%) del mismo, sin perjuicio de las retenciones y deducciones de las sumas que legal y contractualmente deban realizarse. Compra 06-12-2016

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8.4.2.7. Retención de pagos y compensaciones AGUAS NACIONALES EPM podrá retener todo o parte de cualquier pago en cuanto sea necesario para protegerse de pérdidas debidas a servicios o actividades defectuosas no corregidas, a garantías no cumplidas o para el pago de posibles deducciones por compensaciones debidas o perjuicios recibidos. Cuando desaparezcan las causas que originaron la retención se efectuarán los pagos de los valores retenidos. Si EL CONTRATISTA demuestra que la retención de los pagos fue indebida se le efectuaran los pagos de esos valores actualizados con base en el IPC. (Circular 1295 de 2004). En los contratos que impliquen pagos al exterior se adoptaran las medidas que correspondan y sean procedentes desde el punto de vista legal. 8.4.3. Cesión y Subcontratación El contrato podrá cederse siempre y cuando se cuente con previa autorización escrita de AGUAS NACIONALES EPM. Para lo cual deberá acreditarse que el cesionario cumple con las mismas o mejores calidades que acreditó para la aceptación de la oferta el cedente. AGUAS NACIONALES EPM revisará previamente el documento donde consta la cesión del contrato para verificar si las condiciones de la misma son aceptables y de ser el caso, hacer reserva de las excepciones a que se refiere el artículo 896 del Código de Comercio. Cuando EL CONTRATISTA considere necesario recurrir a subcontrataciones, deberá contar con autorización expresa de AGUAS NACIONALES EPM; la autorización no exonerará a ELCONTRATISTA de la responsabilidad que corresponde a su condición. AGUAS NACIONALES EPM podrá aprobar o rechazar a su juicio, cualquiera de los candidatos a subcontratista presentados por EL CONTRATISTA y será obligación de EL CONTRATISTA presentar otros candidatos si alguno de éstos fue rechazado por AGUAS NACIONALES EPM. Una vez recibida la aprobación de AGUAS NACIONALES EPM, EL CONTRATISTA podrá subcontratar partes del objeto del contrato, sin que esta facultad lo exima de responsabilidad para con AGUAS NACIONALES EPM, ni se la atenúe. No habrá relación contractual, laboral, administrativa ni de otra índole entre AGUAS NACIONALES EPM y los subcontratistas, como tampoco la habrá con los proveedores y empleados de éstos y con los de EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA será en todo caso, responsable por actos, errores u omisiones de sus empleados, subcontratistas, proveedores o agentes, quienes carecerán de toda acción contra AGUAS NACIONALES EPM. 8.4.4. Suspensión Cuando circunstancias particulares lo impongan, cualquiera de las partes podrá solicitar a la otra la suspensión del contrato o de su ejecución. Cuando los motivos que se invoquen sean eventos de fuerza mayor o caso fortuito, la aceptación de la contraparte será obligatoria. En caso contrario, la solicitud quedará a criterio de quien la recibe. Compra 06-12-2016

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Durante la suspensión las partes quedan relevadas de sus obligaciones contractuales, pero cada una será responsable de la custodia y mantenimiento de los bienes sobre los cuales se ejecuta el contrato y deberá reparar los perjuicios que irrogue su desatención sobre ello. Salvo que las disposiciones legales pertinentes lo contemplen, la suspensión no legitimará el incumplimiento de ninguna obligación debida frente a terceros o frente al Estado. EL CONTRATISTA deberá informar a la compañía de seguros de la suspensión del contrato y entregar copia del respectivo documento a AGUAS NACIONALES EPM. Una vez superadas las causas que ameritaron la suspensión, las partes acordarán la reiniciación de actividades en el menor tiempo posible. La renuencia para hacerlo o para llegar a un acuerdo constituirá incumplimiento del contrato. Reanudadas las labores, EL CONTRATISTA igualmente deberá informarlo a la compañía de seguros y aportar copia de la respectiva comunicación a AGUAS NACIONALES EPM. 8.4.5. Reclamaciones Cualquier reclamo relacionado con el contrato deberá presentarlo EL CONTRATISTA por escrito a AGUAS NACIONALES EPM dentro de los treinta (30) días siguientes a la primera ocurrencia del hecho motivo del reclamo, señalando claramente y en detalle sus fundamentos. EL CONTRATISTA acepta que no apelará a reclamaciones diplomáticas en lo tocante a derechos y obligaciones que se deriven del contrato, salvo en el caso de denegación de justicia, la cual se entiende que no existe cuando EL CONTRATISTA ha tenido expeditos los recursos y medios de acción, que conforme a las leyes colombianas puedan emplearse ante la rama judicial del poder público. AGUAS NACIONALES EPM tramitará la reclamación agotando los procedimientos e instancias internos y EL CONTRATISTA estará obligado, tanto por la ley como por este contrato, a esperar una respuesta dentro de los términos de oportunidad allí contemplados, antes de intentar una acción alternativa o diferente. Por su parte, AGUAS NACIONALES EPM presentará a EL CONTRATISTA las reclamaciones que considere pertinentes con motivo del pacto o de la ejecución del “objeto” del contrato, y EL CONTRATISTA estará obligado a pronunciarse al respecto de manera clara y oportuna. Es entendido, así mismo, que EL CONTRATISTA deberá responder ante los organismos de control que ejercen vigilancia sobre AGUAS NACIONALES EPM, cuando éstos hallen incongruencias o irregularidades en cualquier aspecto pertinente del contrato o su ejecución. 8.4.6. Vigencia Período comprendido entre la fecha de comunicación de la aceptación al CONTRATISTA y la fecha de recibo a satisfacción y/o aprobación de la liquidación definitiva, en los casos en que procede. En el término de la vigencia las partes están habilitadas para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones adquiridas en virtud del contrato, pero no podrá entenderse que, por ello, se modifica el plazo de ejecución que operará dentro de la vigencia, pero independientemente de ella. 8.4.7. Terminación anticipada del contrato

