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MUNICIPALIDAD DE MIRAFlORES

ACUERDO DE CONCEJO N°

-201l/MM

Miraflores, EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraflores en Sesión ................ de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Ley N" 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia: autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú, y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente: Que. de acuerdo con lo establecido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N"27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral. sostenible y armónico de su circunscripción: Que, de acuerdo con el artículo 55 de la Ley N" 27972, constituyen el patrimonio de cada municipalidad, sus bienes, rentas y derechos. En ese sentido, todo acto de disposición o de garantía sobre el patrimonio municipal deber ser de conocimiento público. Asimismo, el artículo 56, inciso 7 de la precitado Ley, indica que son bienes de la municipalidad, los legados o donaciones que se instituyan en su favor;

,.....

Que, por otra parte, el artículo 18 de la Ley N" 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que las entidades públicas deben procurar el uso económico y social de sus bienes y de los que se encuentren bajo su administración. conforme a los procedimientos establecidos en el reglamento de la Ley referida, atendiendo a los fines y objetivos institucionales: Que, el artículo 53 del Decreto Supremo N" 007-2008-VIVIENDA. Reglamento de la Ley N"29151, prescribe que el ofrecimiento de donación a favor del Estado se presenta ante el Gobierno Regional, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales o la entidad beneficiada, acompañando los documentos que acrediten la propiedad del bien así como su valor comercial. De igual modo, según el artículo 54 del dispositivo en mención, la aceptación de la donación. previa evaluación de los documentos presentados y emisión de un informe técnico-legal, se efectuará por Resolución de la autoridad administrativa de la entidad beneficiaria, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales o el Gobierno Regional. de acuerdo con sus competencias: Que, adicionalmente se tiene que el artículo 24 de la Ordenanza N° 361/MM, que aprueba el reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposición y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, señala que las donaciones de bienes a favor de la Municipalidad de Miraflores serán aprobados mediante Acuerdo de Concejo: Que, a través de la Carta N" 043-2011 PAHP-GCT/MM, de fecha 04 de agosto de 2011, y su aclaratoria realizada con Carta N" 050-2011 PAHP-GCT/MM del 11 de noviembre de 2011, la doctora Isabel Flores Espinoza, Directora del Proyecto Arqueológico Huaca Pucllana, informa acerca de la donación de tres (03) conos de hilos y dos (02) cuenta

MIRAFLORES

-

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

hilos, otorgada por la doctora Susan Bergh del Cleveland Museum of Art, a favor del Museo de Sitio Huaca Pucllana: Que, al respecto, la Gerencia de Cultura mediante Informe N" 17-2011-GCTIMM comunica sobre la donación realizada por la señora Susan Bergh, que fue recibida en representación de la Municipalidad de Miraflores por parte de la Directora del Proyecto Arqueológico Huaca Pue//ana, adjuntando la documentación sustentatoria alcanzada por la mencionada Directora: Que, por su parte, el Responsable de Control Patrimonial a través del Informe N" 073-2011CPISLCP-GAFIMM, de fecha 22 de noviembre de 2011, remite la valorización de los bienes donados, ascendente a SI. 189.65 (Ciento ochenta y nueve y 65/100 nuevos soles), y en cuanto al informe técnico que corresponde al particular recomienda iniciar el trámite de aceptación de dicha donación, en vía de formalización, a favor de la Municipalidad de Miraflores, señalando además que se tomarán en cuenta los gastos de aduana (flete y seguro) y gastos de envío (según el tipo de cambio correspondiente), especificados en el documento referido y que se detallan en el recuadro pertinente: Que, posteriormente, con fecha 23 de noviembre de 201 L la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial remite el Informe N" 497-2011-SL-GAFIMM, mediante el cual recomienda se disponga el trámite de aceptación, en vía de formalización, respecto de la donación realizada por la señora Susan Bergh a favor de esta corporación, adjuntando la correspondiente documentación para el análisis pertinente: Que, a mayor sustento la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal N" 3782011-GAJIMM, de fecha 25 de noviembre de 2011, opina que es procedente aceptar la donación de los bienes en referencia otorgados a favor de la Municipalidad de Miraf/ores, que se efectuará mediante el correspondiente Acuerdo de Concejo por encontrarse acorde a la normatividad vigente de la materia y contar con los respectivos informes técnicos reseñados: Estando a lo expuesto yen uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N" 27972, el Concejo por ................. , y con dispensa del trámite de aprobación del acta: ,-

