- Hospital de Bermeo (Sublote 1). - Hospital de Zaldibar (Sublote 2). - Hospital de Zamudio (Sublote 3)

BIZKAIKO OSASUN MENTALEKO SAREA RED DE SALUD MENTAL DE BIZKAIA C/ Mª. Díaz de Haro, 58 48010 BILBAO 94 470 52 80 / 94 470 52 71 94 470 52 82 PLIEGO D...
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BIZKAIKO OSASUN MENTALEKO SAREA RED DE SALUD MENTAL DE BIZKAIA C/ Mª. Díaz de Haro, 58 48010 BILBAO 94 470 52 80 / 94 470 52 71 94 470 52 82

PLIEGO DE BASES TECNICAS PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE LAVANDERIA PARA DIVERSOS HOSPITALES DEPENDIENTES DE LA RED DE SALUD MENTAL DE BIZKAIA (RSMB), E.P.D.P. OSAKIDETZA.

- Hospital de Bermeo (Sublote 1). - Hospital de Zaldibar (Sublote 2). - Hospital de Zamudio (Sublote 3).

1 Pliego de Prescripciones Técnicas: Servicio de Lavandería

BIZKAIKO OSASUN MENTALEKO SAREA RED DE SALUD MENTAL DE BIZKAIA C/ Mª. Díaz de Haro, 58 48010 BILBAO 94 470 52 80 / 94 470 52 71 94 470 52 82

PLIEGO DE BASES TECNICAS OBJETO DEL CONTRATO: Servicio de Lavandería para diversos Hospitales dependientes de la Red de Salud Mental de Bizkaia (RSMB) - E.P.D.P. Osakidetza, recogido en el presente pliego de condiciones técnicas a través de procedimiento abierto de contratación y mediante Acuerdo Marco celebrado con un único empresario. Que resulta que el número de unidades detalladas en el punto 2 (“Detalle de Necesidades”) tiene carácter estimado por lo que el gasto efectivo está condicionado a las necesidades reales de la Administración que, por tanto, no queda obligada a demandar una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del presupuesto, por lo que el único límite será el importe máximo de licitación del expediente, que no podrá ser superado, todo ello sin perjuicio de que se pueda aplicar una modificación contractual.

ORGANO DE CONTRATACION: Director Gerente de la Red de Salud Mental de Bizkaia.

CONDICIONES TECNICAS GENERALES

La actividad regulada en este Pliego, limpieza y desinfección de toda o parte de la ropa y lencería de los Hospitales de la Red de Salud Mental de Bizkaia, que deberá de realizarse con arreglo a las siguientes condiciones técnicas. No existen Lotes (Lote único), por lo que únicamente existirá un adjudicatario del expediente, aunque a los efectos de control interno de costes se solicitará el importe de la oferta de manera desglosada dentro de cada uno de los Sublotes, y a los efectos de facturación la empresa adjudicataria remitirá tres facturas mensuales (una a cada Hospital), detallando la cantidad acumulada, por tipo de material procesado, que se corresponda con los albaranes o justificantes correspondientes a dicho mes.

1) CONTENIDO DEL SERVICIO

1.1. Recogida de la ropa sucia de los Hospitales en los locales destinados a este fin. 1.2. Proceso de regeneración (limpieza) y desinfección de los textiles de los diferentes Hospitales y posterior secado - planchado. 1.3. Reparto y entrega de la ropa limpia en los días y horas señaladas en cada uno de los locales habilitados al efecto por los Hospitales. 1.4. Reparación y, en su caso, reposición de las prendas y objetos textiles deteriorados, para garantizar el correcto desarrollo del trabajo en los Hospitales. 2 Pliego de Prescripciones Técnicas: Servicio de Lavandería

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1.5. Confeccionar y coser etiquetas de tela, tanto a la ropa de pacientes como a los uniformes de los trabajadores, para que se pueda identificar al usuario de las prendas (aplicable este punto al Hospital Bermeo y Zamudio). 1.6. La ropa plana será de propiedad de la empresa adjudicataria que prestará a los Hospitales de Bermeo y de Zamudio en régimen de alquiler (importe éste que se entenderá incluido en el precio ofertado por el servicio).

