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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA GESTION Y EXPLOTACIÓN DEL BAR-CAFETERÍA-RESTAURANTE EN EL POLIDEPORTIVO DE GOROSTIZA Y AMBIGÚ DE LA BOLERA DEL PARQUE LANDABEKO DE BARAKALDO POR EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN ABIERTO Y LA FORMA DE ADJUDICACIÓN DE CRITERIO UNICO. NÚMERO DE EXPEDIENTE: 201600508 1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Tradicionalmente el Instituto Municipal de Deportes, en adelante I.M.D., ha venido instrumentando sus relaciones con particulares, para la prestación de los servicios de hostelería en equipamientos deportivos, actividades que en si mismas son susceptibles de explotación económica, que se consideran de interés y en cierto modo, necesarias para los miembros de la comunidad usuarios de las mencionadas instalaciones deportivas. En este sentido, contribuyen a la relación social entre usuarios y colectivos deportivos; potencian el asociacionismo y son un lugar de encuentro para la organización de eventos populares como el Ranking de tenis; actos protocolarios y gastronómicos como colofón de eventos de trayectorias de temporada; contribuyen al confort de los tiempos de espera de padres y madres de niños y niñas; dan cobertura hostelera y de tiempo libre a los espectadores de grandes eventos. En definitiva, es un elemento que contribuye a la integración de todos los colectivos deportivos entre sí y una puerta abierta a la ciudadanía desde donde también se puede promocionar la práctica deportiva entre estos clientes potenciales.

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Dichas actividades se llevan a cabo en determinadas instalaciones o locales demaniales municipales, habilitados al efecto para la prestación de tales servicios o actividades. Los usuarios de tales servicios son quienes abonan los precios de los servicios o productos adquiridos. Este tipo de contratos no son financiados por eii.M.D., en cuanto este, como tal, no es preceptor o usuario de las prestaciones objeto de los mismos, sino que percibe un canon para la explotación de tales actividades. Con el objeto de buscar el modo más ágil y eficaz de prestación de dicho servicio, el Instituto Municipal de deportes considera adecuado al momento y a las necesidades actuales la concesión de los mismos a una empresa privada especializada en el sector.

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2. OBJETO DEL CONTRATO.

El objeto del presente contrato lo constituye: Explotar el Servicio de hostelería del polideportivo de Gorostiza, Anexo 11, Calle Gorostiza n° 1, 48903 Barakaldo, que incluye como prestación principal la prestación del servicio en el local acondicionado como bar restaurante así como de los kioscos de helados. Explotar el Servicio de Ambigú de las instalaciones pertenecientes al I.M.D., ubicadas en la bolera del Parque Landabeko, Anexo 111, Calle Aragón s/n, 48902 Barakaldo. Instalaciones todas ellas definidas junto con el mobiliario y enseres en el Anexo 1del presente pliego. 3. CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE LA EXPLOTACIÓN 3.1 OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO







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La gestión integral y explotación del Bar-Cafetería-Restaurante ubicados en las instalaciones del Polideportivo Municipal de Gorostiza y Ambigú de la bolera del Parque Landabeko, estando obligado al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa estatal, autonómica, foral y municipal que sea de aplicación a la actividad desarrollada. Solicitar la licencia de apertura correspondiente, asumiendo los gastos que de ello se deriven. Existirá a disposición de los usuarios del servicio un Libro de Reclamaciones, de cuya existencia se expondrá notificación al público con carácter visible y permanentemente. Estos Libros se presentarán a la Dirección del Centro tan pronto se consigne en ellos una reclamación . El personal adscrito al servicio deberá tener conocimiento y cumplir, y hacer cumplir lo previsto en el Plan de Autoprotección (PdA) de la Instalación. Indemnizar por los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables al l. M. D. No se admitirán máquinas expendedoras de tabaco, máquinas recreativas de puestas, ni máquinas que no sean propias del servicio de bar cafetería. Cuidar y garantizar el buen orden del servicio. Correr con los gastos de los productos consumibles. Realizar la comercialización, publicidad y propaganda que estime conveniente para dar a conocer y promocionar la carta de servicios que en cada momento se ofrezca. Así mismo con carácter general toda la información que se preste al público deberá estar redactada en euskera y castellano El cumplimiento y publicación de las siguientes normas: a. Queda prohibido vender bebidas alcohólicas a menores de edad. 2

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A la terminación del contrato, el adjudicatario tendrá un plazo de siete días para retirar todos los bienes por él aportados dejando a salvo las inversiones realizadas para su mantenimiento, conservación y mejoras llevadas a cabo en las instalaciones o bienes entregados por la Administración, no percibiendo indemnización alguna por ello. De no respetar dicho plazo, y hasta tanto la Administración ejecute el desalojo por sus medios, se devengará el canon correspondiente en proporción al tiempo

