MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACIN

BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA AMC Nº 142-2012-MDCGAL POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA Derivado de ADS N° 035-2012-MDCGAL

ADQUISICION DE ADOQUINES DE CONCRETO Para la Obra “CONSTRUCCION DE VEREDAS Y BERMAS EN LA ASOCIACION DE VIVIENDA LAS VIÑAS, DISTRITO CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, DCGAL-TACNA”

MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA ADJUDICACION DE MENRO CUANTIA N° 142-2012-MDCGAL (Primera Convocatoria) Derivado de ADS Nº 035-2012-MDCGAL POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA ______________________________________________________________________________________________________________________________________

CAPITULO I GENERALIDADES 1.1

ENTIDAD CONVOCANTE: Nombre: Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa - Tacna RUC N°: 20519610214

1.2

OBJETO DE LA CONVOCATORIA: El Presente Proceso de Selección tiene por Objeto la Adquisición de Adoquines de Concreto para la obra “CONSTRUCCION DE VEREDAS Y BERMAS EN LA JUNTA VECINAL VILLA LA PAZ DEL DCGALTACNA”

1.3

VALOR REFERENCIAL: El valor referencial es de S/. 99,320.00 (NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 nuevos soles) incluido I.G.V., incluido los impuestos de ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del suministro (incluye todos los costos directos e indirectos, tributos vigentes o los que los substituyan, seguros, transporte, inspecciones y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del bien a adquirir. El valor referencial ha sido calculado al mes de Setiembre del 2012. Ítem 01 02

Código

Descripción

3013150200233356 Adoquines de concreto 20x10x6 cm Negro 3013150200233356 Adoquines de concreto 20x10x6 cm Rojo

P. U. S/. 50.50 45.00

TOTAL S/.

Cant. U. M. 1040 1040

M2 M2

100% Valor Decremento Referencial S/. Mínimo 52,520.00 52.52 46,800.00 46.80 99,320.00

Los lances electrónicos y el valor Monetario que representa el Decremento Mínimo Será 0.1%, el mismo que deberá contemplarse durante el periodo de puja, conforme a lo siguiente: Las propuestas que excedan el valor Referencial serán devueltas por el Comité especial teniéndolas por no presentadas. No existe límite inferior para presentar la propuesta económica, debiendo tener en cuenta el Art. 160º del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado. El Postor deberá ofertar el total de las unidades requeridas, caso contrario será desestimada su propuesta. 1.4

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Recursos Determinados

1.5

METODO DE INSCRIPCION: El proveedor deberá inscribirse como participante a través del SEACE.

1.6

SISTEMA DE CONTRATACION: El presente proceso se rige por el sistema de Suma Alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7

FECHA DE APROBACION DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION: Expediente Aprobado con Memorando de Gerencia Municipal Nº 400-2012-GM-MDCGAL de fecha 14 de Setiembre del 2012.

1.8

MODALIDAD DE SELECCIÓN: Subasta Inversa Electrónica.

1.9

BASE LEGAL: · · · · · · · ·

Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y su modificatoria. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Decreto Legislativo Nº 1086, Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña empresa y del acceso al empleo decente. Resolución Nº 168-2009-OSCE/PRE que aprueba la Directiva Nº 006-2009-OSCE/CD “Lineamientos para la aplicación de la Modalidad Especial de selección por Subasta Inversa”.

Av. Municipal s/n – Distrito Coronel Gregorio Albarracín – Provincia de Tacna – Departamento de Tacna Teléfono: (052) 402416

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CAPITULO II ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1

CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN: ETAPA CONVOCATORIA REGISTRO DE PARTICIPANTES, PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS MEJORAS DE PRECIOS OTORGAMIENTO DE BUENA PRO

FECHA 03/10/2012 Del 04/10/2012 hasta el 12/10/2012 11:00 hrs 12/10/2012 11:01 hasta 13:01 hrs 12/10/2012 13:30 hrs

2.2

CONVOCATORIA: Se efectuará a través de su publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE que opera el OSCE, de conformidad con lo señalado en el Artículo 92° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, convocatoria que se llevará a cabo en la fecha señalada en el Cronograma del proceso. Es responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE y de la revisión de su correo electrónico. La Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa – PROMPYME, tendrá acceso permanente a la información de los procesos de selección registrados en el SEACE, para su análisis y difusión entre las micro y pequeñas empresas.