2) DETALLE DE NECESIDADES: 2.1. La ropa objeto de tratamiento en lavandería corresponde al siguiente detalle y consumo anual aproximado: SUBLOTE 1 – HOSPITAL BERMEO Tipo de Prenda / Servicio Kg. / Und./Horas Ropa plana 114.000 Kg. Ropa de forma 135.000 Und. Cortinas 70 Und. Etiquetas (confección y cosido) 500 Horas

SUBLOTE 2 – HOSPITAL ZALDIBAR Tipo de Prenda / Servicio Ropa de forma Ropa con tratamiento especial Cortinas

SUBLOTE 3 – HOSPITAL ZAMUDIO Tipo de Prenda / Servicio Ropa plana Ropa de forma Cortinas Etiquetas (confección y cosido) • • •

Kg. / Und. 110.000 Und. 12.500 Kg. 300 Und.

Kg. / Und. 52.500 Kg. 38.000 Und. 200 Und. 150 Horas

Se entenderá por ropa plana: ropa de cama, paños o similar. Se entenderá por ropa de forma: ropa de pacientes (pantalón, camisas, chaquetones), así como los uniformes del personal de los Hospitales de Bermeo y Zamudio. Se entenderá por ropa de tratamiento especial: prendas interiores de los pacientes (corsetería, lencería), así como aquellos textiles diversos como mantas, protectores de colchón, almohadas, correas de sujeción, mopas, etc.

3 Pliego de Prescripciones Técnicas: Servicio de Lavandería

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2.2. La oferta económica se realizará atendiendo a la distribución por kg. de ropa lavada o detalle del precio por unidad de ropa de forma, ropa de tratamiento especial y cortinas, contemplando asimismo la reparación, cuando proceda, y en el caso de la ropa plana también la reposición de las prendas deterioradas. En el mismo sentido en la oferta económica se indicará el precio unitario ofertado (hora a razón de 25 etiquetas/hora) que incluirá en dicho precio tanto el suministro o confección como el cosido de la etiqueta en la prenda correspondiente así como cualquier otro gasto añadido. 3) FORMA Y HORARIO DE RECOGIDA Y ENTREGA:

3.1. La recogida y entrega de ropa se efectuará en los locales dispuestos por el Hospital de Bermeo, Hospital de Zaldibar, Hospital de Zamudio, tanto los puntos de recogida y entrega como los horarios podrán ser modificados por la dirección. Hospital de Bermeo: el servicio llegará hasta al almacén de lavandería para la recogida de ropa sucia a las 10:30 horas y la entrega de la ropa limpia las 11:00 horas y abarca todos los días del año. El plazo establecido desde la recogida hasta la entrega será como máximo de 48 horas. Hospital de Zaldibar: el servicio de entrega de la ropa sucia por parte del Hospital se realizará en bolsas de tela color azul para los pacientes y blanca para ropa de tratamiento especial. El horario de recogida será diario de lunes a sábado entre las 9:00 y 11:00 horas. El servicio de entrega se realizará de lunes a sábado, entre las 9:00 y 11:00 horas. El plazo establecido desde la recogida hasta la entrega será como máximo de 48 horas. Hospital de Zamudio: el servicio de recogida Pabellón de Rehabilitación y Edif. Principal y la entrega en el almacén de lencería del Edif. Principal entre las 9:00 horas y 11:00 horas. El servicio prestado deberá abarcar todos los días excepto sábados y domingos y días de fiesta. Ante la posible coincidencia de dos días de fiesta, uno de ellos sería de trabajo. El plazo establecido desde la recogida hasta la entrega será como máximo de 24 horas, en el caso de la recogida se produzca en viernes la entrega se realizará el lunes. 3.2. El transporte de la ropa se hará por la adjudicataria empleando distintos vehículos o compartimentos para ropa limpia y sucia de manera que nunca se encuentren en el mismo simultáneamente y siempre de acuerdo con la normativa vigente. 3.3. La ropa sucia se entregará por parte de los Centros Sanitarios, en bolsas de plástico o de tela (suministradas por el adjudicatario), colocadas en carros/jaulas con ruedas, siendo responsabilidad del adjudicatario el control y mantenimiento de la dotación 3.4. La ropa deberá ser entregada, empaquetada con plástico transparente, en unidades concretas de igual cantidad (a excepción de la ropa forma). 3.5. No procederá la introducción de ropa limpia en un compartimento que haya transportado ropa sucia, sin una desinfección previa. 4 Pliego de Prescripciones Técnicas: Servicio de Lavandería

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3.6. En el caso de ropa de uniformidad se entregará colocada en perchas o accesorios similares. 3.7. En el caso de que se efectúen devoluciones por mal estado de limpieza de las prendas, una vez solventado el problema, se entregarán éstas de forma individualizada, en un albarán sin cargo. En el caso de no subsanarse las deficiencias y ser imputables al proceso de lavado, planchado o transporte, las prendas serán repuestas por la empresa.