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b. Queda prohibido fumar c. Queda prohibido sacar del recinto de la cafetería envases de vidrio. d. Cartel de tener a disposición de los clientes hojas de reclamaciones, además de tener registro de las reclamaciones recibidas e. Mantener en lugar visible la lista de precios y la Licencia de Actividad del local La contratación y adquisición de artículos que se consuman en los bares - cafeterías serán por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, no pudiendo utilizar el nombre del I.M.D. en sus relaciones con terceros, tanto en lo que afecte a clientes, proveedores o cualquier otra que pueda tener con personas a su servicio, haciéndose directamente responsable de la obligación que contraiga. Reposición de los elementos deteriorados por el uso. Permitir que el I.M.D. realice periódicamente controles de calidad por sí mismo o mediante empresas especializadas. Como resultado de los mismos se reserva el derecho de exigir por escrito la retirada de los productos que no reúnan las condiciones expresadas en el presente pliego, así como aquellos que por su naturaleza forma de preparación resulten inapropiados. El adjudicatario deberá atender este requerimiento en un plazo máximo de quince días. Pagar el canon que realice en su proposición económica. Desalojo de las instalaciones: Cinco días anteriores al cumplimiento del plazo de finalización del Contrato, se levantará Acta, que firmarán el responsable del contrato y adjudicatario en la que se dejará constancia de la conservación de las instalaciones y, en su caso, de los bienes que deben revertir a la Administración. De reflejar la necesidad de acometer reparaciones y reposiciones, el adjudicatario deberá hacerlas a su cargo y de no hacerlo, el Instituto Municipal de Deportes procederá a su subsanación a cuenta del contratista, minorando la garantía definitiva en el importe al que hayan ascendido aquéllas.

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El adjudicatario ha de explotar de forma directa el serv1c1o del presente pliego, edando terminantemente prohibido traspasar el presente contrato a favor de terceros.

3. 1.1. MEDIOS PERSONALES



Disponer de todo el personal específico y necesario para una adecuada prestación de los servicios, con el cumplimiento estricto de sus obligaciones laborales, fiscales y prevención de riesgos laborales 3

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El adjudicatario se compromete a uniformar y mantener claramente identificado al personal y que realice la prestación siempre limpio y con decoro, así como mostrar un grado de profesionalidad adecuado. La cantidad y calidad de vestuario a facilitar al personal se regirá en todo momento según lo acordado por los convenios colectivos en vigor. Todo el personal deberá estar en posesión del Carné de Manipulador de Alimentos, presentando en el I.M.D., el primer mes de inicio de la prestación una copia compulsada de dicho carné de manipulador de alimentos.

3.1.2. LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO









El Adjudicatario realizará a su cargo, antes del inicio de la Actividad, una limpieza general de los dos locales objeto del presente pliego, así como aplicación de un tratamiento de Desinfección, Desratización y Desinsectación, con empresa especializada inscrita en el Registro de Establecimientos y Servicios Plaguicidas El adjudicatario deberá tener en perfectas condiciones de limpieza durante todo el horario de la actividad todos los recintos objeto de la concesión y los espacios aledaños, con especial atención a la retirada de envases y restos derivados del consumo de los productos ofertados así como participar en la recogida selectiva de los residuos sólidos urbanos, depositándolos de forma separada en cada uno de los contenedores que a tal efecto se instalen (vidrios, grasas, papel, envases y embalajes, etc.) El mantenimiento del local irá a cargo de la empresa contratista, así como los elementos de grifería, tubos fluorescentes, bombillas y demás material de mera reposición. Así como mantener el decoro de la fachada exterior. Realizar el mantenimiento general del área de influencia directa del Bar Cafetería y Ambigú de todos sus elementos, equipos, mobiliario e instalaciones, así como de los espacios auxiliares (almacén, servicios, cocina, etc.).

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3.1.3. MAQUINARIA Y EQUIPAMIENTO

Además del inventario reflejado en el anexo 1, el adjudicatario deberá aportar a su cargo el equipamiento y menaje necesario que como mínimo contemple lo reflejado en el anexo IV .1.4. GASTOS

Correrán a cargo del adjudicatario: • Los gastos de limpieza descritos anteriormente. • Gastos de papel higiénico y jabón de mano en servicios • Gastos de teléfono • Gasto de conexión a vía digital • Gastos de derechos que proceda satisfacer a causa de reproducción y/o emisión de obras audiovisuales, etc... 4