2.3

INSCRIPCION DE PARTICIPANTES, REGISTRO Y PRESENTACION DE PROPUESTAS: La etapa de Inscripción de Participantes, Registro y Presentación de Propuestas se realizará desde el día siguiente de publicada la convocatoria hasta la fecha y hora señalada en el calendario para tales efectos. Al registrarse el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, Razón Social (persona jurídica), número de R.U.C., domicilio legal, teléfono fax, etc.

2.4

INSCRIPCION DE PARTICIPANTES: Para inscribirse como participante, el proveedor deberá: a) Declarar la aceptación de las condiciones del uso del Sistema para participar en el proceso de selección por Subasta Inversa Electrónica. Para tales efectos y con carácter de declaración jurada, deberá aceptar el formulario que le mostrará el Sistema en el SEACE, que contendrá las siguientes estipulaciones: b) c)

Tener conocimiento que el presente formulario tiene carácter de declaración jurada. Conocer lo estipulado en la Ley y el Reglamento de la Ley en lo referente a la participación en procesos de selección a través del SEACE. Asumir la responsabilidad por la información y documentación en formato digital remitida a través del SEACE al Comité Especial que conduce el proceso de selección. Tener conocimiento del manual del usuario del Módulo de Transacciones Electrónicas del SEACE. El proveedor deberá inscribirse como participante de manera gratuita a través del SEACE. , posteriormente deberá registrar en el SEACE los siguientes datos: · · · ·

Lugar donde hizo el depósito. Número de boleta del Depósito. Monto depositado. Fecha de Deposito

En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes. d) 2.5

Realizar el Pago de la suma de S/. 5.00 (Cinco con 00/100 nuevos soles) por costo de reproducción de Bases, en Caja de la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, si el participante así lo desea.

DE LOS POSTORES: Pueden participar como postores las personas naturales o jurídicas acreditadas como tales que tengan capacidad operativa para suministrar los bienes materia del presente proceso de selección, que en su caso estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en los Registros Públicos, a condición de que se registren como participantes sometiéndose al cumplimiento de las bases, a la Ley y a su Reglamento. Están impedidos de ser postores, las personas comprendidas en las limitaciones establecidas en el Artículo 10º de la Ley y su Reglamento.

2.6

REGISTRO DE PROPUESTAS: Av. Municipal s/n – Distrito Coronel Gregorio Albarracín – Provincia de Tacna – Departamento de Tacna Teléfono: (052) 402416

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Los participantes registrarán sus propuestas a través del SEACE, luego de su registro como participante, de acuerdo con las características, formatos y demás condiciones que sean establecidas en las Bases. Para el Registro de Propuestas, los participantes deberán cumplir con lo siguiente: 1.

En los procesos según relación de ítems, el registro se realizará por cada ítem en el que se desea participar, mediante el formulario que se debe completar para tales efectos.

2.

Los datos que los participantes deben ingresar en su propuesta son los siguientes: a)

Documentos de Habilitación: El participante deberá añadir los archivos conteniendo los documentos de habilitación solicitados en las Bases. En caso de presentarse en consorcio deberá adjuntar la promesa formal de consorcio respectiva, según el formato obrante en el Sistema.

b)

Propuesta Económica: La propuesta económica deberá presentarse en función al valor referencial total del ítem y será utilizada por el Sistema para asignarle el turno de inicio en el periodo de Lances con Agentes Electrónicos. Se considerarán como propuestas económicas válidas aquellas que no superen el valor referencial total del ítem consignado en las Bases; de lo contrario, el Sistema las excluirá automáticamente del proceso.

c)

Configuración del Agente Electrónico

El participante deberá indicar en el Sistema los siguientes datos: (i) el monto del decremento aplicable al ítem en el que participa, que en ningún caso podrá ser inferior al monto del decremento mínimo establecido en las Bases, y (ii) el precio límite inferior (monto más bajo) que está dispuesto a ofertar por cada ítem. Mediante estos parámetros el participante podrá programar los lances que realizará automáticamente su agente en el Sistema, durante los Lances con Agentes Electrónicos. Cuando el participante no configure el Agente Electrónico, el Sistema asumirá que el precio límite inferior es igual a la propuesta económica. 3.

El participante deberá registrar los datos de su representante legal en el formulario correspondiente. De presentarse en consorcio, deberán consignarse los datos del consorcio, incluyendo los del representante legal común.