4) EXIGENCIAS EN MATERIA DE DESIFECCION:

4.1. El adjudicatario se atenderá a las indicaciones del servicio de Prevención, en lo referente a la metodología, productos, temperaturas, tiempos, etc. 4.2. Los Hospitales serán informados de los procesos físicos y químicos que se utilicen, tanto para la ropa como para los carros/jaulas y elementos de transporte, pudiendo realizar tomas de muestras y controles del proceso en cualquier momento, ordenar la modificación de los procesos si el resultado no fuera satisfactorio. 4.3. El adjudicatario realizará controles bacteriológicos periódicos y comunicará los resultados a los Hospitales. 4.4. El proceso de la ropa en la planta, se realizará de forma que la ropa limpia y la sucia se encuentren separadas en todo momento, por el establecimiento de una “barrera sanitaria”. 4.5. El servicio demandado exige una garantía de termo desinfección para prendas de algodón o por cloro para mezclas con tejidos sintéticos para su correcta limpieza y desinfección, cuya forma de realización se comunicará a los diferentes Hospitales, así como cualquier variación que se produzca. 4.6. El proceso de lavado de la ropa garantizará el no deterioro de la misma por causas ajenas a su propio deterioro natural. 4.7. El servicio exige que las prendas que por su textura lo precisen vendrán correctamente planchadas. 4.8. Todos los carros/jaulas de ropa limpia y sucia serán de materiales limpiables y resistentes a la corrosión, y serán aportados por el adjudicatario, quien deberá mantenerlos en perfectas condiciones, tanto de limpieza como de transporte.

5) OTRAS CONDICIONES: 5.1. Correrán a cargo del adjudicatario las bolsas de ropa sucia que sean susceptibles de lavarse a altas temperaturas. Este dispondrá de un stock de dichas bolsas hidrosolubles para suministrarlas al Hospital de forma inmediata, en caso necesario.

5 Pliego de Prescripciones Técnicas: Servicio de Lavandería

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5.2. De conformidad con los términos del Acuerdo adoptado por el Parlamento Vasco en sesión plenaria celebrada con fecha 2 de junio de 2006, el presente contrato extenderá su vigencia hasta la puesta en funcionamiento del Servicio de Lavandería para los centros de Bizkaia del EPDP – Osakidetza y en todo caso conforme a lo dispuesto en la LCSP. 5.3 Con la finalidad de mantener y respetar los contratos o prórrogas vigentes, previamente suscritos, y referidos a los mismos sublotes de este expediente, podrá diferirse la fecha de inicio de la ejecución de alguno/s de estos sublotes del presente expediente, hasta la finalización de la vigencia de los contratos anteriormente suscritos, manteniéndose en todo caso la duración del contrato inicial. 5.4. Acusado recibo de la notificación de “requerimiento de oferta más ventajosa” y en todo caso con anterioridad a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá aportar copia compulsada de la póliza y/o justificante de pago de la prima de la contratación de una póliza de seguros que cubra la responsabilidad civil en que pueda incurrir por los daños personales o materiales causados durante la ejecución del contrato, y que incluya los riesgos de ausencia de desinfección y limpieza, a que se refiere el presente Pliego y con un límite de garantía de al menos 300.000,00 €. 5.5. Se deberán mantener los niveles de servicios en los estándares que se contraten, admitiendo las correcciones que se dicten por los diferentes Hospitales. 5.6. El adjudicatario deberá informar a la Centro hospitalario de los productos utilizados en sus procesos. 5.7. El adjudicatario deberá cumplir, en su caso, los Planes Funcionales de lavandería de los hospitales, en los apartados que le sean de aplicación. 5.8. Etiquetas: la empresa adjudicataria se encargará de confeccionar las etiquetas, y coserlas en las prendas. El cosido deberá realizarse en todo el perímetro de la etiqueta. Esta tarea será desempeñada en las instalaciones de la empresa adjudicataria, respetando el ciclo de lavado. Esto es, se aprovechará que las prendas se envían a lavar, para que vuelvan lavadas y con la etiqueta cosida. Cuando se trate de un paciente nuevo, se enviarán las prendas en una bolsa para que se proceda a la colocación de las etiquetas. Las prendas deberán volver etiquetadas en un plazo máximo de 5 días, desde que son recogidas en el Hospital. Este trabajo será facturado por horas de trabajo de la costurera, trabajando a un ritmo de 25 etiquetas por hora.