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Con fundamento en el artículo 1602 del Código Civil Colombiano, LAS PARTES acuerdan que se podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada, cuando se presente una o varias de las situaciones que a continuación se estipulan: 8.4.7.1. Se podrá dar por terminado el contrato, sin que este hecho dé lugar a indemnizar algún tipo de perjuicios a LA PARTE que incurra en una o varias de las siguientes causales: a) Cuando una de LAS PARTES no diere cumplimiento a las disposiciones legales relacionadas con la prevención y control al lavado de activos y el financiamiento del terrorismo que le sean aplicables. b) Cuando una de LAS PARTES o algunos de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, sus representantes legales, Revisores Fiscales, Auditores Externos y sus miembros de la Junta Directiva, figuren en las listas internacionales vinculantes para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas), en las listas de la OFAC Banco Mundial, Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo-y/o en las listas nacionales o internacionales. c) Cuando exista en contra de una de LAS PARTES o de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, de sus representantes legales Revisores Fiscales, Auditores Externos y sus miembros de la Junta Directiva, sentencia judicial en firme que los condene por la comisión de delitos dolosos o se encuentren vinculados a investigaciones o procesos penales por delitos dolosos, o exista información pública con respecto a tales personas que pueda colocar a la otra PARTE frente a un riesgo legal o reputacional. d) Cuando se presenten elementos que puedan representar riesgos reputacionales, legales, operativos o de contagio relacionados con el lavado de activos y/o la financiación del terrorismo. e) Cuando se presenten elementos que conlleven dudas fundadas sobre la legalidad de las operaciones, la licitud de sus recursos o que cualquiera de las partes ha efectuado transacciones u operaciones destinadas a dichas actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. f) Cuando se presenten yerros, inconsistencias, discrepancias o falsedades en la documentación e información aportada en la ejecución del presente contrato. g) Cuando los accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, o los representantes legales y miembros de Junta Directiva de una de LAS PARTES, se encuentren en el “Listado de firmas y personas naturales inhabilitadas por el Banco Mundial” por haber transgredido las disposiciones sobre fraude y corrupción o en la “Lista de empresas y personas sancionadas por el Grupo BID (Banco Interamericano de Desarrollo)” por haberse determinado que estuvieron involucradas en prácticas fraudulentas, corruptas, colusorias, coercitivas u obstructivas en violación de las políticas anticorrupción del Grupo BID.

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h) Cuando cualquier activo objeto del contrato sea objeto de una medida de extinción de dominio y sobre el cual la Dirección Nacional de Estupefacientes o la entidad que haga sus veces no tenga el control o no le haya sido nombrado un depositario directo. En consecuencia, se indemnizarán los perjuicios presentes y futuros ocasionados por el inicio de la acción de extinción de dominio sobre los bienes objeto de la operación realizada en virtud de este contrato que afecte cualquier derecho real adquirido en la relación jurídica. i) Cuando en la ejecución del contrato, una de las PARTES sea sancionado por la autoridad competente por conductas violatorias de las normas sobre protección de la competencia que exponga a la otra PARTE a un riesgo reputacional o legal. j) Cuando EL CONTRATISTA incumpla el Código de conducta para Proveedores y Contratistas de AGUAS NACIONALES EPM. Para garantizar el debido proceso y el derecho de contradicción, se comunicará a la otra PARTE por medio del correo electrónico indicado para recibir comunicaciones y notificaciones, la decisión de iniciar el proceso de terminación anticipada del contrato, indicándole la causal que se invoca. LA PARTE que recibe tal comunicación podrá demostrar en un plazo no superior a quince (15) días calendario que subsanó o que se eliminó la situación. Si no demuestra en el plazo fijado, que subsanó o eliminó la causal de terminación, LAS PARTES acuerdan que habrá lugar a la terminación del contrato, lo cual se comunicará inmediatamente y se procederá a la liquidación o al cierre de cuentas del contrato, según corresponda, en el estado en que se encuentre, quedando obligada LA PARTE que incurrió en la causal a indemnizar los perjuicios causados a la otra PARTE. 8.4.7.2. AGUAS NACIONALES EPM dará por terminado el contrato cuando se presente situaciones de orden público que hagan inviable la ejecución del mismo.

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