El participante podrá realizar modificaciones a su propuesta sólo hasta antes de haber confirmado su presentación. 2.7

CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS: SOBRE Nº 1 – DOCUMENTOS DE HABILITACION Documentación de Presentación Obligatoria: -

El participante deberá añadir los archivos conteniendo los documentos de habilitación siguientes. a) Carta de presentación y Declaración Jurada de datos del postor. Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo Nº 01.

b) Promesa de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades . Anexo Nº 02. 2.8

PRESENTACION DE PROPUESTAS: Al finalizar el registro de la propuesta, el participante podrá presentar su propuesta a través del Sistema. Para tal efecto, antes del envío de la propuesta, el participante deberá aceptar con carácter de declaración jurada: Av. Municipal s/n – Distrito Coronel Gregorio Albarracín – Provincia de Tacna – Departamento de Tacna Teléfono: (052) 402416

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e) f) g) h) i)

Cumplir con las condiciones estipuladas en el Artículo 42º del Reglamento. Tener vigente y habilitada su inscripción en el Registro Nacional de Proveedores de Proveedores de Bienes. Declarar que los productos ofrecidos cumplen con las especificaciones técnicas y de calidad indicados en la Ficha Técnica, así como cumplir con todas las condiciones solicitadas en las Bases. Declarar que no ha sobornado ni ejercido presión sobre ningún funcionario en relación al presente proceso de selección. Declarar que en caso resulte ganador del o los ítem (s) en que se presente en consorcio, formalizará el consorcio según lo dispone el Reglamento de la Ley.

A continuación, el Sistema procederá a solicitarle la confirmación de la presentación de la propuesta para, de hacerse así, generar el respectivo aviso electrónico en la ficha del Proceso, indicando que la propuesta ha sido presentada. En los Procesos según relación de ítems, la presentación de Propuestas se efectuará en una sola oportunidad y por todos los Ítems registrados. Conforme al artículo 93º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, se presume que las propuestas presentadas cumplen con las condiciones y requerimientos establecidos en las Bases, así como las características definidas en la Ficha Técnica, respecto del bien objeto de la convocatoria, adjuntos en el Anexo A Las propuestas se presentarán en función al valor referencial de la unidad de medida establecida en las Bases. El monto total de la propuesta económica deberá ser expresada en nuevos soles hasta con dos (2) decimales, deberá incluir todos los tributos, seguros, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo total del suministro a adquirir, hasta que sea entregado a la Municipalidad de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa. 2.9

APERTURA DE PROPUESTAS Y PERIODO DE LANCES: 1.

Apertura de Propuestas y Lances con Agentes Electrónicos El Sistema realizará la apertura de propuestas e iniciará los Lances con Agentes Electrónicos de forma automática, inmediatamente después de vencido el plazo para el Registro de Participantes y Presentación de Propuestas, y conforme a los valores configurados por el postor en su Agente Electrónico (valor de decremento y el precio límite inferior). En esta etapa podrán participar todos los postores con propuestas económicas válidas. Para tales efectos, el Sistema procesará la información de las propuestas económicas por ítem, determinará las propuestas válidas y las ordenará según el valor total de la oferta, lo que determinará el turno de los lances. En caso que dos (2) o más postores hubieran presentado el mismo monto en la propuesta económica, el Sistema efectuará automáticamente un sorteo para establecer el turno de los lances. La realización de los lances automáticos electrónicos se sujeta a lo siguiente: 1.

El valor monetario que representa el Decremento Mínimo y que deberá contemplarse durante el periodo de puja, a efectos de realizar lances electrónicos no puede ser inferior al cero punto uno por ciento (0.1%) ni superior al tres por ciento (3%) del valor referencial total del ítem correspondiente.

Los lances se iniciarán con la propuesta económica de menor precio y se desarrollará conforme el siguiente procedimiento: a)

A la propuesta económica de menor precio se le descontará el decremento programado por el postor obteniendo así el “menor precio”.

b)

Para efectuar el lance del siguiente postor, el Sistema restará al “menor precio” el decremento programado por este postor, pudiendo resultar que:

c)

-

El precio obtenido sea mayor o igual que su precio límite inferior, en cuyo caso el Sistema lo registrará como el nuevo “menor precio”.

-

El precio obtenido sea menor que su precio límite inferior, en cuyo caso el Sistema registrará su precio límite inferior y lo excluirá de la siguiente ronda.

El procedimiento continuará de la forma prescrita en el literal anterior con los agentes de las siguientes propuestas económicas y en rondas sucesivas hasta que quede sólo una propuesta con posibilidad de participar en la siguiente ronda; en ese momento, la propuesta económica que aún participa será declarada como ganadora de los Lances con Agentes Electrónicos, con lo cual concluirá dicho ciclo.

Durante el desarrollo de los Lances con Agentes Electrónicos, el Sistema registrará el detalle de los lances efectuados en las rondas y el monto de la propuesta ganadora.