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6) CONTROLES A ESTABLECER POR PARTE DEL CENTRO:

6.1. Por parte de la Dirección del Centro se establecerá procedimientos de control de existencias o pesaje y concordancia de entradas y salidas de material. Asimismo, se informará al adjudicatario de las anomalías detectadas, bien sean de eso, extravío, estado, o conservación de las prendas. 6.2. La Dirección notificará al adjudicatario el incumplimiento, aunque sea esporádico de las condiciones en materia de higiene, así como los malos resultados de las pruebas bacteriológicas. A tal efecto se realizarán controles y muestreos periódicos dirigidos a comprobar la eficacia del servicio, apariencia, suavidad de la ropa, grado de humedad en la entrega, blancura, y componentes irritantes presentes en la ropa. En el supuesto de reiteración se procederá a aplicar las sanciones económicas oportunas. 6.3. La Dirección podrá, en cualquier momento inspeccionar las instalaciones y procesos de trabajo. 6.4. Abastecimiento: A) Ropa Plana: No debe haber desabastecimiento en ningún momento, B) Ropa Forma o de tratamiento especial: B.1. H. de Bermeo – Plazo de entrega en 48 horas. B.2. H. de Zaldibar – Plazo de entrega en 48 horas. B.3. H. de Zamudio – Plazo de entrega 24 horas, en caso de que la recogida se produzca en viernes la entrega se realizará el lunes. 6.5. La desaparición de la ropa de los pacientes es un grave problema que de ocurrir con frecuencia y por su trascendencia, la RSMB iniciará una investigación que determine las responsabilidades en este campo. Hasta entonces la empresa adjudicataria deberá extremar la organización de las prendas en términos de abastecimiento sin retrasos y organización para minimizar los efectos.

7) DEPENDENCIA FUNCIONAL:

7.1. El Adjudicatario se acomodará en todo momento a las directrices que marque la Dirección de la RSMB en orden a la orientación general del servicio de lavandería a prestar. 7.2. El personal de la lavandería seguirá las instrucciones del responsable designado por la Dirección en cada uno de los Hospitales para la comprobación de las entradas y salidas de lencería, reparto de ropa y, en general, de todo lo que concierna al Plan Funcional de Lavandería para la RSMB y al presente Pliego de Condiciones Técnicas.

7 Pliego de Prescripciones Técnicas: Servicio de Lavandería

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8) DOCUMENTACION A PRESENTAR:

8.1. Los licitadores deberán presentar documentación, cuando proceda, referida a los extremos siguientes (en el sobre “C” de Juicios de Valor): 8.1.1. Planta, Maquinaria, Personal: Descripción de la planta donde se procesará la ropa. Capacidad, tipo de maquinaria, y personal (número y cualificación), así como características constructivas, sobre todo, en lo referente a las medidas tomadas para asegurar las condiciones higiénicas del proceso. 8.1.2. Programa de Trabajo: Descripción del proceso que se sigue en la limpieza y planchado de la ropa, señalando para cada fase, productos (se deberá presentar ficha técnica de los jabones que se utilizan para el lavado, no deben contener excipientes como “CATON”, “EUSYL K 400”, o, “PERFUMES” que sean perjudiciales para la piel), tiempos y temperaturas. 8.1.3. Elementos de Transporte: Descripción del sistema de transporte, indicando las características del vehículo y de todos los elementos utilizados en el mismo. Descripción de los carros/jaulas ofertados. 8.1.4. Sistemas de inspección y control de calidad: Reseñar las medidas establecidas por la empresa para la comprobación del perfecto desarrollo de las actividades para las que ha sido contratada. Se deberán incluir aquellas que se adopten para impedir la recontaminación de la ropa ya lavada y desinfectada, tanto durante el proceso como de su posterior transporte y almacenamiento. 8.1.5. Referencias: La empresa concurrente podrá presentar si la tuvieran documentación acreditativa de haber llevado a cabo satisfactoriamente otros contratos de Servicios de características análogas. 8.1.6. Casos de Emergencia: Aportarán las medidas previstas para atender paradas imprevistas/emergencia. Instalaciones propias, o ajenas en las que podría desarrollarse el trabajo garantizando la continuidad del servicio, siendo responsable de todos los gastos adicionales que se puedan originar.

