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VIVA ESPAÑA CON HONRA “Españoles; la ciudad de Cádiz puesta en armas, con toda su provincia, con la Armada anclada en su puerto (…), declara solemneme...
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VIVA ESPAÑA CON HONRA “Españoles; la ciudad de Cádiz puesta en armas, con toda su provincia, con la Armada anclada en su puerto (…), declara solemnemente que niega su obediencia al gobierno de Madrid, segura de que es leal intérprete de todos los ciudadanos (…). Queremos que una legalidad común por todos creada tenga implícito y constante el respeto de todos. Queremos que el encargado de observar la Constitución no sea su enemigo irreconciliable (…) Queremos que un gobierna provisional que represente todas las fuerzas vivas del país asegure el orden, en tanto que el sufragio Universal eche los cimientos de nuestra regeneración social y política. Contamos para realizar nuestro inquebrantable propósito con el concurso de todos los liberales unánimes y compactos ante el común peligro; con el apoyo de las clases acomodadas, que no querrán que el fruto de sus sudores siga enriqueciendo la interminable serie de (…) favoritos; con los amantes del orden, si quieren verlo establecido sobre las firmísimas bases de la moralidad y del derecho; con los ardientes partidarios de las libertades individuales (…): con el apoyo de los ministros del altar (…); con el pueblo todo (…). Españoles: (…) Acudid a las armas, no con el impulso del encono, siempre funesto; no con la furia de la ira, siempre débil, sino con la solemne y poderosa serenidad con que la justicia empuña su espada. ¡Viva España con honra! Cádiz, 19 de septiembre de 1868

PROCLAMA DE LA JUNTA PROVISIONAL REVOLUCIONÀRIA DE SEVILLA (20/09/1868) La junta revolucionaria de Sevilla faltaría al primero de sus deberes si no comenzara por dirigir su voz a los habitantes de esta provincia y a la nación entera, manifestándose los principios que se propone sustentar y defender como base de la regeneración de este desgraciado país… 1º. La consagración del sufragio universal y libre como base y fundamento de la legitimidad de todos los poderes y única verdadera expresión de la voluntad nacional. 2º. La libertad absoluta de imprenta, sin depósito, fianza ni editores responsables … 3º. La consagración práctica e inmediata de todas las demás libertades, la de enseñanza, la de cultos, la de tráfico e industria… y la reforma prudente y liberal de las leyes arancelarias, hasta que el estado del país permita establecer de lleno la libertad de comercio.

4º. La abolición de la pena de muerte. 5º. La seguridad individual eficazmente garantizada, así como la absoluta inviolabilidad de domicilio y de la correspondencia. 6º. La abolición de la Constitución bastarda que nos venía rigiendo… y su sustitución provisional por la que decretaron las Cortes Constituyentes en 1856 con supresión del artículo concerniente a la religión del estado… 7º. La abolición de las quintas… y la organización del ejército bajo la base de alistamientos voluntarios… 9º Desestanco de la sal y el tabaco y abolición de los derechos de puertas y consumos. 11º. Cortes Constituyentes por sufragio universal directo, para que decreten una Constitución en armonía con las necesidades de la época…” ¡Viva la libertad! ¡Abajo la dinastía! ¡Viva la soberanía nacional!

CONSTITUCIÓN DE 1869 La Nación española, y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio universal, deseando afianzar la justicia, la libertad y la seguridad, y proveer al bien de cuantos vivan en España, decretan y sanciona la siguiente Constitución: Título I: de los españoles y sus derechos. Art. 2. Ningún español ni extranjero podrá ser detenido ni preso sino por causa de delito. Art. 3. Todo detenido será puesto en libertad o entregado a la autoridad judicial dentro de las 24 horas siguientes al acto de la detención… Art. 4. Ningún español podrá ser preso sino en virtud de mandamiento del juez pertinente. Art. 17. Tampoco podrá ser privado ningún español: del derecho de emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante. Del derecho de reunirse pacíficamente. Del derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana que no sean contrarios a la moral pública; y, por último, del derecho de dirigir peticiones individuales o colectivamente a las Cortes, al rey, autoridades… Art. 21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. El ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España, sin más limitaciones que las reglas universales de la moral y del derecho. Si algunos españoles profesaren otra religión que la católica, es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior.

Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la Nación, de la cual emanan todos los poderes. Art. 33. La forma de gobierno de la nación española es la monarquía. Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. Art. 38. Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, a saber: Senado y Congreso. Art. 65. El Congreso se compondrá de un Diputado al menos por cada 40000 almas de población, elegido con arreglo a la ley electoral. Art. 66. Para ser elegido Diputado se requiere ser español, mayor de edad y gozar de todos los derechos civiles...

AMADEU I JUTJAT PER PI Y MARGALL Amadeo de Saboya era de corto entendimiento. Desconocía de España la historia, la lengua, las instituciones, las costumbres, los partidos, los hombres; y no podía por sus talentos suplir tan grave falta. Era de no muy firme carácter. No tenía grandes vicios, pero tampoco grandes virtudes. Una cualidad buena manifestó: dijo desde un principio que no se impondría a la nación por la fuerza, y lo cumplió, prefiriendo perder la corona a quebrantar su juramento. No eran dotes estas para regir a un pueblo tan agitado como el nuestro. El día de su elección había tenido Amadeo en pro sólo 191 votos; en contra 120. No le querían ni los republicanos ni los carlistas, que eran los dos grandes partidos de España, ni los antiguos conservadores que estaban por don Alfonso. Recibíanle de mal grado los unionistas, que habían puesto en el duque de Montpensier su esperanza, y algunos progresistas, que deseaban ceñir la diadema de los reyes en las sienes de Espartero. No le acogía con entusiasmo nadie…" PI Y MARAGALL, F. Opúsculos. Amadeo de Saboya. 1873.

DISCURS DE RENÚNCIA D’AMADEU DE SAVOIA Dos años largos ha que ciño la Corona de España, y España vive en constante lucha, viendo cada día más lejana la era de paz y de ventura que tan ardientemente anhelo. Si fuesen extranjeros los enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados tan valientes como sufridos, sería el primero en combatirlos; pero todos los que con la espada, con la pluma, con la palabra, agravan y perpetúan los males de la Nación son españoles, todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por su bien, y entre el fragor del combate, entre el confuso, atronador y contradictorio clamor de los partidos, entre tantas y tan opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible atinar cuál es la verdadera, y más imposible todavía hallar el remedio para tamaños males. Lo he buscado ávidamente dentro de la ley, y no lo he hallado. Fuera de la ley no ha de buscarlo quien ha prometido observarla. Nadie achacará a flaqueza de mi

ánimo esta resolución. No habría peligro que me moviera a desceñirme la corona si creyera que la llevaba en mis sienes para bien de los españoles: ni causó mella en mi ánimo el que corrió la vida de mi augusta esposa, que en este solemne momento manifiesta como yo el vivo deseo de que en su día se indulte a los autores de aquel atentado. Pero tengo hoy la firmísima convicción de que serían estériles mis esfuerzos e irrealizables mis propósitos. Estas son, señores diputados, las razones que me mueven a devolver a la nación, y en su nombre a vosotros, la Corona que me ofreció el voto nacional, haciendo renuncia de ella por mí, mis hijos y sucesores. Estad seguros de que al desprenderme de la Corona, no me desprendo del amor a esta España, tan noble como desgraciada, y de que no llevo otro pesar que el de no haberme sido posible procurarla todo el bien que mi leal corazón para ella apetecía.” 11 de febrero de 1873 LA PROCLAMACIÓ DE LA PRIMERA REPÚBLICA Señores diputados: Aquí, el partido republicano reivindica la gloria que sería el haber destruido la monarquía; no os echéis en cara la responsabilidad de este momento supremo. No; nadie ha matado. Yo, que tanto he contribuido a que llegase este momento, debo decir que no siento, no, no, en mi conciencia, mérito alguno de haber concluido con la monarquía. La monarquía ha muero sin que nadie, absolutamente nadie, haya contribuido a ello, más que la Providencia. Señores: con Fernando VII murió la monarquía tradicional; con la fuga de Isabel II, la monarquía parlamentaria, y con la renuncia de Amadeo, la monarquía democrática. Nadie, nadie ha acabado con ella. Ha muerto por sí misma. Nadie trae la República; la traen las circunstancias; la traen una conspiración de la sociedad, de la Naturaleza, de la Historia. Señores: saludémosla, como el sol que se levanta por su propia fuerza en el cielo de nuestra patria. Discurso de Castelar en la Cámara de Diputados. 11 de febrero de 1873