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Al concluir el ciclo de Lances con Agentes Electrónicos para todos los ítems del proceso, el Sistema registrará los resultados finales, los cuales serán considerados como los precios de inicio para el ciclo de Mejora de Precios, quedando abiertos todos los ítems con propuestas válidas para el desarrollo de dicho ciclo. 2.

Mejora de Precios Permitirá que los postores puedan mejorar sus precios a través de lances sucesivos a ser realizados en línea, conforme al siguiente procedimiento: a)

b) c) d)

En la fecha y hora indicadas en la convocatoria, el postor accederá al Módulo de Transacciones Electrónicas del SEACE, ingresando su clave y contraseña asignada por el Registro Nacional de Proveedores. El postor visualizará la propuesta económica ganadora, los lances de los Agentes Electrónicos (menor precio) y el monto de su propuesta. El postor podrá mejorar el monto de la propuesta económica de menor precio hasta ese momento y/o mejorar su propia propuesta económica durante el período indicado en la convocatoria. Enviando lances sin considerar el decremento mínimo establecido por la Entidad. El postor no está obligado a enviar lances inferiores al menor precio vigente a ese momento, pero sus lances deberán ser siempre inferiores a su último precio ofertado.

Cinco (5) minutos antes de la finalización del horario indicado en la convocatoria para efectuar las mejoras de precios, el Sistema enviará una alerta indicando el inicio del cierre aleatorio. La duración del cierre aleatorio será determinada por el Sistema en forma aleatoria, pudiendo variar entre uno (1) a treinta (30) minutos, tiempo durante el cual los postores podrán enviar sus últimos lances. Cerrado este ciclo no se admitirán más lances en el proceso. 2.10

DETERMINACION DE PUNTAJES: Una vez culminada la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, el Sistema procesará los lances recibidos del ítem o ítems del proceso de selección, ordenando a los postores por cada ítem según el monto de su último lance, estableciendo el orden de prelación de los postores, generando el Acta con el detalle del desarrollo de la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, la cual quedará registrada en el Sistema y publicada automáticamente en la respectiva ficha del proceso. En caso de empate, el Sistema efectuará automáticamente un sorteo para establecer que postor ocupa el primer lugar en el orden de prelación.

2.11

OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO: Para efectos de otorgar la Buena pro, previamente el Comité Especial deberá verificar la documentación exigida por la Bases al postor que haya obtenido el primer y segundo lugar, documentación a la que tendrá acceso a través del Sistema. En caso que dicha documentación reúna las condiciones requeridas por las Bases, el Comité Especial, otorgará la Buena Pro al postor que ocupa el primer lugar, en caso de que alguna de ellas o ambas no reúnan dichos requisitos, se procederá a descalificarlas y revisar las demás propuestas respetando el orden de prelación. Para otorgar la Buena Pro a la propuesta de menor precio que reúna las condiciones requeridas en las bases, el comité Especial debe verificar la existencia como mínimo de dos (2) propuestas válidas.

2.12

ACTA DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO El Comité elaborará el Acta del Otorgamiento de la Buena Pro con el resultado de la evaluación de los postores por cada ítem y con el sustento debido en los casos en que los postores sean descalificados. El acta deberá ser publicada en el SEACE el mismo día de otorgada la Buena Pro.

2.13

CONSENTIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO: El otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentido si dentro del plazo de cinco (05) días, plazo establecido en el presente Reglamento ningún participante hubiera apelado ante el titular de la Entidad.

2.14

SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN: Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes, desde la convocatoria hasta la celebración del contrato inclusive, solamente podrán dar lugar a la interposición del recurso de apelación, debiendo cumplirse los requisitos, tasas y garantías establecidos en el Reglamento de la ley. El recurso de apelación contra los actos o actuaciones que se produzcan desde la convocatoria hasta el otorgamiento de la Buena Pro, deberá ser interpuesto dentro de los cinco (05) días siguientes de la publicación en el SEACE del Acta de Otorgamiento de la Buena Pro. Para los actos posteriores al otorgamiento de la Buena Pro, el recurso de apelación deberá interponerse dentro de los cinco (05) días siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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2.15

SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCION CONTRACTUAL: Las controversias que surjan durante la ejecución contractual serán resueltas mediante conciliación y/o arbitraje. Si las controversias estuvieran referidas a la adecuación que debe existir entre las características del bien entregado y las especificaciones técnicas contenidos en la Ficha Técnica según Anexo Nº 01 y N°2, las partes podrán conciliar en función al dictamen pericial que emita el perito designado de común acuerdo por ellas.

CAPITULO III SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN 3.1

RECURSO DE APELACION A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. El recurso de apelación se presentará ante la entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad. Con independencia del Valor Referencial del proceso de selección, los Actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de Oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el tribunal. En aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria y Final de la ley, el Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.