9) PARTES E INFORMES:

9.1 Partes de informes de recogidas y entregas, diarios. 8 Pliego de Prescripciones Técnicas: Servicio de Lavandería

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10) FACTURACION:

10.1 La factura la emitirá el adjudicatario a mes vencido, detallando los albaranes a los que se corresponde. 10.2 Se adjuntará un resumen en el que figuran: -

Nº total de kg. de ropa plana y especial facturada. Nº de unidades según tipo (Ropa de forma, Cortinas). Nº de horas de costura cosiendo etiquetas, con referencia al número de etiquetas procesadas.

11) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:

11.1 Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas. Ponderación: 95%. (Documentación a incluir exclusivamente en el Sobre “B”): -

PRECIO // VALORACION ECONOMICA (PONDERACION 75%):

Se valorarán las ofertas económicas que mejoren o igualen las condiciones económicas iniciales del importe de licitación anual (suma de los tres sublotes), excluyéndose aquellas ofertas que superen el importe máximo de referencia, tanto a nivel de Importe de Licitación Anual, como de Sublote o Precio Unitario de Licitación.

Se aplicará un criterio de proporcionalidad exclusivamente respecto de la oferta más reducida (sumando el importe de los tres sublotes), a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculando la ponderación de las demás ofertas con arreglo a la siguiente fórmula:

P = [75 x Min.] Of. ……., siendo:

P = Puntuación otorgada criterio económico. 75 = Puntuación máxima alcanzable en la valoración económica. Min. = Importe de la Oferta más reducida de las presentadas. Of. = Oferta a valorar.

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-

COMPROMISO SOCIAL (PONDERACION 20%):

Conforme al artículo 150.1 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público se incorporan al presente contrato criterios de adjudicación de carácter social relacionados con la inserción laboral de personas con discapacidad en el ámbito de la salud mental o intelectual. Se baremará con 20 puntos al licitador que se comprometa a utilizar para la ejecución del contrato a un mayor número de personas con discapacidad igual o superior al 33% exclusivamente en el ámbito de la discapacidad mental o intelectual, siempre que el porcentaje de estas personas sea igual o superior al 70%. Si el número de empresas licitadoras que cumplan dicha condición es superior a uno se aplicará un sistema proporcional directo atribuyendo la puntuación máxima del criterio a la empresa/s que se comprometa con un porcentaje superior, de acuerdo con el párrafo anterior y al resto se le aplicaría, para calcular la puntuación, la siguiente fórmula: P = [20 x Of.] Max. ……., siendo: P = Puntuación otorgada al criterio 20 = Puntuación máxima alcanzable en la valoración económica. Max. = Mayor porcentaje de personas con discapacidad, ofertado por un licitador, que se compromete a utilizar en la ejecución del contrato a personas con discapacidad mental o intelectual igual o superior al 33%. Of. = Oferta de compromiso social a valorar. Como sistema de verificación de dicho compromiso y para que pueda ser valorado, el licitador incluirá en el Sobre “B” de “oferta económica y criterios evaluables mediante fórmulas” una declaración responsable donde se indique el porcentaje de personas que cumplan el criterio de discapacidad mental o intelectual igual o superior al 33% que se compromete a utilizar en la ejecución del contrato y para todos los centros o sublotes. Asimismo el órgano de contratación podrá requerir del adjudicatario, en cualquier momento de la ejecución del contrato, documentación o información adicional (contratos, documentos de cotización etc.) con el fin de verificar el cumplimiento de dicho compromiso. Dicho porcentaje (igual o superior al 70%) deberá ser mantenido, al menos, durante la vigencia del contrato y a tal efecto la declaración responsable deberá ser reiterada trimestralmente, cuando así sea requerido por el órgano de contratación.