ACORDÓ: Artículo Primero.- ACEPTAR la donación efectuada por la señora Susan Bergh a favor del Museo de Sitio Huaca Pucllana, que fuera recibida por la Municipalidad de Miraflores, consistente en tres (03) conos de hilo y dos (02) cuenta hilos para telares, cuya valorización asciende a SI. 189.65 (Ciento ochenta y nueve y 651100 nuevos soles), de acuerdo con las especificaciones que se detallan a continuación, y con el objeto de regularizar y formalizar dicho acto, de conformidad con la documentación que forma parte del presente dispositivo: por los considerandos expuestos en el presente acuerdo.

N° 1 2

Descripción

Cono de Hilo de Coser/Gutermann/Skala 360 !1 00% Poliester Cuento Hilo para Telares sin marca, sin modelo

CanHdad

Valar Unitario

Valor Total

3

US$ 3.00

US$ 9.00

2

US$ 15.00

US$ 30.00

Sub Total Flete Seguro Courler

US$ 39.00 US$ 20.00 US$ 0.29 US$ 10.00 US$ 69.29

TOTAL

SI.

189.65

MIRAFLORE8

-

MUNICIPAUDAD DE MIRAFLORES

Artículo Segundo.- EXPRESAR el agradecimiento correspondiente. en nombre de la Municipalidad de Mira flores. a la señora Susan Bergh del Cleveland Museum of Art. por el aporte cultural efectuado mediante la donación realizada en beneficio del Museo de Sitio Huaca Pucllana. Artículo Tercero.- ENCARGAR a las Gerencias de Administración y Finanzas. y de Cultura. así como a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial. el cumplimiento del presente acuerdo en lo que a cada una corresponde según sus atribuciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. la publicación del presente dispositivo en el Portal Institucional (www.miraflores.gob.pe).

POR TANTO: Regístrese. comuníquese y cúmplase.

-

MU~ICIPA~ltlAD DE MIRAFLORES , S$~retari6

General

o5 DIC.

2011

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

Miraflores,

e Diciembre de 2011

DICTAMEN COMISiÓN DE REGIDORES DE ASUNTOS JURIDICOS ASUNTO: PROYECTO DE ACUERDO DE CONCEJO PARA ACEPTAR LA DONACiÓN DE TRES (03) CONOS DE HILO Y DOS (02) CUENTA HILOS PARA TELARES, EFECTUADO POR LA SEÑORA SUSANA BERGH A FAVOR DEL MUSEO DE SITIO HUACA PUCLLLANA SEÑORITA SECRETARIA GENERAL: Ha ingresado a la Comisión de Regidores de Asuntos Juridlcos para Dictamen , el Proyecto de Acuerdo de Concejo para aceptar la donación de tres (03) conos de hilo y dos (02) cuenta hilos para telares, efectuado por la señora Susana Bergh a favor del museo de sitio Huaca Puclllana. remitido por su Despacho via correo electrónico de fecha 30 de noviembre de 2011 En reunión ordinaria a la fecha, la Comisión de Regidores de Asuntos Jurídicos, realizó el estudio y análisis: l.

ANTECEDENTES

a)

La Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, precisa en el articulo 11 del titulo preliminar que dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

b)

De acuerdo a lo establecido en el artículo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servICIOS públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción.

c)

De acuerdo al artículo 55 de la Ley 27972, constituyen el patrimonio de cada municipalidad. sus bienes , rentas y derechos. En ese sentido, todo acto de disposición o de garantia sobre el patrimonio municipal debe ser de conocimiento público.

d) Según el articulo 56 , numeral 7, de la Ley 27972 , son bienes de las mun icipalidades, los legados o donaciones que se instituyan a su favor. e)