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El adjudicatario será responsable de los accidentes, daños y perjuicios que puedan ocurrir por la mala ejecución de los trabajos objeto de este pliego, que no sean imputables a terceros. A los citados efectos, deberá acreditar la suscripción de póliza de seguro de responsabilidad civil, en sus vertientes general, de explotación, patronal y de trabajos terminados, incluyendo los riesgos de intoxicación alimentaria, producida por los servicios prestados de los cuales la empresa adjudicataria será la única responsable; incluyendo como asegurado al contratista, el subcontratista y al personal que intervenga a su cargo, en su caso, y al IMD. El importe mínimo de dicha póliza será de 300.000,00 €. El contratista acreditará el cumplimiento de esta obligación, mediante la aportación de la póliza suscrita, en la que deberán constar las coberturas indicadas, y justificante del abono del recibo correspondiente. El adjudicatario contratará y mantendrá a su costa este seguro durante el periodo contractual y el plazo de garantía. Gastos de los mantenimientos normativo-técnico-legal que le afecten a los edificios del presente pliego: Aplicación DDD

3.1.5. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS



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El adjudicatario podrá disponer de máquinas expendedoras de bebidas y/o productos de alimentación envasados y otros productos de vending, cuyo número y ubicación será el autorizado por el l. M.O. El adjudicatario tendrá la posibilidad, previa solicitud de éste y autorización del I.M.D., de realizar la venta puntual de bebidas y productos de alimentación envasados en pabellón cubierto. En caso de que se celebren en el interior de las instalaciones deportivas municipales eventos de carácter extraordinario, el Instituto Municipal de Deportes se reserva el derecho de permitir a personas ajenas a esta concesión la venta de bebidas y productos de alimentación, previa solicitud de oferta al adjudicatario. Se permitirá la publicidad en medios de comunicación (prensa, radio, etc.), siempre con el nombre de los servicios de hostelería contratados.

3.1.6. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS •



El adjudicatario habrá de cumplir la normativa sanitaria, medio-ambiental y de consumo que sea aplicable a los establecimientos y actividades de hostelería, en particular deberá cumplir rigurosamente las exigencias establecidas en las Ordenanzas Municipales de Medio Ambiente, de Limpieza Viaria, de Ruidos y Vibraciones y la de Terrazas y Veladores. Las tarifas que el concesionario habrá de percibir del público por los servicios prestados se regularán por el régimen general de precios establecidos para este sector, reservándose el IMD la facultad de supervisar los precios con el fin de evitar que éstos no excedan de los habituales de establecimientos análogos. 5

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La conservación, el almacenamiento de los alimentos, la preparación y servicio de las comidas deberá ajustarse a lo previsto en la normativa en vigor



La empresa adjudicataria habrá de responsabilizarse tanto de las condiciones higiénicas y sanitarias de los artículos y productos que estén a la venta, como de los que sean de aplicación en la preparación de los mismos, con escrupulosa observancia de la reglamentación existente.



La conservación y manipulación de las materias primas, tanto frescas como congeladas deberá de cumplir la reglamentación técnica sanitaria de comedores colectivos

a) El Restaurante del Polideportivo Gorostiza deberá ofrecer una oferta gastronómica que incluya, como mínimo: Relación de platos combinados. Desayunos. Aperitivos, tapas variadas y helados. Bebidas de toda clase y marcas variadas: agua, zumos, refrescos, etc. Los puntos de venta ambulante, en pabellón o zona deportiva podrán ofrecer, en su caso: Bebidas, se prohíbe la venta de bebidas con alcohol y la expedición de botes o botellas y las bebidas se servirán en vasos desechables. Aperitivos de tipo frío debidamente envasados.

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b) El Ambigú del Parque Landabeko deberá ofrecer: Aperitivos, tapas variadas y helados Bebidas de toda clase y marcas variadas: agua, zumos, refrescos, etc. 3.1. 7 HORARIO DE SERVICIO

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Respetando la Normativa Sectorial Municipal, los horarios serán:

. a) Bar Restaurante del Polideportivo Gorostiza ' \ \\._ El horario de apertura y cierre de la actividad coincidirá -como mínimo- con el horario de \ pertura y cierre de las instalaciones deportivas municipales. E~cualquier caso, el horario de apertura y cierre de las instalaciones a explotar podrá variar con respecto al horario de apertura de las instalaciones deportivas municipales, en cuyo caso deberá ser autorizado expresamente por el l. M. D. Durante la campaña de verano, habilitará un espacio, independiente del resto, para dar servicio a las piscinas exteriores b) Ambigú Parque Landabeko El horario será como mínimo el siguiente: Del 1 de Abril al 31 de Mayo: Lunes a Viernes, excepto festivos, de 17 h. a 22 h. Sábados, Domingos y Festivos de 12 h. a 14 h. y de 17 h. a 22 h. Del 1 de Junio al 7 de Septiembre: 6

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Lunes a Domingo de 12 h. a 14 h. y de 16 h. a 22 h. Del8 al31 de Diciembre: Lunes a Viernes, excepto festivos, de 17 h. a 22 h. Sábados, Domingos y Festivos de 12 h. a 14 h. y de 17 h. a 22 h.