3.2

PLAZOS DE LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACION La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

3.3

RECURSOS IMPUGNATIVOS Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes o postores en un proceso de selección, solamente podrán dar lugar a la interposición del recurso de apelación. Mediante el recurso de apelación se podrán impugnar los actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la celebración del contrato. Por esta vía no se podrán impugnar las Bases ni su integración, así como tampoco las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones. El Recurso de apelación sólo podrá interponerse luego de otorgada la Buena Pro. El Reglamento establecerá el procedimiento, requisitos y plazo para su presentación y resolución. El recurso de apelación será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad en los Procesos de selección de Adjudicación Directa Selectiva Adjudicación de Menor Cuantía. En caso de los Procesos de Licitaciones Publicas, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública y Adjudicación de Menor Cuantía derivada de los procesos antes mencionados, los recursos de apelación serán conocidos y resueltos por el Tribunal de Contrataciones del Estado, en la forma u oportunidad que establezca el Reglamento de la presente norma, salvo lo establecido en la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final. La resolución que resuelva el Recurso de apelación agota la vía administrativa. El titular de la Entidad podrá delegar la potestad de resolver el recurso de apelación. El funcionario a quién de otorgue dicha facultad será responsable por la emisión del acto que resuelve el recurso. Cuando la apelación se haya interpuesto ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Entidad está obligada a remitir el expediente correspondiente, dentro del plazo máximo de tres (03) días de requerida, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. El incumplimiento de dicha obligación por parte de la Entidad será comunicada a la Contraloría General de la República. La garantía por interposición del recurso de apelación deberá otorgarse a favor del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado 44 Entidad, cuando corresponda. Esta garantía será equivalente al tres por cientos (3%) del valor referencial del proceso de selección o del ítem que se decida impugnar. En cualquier caso, la garantía no podrá ser menor al cincuenta por ciento (50%) de una (1) UIT. La interposición de la acción contencioso-administrativa procede contra lo resuelto en última instancia administrativa, sin suspender su ejecución. Av. Municipal s/n – Distrito Coronel Gregorio Albarracín – Provincia de Tacna – Departamento de Tacna Teléfono: (052) 402416

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Mediante acuerdos adoptados en Sala Plena, los cuales constituyen precedentes de observancia obligatoria, el Tribunal de Contrataciones del Estado interpreta de modo expreso y con carácter general las normas establecidas en la presente norma y su Reglamento. CAPITULO IV INFORMACIÓN ADICIONAL

4.4

DE LOS CONTRATOS Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes: a.

Dentro de los 07 (siete) días hábiles días hábiles siguientes del consentimiento de la Buena Pro o, en su caso, de notificada la resolución que resuelve el recurso de apelación, el postor deberá presentar a la entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases así mismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento. No obstante, si el postor ganador tuviera antes del plazo mínimo establecido la documentación completa requerida, podrá presentarse a suscribir el contrato.

b.

Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado y por el ganador de la Buena Pro, tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: § § § § §

4.5

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista, salvo casos de excepción; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso. Código de Cuenta interbancaria (CCI). Traducción Oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada.

DE LAS GARANTÍAS Los medios de garantías a utilizarse serán las cartas fianza, las mismas que deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática a sólo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Como requisito indispensable para suscribir el contrato , el postor ganador de la buena Pro deberá entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. En los contratos de suministro de bienes o de prestación de servicios, así como en los contratos de ejecución y consultaría de obras, que celebran las entidades con las Micro y Pequeñas Empresas, éstas últimas podrán otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto total a contratar, porcentaje que será retenido por la entidad de acuerdo al artículo 39º de la Ley de Contrataciones del Estado y artículo 155º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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Para solicitar dicha retención (mencionada en el párrafo anterior) se deberá adjuntar en su propuesta técnica su Certificado de inscripción o reinscripción en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa REMYPE obligatoriamente. GARANTÍA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el caso de adquisición o suministros de bienes, para la suscripción del contrato, el postro ganador deberá presentar una garantía adicional junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. 4.6

EJECUCIÓN DE GARANTIAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164º del Reglamento.

4.7

VIGENCIA DEL CONTRATO El presente contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del mismo hasta que el funcionario competente de la conformidad de entrega de los bienes a cargo del contratista y se efectué el pago, de conformidad con el Artículo 149º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o hasta su resolución de acuerdo a lo establecido en la Cláusula pertinente del contrato.

4.8

DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención a la adquisición requerida y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente.