El articulo 18 de la Ley N° 29151 , Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales establece que las entidades públicas deben procurar el uso económico y social de sus bienes y de los que se encuentran baJO su administración, conforma a los procedimientos establecidos en el reglamento de la Ley referida , atendiendo a los fines y objetivos institucionales.

f)

El articulo 53 del Decreto Supremo N°007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley N°29151 prescribe que el ofrecimiento de donación a favor del Estado se presenta ante el Gobierno Regional, la Superintendencia de Nacional de Bienes Estatales-SBN o en la entidad beneficiada . acompañando los documentos que acrediten la propiedad del bien , asi como su valor comercial Asimismo según el articulo 54 del dispositivo en mención, la aceptación de la donación, previa evaluación de los documentos presentados y emisión de un informe técnico -legal , se efectuará por Resolución de la autoridad administrativa de la entidad beneficiaria, la SBN o el Gobierno Regional, de acuerdo con sus competencias.

g) Adicionalmente se tiene que el articulo 24 de la Ordenanza N° 361/MM, que aprueba el reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposición y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la MUnicipalidad de Miraflores, sera aprobados mediante de Acuerdo de Concejo. h) A través de Carta N° 043-2011-PAHP-GCT/MM , de fecha 04 de agosto de 2011 , y su aclaratoria realizada con Carta N° 050-2011-PAHP-GCT del 11 de noviembre de 2011 , la doctora Isabel Flores Espinoza, Directora del Proyecto Arqueológico Huaca Pucllana, informa acerca de la donación de tres (03) conos de hilos y dos (02) cuenta hilos, otorgada por la doctora Susan Bergh del Cleveland Museum Ot. Art, a favor del Mueso de Sitio Huaca Pucllana. i)

La Gerencia de Cultura mediante Informe N°17-2011-GCT/MM comunica sobre la donación realizada por la señora Susan Bergh, que fue recibida en representación de la Municipahdad de Miraflores por parte de la Directora del Proyecto Arqueológico Huaca Pucllana, adjuntado la documentación sustentatoria alcanzada por la mencionada directora.

j)

El Responsable de Control Patrimonial, a través del Informe N°073-2011-CP/SLCP-GAF/MM, de fecha 22 de noviembre de 2011, remite la valorización de los bienes donados, ascendente a S/189.65 8ciento ochenta y nueve y 65/100 nuevos soles) , y en cuanto a informe técnico que corresponde al particular recomienda iniciar el tramites de aceptación de dicha donación, en via de formalización, a favor de la Municipalidad de Miraflores, señalando ademas que se tomarán en cuenta los gastos de aduana (flete y seguro) y gastos de envío (según el tipo de cambi o correspondiente), especificando en el documento referido y que se detallan en recuadro pertinente.

k)

La Gerencia de Asesoria Jurldica mediante Informe Legal N°378-2011-GAJIMM , de fecha 25 de noviembre de 2011, concluye que es procedente aprobar la donación de los bienes en referenCia otorgados a favor de la Municipalidad de Miraflores, a efectuarse a través del Acuerdo de Concejo correspondiente, por cuanto dicha propuesta se encuentra acorde a la normatividad vigente sobre la materia.

11.

CONCLUSiÓN

Por las consideraciones antes expuestas, la Comisión acoge los fundamentos de la propuesta y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades y por los artículos 2. 4 Y 9 del Reglamento de la Comisiones de Regidores, los miembros integrantes de ta ComiSión de Regidores de Asuntos Jurídicos, por UNANtMIDAD de los presentes; ACORDARON: Recomendar al Pleno de ConceJo, aprobar el Proyecto de Acuerdo de Concejo para aceptar la donación de tres (03) conos de hilo y dos (02) cuenta hilos para telares, efectuado por la señora Susana Bergh a favor del museo de sitio Huaca Puclllana,

~ Sra, Franca Rey Camino Miembro

2

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•• AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO" NIRA~ORI!8

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MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES GererK.ia de Asesoría Jurídica

INFORME LEGAL N° 378-2011-GAJ/MM A

Dra. Roxana Calderón Chávez Secretaria General

De

Dr. Grimaldo Vera Franck Gerente de Asesoría Jurídica

Asunto

Opinión Legal - Donación realizada a favor del Museo de Sitio Pucllana

Referencia

Informe N° 497-2011-SL-GAFjMM Informe NO 073-2011-CPjSLCP-GAFjMM Informe NO 17-2011-GCTjMM