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11.2. Criterios cuya aplicación requiere realizar un Juicio de Valor. Ponderación: 5%. (Documentación a incluir en el Sobre “C”):

- MEJORAS DE INTERES PARA EL SERVICIO (PONDERACION 5%): A los efectos del artículo 147 del RDL 3/2011 del Texto Refundido Ley de Contratos del Sector Público, consistirá en la valoración de las mejoras ofertadas, que a modo de ejemplo y sin excluir otras que puedan ofertarse (lista abierta), al margen del mínimo exigible descrito en este pliego, sin coste adicional y a beneficio permanente, en su caso para el Centro, tales como la incorporación de soluciones técnicas novedosas que repercutan en beneficio del servicio, prestaciones de lavandería no contempladas en el punto 2 “Detalle de Necesidades” etc., siempre que a juicio del personal que suscribe el Informe Técnico de Valoración supongan un valor añadido para la Red de Salud Mental de Bizkaia. Las mejoras, en su caso, deberán ser diferenciadas y diferenciables para cada uno de los sublotes, cuando se oferten y siempre susceptibles de ser aplicadas sobre elementos directamente vinculados al objeto del contrato. En cuanto a las condiciones de presentación de la oferta de mejoras, éstas se incluirán en todo caso dentro del Sobre “C”, no siendo necesario cuantificarlas económicamente en la oferta ya que su valoración técnica se realizará mediante un “juicio de valor”, pero se incluirán en un solo documento independiente del resto de documentación técnica donde se relacionen y en su caso describan las mejoras ofertadas y a que sublote/s están vinculadas. Se indicará expresamente si la mejora ofertada, cuando proceda, es extensible también a la eventual prórroga que se pueda suscribir. En caso de no indicarse se entenderá que si es aplicable a la prórroga.

12) INFORME TECNICO DE VALORACIÓN:

El Informe Técnico de Valoración, que contendrá en un solo documento, los juicios de valor sobre la Mejoras de Interés para el Servicio (5%) y deberá tener carácter motivado y cuantificado como máximo hasta el porcentaje indicado, todo ello en función de la valoración total de los criterios de adjudicación, siendo diferenciado para cada uno de los Sublotes y suscrito por el personal técnico competente designado al efecto por la Dirección de la RSMB. En dicho sentido el personal que vaya a suscribir el Informe Técnico podrá visitar las instalaciones del licitador desde donde se proponga la prestación del servicio.

11 Pliego de Prescripciones Técnicas: Servicio de Lavandería

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NOTAS Y ACLARACIONES IMPORTANTES Durante la vigencia del contrato, y a los efectos de los artículos 105 y siguientes del RDL 3/2011 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, existe la posibilidad de modificación de la prestación, siempre que se cumplan los requisitos y límites indicados en dichos artículos, tanto en lo que se refiere a las modificaciones previstas como imprevistas. En los supuestos no previstos y en aquellos otros que de algún modo puedan resultar confusos o contradictorios a la vista de los diferentes documentos del expediente, la Mesa y/o Órgano de Contratación propondrá y/o resolverá de acuerdo con la prerrogativa de la Administración en lo referido a la interpretación de los Contratos Administrativos, sometido en todo caso a la salvaguarda del interés público y la legislación vigente mediante la aplicación del principio de jerarquía normativa emanada del sistema de fuentes del Derecho. Confidencialidad: En consideración al tipo de información procesada, el adjudicatario está obligado a mantener la más absoluta confidencialidad sobre todos los datos y documentos a los que tenga acceso con motivo de la adjudicación. Bajo ninguna circunstancia podrá suministrar a terceros ni utilizar para sí ni para otros los datos facilitados por RSMB – Osakidetza para fines distintos a los contemplados en el objeto del presente contrato. Las empresa adjudicataria del servicio no podrá subcontratar la prestación principal objeto del presente concurso, a una tercera. En caso de empate en las valoraciones (fórmulas y juicios de valor) se primará aquellas empresas con un mayor porcentaje de plantilla estable que deberán justificar en su caso, y/o aquellas que acrediten la consecución de unos índices de siniestrabilidad más bajos de acuerdo con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. En el mismo sentido, y también en caso de empate, en la valoración se tendrá en cuenta la aplicación de criterios sociales, ambientales y otras políticas públicas, por las empresas licitadoras. Los trabajadores/as de las empresas contratadas deberán tener garantizado, como mínimo, en materia retributiva y de condiciones de trabajo el Convenio sectorial que les sea de aplicación por razón de la actividad. A la empresa adjudicataria, caso de que el Órgano de Contratación estime motivadamente que hay una necesidad evidente, por el grado de relación de los trabajadores de la empresa adjudicataria con los usuarios, trabajadores de Osakidetza y/o terceros, se le podrá exigir en cualquier momento durante la vigencia del contrato los objetivos o requisitos marcados en el Plan de Normalización Lingüística de Osakidetza para dichas Áreas o Zonas. En relación con este contrato y de acuerdo con el Real Decreto 1030/2006 por el que se establece la Cartera de Servicios comunes del SNS, el coste de los servicios hoteleros básicos directamente relacionados con la propia hospitalización, y prestados por nuestros Centros y con respecto a nuestros pacientes corresponde íntegramente a la Red de Salud Mental de Bizkaia.