4.9

PAGOS La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la entrega de los bienes. La Entidad podrá realizar pagos periódicos al contratista por el valor de los bienes contratados en cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estén fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes. Las Bases podrán especificar otras formas de acreditación de la obligación. Los montos entregados tendrán el carácter de pagos a cuenta. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. 4.9.1

Plazos para los pagos La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la recepción de los bienes, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos. El plazo para el pago no excederá los 15 días hábiles a partir de la recepción del informe de conformidad por el responsable del proyecto. En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse. El pago se realizará, según cronograma de entrega del bien y se emita la conformidad respectiva, por la oficina responsable.

4.10 REAJUSTE DE PRECIO LA ENTIDAD Y EL CONTRATISTA acuerdan tratándose de suministro y bienes influidos por cotizaciones internacionales, se podrán reajustar los precios/planta productora de presentarse el caso. EL CONTRATISTA, deberá presentar la documentación sustentatoria mediante la cual su distribuidor le comunique el reajuste de precios, Asimismo de producirse un decremento de los precios/planta productora EL CONTRATISTA aplicara dichos decrementos en forma proporcional, informando por escrito. 4.11 DISPOSICIONES FINALES: El presente proceso se rige por las bases y lo que establece la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado, así como por las disposiciones legales vigentes.

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CAPITULO VI

ESPECIFICACIONES TECNICAS

RESIDENTE DE OBRA

: “CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS Y BERMAS EN LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS VIÑAS, DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA – TACNA – TACNA” : ING. ANA MARÍA ALANOCA PAREDES

SECUENCIA FUNCIONAL

: 0147

CUADRO DE NECESIDADES

: 4845-2012

OBRA

I.

OBJETIVO Adquisición de adoquines, para la ejecución de los trabajos contemplados en el Expediente Técnico de la Obra: “CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS Y BERMAS EN LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS VIÑAS, DISTRITO DE GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA”. II. DESCRIPCIÓN, UNIDAD Y CANTIDAD ITE DESCRIPCIÓN DEL BIEN UNIDAD DE CANTIDA M MEDIDA D 01 ADOQUÍN DE CONCRETO DE 20 cm x 10 cm x 6 cm COLOR ROJO M2 1040 02 ADOQUIN DE CONCRETO DE 20 cm X 10 cm x 6 cm COLOR M2 1040 NEGRO III.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Las características del Adoquín están de acuerdo a la Norma Técnica Peruana 399.611 “ADOQUINES DE CONCRETO PARA PAVIMENTOS-REQUISITOS” DESCRIPCIÓN

FORMA

ESPESOR NOMINAL (mm)

Adoquín de concreto f’c=420 Kg/cm2 de Rectangular 60 10x20x6 cm, color negro y rojo · Dimensiones.- Serán de tipo rectangular, dimensiones: 10cm x 20cm x 6cm · Variación Dimensional.- Largo y Ancho, menores a 1.6 mm y 3.2 mm en altura. · Absorción.-serán menores en 5% del peso seco · Resistencia a la Compresión.- como mínimo alcanzarán resistencias de (420 kg/cm2). Antes de la Adquisición, deberá presentar Certificado y/o Ensayo de Resistencia a la Compresión, que garantice la calidad del producto. (Certificado de Calidad) · La residencia como la supervisión realizara las pruebas de control de calidad, pruebas de resistencia a la compresión por cada 500 m2, seleccionando la muestra aleatoriamente, la resistencia será como mínimo f’c=420 kg/cm2, los costos serán asumidos por el fabricante o proveedor. · Densidad.- Mayor a 2100 kg/cm3 · Peso Mínimo de C/Unidad.- Cada pieza deberá de contar con un peso mínimo de 2.5 kg. · Cantidad: Cantidad total: 2,080 m2 · Rendimiento.- 50 Und. /m2 rectangular. IV. FORMA DE PAGO Para el internamiento del material de construcción se deberá contar con el visto bueno del Jefe de Almacén Central, para proceder al pago respectivo. V.

LUGAR DE ENTREGA La entrega del material será en el Almacén de Obra, previa coordinación y verificación del jefe de Almacén Central de la Municipalidad Distrital de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa.

VI.

PLAZO DE ENTREGA Después de recepcionada la Orden de Compra por parte del proveedor, tendrá como máximo 30 Días hábiles para la entrega total del material requerido, estando sujeto a la anulación de la orden de compra en caso de incumplimiento, sin reclamo alguno.