HORARIOS DE APERTURA Y CIERRE DE INSTALACIONES INSTALACIÓN: POLIDEPORTIVO GOROSTIZA Del 16 de Septiembre al14 de Junio Lunes a sábado de 8,15 h. a 22 h. Domingos y Festivos de 8,15 h. a 14 h. Del 15 de Junio al 15 de Septiembre De Lunes a Domingos, incluido Festivos de 8,15 h. a 22 h. Cerrado todo el día: 25 de Diciembre, 1 y 6 de Enero Cerrado a partir de las 13 horas: 24 y 31 de Diciembre INSTALACIÓN: PARQUE LANDABEKO Del 1 de Octubre al 31 de Marzo Lunes a sábado de 8 h. a 13h. y de 17 h. a 21 h. Domingos y Festivos de 8 h. a 14 h. Del 1 de abril al 30 de Septiembre Lunes a domingo de 8 h. a 14 h. y de 17 h. a 22 h. Cerrado todo el día: 25 de Diciembre, 1 y 6 de Enero Cerrado a partir de las 13 horas: 24 y 31 de Diciembre 3.1.8 PRESENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE TRABAJO Una vez adjudicado el contrato la empresa adjudicataria habrá de presentar Programas de trabajo que deberá de incluir como mínimo los siguientes aspectos: Descripción de la organizacir· n que se propone como idónea para la mejor prestación del servicio Plantilla de personal mínima pecesaria en función de la organización estimada, con asignación a turnos y hor~ rios Programa de recogida selecti~a de residuos Plan de limpieza i Plan de calidad 1 Plan de marketing y comunic~ción Listado de precios i

Barakaldo, a 15 de Marzo de 201i

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Fdo. Antonio Guerrero Adjunto Técnico I.M.D. 7

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ANEXO 1

imdNVENTARIO OEL BAR CAFETERIA GOROSTIZA

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1 Campana extractora de humos 1 Cuadro eléctrico 1 Fregadero de acero inoxidable con mueble 2 Freidora modelo asocien 3 Equipos de luz fluorescentes 5 Lámparas fluorescentes de 40 w 1 Inodoro 1 Lavabo 1 Toallero 1 Espejo 1 Portarrollos 8 Puntos de luz de emergencia 1Lavavajillas industrial 1 Cocina tres fuegos Baldas metálicas SALON SOCIAL Y CAFETERIA 1 Expositor 2 Aparatos mosquiteros 1Maquina registradora 7 Asientos y 2 mesas de mármol 6 Módulos de verja separadora de aluminio 16 Mesas de madera 40 Sillas de madera 7 Mesas madera lacadas 34 Sillas metálicas 8 Equipos de luz fluorescentes grandes 24 Fluorescentes de 40 w 1 Equipos de luz pequeños 33 Fluorescentes pequeñas de 40 w 11 Focos Dowling 22 Lámparas de bajo consumo 2 Fregaderos de acero inoxidable 1 Mostrador de acero inoxidable 2 Cámaras de puertas superiores 1 Cafetera de 3 brazos Cimbali M.20Selft-express 1 Balda botellero de madera 1 Maquina de hielo Manguera contra incendios xtintores de polvo 1 Balda acero y mueble de acero inoxidable 6 Altavoces de megafonía con mando de volumen SALA DE JUNTAS 4 Equipos de luz fluorescentes 8 Lámparas fluorescentes de 40 w ALMACEN 1Juego de baldas metálicas VESTUARIO DE PERSONAL 1 Taquilla de 8 huecos tipo piscina

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uKe 2Taquillas metálicas 1Ducha 11nodoro con tapa 1Lavabo con grifo de pedal 1 Portarrollos 1Portarrollo de papel de mano

SERVICIO DE SEÑORAS 2 Inodoros con tapas 2Portarrollos 2Lavabos 2Espejos 1Jabonera 4 Focos Dowling 1 Secador de manos

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SERVICIO DE CABALLEROS 2 Inodoros con tapas 3 Urinarios 2Portarrollos 2Lavabos 2Espejos 1Jabonera 4 Focos Dowling 1 Secador de manos

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INVENTARIO AMBIGÚ DE LA BOLERA DEL PARQUE LANDABEKO 1 Botellero de 4 puertas 1 Cafetera de 2 brazos 1 Cocina de 2 fuegos 1 Lavavajillas 1 Maquina de hielo 1 Mueble de cocina 1 Nevera de tres puertas 2 Mesas de trabajo 1O Mesas de terraza 30 Sillas de terraza

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