Fecha

Miraflores, 25 de Noviembre de 2011

En relación a la opinión legal solicitada sobre la aceptación de la donación de diversos bienes realizado por la doctora Susan Bergh del Cleveland Museum of Art, se debe decir lo siguiente: ANTECEPENTE

Mediante Carta NO 043-2011 PAHP-GACTjMM, de fecha 04 de agosto de 2011, y la respectiva aclaratoria realizada con Carta NO 050-2011 PAHP-GACTjMM, de fecha 11 de noviembre de 2011, la doctora Isabel Flores Espinoza, Directora del Proyecto Arqueológico Huaca Pucllana informa la donación de tres (03) conos de hilos y dos (02) cuenta hilos, otorgada por la doctora Susan Bergh del Cleveland Museum of Art a favor del Museo de Sitio Huaca Pucllana. ANÁLISIS

Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomía, reconocida en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento juridico, ello en concordancia con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley NO 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. El artículo 196, inciso 1 de la Carta Magna, dispone que son bienes y rentas de las municipalidades los bienes muebles e inmuebles de su propiedad, ello concordado con lo establecido en el artículo 55 de la Ley NO 27972, en relación que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio, y en ese sentido, todo acto de disposición o de garantía sobre el patrimonio municipal debe ser de conocimiento público. Por otro lado, el articulo 56, inciso 7 de la Ley precitada, prescribe que son bienes de la municipalidad los legados o donaciones que se instituyan a su favor. Asimismo, el artículo 64 del dispositivo en mención, establece en su segundo párrafo, que las donaciones de bienes a favor de una municipalidad están exoneradas de todo impuesto, conforme a la ley de la materia, así como del pago de derechos registra les y derechos arancelarios cuando los bienes provienen del extranjero. Cabe mencionar lo dispuesto en el artículo 9, inciso 20 de la Ley NO 27972, el cual prescribe que es atribución del Concejo Municipal el de aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. El artículo 3 de la Ley NO 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, norma que los bienes estatales comprenden los bienes muebles e inmuebles, de dominio ~1If~ rivado y de dominio público, que tienen como titular al Estado o a cualquier entidad pública

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1M! W' MUNICIPALIDAD DE MIRAfLORES Gerencia de Asesoria Juridico

que conforma el Sistema Nacional de Bienes Estatales, independientemente del nivel de gobierno al que pertenezcan; asimismo su artículo 8, literal f), prescribe que los gobiernos locales y sus empresas son entidades que forman parte del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en cuanto administran o disponen de bienes estatales. Que, el artículo 9, de la Ley precitada, menciona que los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, así como los de dominio público que se encuentran bajo su administración, se ejecutan conforme a lo dispuesto por la Ley NO 27972, así como a la Ley y su Reglamento, en lo que fuera aplicable. Cabe mencionar pÚblicas deben encuentren bajo reglamento de la

que el artículo 18 de la Ley NO 29151, establece que las entidades procurar el uso económico y social de sus bienes y de los que se su administración, conforme a los procedimientos establecidos en el Ley referida, atendiendo a los fines y objetivos institucionales.

Que, el artículo 53 del Reglamento de la Ley NO 29151, aprobada con Decreto Supremo N0 007-2008-VIVIENDA, norma que el ofrecimiento de donación a favor del Estado se presenta ante el Gobierno Regional. la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales o la entidad beneficiada. acompañando los documentos que acreditan la propiedad del bien. así como su yalor comercial.

