2. MUSEOS Y OTROS CENTROS CULTURALES. (Unidad 2 Destinos Turísticos)

IES Gran Capitán. Curso 11/12 Recursos Turísticos Ciclo Formativo Bilingüe de Grado Superior de Agencias de Viajes y Gestión de Eventos. TEMA 4.- EL ...
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IES Gran Capitán. Curso 11/12 Recursos Turísticos Ciclo Formativo Bilingüe de Grado Superior de Agencias de Viajes y Gestión de Eventos.

TEMA 4.- EL PATRIMONIO SOCIOCULTURAL DE ESPAÑA. Índice: 1. EL PATRIMONIO SOCIOCULTURAL. 1.1 1.2 1.3 1.4

El Patrimonio sociocultural y el turismo. El Patrimonio Histórico Español. Los Bienes de Interés Cultural. El Patrimonio Mundial.

2. MUSEOS Y OTROS CENTROS CULTURALES. (Unidad 2 Destinos Turísticos). 3. ETNOGRAFÍA DE ESPAÑA. (Unidad 2 Destinos Turísticos). 3.1 Arquitectura popular. (Unidad 2 Destinos Turísticos). 3.2 Artesanía. (Unidad 2 Destinos Turísticos). 3.3 Fiestas y tradiciones populares españolas. 3.3.1 Patrimonio Inmaterial. 3.3.2 Fiestas de Interés turístico Internacional y Fiestas de Interés Turístico Nacional. 3.4 Música popular y bailes regionales. 3.5 Las lenguas de España. (Unidad 2 Destinos Turísticos). 4. GASTRONOMÍA Y ENOLOGÍA ESPAÑOLA. (Unidad 2 Destinos Turísticos). 4.1 Contexto histórico. 4.2 Gastronomía de España. Zonas gastronómicas. 4.2.1 Productos y elaboraciones por Comunidades Autónomas. 4.2.2 Alimentos españoles de calidad diferenciada. Certificaciones de calidad. 4.3 Enología de España. Zonas vinícolas. 4.3.1 Denominaciones de origen de los vinos españoles.

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1. EL PATRIMONIO SOCIOCULTURAL Y EL TURISMO. 1.1 El Patrimonio sociocultural y el turismo. El Patrimonio sociocultural se define como el conjunto de bienes y valores que forman parte de la identidad de un pueblo, incluyendo las tradiciones, hábitos, costumbres y aquellos bienes materiales o inmateriales con especial interés histórico, artístico o antropológico. España no es uno de los principales países receptores de turismo sólo gracias a sus magníficas costas. Lo que mantiene a España en esa situación, es su diversa oferta turística, que incluye además del litoral, otros elementos como la cultura, la naturaleza, los negocios, lo rural, etc. Y de todos ellos, la cultura tiene un peso específico muy importante para el desarrollo del sector turístico de nuestro país. ¿Recuerdas cuántas tipologías de productos turísticos culturales existen en el mercado turístico? Hemos visto: − − − − − − − − − −

El turismo histórico patrimonial, con sus modalidades monumental y museística. El turismo etnográfico. El turismo gastronómico. El turismo enológico. El turismo religioso. El turismo espiritual. El turismo industrial. El turismo de compras. El turismo histórico-literario. El turismo de formación y educación.

Todas o al menos la mayoría de ellas, se nutren de recursos turísticos asociados al Patrimonio Sociocultural. Por tanto, nuestro campo de estudio en la presente unidad seré el estudio de los elementos del Patrimonio Sociocultural español, prestando especial atención a aquellos con un mayor valor y atractivo para los distintos grupos sociales, y por tanto para el turismo, razón por la que han sido ordenados y estudiados para su explotación, promoción, divulgación o conservación. Te recordamos igualmente que la temática objeto de estudio en la presente unidad, el patrimonio sociocultural español, ha sido parcialmente tratada en la unidad 2 del módulo de Destinos Turísticos, por lo que en numerosas ocasiones deberás poner en relación los contenidos de ambas unidades, lo que te facilitará el estudio.