12 Pliego de Prescripciones Técnicas: Servicio de Lavandería

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No obstante el punto anterior, el contenido de aquellas prestaciones hoteleras que en algún momento pueda considerarse razonadamente que exceden el carácter de básicas podrá ser repercutido su coste íntegramente mediante un cálculo proporcional entre los perceptores del servicio (no básico), ya sean estos pacientes, o eventualmente tutores, familiares, etc., situándose en este supuesto la Red de Salud Mental de Bizkaia como un intermediario facilitador de las gestiones necesarias entre el perceptor y el contratista del servicio, asumiendo excepcionalmente la posición de garante frente al contratista del pago de aquellos servicios (no básicos) prestados, en los que el obligado (paciente, tutor, familiar) resulte insolvente. De conformidad con los términos del Acuerdo adoptado por el Parlamento Vasco en sesión plenaria celebrada el pasado 2 de junio de 2006, el presente contrato extenderá su vigencia hasta la puesta en funcionamiento del Servicio de Lavandería para los Centros de Bizkaia del EPDP – Osakidetza.

13 Pliego de Prescripciones Técnicas: Servicio de Lavandería

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_A N E X O I IMPORTE ANUAL DE LICITACION (IVA EXCLUDO), INCLUYENDO UNIDADES ESTIMADAS POR CENTRO (SUBLOTE) Y PRECIO UNITARIO DE LICITACIÓN MÁXIMO

SUBLOTE 1 HOSPITAL BERMEO Ropa Plana Ropa de Forma Cortinas Etiquetas (Confección y Cosido)

Unidades Estimadas 114.000,00

Precio Unitario de Licitación (IVA Excluido) 0,853

135.000,00

0,639

86.265,00

70

7,430

520,10

500

15,621

7.810,50

TOTAL SUBLOTE 1 BERMEO

SUBLOTE 2 HOSPITAL ZALDIBAR Ropa de Forma Ropa con tratamiento especial Cortinas

Ropa Plana Ropa de Forma

97.242,00

191.837,60

Unidades Estimadas 110.000,00

Precio Unitario de Licitación (IVA Excluido) 0,639

12.500,00

0,954

300

7,430

TOTAL SUBLOTE 2 ZALDIBAR

SUBLOTE 3 HOSPITAL ZAMUDIO

Total

Total 70.290,00 11.925,00 2.229,00 84.444,00

Unidades Estimadas 52.500,00

Precio Unitario de Licitación (IVA Excluido) 0,853

38.000,00

0,639

24.282,00

Total 44.782,50

Cortinas

200

7,430

1.486,00

Etiquetas (Confección y Cosido)

150

15,621

2.343,15

TOTAL SUBLOTE 3 ZAMUDIO

IMPORTE DE LICITACION ANUAL = ∑ Sublote 1; Sublote 2; Sublote 3 (IVA Excl.)

72.893,65

349.175,25

No existen Lotes (Lote único) por lo que el adjudicatario será único para todo el expediente, por lo que no podrá ser superado en la oferta que se realice: ni el Importe de Licitación Anual, ni el Total a nivel de cada Sublote, ni tampoco el Precio Unitario de Licitación.

14 Pliego de Prescripciones Técnicas: Servicio de Lavandería