'"'

De igual modo, el artículo 54 de dicho dispositivo, establece que la aceptación de la donación, previa evaluación de los documentos presentados y emisión de un informe técnico -legal, se efectuará por Resolución de la autoridad administrativa de la entidad beneficiaria, Ide acuerdo con sus competencias. De forma adicional, se tiene que el artículo 24 de la Ordenanza NO 631jMM, que aprueba el reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposición y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, determina que "las donaciones de bienes a favor de la Municipalidad de Miraflores serán aprobados mediante Acuerdo de Concejo". A razón de la normatividad vigente citada, y la presentación de la Carta NO 043-2011 PAHPGCTjMM, Y su aclaratoria dada mediante la Carta NO 050-2011 PAHP-GCTjMM, descritas en los antecedentes del presente Informe Legal, se tiene que sobre los actuados realizados por la Entidad respecto al trámite de aceptación de la donación en referencia, la Gerencia de Cultura, a través del Informe NO 17-2011-GCTjMM, da cuenta de la donación realizada por la señora Susan Bergh y recibida en representación de la Municipalidad de Miraflores por la doctora Isabel Flores, Directora del Proyecto Arqueológico Huaca Pucllana, adjuntando la documentación sustentatoria consistente en: - Declaración de Importación Courier NO 235-2011-18-162341-10-600. DeclaraCión Simplificada de Aduanas Declaración Jurada de Valor OMC - Documentos de Recepción de Federal Express - Anexo conteniendo las Especificaciones Técnicas de los bienes. De forma posterior, se tiene que mediante Informe NO 073-2011-CPjSGLCP-GAFjMM, de fecha 23 de noviembre, elaborado por el Responsable de Control Patrimonial, se remite la sustentación técnica sobre la donación en referencia, adjuntando la valorización que de acuerdo a ley debe realizarse, especificando que en la valorización de los bienes donados se está considerando, además de los costos reales consignados, los gastos de aduanas (flete y seguro) y gastos de envío, asumidos de forma integra por la señor Susan Bergh. La valorización se determina de la siguiente manera:



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1

Descripción Cono de Hilo CoserjGutermannjSkala 360

de /100%

Cantidad

Valor Unitario

Valor Total

3

US$ 3.00

US$ 9.00

" Ai'lO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO" .IRA~ORE'

1M! 'U' 2

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Gerencia de Asesoría Jurídico

Poliester Cuenta Hilo para Telares sin marca, sin modelo

2

US$ 15.00

US$ 30.00

Sub Total Flete Seguro Courier TOTAL

US$ US$ US$ US$ US$

39.00 20.00 0.29 10.00 69.29

5/.189.65 '

Adicionalmente, con fecha 24 de noviembre de 2011, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial remite el Informe N° 497-2011/SGLCP-GAF/MM, por el cual recomienda se disponga el trámite de aceptación, en vías de formalización, de la donación realizada por la señora Susan Bergh a favor de la Municipalidad de Miraflores, remitiendo los actuados para el análisis pertinente. Estando la documentación puesta en consideración adjunta al presente Informe Legal, y contando con los informes técnicos de las unidades orgánicas involucradas, y la valorización del bien donado, requisitos establecidos en el artículo 53 y 54 del Reglamento de la Ley NO 29151 para la efectivización de la donación; y conforme a lo dispuesto en el artículo 49, literal b) del Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Entidad, aprobado por Ordenanza NO 347/MM, que dispone que la Gerencia de Asesoría Jurídica tiene la función de revisar, proponer, visar y/o dar trámite, según corresponda, a los documentos que, de conformidad con sus respectivas funciones, formulen las unidades orgánicas, se emite el presente Informe Legal, conteniendo la sustentación legal sobre la aceptación de la donación descrita en los considerandos precedentes. CONCLUSIONES Se concluye, según lo dispuesto por los considerandos del presente Informe Legal, y de acuerdo a la normatividad vigente citada, que es procedente la aprobación del Acuerdo de Concejo que acepta la donación, vía formalización, de los bienes donados a favor del Museo de Sitio Huaca Pucllana de la Municipalidad de Miraflores, por parte de la doctora Susan Berg del Cleveland Museum of Art, otorgando OPINIÓN FAVORABLE. Se adjunta al presente Informe el Proyecto de Acuerdo de Concejo correspondiente, elaborado por esta Gerencia. Atentamente,

I

Tipo de Cambio US$ 1.00 = SI. 2.737 SUNAT 0120/07/2011

• MUNICIPALIDAD DE MlRAFLORff Gerend6 de AdmínÍJfradón y Finanzas

Sub Gerenda de loglstica y Control Patrimonial

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES G~ rencj:t de Asesoría Jurídica (S in vonfu:ar cOilte~ido)

NFORME

N ~'1.:r_

A: Ce rente de Asesoría Jurídica REFERENCIA:

a) Memorando N°188-2011-GAJ/MM b) informe N'Q73-2011-CP/SlCP-GAF/MM

ASLNTO:

Solidtud de Informe Témico - Valori28dón

FECHA:

Mira flore s.