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1.2 El Patrimonio histórico español. Una de las tipologías de recursos turísticos más fácilmente identificables con el turismo cultural son sin duda los recursos histórico-patrimoniales, ¿recuerdas? aquellos que vestigios materiales que han dejado las distintas culturas y civilizaciones durante su estancia en un determinado lugar. Dichos elementos tienen hoy día un gran potencial turístico. En España, el Patrimonio Histórico queda definido, estructurado y regulado por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, que acoge las expresiones culturales más valorables y apreciables de la aportación histórica de nuestra nación a la cultura universal. Los bienes que integran el Patrimonio Histórico Español se clasifican según el artículo 1º.2 de la citada Ley 16/1985 en: a) Bienes inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. b) Patrimonio documental y bibliográfico. c) Yacimientos y zonas arqueológicas. d) Sitios naturales, jardines y parques que tengan valor artístico, histórico o antropológico. Si analizas la naturaleza de los bienes objeto de protección, un aspecto importante a tener en cuenta de la normativa anterior, es el hecho de que esta sólo protege elementos materiales del Patrimonio Cultural de nuestro país, dejando fuera aquellos otros elementos culturales inmateriales de España, que gozan hoy día de un potencial y un interés turístico muy importante y creciente. Esto ha traído consigo numerosas críticas sobre la vigencia de dicha ley, así como la creación de posteriores figuras normativas que protejan y a la vez promuevan el valioso patrimonio cultural inmaterial de nuestro país. Además de la normativa estatal, numerosas comunidades autónomas españolas han promulgado sus propias normativas autonómicas para proteger su patrimonio cultural. Es el caso de Andalucía, donde rige la Ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía, para: •

garantizar la tutela, protección, conservación, salvaguarda y difusión;



promover el enriquecimiento y uso como bien social y factor de desarrollo sostenible;



y asegurar la transmisión a las generaciones futuras;

del Patrimonio Histórico Andaluz. Los elementos patrimoniales que integra dicha normativa son todos los bienes de la cultura, materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés artístico, histórico, arqueológico, etnológico, documental, bibliográfico, científico o industrial para la Comunidad Autónoma, incluidas las particularidades lingüísticas. En concreto, esta ley andaluza, clasifica los elementos del Patrimonio Histórico Andaluz en: Patrimonio Inmueble. Patrimonio Mueble. Patrimonio Arqueológico.

Patrimonio Etnológico. Patrimonio Industrial. Patrimonio Documental y Bibliográfico.

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Estos elementos estarán inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para su salvaguarda, consulta y divulgación. La formación, conservación y difusión del Catálago es responsabilidad de la Consejería competente del Patrimonio Histórico, actualmente la Consejería de Cultura. Y ya a nivel europeo, debemos destacar el Sello de Patrimonio Europeo, un distintivo otorgado por la Unión Europea, a lugares simbólicos de la historia de Europa o relacionado con el proceso de integración europea, con el objetivo de reconocerlos, no sólo por su valor estético o sus cualidades arquitectónicas, sino más bien por su carácter europeo y su función educativa de acuerdo con los principios y valores europeos. En concreto, dicho sello lo pueden recibir: a) Monumentos. b) Localizaciones naturales o industriales. c) Lugares históricos. d) Sitios de patrimonio contemporáneo. 1.3 Los Bienes de interés Cultural (BIC). La Ley del Patrimonio Histórico Español establece que "los bienes más relevantes del Patrimonio Histórico Español deberán ser inventariados o declarados de interés cultural en los términos previstos en la ley". Un Bien de Interés Cultural (BIC) es definido en la citada ley española, como "cualquier inmueble y objeto mueble de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico, que haya sido declarado como tal por la administración competente. También puede ser declarado como BIC, el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico". La Ley del Patrimonio Histórico Español establece varios aspectos importantes respecto a los BIC: −

La solicitud de declaración de un elemento como BIC, podrá ser realizada por cualquier persona físico o jurídica. Y a partir de su declaración como tal, gozará de un especial nivel de protección y tutela.