MANIFIEST DEL GENERAL SERRANO A LA NACIÓ (1874) El poder ejecutivo, que en estas circunstancias anormales ha resumido en sí toda la autoridad política y se ha revestido de facultades extraordinarias, se cree en el imprescindible deber de dirigirse a la nación para explicar su origen, justificar su actitud y exponer leal y sinceramente sus propósitos. Las Cortes Constituyentes, elegidas bajo el imperio del terror por un solo partido, retraídos los demás o proscritos, nacieron sin aquella autoridad moral a todo poder necesaria y más indispensable a aquél a quien su carácter y su origen ponían en el empeño de cometer imprudentes y no deseadas reformas y de realizar temibles y peligrosas novedades. Incapaces las Cortes de formar un nuevo gobierno duradero… y contribuyendo al triunfo de la más horrible anarquía, en pos de la cual se columbraba sólo el entronizamiento del absolutismo carlista o la desmembración de España en pequeños y agitados cantones… donde se rompiese con violencia el freno de las leyes.

En tan suprema ocasión el orden social, la integridad de la patria, su honra, su vida misma, han sido salvados por un arranque de energía. Reunidos y consultados los hombres de importancia que residen en Madrid y representan dignamente a todos los partidos liberales, aclamaron y reconocieron al general Serrano por jefe del poder ejecutivo. La adhesión entusiasta del ejército y del pueblo ha corroborado esta elección. El general Serrano entonces ha formado el nuevo ministerio, cuyo pensamiento y misión nos incumbe exponer ahora. Mientras rebeldes a la soberanía nacional… sigan alzados en armas los carlistas en las provincias del norte…, mientras el pendón antinacional siga enhiesto en Cartagena… y mientras en las provincias de Ultramar arda la tea de la discordia.. es imposible el ejercicio de todas las libertades. Antes es necesario un poder robusto. Los partidos que están en el poder hicieron la Revolución de 1868 y la Constitución de 1869, y no condenan ni destruyen su propia obra… No consiste la democracia en destruir nivelando la jerarquía social nacida de la invencible naturaleza de las cosas; consiste sólo en la igualdad de los derechos políticos. Contra los que propaguen estas ideas subvirtiendo el orden y retardando el restablecimiento de la paz y de la libertad será el gobierno severísimo. El gobierno será inexorable contra los que combatan con las armas en la mano. Sólo así por medio de esta ruda disciplina habrá de renacer el sosiego público, y desembarazado el pueblo de los enemigos que le perturban, se mostrará capaz de la amplia libertad que han conquistado. Firmado: el general Serrano, presidente del poder ejecutivo. MANIFEST DE SANDHURST He recibido de España un gran número de felicitaciones con motivo de mi cumpleaños, y algunas de compatriotas nuestros residentes en Francia. Deseo que con todos sea usted intérprete de mi gratitud y mis opiniones. Cuantos me han escrito muestran igual convicción de que sólo el restablecimiento de la monarquía constitucional puede poner término a la opresión, a la incertidumbre y a las crueles perturbaciones que experimenta España. Díceme que así lo reconoce ya la mayoría de nuestros compatriotas, y que antes de mucho estarán conmigo los de buena fe, sean cuales fueren sus antecedentes políticos, comprendiendo que no pueda tener exclusiones ni de un monarca nuevo y desapasionado ni de un régimen que precisamente hoy se impone porque representa la unión y la paz. No sé yo cuándo o cómo, ni siquiera si se ha de realizar esa esperanza. Sólo puedo decir que nada omitiré para hacerme digno del difícil encargo de restablecer en nuestra noble nación, al tiempo que la concordia, el orden legal y la libertad política, si Dios en sus altos designios me la confía. Por virtud de la espontánea y solemne abdicación de mi augusta madre, tan generosa como infortunada, soy único representante yo del derecho monárquico en España. Arranca este de una legislación secular, confirmada por todos los precedentes históricos, y está indudablemente unida a todas las instituciones representativas, que nunca dejaron de funcionar legalmente durante los treinta y cinco años transcurridos desde que comenzó el reinado de mi madre hasta que, niño aún, pisé yo con todos los míos el suelo extranjero.