13 NOV. 2011

Mediante el presente me dirijo a usted en atendón de su solidtud de la referenda aj. y remitirle el Informe Témico y Valori28dón efectuada por el responsable de Control Patrimonial referido a la donadón efectuada por la Sra. SJsan Bergh del C1eveland Museum of Art. con ~ stente en 03 conos de hilos para coser tejidos para restauradón y 02 QJenta hilos. recomendando inidar el trámite de a"'ptadón en vla de formali28r la donadón efeduada a favor de la Munidpalidad de Miraflores.

--=--

/.~Df y POnIOú'xpue sto se remite en original Dedaradón de Importadón de GII>rllI.>. Pnu L\;4ilN n N"235-2011-18-162341-10-6-00. Dedaradón Simplificada de y los dorumentos de Federal Express. Dedaradón Jurada de

~

V.BJalor Me. las espedficadones !émicas de los produdos donados. In~ ... N°17-2011-GCT/MM 10.08.2011 Y copias de la Carta N'Q43""'" . - AHP-GCT/MM Y Carta N'Q50-2011-PAHP-GCT/MM. Es todo ruanto informo a usted. Atentamente .

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MIRAFlORE S

.

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Su

'1

Municipalidad de Miraflores

INFORME N°073-2011-CP/SLCP-GAF/MM

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A.

PEDRO CESAR RUIZ CERNA Subgerente de Logístíca y Control Patrimonial

De:

EDUARDO MARTIN DiAl HINOSTROZA Responsable de Control Patrimonial

Asunto:

Informe Técnico Valorización de Bienes Donados

Ref.:

Memorando N"188-2011-GAJ/MM

Fecha:

22 de noviembre de 2011

En atención a lo dispuesto por su despacho, sirva el presente para emitir Informe Técnico en virtud a lo solicitado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante documento de la referencia . Informe Técnico Antecedentes : Con Informe N°17-201 1-GCT/MM de fecha 10 de agosto 201 1 la Gerencia de Cultura y Turismo, Informa a la Gerencia Municipal que la señora Susan Bergh del Cleveland Museum 01 Art, ha remilido a la Doctora Isabel Flores, Directora del museo de Sitio Huaca Pucllana , en calidad de donación, dos conos de hilo para coser tejidos para restauración y un cuen la hilo. En el referido informe, se adjunta la Declaración de Importación de Courier N"235-201118·162341-10-6-00, Declaración Simplificada de Aduanas y los documentos de Federal Express, así como la Declaración Jurada de Valor OMC, las especificaciones técnicas de los productos donados y la Carta N"043-2011-PAHP-GCT/MM en la que la Dra. Flores explica cómo se efectúo la donación y que esta viene siendo utilizada en la Huaca Pucllana. Asimismo, mediante Carta N"050·2011 PAHP·GCT/MM de fecha 11 de noviembre de 2011 , la Dra. Isabel Flores Espinoza, Directora del Proyecto Arqueológico Huaca Pucllana, señala como error la cantidad consignada en Carta N"0432011-PAHPGST/MM e Informe N°17-2011·GCT/MM de fecha 10 de agosto 2011 , de la Gerencia de Cultura y Turismo, que indica: 02 conos de hilo y 01 cuenta hilo y que aclara debe ser: 03 Conos de Hilos y 02 Cuenta Hilos.

Marco normativo: Ley N" 27972, Ley Orgánica de MuniCipalidades. Reglamento de la Ley N' 29151 , Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.

e HIMFl ORES

..