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CAPITULO VI

FICHA TECNICA APROBADA CARACTERISTICAS GENERALES Caracteristicas generales del bien Denominacion del Bien Denominacion tecnica Grupo/clase/familia/item

: ADOQUÍN DE CONCRETO (PEATONAL) 20 cm x 10 cm x 6 cm : ADOQUÍN DE CONCRETO (PEATONAL) 20 cm x 10 cm x 6 cm : Componentes y suministros de fabricación, estructuras, obras y construcciones/Productos estructurales de construcción/Bloques/Bloques de hormigón : ADOQUIN DE CONCRETO PEATONAL 20cm x 10cm x 6cm : 3013150200233356 : Metro Cuadrado : El Adoquín de Concreto (Peatonal) 20 cm x 10 cm x 6 cm, es una pieza simple de concreto diseñada para el piso de bajo tránsito.

Nombre del Bien en el catalogo del SEACE Codigo Unidades de medida Descripcion general Caracteristicas generales de la Ficha Version Estado Periodo para recibir sugerencias en el SEACE Fecha de inscripcion en el SEACE

: : : :

1 Aprobada del 02/03/2011 al 14/03/2011 01/04/2011 18:46

FICHA TECNICA

Descargar INFORME TECNICO

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Cargado el : 01/04/2011 08:55 Por :mdiaz Recomendacion : SI se recomienda incluir en el listado de Bienes Comunes

FICHA TÉCNICA APROBADA CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN Denominación del bien Denominación técnica Grupo/clase/familia Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE Código Unidad de medida Descripción General

: ADOQUÍN DE CONCRETO (PEATONAL) 20 cm x 10 cm x 6 cm : ADOQUÍN DE CONCRETO (PEATONAL) 20 cm x 10 cm x 6 cm : Componentes y suministros de fabricación, estructuras, obras y construcciones/Productos estructurales de construcción/Bloques/Bloques de hormigón : ADOQUIN DE CONCRETO PEATONAL 20cm x 10cm x 6cm : A3013150200233356 : Metro Cuadrado : El Adoquín de Concreto (Peatonal) 20 cm x 10 cm x 6 cm, es una pieza simple de concreto diseñada para el piso de bajo tránsito.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN Material Los materiales empleados en la fabricación del adoquín de concreto peatonal deberán cumplir con las siguientes normas técnicas peruanas: Cementos: NTP 334.009, NTP 334.082 y NTP 334.090 Agua de Mezcla: NTP 339.088 Agregados: NTP 400.037 Aditivos químicos (*): NTP 334.089, PNTP 339.231 y NTP 334.088 */ La entidad definirá en las bases si el adoquín es con o sin aditivos Características Físicas Largo (l): Ancho (a):

20 cm = 200 mm + 1.6 mm 10 cm = 100 mm + 1.6 mm

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Espesor (e): 6 cm = 60 mm ± 3.2 mm Color (*): Gris Natural, Rojo, Negro, Amarillo, Beige, Marrón Claro y/o Verde. */ La entidad definirá en las bases el color del adoquín Propiedades Mecánicas Resistencia a la Compresión:

31 MPa mín. (Promedio de 3 unidades) 28 MPa mín. (Por unidad)

Características Complementarias Absorción: Resistencia a la Abrasión:

6% máx. (Promedio de 3 unidades) 7.5% máx. (Por unidad) Perdida de volumen no mayor de 15 cm3 / 50 cm2 Perdida del espesor promedio no mayor a 3 mm

CERTIFICACION Opcional. OTRAS ESPECIFICACIONES Presentación Todas las unidades deben estar en buenas condiciones y libres de defectos que interfieran con su adecuada colocación o que perjudiquen la resistencia o el desempeño del pavimento. Las grietas menores inherentes a los métodos usuales de fabricación o astillamientos menores, resultantes de los métodos habituales de manipulación en el desapacho, no deberán ser causa de rechazo.

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FORMATOS Y ANEXOS ANEXO Nº 01 CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR El que se suscribe, ……………………. (o representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., RUC. Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad: Nombre o Razón Social Domicilio Legal RUC Correo Electrónico Autorización Municipal Municipalidad

Participa en Consorcio SI NO

Teléfono

Nº de Licencia de Funcionamiento

Fax

Fecha

Nombre de las Empresas que participan en Consorcio Empresa Nº 1 Empresa Nº 2 Empresa Nº 3

Tacna,…………………..………

.......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 02

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores: COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 142-2012-MDCGAL POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA Presente.De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta en la AMC Nº 142-2012-MDCGAL por SIE, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Designamos al Sr...................................................................................., identificado con DNI. Nº…………………….. Como representante legal común del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y formalizar la contratación correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal común en......................................... OBLIGACIONES DE……..: § §

% Participación

OBLIGACIONES DE……: § §

% Participación

Tacna,……………………..

Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal empresa 1

Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal empresa 2

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CAPITULO VII PROFORMA DE CONTRATO Conste por el presente documento, el contrato de contratación del Adquisición de Adoquines de Concreto para la Obra “CONSTRUCCION DE VEREDAS Y BERMAS EN LA ASOCIACION DE VIVIENDA LAS VIÑAS, DCGAL-TACNA”, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20519610214, debidamente representada por su Alcalde el Abogado Sr. ………………………. identificado con DNI Nº con domicilio legal en Av. Municipal S/N Cuadra 12 – Gregorio Albarracin Lanchipa - Tacna, Provincia de Tacna de la Región de Tacna, y de otra parte la empresa ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. Del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Que habiéndose declarado desierto el proceso de Selección ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 035-2012-MDCGAL, convocó para la Adquisición de Adoquines de Concreto para la Obra “Construcción de Veredas y Bermas en la Asociación de Vivienda las Viñas, DCGAL - Tacna”, es que en virtud al artículo 32 de la Ley de contrataciones del Estado, se derivó el proceso para ser convocado por Adjudicación Menor Cuantía. Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 142-2012MDCGAL para la contratación de Adquisición de Adoquines de Concreto para la Obra “Construcción de Veredas y Bermas en la Asociación de Vivienda Las Viñas, DCGAL-Tacna”, a ……………………… (indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. EL PROVEEDOR desarrolla actividades referidas al ámbito del rubro solicitado, conforme el ordenamiento vigente y declara con el carácter de Declaración Jurada, no estar incurso en ninguna causal de incompatibilidad constitucional, legal y técnica de las bases de la AMC Nº 142-2012-MDCGAL por SIE. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO Por el presente contrato, EL PROVEEDOR se obliga a brindar la provisión de Adoquines de Concreto, para la obra Construcción de Veredas y Bermas en la Asociación de Vivienda Las Viñas, DCGAL-Tacna”, bajo las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas, en las Bases y en la Propuesta Técnica adjudicada. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a ………………… a todo costo, incluido IGV ( en caso de corresponder). Este monto comprende el costo del bien, transporte hasta el punto de entrega, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. Ítem 01 02

Descripción Adoquines de concreto 20x10x6 cm NEGRO Adoquines de concreto 20x10x6 cm ROJO Total S/.

P. U.

Cant. 1040 1040

U. Medida

Total

M2 M2

CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO1 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en nuevos soles, en el plazo de 15 días, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos. En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48º de la Ley, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: FORMA DE ENTREGA, PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA A.

FORMA DE ENTREGA La forma de entrega será UNICA.

1

En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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B.

PLAZO El plazo máximo para la atención el Bien, será de hasta treinta días (30), una vez recepcionada la orden de compra.

C.

LUGAR DE ENTREGA El bien, será entregado en el Almacén de Obra, previa coordinación con el Jefe de Almacén Central para la verificación de su ingreso.

CLÁUSULA SEXTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN La duración del presente contrato es de acuerdo a lo estipulado al artículo 149º del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado, en el cual se indica “El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de compra o servicio. Tratándose de la adquisición de bienes y servicios el contrato rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción a cargo del PROVEEDOR y se efectúe el pago. CLÁUSULA SETIMA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA OCTAVA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: -

De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., a través de la Carta Fianza. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tiene una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente: -

Garantía por el monto diferencial de la propuesta: S/…………………., de ser el caso, …………………., a través de la Carta Fianza, con una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

Esta(s) garantía(s) es (son) emitida(s) por una empresa bajo el ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberán encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA.2 CLÁUSULA NOVENA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento del la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DECIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

2

De manera excepcional, en aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

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CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de ………………(Indicar tiempo en años). CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES3 Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad Diaria =

0.10 x Monto F x Plazo en días

Donde: F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el Monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inciso c), y 44º de la Ley, y los artículos 167º y 168º de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, se utilizarán las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes. CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS4 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º y 177º del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52º de la Ley. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Las partes acuerdan, que toda controversia relativa a los efectos, ejecución modificación, cumplimiento y extinción de este contrato serpa resuelta definitivamente mediante arbitraje administrativo por la CÁMARA DE COMERCIO DE TACNA.

3

4

Deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De conformidad con los artículos 216º y 217º del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, podría indicarse si la controversia será resuelta por un tribunal arbitral o un árbitro único.

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El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: AV. MUNICIPAL S/N CUADRA 12 DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO] La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD”

“EL CONTRATISTA”

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