Huérfana la nación ahora de todo derecho público e indefinidamente privada de sus libertades, natural es que vuelva los ojos a su acostumbrado derecho constitucional y a aquellas libres instituciones que ni en 1812 le impidieron defender su independencia ni acabar en 1840 otra empeñada guerra civil. Debióles, además, muchos años de progreso constante, de prosperidad, de crédito y aun de alguna gloria; años que no es fácil borrar del recuerdo cuando tantos son todavía los que los han conocido. Por todo esto, sin duda, lo único que inspira ya confianza en España es una monarquía hereditaria y representativa, mirándola como irremplazable garantía de sus derechos e intereses desde las clases obreras hasta las más elevadas. En el intretanto, no sólo está hoy por tierra todo lo que en 1868 existía, sino cuanto se ha pretendido desde entonces crear. Si de hecho se halla abolida la Constitución de 1845, hállase también abolida la que en 1869 se formó sobre la base inexistente de la monarquía. Si una Junta de senadores y diputados, sin ninguna forma legal constituida, decretó la república, bien pronto fueron disueltas las únicas Cortes convocadas con el deliberado intento de plantear aquel régimen por las bayonetas de la guarnición de Madrid. Todas las cuestiones políticas están así pendientes, y aun reservadas, por parte de los actuales gobernantes, a la libre decisión del porvenir. Afortunadamente la monarquía hereditaria y constitucional posee en sus principios la necesaria flexibilidad y cuantas condiciones de acierto hacen falta para que todos los problemas que traiga su restablecimiento consigo sean resueltos de conformidad con los votos y la convivencia de la nación. No hay que esperar que decida ya nada de plano y arbitrariamente, sin Cortes no resolvieron los negocios arduos de los príncipes españoles allá en los antiguos tiempos de la monarquía, y esta justísima regla de conducta no he de olvidarla yo en mi condición presente, y cuando todos los españoles estén ya habituados a los procedimientos parlamentarios. Llegado el caso, fácil será que se entiendan y concierten las cuestiones por resolver un príncipe leal y un pueblo libre. Nada deseo tanto como que nuestra patria lo sea de verdad. A ello ha de contribuir poderosamente la dura lección de estos últimos tiempos que, si para nadie puede ser perdida, todavía lo será menos para las hornadas y laboriosas clases populares, víctimas de sofismas pérfidos o de absurdas ilusiones. Cuanto se está viviendo enseña que las naciones más grandes y prósperas, y donde el orden, la libertad y la justicia se admiran mejor, son aquellas que respetan más su propia historia. No impiden esto, en verdad, que atentamente observen y sigan con seguros pasos la marcha progresiva de la civilización. Quiera, pues, la Providencia divina que algún día se inspire el pueblo español en tales ejemplos. Por mi parte, debo al infortunio estar en contacto con los hombres y las cosas de la Europa moderna, y si en ella no alcanza España una posición digna de su historia, y de consuno independiente y simpática, culpa mía no será ni ahora ni nunca. Sea la que quiera mi propia suerte ni dejaré de ser buen español ni, como todos mis antepasados, buen católico, ni, como hombre del siglo, verdaderamente liberal. Suyo, afmo., Alfonso de Borbón. Nork-Town (Sandhurst), 1 de diciembre de 1874

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