Municipalidad de Miraflores

Descripción y valorización de los bienes: N"

Descripción

1

Cono de Hilo de Coser / Gutermann / Skala 360/100% Poliester

3

$3.00

$9.00

2

Cuenta Hilo para Tela res sin marca sin modelo

2

$15.00

$30.00

Cantidad Valor Unitario Valor Total

Sub Total : Flete: Seguro: Courier:

Total: (Tipo de Cambio U$1.00 = 5/.2 .737 5UNAT al 20/07/2011)

$39.00 $20.00 $0.29 $10.00 $69.29 5/.189.65

Análisis: La Carta N'043-2011 PAHP-GCT/MM de fecha 04 de agosto de 2011 , permite evidenciar el ofrecimiento de donación de Hilos y Cuenta Hilos, efectuado por la Dra. Susan Bergh , experta en historia del arte precolombino y nativo de América del Norte y que esta se materializó a través de la Dra. Isabel Flores Espinoza. Directora del Museo de Sitio Huaca Pucllana, el dia 21 de julio con la entrega del referido material, el cual según lo manifestado por la Dra. Flores , viene siendo utilizado en la Huaca Pucllana. En la valorización de los materiales donados. se está considerando además de lo declarado, los gastos de aduana (flete y seguro) y gastos de envio, (tipo de cambio 20/07/2011) , asumidos por la Dra. Susan Bergh, de acuerdo a lo consignado en documentos de aduanas: Declaración Simplificada (A 1) Y Declaración Impuestos Courier 235-2011-18-162341-10-6-00 . Conclusiones : El suscrito en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 56° numeral 7 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que son bienes de la Municipalidad los legados o donaciones que se instituyan en su favor, correspondiendo su aprobación al Concejo Municipal, de acuerdo a lo establecido al artículo 9° numeral 20 de la misma norma citada, cumple con emitir el presente Informe Técnico recomendando iniciar el trámite de aceptación en vía de fonmalizar la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Miraflores por la Dra . Susan Bergh de 03 Conos de Hilos y 02 Cuenta Hilos valorizados en S/189.65 (ciento ochenta y nueve nuevos soles con 65/100 centavoS}, de acuerdo a lo expuesto en los documentos señalados en el presente informe y a lo señalado por la Dra . Isabel Flores en Carta N"043-2011 PAHP-GCT/MM del 04/08/2011 y Carta aclaratoria N"043-2011 PAHP-GCTlMM del 11 de noviembre de 2011, que evidencia que estos bienes se encuentran en uso de la entidad. Atentamente,



MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Gerencia Municipal

~

11 AGO. 2011

MUNICIPAUDAD DE MIRA FLORES

I

INFORME N" r . 2011.GCT/MM

RECIBIDOo)

(Sin verllic ar Con

HDra: . A

Sergio Meza Salazar Gerente Municipal

DE

Clemencia Ferreyros Alvarez Calderón Gerente de Cultura y Turismo

Asunto

Donación por el Cleveland Museum of Art

REF.

Carta N· 043·2011·PAHp·GCT/MM

Fecha

10 de agosto del 2011

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La señora Susan Bergh del Cleveland Museum of Art, le ha remitido a la doctora Flores, Directora del Museo de Sitio Huaca Pucllana , en calidad de donación dos conos de hilo para coser tejidos para su restauración y un cuenta hilo. La doctora Flores nos ha remitido la Declaración de Importación de Courier N" 2352011-18-162341-10-6-00, Declaración Simplificada de Aduanas y los documentos de Federal Express, la Declaración Jurada de Valor OMC , las especificaciones técnicas de los productos donados y la carta de la referencia en la que explica cómo se produjo la donación. Cabe indicar, que la doctora Flores suscribió la Declaración Jurada de Valor OMC en calidad de representante de la Municipalidad de Miraflores, al no ostentar dicha representación, los documentos le fueron devueltos. Los bienes donados ya han sido entregados a la doctora Flores y están siendo utilizados. Es necesario llenar y suscribir nuevamente la Declaración Jurada de Valor OMC por el representante legal de la Municipalidad de Miraflores o a quien le deleguen la facultad para realizar dicho trámite . En conclusión, se derivan todos los documentos a su Oficina, a fin de que se sirvan evaluarlos y se apruebe la donación a través de una Sesión de Concejo. Atentamente, ~ MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

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