No podrá ser declarado BIC, la obra de un autor vivo, salvo que tengamos autorización expresa de su propietario o bien haya sido adquirido por la Administración.

Presta atención a la siguiente tabla que recoge las cinco categorías o figuras de protección en la que la ley vigente clasifica los BIC inmuebles: Actividad. Categoría BIC

Definición.

Ejemplos.

Monumento.

Aquellos que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u obras de escultura colosal siempre que tengan interés histórico, artístico, científico o social.

Catedral de Burgos.

Jardín histórico.

Espacio delimitado producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a veces complementado con estructuras de fábrica, y estimado de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos sensoriales o botánicos.

Los Jardines de Aranjuez (Madrid).

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Conjunto histórico.

Agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad humana, por ser testimonio de su cultura o constituir un valor de uso y disfrute para la colectividad. Asimismo, es conjunto histórico cualquier núcleo individualizado de inmuebles comprendidos en una unidad superior de población que reúna esas mismas características y pueda ser claramente delimitado.

La ciudad de Granada.

Sitio histórico.

Lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos o recuerdos del pasado, a tradiciones populares, creaciones culturales o de la naturaleza y a obras del hombre, que posean valor histórico, etnológico, paleontológico o antropológico.

Minas de Riotinto (Huelva).

Zona arqueológica.

Lugar o paraje natural donde existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie, en el subsuelo o bajo las aguas territoriales españolas.

Zona Arqueológica Villa romana del Ruedo (Almedinilla, Córdoba).

El establecimiento de estas figuras de protección, facilitarán la clasificación de los Bienes de Interés Cultural y su posterior catalogación. 1.4 El Patrimonio Mundial. El Patrimonio Mundial, más popularmente conocido como Patrimonio de la Humanidad, es un listado que integra los bienes que, debido a su valor universal excepcional, disfrutan de dicha declaración. La UNESCO es el organismo responsable de la declaración de un bien como Patrimonio Mundial, a través de un comité compuesto por 21 estados miembros. Según establece la UNESCO, una vez un país forma parte de ella, quedará comprometido a identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras los bienes Patrimonio Mundial que se encuentren en su territorio. Los elementos de un país que pueden ser declarados Patrimonio Mundial son de dos tipos: • Lugares concretos del mismo. Ej. La Torre de Hércules (A Coruña) o el Parque Nacional de Doñana (Huelva). •

Ciudades en su totalidad: Córdoba.

En nuestro país, actualmente disponemos de 42 bienes que forman parte de la lista del Patrimonio Mundial, distribuidos de la siguiente forma: • Culturales: 38 (de los que 12 son ciudades). • Naturales: 4. • Mixtos: 2 (1 de ellos es una ciudad). Las 13 ciudades españolas declaradas actualmente Patrimonio Mundial son las siguientes: Santiago de Compostela, Salamanca, Segovia, Ávila, Tarragona, Alcalá de Henares, Cáceres, Cuenca, Toledo, Mérida, Córdoba, Ibiza y San Cristóbal de la Laguna.

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ACTIVIDADES.Respecto a tu provincia española objeto de estudio en el presente módulo, realiza una presentación power point, haciendo uso del siguiente link http://www.mcu.es/patrimonio/CE/BienesCulturales.html, y accediendo a continuación a la sección 2consulta de bienes inmuebles”. En dicha presentación deberás: Identificar diez elementos con la declaración BIC que ofrece tu provincia, dos de cada categoría existente. En su ausencia, incorporar alguno referente a la Comunidad Autónoma correspondiente. Selecciona cinco de dichos elementos, uno por categoría, y prepara una diapositiva de cada uno que contenga: foto ilustrativa, nombre del autor, fecha de construcción y estilo artístico.

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